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Resolución757Derogada

Resolución 757 de 2025

Por la cual se modifica el Anexo 3 “LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LABORATORIO CLÍNICO FINANCIADOS CON RECURSOS DE LA UPC" de la Resolución 2718 de 2024

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

REPÚBLICA DE COIQM0IA - ------------- MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ( Ü0000757 3 0 ABR 2025 DE 2025 ) Por la cual se modifica el Anexo 3 “LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LABORATORIO CLÍNICO FINANCIADOS CON RECURSOS DE LA UPC" de la Resolución 2718 de 2024 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución 2718 del 30 de diciembre de 2024, este Ministerio actualizó los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), ajustando I) el listado de medicamentos esenciales y genéricos, II) los procedimientos en salud y los procedimientos de laboratorio clínico financiados con recursos de la UPC contenidos en los Anexos 2 y 3 en concordancia con los resultados del procedimiento de actualización de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud — CUPS, y IV) incluyó puntualmente en la financiación con recursos de la UPC las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico del SARS CoV2.

Que en el Anexo 3 "LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LABORATORIO CLÍNICO FINANCIADOS CON RECURSOS DE LA UPC" de la Resolución 2718 de 2024, no se incluyó el código CUPS 90.8.8.56 IDENTIFICACIÓN DE OTRO VIRUS (ESPECÍFICA) POR PRUEBAS MOLECULARES con aplicación exclusiva para el diagnóstico del SARS CoV2. Que el referido código fue considerado en el valor fijado de la Unidad de Pago por Capitación - UPC en la vigencia 2025 de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 2717 de 2024 y el "Estudio técnico para el Incremento de la Unidad de Pago por Capitación 2025", publicado en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social (httDs://www.minsalud.qov.co/salud/POS/Paqinas/unidad-de-paqo-porcapitacion-upc.aspx). el cual hace parte de las pruebas de diagnóstico y de anticuerpos para SARS CoV2 (COVID-19) que venían siendo reconocidas por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES.

Que de conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 en concordancia con el numeral 11 del artículo 3 ibidem, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad removiendo de oficio los obstáculos puramente formales en procura de la efectividad del derecho material, de manera que, en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte podrá corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras, sin que ello cambie el sentido material de la decisión. Que, en consideración de lo anterior, es necesario modificar el contenido del listado de procedimientos de laboratorio clínico financiados con recursos de la UPC en cuanto a Resolución numeré 0000757 de 30 ABR 2025 Hoja No. 2 de 2 Continuación de la Resolución: "Perla cual se modifica el Anexo 3 "LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LABORATORIO CLINICO FINANCIADOS CON RECURSOS DE LA UPC"de la Resolución 2718 de 2024" las inclusiones relacionadas con las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico del SARS CoV2 en el sentido de aclarar como parte de la financiación el código CUPS 90.8.8.56 “IDENTIFICACIÓN DE OTRO VIRUS (ESPECÍFICA) POR PRUEBAS MOLECULARES" exclusivamente para SARS CoV2.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modificar el Anexo No. 3 "LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LABORATORIO CLÍNICO FINANCIADOS CON RECURSOS DE LA UPC" de la Resolución 2718 de 2024, en el sentido de incluir el código CUPS 90.8.8.56 "IDENTIFICACIÓN DE OTRO VIRUS (ESPECÍFICA) POR PRUEBAS MOLECULARES" exclusivamente para SARS CoV2, asi: t(ANEXO No. 3 LISTADO DE PROCEDIMIENTOS DE LABORATORIO FINANCIADOS CON RECURSOS DE LA UPC CLÍNICO ( ) "IDENTIFICACIÓN DE OTRO VIRUS (ESPECIFICA) POR PRUEBAS MOLECULARES"______________________________________________ Nota: Está financiado con recursos de la UPC exclusivamente para SARS CoV2. 90.8.8.56 Artículo 2.

La presente resolución rige a partir de su expedición y modifica el Anexo No. 3 de la Resolución 2718 de 2024. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., 3 0 ABR 2025 GUILLERMO ALFONSCHJARÁMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social Aprobó: / t Viceministro de Protección Social. Director de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud (E).

Director Jurídico (E), Rodolfo Salas Figueroa. ‘ Din-eiin,, lllf hbt».