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Resolución2806Vigente

Resolución 2806 de 2022

Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCIÓW UO028 O6 DE 2022 29 ole 2022 ') Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la Implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud como soporte de la factura electrónica de venta en salud,y se sustituye su anexo técnico LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL, En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los numerales 3 y 7 del articulo 173 de la Ley 100 de 1993, el articulo 15 de la Ley 1966 del 2019 y el articulo 2.5,3.1.6 del Decreto 780 del 2016, y,

CONSIDERANDO

Que, mediante la Resolución 1036 de 2022 este Ministerio actualizó la reglamentación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud - RIPS determinando en su artículo 13 y en el anexo técnico, el 1 de enero de 2023 como la fecha de entrada en operación y obligatoriedad del reporte por parte de los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud a las entidades responsables de pago, demás pagadores y al Ministerio de Salud y Protección Social.

Que, en el proceso previo a la implementación de la factura electrónica de venta en salud y del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud -RIPS que la soporta, distintas entidades del sector salud han participado activamente presentando observaciones y propuestas orientadas a atender situaciones operativas que deben ser incorporadas en el marco regula torio vigente y en las plataformas informáticas que la soportan; situación que repercute en los tiempos de implementación. Que en razón a la necesidad de articulación de los diferentes componentes normativos y de operación del proceso de facturación electrónica en el sector salud, se requiere efectuar la actualización del manual único de devoluciones, glosas y respuestas del Sistema General de Seguridad Social en Salud, como parte de la auditoría y conciliación de cuentas médicas soporte de las notas crédito o débito que afectan la factura.

Que, los distintos participantes del sector salud avocados al cumplimiento de las Resoluciones 510 y 1036 de 2002, han manifestado la necesidad de disponer de un periodo de transición adicional al previsto, para adecuar los sistemas de información que soportan la prestación y provisión de servicios y tecnologias de salud, a las nuevas estructuras de datos, reglas de validación y al flujo de la información. Que, adicionalmente, se hace necesario ajustar algunas especificaciones contenidas en el anexo técnico de la Resolución 1036 de 2022 ante las observaciones recibidas de los agentes del sector salud, en relación con las limitaciones en la estructura de los campos de datos del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud - RIPS y en las instrucciones de diligenciamiento.

Que, en razón a lo anteriormente expuesto, se considera necesario modificar el plazo inicialmente establecido en el artículo 13,de la Resolución 1036 de 2022 para la entrada RESOLUCiÓN N~Q1}2806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 2 Continuación de la resolución,' "Por ríl cual so modificél/,1 Rcso~lIción 1036 eJe 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro IndivicJtmf do Prestación do SONie/os de S,1/¡¡cI. como sO/JOI1e [le la ft1clum elec/rónica de venta en salud. y se sustituye Stl anexo técnico" L~'·A·,'-t:,,. en operación del RIPS comol~dp()rt¡§' de'la'Jf~itu(a electrónica de venta en salud, incluir actividades necesarias para su implementación y sustituir el anexo técnico del citado acto administrativo.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modifíquese el artículo 13 de la Resolucíón 1036 de 2022, el cual quedará así: "Articulo 13. Transitoriedad. A partir del 1 de enero de 2024. las entidades definidas en el artículo 2 de la presente resolución deben entregar el RIPS correspondiente a los servicios y tecnologías de salud prestados y facturados a partir de esta fecha conforme lo previsto en la presente resolución y su anexo técnico, incluyéndose los servicios cuya prestación inició antes del cambio de anualidad y cutmina después del 1 de enero de 2024: mientras se cumple este plazo los RIPS deberán ser entregados en las estructuras definidas en la Resolución 3374 de 2000 y demás normas relacionadas.

Los prestadores de servicios de salud, las entidades responsables de pago y demás pagadores, dispondrán hasta el 30 de junio de 2024 para enviar los RIPS ele las atenciones prestadas antes elel 1 ele enero de 2024. conforme a la periodicidad con ta que se remiten elurante la operación. La facturación de estos servicios se realizará en la estructura convencional de facturación electrónica estableciela por la OIAN.

Para la implementación de las disposiciones previstas en el presente acto administrativo. este Ministerio: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Determinará el mecanismo línico de validación. el cual certificará la estructura. contenido y relación de los elatos. Elaborará un documento ele lineamientos técnicos para la generación. validación y envio de los RIPS como soporte de la factura.

Determinará el mecanismo de transferencia de información de que trata el articulo 10 de la presente resolución. La forma de disposición de los datos del RIPS a las entidades responsables de pago y demás pagadores se realizará de acuerdo con lo definido por las partes. Se podrá direccionar la verificación y consulta ele estos datos hacia la plataforma definida por el Ministerio.

Dispondrá a.las entidades territoriales del orden departamental y distrita/, fa información relacionada con los RIPS en cuanto a los servicios y tecnologias prestados a la población del área de influencia para la retroalimentación y soportes de registro y seguimiento. Adelantará sesiones de prueba. capacitación y acompariamiento con los partícipantes del Sistema de Salud. en el que se integre la validación del RIPS y la información de la factura electrónica de venta en salud y sus notas crédito o débito, y notas de ajuste, con la trazabilidad del proceso de reconocimiento y pago de la factura.

Realizará un pilolo del mecanismo de validación y transferencia de datos con los participantes del sistema." ¡- RESOLUCiÓN N~if1:ü2806 DE 29 DIC 2022 2022 HOJA No 1. Continuación de la resolución: ~Porl[J cual so rnocJific{l/a Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Regís/lO Indiviclfl.1' de Prestación de Sarvicios de Salud, como sopo/te de In factum electrónica de venta en salueJ. y se sustituye su anexo técnico" Artículo 3.

Sustitúyase el Anexo Técnico "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS DA TOS DE PRESTACION INDIVIDUAL DE SERVICIOS Y TECNOLOGíAS DE SALUD" de la Resolución 1036 de 2022. Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE y CÚMPLASE Dada en 80got8. OC. a los. 29 DIC 2022 firm,do d'9".lmont< por D"n.: Co<oHn.Co«noM.ji • ~ (t J' Jw..

Nombro d. f""on""imlento ION) d,_LOCAL d,~MINSAl\JD, OURMINSALUO.ov""'u.';o" <n=O',.naC,rolrn. (",<ho Mella f«00:2022.12,2912:18,19-05'00' DIANA CAROLINA CORCHO MEJíA Ministra de Salud y Protección Social 1// J ~\IV Ao,oOó. Vlccrnrntslerio de ProleCClon Social.,,~ _. O;.fCCción de RegulaCión de Oenef¡CI. COSIOS y T:\fIras da! ¡\se~¡rtlcnto en s<1lud OfiCIna de Tccno!oglas de! la Inlorm<lCtón y Ccmur.icaClOnes (j:,L~ o,'"oc,/, -..

RESOLUCIÓN N~9C@ 2 8 fJ 6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 4 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ANEXO TÉCNICO ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS DATOS DE PRESTACION INDIVIDUAL DE SERVICIOS Y TECNOLOGíAS DE SALUD 1.

INTRODUCCiÓN Con el fin de unificar la estructura de datos sobre la prestación individual de servicios y tecnologías de salud, para la transferencia en medio tecnológico, se establecen las especificaciones técnicas para la correcta generación de RIPS para el proceso de validación única, asi como las características que deben cumplir los datos de RIPS en su relación con la factura electrónica de venta.

Para la generación y validación de RIPS, estos se deberán transmitir en formato JSON (JavaScript Object Notation). En el nivel granular, JSON consta de varios tipos de datos de los cuales se usarán para los RIPS los siguientes: • • • • • Cadena Número Objeto Arreglo.Nulo 1.1 Definiciones • JSON (JavaScript Object Notation): es un formato de texto para el intercambio de datos.

JSON es un subconjunto de la notación literal de objetos de JavaScript, aunque hoy, debido a su amplia adopción como alternativa a XML, se considera un formato de lenguaje independiente. Un objeto JSON comienza y termina con llaves {}. Puede tener dos o más pares de propiedades/valor dentro, con una coma para separarlos. Asi mismo, cada propiedad es seguida por dos puntos para distinguirla del valor.

Ejemplo {"tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "1017345840"} • Propiedades: Son cadenas de caracteres (strings). Como su nombre en español lo indica, estas contienen una secuencia de caracteres rodeados de comillas. • Valor: Los valores son un tipo de datos JSON válido. Puede tener la forma de un arreglo, objeto, cadena, booleano, número o nulo. • Cadena: una cadena en JSON se compone de caracteres Unicode, con escape de barra invertidá. Ejemplo de un valor tipo cadena: {"nombre": "Pedro"} • Número: El número JSON sigue el formato de punto flotante de precisión doble de JavaScript Ejemplo de valores tipo número: {"numero1": 210, "numero2": 310} • Objeto: El tipo de datos de objeto JSON es un conjunto de pares de nombre o valor insertados entre {} (corchetes rizados).

Las claves deben ser cadenas y deben ser únicas separadas por comas. Ejemplo para un objeto "Usuario": {"Usuario": { "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "1017345840", "fechaNacimiento": "2000-01-01 12:00:00", "codSexo": "M", "codPaisResidencia": 170} • Arreglo: El tipo dé datos de array o arreglo en JSON representa una lista ordenada de cero o más valores los cuales pueden ser de cualquier tipo.

Los valores se separan por comas y el vector se ubica entre corchetes. Ejemplo de un arreglo de un objeto "Usuario" con dos registros de usuario: RESOLUCiÓN N~~2806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 5 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" {"Usuario": [ { "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "1017345840", "fechaNacimiento": "2000-01-01 12:00:00", "codSexo": "M", "codPaisResidencia": 170}, { "tipoDocumentoldentificacion": "TI", "numDocumentoldentificacion": "1013920388", "fechaNacimiento": "2007-01-01 16:30:00", "codSexo": "F", "codPaisResidencia": 170} ) 1.2 Calidad de la información Las reglas de validación son integrales y se aplican en la siguiente secuencia: • Validaciones de estructura Son aquellas reglas de validación relacionadas con las características de las estructuras de presentación de los datos: o Sintaxis JSON o Nombres de propiedades (son sensibles a minusculas y mayusculas) o Requerimiento minimo de propiedades por objeto • Validaciones de contenido Son aquellas reglas de validaciones relacionadas con las características de cada uno de los campos de datos, a saber, los valores permitidos, tamaño y tipo.

Corresponden a la utilización y consistencia con los valores permitidos segun tablas propias de SISPRO o tablas de referencia externas al mismo, asi como a la obligatoriedad del dato. Se validará que el valor informado para cada campo corresponda a las caracteristicas establecidas en el presente anexo técnico. • Validaciones de relación Son aquellas reglas de validaciones relacionadas con cruces entre los datos informados de los RIPS: entre el contenido de datos propios o de datos de referencia de catálogos externos, asi como de datos informados en la factura electrónica de venta.

De acuerdo con el resultado de la validación, la verificación y confirmación de las reglas de validación se subdividen en: • • • RIPS rechazado: cuando el RIPS no cumple una o varias de las reglas de validaciones obligatorias de estructura, contenido o relación obligatorias. Para continuar con el proceso de radicación de la factura electrónica de venta en salud, el RIPS que la soporta debe cumplir todas las reglas de validaciones obligatorias.

RIPS aprobado: cuando el RIPS cumple todas las reglas de validaciones de estructura, contenido y relación obligatorias. RIPS notificado: además de las reglas de validaciones obligatorias, existen reglas de validaciones no obligatorias que buscan mejorar la calidad del dato. El no cumplimiento de estas validaciones sera notificado como advertencias sin generar rechazo del RI PS.

El resultado de la validación significará el rechazo o la aprobación del RIPS y la respectiva notificación, si se da el caso, con las consideraciones a tener en cuenta sobre los datos informados. El rechazo informará el código de la regla de validación aplicada y sobre la cual no se cumplió el dato del campo informado. Cuando el resultado sea "RIPS aprobado" significa que en completitud el RIPS cumplió con las reglas de validaciones que generan rechazo.

RESOLUCiÓN NÚI!!OOO 2 8 Ü6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 6 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SeMcios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Para "RIPS rechazado" o "RIPS aprobado" se notificará la(s) regla(s) de validación(es) no obligatorias que se incumplen.

Cuando el RIPS sea aprobado, estas notificaciones no impiden la radicación del RIPS y la factura electrónica de venta ante la ERP o demás pagadores. Valores negativos: todos 105 valores monetarios deberán ser expresados en valores positivos o en cero (O) según corresponda. Se informa la generación de la regla RVG01. Cantidad de tecnolog ias de salud y otros servicios: se informa que las cantidades dispensadas, administradas o entregadas deben corresponder a valores positivos mayores a cero (O).

Se informa la generación de la regla RVG01. 1.3 Convenciones utilizadas en las tablas A continuación, se presenta la definición de las estructuras de las tablas de definición del formato de contenido y generación de RIPS, asi como de las reglas de validación. 1.3.1 Columnas de las tablas de datos RIPS Columna ID Campo Camoo DescriOción Tino Tamaño Observaciones Versión DescrlOción Identificador único del dato que serviré de base para la codificación de notificaciones o errores de cada uno de ellos Nombre del dato a reaistrar DescriPción del dato-vsu Slq-nificado Tioo de dato Tamaño del dato Observaciones importantes sobre el campo, incluyendo listas de valores posibles, validaciones si aolican, entre otras.

Versión en que el campo fue introducido en el formato, o versión en que ha sido modificado por la última vez 1.3.2 Columnas de la tabla de validaciones generales Columna ID Validación y Reaia ID Mensaie MensaTe Versión Descripción Identificador de la reala de validación Efecto de la regla de validación: • R: Rechazo, el procesamiento correspondiente ha encontrado problemas que impiden el procesamiento de la solicitud • N: Notificación: el procesamiento correspondiente ha encontrado indicios de potenciales oroblemas, los cuales no imoiden el orocesamiento de la solicitud DescrIPción de la r¡¡¡¡la de validación Códioo de mensaie corresoondiente a la reala de validación Mensare de resnuesta como resultado de un rechazo o el de una notificación Versión de las realas de validación 1.3.3 Columnas de la tabla validaciones por campo Columna ID Validación IDCamoo y Descrioción Identificador de la reala de validación Identificador del camoo al cual aolica la validación Efecto de la regla de validación: • R: Rechazo, el procesamiento correspondiente ha encontrado problemas que impiden el procesamiento de la solicitud • N: Notificación: el procesamiento correspondiente ha encontrado indicios de potenciales Reala ID MensaTe Mensaie Versión Descripción de la reala de validación Códiao de mensaie corre sean diente a la reala de validación Mensaie de resouesta como resultado de un rechazo o el de una notificación Versión de las re¡Üas de validación oroblemas. los cuales no ¡moiden el orocesamiento de la solicitud 1.4 Tipo de datos de RIPS Los tipos de datos se ajustan según los tipos de datos permitidos en JSON y sobre los cuales aplicarán validaciones de contenido. '1 \ RESOLUCiÓN NÚ~E89 028 O DE 6 29 ole 2022 2022 HOJA No 7 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 ell relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporle de la factura electránica de venta en salud y se sustituye su anexo técnico" Tipo C Descripción Cadena: compuesto por una cadena de texto y se denota entre comillas dobles.

Acepta caracteres UNICODE permitidos en JSON sin tener en cuenta caracteres especiales. Algunos ejemplos: "M" para el sexo masculino en el campo sexo; "01" para el tipo de usuario contributivo cotizante. La fecha y hora debe ser informado de tipo cadena con el formato "AAAA-MM-DD HH:MM", de acuerdo con datos de interoperabilidad de la historia clinica conforme a la Resolución 866 de 2021.

Ejemplo "2022-02-2213:52". Cuando no se tenqa información y el campo lo permita se debe informar null (sin comillas dobles). Numérico: compuesto por número pares o impares y se denota sin comillas. Solamente son aceptados los números enteros positivos usando cero (O) a nueve "9". No se deben informar separadores de miles. N Cuando no se tenga información y el campo lo permita se debe informar cero (O). 1.5 Tamaño de los datos Existen datos con tamaño fijo y datos con tamaño variable.

Los datos de tamaño fijo no admiten información con otro número de posición diferente a la que se establece, es decir, la información en este tipo de configuración siempre tiene exactamente el mismo tamaño. Los datos de tamaño variable admiten un rango de número de posiciones que varia de un minimo hasta un máximo. En caso de que la información no utilice el número máximo de posiciones, no se deben incluir caracteres para rellenar el espacio, tales como ceros, blancos o espacios.

