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Resolución2945Vigente

Resolución 2945 de 2019

Por la cual se Modifica la Resolución 2389 de 2019 en relación con la ampliación de unos plazos y se dictan otras disposiciones

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

;':""F"";r' J '.'\c.W'.:\~, ",,',J# ',"¡,~.. MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMERO J1') OO2 9" 5: DE 2019 (:'SNOV2019 ) Por la cual se modifica la Resolución 2389 de 2019 en relación con la ampliación de unos plazos y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial)ás p.onferidas en el numeral 23 del artículo 7 del Deéreto Ley 4107 de 2011, el artículo 2,'1.2, 1 del Decreto 780 de 2016, y en desarrollo del artículo 2,1,2.2, del Decreto 780 de 2016

CONSIDERANDO

Que, a través del artículo 2.1.2.1 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, se creó el Sistema de Afiliaclon Transaccional ~ SAl Y se dispuso que este Ministerio lo administrara y definirá la responsabilidad de cada uno de los actores en el registro y reporte de información en el sistema, la estructura de datos y los medios magnéticos o electrónicos que se requieran para procesar la,información. Dicha norma fue adicionada por el Decreto 2858 de 2019, en el sentidb dé 'incorporar el Sistema General de Riesgos Laborales -SGRL en el SA1.

Que mediante la Resolución 2389 de 2019, se definen los lineamientos generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales- SGRL en el Sistema de Afiliación Transaccional - SAT y se fijan los plazos para la incorporación de la información de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales y el reporte de novedades de los trabajadores dependientes y estudiantes en práctica formativa.

Que teniendo en cuenta que las ARL han manifestado la imposibilidad de disponer, en los plazos establecidos en la Resolución 2389 de 2019,.de los desarrollos tecnológicos que permitan interoperar en línea con el Sistema de Afiliacióri Transaccional-SAT y de acuerdo a los resultados de la validación a la información reportada en las pruebas pilotos realizadas; se hace necesario ampliar dichos plazos, con el fin de contar con información integral, oportuna y veraz al momento de entrar en operación el Sistema..

Que con el fin de impactar positivamente la poHtica de formalización empresarial contenida en el Plan de Acción del Documento Con pes 3956 de 2019, se requiere poner a disposición de los nuevos empleadores la plataforma tecnológica Sistema de Afiliación Transaccional, a través de la cual podrán realizar el proceso de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales y el reporte de novedades, de manera virtual.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modifíquese el artí~lo 2 de la Resolución 2389 de 2019, el cual quedara así: "Artículo 2. Ambito de aplicación. La presente resolución aplica a las entidades Administradoras de Riesgos Laborales -ARL, a los empleadores, a las entidades o universidades públicas de los Regímenes Especial y de Excepción, a las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, a las misiones diplomáticas, consulares o de organismos multilaterales no sometidos a la legislación colombiana; a los pagadores de aportes de contrato sindical, respecto de afiliado p~rticipe-dependiente; a {as entidades territoriales certificadas en educación, a las instituciones de educación y a las escuelas RESOLUCiÓN NÚMERO ·~;0002 9~ 5: 5 NOV 2019 DE 2019 Continuación de la resolución: "Por /a cual se modifica la Resolución 2389 de 2019 en relación con la ampliación de unos plazos y se dictan otras disposiciones" normales superiores y, a las entidades, empresas o instituciones públicas o privadas donde se realicen prácticas formativas de estudiantes.

Parágrafo. Las empresas que se constituyan a partir del 1 de enero de 2020 podrán realizar su proceso de afiliación a una ARL a través el Sistema de Afiliación Transaccionaf -SAT; no obstante, una vez afiliada de..berán reportar las novedades de inicio y terminación de la relación laboral de sus trabajadores y la de los estudiantes en práctica formativa, mediante este Sistema.

