República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMERO (;,: '; G7 5 4 3 1 MA~ 2021 DE 2021 ) Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades, en especial, de las conferidas en el artículo 23 de la Ley 1562 de 2012, y
CONSIDERANDO
Que, la Resolución 957 de 2005 de la Comunidad Andina de Naciones establece la competencia de autoridad de cada País Miembro para determinar periódicamente las certificaciones y calificaciones exigibles al personal que haya de prestar servicios de seguridad y salud en el trabajo, según la naturaleza de las funciones a desempeñar y de conformidad con la legislación y la práctica nacional.
Que, el articulo 2.2.4.6.41 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, determina que las personas o empresas que presten servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo a empleadores o trabajadores deberán acreditar los requisitos mínimos que este Ministerio establezca para su funcionamiento y obtener licencia para operar servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Que, los articulas 2.2.4.7.2, numeral 3 y 2.2.4.7.4 del referido Decreto 1072 de 2015, establecieron que el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales se aplica, entre otros, a las prestadores de servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo; y entre los componentes que lo conforman, se encuentra el Sistema de Estándares Mínimos definido como el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento, mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera, y de capacidad técnico administrativa, indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades de los diferentes actores en el Sistema General de Riesgos Laborales.
Que, la Ley 1562 de 2012, por la cual se modificó el Sistema General de Riesgos Laborales, estableció que la salud ocupacional se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo, definiéndola como "aquella disciplina que tiene por objeto la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo. y la protección y promoción de la salud de los trabajadores encaminada a mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar fisico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones." Que, la misma normativa previó en su artículo 14 como requisito para operar el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales, la verificación del cumplimiento de los estándares mínimos previstos en el referido sistema RESOLUCiÓN NÚMERO,~;~,: G7 5 4 DE 31 MAY 2021 2021 HOJA N° 2 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para fa expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" de calidad, la que tratándose de prestadores de servicios de salud que oferten servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo será realizada, con sus propios recursos, por las secretarías departamentales y distritales de salud o las entidades que hagan sus veces, dentro de la verificación de cumplimiento de las condiciones para la habilitación. Que, este Ministerio expidió la Resolución 4502 de 2012, a través de la cual se reglamentó el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de Salud Ocupacional, hoy de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Que, se hace necesario incorporar los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales al proceso de expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo de las personas jurídicas, así como definir el procedimiento que a través de una herramienta tecnológica permita a las secretarias departamentales y distritales de salud o a las entidades que hagan sus veces, gestionar la expedición y renovación de las citadas licencias, previa verificación del cumplimiento de los requisitos y del procedimiento que para el efecto adopte este Ministerio.
Que, por lo anterior y con el fin de compilar en un único marco regulatorio los requisitos exigidos a las personas naturales y jurídicas, así como el procedimiento que debe adelantarse para la expedición y renovación de las licencias de seguridad y salud en el trabajo, se hace necesario derogar la Resolución 4502 de 2012. En mérito de lo expuesto, RESUELVE CAPíTULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.
Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer el procedimiento y los requisitos que deben acreditar las personas naturales y jurídicas ante las secretarias departamentales y distritales de salud, o la entidad que haga sus veces para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 2. Campo de aplicación Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las secretarías departamentales y distritales de salud o las entidades que hagan sus veces y a las personas naturales y jurídicas que soliciten el otorgamiento, renovación o cambio de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Artículo 3. Aplicativo web para la expedición y renovación de las Licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo. Las solicitudes de expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo deberán ser gestionadas ante las secretarías departamentales y distritales de salud, o las entidades que hagan sus veces, a través del aplicativo web dispuesto por este Ministerio.
Artículo 4. Gratuidad. Los procesos de expedición, renovación y cambios en las Licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo serán gratuitos en el territorio nacional. Articulo 5. Vigencia de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Las Licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo tienen una vigencia de diez (10) años y podrán ser renovadas por un término igual, siempre y cuando el titular cumpla con los requisitos dispuestos por la normatividad vigente.
Id> ~-----_ _ _ _--l~. J 1 M~'( '20'21 RESOLUCiÓN NÚMERO \~. O: e754 DE 2021 HOJA N° 3 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos yel procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salvd en el Trabajo" Parágrafo. Las licencias; otorgadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente resolución tendrán validez hasta la fecha de vencimiento de las mismas.
Artículo 6. Cobertura de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo de personas naturales y jurídicas tendrá cobertura a nivel nacional para los campos de acción que hayan sido autorizados. Las personas jurídicas que realicen apertura de nuevas sedes en jurisdicciones diferentes de la sede principal deberán solicitar una licencia ante la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, correspondiente a la nueva sede.
CAPíTULO 11 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OTORGAR O RENOVAR lA LICENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN El TRABAJO A PERSONAS NATURALES ArtículO 7. Requisitos. La Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo será expedida a las personas naturales que acrediten título académico en un área de seguridad y salud en el trabajo, expedido por una institución de educación superior aprobada por el Ministerio de Educación Nacional, en los siguientes niveles de formación académica: técnico, tecnólogo, profesional universitario y profesional universitario con especialización en un área de seguridad y salud en el trabajo.
Para la expedición, renovación o cambio en el nivel de formación académica deberán aportarse los siguientes documentos: 7.1. Fotocopia del o los diplomas expedidos por la institución de educación superior en un área de seguridad y salud en el trabajo, debidamente registrados ante la misma. Las personas naturales con títulos en seguridad y salud en el trabajo, expedidos en el exterior, deben realizar los trámites de convalidación ante el Ministerio de Educación Nacional.
Deben anexar como soporte, copia del diploma en el cual se acredite su formación en una de las áreas que conforman la Seguridad y Salud en el Trabajo según lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012 y fotocopia del pensum académico o asignaturas aprobadas. 7.2. Fotocopia del registro calificado del programa de educación superior en seguridad y salud en el trabajo otorgado por el Ministerio de Educación Nacional, en cualquiera de los siguientes niveles de formación académica: Postgrado, Profesional Universitario, Tecnólogo, Técnico profesional.
Para el caso de los títulos otorgados con anterioridad al año 2008, se deberá presentar el diploma otorgado por la institución de educación superior. 7.3. Fotocopia del título de pregrado diferente a seguridad y salud en el trabajo expedido por institución de educación superior, debidamente registrado ante la misma. 7.4. Fotocopia del título de pregrado registrado ante la institución de educación superior, cuando se trate de profesiones que cuenten con campos de acción en seguridad y salud en el trabajo establecidos por la ley de la respectiva profesión. Artículo 8.