Los datos de tamaño variable que tienen el valor cero (O) como tamaño mlnimo admiten que sean informados sin contenido, en este caso, el factura dar electrónico en salud declara que no existe o no se encuentra disponible la información correspondiente informando null. Formato X x-y Valores separados por comas Descripción Tamaño exacto del dato "Ejemplo: 5 - Informar menos o mas de 5 posiciones tendrá como resultado el rechazo del RIPS Tamaño mínimo de "x", máximo de "y" "Ejemplo: 0-10 - Es posible expresar ningún valor (null), porque se permite el tamaño cero (O) - Informar más de diez posiciones tendrá como resultado el rechazo del RIPS El dato deberá ser infonmado con tamaño de exactamente una de las opciones listadas • Ejemplo: 1, 3, 5, 8 significa que se debe informar el elemento con uno de estos cuatro tamaños fijos Ejemplos de cómo se deben informar los valores en los elementos numéricos de acuerdo con el formato especificado: Formato 0-11 1-11 0,2 Para informar 1,105 1,105.13 O Para no informar dato 1,105 1,105.13 O Para no informar dato 15 1 O Para no informar dato Llenar dato con 1105 No es posible O null 1105 No es posible O No es posibte 15 No es posibte No es posible null 1.6 Gradualidad de las validaciones Las validaciones contenidas en la presente resolución que se denominan "N: Notificación", serán de obligatorio cumplimiento en las fechas que este Ministerio determine. 1.7 Aspectos para tener en cuenta RESOLUCiÓN NYJ~~ 2 8 Ú 6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No -ª Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" • • • Las ejemplificaciones tienen como propósito mostrar al usuario el uso de los datos de RIPS de acuerdo con casuisticas particulares de la prestación del servicio.

En este sentido las ejemplificaciones NO son ejemplos de RIPS reales y las reglas y condiciones son las que están establecidas en el presente anexo técnico. Con base en lo anterior, en caso de existir diferencias entre las ejemplificaciones y el anexo técnico, siempre prevalece el anexo técnico. Los campos opcionales NO deben ser informados de manera obligatoria, es decir, en el momento de la generación del RIPS dichos campos son optativos para la generación del RIPS.

Si decide informarlo, el campo opcional tendrá las validaciones que se señalen en el presente documento.

2. ESPECIFICACIONES DEL MEDIO DE INTERCAMBIO DE DATOS PARA VALIDACiÓN DE RIPS y FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA EN SALUD 2.1 Estándar del archivo Se aceptará un archivo estándar JSON (JavaScript Object Notation - Notación de Objetos de JavaScript) junto con un archivo.XML que contiene la factura electrónica de venta validada por la OIAN. 2.2 Característícas del archívo JSON En un archivo JSON, se deben informar los datos de RIPS que soportan la factura electrónica de venta en salud emitida por un facturador electrónico del sector salud, según la siguiente estructura: Datos Tipo de dato JSON Nombre Característica Objeto que contiene los datos (propiedades/valor) que permiten relacionar el RIPS con la factura electrónica de venta Objeto con arreglo El objeto transacción es el objeto raiz o root de la estructura JSON que representa el registro del RIPS, por lo tanto, no debe ser nombrado al inicio de la estructura Usuarios Objeto serviciosTecnologias Datos relativos a la transacción Objeto raiz Datos relativos a los usuarios Datos relativos al servicio y tecnologias de salud y a los valores facturados Datos de consultas las Objeto con arreglo consultas Datos de procedimientos los Objeto con arreglo Procedimientos Datos de la urgencia con observación Objeto con arreglo Urgencias Datos hospitalización Objeto con arreglo hospitalización de Un objeto "usuarios" que permite informar en un arreglo uno o muchos usuarios cada uno con las propiedadeslvalores respectivos Dentro de cada usuario se crea el objeto "serviciosTecnologias" dentro del cual se deben informar los objetos respectivos a los servicios prestados y facturados (consultas, procedimientos, urgencias con observación, hospitalizaciones, medicamentos, otros servicios o recién nacidos).

Sólo se informan los objetos sobre los cuales se prestó v facturó el servicio. Dentro del objeto uservicios~ se crea el objeto "consultas" el cual debe incluir dentro de un arreglo cada una de las consultas realizadas y facturadas con sus respectivas propiedades/valores Dentro del objeto "servicios" se crea el objeto "procedimientos" el cual debe incluir dentro de un arreglo cada uno de los procedimientos realizados y facturados con sus respectivas propiedadeslvalores Dentro del objeto "servicios" se crea el objeto "urgencias con observación~ el cual debe incluir dentro de un arreglo cada una de las urgencias con observación realizados y facturados con sus respectivas propiedades/valor Dentro del objelo "servicios" se crea el objeto "hospitalización" el cual debe incluir dentro de un arreglo los datos RESOLUCiÓN NÚM~ 2 8 fJ 6 DE 2022 29 ole 2022 HOJA No 9 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la 'actura electronica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Datos Tipo de dato JSON Nombre Característica correspondientes a la prestación en el servicio de hospitalización con sus respectivas propiedadeslvalor de Datos nacidos recién Objeto con arreglo recienNacidos Datos medicamentos de Objeto con arreglo Medicamentos Datos de servicios otros Objeto con arreglo otros Servicios Dentro del objeto "servicios" se crea el objeto "recienNacidos" el cual debe incluir dentro de un arreglo los datos del recién nacido el cual debe estar relacionado con el objeto usuario (que corresponde a la madre).

Nota: Cuando se presten servicios y tecnologlas de salud al recién nacido, sus datos también deberán ser informados en el objeto "usuario" y los servicios prestados en los objetos de servicios respectivos Dentro del objeto "servicios" se crea el objeto "medicamentos" el cual debe incluir dentro de un arreglo los datos del{os) medicamento{s) facturado{s) con sus resoectivas orooiedadeslvalor Dentro del objeto "servicios" se crea el objeto "Olros servicios" el cual debe incluir dentro de un arreglo los datos de los otros servicios facturados con sus respectivas propiedadeslvalor A continuación, se diagrama a manera de ejemplo la estructura JSON que se espera recibir del RIPS por cada factura reflejada en una transacción. { } Objeto U_-.,..I_J~] [1 L~Qr--usu-adO-II-J1---] L~[ Arreglo sm;c;osTccnolog;" I j ~.- -~([ consultas ({ ) 1 -:r medicamentos [: lJ ] ~ (,,\,. - ~ _~.,..o -~. 1 -~:rl' procedimientos r1 11 1 • -/[ urgencias {( 11 -J hospitalizaciones H II ] \ d \ 1, \' rccicnNacidos [{ lJ 1, otrosSCf'"icios [( 1J 1 \ RESOLUCiÓN NÚ~C9G2806DE 2022 HOJA No 10 ~ ~ ole 2022 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Preslación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" 3, DETALLE DE LOS DATOS DE RIPS 3.1 Datos relativos a la transacción ID Campo Descripción TOl numDocumentoldObligado Numero del NIT con el cual se identifique el facturador electrónico en Tipo e Tamaño 9 Versión Observaciones Se requiere que el numero de NIT del facturador electrónico en salud coincida con el 2 número de NIT registrado en la factura electrónica de venta. salud.

El número de N1T del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la tabla para ~IPSCodHabilitaci6n~ prestadores de servicios de salud o en -¡PSnoREPS para proveedor de tecnologías de b salud o prestadores de regímenes especiales. T02 numFactura Si el NIT es de un proveedor de lecnologlas de salud únicamente deberá tener registros de usuarios, procedimientos, medicamentos y otros servicios.

El lipa y tamaño del dato serán dados por las disposiciones de la OIAN. Numero que corresponda al sistema de numeración consecutiva según las disposiciones de la OIAN. 2 El numero de la faclura informado en RIPS debe coincidir con el informado en la factura electrónica de venta. T03 T04 lipoNola numNota Tipo de nota débito o C crédito, o nota ajuste RIPS que se requiere realizar para un ajuste contable o en las facturas, ya sea por errores O por el cambio de condiciones que generan un mayor o menor valor monetario de la respectiva cuenta o la necesidad de ajuslar RIPS en aquellos casos cuando no exista ajuste en el valor monetario.

Número de la nota crédito, débito o nota ajuste RIPS emitida por el facturador electrónico en salud. e 0,2 Si el RIPS es con Factura Electrónica de Venta - FEV en salud, se debe informar el numero de factura, en caso contrario informar null Informar dato segun tabla de "TipoNota", en referencia: web.sispro.gov.co Cuando el ajuste en los RIPS esté relacionado con el valor monetario de un dato en RIPS se debe utilizar nota crédito o segun nota débito corresponda.

Por su parte, en aquellos casos cuando el ajuste no esté relacionado con el valor monetario, se debe utilizar la nota ajuste RIPS. 0-20 Si los RIPS no corresponden a nota crédito, nota débito o nota ajuste RIPS, no se debe Informar el tico de nota. Numero de la nota crédito, nota débito o nota ajuste RIPS generado por el facturador electrónico en salud.

El numero de la nota crédito o débito informado en RIPS debe coincidir con el informado a la OtAN en la correspondiente nota crédito o débito. Nota: El objeto transacción es el Objeto raiz o root de la estructura JSON que representa el registro del RIPS, por lo tanto, no debe ser nombrado al inicio de la estructura. RESOLUCiÓN NÚ~OOG 2 8 fJ 6 DE 29 Ole 2022 2022 HOJA No 11 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Ejemplo: { "numDocumentoldObligado": "900000000", "numFactura" "Fac00000001 ", "tipoNota": null, "numNota": null} 3.2.

Datos relativos a los usuarios ID Campo Descripción U01 TipoDocumentoldentificacion Tipo de documento de del identificación Tipo e Tamaño 2 usuario. Observaciones Informar dato según tabla de referencia: 'TipoldPISIS", en web.sispro,gov.co De acuerdo con la Resolución 4622 de 2016 de este Ministerio, y la Resolución 2153 de 2021 de la ADRES, cuando se utilicen los tipos de documento "AS: Adulto sin identificar" o "MS: Menor sin identificar", se validará que la estructura del numero de documento corresponda a las, establecidas en esta norma, U02 NumDocumenloldenlificaci on U03 U04 tipoUsuario fechaNacim ento Corresponde al numero del documento de del identificación usuario.

Identificador para determinar la condición del usuario en relación con el Sistema de Salud segun la cobertura al momento de la atención. Fecha de nacimiento del usuario. C 4-20 e 2 C 10 Informar dato según tabla de referencia: "RIPSTipoUsuarioVersion2", en web.sispro.gov ca. El tipo de usuario informado puede ser validado según la entidad responsable de pago la factura informada en electrónica de venta.

La fecha de nadmiento no debe ser mayor a la fecha de validación de los RIPS. Según la fecha de nacimiento se deberá tener en cuenta el tipo de identificación del usuario de la siguiente manera: Si el usuario tiene 6 años o menos, el tipo de documento debe ser "Registro civil", si no cuenta con este documento y si tiene tres años o menos, se puede registrar "Certificado de nacido vivo", si no cuenta con este documento, se puede registrar "Pasaporte", si no cuenta con este dccumento, se puede registrar "Carné diplomático" o "salvoconducto de permanencia" o permiso especial de permanencia" o "documento extranjero" o temporal de "permiso permanencia", si no cuenta con ninguno de estos documentos, se puede registrar "Menor sin identificar".

Si el usuario tiene entre 7 y 17 años, el tipo de documento debe ser "Tarjeta de identidad", si no cuenta con este documento se puede reqistrar Versión RESOLUCIÓN NÚn4s:RÓ G2 8 (¡ 6 DE 2022 HOJA No ? 9 ole 2022 12 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "Cédula de extranjería", si no cuenta con este documento se puede registrar "Pasaporte", si no cuenta con este documento se puede registrar "Carné diplomático" o "salvoconducto de permanencia" o permiso especial de permanencia" o "documento extranjero" o "permiso temporal de permanencia", si no cuenta con ninguno de estos documentos, se puede registrar "Menor sin identificar".

Si el usuario tiene 1B años o más, el tipo de documento "Cédula de debe ser ciudadanía", si no cuenta con este documento y si tiene hasta 19 años se puede registrar 'Tarjeta de identidad", si no cuenta con este documento se puede registrar "Cédula de extranjería", si no cuenta con este documento se puede registrar "Pasaporte", si no cuenta con este documento se "Carné puede registrar diplomático" o "salvoconducto de permanencia" o permiso especial de permanencia" o "documento extranjero" o "permiso temporal de permanencia", si no cuenta con ninguno de estos documentos, se puede registrar "Adulto sin identificar".

UDS codSexo Identificador de sexo segun aparece en el documento de identificación registrado en el campo "numOocumentoldentifl Si se informan datos de recién nacido, el usuario puede tener entre 9 a 60 años. Informar dato segun tabla de "Sexo", en referencia: web.sispro.gov.co e Si es un adulto sin ident'lflcación o un menor sin identificación registrar el sexo declarado o el identificado por el profesional que realiza la atención. cacion".

Si se informan datos de recién nacido, se debe validar que el usuario tenga sexo "Femenino", U06 codPaisResidencia Código del país residencia habitual. de e 3 U07 codMunicipioResidencia Código del municipio de residencia habitual. e o, 5 UOB codZonaTerritorialResidenc la Identificador del DAN E para determinar la zona del de residencia usuario. e 0,2 Si se informa finalidad de "Interrupción voluntaria del embarazo" - IVE se puede validar que el usuario sea de sexo "femenino" Código a tres caracteres segun estándar ISO 3166-1 Informar dato segun tabla de referencia "País", en web,sisnrO.aov.co.

Código a cinco caracteres la clasificación según socio política del DANE. Informar dato según tabla de "Municipio" en referencia: web. sisoro. o ov.co. Informar dato segun tabla de referencia: "ZonaVersion2", en web.sispro,gov.co. RESOLUCiÓN NÚ~~, 28 Ü6 DE 2022 HOJA No 29 ole 2022 13 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica fa Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" U09 incapacidad U10 consecutivo U11 Identificador la de expedición de una incapacidad soportada en la atención en salud que se reporta en RIPS.

Número consecutivo que identifique e! registro. codPaisOrigen de origen (de nacimiento) Código del país e 2 Informar dato según tabla de referencia: "LstSiNo", en web.sispro.gov,co. 1 N 1-7 Debe iniciar con el número uno 1 (1) incrementando de uno en uno. No deben existir números e 3, idénticos repetidos. Código a tres caracteres según estándar ISO 3166-1 Informar dato segun tabla de referencia: "País", en web.sispro.Qov.co.

Ejemplo "usuarios lt: [ { "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "52100200", "tipoUsuario": "01", "fechaNaclmiento": "2000-01-01", ltcodSexo "M", "codPaisResidencia": "170", "codMuniclpioResidencia": "05134", "codZonaTerritoriaIResidencia": "01 ", "incapacidad": "02", "consecutivo": 1, "codPaisOrigen": "170" }, { "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "52100200", "tipoUsuario": "01", "fechaNacimiento": "2000-01-01 ", "codSexo": 11M", "codPaisResidencia": "170", "codMunicipioResidencia": "05134", "codZonaTerritoriaIResidencia": "01 ", "incapacidad" "02", IIconsecutivo": 2, "codPaisOrigen": "170" ll: } } 1 3.3 Datos relativos al servicio y tecnologias de salud y a los valores facturados Objeto que agrupa los servicios y tecnologías de salud prestados y facturados.

Ejemplo: ll "servicios { "consultas": { }: ], "procedimientos": {, } 1 RESOLUCiÓN NYff~m2806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 14 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implemenlación del Regislro Individual de Preslación de Servicios de Salud, como soporte de la faclura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ).

"urgencias": [ { } ). "hospitalizacion": [ { } ). "recienNacidos": [ { } ). "medicamentos": [ { } ). "otros Servicios": [ { } 1 } } 3.3.1 Datos de las consultas ID C01 Campo codPrestador Descripción Código otorgado por el MinisteriQ de Salud y Protección Social al prestador de servicios de salud o del obligado a reportar. Tipo C Tamaño 12 Observaciones El código del electrónico en Versión faclurador 1 salud se debe encontrar en la tabla "IPSCodHabilitación" para prestadores de servicios de salud o en "IPSnoREP$" para prestadores exceptuados del registro en REPS.

El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado C02 fechalnicioAtencion Fecha y hora de la consulta. e 16 con el numDocumentoldObliaado. La fecha y hora de la consulta no debe ser mayor a la fecha y hora 1 de validación de los RIPS, ni menor a la fecha de nacimiento C03 numAulorizacion C04 cad Consulta Numero asignado por la entidad responsable de pago o demás pagadores a los que aplique, para ordenar la prestación o provisión de servicios o lecnoloQlas de salud.

Código de la consulta definido en el Sistema, según la Clasificación Única de Procedimientos en Salud, CUPS. C 0·30 e 6 del usuario. Así mismo, no podrá encontrarse por fuera del periodo de facturación segun los datos de la factura electrónica de venta. Cuando el servicio de salud no requiera autorización se informa nul!. El código de CUPS puede ser validado que corresponda a una cobertura de consulta.

