en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
Considerando · 4 motivos
Que la Orden del Mérito Militar al “Mando” del Comandante General de las Fuerzas Militares tiene por objeto reconocer al personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, que se han desempeñado como Comandantes de Unidades Militares y Asesores de Comando del Ejército Nacional, la Armada Nacional y la Fuerza Aeroespacial Colombiana, que han contribuido a establecer y mantener un ambiente seguro, facilitando la reconciliación nacional y apoyando la construcción de la misión constitucional encomendada a las Fuerzas Militares de Colombia. Que, a lo largo de la historia, reconocer y premiar el liderazgo que ejercen los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, en la conducción del mando, ha permitido destacar por excelencia el honor militar, la valentía de aquel que va a la batalla, salvaguarda la paz que ejerce con justicia, rectitud, gallardía en la defensa de la Nación y en respeto por los Derechos Humanos, razón por la cual es justo enaltecer los méritos a la abnegada labor y sacrificio que realizan.
Que corresponde al Gobierno nacional enaltecer a los hombres y las mujeres de las Fuerzas Militares de Colombia, quienes con sus acciones meritorias y servicios distinguidos en el ejercicio del mando, han llevado en sus hombros, con sacrificio y rectitud, la gran responsabilidad de brindar seguridad, tranquilidad y paz en todo territorio nacional, mediante la conducción y asesoría permanente de las unidades militares, y que, en esa misión constitucional específica, han cumplido a cabalidad con su deber.
Que resulta significativo, para el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, reconocer a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares que hayan sobresalido por su desempeño y aportes en el ejercicio de la gestión del mando, creando la Orden del Mérito Militar al “Mando”, ya que actualmente no existe una motivación honorífica por virtudes militares y profesionales, que reconozca específicamente la gestión exitosa en ejercicio de los diferentes niveles del mando de los Comandantes y Asesores.
Que atendiendo la solicitud del Comandante General de las Fuerzas Militares, contenida en la exposición de motivos del 26 de octubre de 2023 y la Memoria Justificativa del 23 de octubre del mismo año, se creará la Orden del Mérito Militar al “Mando”, de conformidad con los antecedentes que hacen parte del presente acto administrativo.
Artículo 1
Adiciónese la Subsección 7, a la Sección 5, del Capítulo 3, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número 1070 de 2015 “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa”, el cual quedará así:
SUBSECCIÓN 7
ORDEN DEL MÉRITO MILITAR AL “MANDO”
Artículo 2.3.1.3.5.7.1. Origen. Créase la Orden del Mérito Militar al “Mando” en las categorías Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Oficial, que busca honrar públicamente y reconocer al personal de Oficiales de las Fuerzas Militares quienes se hayan desempeñado como Comandantes de Unidades Militares y a los Suboficiales de las Fuerzas Militares, que se hayan desempeñado como Asesores de Comando, que por sus virtudes militares y profesionales puestas en la gestión del mando de unidades militares, hayan contribuido a la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional. Lo anterior, como premio y estímulo para reconocer y enaltecer a quienes por sus invaluables servicios han dispuesto sus esfuerzos, conocimientos, experiencia, lealtad y mística en su profesión.
Artículo 2.3.1.3.5.7.2. Características. La Orden del Mérito Militar al “Mando” del Comando General de las Fuerzas Militares se halla conformada por la joya, réplica y venera, así:
La joya está constituida por una pieza troquelada, la cual está conformada en su parte central de fondo de color púrpura el cual representa la unión los colores alusivos del Ejército Nacional (Rojo), la Armada Nacional (azul oscuro) y la Fuerza Aeroespacial Colombiana (azul claro); allí tendrá dos fusiles en aro, con correas del mismo, de los cuales uno irá en barra y otro en banda, es decir, cruzados de color dorado, en su respaldo tendrá el ancla representativa de la Armada Nacional de tipo cepo en situación natural, en cuyo arganeo se halla amarrado y afianzado un cabo cuyo chicote en la una siniestra del escudo, así mismo en la Parte de atrás tendrá de color dorado las dos alas de sable, símbolo de la nobleza, el poder, la constancia y la sabiduría. Sobre la Parte superior del primer tercio del círculo se encuentra el escudo del Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, el cual representa el más alto nivel de planeamiento y dirección estratégica para las instituciones castrenses del país. De igual manera este mismo se encuentra dentro de una circunferencia de 32 estrellas las cuales representan los 32 departamentos de Colombia y el solemne compromiso por parte de las Fuerzas Militares y sus comandantes quienes tienen como finalidad primordial la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional.