Cambios en la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. La secretaría departamental o distrital de salud, o la entidad que haga sus veces podrá registrar cambios en la licencia que ha expedido o renovado y expedirá certificación que dé cuenta de esto, cuando se presente cambio en el nombre, apellidos, tipo y número de identificación del titular de la licencia, aportándose para ello, los documentos que soporten la modificación, según se trate.
Estos cambios no implicarán cambio en la vigencia de la licencia inicialmente otorgada. ~------------------------------~~ RESOLUCiÓN NÚMERO-,,"\ -; (: 7 5 4 DE e, " '3 1 M~~ 2021 2021 HOJA N° 4 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" Las certificaciones que sean expedidas deberán ser numeradas así: código divipola del departamento o distrito de la secretaria de salud - número de la resolución de la licencia que va a ser objeto de cambios - año de expedición de la licencia- número consecutivo del cambio aprobado, Los cambios en el nivel de formación académica implican la expedición de una nueva licencia lo que podrá dar como resultado que una persona cuente con más de una, si acredita los requisitos para cada nivel.
Artículo 9. Procedimiento. El procedimiento de expedición, renovación o cambio de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo se adelantará ante las secretarias departamentales y distritales de salud o la entidad que haga sus veces, quienes, una vez verificada la información diligenciada por el solicitante y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente resolución, expedirán el acto administrativo correspondiente, dentro de los 45 días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud en el aplicativo web.
Para tal fin, el interesado deberá adelantar el siguiente procedimiento: 9.1. Registrarse ante el portal Mi Seguridad Social a través del enlace: https://miseguridadsocial.gov.co. 9.2. Ingresar al aplicativo web, a través de la ventanilla de trámites y servicios para acceder al formulario, que direccionará automáticamente la solicitud a la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, con jurisdicción del domicilio del solicitante de la licencia. 9.3.
Realizar el registro de tipo de trámite, identificación y formación académica del solicitante. 9.4. Anexar los documentos requeridos en la solicitud de expedición o renovación en formato POF, los que deben ser legibles y cuyo tamaño no puede exceder 4MB. Artículo 10. Trámite para subsanar la solicitud. La secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, dentro de los diez (10) dias hábiles siguientes a la fecha de radicación, solicitará, a través del correo electrónico registrado por el solicitante, el envío de los documentos que se detallen y la razón que motiva dicha solicitud.
El solicitante dispondrá de quince (15) días calendario, siguientes a la comunicación, para ingresar en el aplicativo los documentos solicitados. Se entenderá que el solicitante ha desistido de su solicitud, si vencido el término establecido en el inciso anterior, no presenta la subsanación requerida, caso en el cual se archivará la solicitud, debiendo iniciarse nuevamente el trámite, en caso de requerirlo.
Los términos aquí establecidos hacen parte del término general previsto en el artículo anterior. Artículo 11. Renovación de la licencia de seguridad y salud en el Trabajo. Los interesados en la renovación de la licencia deberán efectuar la solicitud dentro de los tres (3) meses previos a la fecha de vencimiento de la misma, a través del aplicativo web, el cual la dirigirá ante la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, que expidió la licencia a renovar, anexando los documentos señalados en el artículo 7 de la presente resolución, así como la copia de la licencia inicial.
La entidad procederá a verificar los requisitos y soportes y expedirá el acto administrativo correspondiente conforme con los términos previstos en los artículos siguientes. Artículo 12. Contenido del acto administrativo que otorga o renueva la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo para personas naturales. La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, una vez verificado el cumplimiento de I~OS requisitos previstos e~ esta resolución, otorgará o renovará la Licencia de Seguridad \ ~~ 3 1 MA'i '2.01\ 2021 HOJA N° 5 Continuación de la resolución gPor la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" y Salud en el Trabajo, a través de acto administrativo que contendrá como mínimo lo siguiente: 12.1.
Parte considerativa que dé cuenta de la verificación que realizó la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, de los requisitos exigidos. 12.2. Nombre completo y número de identificación del titular de la licencia de seguridad y salud en el trabajo. 12.3. Nombre del título de pregrado díferente a Seguridad y Salud en el trabajo, cuando aplique. 12.4.
Nombre del título académico obtenído en Seguridad y Salud en el Trabajo. 12.5. Fecha de la obtención del (los) títulos (s) en seguridad y salud en el trabajo. 12.6, Nombre de la institución de educación superior que otorgó el título. 12.7. Campos de acción en los que puede ejercer la licencia conforme con lo señalado en el Anexo Técnico No. 1, que hace parte de la presente resolución. 12.8.
Vigencia de la licencia otorgada o renovada. 12.9. Cobertura de la licencia en el territorio nacional. 12.10. Recursos a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Parágrafo. Se entiende por campos de acción, las áreas del ejercicio de la seguridad y salud en el trabajo que se otorgan en la correspondiente licencia, de conformidad con el perfil de formación académico presentado en la solicitud.
Artículo 13. Acto administrativo que niega la expedición o renovación de la licencia de seguridad y salud en el trabajo. Las secretarias departamentales o distritales de salud o la entidad que haga sus veces, procederán a negar la expedición o renovación de licencia de seguridad y salud en el trabajo a través de acto administrativo, que deberá dar cuenta de la descripción del proceso de verificación de los requisitos, así como los fundamentos que motivan la decisión, dentro del término establecido en el artículo 9 de esta resolución. El acto administrativo contendrá como mínimo lo siguiente: 13.1.
Parte considerativa que dé cuenta de la verificación que realizó la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, de los requisitos exigidos. 13.2. Nombre completo y número de identificación del solicitante de la licencia de seguridad y salud en el trabajo. 13.3. Recursos a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
CAPíTULO 111 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA lA EXPEDICiÓN, RENOVACiÓN O DE LA LICENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN El TRABAJO A PERSONAS JURIDICAS Artículo 14, Modalidades de Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo para personas jurídicas. La Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo se expedirá a las personas jurídicas en las siguientes modalidades: 14.1 Licencia de seguridad y salud en el trabajo, con campos de acción diferentes a los de medicina de seguridad y salud en el trabajo.
Dichos campos de acción se encuentran descritos en los numerales 3.2.2, 3.2.3, 3.2.4, del Anexo Técnico No. 2 que hace parte de la presente resolución, según los perfiles del talento humano con que cuente. · RESOLUCiÓN NÚMERO·. J -: (; 7 54 DE 31 M~ wn 2021 HOJA N° 6 Continuación de la resolución "Pqr la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" Licencia de seguridad y salud en el trabajo, con campos de acción de medicina de seguridad y salud en el trabajo y demás campos en seguridad y salud en el trabajo.
