Micelio
Resolución2519Vigente

Resolución 2519 de 2022

Por medio de la cual se modifican los artículos 1 y 4 de la Resolución 2206 de 2022

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO C 2519 DE 2022 1 5 010 2022 ) Por medio de la cual se modifican los artículos 1 y 4 de la Resolución 2206 de 2022 LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas.por los numerales 42.2 y 42.7 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y en desarrollo def artículo 15 de la Ley 1438 de 2011 y,

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución 2206 de 2022, este Ministerio determinó los criterios para la asignación de recursos, que apoyarán la financiación, 'conformación y operación del Programa de Equipos Básicos de Salud por parte de las Empresas Sociales del Estado — ESE para realizar actividades en las zonas rurales, urbanas, poblaciones o grupos sociales donde se cuente con poca o ninguna actividad del plan de intervenciones colectivas. • Que el parágrafo del artículo 1 de la precitada resolución establece que: "No serán objeto de distribución, las Empresas Sociales del Estado que estén con medida de intervención forzosa administrativa para administrar o para liquidar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud." Que esta Cartera Ministerial, le solicitó a la Superintendencia Nacional de Salud la información de las Empresas Sociales del Estado que se encuentran con medida de intervención forzosa administrativa para administrar, con el propósito de identificar si alguna de ellas requiere de la implementación de Equipos Básicos de Salud.

Que la Superintendencia Nacional de Salud remitió a este Ministerio el listado de las Empresas Sociales del Estado que se encuentran con medida de intervención forzosa administrativa para administrar, así: No 2 4 5 6 7 8 Nombre de la entidad ESE Hospital San Rafael de Leticia Nueva Empresa Social del Estado Hospital Departamental San Francisco de Asís ESE Hospital San José de Maicao Hospital Regional San Andrés ESE (Chinquana) Hospital San Andrés ESE (Tumaco) ESE Hospital Sandiego de Cereté ESE Hospital San Jerónimo de Monteria ESE Hospital Cadagena de Indias 9 ESE Hospital la Misericordia 10 Hospital Rosario Pumarejo de López ESE Nit. de la entidad 838000096_7 Resolución que ordena la medida Resolución 2118 del 27 de abril de 2020 Resolución de prórroga Inicio de la medida Vencimiento de la Medida D/pto Resolución ejecutiva 087 del 22 de abril de 2022 27/04/2020 27/04/2023' Amazonas Leticia Resolución 4891 del 10 de junio de 2020 Resolución ejecutiva 251 del 31 de octubre de 2022 10/06/2020 28102/2023' Choco Quibdo Resolución No 001615 del 14 de junio de 2016 Resolución 6063 del 13 892300175-4 de junio de 2019 800179870_2 Resolución 000515 del 21 de marzo de 2017 Resolución 1973 del 17 891080015-5 de abril de 2020 Resolución 000360 del 891079999-5 1 febrero 2019 808010305_8 Resolución 5718 del 18 de mayo de 2021 Resolución 20215200013046-6 del 89000060'-' 17 de septiembre de 2021 Resolución 2022420000000042-6 892399994-5 del 14 de enero de 2022.

Resolución ejecutiva 117 del 14 de junio de 2022 Resolución ejecutiva 116 del 13 de lunio de 2022 Resolución ejecutiva 207 del 21 de septiembre de 2021 Resolución ejecutiva 079 del 12 de abril de 2022 Resolución ejecutiva 174 del 3 de agosto de 2022 2022420000002275-6 del 18-05 del 2022 14/06/2016 14/12/2022' Guajira Maicao 13/06/2022 14/12/2022' Cesar Chiriguaná 901108114-5 892120115-1 2022420000005954-6 DE 16 - 09 - 2022 Ciudad o municipio 21/03/2017 22/11/2022' Nariño Tumaco 17/04/2020 17/04/2023 ' Córdoba Cereté 01/02/2019 3/08/2023 * Córdoba Monteria 16/0512021 18/05/2023 '' Bolívar Cartagena 17/09/2021 17/09/2023 Quindio Armenia 14/01/2022 14/01/2023 Cesar Valledupar RESOLUCIÓN NUMÉRO2 5 1 9 DE 15 DiC 2022 2022 HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por medio de la cual se modifican los artículos 1 y 4 de la Resolución 2206 de 2022" Que una vez analizado el precitado listado de Empresas Sociales del Estado que se encuentran en con medida de intervención forzosa administrativa para administrar, se determinó que algunas de ellas están ubicadas en regiones que requieren la implementación de Equipos Básicos de Salud.

