República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMERO~H)(}551 DE 2021 ( 27 ABR 2021 ) Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información del talento humano en salud, el personal de apoyo logistico y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el COVIO -19 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por los numerales 3 y 7 del Articulo 173 de la Ley 100 de 1993, el articulo 112 de la Ley 1438 de 2011, el numeral 12 del articulo 6 del Decreto 4107 de 2011 y en desarrollo del articulo 8 del Decreto 109 de 2021, Y
CONSIDERANDO
Que a través del Decrelo 109 de 2021 se adoptó el Plan Nacional de Vacunación con Ira el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la vacuna, así como las responsabilidades de los diferentes actores que participan en el procedimiento de vacunación, disponiendo en su artículo 8 que para la identificación nominal de algunos grupos poblacionales priorizados de los cuales este Ministerio no disponga de información, solicitará a las entidades públicas o privadas la entrega de ésta, mediante los mecanismos electrónicos que se definan.
Que corresponde a este Ministerio mantener actualizada la base de datos maestra de vacunación, de acuerdo con la disponibilidad de los datos que envíe el generador de la información, tal como lo prevé el mencionado artículo 8 del Decreto 109 de 2021. Que a través de las Resoluciones 295, 369 Y 493 de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social habilitó la plataforma de transporte de información PISIS del Sistema Integrado de la Protección Social- SISPRO para el cargue de los registros que identifican a los habitantes del territorio nacional y particularmente, el talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud Que para garantizar la consolidación de la información de la base de datos maestra de MIVACUNA y continuar con la implementación de la ruta de vacunación contra el COVID19 se requiere contar con la información actualizada de dicho personal, por lo que se autorizara mantener de manera permanente Que en mérito de lo expuesto, RESOLUCiÓN NÚMERO~!l~G551 27 ABR 2021 DE 2021 HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información del talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica c/fnica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el ca VID - 19"
RESUELVE
Artículo 1. Habilitación permanente de los reportes de información. Habilitar de manera permanente el cargue de los reportes de información de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS del talento humano en salud. el personal de apoyo logistico y administrativo y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, por parte de los responsables de dicho personal, conforme a lo establecido en el Anexo Técnico 2 que hacen parte integral de este acto administrativo.
Los prestadores de servicios de salud inscritos como profesionales independientes en el Registro Especial de Prestadores de Salud - REPS reportarán la información del talento humano en salud y el personal de apoyo logístico y administrativo, en los casos que aplique, a través del formulario contenido en el Anexo Técnico 1 que hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo.
Si las entidades responsables de reportar la información aún tienen personal que, de acuerdo con su criterio, pertenecen a la etapa 1, podrán realizar el reporte, pero el registro quedará cargado en la etapa 2. Artículo 2. Gestión de información. Los responsables del reporte de la información podrán insertar, actualizar y eliminar registros de acuerdo con las necesidades de información del personal señalado en el artículo 1 del presente acto administrativo, durante el periodo allí establecido.
Artículo 3. Responsable de la veracidad de la información. El gerente o director de los prestadores de servicios de salud, esto es, instituciones prestadoras de servicios de salud, profesionales independientes, prestadores con objeto social diferente y transporte especial de pacientes, tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud como de los regímenes Especial y de Excepción, de las secretarias departamentales, distritales y municipales de salud o quienes hagan sus veces, de los laboratorios de salud pública departamentales, distritales y de las universidades, del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y del Instituto Nacional de Salud, según corresponda, serán los responsables del cargue, la identificación del talento humano y de expedir la certificación de veracidad de la información. Artículo 4.
Tratamiento de la información. De acuerdo con lo definido en el artículo 31 del Decreto 109 de 2021, las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información que les sea aplicable, en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y de la Ley 1712 de 2014. del Capitulo 25 del Titulo 2 del Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del 2015 y las normas que las modifiquen o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tienen acceso y la misma solo será utilizada con fines del reconocimiento del talento humano en salud de que trata el articulo 8 del Decreto 109 de 2021.
Artículo 5. Seguridad de la información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual los protege garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para la firma digital de los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente. 27 ABR 202\ RESOLUCiÓN NÚMERÓ ~ a(';
G5 51 DE 2021 HOJA No 3 Continuación de la resolución 'Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información de/talento humano en salud, e/ personal de apoyo loglstico y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de prognilm8S técnicos, tecnológicos y univ81Sitarios de ciencias de la s81ud en práctica clfnica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación con/ro el COVID - 19~ Los profesionales independientes no requieren de firma digital, conforme el Anexo Técnico 1 de esta resolución. Artículo 6.
Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLiQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá. D'C:.2 7 Minis ro de Salud y Protección Social VlCeministto de Salud Pública y Prestación de Servicios Jt/! Oirecclón de Prestación de Servicios y Atención Primaria Tf'Oficina de Tecnologra de la Información 'J la Comunicación - nc Directora Jurrdica \ 27 ABR 2021 RESOLUCiÓN NÚMER~ O8 () 5 51 DE 2021 HOJA No4 ContinuaciOn de la resolución -Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información del talento humano en sslud, el personal de apoyo logfslico y administrativo de los pros/adores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica cllnica en un prestador d9 servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación controeICOVID-19" ANEXO 1 FORMULARIO PARA EL REGISTRO DE INFORMACION DE TALENTO HUMANO EN SALUD Y DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO PARA VACUNACION POR COVID19 PARA LOS PROFESIONALES INDEPENDIENTES INSCRITOS EN EL REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD los prestadores de servicios de salud inscritos como profesionales independientes en el Registro Especial de Prestadores de Salud - REPS, reportaran la información del talento humano en salud, y el personal de apoyo 10915tioo y administrativo, en los casos que aplique, para la priorización de la población para la vacunación contra el COVID·19 a partir del formulario electrónico dispuesto por el Ministerio de Salud y Protección Social en https:flweb.sispro.gov.cof, en el enlace resaltado: PISIS Pilt,fo,"" ~ 1'*'9" atiOn (!ti StSPRO PISIS Cllenle Neo para enviar Archtvos OnC:~1VoI1a:tpIII:~eoDn PIS/S CIIffiIe 'leo 11tH! le pr-rmIIt,todlll" '1 ~III" kit 1!d10V0"i Estaóo de los ArcOiW enviados fN>oriar datos cargadOS Anexo TécnICo de priorIzaCión de vacunacl6n COVlD·19 Pr1o!1zaclÓD vacunación COYlD-19 profesionales ~pEmÓren:es en SélluQ ESTRUCTURA DEL FORMULARIO El formulario de registro del TALENTO HUMANO EN SALUD, DEL PERSONAL DE APOYO lOGISTICO Y ADMINISTRATIVO de los Prestadores de Servicios de Salud inscritos como Profesionales Independientes debe incluir registros únicos tomando en consideración los siguientes campos: ".s. ~§E 8.
No., 2 Nombre del campo Tipo d. reportar persona Tipo de documento d identificación "'.. e ~ u '::E~;::, 1" 2 1"."",• o Valores pennitidos.,. o:• Tipo de persona a reportar P - Profesional A - Persona de apoyo Tipo de documento de identificación de la persona de talent humano en salud $; $; ce Cédula de ciudadania CE Cédula de extranjeria PA Pasaporte PE Permiso esoecial de oermanencia Número de documento de identificación del talento humano en salud Primer apellido del talento humano en salud $; 17 1" 4 Número de document de identificación Primer apellido 60 1" 5 Segundo apellido 60 1" Segundo apellido deltalenlo humano en salud No 6 Primer nombre 60 1" Primer nombre deltalenlo humano en salud $; 7 Segundo nombre 60 1" Segundo nombre del lalenlo humano en salud No 3 $;
RESOLUCiÓN NÚMERO ~ ODO5 51 oJ. 7 ABR 20~b21 HOJA No 5 Continuación de la resolución "Por la cua! se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información del talento humano en salud, el personal de apoyo logistico y administrativo de Jos prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y Jos estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el VID - 19" ca 8 Código del municipiO 5 1" Código del municipio de ubicación de la Sede del Prestador Ve, le tabla de MUNICIPIO referencia eo SI Dttp_!'rijyv-ªb~~PLO~º_'L..q¿¿yvebPLlbli~9IConsl~.L®/Consultarfl~1 ~nci.aBª;;jcRª;m~_donde se encuentran los valores permitidos 9 Perfil profesional 7 1" 10 Código entidad 12 1" 11 Nombre entidad 200 1" 12 Servicio • 1" V" Aplica únicamente para profesionales en salud Código del perfil del profesional, ver la tabla de referencia THSPerfil en httº.?.:!1~IilJ:L"!§PIQ,9Q\,I&9-"~~¡'eb!?.~,-ºJk;9j-º-ºmJI!iª§LGºllSl1JtwR§!1;21 enGiaBa sica.aspx.donde se encuentran los valores Permitidos Para Prestadores de Servicios de Salud REPS Ver la tabla de referencialPSCodHabilitacion en b1iQs:l!web.sl§Qro 99'y'.Q9IWebPliºJ.lco!Consl.lILa~iCºnsuILarRefel eneiaBa ~ica.3sRLdonde se encuentran los valores permitidos Nombre de la Sede del Prestador Código del servicio le tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID SI SI SI SI eo Qtlpj¡J/web.sL~Qf9---l10V,coJYILEtQE'.l!ºI.i.r;..Q!.r:.2D~.I¿I~.sJConspltgif'&É.J. endaBa sica,8sQx donde se encuentran los valores permitidos 13 Area COVID,.
