ift REPUBLICA DE COLOMBIA i "::::,:..,.:" MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMER<fil OO61 ODE 2012 (2 1 MAR 2012 ) Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008,504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249,199,990,1184 de 2009, 1004 de 2010, 114, 661, 773,2640, 2641, 3251, 475 Y476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual los operadores de información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las consagradas en el numeral 23 del articulo 2 del Decreto 4107 de 2011, el artículo 5 del Decreto 4023 de 2011 y en desarrollo de lo señalado en el Decreto 3667 de 2004, modificado por el Decreto 187 de 2005 y,
CONSIDERANDO
Que se hace necesario adicionar variables a algunos campos de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes- PILA, en aras de armonizarlas con la información contenida en la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA. Que dicha adecuación se torna necesaria en aras de implementar el nuevo proceso operativo adoptadO mediante el Decreto 4023 de 2011, para la realización del proceso de compensación, en virtud del cual, los Operadores de Información deberán suministrar periódicamente al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga, la información resultante del proceso de recaudo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes- PILA.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTíCULO 1. Modifíquese el Campo 2 de la "DESCRIPCiÓN DETALLADA DEL REGISTRO DEL ARTHIVO TIPO 1 DATOS GENERALES DE APORTANTE" de que trata el artículo 3 de la Resolución 1747 de 2008, el cual quedará así: Campo Posición Long Tipo Inicio Descripción Validaciones y Origen de los Datos Fin Obligatorio.
Lo suministra el aportante. Los valores válidos son: = Número de identificación Tributaria Tipo = Cédula de Ciudadanía documento del CE Cédula de Extranjería aportante TI Ta~eta de Identidad Re = Registro Civil PA Pasaporte CD Carné díDlomático NI ce 2 2 201 202 A = = = =.000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 2012 DE 2012 HOJA No 2.
Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121,4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" ARTíCULO 2.
Modifíquese el Campo 3 de la "DESCRIPCION DETAllADA DE lAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES" de que trata el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008, el cual quedará asi: Campo Posición Long Inicio Tipo Descripción Fin Validaciones y Origen de los Datos Obligatorio. Lo suministra el aportante. Los valores válidos son: 3 8 2 A 9 Tipo documento del CC cotizante CE TI RC PA CD = Cédula de Ciudadania = Cédula de Extranjeria = Ta~eta de Identidad = Registro Civil = Pasaporte = Carné diplomático ARTíCULO 3.
Modifíquese el Campo 7 de la "DESCRIPCION DETAllADA DEL REGISTRO TIPO 1: ENCABEZADO" de que trata el artículo 7 de la Resolución 1747 de 2008, modificado por los artículos 2 de la Resolución 2640 de 2011 y 1 de la Resolución 0475 de 2011,el cual quedará así: Campo Long 7 1 Posición Inicio Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos 227 A Tipo de planilla Obligatorio.
Lo suministra el aportante 227 E= Planilla Empleados Empresas y= Planilla Independientes Empresas A= Planilla Empleados Adicionales 1= Planilla Independientes S::;:; Planilla Empleados de Independientes M= Planilla Mora N= Planilla Correcciones H= Planilla Madres Comunitarias T= Planilla Empleados entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones F= Planilla pago aporte patronal faltante. de una entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones.
J= Planilla para pago seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial. ARTíCULO 4. Modifíquese el Campo 8 de la "DESCRIPCION DETALLADA DEL REGISTRO TIPO 1: ENCABEZADO" de que trata el artículo 7 de la Resolución 1747 de 2008, modificado por el artículo 2 de la Resolución 2377 de 2008, el cual quedará así:.000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 2012 DE 2012 HOJA No -ª Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199, 990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" Posici6n Campo Long Inicio 8 10 228 Fin 237 Tipo Descripción A Número de la planilla asociada a esta planilla Validaciones y Origen de los Datos Blanco cuando el tipo de planilla es E, 1, M, S, Y, T Y H. El número de la planilla tipo E del periodo correspondiente cuando el Tipo de planilla sea A. El número de la planilla del período correspondiente cuando el Tipo de planilla.ea N El número de la planilla del período correspondiente cuando el Tipo de planilla sea F ARTíCULO 5.
Modifíquese el Campo 9 de la "DESCRIPCION DETAllADA DEL REGISTRO TIPO 1: ENCABEZADO" de que trata el artículo 7 de la Resolución 1747 de 2008, el cual quedará así: Campo 9 Long 10 Posición Inicio Fin 238 247 Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos A Fecha de pago Planilla asociada a esta planilla. (AAAA.MM.OO). Blanco cuando el tipo de planilla es E, 1, M, S, Y. T Y H. El número de la planilla tipo E del período correspondiente cuando el Tipo de planilla sea A. El número de la planilla del período correspondiente cuando el Tipo de planilla sea N número de la planilla del período correspondiente cuando el El Tipo de planilla sea F ARTíCULO 6.
Adiciónese a las "ACLARACIONES A lOS CAMPOS DEFINIDOS EN El ARTíCULO 7", de que trata el artículo 8 de la Resolución 1747 de 2008, adicionado por los artículos 3 de la Resolución 2640 de 2011 y 2 de la Resolución 0475 de 2011, las siguientes aclaraciones: "( ) F Planilla pago aporte patronal faltante, de una entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones: Esta planilla es utilizada para tipo de cotizante 47 cuando, con posterioridad a la realización del proceso de conciliación entre los aportes pagados por la entidad mediante la planilla T y los recursos girados a las administradoras por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se encuentra que los recursos girados no son suficientes para completar el valor total de los aportes.
