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decreto 272 de 2024

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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, y CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el numeral 2.7.2 del artículo 12 del Decreto número 2723 de 2014, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos hacen parte de la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro, siendo los Registradores de Instrumentos Públicos, principales y seccionales, funcionarios de dicha Entidad. Que el artículo 2.2.5.2.1 del Decreto número 1083 de 2015

Considerando · 5 motivos

Que según lo establecido en el numeral 2.7.2 del artículo 12 del Decreto número 2723 de 2014, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos hacen parte de la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro, siendo los Registradores de Instrumentos Públicos, principales y seccionales, funcionarios de dicha Entidad.

Que el artículo 2.2.5.2.1 del Decreto número 1083 de 2015, señala que: “El empleo queda vacante definitivamente, (...) 1. Por renuncia regularmente aceptada (...)”.

Que mediante Decreto número 260 del 12 de febrero de 2014, fue nombrada en propiedad la señora Doris Amparo Avilés Fiesco, identificada con la cédula de ciudadanía número 31156083 expedida en Palmira, Valle del Cauca, en el cargo de Registradora Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Popayán, Cauca, código 0191, grado 19, del cual tomó posesión el 6 de marzo de 2014.

Que a través de Decreto número 0109 de 21 de enero de 2015, fue incorporada a la planta de personal de la Superintendencia de Notariado y Registro como Registradora Principal de Instrumentos Públicos, código 0191, grado 20.

Que mediante oficio de 21 de diciembre de 2023, la señora Doris Amparo Avilés Fiesco presentó renuncia al cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Popayán, Cauca, código 0191, grado 20, a partir del 1 de abril de 2024, en razón a que mediante la Resolución radicado No. 2023_5601994 SUB130597 de 18 de mayo de 2023, expedida por la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones, se reconoció su pensión de vejez cuyo disfrute quedó suspendido hasta el retiro definitivo del servicio. En mérito de lo expuesto;

Artículo 1Aceptación De Renuncia

°. Aceptación de renuncia . Aceptar la renuncia presentada por la señora Doris Amparo Avilés Fiesco, identificada con la cédula de ciudadanía número 31156083 expedida en Palmira, Valle del Cauca, al cargo de Registradora Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Popayán, Cauca, código 0191, grado 20, a partir del 1° de abril de 2024, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto.

Artículo 2Comunicación

º. Comunicación . De conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 3 del Decreto número 2245 de 2012, la Superintendencia de Notariado y Registro comunicará el presente decreto a la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, así como a la señora Doris Amparo Avilés Fiesco.

Artículo 3Provisión Del Empleo

º. Provisión del empleo . El Superintendente de Notariado y Registro proveerá temporalmente mediante la figura de encargo, el cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Popayán, Cauca, código 0191, grado 20, conforme lo establecido en el

Parágrafo 2

del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, hasta tanto, se surta el trámite de designación que corresponda, por parte del Gobierno nacional.

Artículo 4Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el parágrafo 1° del artículo 75 de la Ley 1579 de 2012, y
El Ministro de Justicia y del Derecho