Dedicación 2 2 1" 1" Código área COVID AreaCovid eo tabla de referencia V" la J:lfJm;.:aweb.. si~PJ.QJlº~90fI.!I!gP.eJI,ºJLcQLQ.9lJgjJtª2l(:-º.Il~lllta.rJ1Q.fe.[ ~.!lc;i.ª--E3.ª §.ica.,.ª~º-~,donde se encuentran los valores permitidos 01 - Area COVID - Otra Área Código de tiempo de dedicación del personal de apoyo Ver la tabla de referencia TiempoDedicacion en SI S, hltps,llv.,.eb.si~ro..&ov.coMJebPllblico!Consultas!ConsllItarRª~ gllc;i,ª~.a §1.c:.a.,.§ls;p)tdonde se encuentran los valores permitido 01- Tiempo completo 02- Tiempo parcial 03 - Ocasional 15 Cargo 3 1" Código del cargo Para profesionales tabla de referencia REPSCargoAsistencial para personas de apoyo ver tabla de REPSCargoApoyo en referencia V" ht!Rs:!A\'lilb,si§QlQgoV,.ººf.\!Ye_bE:\Jbliºº{QpJ]2\11.tª~~9J:lS.tJ.Itai.~.¡;"fp( em;:Jª.Ba l?iC.8 ª.spx SI RESOLUCiÓN NÚMERO ~ (1 ~;
O551 27 ABR 2021 DE 2021 HOJA No 6 Continuación de la resolución "Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información de/lalento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológiCOS y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19" ANEXO 2 THS123COVI- REPORTE DE INFORMACION DE TALENTO HUMANO EN SALUD Y DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO Y LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO/POSTGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD EN PRÁCTICA ClÍNICA EN UN PRESTADOR DE SERVICIOS DE SALUD INCLUIDOS LOS INTERNOS Y RESIDENTES, PARA VACUNACION POR COVID19 Los prestadores de servicios de salud, esto es instituciones prestadoras de servicios de salud, con objeto social diferente y transporte especial de pacientes habilitados en el Registro Especial de Prestadores de Salud - REPS del SGSSS y los prestadores de servicios de salud de los Regímenes Especial y de Excepción, las entidades territoriales, los Laboratorios de Salud Pública, el Instituto Nacional de Salud - INS y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses - INMLyCF enviarán a este Ministerio un archivo con la información relacionada con el talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo, y los estudiantes de pregrado y postgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica en prestador de servicios de salud, incluidos los internos y residentes, para la priorización de la vacunación COVtD-19 a través de la plataforma PISIS, Las diferentes entidades deberán reportar la información así: • • • • • • Las instituciones prestadoras de servicios de salud, aquellos con objeto social diferente y el transporte especial de pacientes deben reportar los profesionales de salud, técnicos y tecnólogos en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo y los estudiantes de pregrado y postgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, incluyendo los internos y residentes.
También deben reportar los prestadores del SGSSS y los prestadores de los regímenes Especial y de Excepción. Las entidades territoriales deberán reportar el personal de salud asistencial que hacen seguimiento a contactos. Los laboratorios de salud pública deben reportar el personal de salud que toma muestras y procesa muestras de COVID-19.
Las instituciones de educación superior con programas de ciencias de la salud, de programas técnicos, tecnológicos y universitarios donde sus estudiantes deben realizar prácticas clínicas en prestadores de servicios de salud. El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses deberán reportar los técnicos en patología involucrados en manejo de cadáveres.