En este caso la Administradora infonnará a la entidad los cotizantes y los periodos no cubiertos, para que la Entidad realice el pago de la porción patronal faltante. El operador de información debe validar que los topes mínimos y máximos de los pagos efectuados mediante este tipo de planilla correspondan a los vigentes para la fecha del período que se está liquidando y pagando. 2 1 MAR 2012.000610 RESOLUCIÓN NÚMERO HOJA No ~ DE 2012 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" El operador de información deberá crear en su página web, para acceso electrónico o en el call center, cuando se utilice este mecanismo o en los otros esquemas de asistencia que existan, un filtro previo al acceso a la Planilla de este tipo de pago, en el cual el aportante señalará expresamente que se trata de completar el aporte.
El operador de información deberá validar que se diligencien los Campos correspondientes a los otros sistemas diferentes a aquellos que se están liquidando y pagando, en cuanto a los códigos de las administradoras a las que ya se les pagó, de acuerdo con lo señalado en el punto anterior. El aportante deberá diligenciar una planilla de este tipo por cada períOdO que esté pagando, en la cual podrá incluir todos los sistemas que deba pagar.
J Planilla para pago de seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial: Esta planilla solo puede ser utilizada para dar cumplimiento a los pagos de la seguridad social, producto de lo ordenado en sentencia judicial. El aportante será responsable de suministrar la información del valor correspondiente a la liquidación de intereses de mora, de acuerdo con lo establecido en la sentencia judicial.
( )" ARTíCULO 7. Modifíquese el Campo 5 de la "DESCRIPCIÓN DETAllADA DE lAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES" de que trata el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008, modificado por los artículos 4 de la Resolución 2377 de 2008, 1 de la Resolución 990 de 2009, 3 de la Resolución 1004 de 2010,3 de la Resolución 475 de 2011 y 1 de la Resolución 0476 de 2011, el cual quedará así: Campo 5 Posición Long 2 Inicio Fin 26 27 Tipo Descripción N Tipo cotizante Variable y Origen de datos Obligatorio.
Lo suministra el aportante. Los valores validos son: 1 Dependiente 2 Servicio Doméstico 3 Independiente 4 12 15 Madre Comunitaria Aprendices del SENA en etapa lectiva Desempleado con subsidio de Caja de Compensación Familiar 16 18 Independiente agremiado ó asociado Funcionarios públicos sin tope máximo en ellBC 19 20 Aprendices productiva Estudiantes del SENA (Régimen en etapa especial- Ley 789/2002) 21 Estudiantes 22 Profesor de establecimiento particular 30 Dependiente Entidades o Universidades Públicas con régimen especial en Salud Cooperados o Precooperativas de Trabajo Asociado Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero o funcionario de organismo multilateral no sometido a la legislación colombiana Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional 31 32 33 de postgrado (Decreto 190 de 1996) en salud 2 1 MAR 2012 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2012 HOJA No..§.
Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" 34 Concejal municipal o distrital 40 Beneficiario UPC Adicional 41 Cotizante independiente sin ingresos con 42 Cotizante pago solo Salud.
Articulo Ley 1250 de 2008 Cotizante independiente no obligado pago por un tercero 43 2 a cotizar a pensiones con pago por tercero. Literal e) del parágrafo l' del articulo 15 de la Ley 100 de 1993, modificada por el articulo 3' de la Ley 797 de 2003 Cotizante dependiente de Empleo de 44 Emergencia con duración mayor o igual a un mes 45 Cotizante dependiente de Empleo de Emergencia con duración menor a un 47 Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de mes Participaciones - Aportes Patronales Lo suministra el aportante ARTíCULO 8.
Modifíquese el Campo 24 de la "DESCRIPCiÓN DETALLADA DE LAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES" de que trata el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008, el cual quedará así: Campo Long 24 1 Posición Inicio Fin 146 146 Tipo A Descripción SLN: Suspensión temporal del contrato de trabaio licencia o no remunerada o comisión de Validaciones y Origen de los Datos Puede ser un blanco, X o C. Lo suministra el aportante servicios ARTíCULO 9.
Adiciónese a las "ACLARACIONES AL CAMPO 5· TIPO DE COTIZANTE" de las "ACLARACIONES A LA DESCRIPCiÓN DETALLADA DE LAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES" de que trata el artículo 11 de la Resolución 1747 de 2008, adicionado por el artículo 6 de la Resolución 2377 de 2008, modificado por el artículo 3 de la Resolución 990 de 2009 y adicionado por el artículo 4 de la Resolución 0475 de 2011, las siguientes aclaraciones: "( ) 47) Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones· Aportes Patronales.
Este tipo de cotizante solo puede ser utilizado en planillas tipo T Y tipo F. En el caso de usar una planilla tipo l, el aporte, proveniente de los descuentos de nómina que realiza el empleador, serán: a salud 4%, pensión 4%., aportes a Fondo de Solidaridad Pensional- Subcuenta de Solidaridad y aportes a Fondo de Solidaridad Pensional- Subcuenta de Subsistencia En caso de usar la planilla tipo F, pagará el aporte que complementa la cotización a salud. 2 1 MAR 2012 RESOLUCiÓN NÚMERO 000610 DE 2012 HOJA No..Q Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199, 990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Una vez entren en aplicación las disposiciones del Decreto 4023 de 2011, el aporte a salud de este tipo de cotizante se girará o transferirá a la cuenta maestra de la Administradora de Salud destinada para efectuar el recaudo de los recursos del Sistema General de Participaciones que financia los aportes patronales y el aporte de los trabajadores vinculados con las instituciones prestadoras de servicios de salud de naturaleza pública de que trata el artículo 5° del citado decreto que previamente haya sido registrada ante el FOSYGA.
( )" ARTíCULO 10. Modifíquese la "ACLARACiÓN AL CAMPO 24- SLN SUSPENSiÓN TEMPORAL DEL CONTRATO DE TRABAJO O LICENCIA NO REMUNERADA O COMISiÓN DE SERVICIOS" de las "ACLARACIONES A LA DESCRIPCiÓN DETALLADA DE LAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES" de que trata el artículo 11 de la Resolución 1747 de 2008, el cual quedará así: Aclaración al Campo 24 - SLN Suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada o comisión de servicios, se generará un registro tipo 2 por cada una de las novedades presentadas: • Cuando se deje en blanco este campo, se trata de registrar el periodo de tiempo en el cual el cotizante no tiene este tipo de novedades.
Para los trabajadores dependientes, los aportes a la seguridad social se realizarán por los días laborados, los cuales registra el aportante en los campos de 36-Número de días cotizados a Pensión, 37-, Número de días cotizados a Salud, 38Número de días cotizados a Riesgos Profesionales y 39- Número de días cotizados a Cajas de Compensación, definidos en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. • Cuando se marque X en este Campo, se tratará de una Suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada, donde no es obligatorio hacer aportes a todos los Sistemas de la Protección Social, se debe aplicar el porcentaje de IBC correspondiente al empleador.
Para los aportes correspondientes al Sistema de Seguridad Social en Salud el aporte se debe seguir el procedimiento establecido en el artículo 71 del Decreto 0806 de 1998 y la sentencia al expediente 1067 de 2006, proferida por el Consejo de Estado el 22 de septiembre de 2010. Para los trabajadores dependientes, el número de días de esta novedad serán registrados por el aportante en los campos de 36-Número de días cotizados a Pensión, 37-, Número de días cotizados Salud, 38- Número de días cotizados a Riesgos Profesionales y 39- Número de días cotizados a Cajas de Compensación, definidos en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. • Cuando se marque C en este Campo, se tratará de una Comisión de Servicios.
En este caso NO habrá pago a la seguridad social por el periodo que dure la comisión. La empresa que lo recibe en Comisión de Servicios se hará cargo de todos los aportes a la seguridad social. Para los trabajadores dependientes, el número de días de esta novedad serán registrados por el aportante en los campos de 36-Número de días cotizados a Pensión, 37-, Número de días cotizados a Salud, 38- Número de días cotizados a Riesgos Profesionales y 39- Número de días cotizados a Cajas de Compensación, definidos en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008.
ARTíCULO 11. INFORMACiÓN DE LA BASE DE DATOS ÚNICA DE AFILIADOS - BDUA CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACiÓN. El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga, preparará y dispondrá periódicamente para consulta, descargue o acceso de los operadores, la información extraída de la Base de Datos Única de AfiliadosBDUA, que a continuación se relaciona: ~------------------------------~~ ----- ~~ 2 1 MAR 2012 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2012 HOJA No.1.
Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121,4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Campo 1 Posición Long 16 Inicio Fin 1 16 Tipo N Descripción Serial 2 6 17 22 A Código de la EPS 3 2 23 24 A Tipo documento del afiliado 4 16 25 40 A Número de identificación del afiliado. 5 20 41 60 A Primer apellido 6 7 8 30 20 30 61 91 111 90 110 140 A A A 9 8 141 148 A 10 1 149 149 A 11 20 150 169 N TOTAL Validaciones y Origen de los Datos Serial asignado en BDUA a cada afiliado Corresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC, es equivalente al definido en el campo 33 del artículo 10 de la resolución 1747 de 2008.
De acuerdo con la resolución 2321 de 2011, Anexo Técnico, numeral 2.2.1 Régimen Contributivo, TABLA 4. Estructura del archivo maestro de afiliados al Régimen Contributivo son: RC= Registro Civil de Nacimiento TI = Ta~eta de Identidad CC= Cédula de Ciudadanía CE= Cédula de extranjerla PA= Pasaporte. Camé diplomátíco CD= Número de identificación del afiliado, es equivalente al definido en el campo 4 del articulo 10 de la resolución 1747 de 2008 Corresponde al primer apellido del afiliado, es equivalente al definido en el campo 11 del articulo 10 de la resolución 1747 de 2008 Segundo apellido Corresponde al segundo apellido del afiliado, es equivalente al definido en el campo 12 del articulo 10 de la resolución 1747 de 2008 Primer nombre Corresponde al primer nombre del afiliado, es equivalente al definido en el campo 13 del articulo 10 de la resolución 1747 de 2008 Segundo nombre Corresponde al segundo nombre del afiliado, es equivalente al definido en el campo 14 del articulo 10 de la resoiución 1747 de 2008 Fecha a partir de la cual está Fecha de afiliación a vigente la afiliación a la EPS por la EPS parte del afiliado.
(Formato es AAAAMMDD). Corresponde a: C= Tipo de Afiliado Cotizante A= Adicional Valor UPC adicional. calculado por Liquidación UPC el FOSYGA para un periodo de 30 cotización adicional dlas 169 PARÁGRAFO 1. Este Ministerio establecerá las condiciones técnicas mmlmas para la disposición y entrega de información de que trata el presente artículo y comunicará al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga y a los operadores de información dichas condiciones. ~------------------------~~,/ ~() 2 1 MAR 2012 RESOLUCiÓN NÚMERO.000610 DE 2012 HOJA No -ª Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199, 990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114, 661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" ARTíCULO
12. PROCEDIMIENTO DE VALIDACiÓN DE INFORMACiÓN POR PARTE DE LAS OPERADORES DE INFORMACiÓN. El operador de información validará la información reportada sobre los cotizantes a cargo del aportante, cruzando la información de: • El tipo de documento del cotizante de la planilla (definido en el Campo 3 de la "DESCRIPCION DETALLADA DE LAS VARIABLES DE NOVEDADES GENERALES" de que trata el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008, modificado por el articulo 2 de la presente resolución) con el tipo de documento del afiliado de la BDUA (definido en el Campo 3 de la "INFORMACiÓN DE LA BASE DE DATOS UNICA DE AFILIADOS - BDUA - CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACION" de que trata el articulo 11 de la presente resolución). • El número de identificación del cotizante de la planilla (definido en el campo 4 del artículo 3 de la Resolución 1747 de 2008) con el número de documento del afiliado de la BDUA (definido en el campo 4 del articulo 11 de la presente resolución).
Como resultado de estos cruces se deberá proceder de la siguiente forma: Caso 1. Coincide el tipo y número de identificación, pero no hay una coincidencia total en los nombres y apellidos del cotizante. En este caso se le informará al aportante que para este cotizante la información registrada en la BDUA son: Primer Apellido, Segundo Apellido, Primer Nombre y Segundo nombre (definidos en el articulo 10 de la presente resolución).
El Aportante decidirá si realiza la modificación de los nombres y apellidOS de acuerdo con la información que tenga registrada de sus cotizantes. Caso 2. Coincide el tipo y número de identificación, pero el Código de la EPS no coincide con la EPS de la BDUA, y la Fecha de afiliación a la EPS registrada en la BDUA es inferior o igual al periodo de pago para el sistema de salud.
En este caso se le informará al aportante la EPS registrada en la BDUA para este. El Aportante decidirá si realiza la modificación de EPS de acuerdo con la información que tenga registrada de sus cotizantes. Caso 3. Coincide el tipo y número de identificación del cotizante adicional de la planilla (cotizante tipo 40). En este caso se le sugerirá al aportante que para este cotizante la información del valor de la UPC Adicional es el valor registrado en BDUA (definido en el Campo 11 de la "INFORMACiÓN DE LA BASE DE DATOS UNICA DE AFILIADOS - BDUA - CON DESTINO A LOS OPERADORES DE INFORMACION" de que trata el artículo 11 de la presente resolución).
ARTíCULO
13. ARCHIVO DE SALIDA CON DESTINO Al ADMINISTRADOR FIDUCIARIO DE lOS RECURSOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTíA - Fosyga. El archivo de salida contendrá la información de recaudo de los aportes del Sistema de Salud, generada y enviada por el operador de información con destino al citado Administrador. Este archivo se identificará con los siguientes campos: Campo Descripción Valor permitido 1 Fecha de Pago Formato AAAA-MM-DD (Es la fecha con que queda registrado el pago de la seguridad social) 2 Código del operador de información a través del cual pagó el aportante Código asignado por el Ministerio de la Protección Social 3 Número de planillas reportadas Campo de 6 dlgitos NNNNNN, (número comprendido entre 000001 al 999999) • Los nombres de los archivos deben ser grabados en mayúsculas. ~------------------~~~ I\)\ /'t-.~ 000610 RESOLUCIÓN NÚMERO 2 1 MAR 20'~ DE 2012 HOJA No ~ Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" • La extensión de los archivos debe ser.TXT. • Los campos de los nombres de los archivos deben ir separados por guión inferior {carácter subrayada {-} PARÁGRAFO 1.
El archivo de salida deberá ser enviado diariamente por parte del Operador de Información al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga, antes de las 09:00 de la mañana y con base en la información de recaudo del día hábil inmediatamente anterior. En los casos en que se presenten inconsistencias en la información entregada el Operador de Información deberá corregirla en un término no mayor a tres (3) horas a partir de la notificación de la inconsistencia por parte del administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga.
PARÁGRAFO 2. Los Operadores de Información deberán efectuar los ajustes necesarios a sus sistemas de información con el fin de iniciar el reporte de información al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga, a más tardar el día 30 de abril de 2012. ARTíCULO
14. ESTRUCTURA ARCHIVO DE SALIDA CON DESTINO Al ADMINISTRADOR FIDUCIARIO DE lOS RECURSOS DEL FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTíA - Fosyga. El archivo de salida contendrá la información de recaudo de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud con cuatro tipos de registro, así: REGISTRO SALIDA TIPO o ENCABEZADO ARCHIVO: Es el registro de encabezado del archivo diario que envia el Operador de Información. REGISTRO SALIDA TIPO 1 ENCABEZADO PLANILLA: Es el registro de encabezado por cada planilla reportada por el operador de información. En él se envían los datos básicos que identifican al aportante que está realizando el pago al Sistema de Seguridad Social en Salud.