La joya estará suspendida por una cinta de 40 mm de ancho x 55 mm de alto, con el color púrpura de las Fuerzas Militares de Colombia; y las tres franjas Rojo (Pantone 186 C), azul oscuro (Pantone 654 C) y azul claro (Pantone 660 C). A su vez, la cinta lleva un sobrepuesto de la espada acorde con la categoría en la que sea concedida, con una altura de 20 mm x 30 mm de ancho. Así mismo, si es otorgada por segunda ocasión, llevará un número romano acorde a la ocasión que es concedida en tipografía (Times New Roman) de 55 mm de color bronce en la categoría oficial, color plata en la categoría comendador y gran oficial y, color oro en la categoría gran cruz.
PARTE INTERMEDIA. En la unión dentro de la joya y la cinta se ubica un compás, el cual simboliza la orientación hacia un norte definido por parte de los comandantes de las unidades militares.
CINTA. La cinta superior mantiene la uniformidad púrpura, teniendo en sus bordes laterales las franjas de color rojo que representan al Ejército Nacional, azul oscuro que representa la Armada Nacional y la franja azul cielo que representa la Fuerza Aeroespacial Colombiana, separadas por franjas verticales de color blanco como símbolo de paz.
“Categoría Oficial”. Similar a la anterior, en plateado brillante suspendida de una cinta igual a la anterior con una roseta al centro, esmaltada al fuego, con el Tricolor Nacional, de seis (6) milímetros de diámetro.
“Categoría Comendador”. Similar a la anterior, dorada, para suspender al cuello por medio de una cinta amarilla de cuarenta (40) milímetros de ancho y cincuenta y cinco (55) centímetros de longitud, con tiras de tres (3) o cuatro (4) milímetros de ancho para anudarla detrás. Debe pasar dentro del cuello si se trata de un militar. En el centro lleva un galón metálico de siete (7) por diecisiete (17) milímetros, con una estrella de cinco (5) puntas, en plateado, respectivamente.
“Categoría Gran Oficial”. Placa convexa de plata dorada, estrellada, con ocho (8) puntas radiadas, cuyo diámetro mayor es de ochenta (80) milímetros, y, en su centro, presenta una cruz igual a la de Oficial. Se coloca en el costado derecho, inmediatamente encima del cinturón.
“Categoría Gran Cruz”. Consiste en una placa de plata brillante similar a la de Gran Oficial, con una cruz de plata dorada, similar a la de Comendador. Lleva una banda de cien (100) milímetros de ancho, de color amarillo y en sus bordes tiene los colores de la Bandera Nacional, en un ancho de diez (10) milímetros; la longitud de la banda es de uno sesenta y cinco (1.65) metros, con un lazo especial en el extremo, del cual pende una joya similar a la de Comendador. Esta banda se lleva terciada del hombro derecho al costado izquierdo.
La miniatura o réplica. La miniatura o réplica será similar a la joya de la condecoración, pero reducida a un diámetro de 20 mm, suspendida por una cinta similar de la joya, de 15 mm de ancho X 35 mm de alto, según lo contemplado en el artículo 2.3.1.3.2.3 del presente decreto.
La venera. Será un rectángulo metálico esmaltado de 40 mm de ancho x 10 mm de alto, dividida de igual forma que la cinta; amarillo (Pantone 116 C), azul (Pantone 287 C) y rojo (Pantone 186 C). A su vez la lleva un sobrepuesto de la espada del Libertador, con una altura de 6 mm x 30 mm de ancho, en acabado dorado brillante y moldeada en alto relieve.
Artículo 2.3.1.3.5.7.3. Consejo de la Medalla. El Consejo de la Orden del Mérito Militar al “Mando” en las categorías Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Oficial, estará integrado así:
Gran Maestre:
Presidente de la República
Gran Canciller:
Ministro de Defensa Nacional
Miembro Benemérito:
Comandante General Fuerzas Militares
Vocal:
Jefe de Estado Mayor Conjunto
Secretario:
Jefe del Departamento Conjunto de Personal
Para la condecoración “Orden del Mérito Militar al Mando” por virtudes militares y profesionales puestas en la gestión del mando de Unidades Militares, será el Comandante General de las Fuerzas Militares, quien presente a consideración del Consejo de la Orden, para su otorgamiento, los candidatos que seleccione entre los propuestos por los Comandos de Fuerza y el Jefe de Estado Mayor Conjunto.
