REPUBLlCA DE COLOMBIA ~.. MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN EJECUTIVA NÚM'~Re - 2ft'1'Al 27 ~ii~~u 249 • DE 2012 "" ""R Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida- Departamento del Guainía EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades legales, en especial, la conferida por el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto- Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999 y,
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los articulas 48 y 49 de la Constitución Política, la seguridad social en su componente de atención en salud es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Que en virtud del artículo 154 de la Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicio públiCO de seguridad social en salud, con el fin de garantizar los principios consagrados en nuestra Carta Política yen los articulas 2 y 153 de la citada Ley.
Que en efecto, la Ley 715 de 2001, en su articulo 42, numeral 42.8 determinó como competencia de la Nación en el sector de la salud lo siguiente: "Establecer los procedimientos y reglas para la intervención técnica y/o administrativa de las instituciones que manejan recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, sea para su liquidación o administración a través de la Superintendencia Nacional de Salud en los términos que señale el reglamento " Que el inciso tercero del numeral 2 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999 prevé: "Cuando no se disponga la liquidación de la entidad, la toma de posesión no podrá exceder del plazo de un (1) año, prorrogable (... ) por un plazo no mayor de un año; si en ese lapso no se subsanaren las dificultades que dieron origen a la toma de posesión, ( ) dispondrá la disolución y liquidación de la institución vigilada.
Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno por resolución ejecutiva autorice una prórroqa mavor cuando así se requiera en razón de las características de la entidad." (Se subraya). Que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución No. 001875 del 23 de diciembre de 2009, ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inirida, Departamento del Guainia, por un término no mayor de dos (2) meses prorrogables por el mismo término, contados a partir de la toma de posesión y designó como Agente Especial Interventor a la FUNDACiÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD, con NIT 860.051.853-4, representada por el doctor ROBERTO JARAMILLO URICOECHES. identificado con la cédula de ciudadanía No 39.990 de Bogotá (Carpeta l' Folios 1-50) Que mediante Resolución No. 000091 del 23 de enero de 2012, se designó como Agente Especial Interventor al doctor HERNANDO MACIAS AROS, identificado con la cédula de RESOLUCiÓN EJECUTIVAJ~o, _ 249 DE 2012 HOJA No. ~ Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida- Departamento del Guainía" ciudadanía No 18.916.083 de Aguachica, quien a través de comunicación del 23 de mayo de 2012 radicado en la Superintendencia Nacional de Salud con NURC 1-2012-044676, solicitó la prórroga del término de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO, con fundamento en lo siguiente: (Carpeta 14 Folios 2815-2821 y 2889) y. ) Dado que a la fecha no se han expedido los actos administrativos que reglamenten el giro de los recursos para el pago de los pasivos, y que este pago es requisito indispensable para levantar la medida de intervención, se solicita la prórroga de la intervención por un término razonable para cumplir con el pago a los acreedores.
Termino que estaría entre los tres y los seis meses, dependiendo del tiempo que se tome el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud para dar trámite al mencionado proceso de giro a los acreedores de los recursos asignados por el FONSAET a la ESE HOSPITAL M.E.p. Adicionalmente, durante el proceso de intervención se continuará el proceso de depuración contable, la formulación del estudio de condiciones de viabifidad financiera de la ESE y el estimativo del subsidio a la oferta que requiere para su operación y garantizar la prestación de servicios de salud en el área rural mediante la modalidad de comisiones periódicas de equipo interdisciplinario de salud en los ríos del departamento.
" Que el mismo modo, en comunicación radicada con NURC 1-2012-047756 del 30 de mayo de 2012, el doctor HERNANDO MACIAS AROS en su calidad de Agente Especial Interventor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida - Departamento del Guainía complementó la referida solicitud de prórroga en los siguientes términos: (Carpeta 14 Folio 2890-2891 ) "(.) El hospital continúa presentando un desequifibrio operacional importante, resultante de los elevados costos operacionales, la necesidad de garantizar la oferta de servicios en una región con una amplia extensión y una bajlsima densidad poblacional; costos que no son retribuidos por los servicios brindados a las tarifas vigentes, toda vez que la demanda es limitada y debe asumirse una oferta ociosa importante.
La prestación de servicios continua siendo limitada en el área rural por las restricciones presupuestales y la falta de acuerdo con la secretaria departamental de salud para la prestación de servicios de Salud Pública y la prestación de servicios no cubiertos con subsidio a la demanda brindados a la población pobre y vulnerable del departamento.