En cada archivo que se envíe existirán tantos registros tipo 1 como planillas reportadas. REGISTRO SALIDA TIPO 2 LIQUIDACION DETALLADA PLANILLA: Corresponde a la liquídación detallada de cada uno de los cotizantes que el Aportante registra en la Planilla. REGISTRO SALIDA TIPO 3 TOTALES PLANILLA: Corresponde a los totales de la autoliquidación por planilla.
REGISTRO SALIDA TIPO 4 TOTALES ARCHIVO: Corresponde a los totales de la autoliquídacíón reportados para el archivo.
PARÁGRAFO 1. El Ministerio de Salud y Protección Social, establecerá las condiciones técnicas mínimas para la disposición y entrega de información de que trata el presente artículo y comunicará al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga y a los Operadores de Información dichas condiciones. ARTíCULO
15. DEFINICIÓN DEL REGISTRO TIPO O - ENCABEZADO DEL ARCHIVO. Este registro contiene la siguiente estructura: Posición Campo Long 1 7 1 2 Tipo Inicio Fin 1 8 7 N 8 N Descripción Número del Registro Tipo de Registro Validaciones y Origen de los Datos Inicia en 0000001 Debe ser O para este caso. ~ ~------------------------~\~ 1)<l )/\ 2 1 MAR 201~ 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2012 HOJANo 10 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121,4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Posición Campo Long Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos Inicio Fin 2 9 10 N Código del Operador. 4 10 11 20 A Fecha de Pago 5 5 21 25 N Número total de planillas reportadas 3 Es el código del Operador de Información por donde se realizó el pago de la planilla.
Formato AAAA-MM-DD (Es la fecha con que queda registrado el pago de la seguridad social) Es el número de registros tipo 1 que contiene el archivo. ARTíCULO
16. ESTRUCTURA DEL REGISTRO TIPO 1 - ENCABEZADO PLANillA: Este registro contiene la información del aportante, por cada planilla así: Posición I'l. Campo Long 1 2 Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos Inielo Fin 7 1 1 8 7 8 N N Número del Registro Tipo de Registro Es el número del Registro Debe ser 1 para este caso. 3 5 9 13 N Numero secuencial de planilla Es 00001, para este tipo de registro.
Se incrementa con cada registro tipo 2 4 2 14 15 N Código del Operador. Es el código del Operador de Información por donde se realizó el pago de la planilla. 5 200 16 215 A Nombre o razón social del aportante. 6 2 216 217 A 7 16 218 233 A El registrado en el Campo 1 del artículo 3 de la resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 3 del registro tipo 1Encabezado literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. Tipo documento del El registrado en el campo 2 del aportante. articulo 1 de la presente resolución. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 4 del registro tipo 1Encabezado literal B Descripción detallada de la I planilla, resolución 2145 de 2006.
Número de Identificación El registrado en el Campo 3 del del aportante. artículo 3 de la resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para en caso de pagadores de 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 2012 DE 2012 HOJA No..11 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Posición Campo 11 Long Inicio Fin Tipo Descripción 8 1 234 234 N Dígito de Verificación Aportante. 9 1 235 235 N Naturaleza Juridica del Aportante 10 1 236 236 A Tipo de persona 11 10 237 246 A Código de la Sucursal o de la Dependencia 12 1 247 247 A Clase de aportante. 13 1 248 248 A Forma de presentación. 14 10 249 258 A Fecha inicio concordato, reestructuración, liquidación o cese de actividades Validaciones y Origen de los Datos pensiones es el definido en el campo 5 del registro tipo 1Literal B Encabezado Descripción detallada de la 2145 de planilla, Resolución 2006.
El registrado en el Campo 4 del articulo 3 de la resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 6 del registro tipo 1Literal B Encabezado Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 8 del articulo 3 de la resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones.
Para en caso de pagadores de pensiones el valor es cero. El registrado en el Campo 9 del artículo 3 de la resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco. El registrado en el Campo 5 del Articulo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 8 del registro tipo 1Literal Encabezado B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.
Es el registrado en el campo 7 del articulo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones Para en caso de pagadores de pensiones se registra "P". Es el registrado en el campo 10 del artículo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 7 del registro tipo 1Encabezado Literal B Descripción detallada de la 2145 de planilla, Resolución 2006.
El registrado en el Campo 25 definido en el artículo 3' de la Resolución 1747 de 2008 y sus modíficaciones. Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco OO061 O RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 2012 DE 2012 HOJA No J.6 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Posición Campo Long 15 TIpo Descripción Validaciones y Origen de los Datos Inicio Fin 1 259 259 N Tipo de acción El registrado en el Campo 26 definido en el articulo 3· de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones.
Para en caso de pagadores de pensiones se deja en cero 16 10 260 269 A Fecha en Que terminó actividades comerciales, El registrado en el Campo 27 definido en el articulo 3· de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones. Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco 17 10 270 279 A Fecha de Matricula Mercantil ((aaaa-mrn-dd)} 18 2 280 281 A Código del departamento Matricula Mercantil Es el registrado en el campo 31 del artículo 2 de la Resolución 3251 de 2011 Que modifico el Articulo 3 de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco Es el registrado en el campo 32 del articulo 2 de la Resolución 3251 de 2011 Que modifico el Articulo 3 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco 19 1 282 282 N Tipo de aportante. 20 7 283 289 A Periodo de pago del Aportante para el sistema de salud. 21 6 290 295 A Códig() de la ARP 22 1 296 296 A Tipo de Planilla El registrado en el Campo 30 del Articulo 3 de la Resolución 1747 de 2008 y sus modificaciones.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 16 del registro tipo 1Literal B Encabezado DeSCripción detallada de la 2145 de planilla, Resolución 2006. El registrado en el Campo 15 definido en el articulo 7" de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 11 del registro tipo 1Literal B Encabezado Descripción detallada de la 2145 de planilla, Resolución 2006.