Los campos de acción corresponden a los descritos en los numerales 3.2.1, 3.2.1.1, 3.2.1.2 Y 3.2.1.3, 3.2.2, 3.2.3, 3.2.4, del Anexo Técnico No. 2 que hace parte de la presente resolución, según los perfiles del talento humano con que cuente. 14.3 Licencia de seguridad y salud en el trabajo con campos de acción exclusivos de medicina de seguridad y salud en el trabajo, descritos en los numerales 3.2.1 y 3.2.1.1,3.2.1.2 Y 3.2.1.3 del Anexo Técnico No. 2 que hace parte de la presente resolución, según los perfiles del talento humano con que cuente. 14.2 Artículo 15.
Requisitos. Las personas jurídicas que soliciten la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo en las modalidades previstas en el artículo anterior deberán acreditar los siguientes requisitos, los cuales se verificarán conforme con lo descrito en el Anexo Técnico No. 2, que hace parte integral de la presente resolución: 15.1. Capacidad técnico-administrativa: Refiere las condiciones mínimas que deben cumplir las personas jurídicas respecto a su constitución legal y cumplimiento de la política de seguridad y salud en el trabajo. 15.2.
Suficiencia patrimonial y financiera: Refiere las condiciones que posibilitan la estabilidad financiera, su competitividad, liquidez y cumplimiento de las obligaciones en el corto plazo de la persona jurídica. 15.3. Capacidad tecnológica y científica: Corresponde a los requisitos de estructura y procedimientos que deben cumplir las personas jurídicas y que se consideran suficientes y necesarios para la prestación del campo de acción en seguridad y salud en el trabajo y se sujetan a lo establecido en el Anexo Técnico No. 2, que hace parte de la presente resolución. Se encuentran los siguientes: 15.3.1 Talento humano: Entendida como la descripción detallada del o los integrantes del equipo de trabajo, quienes deberán contar con Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente.
Los campos de acción otorgados en sus licencias deberán corresponder con los campos de acción señalados en la solicitud. 15.3.2 Infraestructura física e instalaciones: Son las condiciones mínimas e indispensables de las áreas y ambientes de una edificación y su mantenimiento, para la prestación de los servicios de seguridad y salud en el trabajo con el menor riesgo posible. 15.3.3 Dotación y Equipos: Corresponde a la descripCión de los equipos, dispositivos y elementos mínimos e indispensables y sus mantenimientos, destinados a garantizar los campos de acción solicitados para la prestación de los servicios de seguridad y salud en el trabajo con el menor riesgo posible.
Estos deberán estar calibrados de acuerdo con las recomendaciones del fabricante. Los dispositivos médicos o equipos biomédicos que acrediten los prestadores de servicios de salud -IPS, que solicitan campos de acción de medicina del trabaja, deberán cumplir con las condiciones establecidas en el Decreto 4725 de 2005 o la norma que lo modifique o sustituya, así como con los procedimientos establecidos en el Sistema Único de Habilitación definido por la Resolución 3100 de 2019 o la norma que la modifique o sustituya, relativos a los estándares de dotación. 15.3.4 Procedimientos: Es la descripción del método o forma ordenada de realizar las actividades de seguridad y salud en el trabajo, de acuerdo con el campo de acción solicitado, en el cual se describen las actividades y los responsables de la ejecución. 3 i \;\~~ 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO '.-.C' ':C754 DE 2021 HOJA N° 7 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovaci6n de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" Parágrafo.
Las valoraciones médicas complementarias en los términos del acápite A del articulo 2 de la Resolución 2346 de 2007. o la norma que la modifique o sustituya. deberán ser efectuadas por talento humano con formación en áreas de la salud, de conformidad con las competencias establecidas para el ejercicio de su profesión y podrán o no contar con la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo; no obstante, cuando adicionalmente desarrolle actividades inherentes a la ejecución del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberá contar con la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Dichos servicios deberán ser relacionados en el formulario de solicitud en el aplicativo web. Artículo 16. Cambios en la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. La secretaría departamental o distrital de salud, o la entidad que haga sus veces podrá autorizar cambios en la licencia que ha expedido o renovado, y expedirá certificación que dé cuenta de tales cambios, si se presenta (n) alguna (s) de las siguientes causales: 16.1. 16.2. 16.3. 16.4. 16.5. 16.6.
Cambio de representante legal Cambio de razón social Cambio de domicilio (dirección en la misma jurisdicción) Cierre de sede de la persona jurídica Apertura de campos de acción adicionales Cierre temporal o definitivo de campos de acción El cambio no implicará modificación de la vigencia de la licencia inicialmente otorgada. Parágrafo. Las certificaciones que contengan cambios en las licencias de seguridad y salud en el trabajo deberán numerarse así: código divipola del departamento o distrito de la secretaria de salud - número de la resolución de la licencia a actualizar - año de expedición de la licencia- número consecutivo del cambio otorgado.
Artículo 17. Procedimiento. El procedimiento para la expedición o renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo se detalla así: 17.1. Registro ante el portal Mi Seguridad Social a traves del enlace: hltps://misequridadsocia/.qov.co. 17.2. Ingresar al aplicativo web para acceder al formulario, a través de la ventanilla de trámites y servicios y registrar la solicitud.
El aplicativo web dirigirá automáticamente la solicitud a la secretaria departamental o distrital de salud o entidad que haga sus veces con jurisdicción del domicilio de la sede de la cual se solicita la licencia, o a aquella que la expidió inicialmente en caso de renovación. 17.3. Ingresar los documentos exigidos conforme con lo descrito en el anexo técnico No. 2, que hace parte integral de la presente resolución. 17.4.
La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces verificará el cumplimiento de los requisitos definidos en la presente resolución. 17.5. La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, realizará la visita de verificación de requisitos, en los términos establecidos en los artículos siguientes, e ingresará a través del aplicativo web, en formato POF, el acta. 17.6.
La secretaría departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces expedirá el acto administrativo mediante el cual otorga, renueva o niega la licencia de seguridad y salud en el trabajo. Parágrafo 1. Las personas jurídicas que soliciten apertura de sedes en jurisdicción diferente a aquella en la que se expidió la licencia vigente, deberán hacer la solicitud en el aplicativo web, el cual la direccionará ante la secretaría de salud de la correspondiente jurisdicción, entidad que procederá a la verificación de los requisitos y en caso favorable I,,",emitirá un nuevo acto administrativo de expedición de la licencia. \ RESOLUCiÓN NÚMERO':: ';
G75" DE 2021 HOJA N° 8 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" Parágrafo 2. Una vez expedida la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo con campos de acción de medicina de seguridad y salud en el trabajo, la persona jurídica podrá iniciar el proceso de habilitación del servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud - REPS o iniciar el proceso de inscripción como institución prestadora de servicios de salud, de conformidad con lo establecido en la Resolución 3100 de 2019, o la norma que lo modifique o sustituya.