El código de CUPS puede ser validado que corresponda al sexo del usuario.. El código de CUPS puede ser validado con el grupo de servicio, servicio, finalidad y causa. El código de CUPS puede ser validado Que corresponda a la 1 1 RESOLUCiÓN Nú~~G2806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 15 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" iD Campo Descripción Tipo Tamano Observaciones cobertura O plan de beneficios registrada en la factura electrónica de venta.

El código de CUPS se puede validar según la cantidad de veces que se informe por paciente y por dia. El código de CUPS se puede validar con el diagnóstico principal. Si se informan registros en el grupo de servicios de internación o el servicio de urgencias el código CUPS se puede validar de consultas que sea intrahospilalarias (interconsultas) y que se encuentre dentro del periodo de internación o de observación de urgencias.

COS modalidadGrupoServicioTe cSal Identificador para C06 grupoServicios e 2 e 2 Informar dato según tabla de referencia: "GrupoServicios", en web.sispro.gov.co. N 3, 4 Informar dato segun tabla de referencia: "Servicios", en web.sispro.gov.co. determinar la forma de prestar un servicio de salud en condiciones particulares en relación con el grupo de servicios Representa el conjunto de Informar dato según labia de referencia: ~CUPSRips", en web.sispro.gov.co Informar dato segun tabla de referencia: "ModalidadAtencion", en web.sispro.gov.co servicios que se encuentran relacionados entre si y que comparten similitudes en la forma de prestación, en los estlmdares y criterios CQ7 coa cad Servicio finalidadTecnologiaSalud que deben cumplir.

Código del servicio que según la norma de habilitación del SGSSS representa la unidad básica habilitante del Sistema Único de Habilitación, conformado por procesos, procedimientos, actiyidades, recurso humano, fisicos. tecnológicos y de información con un alcance definido, que tiene por objeto satisfacer las necesidades en salud en el marco de la seguridad del paciente y en cualquiera de las fases de atención en salud.

Identificador de la finalidad con que se realiza la consulta. Se debe validar que el código del servicio corresponda al grupo de servicio y a la modalidad del grupo de servicio informado. e 2 Informar dala segun tabla de referencia: -RIPSFinalidadConsultaVersion2" teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique finalidad para consultas, en web.sispro.gov.co.

Versión RESOLUCiÓN N~~O 2 8 O6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 16 Continuación de la resolución: "Por 18 cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Preslación de SelVicios de Salud, como sopor1e de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción Tipo Tamafio Versión Observaciones La finalidad informada se puede validar con el sexo y la edad del usuario.

Si la finalidad informada corresponde a "Valoración integral para la promoción y mantenimiento~ se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Promoción y mantenimiento de la salud intervenciones individuales". Si la finalidad informada corresponde a "Atención para el cuidado preconcepcional" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la dAtención de población materno perinatal ft • Si la finalidad informada corresponde a "Atención del parto y puerperio" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la MAtención de población materno perinatar. la finalidad informada Si corresponde a "Atención para el cuidado prenatal" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la MAtención de población materno perinalar.

Si la finalidad informada corresponde a MAtención para el seguimiento del recién nacido" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno perinatal". Si la finalidad informada corresponde a "Atención del parto w y puerperio se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la ~Atención de población materno perinata!".

Si la finalidad informada corresponde a ~Atención para el cuidado prenatal" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la MAtención de población materno perinatal". Si la finalidad informada corresponde a "Atención para el seguimIento del recién nacido" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno perinatal".

RESOLUCiÓN NÚME;:~tt Ij¡ " i v v \J ~ 8 'i 6 DE 29 ole 2022 \. 2022 HOJA No 17 Continuación de la resoludón: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SeMcios de Salud, como soporte de la factura electrónica de. venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción Tipo Tamafio Observaciones Si fa finalidad informada corresponde a Mlnterrupción voluntaria del embarazan - IVE se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la IVE o a MAtención de población materno perinata!", para los casos de Interrupción Voluntaria del Embarazo sin especificación de causal hasta la semana 24 de gestación. Si la finalidad informada corresponde a "Atención para el cuidado preconcepcionar se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Alención de población materno perinatal~, Si la finalidad informada corresponde a "Atención del parto y puerperio" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno perinatal", Si la finalidad informada corresponde a ~Atención para el cuidado prenatal" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la ~Atención de población materno perinatal", Si la finalidad informada corresponde a "Atención para el seguimiento del recién nacido" se puede validar que la 'causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno perinatal".

Si la finalidad informada corresponde a "Valoración integral para la promoción y mantenimiento", "Planificación y anticoncepción", familiar "Promoción y apoyo a la lactancia materna", "Atención básica de orientación familiar~, "Atención para el cuidado preconcepcional", ~Atención para el cuidado prenatar, ulnlerrupción Voluntaria dél Embarazo", "Atención del parto y puerperio" o ~Atención para el seguimiento del recién nacido" se puede validar que el tipo de pago moderador sea "No aplica pago moderado(.

Si la finalidad informada corresponde a "Valoración integral para la promoción y mantenimiento" el código de CIE únicamente puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIElO: ZOO-Z99 o su equivalente en la CIE vigente), Versión RESOLUCIÓN Nú~QG28ú6DE 2022 HOJA No 18 ? 9 ole 2022 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID C09 C10 Campo causaMotivoAtencion codOiagnosticoPrincipal Descripción Identificador de la causa que origina el servicio de salud consulta.

Código del diagnóstico principal confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de la Clasificación de Internacional Tipo e Tamaño 2 Observaciones Informar dato según tabla de "RIPSCausaExternaVersion2~ teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la causa que origina el servicio de e 4·25 salud para consultas, en web.sispro.Qov.co.

El código de elE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de elE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: V01-Y98 o su equivalente en la elE vigente). El código de elE se puede validar según el código de la consulta (CUPS) informado. Informar dato según tabla de referencia MCIE1 O~ en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE. codOiagnosticoRelacionado 1 Código del diagnóstico relacionado numero 1 confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de la Clasificación Internacional de C 0.4·25 El código de CIE se puede validar segun el sexo y la edad del usuario.

El código de CIE se puede validar segun el código de la consulta (CUPS) informado. Enfermedades - CIE. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual al código de diagnóstico principal. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual a otro diagnóstico relacionado. Informar dato segun tabla de referencia "CIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE.

C12 codDiagnosticoRelacionado 2 Código del diagnóstico relacionado numero 2 confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE. 1 referencia: Enfermedades - CIE. C11 Versión C 0.4·25 El código de CIE se puede validar segun el sexo y la edad del usuario. El código de elE se puede validar segun el código de la consulta (CUPS) informado.

Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual al código de diagnóstico principal. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual a otro diagnóstico relacionado. Informar dato segun tabla de referencia MCIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo 1 RESOLUCiÓN NÚ~8@02806DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 19 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implemenlación del Registro Individual de Preslación de Servicios de Salud, como sopone de la factura electránica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Campo ID Descripción Tipo Tamalio Observaciones Versión sustituya segun la vigencia de la CIE.

C13 codDiagnosticoRelacionado 3 Código del diagnóstico relacionado número 3 confirmado O presuntivo, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE. C 0,4-25 El código de elE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. 1 El código de ele se puede validar según el código de la consulta (CUPS) informado.

Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual al código de diagnóstico principal. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual otro a diagnóstico relacionado. C14 tipoDiagnosticoPrincipal C15 tipoDocumentoldentificacio n C16 numDocumentoldentificacio n C17 vrServicio C1S tipoPagoModerador Identificador para determinar si el diagnóstico es confirmado o I presuntivo.

Corresponde al tipo de documento de identificación de la persona que realizó la consulta C 2 C 2 Corresponde al número del documento de identificación de la persona que realizó la consulta. Valor monetario de la consulta según el manual tarifario o la tarifa pactada en el acuerdo de voluntades. C 4-20 N 1-10 Tipo de pago moderador según el plan de beneficios o planes pólizas o adquiridas.

C 2 Informar dato según tabla de ·CIE10· referencia en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. Informar dato según tabla de referencia: "RIPSTipoDiagnosticoPrincipalVe rsion2", en web.sispro.gov.co. Informar dato según tabla de referencia: "TipoldPISIS·, en web.sispro.gov.co.

Solo aplican los siguientes valores: CC: Cédula ciudadanla CE: Cédula de extranjeria CD: Carné diplomatico PA: Pasaporte SC: Salvoconducto de permanencia PE: Permiso Especial de Permanencia DE: Documento extranjero PT: Permiso por PrOlección Temooral 1 1 1 Diligenciar el valor mayor a cero (O) si la modalidad de pago corresponde a ~Pago por evento".

Para las demás modalidades informar cero (O). Si el RIPS es sin Factura Electrónica de Venta - FEV en salud, informar cero tOl Informar dato según tabla de referencia: "TipoPagoModerador", web.sispro.gov.co. Solo en aplican los siguientes valores: 01: Cuota moderadora 03: Bono o vale de plan voluntario 04: No aplica pago moderador Solamente se puede cobrar cuota moderadora a afiliados del régimen contributivo. 2 1 RESOLUCIÓN NútíilOOG 2 8 G6 DE 29 Ole 2022 2022 HOJA No 20 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implemenlación del Regislro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción Tipo Tamaflo Observaciones Para usuarios del Versión régimen subsidiado no se puede informar el pago de valores moderadores de pianes voluntarios.

C19 vaiorPagoModerador Valor monetario pago moderador. del N 1-10 Cuando no aplique pago moderador se debe informar cero (O). 2 Si el tipo de pago moderador es "cuota moderadora~ o -bono o vale de plan voluntario~ el valor del pago moderador debe ser mayor o igual a uno ~1". En el caso del RIPS soporte de factura con varios usuarios o servicios, el valor del pago moderador informado en la factura C20 C21 numFEVPagoModerador consecutivo Número de factura electrónica de venta o documento equivalente emitido al usuario y que el valor soporte registrado en el campo C19 o informado por la entidad responsable de pago o demás oaaadores.

Numero consecutivo que identifique el registro. Ejemplo: { "consultas": [ { "codPrestado~': "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08:10", "numAutorizacion": "100000000002", "codConsulta": "890201", "modalidadGrupoServicio TecSal": "09", "grupoServicios": "01 11, "codServicio": 1, "finalidadTecnologiaSalud": "11", "causaMotivoAtencion": "21", "codOiagnosticoPrincipal": "0482", "codOiagnosticoRelacionado1 ": "8428", "codOiagnosticoRelacionado2": null, "codOiagnosticoRelacionado3": null, "tipoOiagnosticoPrincipal": "01 ", "tipoOocumentoldentificacion": "CC", "numOocumentoldentificacion": "80100200", "vrServicio": 36341, electrónica de venta en salud, debe corresponder a la sumatoria de detalles de valores de pagos moderadores de estas facturas de recaudo informados en RIPS.

El tipo y tamaño del dato serán dados por las disposiciones de la OIAN. 1 Cuando no aplique pago moderador se debe informar nul!. N 1-7 Debe iniciar con el numero uno (1) incrementando de uno en uno. No deben existir números idénticos recetidos. 1 RESOLUCiÓN NÚ~Je02806DE 29' ole 2022 2022 HOJA No 21 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEV¡:iagoModerado~': nulI, "consecutivo": 1 l, ( "codPrestado(: "500000000001", "fechalnicioAtencion": "2021-08-19 05:00", "numAutorizacion": "100000000002", "codConsulta": "890201 ", "modalidadGrupoServicioTecSal": "09", "grupoServicios": "01 ", "codServicio": 1, "finalidadTecnologiaSalud": "11", "causaMotivoAtencion": "21 ", "codDiagnosticoPrincipal": "D482", "codDiagnosticoRelacionado1 ": "B428", "codDiagnosticoRelacionado2": nulI, "codDiagnosticoRelacionado3": nUII, "tipoDiagnosticoPrincipal": "01 ", "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "80100200", "vrServicio": 36341, "tipoPagoModerado~': "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerado~': nulI, "consecutivo": 2 l ) l 3.3.2 Datos de los procedimientos ID PQ1 Campo codPrestador Descripción Código otorgado por Ministerio de Salud Tipo el y e Tamafto 12 Protección Social al prestador de servicios de salud o del obligado a reportar.

PQ2 fechalnicioAtencion Fecha y hora de realización del procedimiento. e 16 P03 idMIPRES Corresponde al número de ID que se asigna a la entrega de e 0-15 procedimientos financiados con presupuesto máximo. Observaciones Versión El código del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la tabla "IPSCodHabilitación~ para prestadores de servicios de salud o en ~IPSnoREPS~ para proveedores de tecnologias de salud o prestadores exceptuados del registro en REPS. 1 El código del prestador de servicios de salud o del obligado a' reportar debe estar con el relacionado numOocumentoldObliQado.

La fecha y hora del procedimiento no debe ser mayor a la fecha de validación de los RIPS, ni menor a la fecha de nacimiento del usuario. As! mismo, no podrá encontrarse por fuera del periodo de facturación según los dalas de la factura eleclrónica de venta. Cuando el procedimiento no es financiado por presupuesto máximo se debe informar null a menos que el procedimiento sea solicitado a través de la herramienta MIPRES, en este caso debe informar el número de ID de entrega correspondiente. 1 1 RESOLUCiÓN NÚI\{F8~ O2 8 O60E ? q ole 2022 2022 HOJA No 22 Continuación de la resolución: "Por la cuai se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SeNicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Descripción Campo Tipo Tamafto Observaciones Se puede validar que el número de ID de entrega corresponda al registrado en MIPRES.

P04 numAutorizacion Número asignado por la e 0-30 entidad responsable de pago y demás pagadores a los que aplique, para ordenar la prestación de servicios. En caso de procedimientos financiados con presupuesto máximo, se puede validar que el número de autorización corresponda al número de prescripción en MIPRES. Cuando el servicio de salud no POS cad Procedimiento Código del procedimiento definido en el Sistema. según la Clasificación Única de Procedimientos en Salud, CUPS. e 6 requiera autorización se informa null.

El código de CUPS puede corresponder a una cobertura de procedimiento. El código de CUPS puede ser validado que corresponda al sexo del usuario. El código de CUPS puede ser validado con el grupo de servicio, servicio, finalidad y causa. El código de CUPS puede ser validado que corresponda a la cobertura o plan de beneficios registrada en la factura electrónica de venta.

El código de CUPS se puede validar según la cantidad de veces que se informe por paciente y por día. El código de CUPS se puede validar con el diagnóstico principal. El código de CUPS se puede validar con el tiempo de estancia del paciente. Si el código CUPS corresponde a procedimiento de parto y además el grupo de servicios informado es internación se puede validar que cuente con datos de hospitalización y de salas (parto o cirugia).

Si el código CUPS corresponde a procedimiento quirúrgico y además el grupo de servicios informado es quirúrgico se debe validar que cuente con los datos de la sala de cirugía en otros servicios. Si el código CUPS corresponde a procedimiento de parto se puede validar que cuente con datos de recién nacido. Versión RESOLUCiÓN NÚ~9 (} 28 (} 6DE 29 ole 2022. 2022 HOJA No 23 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación det Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venia en salud, y se sustituye su anexo técnico" Campo la Descripción Tipo Observaciones Tamatlo Versión Informar dato segun tabla de HCUPSRips", en web.sispro.Qov.co.

Informar dato segun tabla de referencia: "VialngresoUsuario" teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la vía de ingreso del usuario al servicio donde se realiza el procedimiento, en web.sisDro.QOv.co. Informar dato según tabla de referencia: HModalidadAtencion~. en web.sispro.gov.co. referencia: POS P07 vialngresoServicio8alud Identificador para determinar la vla de ingreso del usuario al servicio. e 2 modalidadGrupoServicio Identificador para determinar la forma de prestar un servicio de salud en condiciones particulares en relación con el I grupo de servicios.

Representa el conjunto de servicios que se encuentran relacionados entre si y que comparten similitudes en la forma de prestación, en los estándares y criterios que deben cumplir. Código del servicio que según la norma de habilitación del SGSSS representa la unidad básica habilitante del Sistema Habilitación, Único de conformado por procesos, actividades, procedimientos, recurso humano. físicos, tecnológicos y de información con un alcance definido, que tiene por objeto satisfacer las necesidades en salud en el marco de la seguridad del paciente yen cualquiera de las fases de atención en salud.