El Instituto Nacional de Salud deberán reportar i) el personal que toma muestras para COVID19 (intramural y extramural), que manipula y procesa dichas muestras y 2) Técnicos y epidemiólogos que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19.
Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: 1, 2, 3. 4. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACiÓN DE LOS ARCHIVOS. CARACTERíSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS, PLATAFORMA PARA EL ENVío DE ARCHIVOS. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO. 1, ESTRUCTURA Y ESPECIFICACiÓN DE LOS ARCHIVOS a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información del TALENTO HUMANO EN SALUD, DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO Y LOS ESTUDIANTES PARA VACUNACION POR COVID19 debe cumplir con el siguiente estándar: RESOLUCiÓN NÚMER<f (} ti G5 51 D~ 7 ABR 202do21 HOJA No 7 Continuación de la resolución ·Por fa cual se habilita de manem ponnanenle el cargue de los registros de /a información del la/en/o humano en salud, el personal de apoyo logls/ieo y adminislrotivo de /os prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica cITnica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19" Componente del nombre de archivo Módulo de información Tipo de fuente Tema información de Fecha de corte Valores permitidos o formato longitud fija Descripción THS Identificador del módulo de información 123 Fuente de la información:.. o Prestadores de serv1C1os de salud (IPS, Objeto Social COVI AAAAMMDo Tipo de identificación de l. entidad que reporta ZZ Diferente y Transporte Especial de Pacientes), o Entidades territoriales, o educación Instituciones de superior o Laboratorios de salud pública o Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses o Instituto Nacional de Salud Información del talento humano en salud y del personal de apoyo loglstico para vacunación COVID·19 Fecha de corte de la información reportada.
Tipo de identificación de la entidad que reporta la información. ·Si es una Entidad diferente a entidad territorial: se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT. S; corresponde uoa Dirección Territorial del orden Departamental: se debe especificar DE S; corresponde un• Dirección Territorial del orden oistrital: se debe especificar DI S; corresponde un.
Dirección Territorial de! orden Municipal: se debe especificar MU Número de identificación de la entidad que envla los archivos, de acuerdo con el tipo de identificaci6n del campo anlerior: Número de NIT sin incluir el digito de verificaci6n para tipo de Identificaci6n • SI 3 SI 4 SI 8 SI 2 SI 12 SI 2 SI • o,. 3 • o Número de identificación de entidad que reporta requerido o NI. o 999999999999 Para tipo de identificación: DE, DI, MU, utilizar código olVIPOLA Se debe usar el carácter CERO (O) de relleno a la izquierda si es necesario para completar eltamal10 del campo.
Ejemplos: identificaci6n NI: Para tipo de 000860999123 identificación DI: Para tipo de 000000011001 P.", tipo de identificaci6n DE: 000000005000 Para tipo,. de identificaci6n MU: 000000005001 Tipo reportante TR tabla de referencia TipoReportanteTHSVacunacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 Prestador de SeNicios de Salud (IPS, objeto social diferente o transporte Es'pecial de Pacientes) Ve' RESOLUCiÓN NÚMER(J\ 27 ABR 2021 O8 0551 DE 2021 HOJA No 8 Continuación de la resolución ·Por /a cual 58 habilita de manara permanente el cargue da los registros de la información del/a/ento humano en salud. el personal de apoyo logfstico y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos. tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica el/nica en un prestador de servicios da se/ud, objeto dal Plan Nacional de Vacunación contra el COVIO - 19" Componente del nombre de archivo Valores pennitidos o formato longitud fija Descripción requerido 02 Entidad Territorial 03 Laboratorio de Salud Pública 04 Instituto Nacional de Medicina legal y Ciencias Forenses 05 Institulo Nacional de Salud Extensión del.!xI Extensión del archivo plano..
TXT archivo 4 SI NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de Archivo Nombre de Archivo longitud Reporte de información de lalento humano en salud y del THS123CQVIAAAAMMOOZZ999999999999TR.TXT personal de apoyo loglstico para vacunación pOr COVI019 b. 38 Contenido del archivo. El archivo de la información del TALENTO HUMANO EN SALUD, DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO y ADMINISTRATIVO Y DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADOIPOSTGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD EN PRÁCTICA CLINICA PARA VACUNACION POR COVI019 está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la informaciOn y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asi: Reqistro Tipo 1 Tipo 2 Tipo 3 Tip04 Descripción Reqistro de control Registro de detalle del talento humano en salud Registro de detalle de apoyo lo istico para la atención en salud Registro de detalle de estudiantes de pregrado de programas técnicos. tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud en práctica cllnica en IPS y prestadores de salud.
Reporte Obtiqatorio Obligatorio Opcional Opcional Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (1) b.1. REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. 'O IU No. Nombre del campo &. o ~~ o~ ¡:: c~ °E.g o o. O Tipo de registro 1 N 1 Tipo de Identificación de la entidad que reporta 2 A Valores permitidos 1: valor que significa que el registro es de control Si es una Entidad diferente a entidad territorial: se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT.
Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental: se debe especificar DE • Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Oistrital: se debe especificar 01. Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Municipal: se debe especificar MU "'",• oo:• SI SI RESOLUCiÓN NÚMERcf'%0551 oF ABR 202:1021 HOJA No9 Continuación de la resolución 'Por la cual se habilita de manera permanante el cargue de los registros de la información del talenlo humano en salud, el personal de apoyo logfslico y administrativo de /os prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de fa salud en práctica cllnica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación con/re el COVID- 19" ni&. ~.§~ No. Nombre del campo.. t: ~ U.'",• o "ti o "¡:: Valores pennltidos.sEGi 2 Número de identificación de la entidad que reporta 12 N 3 Fecha inicial del periodo de la información reportada 10 F 4 Fecha final del periodo de la información reportada 10 F 5 Número total de registros de detalle contenidos en el archivo 10 N Número de identificación de la entidad que envla los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior.
Si es una Entidad diferente a entidad territorial: se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NtT. Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental: se debe especificar Código DIVIPOLA del Departamento • Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital o Municipal: se debe especificar Código DIVIPOLA del Distrito o MunicipiO En formato AAAA·MM·DD.
Debe corresponder a la fecha de inicio del periodo de información reportada. En formato MAA·MM·DD. Debe corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. Debe corresponder a la cantidad total de registros tipo· 2 Y 3. contenidos en el archivo. a o:• SI SI SI SI b.2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE DEL TALENTO HUMANO EN SALUD.
Mediante el Registro Tipo 2, las entidades reportan el detalle de la información del TALENTO HUMANO EN SALUD (PROFESIONALES, TÉCNICOS Y TECNÓLOGOS EN SALUD). Los regíslros se identifican de manera única mediante los campos 2.3 y 9 por lo cual estos no deben repetirse. b.3 REGISTRO TIPO 3 - REGISTRO DE DETALLE DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO PARA LA ATENCiÓN EN SALUD.
Mediante el Registro Tipo 3, las entidades reportan el detalle de la información del PERSONAL DE APOYO LOGíSTICO Y ADMINISTRATIVO PARA LA ATENCiÓN EN SALUD. Los regíslros se identifican de manera única mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse. RESOLUCiÓN NÚMERO,I'\,,~;0551 DE 21 ABR 226~1 HOJA No 10 Continuación de la resolución ·Por la cual se habilita de manero permanente el carguo de los registros de la Información del talento humano en selud, el personal de apoyo lag/sUco y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REP$ y los estudian/es de pregrado y posgrodo de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias da la salud en práctica cHnice en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación con/ro el COVID - 19" o "C" 2"0 _.~ No. Nombre del campo mEE e-. o'u ", " o:" 'C o ~ ¡:: Valores pennltldos 3: valor que significa que el registro es de detalle del personal de apoyo loglstico y administrativo para la atención en salud Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo.
Continua en el siguiente consecutivo en que tenninó el consecutivo del anterior registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo Tipo de documento de identificación de la persona de apoyo <T -'~ E O Tipo de registro, N, Consecutivo de registro '0 N Tipo de documento de identificación 2 A 2 3 60 7 8 Número de documento de identificación Primer apellidO S undoa llido Primer nombre Se undo nombre Municipio 9 '0 4 5 6 '7 A 60 5 A A A A A Cargo 3 A Código entidad '2 A 60 60 CC Cédula de ciudadania CE Cédula de extranjerla PA Pasaporte PE Permiso especial de permanencia TI Taneta de Identidad Número de documento de identificación de la persona de apoyo Primer apellido de la persona de apoyo Se undo a llido de la rsona de a o Primer nombre de la rsona de a o Se undo nombre de la rsona de a o o Código del Municipio de ubicación de la sede de la IPS-Prestador o del laboratorio de Salud Publica o de la sede dellNMlyCF o del Instituto Nacional de Salud Ver la tabla de referencia MUNICIPIO en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Código del cargo de la persona de apoyo Ver la tabla de referencia REPSCargoApoyo en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores ·permitidos Para IPS-Prestadores de Servicios de Salud • REPS- Ver la tabla de referencia IPSCodHabililaclon en web.slspro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Para IPS NO REPS Ver la tabla de referencia • IPSnoREPS en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valotes permitidos Para laboratorios de Salud PUblica Ver la tabla de • web.sispro.gov.co referencia laboratorioSaludPublica donde se encuentran los valores permitidos.
SI SI S; S; S; No S; No S; S; S; '" A • Para Entidad Territorial - Ver la tabla de referencia EntidadTemtorial en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Para ellnstilulo Nacional de Medicina legal Ver la • labia de referencia InstitutoNacionalMedicinaLegal web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
Para ellnstilulo Nacional de Salud Ver la tabla de • referencia InstituloNacionaldeSalud en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. A Nombre de la IPS-Prestador o del Laboratorio de Salud Pública o de la sede del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o del Instituto Nacional de Salud S; '" " Nombre entidad 200 S;
RESOLUCiÓN NÚMERO 21 ABR 2021 t\ Of; O551 DE 2021 HOJA No 11 Continuación de la resolución "Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información del talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitan"os de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicIos de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19" 12 Servicio 4 A Código del servicio Ve,.
Si labia de referencia RedServiciosTHSCOVID en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 13 Area COVID 2 A la Código área COVID Si Ve' la tabla de referencia AreaCovid en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos,. 15 Dedicaóón 2 A Indicador de actualización del registro 1 A 01 - Area COVID 02 - Otra Area Código de tiempo de dedicación del personal de apoyo Ver la tabla de referencia TiempoDedicacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 - Tiempo completo 02 - Tiempo parcial 03 - Ocasional Indicador de actualización del registro: 1: Insertar el registro al sistema A: Actualizar la información del registro E: Eliminar el registro reportado por error Si Si Para el primer reporte de información, se debe reportar I en este campo b.4 REGISTRO TIPO 4 - REGISTRO DE DETALLE DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD QUE EN EL MOMENTO DE LA VACUNACiÓN SE ENCUENTREN EN PRÁCTICA CLíNICA (incluye internos y residentes) Mediante el Registro Tipo 4, las entidades reportan el detalle de la información de LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD QUE EN EL MOMENTO DE LA VACUNACiÓN SE ENCUENTREN EN PRÁCTICA CLíNICA (incluye internos y residentes).
Los registros se identifican de manera única mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse. 27 "BR 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO~" 0 J G5 51 DE 2021 HOJA No 12 Continuación de la resolución ·Por la cual se habilite de manera permanente el cargue de los registros de la infonnación del/a/ento humano en salud, e/ personal de apoyo lag/sUco y administrativo de los prestadores de srJ/vicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica el/nica en un prestador dI) servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra eICOVID- 19" ".;lE No, o o. ¡:: m';( Nombre del campo c~ Valores permitidos.3Eii O I Tipo de' 1 " N 4,~a!0,que I I que el, en, el I,dlnleal 1 10 I N I de I T!po, de 2 A identificación S, ¡~~..r.i:,.
