República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL 0000599 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2021 ( 12 MAY 2021 Por la cual se establecen tanto los responsables de la generación de la información, como los responsables del reporte de la infomnación de la población perteneciente a las etapas 2, 3 Y 4 de que trata el articulo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021, y se dictan otras disposiciones ¡.,: I, EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los numerales 3 y 7 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el artículo 112 de la Ley 1438 de 2011, el numeral 12 del artículo 6 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y el artículo 8 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021 y, CONSIDERANDO: f,,'", Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021 adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, en el que, partiendo de la base de que las vacunas contra el COVID - 19 son un bien escaso en el mundo y con el objeto de reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica por COVID-19, disminuir la incidenCia de casOs graves y la protección de la población que tiene alta exposición al virus, estableció los grupos poblacionales que deblan ser priorizados para recibirla, priorización basada en principios de solidaridad, eficiencia, beneficencia, prevalencia del interés general, equidad, justicia social y distributiva, transparencia, progresividad, enfoque diferencial, a:cceso y accesibilidad e igualdad.
" Que el mismo Decreto establece que el Plan Nacional de Vacunación está integrado por 2 fases y 5 etapas y determina que el Ministerio de Salud y Protección Social identificará las personas a 'vacunar en cada etapa y conformará gradualmente la Base de Datos Maestra de Vacunación nominal, de acuerdo con la información contenida en las bases de datos oficiales con las que cuenta el Estado colombiano y estén disponibles.
Que el ya citado Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021 también señala que para la Identificación nominal de algunos grupos poblacionales ·, 12 MAY 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO 11000599 DE 2021 Hoja No. 2 Continuaci6n de 18 rrtstJludón: 'Por /(1 cual se est8b1ecen UlfI!O /(ls rospon$llbf9s de le genemciOn de la ¡rrformoci(¡n, como loS 'VlfponSObh)s del f8pott9 de informaddn de la población Pf/OfiZ8d1l en les tlt8p8S 2, 3 Y 4 do qtiO' Ita/s el 8ft/culo 7 del Oocrnlo 1()g d9 2021, modificado (JO( los DecrotO$ 404 y -"66 de 2021, y tIJ dicllln o/IDS disposiciones' priorizados de los cuales el Minislerio de Salud y Protección Social no disponga de información, este solicitará a las entidades públicas o privadas la entrega de la información correspondiente, mediante los mecanismos electrónicos que defina. resallando que la complelitud y calidad de los datos suministrados por esas entidades es responsabilidad de las mismas, quienes deberán disponer de mecanismo de consulta,para que la población pueda solicitar la revisión de-su caso, si lo considera necesario.,,' Que a través de los sistemas de información interoperables con los que cuenta el Estado Colombiano y que estaban a disposición del Ministerio de Salud y Protección Social se ha identificado un número importante de la población priorizada para recibir la vacuna contra el COVID - 19, sin embargo, estos registros no son suficientes para identificar y registrar la totalidad de las personas que deben integrar las etapas 2, 3 Y 4 del Plan Nacional de Vacunación, por lo que se hace necesario, mediante el presente acto administrativo, establecer los responsables del reporte de la información correspondiente a la plataforma PISIS que se integra con la plataforma MIVACUNA COVID - 19, administrada por el mencionado Ministerio.
Oue la Politica de Privacidad y Protección de Datos Personales de la plataforma MIVACUNA COVID-19 del Ministerio de Salud y Protección Social tiene como objeto proteger, conservar y asegurar la información de sus titulares y garantizar los derechos a la intimidad. privacidad y el buen nombre de las personas, durante el proceso del tratamiento de datos personales, registro, reporte de información y publicación de la misma, respetando los principios de confidencialidad, seguridad, legalidad, acceso. libertad y tr~nsparencia..
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Articulo 1. Objeto. El objeto de la presente resolución es establecer los responsables de. [a generáción de la información, as! como los responsables del reporte de la información de la población priorizada para recibir la vacuna contra el COVID -19 que pertenece a las etapas 2, 3 Y 4 de que trata el articulo 7 del Decreto 109 de 2021. modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021. y los mecanismos que deben usar para tal fin..
Artículo 2, Ambito de aplicación. Las disposiCiones contenidas en la presente resolución aplican a: 2.1. 2.2. 2.3.. 2.4. 2.5. 2.6. Autoridades indígenas y autoridades tradicional~s de los Consejos Comunitarios de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de acuerdo con sus formas organizativas en el territorio. Secretarias de Salud del nivel departamental. municipal y distrital, o quíen haga sus veces.