Identificador de la finalidad con realiza el que se procedimiento. e 2 e 2 Informar dato segun tabla de referencia: ~GrupoServiciosft. en web.sispro.gov.co. 1 N 3,4 Informar dato según tabla de referencia: "Servicios~. en web.sispro.gov.co. 1 TecSal POS grupoServicios P09 cad Servicio Pl0 finalidadTecnologiaSalud 1 1 Se debe validar que el código del servicio corresponda al grupo de servicio y a la modalidad del grupo de servicio informado. e 2 Informar dato según tabla de referencia: "RIPSFinalidadConsultaVersion 2" teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique finalidad procedimientos, para en web.sispro.gov.co. 1 La finalidad informada se puede validar con el sexo y la edad del usuario. - Si la finalidad informada corresponde a "Intervención colectiva se puede validar que el código CUPS corresponda a un código de intervención colectiva según el anexo 5 de la ft Pll tipoDocumentoldentificaci on Corresponde al tipo de documento de identificación de la persona que realizó el procedimiento. e eups. ·2 Informar dato según tabla de referencia: "TipoldPISIS", en web.sispro.gov.co.

Solo aplican los siguientes valores: CC: Cédula ciudadanía CE: Cédula de extranjerla CD: Carné diplomático PA: Pasaporte SC: Salvoconducto de permanencia PE: Permiso Especial de Permanencia DE: Documento extranjero PT: Permiso por Protección Temaoral 1 RESOLUCiÓN NÚ~~9G 2 8 O6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 24 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Campo Descripción numOocumentoldentifica Corresponde al número del documento de identificación de la persona que realizó el procedimiento.

Código del diagnóstico principal confirmado o presuntivo, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - elE. ID P12 cion P13 codDiagnosticoPrincipal TipO Tamaflo e 4-20 e 4-25 Observaciones El código de· CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de elE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad o su (CIE10: V01-Y98 equivalente en la elE vigente).

El código de elE no puede ser de síntomas, signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no clasificados bajo otro concepto (CIE10: ROO-R99 o su equivalente en la elE vigente). El código de elE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: ZOO-Z99 o su equivalente en la elE vigente), excepto en procedimientos de promoción y prevención cuando la finalidad corresponda.

El código de CIE se puede validar según el código del (CUPS) procedimiento informado. P14 codDiagnosticoRelaciona do Código del diagnóstico relacionado número 1 confirmado o presuntivo, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE. e 0,4-25 Informar dato según tabla de referencia: "CIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario.

El código de CIE se puede validar según el código del procedimiento (CUPS) informado. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual al código de diagnóstico principal P15 codComplicacion Código del diagnóstica C confirmado o presuntivo, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE.

O, 4-25 Informar dato según tabla de "CIE10" en referencia: web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad o su (CIE10 V01-Y98 equivalente en la elE vigente).

El código de CIE no puede ser de, síntomas, signos y Versión RESOLUCiÓN NÚ10Et~Ü 2 8 (j 6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 25 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción Tipo Tamaf\o Observaciones Versión resultados anormales de pruebas complementarias, no cl~sificados bajo otro concepto (CIE10: ROO-R99 o su equivalente en la elE vigente), El código de elE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con IdS servicios sanitarios (CIE10: ZOO-299 o su equivalente en la elE vigente).

Informar dato segun tabla de referencia "elE 10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE. P16 P17 vrServicio tipoPagoModerador Valor monetario del N procedimiento según el manual tarifario o la tarifa pactada en el acuerdo de voluntades. Tipo de pago moderador según el plan de beneficios o plan voluntario de salud adquirido.

C 1-15 2 Diligenciar el valor mayor a cero (O) si la modalidad de pago corresponde a "Pago por evento". Para las demás modalidades i1formar cero (O). 2 Si el RIPS es sin Factura Electrónica de Venta - FEV en salud, informar cero (O) Informar dato según tabla de referencia: "TipoPagoModerador", en web.sispro.gov.co. Solo aplican los siguientes valores: 01: Cuota moderadora 02: Copago 03: Bono o vale de plan voluntario 04: No aplica pago moderador Solamente se puede cobrar cuota moderadora a afiliados del Régimen Contributivo.

P18 valorPagoModerador Valor monetario moderador. del pago N 1-10 Para usuarios del Régimen no se puede Subsidiado informar el pago de valores de planes moderadores voluntarios. Cuando no aplique pago moderador se debe informar cero (O) Si el tipo de pago moderador es "cuota moderadora" o "bono o vale de plan voluntario" el valor del pago moderador debe ser mayor o igual a uno (1).

Si el tipo de pago moderador es "ca pago", el valor del pago moderador debe ser mayor o igual a uno "1", y en otros servicios del mismo usuario, no deben existir valores en el campo registrados "va 10rpagoModerador". En el caso de la cuota moderadora, cuando se aplica a órdenes de varios items. deberá registrarse el valor correspondiente pagado por el usuario en uno solo de los registros. 2 RESOLUCiÓN NÚM~G 2 8 O6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 26 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción TipO Tamaf\o Observaciones Versión En el caso de copago, cuando el usuario recibió varios servicios (procedimientos, consultas, ayudas diagnósticas, medicamentos, etc.), deberá el valor registrarse correspondiente pagado por el usuario en uno solo de los registros.

P19 numFEVPagoModerador En el caso del RIPS soporte de factura con varios usuarios, el valor del· pago moderador en la factura informado electrónica de venta en salud debe corresponder a la sumatoria de detalles de valores de pagos moderadores de estas facturas de recaudo, informados en RIPS. El tipo y tamaño del dato serán dados por las disposiciones de la DIAN.

Número de factura electrónica de venta emitida al usuario y que soporte el valor registrado en el campo P18 o informado por la entidad responsable de pago o demás pagadores. consecutivo P20 Número consecutivo identifique el registro. que Ejemplo: "procedimientos": [ { "codPrestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "idMIPRES": nulI, "numAutorlzacion": null, "codProcedimiento": "895100", "vialngresoServicioSalud": "01 ", "modalidadGrupoServicioTecSal": "01 ", "grupoServicios": "04", "codServicio": 123, "finalidadTecnologiaSalud": "44", "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "80100200", "codDiagnosticoPrincipal": "E 109", "codDiagnosticoRelacionado": "E1 09", "codComplicacion": "E109", "vrServicio": 49700, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, fOconsecutivo": 1 3,3.3 Datos de la urgencia con observación Cuando N 1~7 no aplique pago moderador se debe informar null.

Debe iniciar con el número uno (1) incrementando de uno en uno. No deben existir números idénticos repelidos. RESOLUCiÓN NÚ~902806DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 27 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en rolación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Proslación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electronica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID R01 Campo codPreslador Descripción Tipo Código otorgado por el C Ministerio de Salud Protección y Social al prestador servicios salud o de de del obligado a Tamaño 12 fechalnicioAtencion Fecha y hora R04 codDiagnosticoPrincipal Identificador de la causa origina que el servicio salud. de Código del diagnóstico principal de ingreso confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE. para H C 16 e 2 urgencias con observación. causaMotivoAtencion 1 prestadores de servicios de salud O en HIPSnoREPS para prestadores exceptuados del registro en REPS. de ingreso del usuario a R03 Versión El código del facturador electrónico en salud se debe en la tabla encontrar ~IPSCodHabilitaci6nH reportar.

R02 Observaciones El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe.estar relacionado con el numDocumentoldObliQado. La fecha y hora de ingreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS ni menor a la fecha de nacimiento del usuario. Asl mismo. no debe ser mayor a la fecha y hora de egreso. Informar dato segun tabla de referencia: 1 1 "RIPSCausaExternaVersion2~ C 4-25 teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la causa que origina el servicio de salud para urgencias, en web.sispro.Qov.co.

El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: V01-Y98 o su equivalente en la elE vigente). El código de CIE no puede ser de sintomas. signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no clasificados bajo otro conceplo (CIE 1O: ROOR99 o su equivalenle en la elE vigente).

El código de elE no puede ser d~ factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: 200299 o su equivalente en la elE vigente). El código de CIE se puede validar segun el código de la consulta (CUPS) informado. Informar dalo según labia de referencia: "eIE10~ en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE. 1 RESOLUCiÓN NÚME~8 G2 8 O60E 2.

QDie 2022 2022 HOJA No 28 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implemenlación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la laclura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID ROS Campo codDiagnosticoPrincipalE Descripción Tipo Código C del Tamaflo 4-25 diagnóstico principal egreso de confirmado o la versión vigente de El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario.

El código de elE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: V01-Y98 o su equivalente en la elE vigente). presuntivo, según Observaciones la Clasificación Internacional El código de CIE se puede validar segun el código de la consulta de (CUPS) informado. Enfermedades -CIE. Informar dato según tabla de NCIE10~ en referencia: web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE.

ROS codDiagnosticoRetacionadoE 1 Código del C O. 4-25 diagnóstico relacionado 1 de egreso confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de El código de CIE se puede validar segun el sexo y la edad del usuario. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual al código de diagnóstico principal de egreso. la Clasificación Internacional Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual a otro diagnóstico relacionado de egreso. de Enfermedades -CIE.

Informar dalo según labia de referencia: ·CfE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la RO? codDiagnosticoRelacionadoE2 Código del C O, 4-25 segun el sexo y la edad del usuario. diagnóstico relacionado 2 de egreso confirmado o presuntivo. segun Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual al código de diagnóstico principal de egreso la versión vigente de CIE.

El código de CIE se puede validar la Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual a otro diagnóstico relacionado de egreso. Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE. Informar dato segun tabla de referencia: NCIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE.

ROS codDiagnosticoRelacionadoE3 Código del C 3 El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. de egreso confirmado o presuntivo, segun la versión vigente Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual al código de diagnóstico principal de egreso. diagnóstico relacionado de 0,4-25 la Clasificación Internacional de Enfermedades Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual a otro diagnóstico relacionado de egreso. -CIE.

Informar dato según tabla de referencia: NCIE1 O~ en web.sispro.gov.co o la tabla de Versión 29 ole 2022 RESOLUCiÓN NÚ~5eG28Ú6DE 2022 HOJA No 29 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción Tipo Tamaño. R09 condicionDestinoUsuarioEgreso Identificador para determinar la condición y el destino del paciente al egreso de la C 2 atención de urgencia con observación, según aplique.

R10 codDiagnosticoCausaMuerte Código del diagnóstico de causa básica de muerte confirmado o presuntivo, según la versión vigente de Observaciones referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. Informar dato según tabla de referencia: "CondicionyDestinoUsuarioEgreso teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la identificación de la condición y destino del usuario al egreso de urgencias", en web.sispro.gov.co.

Se puede validar que, si la condición del usuario al egreso es "Paciente muerto", para este no se informen registros de servicios con fecha y hora posterior a la muerte. C 0,4-25 Se puede validar que si la condición del usuario al egreso es "Paciente derivado a otro servicio" se informen los servicios I orestados. Debe ser igual a la causa básica de muerte registrada en el Certificado de defunción. Se debe registrar el diagnóstico de la causa básica de muerte si la condición y destino del usuario al egreso es "Paciente muerto". la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE.

El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIE10: V01-Y98 o su equivalente en la CIE vigente). El código de CIE no puede ser de sintomas, signos y resultados de pruebas anormales complementarias, no clasificados bajo otro concepto (CIE10: ROOR99 o su equivalente en la CIE vigente).

El código de CIE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: ZOOZ99 o su equivalente en la CIE vigente). Informar dato según tabla de referencia: "CIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE. Versión RESOLUCiÓN NÚ~~g G28 i) 6 DE 2022 HOJA No 30 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implemenlación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura eleclfÓnica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo fechaEgreso Rl1 Descripción Tipo Fecha y hora e de egreso del usuario de Tamaño 16 urgencias con obselVaciÓn. Observaciones En caso de muerte corresponderá a la fecha y hora de la muerte del usuario.

Versión 1 La fecha y hora de egreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS ni menor a la fecha de nacimiento del usuario. Así mismo, no debe encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. Número consecutivo que identifique el registro. consecutivo R12 N 1-7 El rango comprendido entre la fecha/hora de ingreso y la fecha/hora de egreso no puede SUDerar las 48 horas.

Debe iniciar con el número uno (1) incrementando de uno en uno. No deben existir números idénticos reoetidos. 1 Ejemplo: { "urgencias": [ { "codPrestado~': "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "causaMotivDAtencion": "21 ", "codDiagnosticoPrincipal": "8427", "codDiagnoslicoPrincipaIE": "8427", "codDiagnosticoRelacionadoE1": null, "codDiagnosticoRelacionadoE2": null, "codDiagnosticoRelacionadoE3": nulI, "condicionDeslinoUsuarioEgreso": "O 1", "codDiagnosticoCausaMuerte": nulI, "fecha Egreso": "2021-08-2320:22", "consecutivo": 1 } J } 3.3.4 Datos de hospitalización ID H01 H02 Campo codPrestador vialng resoServicioSalud Descripción Tipo Tamarlo Código otorgado por el Ministerio de Salud y Protección Social al prestador de servicios de salud o del obligado a reportar. e Identificador para determinar la via de ingreso del usuario al servicio. e 12 2 Observaciones El código del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la tabla "IPSCodHabilitación" para prestadores de servicios de salud o en "IPSnoREPS" para prestadores exceptuados del registro en REPS.

El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con el numDocumentoldObliaado. Informar dala según tabla de "VialngresoUsuario" referencia: teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la vía de ingreso del usuario al servicio de hospitalización. en web.sispro.gov.co. Se puede validar que según la vía de ingreso informada se cuenten con los registros respectivos de la atención realizada en la misma Versión 1 1 RESOLUCiÓN NÚ~O 0:2 8 V6 DE ~ 2022 HOJA No 29 ole'.:l 2022 1 31 Conlinuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electfÓnica de venta e/1 salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción Tipo Tamaf\o Observaciones institución previo al hospitalización. H03 fecha InicioAtencion Fecha y hora de ingreso del usuario a hospitalización. C 16 H04 numAutorizacion C 0-30 H05 causaMotivoAtencion Número asignado por la entidad responsable de pago y demás pagadores a los aplique, que para ordenar la prestación de servicios.

Identificador de la causa que origina el servicio de salud. C 2 H06 codDiagnosticoPrincipal C 4-25 H07 H08 codDiagnosticoPrincipalE codDiagnosticoRelacionadoE1 Código del diagnóstico principal de ingreso confirmado o presuntivo, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE. Código del diagnóstico principal de egreso confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE. del Código diagnóstico relacionado 1 de egreso confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE.

Versión ingreso a La fecha y hora de ingreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS. Así mismo, no debe ser mayor a la fecha y hora de egreso. Cuando el servicio de salud no requiera autorización se informa nul!. 1 Informar dato según tabla de referencia: "RI PSCausaExternaVersion2" teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la causa que origina el servicio de 'salud para hospitalización, en web.sispro.gov.co.

El código de CIE se puede validar segun el sexo y la edad del usuario. 1 1 1 El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: V01-Y98 o su equivalente en la CIE vigente). El código de elE se puede validar segun el código de la consulta (CUPS) informado. C 4-25 Informar dato segun tabla de ·CIE10" referencia: en web.sispro.gov.co o la labia de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE.

El código de CIE se puede validar segun el sexo y la edad del usuario. 1 El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: V01-Y98 o su equivalente en la elE vigente). El código de elE se puede validar según el código de la consulta (CUPS) informado. C 0,4·25 Informar dato segun tabla de ·CIE10· referencia: en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE.

El código de CIE se puede validar segun el sexo y la edad del usuario. Se puede validar Que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual al código de diagnóstico principal de egreso. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual a otro diagnóstico relacionado de egreso. 1 RESOLUCiÓN NúMfaoG28Q6DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 32 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implemenlación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la faclura electronica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID H09 Campo codDiagnosticoRelacionadoE2 Descripción Código Tipo Tamaflo del C O. 4-25 diagnóstico relacionado 2 de egreso confirmado o presuntivo, la Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual a otro diagnóstico relacionado de egreso.

Internacional de Enfermedades CIE. H10 codDiagnosticoRelacionadoE3 Código del C O. 4-25 diagnóstico relacionado 3 de egreso confirmado según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual a otro diagnÓstico relacionado de egreso.

CIE. codComplicacion Código del diagnóstico de complicación confirmado o presuntivo, según la versión vigente de la C 0.4·25 condicionDestinoUsuarioEgreso Identificador para determinar la condición y destino del usuario al egreso de hospitalización. Informar dato segun tabla de "CIE10" en referencia: web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE.

El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: V01-Y98 o su equivalente en la CIE vigente). Clasificación Internacional de Enfermedades CIE. H12 Informar dato segun tabla de ~CIE10" en referencia: web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE.

El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual al código de diagnóstico principal de egreso. o presuntivo, Hll Informar dato segun tabla de "CIElO" en referencia: web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE.

El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual al código de diagnóstico principal de egreso. segun la versión vigente de Clasificación Observaciones C 2 Informar dato según tabla de referencia: ~CIE10" en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE.

