Micelio

decreto 860 de 2026

10 artículos · lectura continua

Artículo 1Promulgar

Promúlguese el "Convenio número 156 sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras: trabajadores con responsabilidades familiares", adoptado por la Sexagésima Séptima (67a) Conferencia Internacional de la Organización Internacional del Trabajo el 23 de junio de 1981,

Artículo 2Promulgar

Promúlguese el "Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura" adoptado por el 31 0 periodo de sesiones de la Conferencia de la FAO el 3 de noviembre de 2001 ,

Artículo 3Promulgar

Promúlguese el "Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes", adoptado mediante la Resolución AlRES/57/199 de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de julio de 2002,

Artículo 4Promulgar

Promúlguese el "Convenio sobre cobro internacional de alimentos para los niños y otros miembros de la familia" suscrito en La Haya el 23 de noviembre de 2007,

Artículo 5Promulgar

Promúlguese el ''Tratado sobre traslado de personas condenadas para la ejecución de sentencias penales entre la República de Colombia y los Estados Unidos Mexicanos" suscrito en México el 11 de agosto de 2011,

Artículo 6Promulgar

Promúlguese el "Tratado sobre el Comercio de Armas" suscrito en Nueva York el 02 de abril de 2013,

Artículo 7Promulgar

Promúlguese el "Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso" súscrito en Marrakech el 27 de junio de 2013,

Artículo 8Promulgar

Promúlguese el "Acuerdo entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela sobre el transporte internacional de carga y pasajeros por carretera" suscrito en Cartagena de Indias el 01 de agosto de 2014,

Artículo 9Promulgar

Promúlguese el "Tratado sobre el Traslado de Personas Condenadas entre la República del Perú y la República de Colombia" suscrito en Cartagena de Indias el 27 de febrero de 2018,

Artículo 10Vigencia Y Derogatorias

El presente decreto rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el diario oficial.