Instituto Nacional de Salud Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud· IETS Unidad Nacional para la Gestión del,Riesgo de Desastres- UNGRD Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos· INVIMA 11 MAY 2021,.nODú599 DE 2021 H' oJa No. 3 '. r-----------~~----------~------~~--~~~~~----__, Continuación de la resolución. ·Por la cual se establecen tanto los responseó/es dala generaci6n de /a información. como los, RESOLUCJÓN NÚMERO reflPonsab/es del reporte de información da la población prio,1zeda en las etapas 2, 3 Y 4 de Que trata el ar:fculo 7 del Decreto {09 de 2021, modilicsdo por los Decretos 404,/466 de 2021, Y S6 dictan Olras disposiciones" 2.7.
Entidades responsables del aseguramiento en salud, a saber: Entidades Promotoras de Salud, Entidades Promotoras de Salud Indígena, administradores de los regímenes especiales y de excepción en salud y del Fondo NaCional de Salud de las personas privadas de la libertad. 2.8. Procuraduría General de la Nación.,.. Personerias distritales y municipales 2.9., 2.10.
Contralorla General de la República 2.11. Defensoría del Pueblo 2.12. Superintendencia Nacional de Salud 2.13. Empresas de trasporte aéreo medicalizado 2.14. Aeronautica civil 2.15. Empresas que realizan la distribución de oxigeno medicinal y mantenimiento de redes de oxigeno medicinal 2.16. Prestadores de Servicios de Salud 2.17. Cámara de dispositivos medico e insumas para la salud de la ANDl Bancos de Sangre 2.18.,. 2.19.
Centros de trasplante de órganos y tejidos 2.20. Farmacias y droguerías 2.21. Establecimientos educativos 2.22. Instituciol'les de Educación Superior 2.23. Hoteles 2.24. Centros vacacionales, de recreación y de deporte 2.25. Equipos deportivos, escuelas de deporte y ligas deportivas 2.26. Centros de Reconocimientos de Conductores 2.27. Terminales de transporte 2.28.
Aeropuertos Laboratorios farmacéuticos y de dispositivos médicos 2.29 2.30. Agencias de cooperación internacional, organizaciones humanitarias y organizaciones no gubernamentales 2.31. Administradoras de Riesgo Laborales ~ ARL 2.32. Junta Nacional y Juntas Regionales de Calificación de Invalidez 2.33. Empresas del sector público y privado 2.34.
Instituto Colombiano.de Bienestar Familiar -ICBF 2.35. Centros vida, cen~fos de día y centros de larga estancia 2.36. Fiscalía General de la Nación 2.37. Fuerzas Militares de Colombia 2.38. Poncla Nac'lonal de Colombia 2.39. Instituto Nacional Penitenciaria de Colombia -INPEC (Resolución 4005 de 2016) 2.40. Establecimientos carcelarios del orden departamental, distrital y municipal (Resolución 1838 de 2019) Funerarias, cementerios y centros crematorios 2.41.
Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas - UBPD 2.42. 2.43. Migración Colombia 2.44. Bomberos de Colombia 2.45. Cruz Roja Colombiana 2.46. Defensa Civil Colombiana 2.47. Comisarías de Familia 2.48. Empresas de. lineas marftimas o navieras 2.49. Instituciones, fundaciones u organizaciones que atienden población en situación de calle 2.50.
Ministerio del Deporte 2.51. Entidades 'territóriales del nivel departamental, dislrital y municipal. 2.52. Organización de Naciones Unidas 2.53. Dirección General Marítima 2.54. Ministerio de Educación Nacional. ~ • • ¡}1'.00599 12 MM 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO v DE 2021 Hoja No. 4 ContlnuDCiOn do la resolución: "Por lB cual se establecen lamo los rcspollS4blos do I{J goner8C1Ón de la infOl1TllJción, coma lO.s 'YsponSllb!&S d8ll'f1potte de infotm8eión de la población priorlulcM en 18$ e~Bpas 2. 3 y" de qlJC 1m/e el tlltlculo 7 del Docrofo 1~ de 202 l. modifICtloo por los Decretos 404 y 46(; de 2021, y.so áiclDfl ollas disposiciones" Articulo 3.
