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decreto 563 de 2026

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1992.

Artículo 1Modificación

Modificación. Modificar el artículo 5° del Decreto número 1069 del 25 de junio de 2018, el cual quedará así:

“Artículo 5º. Los vehículos automotores para el esquema de protección y seguridad serán asignados por parte del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, la Unidad Nacional de Protección y la Dirección Nacional de Inteligencia.

El personal de protección será asignado por la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección.

Los elementos para el servicio de seguridad y protección requeridos, tales como medios de comunicaciones, armamento y demás que se consideren indispensables serán suministrados por la entidad a la que se encuentren vinculados el personal de protección”.

Artículo 2Vigencia

Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5° del Decreto número 1069 del 25 de junio de 2018.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4ª de 1992
El Ministro del Interior
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional