Micelio

decreto 483 de 2026

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1913, y CONSIDERANDO: Que el doctor Germán Vargas Lleras (q. e. p. d.), líder político, se desempeñó como integrante del Concejo de Bogotá, D. C., Senador de la República entre los años 1994 y 2008, condición en la que fungió como presidente de dicha Corporación pública, ministro del Interior y de Vivienda, vicepresidente de la República entre los años 2014 y 2017. Además, fu

Considerando · 5 motivos

Que el doctor Germán Vargas Lleras (q. e. p. d.), líder político, se desempeñó como integrante del Concejo de Bogotá, D. C., Senador de la República entre los años 1994 y 2008, condición en la que fungió como presidente de dicha Corporación pública, ministro del Interior y de Vivienda, vicepresidente de la República entre los años 2014 y 2017. Además, fue candidato a la presidencia de la República.

Que el señor exvicepresidente de la República, Germán Vargas Lleras (q. e. p, d.), falleció el día 8 de mayo de 2026, en la ciudad de Bogotá, como consecuencia de condiciones de salud que enfrentó por varios años.

Que Mateo Pérez Rueda (q. e. p. d.), joven estudiante de Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, desempeñó la actividad periodística en condición de director y periodista del medio El Confidente, en el municipio de Yarumal, Antioquia.

Que el 5 de mayo de 2026 fue abordado por hombres pertenecientes a una organización criminal en el municipio de Briceño, Antioquia. El 8 de mayo de 2026 se tuvo noticia de su asesinato a manos de los referidos delincuentes.

Que el Gobierno nacional, en Representación del pueblo de Colombia, considera necesario rendir justo y merecido homenaje al señor exvicepresidente de la República Germán Vargas Lleras (q. e. p. d.) y al joven periodista colombiano Mateo Pérez Rueda (q. e. p. d.). En mérito de lo expuesto;

Artículo 1

El Gobierno nacional manifiesta su profundo dolor por el fallecimiento del señor exvicepresidente de la República Germán Vargas Lleras (q. e. p. d.) y del joven periodista colombiano Mateo Pérez Rueda (q. e. p. d.), y expresa sus condolencias y sentimientos de solidaridad a sus familiares y allegados.

Artículo 2

Decrétese duelo nacional por el término de dos días, durante los cuales se izará el Pabellón Nacional a media asta en todos los edificios públicos del país, unidades militares y de policía y las Embajadas de Colombia en el exterior.

Artículo 3

El Ministerio de Defensa Nacional tomará las medidas para que en todas las guarniciones se tributen los honores correspondientes en memoria del señor exvicepresidente de la República Germán Vargas Lleras (q. e. p. d.).

Artículo 4

Copia del presente decreto se hará llegar en nota de estilo a los familiares del señor exvicepresidente de la República Germán Vargas Lleras (q. e. p. d.) y el joven periodista colombiano Mateo Pérez Rueda (q. e. p. d.).

Artículo 5

El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1913, y
El Ministro del Interior
La Directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República