Artículo 1
Elévanse hasta 18.201,267 reales los cómputos aproximados del Presupuesto nacional de rentas de 1850 a 1851, a virtud de la lei de 30 de mayo de este año, autorizando al Poder Ejecutivo para hacer uso de varios arbitrios rentísticos; en consecuencia de la cual se aumentan a los 17.801,267 reales, a que ascendian dichos cómputos, segun la primera liquidacion, 400,000 reales en que se calculan en los tres últimos meses del año económico de 1850 a 1851 los ingresos en el Tesoro por redencion de censos, los que se imputaran a una nueva renta que se denominará “Redencion de Censos.”
Artículo 2
Queda designada definitivamente la cantidad de 28.591,516 reales para los gastos del servicio de 1850 a 1851, de la manera siguiente:
Firmas
El Secretario de Hacienda