Artículo 2.3.1.3.5.7.4. Requisitos. Los requisitos para el otorgamiento de Orden del Mérito Militar al “Mando” son:
Para Oficiales de las Fuerzas Militares:
Para Suboficiales de las Fuerzas Militares:
Artículo 2.3.1.3.5.7.5. Otorgamiento. La Orden del Mérito Militar al “Mando” será conferida por Decreto del Gobierno nacional, en cuatro (4) categorías, en función del grado, así:
Las personalidades indicadas en la categoría Gran Cruz, por el simple hecho de su dignidad, se harán acreedoras de la Orden del Mérito Militar al “Mando”.
Para las demás categorías, se requiere acreditar que el personal haya prestado eminentes servicios en su función de mando de unidad militar y asesor de Comando, contribuyendo de manera significativa a la defensa de la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional.
Artículo 2.3.1.3.5.7.6. Diploma. Los diplomas en cada categoría deben ser elaborados en papel pergamino o cartulina blanca, con las siguientes dimensiones: treinta y dos (32) centímetros de ancho, por veintidós (22) centímetros de alto, con el dibujo del adverso de la medalla en la Parte superior izquierda y el reverso en la Parte superior derecha.
Artículo 2
Adiciónese el numeral 7, al literal b) del artículo 2.3.1.3.2.1., ubicado en la Sección 2, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número 1070 de 2015,0 “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa”, el cual quedará así:
Artículo 2.3.1.3.2.1. Clasificación de las condecoraciones. Las condecoraciones militares se clasifican y denominan de la siguiente forma:
ñ. Medalla Militar Escuela de Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencio Chincá”.
ñ. Medalla Militar “Al Espíritu del Bicentenario Naval de la Armada Nacional de la República de Colombia”.
o. Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Buceo en la Armada Nacional”.
Por Mérito Deportivo.
Artículo 3
Adiciónese el numeral 99 al artículo 2.3.1.3.2.2, de la Sección 2, del Capítulo 3, del Título 1, de la Parte 3 del Libro 2, del Decreto número 1070 de 2015, “Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa, el cual quedará así:
Artículo 2.3.1.3.2.2. Precedencia de las Condecoraciones. Las condecoraciones militares nacionales tienen prelación sobre las extranjeras y su orden de precedencia es el siguiente:
Orden Militar de “San Mateo”.
Orden de “Boyacá”.
Orden de “San Carlos”.
Medalla Servicios en “Guerra Internacional”.
Orden del Mérito Militar “Antonio Nariño”
Orden del Mérito Militar “José María Córdova”.
Orden del Mérito Naval “Almirante Padilla”.
Cruz de la Fuerza Aérea al “Mérito Aeronáutico”
Orden del Mérito Sanitario “José Fernández Madrid”.
Orden “Estrella de la Policía”.
Orden Militar “13 de junio”.
Medalla Militar “Al Valor”.
Medalla Militar “Herido en Acción”.
Medalla Servicios Distinguidos en “Orden Público”.
Medalla Militar “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”.
Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones Especiales”.
Orden “Cruz al Mérito Policial”.
Orden al Mérito “Coronel Guillermo Fergusson”.
Medalla Militar “Francisco José de Caldas”.
Medalla por “Tiempo de Servicio” (40; 35; 30; 25; 20; 15).
Medalla “Fe en la Causa” del Comando General de las Fuerzas Militares.
Medalla Militar “Fe en la Causa” del Ejército Nacional.
Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Armada Nacional.
Medalla Militar “Fe en la Causa” de la Fuerza Aérea Colombiana.
Medalla Militar “Servicios Distinguidos a las Fuerzas Militares de Colombia”.
Medalla Militar “Campaña del Sur”.
Medalla “Servicios Distinguidos en Operaciones Contraterrorismo”.
Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones contra el Narcotráfico en Categoría Única”.
Medalla Militar “Soldado Juan Bautista Solarte Obando”.
Medalla Militar “Ministerio de Defensa Nacional”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Armada Nacional”.