Artículo 18. Renovación de la licencia de seguridad y salud en el trabajo para personas jurídicas. Los interesados en la renovación de la licencia deberán efectuar la solicitud dentro de los tres (3) meses previos a la fecha de vencimiento de esta, a través del aplicativo web, el cual dirigirá la solicitud ante la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, que expidió la licencia a renovar, cumpliendo los requisitos señalados en el artículo 15 de la presente resolución, así como la copia de la licencia inicial.
La entidad procederá a verificar los requisitos y soportes y expedirá el acto administrativo correspondiente. Artículo 19. Visita de verificación. La secretaría departamental o dislrital de salud o la entidad que haga sus veces, realizará la visita de verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en la presente resolución, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la solicitud registrada en el aplicativo web dispuesto por este Ministerio y le comunicará al solicitante con mínimo un (1) un día de anticipación, vía correo electrónico, la realización de esta.
Dicha entidad diligenciará la información relativa al cumplimiento o no de los requisitos consignando los hallazgos en acta, que será suscrita por los intervinientes, documento que se adjuntará por la secretaría en formato PDF a través del aplicativo web, Parágrafo. Excepcionalmente, de presentarse una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida la realización de la visita de verificación, ya sea por parte de la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, o por el solicitante, esta entidad fijará nueva fecha para la realización de la visita, la que deberá atenderse dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha inicialmente programada y ser comunicada al solicitante con mínimo un (1) un día de anticipación. Artículo 20.
Del plan de cumplimiento de requisitos. La secretaria departamental o distrital de salud, o la entidad que haga sus veces, podrá definir junto con el solicitante un plan de cumplimiento, en el evento que este último durante la visita de verificación no acredite los requisitos previstos en el artículo 15 y descritos en el Anexo Técnico No. 2 que hace parte de la presente resolución, el que será verificado en un lapso no superior a cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la fecha de la visita.
Una vez verificado su cumplimiento, la entidad procederá a ingresar dicha información en el aplicativo web, dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles, emitiendo concepto de cumple para efectos de la expedición de la licencia correspondiente. Si no cumple con lo acordado en el plan de cumplimiento, la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, adjuntará en el aplicativo web dispuesto por este Ministerio en formato PDF, el reporte de incumplimiento con el resultado de la visita y emitirá concepto de No Cumple, lo que dará lugar a negar la expedición de la licencia. Artículo 21.
Contenido del acto administrativo que otorga o renueva la licencia de seguridad y salud en el trabajo para personas jurídicas. La secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, expedirá el acto administrativo a través del cual se otorga o renueva la ~----------------------~I~ ~, Mf:I~ 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO,~;~; ~: G7 54 DE 2021 HOJA N° 9 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Dicho acto administrativo deberá contener como mínimo la siguiente información: 21.1. Número de la licencia y fecha de expedición. 21.2. Parte considerativa que dé cuenta de la verificación que realizó la secretaría departamental o distrital de salud o entidad que haga sus veces, frente a los documentos adjuntos en la solicitud, incluido el plan de cumplimiento. 21.3.
Razón Social, NIT, Nombre, documento y número de identificación del representante legal, ciudad y dirección de domicilio de la sede principal y de otras sedes, que se encuentren dentro de la jurisdicción de la secretaria departamental o distrital de salud o entidad que haga sus veces, que expide la licencia. 21.4. Campos de acción otorgados en la licencia para las sedes solicitadas. 21.5.
Mediciones específicas que le son autorizadas, de acuerdo con los equipos verificados en los campos de acción solicitados. 21.6. Pruebas complementarias que ofertará en el marco del campo de acción de Medicina de Seguridad y Salud en el Trabajo. 21.7. Vigencia de la licencia expedida. 21.8. Recursos a que haya lugar. de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
De interponerse recurso por parte del interesado, éste junto con el acto administrativo que lo resuelve, deberán ser cargados en el aplicativo web por la entidad correspondiente. Artículo 22. Acto administrativo que niega la licencia de seguridad y salud en el trabajo. Una vez verificado el incumplimiento de los requisitos previstos en la presente resolución, la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, negará la expedición de la licencia y de la renovación a través de acto administrativo motivado que dé cuenta de la verificación de los requisitos, incluido el plan de cumplimiento cuando aplique.
Dicho acto administrativo deberá contener como mínimo: Parte considerativa que dé cuenta de la verificación de los requisitos mínimos que realizó la secretaria departamental o distrital de salud o entidad que haga sus veces, en el cual se evidenció el no cumplimiento que motiva la negación de la licencia de seguridad y salud en el trabajo.,. 22.2.
Razón Social, NIT, Nombre y número de identificación del representante legal, ciudad y dirección de domicilio de la sede principal y otras sedes de la misma jurisdicción de la persona jurídica. 22.3. Recursos a que haya lugar, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. 22.1.
De interponerse recurso por el interesado este, junto con el acto administrativo que lo resuelve, deberán ser cargados en el aplicativo web por la entidad correspondiente. CAPíTULO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 23. Del usuario y e/ave de acceso al aplicativo web. El usuario y la clave de acceso al aplicativo web otorgados a las entidades departamentales y distritales de salud o la entidad que haga sus veces, es personal e intransferible y tanto la información registrada, como los procesos informáticos realizados en esta tienen plena validez jurídica.
El uso indebido de la clave dará lugar a las investigaciones y sanciones por parte de las autoridades competentes. 1.[> I ~ 1 M~'( 2.02.1 RESOLUCiÓN NÚMERO:; (} ~; G7 5 4 DE 2021 HOJA N° 10 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" Artículo 24.
Integración de datos al Sistema Integrado de Información de la Protección Social - SISPRO. Los datos consolidados a partir del aplicativo web dispuesto para la expedición y renovación de la licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo se integrarán en este Ministerio por medio de las herramientas, estructuras y procesos que para tal fin tenga el SISPRO y estarán almacenadas en la Bodega de Datos de este, donde se integrarán, complementarán y dispondrán para los análisis, estudios e investigaciones que requiera el pais.
Artículo 25. Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que les sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, la Ley 1712 de 2014, el Capítulo 25 del Título 2 del Libro 2 de la Parte 2 del Decreto 1074 de 2015 y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad y confidencialidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tienen acceso.
