Artículo 1Nombrar
Nómbrese al señor ION COMANAC como Cónsul Honorario de Colombia en Chisináu, con circunscripción en todo el territorio nacional de la República de Moldova, por un periodo inicial de cuatro (4) años.
Artículo 2Comunicar
Comunlquese lo dispuesto en el presente Decreto al Estado receptor y al señor ION COMANAC, por conducto de la Embajada de Colombia ante la República de Polonia concurrente para la República de Moldova.
Artículo 3Vigencia
El presente Decreto rige a partir de la fecha siguiente de su publicación en el Diario Oficial