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Resolución431Vigente

Resolución 431 de 2021

Por la cual se modifican los articulos 2 y 3 de la resolución 400 de 2021

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 431 DE 2021 (31 de marzo de 2021 ) Por la cual se modifican los artículos 2 y 3 de la Resolución 400 de 2021 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales. especialmente de las conferidas por el numeral 3 del aniculo 2 del Decreto ley 4107 de 2011 y el parágrafo 7 del artículo 7 de! Decreto 109 de 2021, y

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución 400 del 25 de marzo de 2021 se realizó la asignación a los departamentos y distritos del territorio nacional de 244.800 dosis de la vacuna de la empresa farmacéutica AstraZeneca (ChAdOx-S· RECOMBINANTE AZD1222), entregadas al Estado colombiano, el20 de marzo de 2021, para continuar con la ejecución del Plan Nacional de Vacunación contra el COVIO - 19.

Que la vacuna del laboratorio AstraZeneca puede ser almacenada en condiciones de refr"lgeración entre +2~C y + 8°C por lo cual se puede enviar a todos los municipios y distritos del país. Que según reporta el Grupo Gestión de Operaciones de este Ministerio a la fecha ya fueron despachadas ladas las dosis de vacunas del laboratorio AstraZeneca asignadas mediante la Resolución 400 de 2021.

Que según la información brindada por el laboratorio SINOVAC, durante la primera semana de abril de 2021 el Ministerio de Salud y Protección Social no recibira las dosis que inicialmente se habían programado, lo cual afecta directamente el correcto desempefio del Plan Nacional de Vacunación, particularmente el agendamiento de personas mayores de 70 años cuya búsqueda y programación ha sido adelantada por las entidades territoriales.

Que, atendiendo la obligación de este Ministerio de garantizar el principio de eficiencia establecido en el literal k del articulo 6 de la Ley 1751 de 2015. que procura la mejor utilización social y económica de los recursos, servicios y tecnologias disponibles para garantizar el derecho a la salud de toda la población, y dadas las circunstancias sobrevinientes con relación a la entrega de vacunas por parte del Laboratorio SinoVac Biolech, es preciso incluir a las personas mayores de 70 años dentro de la población a inmunizar con la vacuna contra el COVIO-19 entregada por la empresa farmacéutica AstraZeneca y en consecuencia, modificar los articulas 2 y 3 de la Resolución 400 de 2021.

En mérito de lo expuesto, I I,,. • RESOLUCIÓN NÚMERO 431 DEL 31 DE MARZO DE 2021 • Hoja No. 2 RESUELVE Articulo 1. Modificar el articulo 2 de la Resolución 400 de 2021, el cual Quedara as': "Attlculo 2. Asignación do dosis. Asignar 244.800 dosis de la vacuna contra el COVID-19 entregadas por la empresa farmacéutica As/raZances, a los I departamentos y distritos que se sena/an 8 continuación, as!: ENTIDADES TERRITORiAlES.., 3.120 • • • Articulo 2.

Modificar el articulo 3 de la Resolución 400 de 2021, el cual que<lal!~ así: "Articulo 3. Responsabilidades de les entIdades territoriales. Los departamentos y distritos 8 los que se asignaron dosis en el ar1fculo anterior deberán inmunizar con es/as. 8 /a población de 708 79 años y ademas: • RESOLUCiÓN NÚMERO 431 DEL 31 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 3 Conllnuaci6n de la resolució~ 'PorIB cUill se modifican los Drllculos 2 y 3 dfl/n Rf}SDlución 400 do 2021" Continuar la vacunación de la población de 80 años y más has/a tanto se culmine esta inmunización. 2.2, Establecer estrategias de agendamiento presencial cuarldo se esté ago/arldo fa etapa de vacunaciórI, abierta a /a fecha, de fas difererlles grupos poblacionales. 2,3 Incluir a los Regimenes Especial y de Excepción en la distribución de las dosis asignadas medlanle la presente resolución y garantizar su enlrega, así como las asignadas a través de los demás acfos administrativos expedidos por este Ministerio. 2.4.

Remitir a más tardar el6 de abril de 2021 un informe de desemperio de cada uno de los municipios de su jurisdicción con la información de los grupos poblacionales a los que a 5 de abril les haya aplicado la vacuna de la farmacéutica AstraZeneca de que Irala la presente resolución. 2.1. Parágrafo. Las vacunas asignadas en el artículo 2 continuarán siendo aplicadas hasta el 2 de abril de 2021 al talento humano en salud de que tratan fos numerales 7.1.1.2 a 7,1.1.8 Y 7.1.2.2 a 7.1.2.6 del articulo 7 del Decreto 109 de 2021 ya partir del 3 de abril del presente año se aplicarán las restanles, a la población de 70 a 79 años en los ténninos aqui previstos".

Articulo 3. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y modifica los articulas 2 y 3 de la Resolución 400 de 2021. PUSLÍQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., 31 MAR Aprobó: Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios D,rección de Promoción y Prevención Dirección Jurldica