Artículo 2. Modifíquese el artículo 9 de la Resolución 2389 de 2019, el cual quedara así: "Artículo 9. Operación de las funcionalidades del Sistema General de Riesgos Laborales en el SA T. La entrada en operación de las funcionalidades del SGRL en el SAT se realizará de manera gradual, a partir del 1 de· enero de 2020, disponiendo en línea a fas ARL, a través del SA T, las transacciones que se realicen diariamente, iniciando con las siguientes." a. b. Afiliación del empleador a una ARL Retracto de afiliación a una ARL r Durante el primer semestre del año 2020, entrarán en operación las siguientes funcionalidades en el SA T a. Administración de sedes que incluye la creación, actualización e inactivación de sedes de un empleador. b. Administración de centros de trabajo que incluye la creación, actualización e inactivación de centros de trabajo. c. Variación del centro de trabajo. d. Reclasificación del riesgo de un centro de trabajo. e. Traslado de ARL f. Retracto de la solicitud de tras/a do de ARL g. Retiro definitivo de /a empresa al SGRL h. Inicio de relación laboral o práctica formativa. f. Terminación de relación laboral o práctica formativa. j. Incapacidad temporal por accidente o enfermedad de origen común. k. Incapacidades por accidente de trabajo o enfermedad laboral. l. Licencia de maternidad. m. Licencia de paternidad. n. Licencia remunerada. o. Licencia no remunerada. p. Comisión de seNicios no remunerada. q. Suspensión temporal del contrato de trabajo o práctica formativa. r. Vacaciones. s. Modificación del ingreso base de cotización. t. Retiro por muerte del trabajador o estudiante en práctica formativa. u. Consulta de empresa v. Consulta de estructura de empresa Las anteriores funcionalidades incluirán la interrupción, prórroga, cancelación o corrección, según corresponda.

Parágrafo 1. Las ARL no podrán requerir documentos para acreditar la calidad de empleador, cuando se hubiere registrado en el SA T con el "Rol empleador", información que podrá ser consultada en tal sistema". Parágrafo 2. El inicio o terminación de una relación laboral o practica formativa, será reportado por el SA T a la ARL respectiva, quien, en el marco de sus competencias, - 5 NOV 2019 DE 2019 RESOLUCiÓN NÚMERO Continuación de la resolución: "Porla cual se modifica la Resolución 2389 de 2019 en relación con la ampliación de unos plazos y se dictan otras disposiciones" consultará, según corresponda las funcionalidades: "consulta de empresa" y "consulta de estructura de empresa".

Artículo 3. Modifíquese el artículo 11 de la Resolución 2389 de 2019, el cual quedara así: "Artículo 11. Reporte de información.de {as ARL. Las ARL deberán reportar a partir del 6 de febrero de 2020 al Sistema de Afiliación Transaccional SA T, la siguiente información, en los términos establecidos en el Anexo Técnico 2 de la presente resolución: 8. b. c. d. e. f. Las afilíaciones y reporte de novedades que se realicen a través del formulario dispuesto para tal fin Ejercicio del derecho al retracto La mora de los aportantes al SGRL.

Los acuerdos de pago suscritos con empleadores y el incumplimiento del mismo. La validación del Registro Único Tributario - RUT, cuando el SAT no tenga esta información de referencia La reclasificación de riesgo de los centros de trabajo". Artículo 4. Modifíquese el artículo 13 de la Resolución 2389 de 2019, el cual quedara así: "Artículo 13.

Incorporación de información de afiliación del SGRL en el SAT. Este Ministerio incorporará al SA T la información de afiliación al SGRL de los empleadores, con trabajadores y estudiantes en práctica formativa, con corte a 5 de febrero de 2020; información que debe ser depurada previamente por las ARL y con la totalidad de desarrollos tecnológicos que permitan la inleroperabilidad, en doble vía. Dicha información deberá ser reportada por las ARL en los períodos y plazos previstos a continuación: Artículo 5.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los artículos 2, 9, 11, 13 Y el numeral 4 del Anexo Técnico 1 de la Resolución 2389 de 2019 PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los -5 NOV 2019 fb~~ Minist BLO U RI BE RESTREPO d Salud y Protección Social Aprobó: rt. Viceministra de Protección Social \!L LDirector de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos laborales y PensioneS1\.' Jefe de la Oficina d~la tecnología de la Información y la Comunicación - TIC ~,JJP..Directora Juridlca ~ <t§J'I""