Responsabfes de fa generación y reporte de información. A continuación, se establecen los responsables de la generación de información, así como los responsables del reporte de la misma al Ministerio de Salud y Protección Social, de las personas que integran las etapas 2, 3 Y 4 de que trata el articulo 7 del Decreto t09 de 2021, modificado por los Decretos 404 ~ 466 de 2021, discriminado por etapas y grupos poblacionales: Fase 1: Etapa 2 Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 Población Priorizada. 7.1.2.5.
Los médicos tradicionales, f Responsable de la generación de la Información Responsable del reporte y validación de la información Autoridades indlgenas y autoridades tradicionales de los Consejos Comunitarios de Entidades territoriales del comunidades Negras, nivel municipal y distrilal y sabedores ancestrales y pro[Tlotores Raizalés y departamental con areas Afrocolombianas. comunitarios en salud propia.
Palenqueras, de aCllerdo con sus no municipalizadas fonnas organizativas en el territorio 7.1.2.7. Talento humano'encargado Secretarias de Salud de nivel Secretarias de Salud de municipal departamental, y nivel de la atención y mitigación de la departamental, municipal y distrital. pandemia por COVID-19 Y' de la distrital. ejecución del Plan Nacional de Ministerio de Salud y ProtecciOn Ministerio de Salud y ProtecciOn Social.
Vacunación contra el COVID-19 de Social. las Secretarias de _ Salud Instituto Nacional de Salud Instituto Nacional de departamentales, municipales y Salud distritales, del Ministerio de' Salud, Instituto de Evaluación Instituto Evaluación de del InsUtuto Nacional de, Salud, de Tecnológica en Salud Tecnológica en Salud-IETS IIETS, de la Unidad Nacional para la IETS Gestión del Riesgo de DesastresUnidad Nacional para la Unidad Nacional para la Gestión UNGRD y de la Subcuenta COVIDGestión del Riesgo de del Riesgo de Desastres- U NGRD '9, Desastres- UNGRO Ministerio de Salud y Protección Ministerio de Salud y 7.1.2.8.
Talento del Social. humano Protección Social. Ministerio de Salud y Protección Secretarias de Salud de nivel Secretarias de Salud de Social, de las Secretarias de Salud departamental, municipal departamental, y nivel municipales, y distritales distrital. municina! v dis1ri1al. departamentales, y del Instituto Instituto Nacional de Nacional de Salud y de las empresas Instituto NacIonal de Salud Salud responsables de! aseguramiento que Entidades responsables del Entidades responsables realizan trabajo de campo. 8seauramiento del aseauramiento 7.1,2.9.
Talento humano que ejecuta Ministerio de Salud y Protección Ministerio de Salud y la. acciones del Plan de Salud Social. Protección Social. Pública de Inlerve~ciones Colectivas, Vigitancia en Salud Pública, equipos del Programa Ampliado de-Inmunizaciones -PAI· y Secretarias de Salud de nivel Secretarias de Salud de los responsables de las actividades departamental, municipal y nivel departamental, de Inspección, Vigilancia y Control a distrita\. municipal y distrital. cargo de las SecretarIas de Salud del orden departamental, distrital y municinAl. 7.1.2.10.
Talento humano que en el Instituto Nacional de marco de sus funciones de Instituto Nacional de Vigilancia de Vigilancia de Medicamentos y AlimentosInspección, VIgilancia y Control Medicamentos y INVIMA visiten prestadores de servicios de Alimentos- INVIMA salud o apoyen las acciones de Procuradurla General de la Procuradurla General de Insoeeción Vi~ilancia v Control de la Nación. la Nación. "~ RESOLUCiÓN NÚMERO uv.,Q599 12 MAY 2021 DE 2021 Hoja No. 5 ContlnuBción eJe la resolución: ·Por la cual se establecen tanto los f8sponsables de /a genereción de la información. como los r'lpponsables del reporte da información de la población priorizada en las etapas 2, 3 Y 4 de que Irata el articulo 7 del Decreto 109 de 2D21, modirlCado por los Decretos 404 y 465 da 2021. v se dictan otras disposiciones· Fase 1: Etapa 2 Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 Población Priorizada Responsable de la generación de la información Responsable del reporte y validación de la Información respuesta a la pandemia de CQVIO- Personerlas distritales y Personerias distritales y 19 Y del PNV, inCluyendo los del cmi2un::í=CiC"'P~al7'e""-;==", -:;-:----,:+m""u"ní"C,,;íí,""a"le",,,,"""_==-,,-I INVIMA, los de la Procuradurla Contrataría General de la Contralarla General de la General da la Nación, los de las República República Personerlas, los de la Contrataría General de la República, los de la Superintendencia Nacional de Superintendencia Defensoría del Pueblo. los de la Salud Nacional de Salud ~De~~~fe~n§s~o~ri~a~d~e~l~p~u~e~b~lo~~~~~~=~~t~D~effe~n~,~o~r~la~d~e~l}p~u;e~b~lo~==~ Superintendencia Nacional de Salud P"="-----------~S"ec"'r"e"'ta"'rí"a""'-'d"'e""S'caoclu"d-d7eci. y 1os de Ias Enll·d ades Terntoriales.
