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Resolución782Vigente

Resolución 782 de 2021

Por la cual se modifica el articuloa 9 de la Resolución 1734 de 2020 en el sentido de prorrogar el plazo de depuracion y validacion de la información de afiliados al Sistema de General de Pensiones y d ela puesta en operación de sus funcionalidades a través del SAT.

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

·. REPUBUC DE COLOMBIA l;~'r' r(i! ~~-' MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMER6 Ü !) O782 DE 2021 ( - 4JUN 2021 ) Por la cual se modifica el artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020 en el sentido de prorrogar el plazo de depuración y validación de la información de afiliados al Sistema General de Pensiones y de la puesta en operación de sus funcionalidades a través del SAT EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL Y EL MINISTRO DEL TRABAJO En ejercicio de sus facultades legales, yen especial las conferidas en el artículo 2.1.2.1 del Decreto 780 de 2016 y

CONSIDERANDO

Que, mediante la Resolución 1734 de 2020, se definieron las condiciones generales para la operación del Sistema General de Pensiones en el Sistema de Afiliación Transaccional- SAT y en su artículo 9, modificado por el artículo 1 de la Resolución 293 de 2021, se establecieron los plazos para adelantar los pilotos de prueba con las administradoras de pensiones, con el fin de validar y depurar la información de los afiliados al Sistema General de Pensiones que reposa en el Registro Único de Afiliados - RUAF, para su incorporación en el SAT.

Que la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación de este Ministerio, evidenció la necesidad de definir de manera previa estándares de interoperabilidad y mallas de validación para el intercambio de información entre en el Registro Único de Afiliados - RUAF y el Sistema de Afiliación Transaccional- SAT, por lo cual se requiere prorrogar el plazo de depuración y validación de la información de afiliados al Sistema General de Pensiones y por consiguiente el término previsto para la puesta en operación de sus funcionalidades en el SAT, en consecuencia, se modificará la Resolución 1734 de 2020.

En mérito de lo expuesto, RESUELVEN Artículo 1. Modifíquese el articulo 9 de la Resolución 1734 de 2020, el cual quedara así: "Articulo 9. Puesta en operación de las funcionalidades del Sistema General de Pensiones a través del SA T. Desde el segundo semestre del mio 2021 se adelantará el proceso de validación y depuración de la información de afiliados del Sistema General de Pensiones que reposa en el Registro Único de Afiliados - RUAF para su incorporación en el SA T y una vez incorporada dicha información entrarán en operación, de manera gradual, las funcionalidades RESOLUCiÓN NÚMERO) l' ~ 1) 0782 DE 2021 - 4 JUN 2021 HOJA Nol Continuación de la resolución ~Por la cual se modifica e/artículo 9 de la Resolución 1734 de 2020 en el sentido de prorrogar el plazo de depuración y validación de la información de afiliados el Sistema General do Pensiones y de la puesta en operación de sus funcionalidades 8 través del SA r establecidas en el articulo 7 de la presente resolución, en los ténninos y estructura de datos establecida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

", Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el articulo 9 de la Resolución 1734 de 2020, modificado por la Resolución 293 de 2021. PUBLiaUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los - 4 JUN 2021 ERNANDO RUJZ-G. MEZ inistro de Sáfúd y rotección Social Ministro del Aprobó: IAA.. Viceminlstra de Protección Social ~ I#J! Director de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud.

Riesgos Laborales y PensionerJefe Oficina de Tecnologla de la Información y la Comunicación Diredora Jurldica t IP'/.