Decreto
Decreto 489 de 2024
correspondientes a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) del régimen contributivo y de presupuestos máximos por concepto de servicios y tecnologías no financiadas con cargo a la UPC de los regímenes contributivo y subsidiado.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Sustitúyase La Subsección 3 De La Sección 1 Del Capítulo 3 Del Título 4 Del Libro 2 Del Decreto Único Reglamentario 780 De 2016 Del Sector Salud Y Protección Social, El Cual Quedará Así: Subsección 3 Giro Directo En El Régimen Contributivo Artículo 22Adiciónense Los Siguientes Artículos A La Subsección 1 De La Sección 5 Del Capítulo 3 Del Título 4 De La Parte 6 Del Libro 2 Del Decreto Único Reglamentario 780 De 2016 Del Sector Salud Y Protección Social: Artículo 23Vigencia Y Derogatorias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 150 de la Ley 2294 de 2023 y
- Diego Alejandro Guevara CastañedaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público (e)
- Guillermo Alfonso Jaramillo MartínezEl Ministro de Salud y Protección Social
- Alexánder López MayaEl Director del Departamento Nacional de Planeación