Informar dato según tabla de referencia: "CondicionyOestinoUsuarioEgreso" teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la identificación de la condición y destino del usuario al egreso de hospitalización, en web.sispro.gov.co. Se puede validar que, si la condición del usuario al egreso es "Paciente muerto", para este no se informen registros de servicios con fecha y hora posterior a la muerte.

Se puede validar que si la condición del usuario al eQreso es ·Paciente Versión RESOLUCiÓN NúBlSltOJ 2 8 () 6 DE 2022 HOJA No 33 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Preslación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Descripción Tipo Tamaño Observaciones Versión derivado a airo servicio" se informen los servicios prestados.

H13 codDiagnoslicoCausaMuerte Código del diagnóstico de causa básica de C o, 4- 25 Debe ser igual a la causa básica de muerte registrada en el Certificado de defunción. muerte confirmado o presuntivo. según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Se debe registrar el diagnóstico de la causa básica de muerte si la condición y desUno del usuario al egreso es ~Paciente muerto H • El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario.

Enfermedades CIE. El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIE10: V01-Y98 o su equivalente en la CIE vigente). El código de CIE no puede ser de slntomas, signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no clasificados bajo otro concepto (CIE10: ROOR99 o su equivalente en ta CIE vigente). El código de CIE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: lOO299 o su equivalente en la CIE vigente).

H14 fechaEgreso Fecha y hora de egreso del usuario de e 16 Informar dato según tabla de KCIE10" en referencia: web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya segun la vigencia de la CIE. En caso de muerte corresponderá a la fecha y hora de la muerte del usuario. hospitalización. La fecha y hora de egreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS.

Así mismo, no debe encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. consecutivo H15 Número consecutivo que identifique el renistro. Ejemplo: "hospitalizacion": [ { "codPrestador": "500000000001 ", "vialngresoServicioSalud": "02", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "numAutorizacion": "0102342", "causaMotivoAtenciontl;

"21 11, "codDiagnosticoPrincipal": "8427", "codDiagnosticoPrincipaIE": "8427", N 1·7 Se puede validar si la estancia fue menor a 6 horas. Debe iniciar con el numero uno (1) incrementando de uno en uno. No deben existir numeros idénticos recelidos. RESOLUCIÓN Nú~a028ú6DE 29 DIe 2022 2022 HOJA No 34 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "codDiagnosticoRelacionadoE1 ": null, "codDiagnosticoRelacionadoE2": null, "codDiagnosticoRelacionadoE3": null, "codComplicacion": null, "condicionDestinoUsuarioEgreso": "01 ", "codDiagnosticoCausaMuerte": null, "fecha Egreso": "2021-12-1214:22", "consecutivo": 1 } ) 3.3.5 Datos de recién nacido ID N01 N02 Campo cad Prestador tipoDocumentoldentificacion Descripción Código otorgado por el Ministerio de Salud y Protección Social al prestador de servicios de salud o del obligado a reportar.

Identificador del tipo de identificación del recién nacido de acuerdo con su documento de identificación. Tipo e C TamaHo 12 2 Observaciones Versión El código del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la tabla HIPSCodHabilitaci6n~ para prestadores de servicios de salud o en "IPSnoREPS" para prestadores exceptuados del registro en REPS.

El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con el numoocumentoldObliQado. Informar dato según tabla de referencia: "TipoldPISIS·, en web.sispro.gov.co. Solo aplican los siguientes valores: CN: Certificado de nacido vivo RC: Registro civil MS: Menor sin identificar En ningún caso el recién nacido debe carecer de documento de identificación. N03 N04 numDocumenloldentificacion fechaNacimlento Corresponde al número del documento de identificación del recién nacido.

Fecha y hora de nacimiento del recién nacido. N C 4·20 16 De acuerdo con la Resolución 3280 de 2018 todo recién nacido debe contar con el certificado de nacido vivo expedido por el médico que atendió el parto, únicamente se podrá usar la opción "MS: Menor sin identificar" de acuerdo con la Resolución 4622 del 2016 y se validará la estructura del número del documento de acuerdo con las consideraciones de estas normas.

Cuando el tipo de identificación sea MS: Menor sin identificar, se debe registrar el número según lo establecido en la Resolución 4622 del 2016. Tener en cuenta que el objeto ·recienNacidos" se encuentra contenido por el objeto busuarios" que para este caso hará referencia a la madre, por lo tanto, no se hace necesario informar los datos de la misma.

La fecha y hora de nacimiento no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS. 2 RESOLUCiÓN NÚ~~~G 2 8 ¡} 6 DE 2022 HOJA No 35 29 ole 2022 Continuación de la resotución: "Por la cual se modifica la Resoluci6n 1036 de 2022 en relaci6n con el plazo para la implementaci6n del Registro Individual de Prestaci6n de Servicios de Salud, como soporte de la factura electronica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Campo ID N05 edadGestacional N06 numConsultasCPrenatal N07 codSexoBiologico Descripción Tipo Número de semanas de gestación de la madre al momento del narta.

Número de consultas el cuidado para Tamaf'lo N 2 N 2 C 2 N 3,4 Observaciones Se puede validar que la edad gestacional se encuentre entre Versión 1 20 a 46 semanas. 1 Drena tal. Identificador del sexo del recién nacido. Peso en gramos del recién nacido. Informar dato según tabla de ~Sexo~, referencia: en biológico N08 peso web.sispro.gov.co.

Se puede validar que el peso en NIO codOiagnosticoPrincipal condicionOestinoUsuarioEgr eso Código del diagnóstico confirmado o presuntivo, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE. Identificador para determinar la condición y destino del recién nacido al egreso. C 4-25 C 2 El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario.

I Informar dato según tabla de 'CIEIO' referencia en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. Informar dato según tabla de referencia: "CondicionyOestinoUsuarioEgr eso" teniendo en cuenta la columna de la tabla de referencia que indique la identificación de la condición y destino del recién nacido al egreso, en web.sispro.gov.co. 1 Se puede validar que, si la condición del usuario al egreso es "Paciente muerto", para este no se Informen registros de servicios con fecha y hora posterior a la muerte. \ codDiagnosticoCausaMuerte aramos.

El CÓdigo de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: VOI-Y98 o su equivalente en la elE vigente). - N11 I gramos del recién nacido este dentro del rango 500 - 5000 I N09 I Código del diagnóstico confirmado o presuntivo de la causa básica de recién muerte del nacido si esta ocurrió en las primeras 24 horas de nacido, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE. ·C 0.4-25 Se puede validar que si la condición del usuario al egreso es ~Paciente derivado a otro servicio" informen se los servicios arestados.

Debe ser igual a la causa básica de muerte registrada en el Certificado de defunción. Se debe registrar el diagnóstico de la causa básica de muerte si la condición y destino del usuario al egreso es ~Pacienle muerto". El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: VOI-Y98 o su equivalente en la elE vigente).

El código de elE Ino puede ser de slntomas, signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no I RESOLUCiÓN NÚtYleRP.I 2 8 G6 DE 2022 29 ole 2022 HOJA No 36 Continuación de la resolución: ·Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Regislro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporle de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Descripción Campo Tipo Observaciones Tamano Versión clasificados bajo otro concepto (CIElO: ROO-R99 o su equivalente en la elE vigente).

El código de CIE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: 200-299 o su equivalente en la CIE vigenle). Informar dato según tabla de ·CIE10· referencia en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la N12 fecha Egreso C Fecha y hora de egreso del recién nacido.

CIE. En 16 muerte caso de corresponderá a la fecha y hora de la muerte del recién nacido. 1 La fecha y hora de egreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS. Asl mismo, no debe encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. N13 consecutivo N Número consecutivo identifique el registro.

La fecha y hora de egreso no debe ser menor a la fecha y hora de nacimiento del recién nacido. Debe iniciar con el número uno (1) incrementando de uno en uno. No deben existir números idénticos repetidos. 1-7 que 1 Ejemplo: {. "recienNacidos": [ { "codPrestador": "500000000001 ", "tipoDocumentoldentificacion": "RC", "numDocumentoldentificacion": "10172349991 ", "fechaNacimiento": "2019-05-10 10:40", "edadGestacional": 40, "numConsultasCPrenatal": 6, "codSexoBiologico": "02", "peso": 1850, "codDiagnosticoPrincipal": "K469", "condicionDestinoUsuarioEgreso": "01", "codDiagnosticoCausaMuerte": null, "fecha Egreso": "2019-05-25 09:30", "consecutivo": 1 } ) } 3.3.5 Reqistro de datos de medicamentos ID MOl Campo cad Prestador Descripción Código otorgado por el Ministerio de Salud y Protección Social al prestador de servicios de salud o del Tipo C Tamaflo 0,12 Versión Observaciones El código del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la tabla "IPSCodHabilitación" para prestadores de servicios de salud o en "IPSnoREPS· oara 1 29 DIe 2022 RESOLUCiÓN NÚ~~e028i)6DE 2022 HOJA No 37 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Campo ID Descripción obligado reportar.

M02 numAutorizacion Tipo Tamaflo salud o prestadores exceptuados del registro en REPS. C 0-30 servicios. M03 idMIPRES Corresponde al numero de ID que se asigna a la entrega de medicamentos financiados con presupuesto máximo. C 0-15 M04 fechaOispensAdmon Corresponde a la fecha y hora en la cual se dispensó o administró el medicamento al paciente.

C 16 M05 codOiagnostlcoPrincipal Código C 4-25 del diagnóstico principal confirmado o presuntivo, segun la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE. Versión proveedores de tecnologlas en a Número asignado la entidad por responsable de pago y demás pagadores a los que aplique. para ordenar la prestación de Observaciones El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con el numDocumentoldObligado.

En caso de medicamentos financiados con presupuesto máximo, se puede validar que el número autorización de corresponda al número de prescripción en MIPRES. Cuando el medicamento no requiera autorización se informa null. Cuando el medicamento no es financiado por presupuesto máximo se debe informar null a menos que el medicamento sea solicitado a través de la herramienta MIPRES. en este caso debe informar el numero de ID de entrega correspondiente.

Se puede validar que el número de ID de entrega corresponda al reQistrado en MIPRES. La fecha y hora de dispensación no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS, ni menor a la fecha y hora de nacimiento del usuario. Así mismo, no podrá encontrarse por fuera del periodo de facturación segun los datos de la factura electrónica de venta.

El diagnóstico principal para el caso de medicamentos debe ser por el cual se hace necesaria la formulación del medicamento. 1 1 1 1 El código de CIE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIE10: V01-Y98 o su equivalente en la elE vigente). El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario.

M06 codDiagnosticoRelacionado Código del diagnóstico relacionado número 1 confirmado o presuntivo, según la versión vigente de la Clasificación Internacional de Enfermedades CIE. C 0.4-25 Informar dato según tabla de "CIE10" referencia en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE.

El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del usuario. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual al código de diagnóstico principal. Informar dato según tabla de "CIE10" referencia en web.sispro.gov.co o la tabla de referencia o herramienta que lo sustituya según la vigencia de la CIE. 1 RESOLUCIÓN NÚIV$~ (} 2 8 OfuE '1. 9 DIe 2021 2022 HOJA No 38 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustiluye su anexo técnico" ID Campo M07 tipoMedicamento Descripción Identificador para Tipo C Tamaño 2 determinar el tipo de medicamento de acuerdo con Versión Observaciones Informar dato segun tabla de referencia: "TipoMedicamentoPOSVersion2 en web.sispro.gov.co. 1 ft, uso.

Para la opción ·03: Preparación ft magistral genere un registro por cada uno de los principios activos. Si el medicamento es UNIRS se puede validar que se encuentre en el listado de UNIRS. M08 codTecnologiaSalud Código del medicamento de acuerdo con las codificaciones vigentes para medicamentos esenciales codificación vigente. C 0-20 El código del medicamento será el Identificador Único Medicamento -IUM. 1 de Para los medicamentos que no cuentan con IUM se deberá registrar el Código Único de Medicamento - CUM.

Para las preparaciones magistrales se debe informar el campo nun. Se podrá validar la existencia del IUM o del CUM en las tablas de "IUM" referencia: o "CatalogoCUMs" M09 nomTecnologiaSalud Descripción textual medicamento nombre genérico. C 0-30 del en M10 concentracionMedicamento Descripción de la concentración del medicamento indicando la cantidad del principio activo.

N 0-3 M11 unidad Medida Unidad de medida del principio activo N 0-4 M12 formaFarmaceutica Código de la forma farmacéutica del medicamento. C 0.6,8 respectivamente, en web.sispro.gov.co. Registre para el caso de preparación magistral la descripción textual del principio activo del medicamento en nombre genérico (Denominación Común Internacional).

Para los otros tipos de medicamentos puede informar nul!. Informar dato según tabla de referencia: "Denominación Común Internacional (DCjf, en web.sisorO.aov.co. Registre para el caso de preparación magistral la concentración del medicamento indicando la cantidad del principio activo. Para los otros tipos de medicamentos puede informar null.

Registre para !31 caso de preparación magistral la unidad de medida de la concentración del principio activo. Para los otros tipos de medicamentos puede informar nul!. Informar dato según tabla de referencia: MUnidad de Medida de Medicamento (UMM)", en web.sisoro.aov.co. Registre para el caso de preparación magistral la forma farmacéutica del medicamento.

Para tipos los otros de medicamenlos puede informar nul!. Informar dato según tabla de referencia: "FFM", en web.sispro.gov.co. 1 1 1 1 RESOLUCiÓN NúNiEBél G:2 8 iJ 6 0E 29 ole 2022 2022 HOJA No 39 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo M13 unidadMinOispensa Descripción Código de la unidad de medida del medicamento.

Tipo N Tamaño 1-2 Observaciones Versión Unidad mínima de medida en la que se dispensó el medicamento (Vial, tableta, frasco). 1 En los casos en que la dispensación se reporte en unidades de medida diferentes, por ejemplo, en Unidades Internacionales o miligramos, deberá coincidir ccn los datos asociados como el valor unitario, entre otros según aplique.

Informar dato según tabla "UPR", referencia: de en web.sispro.gov. ca. Cantidad de unidades minimas del medicamento dispensadas o administradas. al Corresponde numero de días para los cuales se realiza la dispensación del medicamento. N 1-10 Debe diligenciarse para todos 105 medicamentos facturados. 1 N 1-3 1 tipoDocumentoldentificacion Tipo de documento de identificación de la persona que prescribió el medicamento. e 2 Corresponde al numero de días para los cuales se realiza la dispensación del medicamento.

La mínima unidad será uno (1) Y no se debe utilizar fracciones sino aproximar al numero más alto de días (expresado en días completos) Informar dato segun tabla de referencia: "TipoldPISIS", en web.sispro.gov.co. Solo aplican los siguientes valores: CC: Cédula ciudadanía CE: Cédula de extranjería CD: Carné diplomático PA: Pasaporte Salvoconducto Se de permanencia PE: Permiso Especial de Permanencia DE: Documento extranjero PT: Permiso por Protección Temporal M17 numDocumentoldentificacion e 4-20 M18 vrUnitMedicamento N 1-15 Diligenciar el valor mayor a cero (O) si la modalidad de pago corresponde a "Pago por evento".

Para las demás modalidades informar cero (O). 1 M19 vrServicio Corresponde al del numero documento de identificación de la persona que el prescribió medicamento. Valor monetario unitario del medicamento por unidad mínima de dispensación, según el manual tarifario o la tarifa el en pactada acuerdo de voluntades. Valor. monetario total del medicamento dispensado, según el manual tarifario o la tarifa pactada en el acuerdo de voluntades.

N 1-15 Este valor NO incluye la cuota moderadora. 1 M14 cantidad Medicamento M15 diasTratamiento M16 1 1 Diligenciar el valor mayor a cero (O) si la modalidad de pago corresponde a "Pago por evento". Para las demas modalidades informar cero (O). Si el RIPS es Sin Factura Electrónica de Venta - FEVen salud, informar cero (O) RESOLUCiÓN NÚ~~gÜ 2 8 O6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 40 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electfÓnica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo M20 tipoPagoModerador Descripción Tipo de pago moderador segun el plan de beneficios o planes o pólizas adquiridas.

Tipo Tamaño e 2 Observaciones Informar dato segun labia de referencia: ~TipoPagoModerador", en web.sispro.gov.co. Solo aplican los siguientes valores', Versión 2 01: Cuota moderadora 03: Bono o vale de plan voluntario 04: No aplica pago moderador Solamente se puede cobrar cuota moderadora a afiliados del régimen contributivo. M21 valorPagoModerador Valor monetario del pago moderador.

N 1·10 Para usuarios del régimen subsidiado no se puede informar el pago de valores moderadores de planes voluntarios. Cuando no aplique pago moderador se debe informar cero (O). Si el tipo de pago moderador es "cuota moderadora" o ~bono o vale de plan voluntario" el valor del pago moderador debe ser mayor o igual a uno (1). En el caso de la cuota moderadora, cuando se aplica a órdenes de varios ílems, deberá registrarse el valor correspondiente pagado por el usuario en uno solo de los registros.

