en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que les confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 del Acuerdo 09 de 2016 le corresponde a la Junta Directiva de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A), proponer al Gobierno nacional las modificaciones a la estructura y la planta de personal de la entidad. Que según consta en
Considerando · 8 motivos
Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 del Acuerdo 09 de 2016 le corresponde a la Junta Directiva de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A), proponer al Gobierno nacional las modificaciones a la estructura y la planta de personal de la entidad.
Que según consta en el Acta 592 del 26 de junio de 2023, la Junta Directiva de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A) aprobó la continuidad del trámite de reestructuración de la entidad ante el Gobierno nacional.
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) emitió previo concepto favorable frente al proyecto de rediseño institucional para la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A).
Que la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A) presentó ante el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 19 de 2012, y conforme con los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015, incluida la modificación al artículo 5º del Decreto número 498 del 2020.
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) encontró ajustado el estudio técnico presentado por la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A), en consecuencia, emitió concepto favorable de viabilidad técnica para el rediseño institucional de la entidad.
Que el artículo 73 de la Ley 2342 de 2023 facultó a las juntas directivas de las sociedades de economía mixta cuya participación accionaria pública fuera superior al 90% y que se encuentran en condiciones de competencia, como es el caso de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A), para emitir las viabilidades presupuestales que afectaren su presupuesto.
Que a su vez, la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante concepto con radicado 2-2023-026668 del 30 de mayo de 2023, consideró lo siguiente: “al cumplir las dos condiciones del artículo 75 de la Ley 2276 de 2022, la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A), se encuentra autorizada para someter a consideración de su Junta Directiva “la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras”.
Que la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A). cuenta con la viabilidad presupuestal emitida por su Junta Directiva, en virtud de la disposición contenida en el artículo 73 de la Ley 2342 de 2023, para adelantar su rediseño institucional, según consta en Acuerdo número 08 del 01 de agosto de 2024. Que, en mérito de lo expuesto;
Artículo 1La Estructura De La Corporación De La Industria Aeronáutica Colombiana S
º. La estructura de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. -(CIAC S. A) será la siguiente
Asamblea General de Accionistas
Junta Directiva
Presidencia 3.1. Oficina de Control Interno 3.2. Oficina de Control Disciplinario Interno 3.3. Oficina de Planeación 3.4. Oficina Jurídica
Vicepresidencia Administrativa 4.1. Gerencia Logística
Vicepresidencia Financiera
Vicepresidencia Operativa 6.1. Oficina Control Calidad 6.2. Gerencia Mantenimiento 6.3. Gerencia de Diseño y Desarrollo 6.4. Gerencia de Producción
Vicepresidencia Comercial
Órganos de Asesoría y Coordinación 8.1. Comité Institucional de Gestión y Desempeño 8.2. Comité de Coordinación de Control Interno TITULO PRUEBA
Artículo 2Órganos De Dirección Y Administración
º. Órganos de Dirección y Administración. La Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A) será dirigida y administrada por la Asamblea General de Accionistas, la Junta Directiva y la Presidencia de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S. A. (CIAC S. A), instancias que cumplirán las funciones señaladas en la ley, en los Estatutos, en el presente decreto y en las demás disposiciones legales que los adicionen, modifiquen o sustituyan.
Artículo 3Funciones De La Presidencia : Son Funciones De La Presidencia: 1
º. Funciones de la Presidencia : Son funciones de la Presidencia
Ejercer la representación legal de la Corporación.
Determinar las políticas de funcionamiento de la Corporación.
Controlar el manejo de los recursos financieros y presupuestales.
Ejercer la facultad nominadora.
Ejercer la segunda instancia en la etapa de juzgamiento de los procesos disciplinarios de la Corporación.
Realizar las gestiones para el crecimiento y proyección de la Corporación.
Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos de la Junta Directiva y de la Asamblea General de accionistas.
Delegar en los funcionarios de la entidad el ejercicio de algunas funciones, cuando la Constitución, la ley o los estatutos lo permitan.
Identificar y gestionar los riesgos estratégicos de la Corporación. Comuníquese y cúmplase.