Secretarias de Salud de nivel nivel departamental departamental y Municipal Municipal 7.1.2.11. Pilotos y trlpulaci6n nacional que realizan el traslado Empresas de trasporte aéreo aéreo espeCializado de pacientes Aeronáutica Civil medicalizado que requieren de asistencia de alta compleiidad 7.1.2.12 Talento humano que realiza las siguientes funciones: Instituto Nacional Empresas que realizan la Vigilancia de oxigeno medicinal a. Distribución de oxIgeno a los ydistribución Medicamentos que realizan mantenimiento de prestadores de servicios de salud ya Alimentos- INVIMA redes de oxIgeno. los pacientes en sus residencias.
Empresas que realizan la Instituto Nacional b. Mantenimiento de redes de distribución de oxigeno medicinal Vigilancia oxígeno al interior de los y que realizan mantenimiento de Medicamentos prestadores de servicios,de salud. Atimentos- INVIMA. redes de oxfaeno. y de de y de de y.. t I·bt ·6n d Cámara de Dispositivos ~áémdiaCOraS edelnsDuím'PoO,Sit,íVaOra' e, Man tenlmlen o y ca I aCI e Médicos e Insumas para la Salud dispositivos médicos y. equipos de la.
Asociación Nacional de la Salud de la. Asociación ~~~~~~~r~Ss d~ s~~~;:~~ d~e sal~~ ~E_m~,-re-s-a-r-ío-'-d_e-c~o_lo_m_b_í_a_-_A_N_D_1td~Ne~a~~~I~~~o~am=1=~~~~~~~?:,~~r~=~"a=rí~0::1S incluyendo áreas, de esterilización. Prestadores de servicios Prestadores de servicios de salud de salud 7.1.2.13 Talento humano de Entidades responsables del Entidades responsables entidades del sector de salud que Ha~s:"e~glur,::a,:!m:,íe,"n",t,:,o:-:=c:;--:;::-:=:ofd",e,:,l:,:a",;:eg:,lu=r~a":m:,,íe'Cn,:to:c::;-cd atiendan usuarios para procesos de Secretarias de salud de nivel Secretarias de salud de agendamiento, referencia y departamental, distrital y nivel departamental, autorizac'rOn de serv'lcios de salud de em,""u~n~ic~,íD~,a~I~~~~~~~~_+"d·~"~tr~ít~a~11y,-"m~u~n~ic~í~p,a~I'--_-j forma presencial, pertenecientes a las entidades responsables de Prestadores de Servicios de Prestadores de Servicios aseguramiento y prestadores de Salud de Salud servicios de salud.
Bancos de sangre Bancos de sangre 7.1.2.14 Talento humano en salud, I----~~~~~~~~~t_~----~---_I de apoyo logístico y administrativo que labora en Bancos de Sangre y Centros de trasplante de órganos Centros de trasplante de centros de trasplante de órganos y y tejidos órganos y tejidos tejidos. 7.1.2.15 Talenlo humano en salud que atiende pacientes en espacios diferentes a los prestado'res de servicios de salud o visita de Farmacias y droguerías regularmente prestadores servicios de salud: a. Qulmicos farmacéuticos, regentes " oersonal certificado con una Secretarias de salud de nivel departamental, distrital y municipal 1 2 MAY 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 6 Continuación de ~ relOlUCiórl: "Por /e cllal se estabJocen lanto b.s responsables d8 /e pemtrsción de le irt/ormaclón. como lOs "sponSllblss cMl reporte de InlormaciCn ($10 población PlforiztJdlJ en 1(1$ ete~; y.- de quo tm/e e/atUculo 1 del Docrolo 1'tJ9 do 2021 mocJiflClJdo PCJ110s Decrtllos 404 y 466 de '2021. y se dicten ouas siciooos· Fase 1: Etapa 2 Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19..