M22 numFEVPagoModerador M23 consecutivo Número de factura electrónica de venta emitida al usuario y que soporte el valor registrado en el campo M21 o informado por la entidad responsable de pago o demás I pagadores. Número consecutivo que identifique el registro. Ejemplo: "medicamentos": [ { "codPrestador": "500000000001 ", "numAutorizacion": null, "idMIPRES": "1017232344", "fechaDispensAdmon": "2021-08-18 08: 1O", "codDiagnosticoPrincipal": "K469", En el caso del RIPS soporte de factura con varios usuarios o servicios, el valor del pago moderador informado en la factura electrónica de venta en salud, debe corresponder a la sumatoria de detalles de valores de pagos moderadores de estas facturas de recaudo. informados en RIPS.

El tipo y lamafio del dato serán dados por las disposiciones de la DIAN. Cuando no aplique pago moderador se debe informar nutr. N 1-7 Debe iniciar con el numero uno (1) incrementando de uno en uno. No deben existir números idénticos recetidos. 2 RESOLUCiÓN NúNi6k8G 2 8 Ü6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 41 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "codDiagnosticoRelacionado": null, "tipoMedicamento": "01", "codTecnologiaSalud": "1A1014721001104", "nomTecnologiaSalud": null, "concentracionMedicamento": O, "unidad Medida": O, "formaFarmaceutica": "123456", "unidadMinDispensa": 1, "cantidad Medicamento": 1O, "diasTratamiento": 365, "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "10234561292", "vrUnitMedicamento": 1, "vrServicio": 1, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 1 } J 3.3.6 Datos de otros servicios ID 501 Descripción Campo codPrestador Tipo Código otorgado por el Ministerio de Salud y Protección Social e Tamaño Observaciones O. 12 El código del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la tabla "IPSCodHabilitación para prestadores de servicios de salud o en MIPSnoREPS para proveedores de tecnologías de salud o prestadores exceptuados del regislro en REPS. al prestador de servicios de salud o del obligado Versión H a reportar.

H Para proveedor de tecnologlas de salud debe informar el campo como nult. 502 numAutorizacion Número asignado por la entidad responsable de pago y demás pagadores a los que aplique, para ordenar la prestación e 0-30 de servicios. 503 idMIPRES Corresponde al número de ID que se asigna a la entrega de lecnologlas de salud financiados con presupuesto máximo.

N 0-15 El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con el numDocumentoldObliaado. En caso de tecnologías de salud o servicios complementarios financiados con presupuesto máximo, se puede validar que el número de autorización corresponda al número de prescripción en MIPRES. Cuando el servicio de salud no requIera autorización se deia el camoo vacio.

Cuando el servicio no es financiado por presupuesto máximo se debe informar nutl a menos que el servicio sea solicitado a través de la herramienta MIPRES, en este caso debe informar el numero de ID de entrega correspondiente. Se puede validar que el número de ID de entreoa RESOLUCiÓN NÚ~E.J.g>G 2 8 \) 6 DE 29 Ole 2022 2022 HOJA No 42 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo Tipo Descripción Tamaño 504 fechaSuministroTecnotogia Corresponde a la fecha y hora en la cual se realizó, dispensó, administró o entregó otros servicios, segun aplique. e 16 S05 lipoOS Identificador para determinar el tipo de otros servicios. e 2 Observaciones corresponda al registrado en MIPRES.

La fecha y hora no debe ser mayor a la de validación de los RIPS. Asi mismo, no podrá encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venia. Informar dato según tabla de referencia: MTipoOtrosServicios", en web.sispro.gov.co. Tener en cuenta que los servicios complementarios los solamente son financiados por presupuestos máximos.

Los APME deben registrarse como servicios complementarios. 806 codTecnologiaSalud Código del otro servicio de acuerdo con las codificaciones vigentes o aquella utilizada por el facturador electrónico en salud para casos excepcionales. C 1·20 Las estancias se deben validar con el registro de urgencias u hospitalizaciones informadas. El código del dispositivo médico e insumo debe corresponder al código usado por el facturador electrónico en salud.

El código del traslado. transporte o estancia debe corresponder al código dado por la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS. El código de servicios complementarios debe corresponder al código dado por la tabla de referencia MIPRE8. El código de CUPS puede ser validado que corresponda a una cobertura de otros servicios. El código de CUPS puede ser validado que corresponda al sexo del usuario.

El código CUPS puede corresponder al grupo de servicios informado. El código de CUPS puede ser validado que corresponda a la cobertura o plan de beneficios registrada en la factura electrónica de venta. El código de CUPS se puede validar según la cantidad de veces que se informe por paciente y por dia. Versión RESOLUCiÓN NÚ~() O2 8 (i 6 DE ? q ole 2022 2022 HOJA No 43 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" Campo ID Tipo Descripción TamaHo Observaciones Versión El código de CUPS se con el puede validar diagnóstico principal.

Informar dato según tabla de referencia: ~CUPSRipsft, en web.sisoro.aov.co. 507 nomTecnologia8alud Nombre del otro C 0.60 servicio. Descripción del dispositivo médico e insumo de la 1 entidad obligada a reportar. Si el tipo de otro servicio es diferente a ·01: Dispositivos médicos e insumos" puede informar este campo como null. 508 cantidad OS Cantidad entregada de N 5 otros servicios.

Para dispos~ivos médicos, insumos. traslados y 1 servicios complementarios: informar en unidades 509 tipoDocumentoldentificacion Tipo de documento de identificación de la persona que ordena otros servicios. C 0,2, 1" 510 numOocumentoldentificacion Corresponde al número del documento de identificación de la persona que ordena otros servicios.

C 0.420 511 vrUnilOS N 1-15 512 vrServicio monetario Valor unitario aIras de servicios según el manual tarifado o la tarifa pactada en el acuerdo de voluntades. Valor monetario total de otros servicios según el manual tarifario o la tarifa pactada en el acuerdo de voluntades. N 1·15 Para estancia informar la cantidad de días. Informar dato según tabla referencia: de "TipoldPISIS", en Solo web.slspro.gov.co. aplican.Ios siguientes valores: CC: Cédula ciudadanla CE: Cédula de extranjería CD: Carné diplomático PA: Pasaporte SC: Salvoconducto de permanencia PE: Permiso Especial de Permanencia DE: Documento extranjero PT: Permiso por Protección Temporal Este dala debe aplicar únicamente para los tipos otros servicios: de "Dispositivos médicos e y "Servicios insumas" complementarios".

Este dato debe aplicar únicamente para los tipos servicios:. otros de -Dispositivos médicos e insumas" y "Servicios complementarios". Diligenciar el valor mayor a cero (O) si la modalidad de pago corresponde a "Pago por evento". Para las demás modalidades informar cero (O). Este valor NO incluye la cuota moderadora. Diligenciar el valor mayor a cero (O) si la modalidad de pago corresponde a "Pago por evento".

Para las demás modalidades informar cero (O). Si el RIPS es sin Factura Electrónica de Venta - FEV en salud informar cero (O) 1 1 1 2., RESOLUCiÓN NÚIÍD~Ü 28 (¡ 6 DE 29 Ole 2022 2022 HOJA No 44 Conlinuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Campo S 13 tipoPagoModerador Descripción Tipo de Tipo pago C Tamafto 2 moderador segun el plan de beneficios o planes o pólizas adquiridas.

Observaciones Versión Informar dato según tabla 2 de referencia: "TipoPagoModerador H, en web.sispro.gov.co. Solo los siguientes aplican valores: 01: Cuota moderadora 03: Bono o vale de plan voluntario 04: No aplica pago moderador Solamente se puede cobrar cuota moderadora afiliados del contributivo. 514 valorPagoModerador Valor monetario pago moderador. del N 1-15 a régimen Para usuarios del régimen subsidiado no se puede informar el pago de valores moderadores de planes voluntarios.

Aplica únicamente para servicios ordenados en alenciones ambulatorias. Solamente se puede cobrar cuota moderadora a afiliados del régimen contributivo. En el caso de la cuota moderadora. cuando se aplica a órdenes de varios items. deberá registrarse el valor correspondiente pagado por el usuario en uno solo de los registros. Cuando no aplique cuota moderadora registrar cero (O). 815 816 numFEVPagoModerador consecutivo Ejemplo: "otrosServicios": [ Número de factura electrónica de venta emitida al usuario y que soporte el valor registrado en el campo 514 o informado por la entidad responsable de pago o demás paQadores.

Número consecutivo que identifique el registro. En el caso del RIPS soporte de factura con varios usuarios o servicios. el valor del pago moderador informado en la factura electrónica de venta en salud. debe corresponder a la sumatorla de detalles de valores de pagos moderadores de estas facluras de recaudo. informados en RIPS. El tipo y tamaño del dato serán dados por las disposiciones de la DIAN.

Cuando no aplique pago moderador se debe informar null. N 1-7 Debe iniciar con el número uno (1) incrementando de uno en uno. No deben existir números idénticos repetidos. 2 RESOLUCiÓN NÚ~~C 2 8 O6 DE ~ ~ Ole 20ll. 2022 HOJA No 45 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SeNicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" { "codPrestador": "500000000001 ", "numAutorizacion": null, "idMIPRES": "1034284847", "fechaSuministroTecnologia": "2021-08-18 08: 1O", "tipoOS": "01", "codTecnologiaSalud": "T2387G", "nomTecnologiaSalud": "Dis'positivo", "cantidad OS": 1, "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "10234561292", "vrUnitOS" 350000, "vrServicio": 350000, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo"; 1 } I 3.4 Ejemplo general de un archivo JSON con toda la estructura de datos completa { "numDocumentoldObligado": "814006170", "numFactura": "CTFE226713", "tipoNota": null, "numNota": null, "usuarios": [ { "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "52100200", "tipoUsuario": "01 ", "fechaNacimiento": "2000-01-01 ", "codSexo": "M", "codPaisResidencia": "170", "codMunicipioResidencia": "05134", "codZonaTerritoriaIResidencia": "01 ", "incapacidad": "02", "consecutivo": 1, "codPaisOrigen": "170", "servicios": { "consultas": [ { "codPrestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "numAutorizacion": "100000000002", "codConsulta": "890201 ", "modalidadGrupoServicioTecSal": "09", IIgrupoServicios": "01", "codServicio": 1, "finalidadTecnologiaSalud": "11", "causaMotivoAtencion": "21 ", "codDiagnosticoPrincipal" "D482", "codDiagnosticoRelacionado1 ": "8428", "codDiagnosticoRelacionado2": null, "codDiagnosticoRelacionado3": null, "tipoDiagnosticoPrincipal": "01 ", "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion" "80100200", "vrServicio": 36341, "tipoPagoModerador": "01", RESOLUCiÓN NÚl!l~02806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 46 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "valorPagoModerador": 8000, "numFEVPagoModerador": "AF0987232XX", "consecutivo": 1 l, I "codPrestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-19 05:00", "numAutorizacion": "100000000002", "codConsulta": "890201", "modalidadGrupoServicioTecSal": "09", "grupoServicios": "01 ", "codServicio": 1, "finalidadTecnologiaSalud": "11", "causaMotivoAtencion": "21", "codDiagnosticoPrincipal": "D482", "codDiagnosticoRelacionado1 ": "8428", "codDiagnosticoRelacionado2": null, "codDiagnosticoRelacionado3": null, "tipoDiagnosticoPrincipal": "01", "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "80100200", "vrServicio": 36341, "tlpoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 2 ]. l "procedimientos": ( I "codPrestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "idMIPRES": null, "numAutorizacion": null, "codProcedimiento": "895100", "vialngresoServicioSalud": "01", "modalidadGrupoServicioTecSal": "01 ", "grupoServicios": "04", "codServicio": 1, "finalidadTecnologiaSalud": "44", "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "80100200", "codDiagnosticoPrincipal": "E109", "codDiagnosticoRelacionado": "E 109", "codComplicacion": "E109", "vrServicio": 49700, "tipoPagoModerador": "02", "valorPagoModerado~': 20000, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 1 l ].

"urgencias": ( I "codPrestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "causaMotivoAtencion": "21", "codDiagnosticoPrincipal": "8427", "codDiagnosticoPrincipaIE": "8427", "codDiagnosticoRelacionadoE1 ": null, "codDiagnosticoRelacionadoE2": null, "codDiagnosticoRelacionadoE3": nulI, "condicionDestinoUsuarioEgreso": "O 1", RESOLUCiÓN Nú@~G2806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 47 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "codDiagnosticoCausaMuerte": nulI, "fecha Egreso": "2021-08-23 20:22", "consecutivo": 1 } ], "hospitalizacion": { "cod Prestador": "500000000001", "vialngresoServicioSalud": "02", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "numAutorizacion": "0102342", "causaMotivoAtencion": "21 ", "codDiagnosticoPrincipal": "B427", "codDiagnosticoPrincipaIE" "B427", "codDiagnosticoRelacionadoE1": nulI, "codDiagnosticoRelacionadoE2": null, "codDiagnosticoRelacionadoE3": null, "codComplicacion": nulI, "condicionDestinoUsuarioEgreso": "02", "codDiagnosticoCausaMuerte": nulI, "fecha Egreso": "2021-12-12 14:22", "consecutivo": 1 } ¡, "recienNacidos": { "codPrestador": "500000000001 ", "tipoDocumentoldentificacion": "RC", "numDocumentoldentificacion": "10172349991", "fechaNacimiento": "2019-05-10 10:40", "edadGestacional": 40, "numConsultasCPrenatal": 6, "codSexoBiologico": "02", "peso": 1850, "codDiagnosticoPrincipal": "K469", "condicionDestinoUsuarioEgreso": "01 ", "codDiagnosticoCausaMuerte": null, "fecha Egreso": "2019-05-25 09 30", "consecutivo": 1 } ¡, "medicamentos": { "codPrestador": "500000000001 ", "numAutorizacion": nulI, "idMIPRES": "1017232344", "fechaDispensAdmon": "2021-08-18 08: 1O", "codDiagnosticoPrincipal": "K469", "codDiagnosticoRelacionado": nulI, "tipoMedicamento": "01 ", "codTecnologiaSalud": "1 A 1014721001104", "nomTecnologiaSalud": nulI, "concentracionMedicamento": O, "unidadMedida": O, "formaFarmaceutica": "123456", "unidadMinDispensa": 1, "cantidadMedicamento": 1O, "diasTratamiento": 365, "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "10234561292", "vrUnitMedicamento": 1, "vrServicio": 1, "tipoPagoModerador": "01", RESOLUCiÓN Nú~~ü2806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 48 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "valorPagoModerador": 30000, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 1 } J, "otrosServicios": { "codPrestador": "500000000001 ", "numAutorizacion": null, "idMIPRES" "1034284847", "fechaSuministroTecnologia": "2021-08-18 08: 1O", "tipoOS": "01 ", "codTecnologiaSalud": "T2387G", "nomTecnologiaSalud": "Dispositivo", "cantidadOS" 1, "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "10234561292", "vrUnitOS" 350000, "vrServicio": 350000, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 1 }, { "codPrestador": "500000000001 ", "numAutorizacion": null, "idMIPRES": null, "fechaSuministroTecnologia" "2021-08-18 0810", "tipoOS": "03", "codTecnologiaSalud": " 5DS601 ", "nomTecnologiaSalud": "Derechos de sala de observación en urgencias complejidad baja", "cantidadOS": 5, "tipoDocumentoldentificacion": null, "numDocumentoldentificacion": null, "vrUnitOS": 80000, "vrServicio": 400000, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 2 }, { "codPrestador": "500000000001 ", "numAutorizacion": null, "idMIPRES": null, "fechaSuministroTecnologia": "2021-08-18 08: 1O", "tipoOS": "03", "codTecnologiaSalud": " 108002", "nomTecnologiaSalud": "Internación complejidad baja habitación bipersonal", "cantidad OS": 116, "tipoDocumentoldentificacion": null, "numDocumentoldentificacion": null, "vrUnitOS": 120000, "vrServicio": 13920000, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 3 } ] } },.