El registrado en el Campo 13 definido en el articulo 7" de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco El registrado en el Campo 7 definido en el artículo 3 de la presente Resolución. Para en caso de pagadores de pensiones se retoma E. 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 2012 DE 2012 HOJA No 13 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199, 990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114, 661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" Posición Campo Long Tipo Inicio Fin A 23 10 297 306 24 10 307 316 A 25 10 317 326 A 26 10 327 336 A 27 1 337 337 N 28 4 338 341 N 29 8 342 349 N TOTAL Descripción Validaciones y Origen de los Datos El registrado en el Campo 9 del de la definido en el articulo Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco. El registrado en el Campo 17 Fecha de pago (aaaade la definido en el articulo mm-dd) Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 13 del registro tipo 1Literal B Encabezado Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. N° de la planilla El registrado en el Campo 8 definido en el articulo 4 de la asociada a esta planilla presente resolución. Para en caso de pagadores de pensiones se deja en blanco.
Número de radicación o El registrado en el Campo 16 definido en el articulo 7· de la de la Planilla Integrada Resolución 1747 de 2008. de Liquidación de Aportes. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 12 del registro tipo 1Literal B Encabezado Descripción detallada de la 2145 de planilla, Resolución 2006. Modalidad de la Planilla El registrado en el Campo 2A del definido en el articulo de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de I pensiones se deja en cero. Diasde mora El valor lo debe calcular el operador de información de acuerdo con la fecha de pago de la planilla. Para en caso de pagadores de I oensiones se deia en cero Número de registros de El contenido de este Campo lo salida tipo 2 debe calcular el operador de información y corresponde a la cantidad de registros TIPO 2 UQUIDACION DETALLADA incluidos para esta planilla.
Fecha de pago de la planilla asociada a esta planilla (aaaa-mm-dd). r r r 349 PARÁGRAFO 1. Por cada planilla debe existir un registro TIPO 1. ARTíCULO
17. ESTRUCTURA DEL REGISTRO TIPO 2 - LIQUIDACiÓN DETALLADA PLANilLA: Este registro contiene la información de cada uno de los cotizantes reportados en la planilla que deberá ser igual al número de registros de salida tipo 2 de que trata el campo 29 del artículo 16 de la presente resolución así: 1" 2 1 MAR 20'12 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2012 HOJANo 14 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773, 2640, 2641, 3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" 1'1 Posición Inicio Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos Campo Long 1 2 3 7 1 5 1 8 9 7 8 13 N N N Número del Reaistro Tipo de registro Número secuencial de planilla Es el número del reaistro Debe ser 2 para este caso.
Debe iniciar en 00002 y ser secuencial para el resto de registros de la planilla. 4 2 14 15 N Código del Operador. 5 10 16 25 A Número de radicación o de la Planilla Integrada de liquidación de Aportes. 6 6 26 31 A Código de la EPS o EOC. 7 16 32 47 A Número de Identificación (NIT) de la EPS o EOC. 8 1 48 48 N Dígito de verificación del NIT. 9 16 49 64 N Serial Es el código del Operador de Información por donde se realizó el pago de la planilla.
Registrado en el campo 21 del Artículo 7 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 17 del registro tipo 1Encabezado Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 16 definido en el articulo 7" de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 12 del registro tipo 1Literal B Encabezado Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.
El Registrado en el Campo 33 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 32 del registro tipo 2·liquidación detallada de aportes· LHeral B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. Debe ser el número del NIT de la administradora conrespondiente.
Debe ser el dígito de verificacíón del NIT de la administradora conrespondiente. Serial asignado en BDUA a afiliado. cada Campo 1 del Articulo 11 de la presente resolución 10 2 65 66 A Tipo documento del cotizante. El registrado en el Campo 3 definido en el artículo 2 de la presente resolución. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 7 del registro tipo 2"liquidación detallada de aportes· literal B DescripCión detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.,000610 RESOLUCIÓN NÚMERO 2 1 MAR ~O,~ DE 2012 HOJA No..1.§ Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garan/ia - Fosyga" Campo Long 11 16 12 2 Posición Inicio Fin Tipo 67 82 A N' de identificación del cotizante.
El registrado en el Campo 4 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 8 del registro tipo 2detallada de "Liquidación aportes" L~eral B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 83 84 N Tipo de cotizante Cuando la clase de aportante definida en el campo 7 del artículo 3 de la resolución 1747 de 2008 es diferente de D, se tomará el registrado en el Campo 5 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008.
Descripción Validaciones y Origen de los Datos 2006. Cuando la clase de aportante definida en el campo 7 del articulo 3 de la resolución 1747 de 2008 es D, se modificará el valor de salida de este campo asi: Valor camoo5 1 12 19 13 2 85 86 N Subtipo de Cotizante 14 1 87 87 N Tipo de pensionado Valor Salida 48 49 50 Para en caso de pagadores de I oensiones se deia en cero.