Artículo 26. Vigilancia y control. Las secretarias departamentales y distritales de salud o las entidades que hagan sus veces adelantarán la vigilancia y control en relación con el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se otorgó la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 27. Transitoriedad. Para la implementación de las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo se dispondrá de un plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha en que este Ministerio disponga el aplicativo web, de que trata el articulo 3 de esta resolución. Artículo 28.
Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 4502 de 2012 una vez vencido el plazo previsto en el artículo anterior. PUBLiQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los Z rotección Social Mi ~. Aprobó' Viceministra de Protección Social Directora (E) de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud.
Pensiones y Riesgos Laborales..{eé J~fe Oficina de Tec~ologías de,la Infonnación y com.unica~lones~ I Director de Prestaclon de ServicIos de Salud y Atención Primaria 0'''0'''' J",id'~ ¡. 3 1 M~~ 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO,c;:e: G7 5 4 DE 2021 HOJA N° 11 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" ANEXO TÉCNICO No. 1 CAMPOS DE ACCION PARA PERSONAS NATURALES,",,~., ~ Campo de acción Pelfil.u 1 ~ Profesional en medicina especialista en medicina del trabajo o en seguridad y salud en el trabajo. ~ ~ 1~1 1.2 1.3 1.' 1.5 1.6 2.
Profesional en psicología especialista en seguridad y salud equivalente. 2.1. en el trabajo o su 2.2. 2.3. 2.4. 2.5. 2.6. 3. Profesional en ingeniería en todas las 3.1. en un área de el trabajo o su 3.2. disciplinas, especialista seguridad y salud en equivalente. 3.3. 3.4. 3.5. 3.6. Otros profesionales con especialización en •• higiene industrial u ocupacional 4.1. 4.2. 4.3. 4.'. 4.5. 4_6_ 5.
Otros profesionales con especialización en 5.1. seguridad y salud en el trabajo o alguna de sus áreas. 5.2. 5.3. 5.'. 5.5. 6. Profesional en seguridad y salud en el 6.1. trabajo o su equivalente 6.2. 6.3. 6.'. 6.5. 6.6. 7. Tecnólogos en Seguridad y Salud en el 7.1. Trabajo o alguna de sus áreas. 7.2. Medicina del trabajo o en Seguridad y Salud en el Trabajo Investigación en área técnica.
Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia segun formación académica. Educación Capacitación Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Sequridad v Salud en el Tr~o Psicología en seguridad y salud en el trabajo o ~~ equivalente. Investigación en área técnica. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia segun formación académica.
Educación. Capacitación. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Higiene y Seguridad Industrial, cuando lo acredi~ en su formación de postgrado. Investigación en área técnica Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia segun formación académica.
Educación Capacitación Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la SeQuridad y Salud en el Trabajo Higiene Industrial u ocupacional Investigación en área técnica Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica. Educación Capacitación Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la SeQuridad'y Salud en el Traba¡o Investigación en área técnica.
Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia segun formación académica. Educación. Capacitación. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la SeQuridad y Salud en el Traba¡o Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación. Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación. Investigación de accidentes de trabajo.
Educación. Capacitación. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la SeQuridad y Salud en el Trabajo Tecnólogo en apoyo en actividades de Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación. Apoyo en actividades de Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación. RESOLUCiÓN NÚMERO;, J: G754 DE 3 1 M~~ 2021 2021 HOJA N° 12 Continuación de la resolución "Por la cua! se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" 8.
Técnico profesional en un área de seguridad y salud en el trabajo 7.3. Acompañamiento en la investigación del accidente de trabajo 7.4. Educación. 7.5. Capacitación 7.6. Ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad v Salud en el Trabajo 8.1. Apoyo en las actividades de Higiene Industrial, cuando lo acredite en su formación 8.2. Apoyo en las actividades de Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación. 8.3.
Acompañamiento en la investigación del accidente de trabajo. 8.4. Capacitación. 8.5. Ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Traba"o • 3 1 M~~ 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO{,·):;ú75 4 DE 2021 HOJA N'13 Continuación de la resolución ·Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Ucencia de Seguridad y Salud en el Trabajo· ANEXO TÉCNICO No. 2 REQUISITOS PARA LAS PERSONAS JURIDICAS
1. CAPACIDAD TECNICO ADMINISTRATIVA Requisito: constitución legal como persona juridica y presentación de la pol[Uca y objetivos del Sistema de Gestión de la S-eauridad v Salud en el Traba'o -SGSST. Cod Criterio Modo de verificación Certificado de existencia y representación legal Solicitar certificado de existencia y/o o acto legal de creación, en el que se describan representación legal u otra figura legal de en su objeto social las caraclerlsticas de los constitución y verificar que en él se 1 campos de acción que pretende ofertar en enuncien las caraclerfsticas de los campos seguridad y salud e~ (~~¿~~bajO, con una vigencia de acción que pretende ofertar en seauridad v salud en el trabaio. no mavor a noventa 90 dras.
Solicitar el documento correspondiente a la Po1ftica y Objetivos del Sistema de Gestión Cuenta con la Politica y Objetivos del Sistema en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG2 de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SST) de la persona jurldica solicilante de la (SG-SST) firmados por el empleador. licencia. Verificar que se ajuste a las condiciones, campos de acción y demás renuisitos técnico-cienlificos. --
2. SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y FINANCIERA Requisito: la persona jurldica tiene las condiciones que posibilitan la estabilidad financiera en el mediano plazo, la competitividad dentro del área de influencia, la liquidez y el cumplimiento de sus oblinaciones en el corto alazo. COD 1 2 Criterio Modo de verificación Certificación expedida por contador en la que se reflejen los estados financieros de la persona juridica.
Certificación de la Junta Central de Contadores no mavor a 90 dlas Nivel de ende~~:mienlo menor o ig~~1 a 80% del oatrimonio. solvencia económica Solicitar la certificación expedida por el contador. El contador debe presentar la certificación de la Junta Central de Contadores Que no supere 90 dias. Solicitar el B~I~(nce Ge~~ral para verificar el aasivo total Códico 2 -.
