Micelio

decreto 177 de 2025

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el presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades legales y constitucionales, CONSIDERANDO: Que el presidente de la República de Colombia, doctor Gustavo Petro Urrego, mediante el Decreto número 0142 del 6 de febrero de 2025, delegó las funciones legales y algunas constitucionales al Ministro de Salud y Protección Social, dado que se trasladaría a partir del 9 de febrero de 2025, hacía las ciudades de Dubái - Emiratos Árabes Unidos con el fin de participar los días 10 al 12 de febrero de 2025 en la Cumbre Mundial de Gobiernos 2025, del 12 al 1

Considerando · 2 motivos

Que el presidente de la República de Colombia, doctor Gustavo Petro Urrego, mediante el Decreto número 0142 del 6 de febrero de 2025, delegó las funciones legales y algunas constitucionales al Ministro de Salud y Protección Social, dado que se trasladaría a partir del 9 de febrero de 2025, hacía las ciudades de Dubái - Emiratos Árabes Unidos con el fin de participar los días 10 al 12 de febrero de 2025 en la Cumbre Mundial de Gobiernos 2025, del 12 al 14 de febrero de 2025 a la ciudad de Doha - Estado de Qatar para realizar una visita Oficial y del 14 al 15 de febrero de 2025 a la ciudad de Riad - Arabia Saudita con el fin de realizar una visita oficial, previendo su llegada a Colombia para el 16 de febrero de 2025.

Que por modificación de la agenda oficial del señor presidente de la República, no se realizó la visita oficial a la ciudad de Riad - Arabia Saudita que se tenía prevista para los días 14 y 15 de febrero de 2025, razón por la cual el regreso al país se efectuará el 15 de febrero de 2025. Que, en mérito de lo expuesto;

Artículo 1Modificar El Artículo 1° Del Decreto Número 0142 Del 6 De Febrero De 2025, En El Sentido De Precisar Que Las Funciones Legales Y Constitucionales Delegadas Al Ministro De Salud Y Protección Social, Señor Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, Se Mantendrán Hasta El 15 De Febrero De 2025

°. Modificar el artículo 1° del Decreto número 0142 del 6 de febrero de 2025, en el sentido de precisar que las funciones legales y constitucionales delegadas al Ministro de Salud y Protección Social, señor Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, se mantendrán hasta el 15 de febrero de 2025.

Artículo 2Las Demás Disposiciones Contenidas En El Decreto Número 0142 Del 6 De Febrero De 2025, Continúan Vigentes

°. Las demás disposiciones contenidas en el Decreto número 0142 del 6 de febrero de 2025, continúan vigentes.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República