Que, en consideración de lo antes expuesto, es preciso modificar el artículo 1 de la Resolución 2206 de 2022, en él sentido de suprimir su parágrafo. Que, de otro lado, ante las necesidades de las regiones es importante dar la posibilidad de que los equipos básicos, en casos excepcionales, puedan realizar actividades que se requieran con carácter prioritario, para garantizar la prestación de servicios de salud a la comunidad, razón por la cual será preciso modificar el artículo 4 de la Resolución 2206 de 2022.

Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 2206 de 2022, el cual quedará así: "Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto determinar los criterios para la asignación de recursos, que apoyarán la financiación, conformación y operación del Programa de Equipos Básicos de Salud por parte de las Empresas Sociales del Estado — ESE para realizar actividades en las zonas rurales, urbanas, poblaciones o grupos sociales donde se cuente con poca o ninguna actividad de/plan de intervenciones colectivas, como una primera etapa en la construcción de un modelo preventivo y predictivo que articulará recursos de diferentes fuentes." Artículo 2.

Modifíquese el artículo 4 de la Resolución 2206 de 2022, el cual quedará así: Artículo 4. Lineamientos Para la conformación de equipos básicos: Las Direcciones de Promoción y Prevención y Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio, expedirán los lineamientos a aplicar para la conformación y operación del Programa de Equipos Básicos de Salud, teniendo en cuenta lo siguiente: 4.1 Los equipos deberán operar en un territorio definido, de manera sistemática y permanente, permitiendo generar vínculo con las familias de ese territorio. 4.2 La Empresa Social del Estado deberá contratar los equipos básicos dando cumplimiento a las normas que rigen la contratación de la entidad, e incluirán en los contratos las funciones definidas en el artículo 16 de la Ley 1438 de 2011 y las que se determinen en los lineamientos.

No se podrán incluir funciones relacionadas con actividades que se encuentren en los planes de beneficios del Régimen Contributivo y Subsidiado, salvo en casos excepcionales en los que se podrán desarrollar acciones para prevenir y atender eventos de interés en salud pública que se requieran con carácter prioritario. 4.3 Estos equipos complementan los equipos médicos interdisciplinarios territoriales, en el marco del plan de salud pública de intervenciones colectivas. 4.4 Las Empresas Sociales del Estado que contraten los equipos básicos deberán tener habilitados los servicios de consulta externa general en modalidad extramural, para profesionales de medicina, enfermería, odontología y psicología, según sea el caso, con lo cual y para efectos de la presente resolución se entenderán habilitados los equipos básicos.

RESOLUCIÓN NÚMERO, 2519 DE 15 DIC 2022 2022 HOJA N° 3 Continuación de la resolución "Por medio de la cual se modifican los artículos 1 y 4 de la Resolución 2206 de 2022" Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición Y modifica los artículos 1 y 4 de la Resolución 2206 de 2022. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D C a los 1 5 DIC 2022 DIANA CAROLINA CORCHO MEJÍA Ministra de Salud y Protección Social ) Aprobó: Viceministro de Salud Pública y Presta IlLírfi de ServÁciosil Viceministro de Protección Social.

Directora de Prestación de Servicio 1=1óTinaria ity, Directora de Promoción y Prevención Director Jurídico r