Poblacl6n Prlorluda Responsable de la generación de la Información.' autorización para dispensación de. medicamentos que trabajen en farmadas o drOQuerlas. ¡. Establecimientos,, Responsable del reporte y validación de la infonnación educativos b. Talento humano en salud de las (centros) de educación inicial, in.stituclones de educación inicial, prescolar, btisica primaria, básica Ministerio de Educación prescolar, básica primaria, básica secundaria, educación media, Nacional secundaria, educadón media, y Ofidales y no Oficiales, educación superior. instituciones de.. educación suoerior. c. Talento humano en salud que Hoteles labore en hoteles y centros Centros vacacionales de vacacionales, de recreaci6n y recreación y deporte d~¡lO_rte d. Talento humano en salud de los Equipos deportivos • equipos, escuelas y ligas Escuelas de deporte Secretarias de salud de deportivas. ligas deportivas nivel distrital y municipal e. Talento humano en salud de los Centros de Reconocimiento de centros de reconocimiento de Conductores conductores. f. Talento humano en salud de las Terminales de.transporte y terminales aéreas y terrestres. aeropuertos Camara de Dispositivos g. Talento humano en salud y de loglstico los Laboratorios farmacéuticos y de Médicos e Insumas para ~poyo de laboratorios farmacéuticos y de la Salud de la.
Asociación dispositivos médicós dispositivos médicos que tiene Nacional de Empresarios • contacto con pacientes al interior de Colombia - ANOI de los prestadores de servicios Prestadores de Servicios de Prestadores de Servicios de salud. Salud de Salud, h. Talento humano en salud que realiza el monitoreo, seguimiento y. evaluación clinica de los Prestadores de Servicios de Prestadores de Servicios Salud de Salud pacientes que hacen parte de los estudios Cllnicos de COVID-19.
Agencia de cooperación Talento humano en salud que Naciones Unidas on internacional trabaja en agencias de Organizaciones humanitarias Colombia cooperación intemacional,. organizaciones humanitarias. y no organizaciones Organizaciones no Organizaciones no gubernamentales. gubernamentales gubernamentales •,. j. Talento humano en salud que presta servicios de Seguridad y Salud en el trabajo.
Administradoras de Riesgo Administradoras de Laborales RiesQo Laborales Juntas de Calificación de Juntas de Calificación de Invalidez ReQionales Invalidez Nacionales Empresas del sector público y Secretarias de salud de nivel departamental, privado distrilal y municipal. k. Auditores médicos concurrentes • que visiten los prestadores de servicios de salud, incluyendo Entidades responsables aquellos que trabajen en aseguramiento entidades responsables del aseguramiento en salud. del Entidades responsables del aseguramiento 1 2 MAY 2021,i{IJ() 599 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 7 Continuación de la resolución: "Por la cual se éstsb!ecen tanto Jos respons€lb/es do la generación do la Información, como los 1)t0nssbles del reporte de información de la población priorirada en las etapas 2, 3 Y 4 de que trata el afticulo 7 del Decreto 1 g de 2021, roodificado nor los Decretos 404 ~ 466 de 2021, se dictan otras di~~osiclones" Fase 1: Etapa 3 Plan Nacional de Vacunación contra el COVIO-19 Responsable de la generación de la Información Población Prlorlzada Responsable del reporte y validación de la Información para la BONMV 7,1,3.2 Población entre 16 y 59 arios de edad Que presenten una de las condiCiones numeral contempladas en Entidades responsa~le~ del Entidades responsables del aseguramiento en aseguramiento en salud el salud.
Operadores de Salud del Operadores de Salud del Fondo Fondo del Magisterio. del Magisterio - FOMAG FOMAG 7.1.3.3 Los agentes educativos, madres y padres comunitarios vinculados a los servicios de· Instituto Colombiano primera infancia. identificados por el Bienestar Familiar -ICBFInstituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF., 7.1.3.4.
Los cuidadores institucionales de niMos, nil"las y Instituto Colombiano adolescentes del' Instituto Bienestar Familiar ·ICBF· Colombiano de Bienestar Familiar - de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-. de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF ICBF. 7.1.3.5. Talento humano encargado de la atención y el cuidado de adultos Centros Vida.
Centros de Ora y Entidades territoriales del Centros de Larga Estancia nivel municipal y distrital mavores institucionallzados. Prestad::lres de servicios de salud 7.1.3.6 Talento humano encargado públicos y privados. incluidos los Entidades responsables de la atención y el cuidado de adultos prestadores de servicios de salud del aseguramiento en mayores Institucionalizados. indígenas y profesionales salud indeoendientes. 7.1.3.7 Cuidador primario de personas eo situación de discapacidad funcional y de adultos Entidades responsables Prestadores de servicios de mayores con dependencia del aseguramiento en salud permanente en atención domiciliaria. salud identificados por un prestador de servicios de salud, 7.1.3.8 Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación. Fuerzas Militares de personal de apoyo loglstico y Fuerzas Militares de Colombia Colombia administrativo de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares de Colombia. 7.1.3.9 Personal activo, el que sea llamado para la reserva activa o el que está en proceso de formación, Policia Nacional de personal de apoyo loglstico y Pollcfa Nacional de Colombia Colombia administrativo de las escuelas de formación de la Poliela Nacional de Colombia.. 7.1.3.10 Personal·· de la··" Fiscalla FiscalJa General de la General de la Nación y personal de Fiscalia General de la Nación Nación aoovo loalslico v administrativa.
Autoridades indígenas y autoridades tradicionales o representantes de los Consejos Entidades territoriales del 7.1.3.11 Guardia indígena y guardia Comunitarios y los nivel departamental. cimarrona. representantes de las municipal y distrital Consultivas departamentales y/o municipales de comunidades Nearas, Afrocolombiana, Raizal v, 12 MA'( 2021 (lfl}0599 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 8 ConUnu9Ción de lB rusohlcl6n: ~Por la CUtJlSC estoblOccn tonto los roS¡XJTlSlJbJes (je la genef9Ción de ID información. como los 'V,spoiIsllbIoS del reporte de informlJciOn (jfJ III PGblsci6n prioriztJda en /os etspos 2, 3 Y 4 do quo trato (JJ 8lffCU!o 7 de! DOCffJ:o 1~ dG 2021 modirlCado DO( los DOCIT1tos 404 V466 de 2021 se didan otras dísaoslcJones· Fase 1: Etapa 3 Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 Responsable de la generación de la Infonnaclón Población Prlorlzada Responsable del reporte y validación de la Información para la BONMV Palenquera. de acuerdo con sus formas organizativas en el territorio. • 7.1.3.12 Talento humano' de las Secretarias de salud de funerarias, centros crematorios y Funerarias, centros crematorios y nivel departamental, cementerios, que ~ manipulen cementerios distrital y municipal cadéveres. 7.1.3. 13 Personal de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Unidad de Búsqueda de Unidad de Búsqueda de desaparecidas UBPQ- que realiza Personas dadas por Personas dadas por actividades de Identlfteaclón de desaparecidas UBPD desaparecidas UBPD cuerpos, prospección. exhumación y recolección de material flsioo. 7.1.3.14.
Personal de fa Unidad AdminIstrativa EspeCial de Migración Colombia con funciones o adscritos a puestos de control aéreo, terrestre,. Migración Colombia maritimo y fluviales, asl como con los MigracIón Colombia desarrollen funciol"!es. de que verificación migratoria. extranjerla y policra Judicial. 7. 1.3. ·16 Los docentes" directIvos. personal de apoyo loglstico y Instituciones administrativo de las Instituciones de superior Educación Suoerior de educación Ministerio de Educación ", Fase 2: Etapa 4 Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 Población Priorizada.:'.
