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Resolución723Vigente

Resolución 723 de 2022

Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV a algunas entidades territoriales

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚI4iketk0 72 3 DE 2022 ( - 6 MAY 2022 ) Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV a algunas entidades territoriales EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmentet'de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y, en desarrollo del numeral 19.5 del Decreto 109 de 2021 y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento' ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud 'a'los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad".

Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" dispone que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.

Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y -tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que la Ley 2064 de 2020 declaró de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra la COVID-19 y autorizó- al Gobierno nacional para adquirir tecnologías en salud destinadas a prevenir, atender y monitorear cualquier pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud - OMS, con el fin de conformar y mantener una reserva de estas, que le permita tener capacidad para responder a situaciones que llegaren a incrementar su demanda.

Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404, 466, 630, 744 y 1671 de 2021 y 416 de 2022, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 en el que se estableció, entre otros aspectos, la población objeto, los criterios de priorización, las fases, las etapas, la ruta para la aplicación de la mencionada vacuna, las responsabilidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud como de los administradores de los regímenes especiales y de excepción radicando en este Ministerio tanto la obligación de suministrar las vacunas, las jeringas y el carné, así como las actividades exclusivas de importación, acciones que resultan necesarias para RESOLUCIÓN MICO° G. 0723DE - 6 MAY 2022 2022 HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la CO VID-19 de los laboratorios Janssen Pharmaceutica NV a algunas entidades territoriales" continuar con la operación del citado plan.

Que el Estado colombiano suscribió acuerdos vinculantes con diferentes agentes para adquirir la vacuna contra la COVID-19, a través de la plataforma COVAX y con los respectivos fabricantes, lo que ha permitido que ingresen al país en el periodo comprendido entre el 16 de febrero de 2021 y 5 de mayo de 2022, un total de 96.149.604 dosis de los biológicos de los laboratorios Pfizer, Sinovac, AstraZeneca, Janssen y Moderna, los cuales cuentan cún ? autorización de uso de emergencia por parte del INVIMA.

Que la OMS ha reconocido que en todo programa o plan de vacunación existen circunstancias que son propias de este tipo de procesos, en donde se presenta un alto porcentaje de pérdidas programáticas de biológicos que pueden ser ocasionadas por distintas situaciones; para el caso de la vacuna contra la COVID-19 se han identificado como principales causas las relacronadas con contaminación, error en la dosificación, error en la manipulación, error en la reconstitución o dilución, fallas de fabricación o calidad, vial roto, interrupción de la cadena de frio, política de frascos abiertos, vacunas que exceden el tiempo de almacenamiento en refrigeración y vencimiento.

Que en ese sentido, con corte al 31 de enero de 2022, las entidades territoriales que se señalan a continuación reportaron a esta Cartera Ministerial la pérdida de 2.892 dosis de biológicos del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV H, por los siguientes motivos: Consolidado pérdida de vacuna Janssen Pharmaceutica NV 20 5 1 34 '1 5 5 6 18 4 154 3 4 1 Siniestro! Accidente Politica de frascos a bierto 1 Robothu rto biolóq ico Interrupción de la cadena de Irlo 27 6 1 5 'Frasco vial roto 1 Fallas de fabricaciónIcalid d, 3 2 Error.. en la manipulación Amazonas Antioquia Atlántico Bogotá, D.C. Bolívar Boyacá Buenaventura Caldas Caquetá Cartagena Casanare Cauca Cesar Chocó Córdoba Cundinamarca Guavlare Huila La Guajira Magdalena Nariño Putumayo Risaralda Santa Marta Santander Tolima Valle del Cauca Vaupés Total general Error en la dosificación Entidad Territorial Contaminación biológico del Motivo de pérdida vacuna Moderna 200 10 5 10 rl 24 2 5 5 30 5 50 35 157 1 634 90 2 10 5 5 15 4 15 1.038 1 2 10 2 17 1 6 36 18 63 5 3 28 105 58 4 125 30 21 2.381 1 202 1 Total Janssen 1 91 8 13 28 204 154 4 4 10 40 191 1 636 100 87 10 5 5 19 15 1.038 3 10 4 131 59 21 2.892 - nleze01 23 DE - 6 MAY 2022 RESOLUCIÓN NUré, 2022 HOJA No 3 Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Janssen Pharmaceutica NV a algunas entidades territoriales" Que teniendo en cuenta que las dosis no aplicadas por pérdida global representan el 0.0023% de las asignadas a las entidades territoriales para el Plan Nacional de Vacunación, y reconociendo que la vacuna contra la COVID 19 es un biológico sin antecedente histórico, sobre el cual los equipos de vacunación nacional debieron adaptarse a nuevos procedimientos, relacionados, entre otros, con el manejo de la cadena de frío y su aplicación, generando:jupa curva de aprendizaje frente al manejo de la vida útil corta y a la oferta en el mercadointernacionai, este Ministerio decidió por única vez adelantar gestión con los laboratorios fabricantes que hacen parte del portafolio de adquisición de biológico del país, con el fin de solicitar el recambio de las dosis pérdidas por parte de las entidades territoriales y reportadas en el tablero de control de SISPRO con corte a 31 de enero de 2022.