Continua e~ va I 2 11, de los es de pregrado de programas técnicos, universitarios de ciencias de la salud que de la vacunaci6n se encuentren en i I ~:y~e eI:1 ~i de:I~O q~~ i; Cle el consecutivo d e l ' de detalle y, de 1 en 1, hasta el iina' del, de I je 'a pe<sona de, rr r, SI Si ciudadanía ~~ Cédula de extranjerla 3 identifica~~n 4 ""me< l1i lIi 5 6 de Prime< 7 B I_ e, 17 A 60 A 60 A 60 A 60 A S A PA Pasaporte PE TI Taneta de I de de apoyo I de permanencia I I de I '" I de 'a e ) de la persona de apoyo SI )dela persona de apoyo Prime< No Si !de la persona de apoyo Código del ~~~stador la ! de la persona de apoyo No I SI de de 'a sede de 'a 'PS- referencia MUNICIPIO en de donde se encuentran los valores tabla I I 9 Código, 12 A a P,ft, en web.Si~pr~~:;c::!:a:ae:entran los SI '1 _~ara IPS NO REPS Ver la labia de referencia en web.sispro.gov.oo donde se encuentran los valores 10 11 ~r:~ao~a de ~IUd 200 A 4 A SI Nombre de la,a~al ' 'del de Formación para el Trabajo y, o,:a Si Humano Para las Instituciones de Educación Superior Ver la tabla de referencia InstltuclonEducacíonSuperiorSNIES en weh.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Para las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano Ve< 'a tabla de referencia InstltuclonFonnaclonTrabajoyDesarrolloHumanoSI El en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidOS 12 I programa de salud 200 A o la Insti~~~ón de 'de,ode'a para el Trabajo y SI RESOLUCiÓN NÚMERt OOO5 51 ? 7 1I\3R 2.02.\ DÉ 2021 HOJA No 13 Continuación de la resolución "Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información del falento humano en salud, el personal de apoyo lag/sllco y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudianfes de pregrado y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de cienCias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, Objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19" 13 Código del programa de 6 A Corresponde al Código de Programa del SNIES para las SI Instituciones de Educación Superior o de las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano salud Para los códigos de los programas de salud de las Instituciones de Educación Superior Ver la tabla de referencia ProgramaEducacionSuperiorSNIES e' web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos,.
Nombre programa de salud 200 A 15 Tipo de programa 2 A 16 Servicio • A 17 Area COVID 2 A 18 Dedicación 19 Indicador de actualización del registro 2 1 A A Para los códigos de los programas de salud de las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo tabla de referencia Humano Ver la ProgramaEducacionSIET en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
Nombre del Programa de Salud de la Institución de Educación Superior o de la o la Institución de Formación Dara el Traba'o v Desarrollo Humano Ver la tabla de referencia TipoProgramaSaludCOVID en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 -Técnico 02 -Tecnológico 03 - Pregrado Rotación 04 - Pregrado Interno 05 - Residente Código del servicio Ver la tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Código área COVID Ver la tabla de referencia AreaCovid e, web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 - Área COVID 02 - Otra Área Código de tiempo de dedicación del personal de apoyo Ver la tabla de referencia TiempoDedicacion e, web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 - Tiempo completo 02 - Tiempo parcial 03 - Ocasional Indicador de actualización del registro: 1: Insertar el registro al sistema A: Actualizar la información del registro E: Eliminar el registro reportado por error SI SI SI SI SI SI Para el primer reporte de información, se debe reportar 1en este campo 2.
CARACTERíSTICAS DE LDS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. b. c. En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F~Fecha T-Texto con caracteres especiales Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión.txt Los nombres de archivos y los datos de estos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes.
RESOLUCiÓN NÚMEROn " fe O551 17 NlR 1021 DE 2021 HOJA No 14 Continuación de la resolución "Por la cual se habilita de manera permanente el cargue de los registros de la información del talento humano en salud, el personal de apoyo logíSlÍco y administrativo de los prestadores de servicios de salud inscritos en el REPS y los estudiantes de pregredo y posgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud, objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el COVIO - 19" El separador de campos debe ser pipe (1) y debe ser usado exclusivamente para este fin.
Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (1). e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dat03, el dat02 está vacío se reportará así' dat011ldat03. f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas ('''') ni ningún otro carácter especial. g. Los campos numéncos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles, Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. h. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. i. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo.
Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. 1. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro.
Se utiliza el ENTER como fin de registro m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. d.
3. PLATAFORMA PARA EL ENVio DE ARCHIVOS Este Ministerio dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) deISISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web del SISPRO y luego se registran los usuarios de la entidad. Registrar entidad: https://web.sispro gov.co/Entidades/ClienteNerificarEstadoReglstro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en línea o mediante anexo técnico por PISIS.
Registro de usuarios institucionales en línea: https:l/web.sispro.gov,co/Seguridad/ClientelWeb/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEG500USIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Gura de Usuario de Seguridad https:llweb.sispro.gov.co en Control de calidad de los datos.
La plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así' Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado.
Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en' el siguiente enlace: !nms://www.sispra.ga\..ca/ayudas/Pag;cs! Ayudas. aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PIS1S en el siguiente en lace: https:llweb.sispro.gov.colWebPublico/Soporte/FAQ/FAO.aspx