Micelio

decreto 724 de 2024

2 artículos · lectura continua

Artículo 1Adiciónese El Artículo 2

°. Adiciónese el artículo 2.2.3.1.8. al Capítulo 1, del Título 3, de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1170 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Información Estadística, en los siguientes términos: Artículo 2.2.3.1.8. Certificación de información para la distribución de los recursos de la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones . Para la expedición de la certificación de población de los Resguardos Indígenas de que trata el artículo 2.2.5.6.1. del Decreto número 1082 de 2015, incluidos aquellos ubicados en las áreas no municipalizadas, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en virtud de lo establecido en el artículo 33 de la Ley 2335 de 2023, tendrá como fuentes de información para las proyecciones de población indígena en resguardos, además del último censo nacional de población y vivienda realizado por el DANE, también las encuestas estadísticas, registros administrativos y otras fuentes de datos o de combinación de estas, como los registros administrativos de población indígena derivados de los autocensos y/o censos propios de acuerdo con las funciones de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom, y Minorías del Ministerio del Interior, así como los estudios socio económicos, jurídicos y tenencia de tierra que soportan los actos administrativos de formalización de resguardos emitidos por la Agencia Nacional de Tierras (ANT), todo, acorde con los requerimientos técnicos y de calidad del proceso de producción estadística, establecidos por el Sistema Estadístico Nacional (SEN), y los principios de progresividad e inclusión en el marco de la Ley 2335 de 2023”.

Artículo 2Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial , y modifica el Decreto número 1170 de 2015, adicionado el artículo 2.2.3.1.8. al Capítulo 1, del Título 3, de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1170 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Información Estadística.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior
La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural
El Director del Departamento Nacional de Planeación
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística