República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚM~~B (} () 3 OODE 2022 ( 2 1 FEB 2022 ) Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades territoriales EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y, en desarrollo del numeral 19.5 del Decreto 109 de 2021 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 49 de la Constitución Polítíca, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad".
Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" dispone que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.
Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que la Ley 2064 de 2020 declaró de interés general la estrategia para la inmunización de la poblacíón colombiana contra la COVID-19 Y.1!utorizó al Gobierno nacional para adquirir tecnologías en salud destinadas a prevenir, atender y monitorear cualquier pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud - OMS, con el fin de conformar y mantener una reserva de estas, que le permita tener capacidad para responder a situaciones que llegaren a incrementar su demanda.
Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630,744 Y 1671 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 en el que se estableció, entre otros aspectos, la población objeto, los criterios de priorización, las fases, las etapas, la ruta para la aplicación de la mencionada vacuna, las responsabilidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud como de los administradores de los regímenes especiales y de excepción radicando en este Ministerio tanto la obligación de suministrar las vacunas, las jeringas y' el carné, así como las actividades exclusivas de importación, acciones que resultan necesarias para continuar RESOLUCiÓN Nú8100lü O3 OO DE L 1 fES 2022 2022 HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades territoriales" con la operación del citado plan.
Que el Estado colombiano suscribió acuerdos vinculantes con diferentes agentes para adquirir la vacuna contra la COVID-19, a través de la plataforma COVAX y con los respectivos fabricantes, lo que ha permitido que ingresen al pais en el periodo comprendido entre el 16 de febrero de 2021 y 16 de febrero de 2022, un total de 90.829.024 dosis de los biológicos de los laboratorios Pfizer, Sinovac, AstraZeneca, Janssen y Moderna Sw.itzer!and.<3mbH, los cuales cuentan con autorización de uso de emergencia por parte del INVIMA.
Que la OMS ha reconocido que en todo programa o plan de vacunación existen circunstancias que son propias de este tipo de procesos, en donde se presenta un alto porcentaje de pérdidas programáticas de biológicos que pueden ser ocasionadas por distintas situaciones; para el caso de la vacuna contra la COVID-19 se han identificado como principales causas las relacionadas con contaminación, error en la dosificación, error en la manipulación, error en la reconstitución o dilución, fallas de fabricación o calidad, vial roto, interrupción de la cadena de frio, política de frascos abiertos, vacunas que exceden el tiempo de almacenamiento en refrigeración y vencimiento. r: -;, j Que en ese sentido, con corte al 31 de enero de 2022, las entidades territoriales que se señalan a continuación, han reportado a esta Cartera Ministerial la pérdida de 186.440 dosis de biológicos de los laboratorios de AstraZeneca y Moderna Switzerland GmbH, por los siguientes motivos: Ir i Entidad territorial ~Jj ~." l¡il ~ e ~ ~.~.!i '0 12~.g. ~ ~~ g,g _ '0 ", '~. w~ ~ ~.,3 ~ ~ Amazonas 9 22 San Andrés t IL__ -Barranciüiria - L ___ ~--.-- 10 Boyad ---- ~ ", 1- - 1 Caldas, r _.
Cartagena ~e G 'g I Choc6 -- [.. Cundlnamarca --OUavlare - -.. "-- 1-- --- 214- 1- 'i89 17 ¡¡,.~ > ~ 2, 20. 41 ____ 1.312 95, I I I 236 13 11 10 -- 17. 10 ¡ l. 10 34 1.883 953 I:. I I 4 360 - ! 6 i ---.f· 51.912 --52.382-- 3.957 6.851 125: 85, t I,_3~_ _. '--861- ['-1---'---, fooa -------_. 1.869, i 10; 10 ! 24.- -~-LJ 20 1 1- "20-;, 46 i,, 20, I 39 20 10 I 61 1.006-- ~ 1.438. -1--j-.. ! 9 ! i I I I.--- -" - - --- - -- 826 _3~_L.. 18 35 I 11,., ! 155 i - i--l-'-. 40 I 66T ! J 116 -~._-,,,, --1-:=1-_ t Q, i 145 " 10 - -,- ¡~1l,~~~ ':S"~;~'= lti vs'Q ro I 188 I 49 - ~ l 'S 1 lil ~.6 ! 10 --~_. 6 i: !l.e..8'~ =.j'" +._- l¡¡--r-LJ _. 8 1---- -21 ---.., Córdoba Hulla = ';;: Cesar 1 ~ ~ 2 45 3 2T- §,: 'O Ql.g I u.: ~ Cauca ~~--- r J:: Caquetá - -~é8sanare --~--- - -, t{l 10 ~ "Buenaventura -- ~~ ¡ ~ ~.g.<¡~~~I~:.~ ~:g t Bogotá, D.C. 8 !ii 1 8 1:-:.!!!: =, e ~ 13 ' -" ¡ 8..' ª I. AstraZeneca 111 1", 2 --~. l'! ~ ro ~ ~I I -- i' Solivar ero I 181 75 25 AUAntlco, 356,1 Antloqula ~.
Total Motivo de pérdida vacuna AstraZeneca, ' 8 60 10 1 • -r I I I, r I 'i¡ j • 112 106 I '-1 334 ! 526 J, 40 --- - 227 1.170 617 -, - I 1.105 I --1 1.490 20 7.017; 194 - --- 8 -..-.- 7.124 RESOLUCiÓN NlIttitOOO O3 OO DE 21 ITB 20'22 2022 HOJA No 3 Conlinuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades tem'toriales" ¡---L:-.-:G:-ua~JI:-ra---;--:";:';'::=¡;;';';"'-"F=~=;;;;;';¡i ~44~i==:';;':==;:';;;;;';';I=~;;;;;;;';;';;""--"""--44,.,..---1 Magdalena Meta Nartl\o 16 I 10. 10 Putumayo. -Q'ui;idio---~- 92, 2.679 i io' --,- '--,¡ - -- -- 65- 45 2 Rlsaralda ! 10 24 10 Norte de Santander -- ! 22.153 25.801 ~4-~¡-- ~------_. 8 i r; 43 10 Santander 10 Tollma, 151 Suero 1 10 i - ¡_.- --- 309 437 307 572 ---- t --'85~: 2.714 ¡ 98 I 96 413 I, 1 21 I I 13 --------vaiiedel Cauca I I 13 Santa Marta I I ---- 121 65 32 Vaupés I ¡ i Vlch.d. I 61 11.347; 30 _._ 61 82 I 3.516 125.603 106.332· L __ l. ___.t-._ •••• __ • _ _ _ _ _ _ _ ~~ _ _ ~_ _ _ ~ Consolidado pérdida de vacuna Moderna Switzerland GmbH Motivo de pérdida vacuna Moderna !§ i i 1 Entidad territorial i'! 'E.8 '" m '" m __.. _______U,LJ 4 Antloquia San Andrés 11,:1.66 24 I 1 Atlántico BogoL!,O.C. 14 I -Boiivar---.. 4 4 8 -15 -'- Boyaeá 4 29 271 24 ~'199' 26... - I -.. 1- c-- 22.780 962 ! 8 ' I Buenaventura 1.000 414 1.414 ~1~'------+--+---+-'I+---+-~+-,,+---+----+--r--r---~73~3-r-'I'.5Wru>r-'2~.3~72,-1 34 5 14 I 14.L_L _. ~au-,-"- _ _ Cesar Cundln.ma;ca I _2_0+-_+_; 31 Magdalena I -=f. ----: ~-l' ¡--u:::::;¡:=-:ia_re_-_-_-_---¡·. • 13 ---24 47 -7 50 9 ¡ 5 - ···1~;- - ¡ - -_.
I 672 - ---. - 764, ---:-;-1 94 44 126 158 '1'/64 --------358 876 i 2 1 FEB 2022 RESOLUCiÓN Nlw0~ü0300 DE 2022 HOJA No4 Continuación de la resolución 'Porla cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades territoriales", I 10., 2.985 2.995 Putumayo I 1._ - - -I - _ ---1 - --l- - --~- _-l- - - -30~ - -+ - I-- 3 ' (¡ulndlo 1· 10 44 I ¡: 5. 71 2: 2 ' 17 RIsaralda 1; _J_ I I Santa Marta --- - - - -+-'1 ~.- ~ -...- 1- so --Santander, ~ ---~---~-- " Sucre -. >-- - - ~ - T -2..._L, <- - -- t-- 14 1 I 1 -1 ( 131 ---- ----L- 2 44 ~ ~ --r1.698 ¡ 14 -_ _. - ~ 140 ¡ Zona Franca 33 - -, - - L 487 ': ¡ ~14--.- -- ~-- -,. -------+-~--I- Valle del CauCa 28 31.-V~UPéS _.- ----'~--~--~--~--T-·.~ - 11 - ---. -. __. 10_..1_._._ -__82 - - 4S'- "~ 42 i 1:h 44 I Talima. -1- •. -.._-~- 655 ¡ - 174 ! - -Ü-, ---.~~'~ -. • 546 ~-~--+-----o---~--~ 3.990. -- - 2.605 '"1"" 9.067 ~ -13, t40 -.----~- - -4. 101 '1 ---1--- -11.700 - ----69-~ - -32232 -"~ - 8.356 -~----Total ge"neral 7 45 345 636 2.51~ 28 56.037 --._-- -'- - '- - -" -. ------~_. -- ---~ -~.-. --~. '- ~ -~ -'~ '-' Que, atendiendo a las circunstancias anotadas, este Ministerio, solicitó a los laboratorios AstraZeneca y Moderna Switzerland GmbH la reposición de las dosis reportadas como pérdidas, solicitudes que fueron aceptadas por ambos laboratorios, en el sentido de reponer los biológicos, remitiendo el laboratorio AstraZeneca 163. 200 dosis de la vacuna contra la COVID-19 y'42.000 dosis del laboratorio Moderna Switzerland GMBH.
Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, informa a través del memorando 202221110061663, que se cuenta en el centro de acopio nacional con 205.200 dosis disponibles de biológicos de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca, para reposición por pérdida. Que atendiendo a la disponibilidad de biológicos entregados por los laboratorios y a la información de dosis reportadas como pérdidas por las entidades territoriales, la reposición de las vacunas del laboratorio AstraZeneca se realizará por la totalidad de las dosis reportadas y la d~llaboratorio Moderna Switzerland GmbH, de manera proporcional al reporte realizado por los departamentos y distritos, atendiendo a las cantidades por vial y empaques secundarios completos.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Reposición de vacunas del laboratorio AstraZeneca. Reponer por única vez, conforme con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo, 125.770 dosis de vacunas del laboratorio AstraZeneca, a las siguientes entidades territoriales, asi: No. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 W\..
SECRETARIA OE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL o LA ENTIDAD QUE HAGA sus VECES Departamento de AntioQuia - Secretaria Secciona! de Salud v Protecci6n Social Departamento de San Andrés - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Amazonas - Secretaría de Salud Departamental Departamento del Atlántico - Secretaria de Salud Departamental Distrito Esoecial Industrial v Portuario de Barranauitla - Secretaria de Salud Distrital Distrito Capital de SOQota - Secretaria Distrital de Selud Departamento de Bolívar - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Soyacá - Secretaria de Salud Departamental Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso v Ecoturfstico De Buenaventura Departamento de Ca~as.
Dirección Territorial de Salud de Ca~as Departamento de CaQuetá -lnstituto Departamental de Salud Distrito Turistico y Cultural de Cartagena de Indias - Departamento Administrativo Distrital de Salud Departamento del Casanare - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Cauca - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Cesar - Secretaria de Salud Departamental CANTIDAD DOSIS 1.320 20 10 360 40 52.390 6.860 130 1.870 40 120 110 230 1.170 620 RESOLUCiÓN NÚ~6~ eo3 ooDE l í FES 2022 2022 HOJA No 5 Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades territoriales" No. 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES DepErtamento det Chocó - Secretarta de Satud Dllpartamentat Departamento de Córdoba· Secretaria de Desarrollo de ta Salud Departamento de Cundinamarca· Secretaria de Salud Departamental Departamento del Guavlare· Secretaria Departamental de Salud DepErtamento det Hulla, Secretana de Satud D"l"'rtamental Departamento de la Gua'ira • Secretaria de Salud Departamental Departamento del Magdalena1.' Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamento del Meta, Secretaría de Salud Departamental Dell"rtamento de NaMM.