Responsable de la generación de la Información Responsable dol reporte y validación de la Información para la BONMV INPEC para los Establecimientos de Reclusión Instituto Nacional del Orden Nacional para la Penitenciario de población privada' (PPL) de la Colombia -INPEC libertad. de conformidad con la Resolución 4005 2016. Establecimientos Carcelarios 7.2. 1. 1 La población privada de la del orden departamental, Entidades territoriales del libertad que esté cumpliendO su distrital o municipal. do orden departamental, ndena o medida de asegoram,'ento conformidad con la Re~olución.. t d' trtt I co L1~e~J~e~d~e~2~O~19~,~~__~~~m __u_n,_c,_pa~Y__IS__a__, __~ en la modalidad intramural inCluyendo r Policfa Nacional, en lo la del sistema de responsabilidad penal en entorno instItucional de 16 correspondiente a las personas que se encuentren detenidas anos o mas.. l' con condena o cump lendo Entidades territoriales del medida de aseguramiento en las Estaciones de Poficla orden municipal y ~istrilal r.F;;is::ca:=;;lI"a"'G"'e"n"e"ra"il'-d;'e"'i'ta""'N"a""Clcc6"n,~ Entidades territoriales del en lo correspondiente a las orden municipal y dlstrital personas que se encuentren detenidas cumpliendo condena o cumpliendO medida de RESOLUCiÓN NÚMERO;'di:;0599 12 MAY DE2021 2021 Hoja No. 9 Continuación de la resolución: "Por la cual se establecen tento Jos responsables de la Qf!fJ~fBción de JI! información, como los "lsponsebles del reporte de información de la (JOb/ación priorizade en las e/epaS 2, 3 Y 4 de Que treta el artIculo 7 del Decreto 1()¡¡ de 2021 modificado Dor los Decretos 404 v 466 de 2021. v se dictan otros disDOSiCiOMS" aseguramiento en las Unidades de Reacci6n Inmediata INPEC para los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional para la Instituto Penitenciario población privada (PPL) de la libertad, de conformidad con la Nacional de Colombia - INPEC.
Resolución 4005 2016", Establecimientos Carcelarios del orden departamental, dislrital o municipal, de conformidad con la Resolución 7.2.1.2 Personal de custodia y 1838 de 2019 vigilancia de la población privada de la Policía en lo Nacional. libertad y personal encargado del' correspondiente a las personas suministro de alimentación al interior de los establecimientos de reclusión. que se encuentren detenidas Entidades territoriales del con condena o cumpliendo orden departamental, medida de aseguramiento en muniCipal y distrital. las Estaciones de Policía Fiscalía General de la N-aCión, en lo correspondiente a las personas que se encuentren detenidas cumpliendo condena o cumpliendo medida de aseguramiento en las Unidades de Reacción Inmediata 7.2.1.3 Los Bomberos de Colombia Bomberos de Colombia Bomberos de Colombia 7.2.1.4 Los Socorristas de la Cruz Cruz Roja Colombiana Cruz Roja Colombiana Ro'a Colombiana 7.2,1.5 Los Socorristas de la Defensa Defensa Civil Defensa Civil Colombiana Civil.
Colombiana Alcaldía Municipal o Distrital '/7.2,1.6 Los Habitantes de calle departamentos con áreas no Entidades territoriales del po, las alcaldJas municipalizadas identificados (listados nivel departamental, censales), municipales Fuente de municipal y distrital información. 7.2.1.7 Los Controladores aéreos y Aeronáutica civil Aeronáutica civil los bomberos aeronáuticos. 7.2.1.8 Los Pilotos y auxiliares de Aeronáutica civil Aeronáutica civil vuelos internacionales 7.2.1.9 Talento humano que se Instituciones, fundaciones y Entidades territoriales del desempena en los servicios sociales departamental, que atienden nivel paca la atención de población en organizaciones población en situación de calle municipal y distrital situación de calle. 7.2.1.10 Talento Humano de las Comisarias de Familia encargadas de Instituto Colombiano de Comisarías de familia Bienestar Familiar -ICBF la atención y protección a población víctima de violencia ¡ntrafamiliar. 7.2.1.11 Tripulación de barcos Empresas de lineas marftimas o Direcci6n General internacionales de transporte de carga naviera Marltima residentes en Colombia. 7.2.1.12 Talento' humano de atención Unidad Nacional para la Gestión Unidad Nacional para la en campo de emergencias y desastres del Riesgo de Desastres- Gestión del Riesgo de de la Unidad Nacional para la Gestión UNGRD Desastres- UNGRD. del Riesaa de Desastres- UNGRD. 7.2.1.13 Talento humano de atención Ministerio de Salud y Protección Ministerio de Salud y en campo de emergencias y desastres Social Protección Social que hacen parte de las entidades territoriales y de la Oficina de Gestión Entidades territoriales del nivel Entidades territoriales del Territorial, Emergencias y Desastres departamental, municipal y nivel departamental, del Ministerio de Salud y Protección distrital municipal y distrital.