3. CAPACIDAD TECNOL GICA y CIENTIFICA Descripción: corresponde a los requisitos de infraestructura y procesos que se consideran suficientes v necesarios oara la orestación del camao de acción en seauridad v salud en el trabajo 3.1INFRAESTRUCTURAFISICA E INSTALACIONES Requisito: la persona juridica cuenta con una sede, la infraestructura de las áreas cumple los reouisitos Dara la obtención de la licencia v desarrollo de los cameos de acción solicitados Cod Criterio Modo de verificación La sede está construida en terrenos sin riesgo Verificar mediante observación directa, si el 1 de avalancha, deslizamiento, inundación, sitio en el que está ubicada la sede cumple erupción volcánica o alguno similar. lo exiaido en el criterio Hay suministro de agua, energia eléctrica, Verificar mediante observación directa, si la 2 comunicación telefónica, servicio de sede cumple lo exigido en el criterio alcantarillado v de recolección de basuras.
Si el campo de acción implica la atención Recorrer las instalaciones y verificar si hay directa a los trabajadores, la sede está libre de rampas o ascensores para el barreras arquitectónicas que dificunen el desplazamiento de personas con acceso o la circulación de personas con discapacidad 3 discapacidad. En caso de Que haya escalones, escaleras, etc., hay rampas o ascensores, para facilitar la movilización segura de las loersonas.
Las escaleras o rampas cuentan con Verificar mediante observación directa si la 4 condiciones antideslizantes v nasa manos. sede cumale lo exioido en el criterio Cuenta con un sistema general de alarma para Hacer inspección de las instalaciones y 5 emitir una alerta en caso de emergencia y se verificar la existencia y funcionamiento de la alarma y las rutas de evacuación.. 3 1 M~~ 202-' RESOLUCiÓN NÚMERO;: '::: G7 5 ~ DE 2021 HOJA N° 14 Continuación de la resolución ·Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el TrabOjo" cuenta con éreas y rutas debidamente senalizadas. de evacuación Si el campo de acción implica la atención Verificar mediante observación directa, si directa a los trabajadores, las condiciones de las condiciones de cada servicio cumplen lo cada 6 servicio iluminación, en cuanto mantenimiento a ventilación, exigido en el criterio cumplen las esoecificaciones de la normalividad vicente..~ - • 3.2 CAMPOS DE ACCION Descripción: corresponden a las áreas del ejercicio de la seguridad y salud en el trabajo que se otorQan en la correspondiente licencia. •, 3.2.1 CAMPOS DE ACCION EN MEDICINA DE SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO Requisito: La persona juridica, cuenta con el talento humano, la infraestructura, la dotación y los I orocesos definidos oara·aarantizar la calidad de la aestión. Cad Criterio Modo de verificación Solicitar las hojas de vida de las personas Talento humano: que atienden el servicio de medicina del 1 Un (1) médico con Licencia en Seguridad y trabajo y verificar, mediante los soportes Salud en el Trabajo vigente. respectivos, si cumplen lo que se exige en el criterio.
Infraestructura: Verificar, mediante observación directa, si El area de consulta cuenta con un ambiente cumple lo que se exige en el criterio físico exclusivo y delimitado, dispone de Si se observa unidad sanitaria dentro del 2 unidad sanitaria independiente para cada consultorio, na se exige lavamos en el área sexo. El consultorio cuenta con ambiente de examen. para la entrevista y examen físico con lavamanos. • Dispone de un area de archivo y custodia de Por observación directa verificar el 3 las historias cHnicas, cuyo acceso esta cumplimiento del criterio. permitido sólo a personas autorizadas. 4 Dotación: Solicitar el inventario de los equipos, sus Cuenta con los equipos presentados en la hojas de vida y/o fichas técnicas. solicitud de Licencia de Seguridad y Salud en Si el equipo es nuevo, se solicita la factura el Trabajo, un inventario de estos y sus hojas de compra y garantía. de vida vIo fichas técnicas.
Procedimientos: Dispone del formato de historia cllnica Solicitar el modelo de historia cHniea Ocupacional, con contenido mlnimo como: ocupacional y verificar que cuente con la ocupación, antecedentes laborales, información que cumpla con el criterio. 5 identificación de los riesgos del puesto de trabajo, resultados de monitoreo ambiental y biológico segun se requiera, entre otras variables de inlerés ocuoacional.
Cuenta con los formatos o modelo de Solicitar el formato o modelo de informes o informes o reportes de condiciones de salud reportes del servicio de medicina de que contienen como mlnimo: el ana lisis de seguridad y salud en el trabajo y verificar los resullados; las intervenciones prioritarias que cuente con la información Que cumpla 6 que se deben ejecular y recomendaciones con el criterio. explicitas para que el caso sea siempre visto en forma integral por parte del responsable • de las acciones en la empresa.
Dispone de gulas de atención integral en Solicitar el soporte documental del seguridad y salud en el trabajo, incluidas las procedimiento de adopción de las GATISST GATISST, para las patologlas que 7 constituyen las diez (10) primeras causas de consulta, o para las palologlas oficialmente reoortadas. Dispone de protocolos para ejecutar los Verificar para cada disciplina los protocolos 8 procedimientos asociados con la prestación para ejecutar los procedimientos asociados del servicio de medicina de seguridad y salud con 1i!.P.restación del servicio.. ~ 1 MA~ '202.1 RESOLUCiÓN NÚMERO -,,~," {':, 754 '•.;i; ' DE 2021 HOJA N° 15.1 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" 9 10 11 en el trabajo, entre ellos, los protocolos para acceder a la consulta y a las pruebas complementarias.
Cuenta con formato de historia clínica, así Solicitar el procedimiento y verificar si como con el procedimiento escrito de su cumple con lo que se exige en el criterio. diligencia miento, en el cual se garantice que los datos queden consignados en forma completa, legible e identificable, respecto al servicio brindado, diagnóstico emitido y conducta a seauir.
Dispone de un procedimiento escrito que Solicitar el procedimiento referido. establece el manejo adecuado de las historias clínicas, así: a. Su custodia es responsabilidad del médico especialista en Seguridad y Salud en el trabajo y a la empresa sólo se remiten los conceptos que, sobre aptitud laboral, emita el médico a la cabeza del equipo de salud; b. Cada historia clínica debe estar debidamente identificada con nombre, tipo documento y número de identificación del evaluado, sin riesgo de error; c. Describir las condiciones de conservación que deben garantizar fa seguridad, la integridad y privacidad de fa historia cfínica; d. Descripción de la obligación de guardar absoluta reserva sobre los datos que contienen las historias clínicas ocupacionales, que tienen quienes legítimamente acceden a las mismas. e. La obligación de conservar el documento por lo menos veinle (20) años. f. La obligación de llevar un registro de la entrada y la salida de las historias del archivo.