RESOLUCiÓN NÚ~OOG2806 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 49 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporle de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" { "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "79100200", "tipoUsuario": "01", "fecha Nacimiento": "2021-08-18", "codSexo": "MOl, !!codPaisResidencia": "170", "codMunicipioResidencia": "05134", "codZonaTerritoriaIResidencia": "01 ", "incapacidad": "02", "consecutivo": 2, "codPaisOrigen": "170", "servicios": { "consultas": [ { "codPrestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "numAutorizacion": "0000000", "codConsulta": "890201", "modalidadGrupoServicioTecSal": "09", "grupoServicios!l: 1101", "codServicio": 1, "finalidadTecnologiaSalud": "11", "causaMotivoAtencion": "21 ", "codDiagnosticoPrincipal": "D479", "codDiagnosticoRelacionado1": "8428", "codDiagnosticoRelacionado2": null, "codDiagnosticoRelacionado3": null, "tipoDiagnosticoPrincipal": "01 ", "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "70100200", "vrServicio": 36341, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo':: 1 } J, "procedimientos": { "codPrestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08: 1O", "numAutorizacion": "0000000", "codProcedimiento": "895100", "vialngresoServicioSalud": "01 ", "modalidadGrupoServicioTecSal": "01", "grupoServicios": "04", "codServicio": 1, "finalidadTecnologiaSalud": "44", "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "80000000", "codDiagnosticoPrincipal": "E1 09", "codDiagnosticoRelacionado": "C842", "codComplicacion": "C842", "vrServicio": 49700, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 1 } J, "urgencias": { RESOLUCiÓN Nú10oo'D28iJ6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 50 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "cad Prestador": "500000000001 ", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 0810", "causaMotivoAtencion": "22", "codDiagnosticoPrincipal" "K469", "codDiagnosticoPrincipaIE": "K469", "cad DiagnosticoRelacionadoE 1": "K469", "codDiagnosticoRelacionadoE2": "K469", "codDiagnosticoRelacionadoE3": "K469", "condicionDestinoUsuarioEgreso": "02", "codDiagnosticoCausaMuerte": "K469", "fecha Egreso": "2021-08-18 08: 1O", "consecutivo": 1 } ], "hospitalizacion": { "cad Prestador": "500000000001 ", "vialngresoServicioSalud": "02", "fechalnicioAtencion": "2021-08-18 08:10", "numAutorizacion": "000000", "causaMotivoAtencion": "21 ", "codDiagnosticoPrincipal": "K469", "codDiagnosticoPrincipaIE" "K469", "codDiagnosticoRelacionadoE1 ": "K469", "codDiagnosticoRelacionadoE2": "K469", "codDiagnosticoRelacionadoE3": "K469", "codComplicacion": "K469", "condicionDestinoUsuarioEgreso": "02", "codDiagnosticoCausaMuerte": "K469", "fecha Egreso": "2021-08-19 08: 1O", "consecutivo": 1 } ], "recienNacidos": { "cad Prestador" "500000000001 ", "tipoDocumentoldentificacron": "RC", "numDocumentoldentificacion": "10184354743", "fecha Nacimiento": "2021-08-18 08: 1O", "edadGestacional": 40, "numConsultasCPrenatal": 2, "codSexoBiologico": "01", "peso": 1753, "codDiagnosticoPrincipal": "K469", "condicionDestinoUsuarioEgreso": "02", "codDiag nosticoCausaMuerte": "K469", "fecha Egreso": "2021-08-18 08: 1O", "consecutivo": 1 } ], "medicamentos": { "cad Prestador": "500000000001 ", "numAutorizacion": "0000000", "idMIPRES": "", "fechaDispensAdmon": "2021-08-18 08: 1O", "codDiagnosticoPrincipal": "A080", "codDiagnosticoRelacionado": "A080", "tipoMedicamento": "01 ", "codTecnologiaSalud": "44405-3", "nomTecnologiaSalud": "CEFALEXINA 500 MG", "concentracionMedicamento": O, "unidadMedida" 1, RESOLUCiÓN NÚ~EJºG 2 8 \) 6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 51 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SelVicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "formaFarmaceutica": null, "unidadMinDispensa": 1, "cantidadMedicamento": 21, "diasTratamiento": 21, "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "79100200", "vrUnitMedicamento": 555, "vrServicio": 11655, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, I!consecutivo": 1 l ], "otrosServicios": { "codPrestador" "500000000001 ", "numAutorizacion": "00", "idMIPRES" "9999", "fechaSuministroTecnologia" "2021-08-18 0810", "tipoOS": "01", "codTecnologiaSalud": "T2387G", "nomTecnologiaSalud": "Dispositivo", "cantidadOS": 120, "tipoDocumentoldentificacion": "CC", "numDocumentoldentificacion": "80122000", "vrUnitOS": 12000, "vrServicio": 12000, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 1 l, { "codPrestador": "500000000001", "numAutorizacion": null, "idMIPRES": null, "fechaSuministro Tecnologia": "2021-08-18 08: 1O", "tipoOS": "03", "codTecnologiaSalud" " 5DSB01 ", "nomTecnologiaSalud": "Derechos de sala de observación en urgencias complejidad baja", "cantidadOS": 1, "tipoDocumentoldentificacion": null, "numDocumentoldentificacion": null, "vrUnitOS": 80000, "vrServicio": 80000, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 2 l, { "codPrestador": "500000000001", "numAutorizacion": null, "idMIPRES": null, "fechaSuministroTecnologia": "2021-08-18 08: 1O", "tipoOS": "03", "codTecnologiaSalud": " 10B002", "nomTecnologiaSalud": "Internación complejidad baja habitación bipersonal", "cantidad OS" 1, "tipoDocumentoldentificacion": null, "numDocumentoldentificacion": null, "vrUnitOS" 120000, RESOLUCiÓN NÚ~~G2806 DE ? 9 ole 2022 2022 HOJA No 52 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" "vrServicio": 120000, "tipoPagoModerador": "04", "valorPagoModerador": O, "numFEVPagoModerador": null, "consecutivo": 3 } } 1 } 1 } 4.

Validaciones generales y Regla Mensaje RVG01 R R Los RIPS no cumplen con la estructura establecida. Los datos de RIPS no coinciden con los informados en la factura electrónica de venta. 1 RVG02 Solo se podrá validar los RIPS si cumplen con la estructura establecida. Los datos de los RIPS deben coincidir con los registrados en la factura electrónica de venta RVG03 R Los RIPS deben contener registros de servicios No se encuentran servicios prestados relacionados con la fact'ura.

El dato informado no corresponde al tipo de dato requerido. El dato informado no corresponde al tamaño de dato requerido. El dato informado no corresponde al contenido requerido. Los usuarios informados deben estar informados en su totalidad en todos los tipos de reqistros. La sumatoria de los valores de los servicios prestados no corresponde al valor informado en la factura electrónica de venta.

La suma!oria de los valores de los pagos moderadores no corresponde al valor informado en la factura electrónica de venta. 1 ID Versión Validación I prestados RVG04 R RVG05 R RVG06 R RVG07 R RVG08 R RVG09 R RVG10 R RVG11 R RVG12 R RVG13 N RVG14 N RVG15 R RVG16 R RVG17 R El dato informado debe corresponder al tipo de dato requerido.

El dato informado debe corresponder al tamaño de dato requerido. El dato informado debe corresponder al contenido requerido. Los usuarios registrados en la clasificación de usuarios deben estar relacionados en los datos de servicios. El valor reportado en los servicios debe coincidir con el valor de la factura electrónica de venta. El valor reportado en las cuotas moderadoras, cuotas de recuperación o pagos moderadores debe coincidir con el valor reportado en la factura electrónica de venta.

Solo se podrá registrar un facturador electrónico en salud por RIPS y factura electrónica de venta. Los profesionales que realizan consultas, procedimientos, prescriben medicamentos u ordenan otros servicios deben estar registrados en RETHUS o inscritos en la plataforma MIPRES si se trata de profesionales que se encuentran prestando el servicIo social obligatorio provisional.

Usuarios informados con los mismos datos. Medicamentos con el mismo código informados para el mismo usuario. Si se informan nacimientos múltiples el procedimiento realizado puede corresponder a parto múltiple. Si se informan datos de urgencias con observación, se debe validar que exista una consulta de urgencia con fecha y hora mayor o igual a la fecha y hora de ingreso del usuario a urqencias con observación. Al informar datos de urgencias con observación con la respectiva consulta de urgencia debe coincidir la causa que origina el servicio de salud.

Al informar datos de recién nacido y cuando este reciba servicios o tecnologías de salud, los dalas respectivos del recién nacido deben ser informados en el objeto "usuario" y los servicios o tecnologias de salud prestados, en los objetos de servicios respectivos. 5. Validaciones por campo I 1 1 1 1 1 1 1 Existen distintos facturadores de servicios de salud. 1 El profesional no se encuentra registrado en RETHUS o inscrito en la plataforma MIPRES. 1 Existen dos o más usuarios registrados con los mismos datos.

Existe dos o más medicamentos con el mismo código registrados para el mismo usuario. 1 Existen dos o más registros de nacidos y la madre no tiene registro de procedimiento de parto múltiple Informó datos de urgencia sin informar la respectiva consulta de urgencia en los dalos de urgencia con observación o viceversa. 1 Informó causa que origina el servicio de salud diferente entre urgencia con observación y consulta de urgencia. 1 Informó servicios o tecnologias de salud prestadas a recién nacido al usuario equivocado. 1 1 1 RESOLUCiÓN Nú@~J 28\1 6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 53 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implemenlación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporle de la factura electronica de venta en salud, y se sustituye su anexO técnico~ Los campos relacionados con pagos moderadores (C18, C19, C20, P17, P18, P19, M20, M21, M22, S13, S14 y S15) pueden ser utilizados por parte del facturador electrónico del sector salud, cuando asi se haya pactado en los acuerdos de voluntades relacionados con coberturas diferentes a las del SGSSS.

ID Validación IDCampo y Regla Mensaje Se requiere que el numero de NIT del facturador electrónico en salud coincida con el número de NIT registrado en la factura electrónica de venta. El número de NIT del facturador electrónico en salud se debe encontrar en la labia ftlPSCodHabilitación" para prestadores de servicios de salud o en "IPSnoREPS" para para proveedores de tecnologías de salud 'o prestadores del Regimen de Excepción Si el NIT es de un proveedor de tecnologías de salud únicamente deberá tener registros de usuarios. medicamentos y otros servicios.

El número de la factura informado en RIPS debe coincidir con el informado en la factura electrónica de venta. El tipo de usuario informado puede ser validado según la entidad responsable de pago informada en la factura electrónica de venta. La fecha de nacimiento no debe ser mayor a la fecha de validación El NIT del facturador electrónico en salud informado en RIPS no coincide con el NIT informado en la factura electrónica de venta. 1 El NIT informado en la factura electrónica de venta o en RIPS no se encuentra en la labia "IPSCodHabil¡tación~ para prestadores de servicios de salud o en ~IPSnoREPS" para para proveedores de tecnologías de salud o prestadores de regimenes especiales. 1 Por ser un proveedor de tecnologías de salud únicamente puede informar datos de usuarios, medicamentos y otros servicios. 1 El número de la factura informado en RIPS no coincide con el informado en la factura electrónica de venta. 1 El tipo de usuario no corresponde a un afiliado de la entidad responsable de pago informada en la factura electrónica de venta. 1 No es posible que la fecha de nacimiento sea mayor a la fecha de validación de los 1 RVCOOl TOl R RVC002 TOl R RVC003 TOl R RVC004 T02 R RVC005 U03 N RVC006 U04 R RVC007 U04 R RVCOOB U04 N RVC009 U05 N RVC010 U05 N RVC011 C01,P01, R01,H01, N01, MOl, SOl R RVC012 COl, P01, R01,H01, N01, MOl, SOl R RVC013 C02, P02, M04, S04 R RVC014 C02, P02, M04, S04 R de los RIPS.

La edad según Versión RIPS. la fecha de nacimiento debe coincidir con el tioo de documento reaistrado Si se informan datos de recién nacido, el usuario puede tener entre 9 a 60 años. Si se informan datos de recién nacido, se puede validar que el usuario tenga sexo "Femenino". Si la finalidad informada ~Interrupción corresponde a voluntaria del embarazo" - IVE se puede validar que el usuario sea de sexo "femenino".

El código facturador del electrónico en salud se debe encontrar en la labia "IPSCodHabilitación" para prestadores de servicios de salud "IPSnoREPS" para en o prestadores exceptuados del reaistro en REPS. El código del prestador de servicios de salud o del obligado a reportar debe estar relacionado con el numDocumentoldObligado. La fecha y hora del servicio no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS.

La fecha del servicio no debe encontrarse por fuera del periodo de facturación según los datos de la factura electrónica de venta. El tipo de documento infonnado no es válido para la edad del usuario. 1 Está informando datos de recién nacido para un usuario menor a 9 años o mayor a 60 años. Está informando datos de recién nacido para un paciente con sexo diferente a "Femenino".

Está informando que se le realizó una interrupción voluntaria del embarazo IVE a un paciente con sexo diferente a "Femenino". 1 El código del factura dar electrónico en salud que otorga el Ministerio de Salud y Protección Social que fue informado en los RIPS no se encuentra registrado en 1 1 1 SISPRO. El código del facturador electrónico en salud que otorga el Ministerio de Salud y Protección Social que fue informado en los RIPS no se encuentra relacionado con el número de identificación tributaria - NIT informado en los RIPS.

La fecha y hora de la prestación del servicio es mayor a la fecha y hora actual. La fecha de la prestación del servicio se encuentra por fuera del periodo de facturación. 1 1 1 RESOLUCiÓN NÚ@~G 2 8 O6 DE ? q ole 2022 2022 HOJA No 54 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación det Registro tndividuat de Prestación de SeNicios de Satud, como soporle de la 'actura etectrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Validación ID Campo Y Regla Mensaje Versión RVC015 C04 N El código de CUPS puede ser validado que corresponda a una cobertura de consulta. código CUPS El informado corresponde a una consulta.

RVC016 C04, P05, S06 N El código de CUPS puede ser El corresponde a un CUPS para el sexo C04, P05, S06 N validado que corresponda al sexo del usuario. El código de CUPS puede ser RVC017 validado que corresponda a la cobertura o plan de beneficios informada en la factura electrónica RVC018 C04, P05, S06 N RVC019 C04, P05, S06 N RVC020 P05 N RVC02l P05 N RVC022 P05 N RVC023 P05 N RVC024 S06 R RVC025 S06 R RVC026 S06 N RVC027 C04 N RVC028 Cl0, Cll, C12, C13, P13,P14, P15, R04, R05, R05, R06, R07, R08, Rl0, H06, H07, H08, H09, Hl0, Hll, H13, N09, Nll, M05, M06 Cl0, Cll, C12, C13, R04, R05, H06 H07 N RVC029 N de venta.

El código de CUPS se puede código CUPS informado no 1 no 1 informado. El código CUPS informado no corresponde a un CUPS para la cobertura o plan de beneficios informada en la factura electrónica de venta. 1 Tenga en cuenta que para el mismo paciente y en el mismo dia no se puede informar más de una vez el código CUPS informado. El código CUPS informado no corresponde a un código relacionado con el código de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE, El código CUPS informado no corresponde a un procedimiento. 1 Tenga en cuenta que para el código CUPS informado se requiere de un tiempo de estancia del paciente.

Tenga en cuenta que, si el código CUPS corresponde a un procedimiento de parto, debe informar en los RIPS datos de hospitalización. 1 Tenga en cuenta que, si el código CUPS corresponde a un procedimiento de parto, debe informar en los RIPS datos del recién nacido. El código informado del traslado, transporte o estancia no corresponde a un código CUPS. 1 El código de servicios complementarios no corresponde a un CÓdigo dado en la tabla de referencia de MIPRES. 1 código El CUPS informado no corresponde a una cobertura de otros servicios. 1 Si se informan registros en el grupo de servicios de internación o el servicio de urgencias el código CUPS se puede validar que sea de consultas intrahospitalarias (interconsultas) y que se encuentre dentro del periodo de internación o de observación de un::¡encias.

El código de CIE se puede validar según el sexo y la edad del paciente. El código CUPS no es de consulta intrahospitalaria o interconsulta y tiene informado datos de hospitalización o urgencias. 1 El código CIE no corresponde al sexo a la edad del paciente. 1 El código de CIE se puede validar según el código de la consulta (CUPS) informado, El código CIE no se encuentra relacionado con el código CUPS de la consulta. 1 validar según la cantidad de veces que se informe por paciente y por dla, El CÓdigo de CUPS se puede validar con el diagnóstico principal.

El código de CUPS puede corresponder a una cobertura de I procedimiento. El código de CUPS se puede validar con el tiempo de estancia del paciente. Si el código CUPS corresponde a procedimiento de parto y además el grupo de servicios informado es internación se puede validar que cuente con datos de hospitalización y de salas (parto o cirugla), Si el código CUPS corresponde a procedimiento de parto se puede validar que cuente con datos de recién nacido.