Instituto D"l"'rtamental de Salud Departamento de Norte De Santander· Instituto Deoartamental de Salud. Departamento de PulumayO • Secretaria de Salud Departamental Departamento del Ouindlo ' Secretaria de Salud Departamental Departamento de R~aralda,Secrelaria de Salud Departamental Distrito Turístico, Cultural E Histórico de Santa Marta - Secretaria de Salud Distrital Departamento de Santander· Secretaria de Salud Departamental Departamento de Sucre· Departamento Administrativo de Seguridad Social en Salud Departamento del Tolima • Secretaria de Salud Departamental Departamento del Val~ Del Cauca,Secretana Departamental de Salud Departamento de Vaupés • Secretaria de Salud Departamental Departamento del Vichada ' Secretana Deoartamental de Salud TOTAL; - I ~ CANTIDAD DOSIS 1.110 1.490 200 10 7.130 50 25.810 130 440 580 2.720 90 100 6.150 180 100 470 13.630 20 70 125.770, Artículo 2.
Reposición de vacunas del laboratorio Moderna Switzerland GMBH. Reponer por única vez, conforme con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo, 42.000 dosis de vacunas del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, a las siguientes entidades territoriales, así: No. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 ~ SECRETARiA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL o LA ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES Deoartamento de Antioauia ' Secretaria Seccional de Saludj'Protección Social Departamento de San Andrés, Secretaria de Salud Departamental Departamenlo del Atlánlico ' Secretaria de Salud Departamenlal Distrito Capital de Boaotá ' Secretaria Dislrilal de Salud Departamento de Bolivar ' Secrelaria de Salud Departamental D~rtamento de Bovacá ' Secrelaria de Salud Deoartamenlal Distrilo Especial.
Industrial, Portuario Biodiverso y Ecoturislico De Buenaventura Departamenlo de Caldas, Dirección Terrilorial de Salud de Caldas Deoartamento de Caouetá ' InstiMo Deoartamental de Salud Dislrilo Turislico y Cultural de Cartagena de Indias, Departamento Adminislrativo Distrital de Salud DepErtamento del Casanare ' Secretaria de Salud Deoartamental Departamento del Cauca ' Secretaria de Salud Departamental Deoartamento del Cesar, Secretaria de Salud Deoartamenlal Departamento del Chocó - Secrelarla de Salud Departamental Deoartamento de Córdoba, Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamento de Cundinamarca ' Secretaria de Salud Departamental Departamento del Guaviare ' Secretaria Departamental de Salud Departamenlo del Huila, Secretaria de Salud Departamental DepErtamento del Maodalena ' Secrelaria de Desarrollo de la Salud Departamento del Mela, Secretaria de Salud Departamental Departamento de Nari~o,Instituto Departamental de Salud Departamento de Norte De Santander - Instituto Departamental de Salud.
Departamenlo de Pulumayo ' Secretaria de Salud Departamental Departamenlo del Ouindio - Secretaria de Salud D~rtamental Departamento de Risaralda,Secretaria de Salud Departamenlal DistMlo Turislico. CuUural E Histórico de Santa Marta, Secretaria de Salud Distrilal Departamento de Santander, Secretaria de Salud Departamenlal Departamento de Sucre - Departamento Administrativo de Segundad Social en Salud Departamenlo del Tolima, Secretaria de Salud Dep.Ertamenlal Departamento del Valle Del Cauca ' Secrelaria Departamental de Salud Departamenlo de Vaupés - Secretaria de Salud Departamental Ministerio de Salud y Prolección Social TOTAL CANTIDA O DOSIS 2.352 14 56 19.082 966 14 1.064 1.792 14 308 56 532 42 840 2.282 574 14 14 70 112 1.330 658 2.240 28 14 56 42 126 406 6.790 14 98 42.000 RESOLUCiÓN NúMMlB ti O3 OODE '2 1 FEB 2.021 2022 HOJA No 6 Continuación de la resolución "Parla cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades territoriales" Artículo 3.
Obligaciones de las entidades territoriales. Las entidades territoriales, señaladas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, tendrán a cargo las siguientes obligaciones: 1.1. 1.2. 1.3. Ingresar las dosis de los biológicos repuestos al módulo de inventario del PAIWEB. Entregar a los municipios y prestadores, según corresponda, las dosis de los biológicos repuestos atendiendo al análisis y microplaneación territorial.
Informar, a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, del proceso de desnaturalización que debe surtirse por parte del prestador o municipio que reportó la pérdida de los biológicos. Artículo 4. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C.,. ~-;
J F Ministr de Salud y Protección Social til Aprobó: Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servi ' Director de Prom~~~ ~revenci6n ¡rectora Juridica ~ I..,