Cuenta con un procedimiento documentado Solicitar el soporte documental del de auditoría de historias clínicas, para procedimiento de auditoría de la historia verificar el cumplimiento de las pautas de clínica diligenciamiento y manejo. 3.2.1.C·"CAMPOS DEACCIONOe MEDICINA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOPRUEBAS COMPLEMENTARIAS Requisitos audiometrías: la persona jurídica presenta solicitud para realizar audiomelrías, tiene el talento humano, la infraestructura, la dotación y los procesos definidos para garantizar la calidad de la I aestión Cad Criterio Modo de verificación Talento humano: Solicitar las hojas de vida del recurso Atención a cargo de un profesional en humano propuesto para el servicio y fonoaudiología profesional en verificar, o los mediante soportes 1 fonoaudiología con especialización en respectivos, si cumplen lo que exige el Seguridad y salud en el trabajo con licencia criterio. viqente.
Infraestructura: Verificar mediante observación directa, si El área de consulta está en un ambiente fisico cumple lo que se exige en el criterio exclusivo y delimitado, dispone de unidad Si se observa unidad sanitaria denlro del 2 sanitaria independiente para cada sexo. consultorio, no se exige lavamos en el área El consultorio cuenta con ambiente para la de examen. entrevista y examen físico con lavamanos. 31 MAY 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO ';I':;'~ G7 5 ~ DE 2021 HOJA N° 16 Continuación de la resolución ·Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo· Dotación: Solicitar el inventario de los equipos. sus El área de atención cuenta con los equipos hojas de vida y/o ficha técnica. 3 para audiometrla, sus hojas de vida y/o fichas técnicas.
Procedimientos: Solicitar el procedimiento al Que se hace 4 Hay un procedimiento documentado para referencia en el criterio. hacer audiomelrlas. 3.2.1.2 Requisito visiometrias: la persona juridica presenta solicitud para realizar visiomelrlas tiene el lalenlo humano. la infraestructura, la dolación y los procesos definidos para garantizar la calidad de la aestión. - COD CRITERIO Modo de Verificación, Talento humano: Solicitar las hojas de vida del recurso La atención está a cargo de un profesional en humano propuesto para el servicio y optometria u oftalmologia o profesional en verificar. mediante los soportes 1 Optometria Oftalmologia con respectivos. si cumplen lo que exige el u especialización en Seguridad y salud en el criterio. trabaio con licencia vioEmte.
Infraestructura: Verificar mediante observación directa. si El área de consulta está en un ambiente fisico cumple lo que se exige en el criterio. exclusivo y delimitado dispone con unidad Si se observa unidad sanitaria dentro del 2 sanitaria independiente para cada sexo. consultorio. no se exige lavamos en el área El consultorio cuenta con ambiente para la de examen entrevista v examen físico con lavamanos. Dotación: Solicitar el inventario de los equipos. sus El consultorio cuenta con los equipos de hojas de vida ylo ficha técnica. 3 visiometrla. sus hojas de vida y/o fichas técnicas.
Solicitar el procedimiento al que se hace Procedimiento: 4 Hay un procedimiento documentado para referencia en el criterio. hacer las visiometrias. 3.2.1.3 Requisito espirometrías: la persona jurídica presenta solicitud para realizar espirometrias. tiene el talento humano, la infraestructura. la dotación y los procesos definidos para garantizar la calidad de la aeslión, Modo de verificación Cod Criterio Talento humano: Solicitar las hojas de vida del recurso La atención está a cargo de un médico humano propuesto para el servicio y neumólogo o terapeuta respiratoria o verificar. mediante los soportes 1 fisioterapeuta o médico neumólogo o respectivos, si cumplen lo que exige el terapeuta respiratoria o • fisioterapeuta criterio. especialistas en Seguridad y Salud en el Traba¡o con licencia;¡nente.
Infraestructura: Verificar mediante observación directa. si El área de consulta está en un ambiente físico cumple lo que se exige en el criterio exclusivo y delimitado. dispone de unidad Si se observa unidad sanitaria dentro del 2 sanitaria independiente para cada sexo. consultorio. no se exige lavamos en el área El consultorio cuenta con ambiente para la de examen. entrevista v examen fisico con lavamanos. Dotación: Solicitar el inventario de los equipos, sus El consultorio cuenta con equipos para hojas de vida y/o ficha técnica. 3 espirometrla. sus hojas de vida y/o fichas técnicas.
Procedimiento: Solicitar el procedimiento al que se hace 4 Hay un procedimiento documentado para referencia en el criterio hacer las esnirometrias. NOTA: los servicios de medicina de seguridad y salud en el trabajo que se oferten en modalidad extramural. esto es unidad móvil, jornada de salud. telemedicina, deberán cumplir con los requisitos de habilitaci?n para servicios extra murales como prestador de servicios de salud. de conformidad con el Sistema Unico de Habilitación..
¡ ~3.2_2:CAMPO DE ACCION DE PSICOLOGIA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO I 3 \ MAY 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO.:;.J ~; G75 ~ DE • 2021 HOJA N" 17 Continuación de la resolución ·Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia da Seguridad y Salud en el Trabajo" Requisito: 'la persona jurfdica solicita campos de acción para la identificación, evaluación y control de riesgos psicosociales en el trabajo, tiene el talento humano, la infraestructura, la dotación y los -º!,:ocesos definidos oara aarantizar la calidad de la aeslión. COD CRITERIO Modo de Verificación Solicitar las hojas de vida de los La atención en psicologla en seguridad y salud profesionales que atienden el servicIo de en el trabajo está a cargo de un psicólogo con psicología en Seguridad y Salud en el Licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Trabajo y, mediante los soportes Si en el departamento no hay psicólogos respectivos, verificar sI cumplen lo que 1 especialistas en Seguridad y Salud en el exige el criterio. • Trabajo la atención estará a cargo de un psicólogo con entrenamiento certificado por Jo menos de cien (1 DO) horas en riesgos 1psicosociales. Procedimiento: Solicitar el soporte documental al que hace Cuenta con un formato de 8Consentimiento referencia el criterio.