El registrado en el Campo 6 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones se deja en cero. Solo para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 17 del registro tipo 2-"Liquidación detallada de aportes" - L~eral B Descripción detallada de la planilla Resolución 2145 de 2006.
De lo contrario se deja en cero. 15 l/l 2 88 89 N Tipo de pensión Solo para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 9 del registro tipo 2-"Liquidación detallada de aportes" - Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 2012 DE 2012 HOJA No 16 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114, 661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Campo Posición Long I--,-ln7ic~lo~""F=I-n--j Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos De lo contrario se deja en cero. 90 90 A Pensión compartida 17 91 91 A Extranjero no obligado a cotizar a pensiones. 18 92 92 A Colombiano residente en el exterior 16 1 19 2 93 94 N Código del departamento de la ubicación laboral 20 3 95 97 N Código del municipio de la ubicación laboral 21 20 98 117 A Primer apellido.
Solo para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 1O del registro tipo 2-"liquidación detallada de aportes' - literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006, De lo contrario se deja en blanco, El registrado en el Campo 7 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones se debe dejar en blanco.
El registrado en el Campo 8 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 18 del registro tipo 2"liquidación detallada de L~eral B aportes' Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 9 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 19 del registro tipo 2"liquidación detallada de aportes' Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 10 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 20 del registro tipo 2"liquidación detallada de literal B aportes' Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.
El registrado en el Campo 11 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 3 del registro tipo 2de "liquidación detallada aportes' Literal B. 2 1 MAR 2012 000610 DE 2012 RESOLUCiÓN NÚMERO HOJA No Jl Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" Campo Long Posición Inicio Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. 22 30 118 147 A Segundo apellido. 23 20 148 167 A Primer nombre. 24 1'1. 30 168 197 A Segundo nombre. 25 1 198 198 A ING: Ingreso 26 1 199 199 A RET: Retiro El registrado en el Campo 12 definido en el articulo 1O de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 4 del registro tipo 2detallada de "Liquidación B Literal aportes' Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 13 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 5 del registro tipo 2de "Liquidación detallada Lneral B aportes" Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.
El registrado en el Campo 14 definido en el artículo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 6 del registro tipo 2de "Liquidación detallada B Literal aportes" Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 15 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 22 del registro tipo 2"Liquidación detallada de Literal B aportes" Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 16 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de penSiones es el definido en el campo 23 del registro tipo 2de "Liquidación detallada Lneral B aportes" Descripción detallada de la: 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 2012 DE 2012 HOJA No 18 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 Y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661,773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Campo 27 Long 1 Poslcl6n Inicio Fin 200 200 Tipo A Descrlpci6n TOE: Traslado de Otra Administradora.
Validaciones y Origen de los Datos planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 17 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 24 del registro tipo 2detallada "Liquidación de aportes' Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. 28 1 201 201 A 29 1 202 202 A 30 1 203 203 A 31 1 204 204 A 32 1 205 205 A 33 2 206 207 N TAE: Trasiado a Otra Administradora.
El registrado en el Campo 18 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 25 del registro tipo 2detallada "Liquidación de Literal B aportes' Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. VSP: Variación Permanente El registrado en el Campo 21 de Salario. definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008 de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 28 del registro tipo 2detallada de "Liquidación aportes· Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. VST: Variación Transitoria El registrado en el Campo 23 del Salario. definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. SLN: Suspensión Temporal El registrado en el Campo 24 del Contrato de Trabajo y definido en el articulo 8 de la Licencias no Remuneradas. presente resoiución. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 29 del registro tipo 2detallada "Liquidación de aportes· Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.
VACo Vacaciones. El registrado en el Campo 27 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Dias cotizados. El registrado en el Campo 37 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 20'~ DE 2012 HOJANo 19 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" Campo Long Posición Inicio Fin Descripción Tipo 216 N Salario básico. 217 225 N Ingreso Base Cotización. 7 226 232 N Tarifa. 37 9 233 241 N Cotización obligatoria. 38 9 242 250 N Valor de la UPC adicional. 34 9 35 9 36 208 Validaciones y Origen de los Datos campo 37 del registro tipo 2"Liquidación detallada de aportes" Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.
El registrado en el Campo 40 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 39 del registro tipo 2"Liquidación detallada de aportes" Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 43 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 39 del registro tipo 2"Liquidación detallada de aportes" Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 54 definido en el articulo 14 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 48 del registro tipo 2de "Liquidación detallada aportes" Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006.
El registrado en el Campo 55 definido en el articulo 14 de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 49 del registro tipo 2"Liquidación detallada de aportes" Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. El registrado en el Campo 56 definido en el articulo 14 de la Resolución 1747 de 2008.
Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 50 del registro tipo 2"Liquidación detallada de aportes" Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. Para el caso de paaadores de ~--------------------------~~ --- 2 1 MAR 2a12.000610 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2012 HOJA No 20 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661,773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" Campo Posición Long ¡"""ln~ic~lo~~F=i~n--l Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos pensiones se deja en cero 39 40 1 251 251 A Correcciones. 252 252 A Salario Integral.