El sistema de información financiera continua siendo deficiente: la estructura y dinámica del proceso presupuestal es inadecuada, el presupuesto aprobado no incluye la totalidad de los gastos del entidad ni ha incorporado los ingresos del SGP sin situación de fondos,; la depuración contable aún no se ha concluido, se presentan inconsistencias en la definición de la cartera de la entidad.
La entidad continua siendo amenazada por los pasivos acumulados, a los funcionarios de planta se les adeudan salarios y primas de navidad de 2011, a los contratistas se les adeudan honorarios de 2011 Y dos meses de la presente vigencia, y las obligaciones vencidas con proveedores son cuantiosas. Para cubrir los pasivos acumulados, en la vigencia 2011 se asignaron $4.889 millones de recursos del FONSAET.
Se está a la espera de la reglamentación para el giro de estos recursos, los cuales solucionan al crisis de liquidez de la entidad. Asl la cosas, se solicita la prorroga del proceso de intervención para adelantar las siguientes acciones: Fortalecimiento y reorganización de modelo de información financiera, depuración contable, rediseño de procesos de cartera y presupuesto.
Formulación del estudio de L -______________________________________________________ l~1 IJ RESOLUCiÓN EJECUTIVA !!ro. 249 DE 2012 HOJA No. 'ª Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida- Departamento del Guainía" condiciones de viabilidad financiera de la ESE y el estimativo del subsidio a la oferta que requiere para su operación y garantizar la prestación de servicios de salud en el área rural mediante la modalidad de comisiones periódicas de equipo interdisciplinario de salud en los rlos del departamento.
Concertación con secretaria departamental de salud de las estrategias y modelos de contratación para la prestación de servicios de salud pública y la oferta de servicios de mediana complejidad en el departamento. (sic) (..)" Que evaluada la solicitud del Agente Interventor, contenida en los oficios anteriormente citados, El Superintendente Delegado para Medidas Especiales en concepto sin número de fecha 5 de junio de 2012, previas algunas consideraciones concluye: (Carpeta 14 Folios 2904-2914) "(.) 5.
CONCLUSiÓN ESPECIALES DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA MEDIDAS En consideración a lo anteriormente expuesto, el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales considera viable prorrogar la medida de intervención de la ESE Hospital Manuel Elkin Patarroyo por seis (6) meses. tiempo en el cual el Agente Interventor deberá garantizar la prestación adecuada y oportuna de los servicios de salud a la población del Departamento del Guainía como única Empresa Social del Estado del Departamento.
Durante el tiempo de la prorroga, el Agente Especial Interventor deberá presentar ante la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales, el respectivo ajuste al plan de acción y el cronograma de las actividades a ejecutarse durante el tiempo de la prorroga este último deberá contener metas de cumplimiento, tiempos proyectados para el logro·de dichas metas y objetivos claramente trazados, a desarrollarse durante el plazo de prórroga del proceso de intervención. asl como dar continuidad a las acciones que se emprendieron con la última resolución de prórroga como son: Depuración de la información contable, dotar la ESE de un software hospitalario, contable y financiero. contar con el personal idóneo tanto en el área asistencial como administrativa, recuperación efectiva de la cartera que permita garantizar la operación corriente de la ESE, buscar las fuentes de financiación de los proyectos de inversión y de reestructuración necesario para la sostenibitidad de la ESE. liquidación de los contratos suscritos con la Gobernación del Guainía, continuar con las actividades intramurales de especialista y extramurales para los programas de salud pública, seguir adelantando en conjunto con la Secretaria de Salud del Departamento del Guainla lo correspondiente a la propuesta de reorganización para la ESE Hospital Departamental Manuel Elkin Patarroyo en el marco del Proyecto de Reorganización, Rediseño y Modernización de las redes de prestación de servicios de salud en el departamento del Guainía. El Agente Especial Interventor deberá continuar con el proceso de preparación de la información y soportes flsicos de la documentación contable y presupuestal, para que una vez se establezcan los requisitos que darán lugar al giro de los recursos asignados por el FONSAET mediante Resolución No. 00470 de 2011 a la ESE Hospital Manuel Elkin Patarroyo por valor de $4.899.800.540, este proceso se pueda realizar de forma ágil, efectiva, eficiente y eficaz.