Informado para ser diligenciado para cada 2 proceso de evaluación e intervención en rieSQo psicosocial. Cuenta con un procedimiento documentado Solicitar el procedimiento al que hace para identificar, evaluar, priorizar, intervenir y referencia el criterio 3 hacer seguimiento a Jos factores de riesgo • I osicosocial. Los formatos o modelo de informes o reportes Solicitar el formato o modelo de informes o del servicio de psicologla en seguridad y salud reportes del servicio de psicologia en en el trabajo contienen: el análisis de los seguridad y salud en el trabajo y verificar resultados: tas intervenciones prioritarias que que cuente con la información que cumpla 4. se deben ejecutar y recomendaciones con el criterio. explicitas para que el caso sea siempre visto en forma integral por parte del responsable de las acciones en la empresa. • Nota: si la prestación del servicio de psicologia en Seguridad y Salud en el Trabajo implica atenciones clfnicas, el servicio de consulta externa de psicologla deberá ser habilitado por la persona jurídica y cumplir con lo establecido en el Sistema Único de Habilitación. Talento humano: 8
3.2.3. CAMPO DE ACCiÓN DE HIGIENE INDUSTRIAL U OCUPACIONAL Requisito: la persona jurldica solicita campos de higiene industrial u ocupacional tiene el talento humano, la infraestructura, la dotación' y los procesos definidos para garantizar la calidad de la aestión. __. Modo de Verificación Cod Criterio Talento humano Solicitar las hojas de vida del recurso Las actividades de Higiene Industrial u humano y verificar si cumplen el criterio.
Ocupacional serán lideradas por los siguientes • perfiles: Ingeniero con especialización en • higiene industrial, seguridad industrial o áreas relacionadas con seguridad y salud en el trabajo; ó profesional en salud ocupaCional o áreas relacionadas con seguridad y salud en el trabajo; o profesional con postgrado en 1 Higiene y Seguridad Industrial.
Todos ellos 1 con licencia de seguridad y salud en el trabajo vigente. Para el análisis de resultados higiénicos, deberá contar con los siguientes perfiles: Ingeniero qulmico o qulmico o médico toxicólogo con título expedido por una institución de educación superior o • profesionales que cuenten con campos de acción en higiene ocupacional definidos en la lev Que faculta el e'ercicio de su profesión. J RESOLUCiÓN NÚMERO,~, J:;
G754 DE 2021 HOJA N° 18 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" Infraestructura: 2 Verificar, mediante obselVación directa, si Hay un área exclusiva para la guarda y se cumple el criterio. custodia de los equipos de medición de hiQiene.
Dotación: Verificar si están disponibles los equipos Dispone de los equipos, sus hojas de vida ylo correspondientes, bien sea porque son de fichas técnicas, así como el formato de propiedad de la persona jurídica o porque 3 mantenimiento y calibración según los hay un contrato que así lo garantice. requisitos e indicaciones de los fabricantes.
Solicitar el inventario de los equipos, sus En caso de análisis de muestras, dispone de: hojas de vida y/o ficha técnica. a) Condiciones que garantizan el control de ventilación, iluminación, humedad y temperatura del laboratorio. b) Cuenta con área destinada al procesamiento de muestras, 1-__+.="a",lm"a",c"e"n",a",m",i"en",l",o"d"e"i"n"su",m=os,,-;L-' y -,,,ea",c,,l,,iv,,-o,,-s.,-+===,,c:-=====::-:c-.=:: ~_ 4 5 Procedimiento: Solicitar los procedimientos y protocolos Están documentados los procedimientos para respectivos y verificar si cumplen el criterio. utilización de equipos y protocolos para la medición de los riesgos de higiene, tales como: preparación de los equipos e instrumentos de recolección según los agentes de riesgo; calibración de los equipos antes y después del muestreo; control del tiempo de muestreo, etc.
Para el caso de análisis de muestras, cuenta con un manual de toma, transporte, remisión y almacenamiento de muestras que requieren análisis. Dispone de un manual de gestión de residuos Solicitar el manual de gestión de residuos peligrosos. I peliqrosos.
3.2.4. CAMPO DE ACCION DE SEGURIDAD INDUSTRIAL U OCUPACIONAL Requisito: la persona jurídica solicita campos de seguridad industrial u ocupacional cuenta con el talento humano, la infraestructura, la dotación y los procesos definidos para garantizar la calidad de la aestión Cod 1 2 3 Criterio Modo de verificación Talento humano: Solicitar las hojas de vida del recurso Las actividades de seguridad industrial serán humano y mediante los soportes lideradas por los siguientes pertiles: Ingeniero respectivos, verificar si cumplen lo que con especialización en higiene industrial, exige el criterio. seguridad industrial o áreas relacionadas con seguridad y salud en el trabajo; o profesional en salud ocupacional o áreas relacionadas con seguridad y salud en el trabajo; o profesional con postgrado en Higiene y Seguridad Industrial.
Todos ellos con licencia de seouridad y salud en el trabajo vigente. Procedimiento: Dispone de procedimientos documentados, según normas técnicas nacionales o Solicitar los procedimientos respectivos y internacionales para identificar peligros y verificar si cumplen el criterio. evaluar riesgos mecánicos (máquinas, equipos y herramientas), eléctricos, de incendio o explosión, locativos, y de atmósferas con deficiencia de oxígeno. Debe incluir la valoración por grado de peligrosidad, el análisis de resultados y la formulación de recomendaciones para el control.
Cuenta con el procedimiento documentado Solicitar el soporte documental del para instalación de los sistemas de control de I procedimiento r~querido. 3 1 M~'i '2.0'2.1 RESOLUCiÓN NÚMERO~, ~, "; G75 4 DE 2021 HOJA N° 19 Continuación de la resolución "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo" riesgos de seguridad, que incluye el plan de revisiones v mantenimiento.
Solicitar los soportes documentales de los 4 5 Dispone de procedimientos documentados procedimientos para realizar estudios de para realizar estudios de vulnerabilidad. vulnerabilidad. Cuenta con procedimientos escritos para Solicitar los soportes documentales de los brindar asistencia técnica a las empresas en procedimientos a los que se hace referencia el diseño de planes de prevención, en el criterio. oreoaración v reSDuesta ante emerqencias.
Adicionalmente, las personas jurídicas que soliciten el campo de acción de capacitación en seguridad y salud en el trabajo deberán cumplir los siguientes requisitos:.~.. CAPACITACION EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Requisito: Toda persona jurídica que solicite el campo de acción de capacitación en seguridad y salud en el trabaio, deberá contar con orocedimientos documentados.
Cod Criterio Modo de verificación Dispone de guias por tema que incluyen como Verificar si se cuenta con guías mínimo: objetivos, metodología y pedagogía metodológicas para desarrollar actividades aplicable a adultos (por ejemplo, talleres, de capacitación de acuerdo con el criterio. 1 solución de casos prácticos y reales; dinámicas de grupo, etc.), la población objeto ! v las avudas didácticas requeridas.
Verificar el soporte documental de los Cuenta con formatos de evaluación del índice formatos de evaluación del índice de 2 de satisfacción de los asistentes a las satisfacción de los asistentes a las actividades de capacitación. actividades de caDacitación.