TOTAL El registrado en el Campo 22 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de pensiones se deja en blanco El registrado en el Campo 41 definido en el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de pagadores de I oensiones se deia en blanco 252 ARTíCULO 18. DEFINICiÓN DEL REGISTRO TIPO 3 - TOTALES PLANILLA: Este registro contendrá los totales de la liquidación al Sistema de Seguridad Social en Salud, realizados por el aportante, así: ~h Posición Inicio Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos N 8 7 8 N Número del Registro Tipo de registro Es el número del Registro Debe ser 3 para este caso. 2 9 10 N Código del Operador. 4 10 11 20 A Número de radicación o de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. 5 12 21 32 N T oIal Ingreso Base de Cotización. Es el código del Operador de Información por donde se realizó el pago de la planilla.
El registrado en el Campo 16 definido en el articulo 7" de la Resolución 1747 de 2008. Para en caso de pagadores de pensiones es el definido en el campo 12 del registro tipo l-Encabezado - Literal B Descripción detallada de la planilla, Resolución 2145 de 2006. La sumatoria de lo registrado en el campo 35 de los registros tipo 2 de esta planilla 6 12 33 44 N Total cotización obligatoria.
La sumatoria de lo registrado en el campo 37 de los registros tipo 2 de esta planilla 7 4 45 48 N Número de dias de mora liquidados. Es el valor lomado del campo 13, del Articulo 22 de la Resolución 1747 de 2008. Para el caso de los pagadores de pensiones es el valor reoistrado en el Campo Long 1 2 7 1 3 ____________________________ ~~ ~\) 2 1 MAR 2012 OOO610 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 HOJA No.l1 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121,4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661,773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga" Campo Long Posición Inicio Fin Tipo Descripción 8 12 49 60 N Total intereses de mora cotización obligatoria 9 12 61 72 N Total UPC adicional. 10 12 73 84 N Intereses de mora cotización UPC adicional TOTAL Validaciones y Origen de los Datos campo 3 del renglón 36, del Registro Tipo 3, Del archivo salida para salud, definido en la Resolución 2145 de 2006, Es el valor tomado del campo 14, del articulo 22 de la Resolución 1747 de 2008.
Para el caso de los pagadores de pensiones es el valor registrado en el campo 4, del renglón 36, del Registro Tipo 3, Del archivo salida para salud, definido en la Resolución 2145 de 2006. lo La sumatoria de registrado en el campo 38 de los registros tipo 2 de esta planilla. Es el valor tomado del campo 14, del Articulo 22 de la Resolución 1747 de 2008. 84 PARÁGRAFO 1.
Por cada planilla debe existir un registro TIPO 3. ARTíCULO
19. DEFINICIÓN REGISTRO TIPO 4 - TOTALES ARCHIVO. Este registro contendrá el total de las liquidaciones del Sistema de Seguridad Social en Salud, reportadas en el archivo de salida, así: Posición Fin Tipo Descripción Validaciones y Origen de los Datos 8 N N Número del Registro Tipo de registro Es el número del Registro Debe ser 4 para este caso. 9 10 N Código del Operador.
Es el código del Operador de Información por donde se realizó el pago de la planilla. 10 11 20 A Fecha de pago formato AAAA-MM-DD Es la fecha de pago que está reportando el Operador de Información 5 6 21 26 N Número de Planillas pagadas en ese dia Es el número de registros tipo 1 reportados 6 13 27 39 N Total Ingreso Base de Cotización. sumatoria lo La de registrado en el campo 5 de los registros tipo 3.
Campo Long 1 2 7 1 1 7 8 3 2 4 Inicio ~--------------------------~~ 1"Y ~ 000610 RESOLUCiÓN NÚMERO 2 1 MAR 201'2 DE 2012 HOJA No 22 Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008, que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121, 4141 de 2008, 504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249, 199, 990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114,661, 773,2640,2641,3251, 475 Y 476 de 2011 y se adopta el procedimiento mediante el cual, los Operadores de Información deberán entregar periódicamente la información resultante del proceso de recaudo al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantia - Fosyga" Posición Campo Long 7 Validaciones y Origen de los Datos Tipo Descripción 52 N Total cotización obligatoria. sumatoria lo La de registrado en el campo 6 de los registros tipo 3. 53 65 N Total intereses de mora cotización obligatoria lo La sumatoria de registrado en el campo 8 de los registros tipo 3. 13 66 78 N Total UPC adicional.
La sumatoria lo de registrado en el campo 9 de los registros tipo 3. 13 79 91 N Intereses de mora cotización UPC adicional sumatoria lo La de registrado en el campo 10 de los registros tipo 3. Inicio Fin 13 40 8 13 9 10 TOTAL 91 PARÁGRAFO 1. Sólo debe existir en el archivo de salida un registro TIPO 4. ARTíCULO 20. DEDUCCIONES PLANilLA DE LIQUIDACiÓN DE APORTES.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 4023 de 2011 y a partir de que entren a operar las cuentas maestras según el término establecido en el artículo 6 del mencionado decreto, los aportantes y trabajadores independientes no podrán deducir de las cotizaciones en salud los valores correspondientes a incapacidades por enfermedad general, licencias de maternidad y/o paternidad ni por otro concepto.
ARTíCULO 21. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente la Resolución 1747 de 2008, modificada por la Resolución 2377 de 2008 que a su vez fue modificada por las Resoluciones 3121,4141 de 2008,504 Y 1622 de 2009 y por las Resoluciones 2249,199,990, 1184 de 2009, 1004 de 2010, 114, 661, 773,2640, 2641, 3251,475 Y 476 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBlíQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los, 2 1 MAR 2012 <