Artículo 1Supresión De La Comisión Intersectorial De Servicio Al Ciudadano
Supresión de la Comisión Intersectorial de Servicio al Ciudadano. Suprímase la Comisión Intersectorial de Servicio al Ciudadano, creada mediante el Decreto 2623 de 2009.
Artículo 2
Modificación del artículo 5° del Decreto 280 de 2015, sobre el funcionamiento de la Comisión Interinstitucional de Alto Nivel para el alistamiento y la efectiva implementación de la Agenda de Desarrollo Post 2015 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Modifíquese el artículo 5° del Decreto 280 de 2015, el cual quedará así:
“Artículo 5°. Funcionamiento. La Comisión se reunirá por derecho propio una (1) vez al año, previa convocatoria realizada por el Secretario Técnico y extraordinariamente a solicitud realizada por cualquiera de los miembros ante el Presidente de la Comisión cuando se estime necesario.
Sin perjuicio de lo establecido en el presente Decreto, el reglamento interno, el cual deberá ser adoptado mediante acta, señalará los mecanismos y requerimientos para deliberar y decidir, así como las reglas aplicables a cada sesión de la Comisión y las obligaciones de sus miembros, Presidente y Secretaría técnica.
De las sesiones se levantarán actas que serán suscritas por el Presidente y el Secretario Técnico de la Comisión, luego de ser aprobadas por los miembros”.
Artículo 3Vigencia
Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, modifica el artículo 5° del Decreto 280 de 2015 y deroga los artículos 8°, 9° y 11 del Decreto 2623 de 2009, y el numeral 2 del artículo 1.1.2.1 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.