Que, atendiendo a las circunstancias anotadas, este Ministerio, como responsable del suministro de biológicos para la ejecución del Plan Nacional de Vacunación, mediante oficio 202220000176831 de febrero del 2022, solicitó al laboratorio Janssen Pharmaceutica NV la reposición de 3.000 dosis de su vacuna contra la COVID 19, que no pudieron ser aplicadas por los motivos anteriormente expuestos.

Que dicha solicitud fue aceptada mediante comunicación de 23 de marzo del año en curso, en la que manifiestan la disposición para realizar el proceso de reposición de dosis de vacuna requerido, indicando adicionalmente, vía correo electrónico del 29 del mismo mes y año, que: "como puede revisar en el documento la compañía no solo entregaría las 3000 dosis por ustedes requeridas sino 1800 dosis adicionales para atender cualquier requerimiento futuro que pudiese acontece( Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 6 de mayo de 2022, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 4.800 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV, identificadas con el número de lote 1883934.

Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, informa a través del memorando 202221110148903, que se cuenta en el centro de acopio nacional con 2.655.050 dosis disponibles de biológicos del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV, para continuar con el Plan Nacional de Vacunación y reponer los biológicos reportados como pérdidas por las entidades territoriales.

Que atendiendo a la disponibilidad de biológicos entregados por el laboratorio y a la información de dosis reportadas como pérdidas por las entidades territoriales, la reposición de las vacunas se realizará por la totalidad de lo reportado teniendo en cuenta las cantidades por vial y empaques secundarios completos. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1.

Reposición de vacunas del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV. Reponer por única vez, conforme con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo, 3.000 dosis de vacunas del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV, a las siguientes entidades territoriales, así: RESOLUCIÓN Nlatt6 C 072 3 DE— 6 MM 2022 2022 HOJA No 4 Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Janssen Phannaceutica NV a algunas entidades territoriales" SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD No. VECES DOSIS., 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 Departamento de Antioquia - Secretada Seccional de Salud y Protección Social Departamento de Amazonas - Secretaría de Salud Departamental Departamento de Bol ivar - Secretaría de Salud Departamental Departamento de Boyacá - Secretaría de Salud Departamental Departamento de Caldas - Dirección Territorial de Salud de Caldas Departamento de Caquetá - Instituto Departamental de Salud Departamento de Córdoba -Secretaría de Desarrollo de la Salud Departamento de Cundinannarca - SecretáríaideSalud Departamental Departamento de la Guajira - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Nariño - Instituto Departamental de Salud Departamento de Putumayo - Secretaría de Salud Departamental Departamento de Risaralda - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Santander - Secretaría de Salud Departamental Departamento de Vaupés - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Atlántico - Secretaría de Salud Departamental Departamento del Casanare - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Cauca - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Cesar - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Chocó — Secretaria de Salud Departamental Departamento del Guaviare - Secretaria Depártamental de Salud Departamento del Huila - Secretaria de Sálud Départamental Departamento del Magdalena - Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamento del Tolima - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Valle Del Cauca - Secretaria Departamental de Salud Distrito Capital de Bogotá - Secretaria Distrital de Salud Distrito Especial, Industrial, Portuario, 8iodiverso y Ecoturistico De Buenaventura Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias - Departamento Administrativo Distrital de Salud Distrito Turístico, Cultural E Histórico de Santa Marta - Secretaria de Salud Distrital TOTAL 100 5 35 210 5 5 105 90 5 20 1.040 5 5 25 10 45 195 5 640 15 5 25 135 60 20 160 15 15 3.000 Artículo 2.

Obligaciones de las entidades territoriales. Las entidades territoriales, señaladas en el artículo anterior de la presente resolución, tendrán a cargo las siguientes obligaciones: 2.1 Ingresar las dosis de los biológicos repuestos al módulo de inventario del PAIWEB. 2.2 Entregar a los municipios y prestadores, según corresponda, las dosis de los biológicos repuestos atendiendo al análisis y microplaneación territorial. 2.3 Informar, a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, del proceso de desnaturalización que debe surtirse por parte del prestador o municipio que reportó la pérdida de los biológicos.

Artículo 3. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. #

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., — 6 lb 202, /si« /a l• •- /: ERNAN 11 u MEZ Mini tro de Salud y Protección Social Aprobó: Directora de Epidemiología y Demografía encargada de las funciones del Despacho del Viceministro de Salud Pública y Prestación de ervicicsln Director de Promoció Prevención Directora Jurídica