Medalla “Marco Fidel Suárez”.
Medalla “Batalla de Ayacucho”.
Medalla “San Jorge”.
Medalla “Santa Bárbara”.
Medalla “Torre de Castilla”.
Medalla “San Gabriel”.
Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “General Francisco de Paula Santander”.
Medalla “Brigadier General Ricardo Charry Solano”.
Medalla Militar “San Miguel Arcángel”.
Medalla Militar “Servicios Distinguidos en Operaciones de Aviación”.
Medalla Centenario “Servicios Distinguidos a Reclutamiento Simona Duque de Alzate”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Fuerza de Superficie”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Infantería de Marina”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Fuerza Submarina”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Aviación Naval”.
Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo de Guardacostas”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Inteligencia Naval”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Ingeniería Naval”.
Medalla al Mérito Logístico y Administrativo “Contralmirante Rafael Tono”
Medalla “Servicios distinguidos a la Dirección General Marítima”.
Medalla “Águila de Gules”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Seguridad y Defensa de Bases Aéreas”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Inteligencia Aérea”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Defensa Aérea y Navegación Aérea”.
Medalla “Servicios Distinguidos al Cuerpo Logístico y Administrativo”.
Medalla “Ciencia y Tecnología”.
Medalla “Servicios Meritorios a la Jefatura Jurídica y Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario”.
Medalla Militar “Servicios Distinguidos a la Justicia Penal Militar”.
Medalla “Orden por la Libertad Personal”.
Medalla Militar “Escuela Superior de Guerra”.
Medalla Militar “Al Mérito de la Reserva”.
Medalla Militar “General José Hilario López Valdés”.
Medalla Militar “Escuela Militar de Cadetes”.
Medalla Militar “Centenario Escuela Militar de Cadetes General José María Córdova”.
Medalla Militar “Bicentenario de los Ingenieros Militares”.
Medalla Servicios Distinguidos a la “Escuela Naval de Cadetes Almirante Padilla”.
Medalla Militar “Servicios Meritorios Inteligencia Militar Guardián de la Patria”.
Medalla Militar Escuela de Suboficiales del Ejército “Sargento Inocencio Chincá”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela Naval de Suboficiales”
Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.
Medalla “Servicios Distinguidos a la Escuela de Suboficiales -CT. Andrés M. Díaz Díaz” de la Fuerza Aérea Colombiana.
Medalla “Escuela de Lanceros”,
Medalla Militar “Guardia de Honor de Colombia”.
Medalla Militar “Escuela de Armas y Servicios José Celestino Mutis Bossio”.
Medalla Militar Escuela de Soldados Profesionales “Teniente General Gustavo Rojas Pinilla”.
Medalla Militar “Honor al Deber Cumplido”.
Medalla “Guardia Presidencial”.
Medalla Policía Militar “General Tomás Cipriano de Mosquera”.
Medalla “Cadete José María Rosillo”.
Medalla “Alumno Distinguido de la Escuela de Suboficiales del Ejército Nacional”.
Medalla “Alumno Distinguido de la Escuela Naval de Suboficiales”.
Medalla Militar “Alumno Distinguido de la Escuela de Formación de Infantería de Marina”.
Medalla a la virtud “Capitán José Edmundo Sandoval”.
Medalla “Deportiva de la Fuerza Pública”.
Medalla Militar “San Rafael Arcángel”.
Medalla Militar de Desminado “Soldado Profesional Wilson de Jesús Martínez Jaraba”.
Medalla Militar “Bicentenario de la Campaña Libertadora”.
Medalla Militar “Bicentenario de la Caballería”.
Medalla Militar “Protectores de la Espada del Libertador”.
Medalla Militar “Simona Amaya”.
Medalla Militar “Bicentenario de la Logística Militar”.
Medalla Militar “Corazón Azul”.
Medalla Militar “Alma Mater Escuela Militar de Aviación”.
Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Desarrollo de Operaciones y Actividades Espaciales AD ASTRA”.
Medalla Militar “Servicios Distinguidos a la Acción integral”.
Medalla Militar “Al Espíritu del Bicentenario Naval de la Armada Nacional de la República de Colombia”.
Medalla Militar “Servicios Distinguidos al Buceo en la Armada Nacional”.
Orden del Mérito Militar al “Mando”.
Artículo 4Vigencia
Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.