Social. ·,,1"·v _ 0599 12 MAY 2021, RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 10 Conllnll8ddn de III rosoluclÓII: ~PM 18 CUDISO C$fobIcc:fJn lonto /0$ re.sponssbl6$ do lo goncfoción do le Informoción, como Jos "lJponSSbleS dol reporte de rnformeci6n dtl fa pobl~ priO!izade en Illl el8pos 2, 3 Y 4 de qUe frele o/ 8fflcu/o 7 del Decrelo 109 de '2021, modificado fKK /os Docmlos 404 y 466 do 2021, y so didrm otrBS disposicionfJs·.
Parágrafo. Para los deportistas y oficiales que representen al pafs en el extranjero en los juegos Ollmpicos y Parallmpicos Tokio 2020+1, si es que como requisito para participar se exige estar vacunado contra el COVID-19. el responsable del reporte de la información a este Cartera Ministerial es el Ministerio del Deporte. Articulo 4. Mecanismos para el reporte de "información. La información de las poblaciones priorizadas que pertenecen a las etapas 2. 3 Y 4 de que trata el articulo 7 del Decrelo 109 de 2021, modificado por los Decrelos 404 y 466 de 2021, debe ser reportada al Ministerio de Salud y Protección Social.
En su página web se publicarán los formatos que deben diligenciar los responsables del reporte de la información. Si la información no es reportada en los formatos mencionados, no es procedente su registro en la plataforma MIVACUNA COVID-19. Parágrafo. Conforme a lo establecido en el inciso segundo del articulo 8 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021 t tanto los generadores como quienes reportan la información de que trata la presente resolución, son responsables de su veracidad y completitud y deberán crear y disponer mecanismo de consulta para que la población pueda solicitar la revisión de su caso, si lo considera necesario.
Articulo 5. Plazo para el reporte da la infonnación. Las entidades responsables de reportar la información de las poblaciones priorizadas que pertenecen a las etapas 2, 3 Y 4 de que trala el articulo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404 y 466 de 2021. deben hacer un primer cargue antes del 30 junio de 2021 y posteriormente, podrán actualizar la información reportada, durante los diez (10) primeros dfas hábiles de cada mes, hasta finalizar la vacunación contra el COVID-19 a nivel nacional.
Parágrafo. Las entidades responsables de reportar la información podrán reportar problemas o inconsistencias que se presenten durante el cargue de la información a los siguientes correos electrónicos: soportepisis@minsalud.gov.co y THSCOVID@minsalud.gov.co Articulo 6. CertificljIción de la validación de la inform8ción. El gerente. director o representante legal de cada una de las entidades o instituciones relacionadas en el articulo 6 de la presente resolución, deberán certificar por escrito al Ministerio de Salud y Protección Social la validación de la i~formación reportada..
Articulo 7. Tr8tamiento de Información. De acuerdo con lo definido en el articulo 31 del Decreto 109 de 2021, las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información seran responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionadQs con el tratamiento de información que les sea aplicable, en el marco de la Ley Eslatutaria 1581 de 2012 y de la Ley 1712 de 2014, del Capitulo 25 del Titulo 2 del Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del2015 y las normas que las modifiquen o sustituyan, en vir:1ud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confrdencialidad y veracidad de la infonnación suministrada y sobre los datos a los cuales tienen acceso.
Articulo 8. Seguridad de la inform8ción. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades que reporten los datos deben enviar los archivos firmados digitalmente para garantizar su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, es necesario usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente. 11 )/¡~Y 102\ RESOLUC1Ó~1 NÚMERO' ',0~0599 DE 2021 Hoja No. 11 Conlinuli{;¡(¡n de la reso/UCIÓIl, 'Por la euel se eslBblect!n torAo 1m; fl!sponsoblfJS de /11 gen(}rar;l6n de 111 Informacl6n, como los "ljpoflSRbles del ~por1e de Información d() la pOblar;iCm prior/ladll en I~ etapas 2.,;
Y "de q¡¡¡¡ trilla el articulo 7 Ó¡;II Dec""/o 1()9 do 2021, modific~do pOrlos Decrotos 404 y 4~6 de 2021, y se die/en otrasd¡sposir::lOfles· Artículo 9. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación. pueLiQUESE y CÚMPLASE I. Dada en Bogotá, D.C., I I,.