El código del traslado, transporte o estancia debe corresponder al ~ódigo dado por la Clasificación Unica de Procedimientos en Salud -CUPS, El código de servicios complementarios debe corresponder al código dado por la tabla de referencia MIPRES. El código de CUPS puede ser validado que corresponda a una cobertura de otros servicios. 1 1 1 1 RESOLUCiÓN NÚ~~9G 2 8 O6 DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 55 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SeNicios de Salud, como soporte de la factura electtúnica de venta en salud. y se sustituye su anexo lécnico" ID Validación ID Campo y Regla Mensaje El código de elE se puede validar segun el código del procedimiento (CUPSl informado.

El código de elE no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIE 1O: VOl -Y9a o su equivalente en la elE vigente). El código elE no se encuentra relacionado con el código CUPS del El código de elE no puede ser de síntomas, signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no clasificados bajo olro concepto (CIElO: ROOR99 o.su equivalente en la elE vicentel.

El código de CIE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: ZOOZ99 o.su equivalente en la CIE viaentel. Diligenciar el valor mayor a cero (O) si la modalidad de pago corresponde a "Pago por evento". Para las demás modalidades informar cero 10l. Solamente se puede cobrar cuota moderadora a afiliados del rénimen contributivo.

El valor del pago moderador informado en la factura electrónica de venta en salud, debe corresponder a la sumatoria de detalles de valores de pagos moderadores de las facturas de recaudo, informados en RIPS, Para usuarios del régimen subsidiado no se puede informar el pago de valores moderadores de -olanes voluntarios. La fecha y hora de ingreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS.

La fecha y hora de ingreso no debe ser mayor a la fecha y hora de eareso. El rango comprendido entre la fecha/hora de ingreso y la fecha/hora de egreso no puede suoerar las 48 horas. Se puede validar si la estancia fue menor a 6 horas. El código elE Informado no puede ser de síntomas, signos y resultados anormales de pruebas complementarias, no clasificados bajo otro concepto (CIE10: ROO-R99 o su equivalente en la CIE vigente), RVC030 P13,P14 N RVC031 Cl0, P13, P1S, R04, ROS, Rl0, H06, H07, Hll, H13, N09, Nll, MOS P13,P1S, R04, Rl0, H13, Nll N RVC033 P13, P1S, R04, Rl0, H13, Nl 1 N RVC034 CH, P16, Mla, M19, S11, S12 R RVC03S Cla, PH, M20, S13, S14 C19, Pla, M21 N RVC037 Cla, PH, M20, S13 N RVC03a R02,H03 R RVC039 R02.

H03 R RVC040 Rll N RVC041 H14 N RVC042 Rl0, H13, Nll R RVC043 Rll, H14, N12 R RVC044 Rll, H14, N12 R RVC04S N04 R RVC046 N12 R RVC032 RVC036 N R Se debe registrar el diagnóstico de la causa básica de muerte si la condición y destino del usuario al eareso es "Paciente muerto". La fecha y hora de egreso no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS.

La fecha y hora de egreso no debe encontrarse por fuera del per'lodo de facturación segun los datos de la factura electrónica de venta. La fecha y hora de nacimiento no debe ser mayor a la fecha y hora de validación de los RIPS. La fecha y hora de egreso no debe ser menor a la fecha y hora de nacimiento del recién nacido. Versión procedimiento.

El código elE informado no puede ser de causas externas de morbilidad y de mortalidad (CIElO: V01-Y9a o su equivalente en la elE vigente). Tener en cuenta que el código de CIE no puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: ZOO-Z99 o su equivalente en la CIE vigente). Debe ingresar un valor mayor a cero la modalidad de porque pago corresponde a pago por evento.

El cobro de la cuota moderadora solamente aplica a pacientes del régimen contributivo. El valor del pago moderador informado en la factura electrónica de venta en salud, no corresponde a la sumatoria de detalles de valores de pagos moderadores de las facturas de recaudo, informados en RIPS. El cobro pagos moderadores de planes voluntarios no se realiza a pacientes del régimen contributivo.

La fecha y hora de ingreso es mayor a la fecha y hora actual. La fecha y hora de ingreso es mayor a la fecha y hora de egreso. Tenga en cuenta que está informando una estancia en urgencias superior a 48 horas. Tenga en cuenta que está informando una estancia en hospitalización menor a 6 horas. No informó la causa básica de muerte la cual es necesaria ya que la condición y destino del usuario al egreso fue "oaciente muerte".

La fecha y hora de egreso es mayor a la fecha y hora actual. La fecha de egreso se encuentra por fuera del periodo de facturación. La fecha y hora de nacimiento es mayor a la fecha y hora actual. La fecha y hora de egreso es mayor a la fecha y hora de nacimiento del recién nacido. 2 RESOLUCiÓN N~9 ZiO 6 DE 2022 HOJA No 56 29 ole 2021 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico", ID Validación RVC047 ID Campo N02, N03 Y R Regla Mensaje Versión En caso de que el recién nacido El documento de la madre no coincide con el documento informado en los datos Eliminada aún no cuente con documento de identificación se debe registrar el de la madre el cual debe coincidir con el reQistTo de usuario.

RVC048 P04, M02, S02 N RVC049 M03, S03 N RVC050 S09,S10 R RVC051 C08, P10 N RVC052 C08 N RVC053 R09, H12, N10 N RVC054 H02 N RVC055 M07 N RVC056 S05 R RVC057 N05 N RVC058 N08 N RVC059 C04, P05 N RVC060 C19, P18, M21 R RVC061 C19, P18, M21 R En caso de servicio o tecnología de salud financiado por presupuesto máximo, se puede validar que el número de autorización corresponda al número de prescripción en MIPRES, Se puede validar que el numero de "ID de entrega" corresponda al registrado en MIPRES.

Se debe registrar información de la persona que ordena otros servicios los tipos: para "Dispositivos médicos e insumas" I y "Servicios complementarios". La finalidad informada se puede validar con el sexo y la edad del usuario. Si la finalidad informada corresponde a "Interrupción voluntaria del embarazo" - IVE se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la IVE o a "Atención de población materno perinatal", para los casos de Interrupción Voluntaria del Embarazo sin especificación de causal hasta la semana 24 de aestación. Se puede validar que, si la condición del usuario al egreso es "Paciente muerto", para este no se informen registros de servicios con fecha y hora posterior a la muerte.

Se puede validar que según la via de ingreso informada se cuenten con los registros respectivos de la atención realizada en la misma institución previo al ingreso a hospitalización. Si el medicamento es UNIRS se puede validar que se encuentre en ellistado de UNIRS. Las estancias se deben validar con el registro de urgencias u hospitalizaciones informadas.

Se puede validar que la edad gestacional se encuentre entre 20 a 46 semanas. Se puede validar que el peso en gramos del recién nacido este dentro del rango 500 - 5000 I aramos. El código de CUPS puede ser validado con el grupo de servicio, servicio, finalidad o causa. Si el tipo de pago moderador es "cuota moderadora" o "bono o vale de plan voluntario" el valor del pago moderador debe ser mayor o igual a uno "1".

Cuando aplique pago no moderador se debe informar cero 1(0). de usuario. El servicio o tecnología de salud es financiado con presupuesto máximo y el número de autorización no corresponde 1 al número de prescripción en M1PRES. El numero de "ID de entrega" no corresponde al registrado en MIPRES. 1 No ha registrado información sobre la persona que ordenó el dispositivo médico, insumo o servicio complementario. 1 Tenga en cuenta que la finalidad informada no corresponde al sexo o la edad del paciente.

Tenga en cuenta que la finalidad de interrupción voluntaria del embarazo IVE tiene que tener relación con la causa que motiva la atención. 1 Tenga en cuenta que la condición del paciente es "Paciente muerto" y está informando servicios con fecha y hora posterior a la muerte. 1 El paciente no cuenta con servicios ingreso informados previo al a hospitalización. 1 Tenga en cuenta que está informando un med icamento UNIRS que no se encuentra en el listado de UNIRS autorizado por la entidad competente.

Hay información de estancia(s) pero no se encuentran registros de urgencias u hospitalizaciones que la(s) soporten. Tenga en cuenta que la edad gestacional no se encuentra entre las 20 y 46 semanas. El peso del recién nacido no se encuentra entre 500 a 5000 gramos. 1 1 1 1 1 El código CUPS informado no se encuentra relacionado según el grupo de servicio, servicio, fmalldad o causa.

El valor del pago moderador no es correcto, debe informar un valor numérico mayor o igual a 1. 1 No es posible informar el valor de un pago moderador si el pago moderador no aplica. 1 2 RESOLUCiÓN Nú1000G2806 DE ? 9 Ole 2022 2022 HOJA No 57 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SeMcios de Salud, como soporle de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Validación ID Campo Y Regla Mensaje Se puede validar que si la condición del usuario al egreso es "Paciente derivado a otro servicio" se informen los servicios prestados.

Se podrá validar la existencia del IUM o del CUM en el catalogo respectivo de SISPRO. Para las preparaciones magistrales se debe informar el campo null. El paciente fue derivado a otro servicio, pero no se encuentra información de los servicios prestados. 1 El código IUM o CUM ingresado no se encuentra en el catélogo de datos de iUM o CUM, respectivamente.

Informó un código de tecnologla de salud para una preparación magistral y este tipo de tecnologla de salud actualmente no tiene codificación. Tenga en cuenta que no es necesario que informe dato para el tipo de medicamento informado ya que el Ministerio de Salud y Protección Social obtiene los datos del medicamento informado a partir del código informado. 1 RVC062 R09, H12, Nl0 N RVC063 MOB N RVC064 MOB R RVC065 M09, Ml0, Mll, M12 N RVC066 SOB N RVC067 COB N Si la finalidad informada corresponde a ''Valoración Integral la promoción para y mantenimiento" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "40: Promoción y mantenimiento de la salud intervenciones - RVC06B COB N RVC069 COB N RVC070 COB N RVC071 COB N RVC072 cos N Si la finalidad informada corresponde a "Atención para el cuidado preconcepcional" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la aAtención de población materno I oerinatar.

Si la finalidad informada corresponde a "Atención del parto y puerperio" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno perinatal~. Si la finalidad informada corresponde a "Atención para el cuidado prenatal" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno per¡natal~.

Si la finalidad informada corresponde a "Atención para el seguimiento del recién nacido" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno oerinatal Si la finalidad informada corresponde a "Atención del parto y puerperio" se puede validar que la causa que motiva la atención aquellas corresponda a relacionadas con la HAtención de población materno oerinatal".

" Para "01: Medicamento con uso según registro sanitario", "02: Medicamento con uso como vital no disponible definido por INVIMA" o "04: Medicamento con uso no incluido en el registro sanitario (listado UNIRS)" puede informar null. Si el tipo de otro servicio es diferente a "01: Dispositivos médicos e insumas" puede informar este campo como null.

Versión 1 1 Tenga en cuenta que no es necesario que informe dato para el tipo de otro servicio informado ya que el Ministerio de Salud y Protección Social obtiene los datos del servicio a partir del código informado. Tenga en cuenta que la finalidad informada no corresponde con la causa que motiva la atención. 1 Tenga en cuenta que la finalidad informada no corresponde con la causa que motiva la atención. 1 Tenga en cuenta que la finalidad informada no corresponde con la causa que motiva la atención. 1 Tenga en cuenta que la finalidad informada no corresponde con la causa que motiva la atención. 1 Tenga en cuenta que la finalidad informada no corresponde con la causa que motiva la atención. 1 Tenga en cuenta que la finalidad informada no corresponde con la causa que motiva la atención. Eliminada 1 individuales~. ft • RESOLUCiÓN NÚ~~;CO G280 fiJE 29 ole 2022 2022 HOJA No 58 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de SeNicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico", ID *, ¡Validación, Iv 10"ca,mpo y RVC073 COS N RVC074 COS N RVC075 COS N RVC076 COS N RVC077 cos N RVC07S cos N RVC079 C02, P02, M04, S04 R RVCOSO R11, H14, N12 R RVCOS1 R02, H03 R RVCOS2 S06 N RVCOS3 P10 N RVCOS4 COS N Regla,, ' \," Mensaje,, 1,' Si la finalidad informada Tenga en cuenta que la finalidad corresponde a "Atención para el informada no corresponde con la causa que motiva la atención, cuidado prenatal" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de I población materno perinatal", Si la finalidad informada Tenga en cuenta que la finalidad corresponde a "Atención para el informada no corresponde con la causa seguimiento del recién nacido" se que motiva la atención. puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno I perinalal", Si la finalidad informada Tenga en cuenta que la finalidad corresponde a "Atención para el informada no corresponde con la causa preconcepcional" que motiva la atención. cuidado se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno I perinatal".

Si la finalidad informada Tenga en cuenta que la finalidad corresponde a "Atención del parto informada no corresponde con la causa que motiva la atención. y puerperio" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de I población materno perinatal". Si la finalidad informada Tenga en cuenta que la finalidad corresponde a "Atención para el informada no corresponde con la causa que motiva la atención. cuidado prenatal", se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de I población materno perinatal".

Si la finalidad informada Tenga en cuenta que la finalidad corresponde a "Atención para el informada no corresponde con la causa que motiva la atención. seguimiento del recién nacido" se puede validar que la causa que motiva la atención corresponda a aquellas relacionadas con la "Atención de población materno oerinatal". La fecha y hora del servicio no La fecha y hora de la prestación del debe ser menor a la fecha de servicio es menor a la fecha de nacimiento del usuario. nacimiento del usuario.

La fecha y hora de egreso no debe La fecha y hora del egreso es menor a la ser menor a la fecha de fecha de nacimiento del usuario. nacimiento del usuario La fecha y hora de ingreso no La fecha y hora de ingreso es menor a la debe ser menor a la fecha de fecha de nacimiento del usuario. nacimiento del usuario. El código CUPS puede código CUPS informado no El corresponde al grupo de servicio corresponder al grupo de servicios informado. informado.

Si la finalidad informada código CUPS informado no El corresponde "Intervención corresponde una intervención a a colectiva" se puede validar que el colectiva. código CUPS corresponda a un código de intervención colectiva según el anexo 5 de la CUPS, Si la finalidad Para la finalidad informada no le aplican informada corresponde a "Valoración integral pagos moderadores. para la promoción y mantenimiento", "Planificación y anticoncepción", familiar "Promoción y apoyo a la lactancia materna", "Atención básica de orientación familiar", "Atención para el cuidado preconcepcional", "Atención para el cuidado prenatal", "Interrupción Voluntaria del Embarazo", "Atención del Versión '~ ", Eliminada Eliminada Eliminada Eliminada Eliminada Eliminada 1 1 1 1 1 1 RESOLUCiÓN Núl000G280o DE 29 ole 2022 2022 HOJA No 59 Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica la Resolución 1036 de 2022 en relación con el plazo para la implementación del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud, como soporte de la factura electrónica de venta en salud, y se sustituye su anexo técnico" ID Validación ID Campo Y Regla Mensaje Versión parto y puerperio" o "Atención para el seguimiento del recién RVCOB5 COB N RVCOB6 C11, C12, C13, P14, M06 N RVCOB? C11, C12, C13 N RVCOBB R06, RO?, ROB, HOB, H09, H10 N RVCOB9 R06, RO?, ROB, HOB, H09, H10 N RVC090 P05 R RVC091 C1?, P16, M1B, M19, S11,S12 R nacido" se puede validar que el tipo de pago moderador sea "No aplica pago moderador".

Si la finalidad informada corresponde a 'Valoración integral y para la promoción mantenimiento" el código de elE únicamente puede ser de factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE10: ZaO-Z99 o su equivalente en la elE viqente). Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual al código de diagnóstico Para la finalidad "Valoración integral para 1 la promoción y mantenimiento" no puede informar como diagnóstico un código elE diferente a factores que influyen en el estado de salud y contacto con los servicios sanitarios (CIE1 O: ZOO-Z99 o su equivalente en la CIE vigente).

El código de diagnóstico relacionado es igual al código de diagnóstico principal. 1 El código de diagnóstico relacionado es igual a otro código de d iag nóstico relacionado. 1 El código de diagnóstico relacionado de egreso es igual al código de diagnóstico principal de egreso. 1 El código de diagnóstico relacionado de egreso es igual a otro código de diagnóstico relacionado de egreso. 1 Tenga en cuenta que, si el código CUPS corresponde a un procedimiento quirúrgico, debe informar en los RIPS los datos de la sala usada. 1 Tenga en cuenta que está informando RIPS sin una FEV en salud y no es posible incluir un valor 1 principal.

Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado no sea igual otro diagnóstico a relacionado. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual al código de diagnóstico 'principal de egreso. Se puede validar que el código de diagnóstico relacionado de egreso no sea igual a otro diagnóstico relacionado de egreso.

Si el código CUPS corresponde a procedimiento quirúrgico y además el grupo de servicios informado es quirúrgico se debe validar que cuente con los datos de la sala de cirugía en otros servicios. Si el RIPS es sin FEV en salud el valor informado debe ser cero (O)