En este orden de ideas, la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, considera viable prorrogar el proceso de intervención forzosa para administrar a la ESE HOPSITAL MANUEL ELKIN PATARROYO. por un término de seis (6) meses. sin perjuicio de que la Superintendencia Nacional de Salud pueda disponer el levantamiento de la medida de la intervención antes de su vencimiento.
(...)" Que la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria del Ministerio de Salud Protección Social, en concepto técnico sin fecha, con base en la información reportada por la RESOLUCiÓN EJECUTIV"';'NO,'. 249 DE 2012 HOJA No, ~ Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida' Departamento del Guainía" Superintendencia Nacional de Salud, considera oportuno prorrogar el término de la medida de intervención de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL MANUEL ELKIN PATARROYO, del Municipio de Inírida del Departamento del Guainía,Y previas algunas consideraciones concluye: "CONCLUSIÓN Durante el proceso de intervención, el Hospital ha venido desarrollando su producción fortaleciendo la atención al segundo nivel.
La información presupuestal de la ESE Hospital Departamental Manuel Elkin Patarroyo refleja reducción del déficit operacional en la vigencia 2011, evidenciada por el incremento en sus niveles de ingresos tanto reconocidos como recaudados. Sin embargo la superación del déficit total no se ha logrado, dado que la entidad tiene pendiente cubrir pasivos acumulados.
Se observan avances en los procesos contables, teniendo aún pendientes procesos de depuración. El Agente Interventor presentó un informe del estado de avance de los compromisos y un plan de acción que establece un conjunto de estrategias dirigidas al mejoramiento de las condiciones de operación y financiamiento de la ESE, incluyendo los procesos de depuración contable.
La ESE Hospital Departamental Manuel Elkin Patarroyo es beneficiaria de la asignación de recursos del FONSAET realizada mediante la resolución No. 470 de 2011, con lo que se financiarán los pasivos acumulados a 31 de diciembre de 2011. El saneamiento de los pasivos con los recursos asignados mediante dicha resolución se realizará durante el segundo semestre de 2012, razón por la cual se considera oportuna la prórroga de la intervención por seis (6) meses que permitan, ejecutar de manera adecuada los recursos asignados por el FONSAET, el saneamiento de los pasivos de la entidad y culminar la depuración contable que de certeza de la realidad financiera de la entidad.
" El lapso otorgado en la Resolución No. 001875 del 23 de diciembre de 2009 (Carpeta 1 Folios 1-50) Ysus prórrogas concedidas mediante las Resoluciones No. 000357 del 26 de febrero de 2010 (Carpeta 2 Folios 221-225), 000639 del 27 de abril de 2010 (Carpeta 3 Folios 400-403), 000811 del 26 de mayo de 2010 (Carpeta 4 Folios 597-601),002087 del 23 de diciembre de 2010 (Carpeta 8 Folios1570-1576), 01391 del 24 de junio de 2011 (Carpeta 12 Folios 23002306), 002855 del 24 de octubre de 2011 (Carpeta 14 Folios 2767-2776) Y 00441 del 22 de diciembre de 2011 (Carpeta 14 Folios 2804-2811), para la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida- Departamento de Guainía, se encuentra próximo a vencer sin que en dicho lapso se hubieren subsanado la totalidad de las dificultades que dieron origen a dicha medida.
De esta suerte, se estima necesario prorrogar el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida- Departamento de Guainía, toda vez que se mantienen algunos presupuestos fácticos importantes que dieron origen a la medida, a la par de las ' mismas características de la entidad intervenida.
Con el fin de garantizar la continuidad del proceso, el normal funcionamiento y la adecuada garantía de la prestación de los servicios de salud de la población a su cargo, este Despacho, con base en lo dispuesto en el inciso 3' numeral 2' del artículo 22 de la Ley 510 de 1999, autoriza la prórroga de la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida- Departamento de Guainía, por el término de seis (6) meses, con miras a que se ejecuten las actividades pendientes que permitan conseguir los objetivos trazados.
En mérito de lo expuesto, este Despacho, IJ RESOLUCiÓN EJECUTIVA NQ.. 249 DE 2012 HOJA No. §. Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ElKIN PATARROYO del Municipio de Inírida- Departamento del Guainia"
RESUELVE
ARTíCULO 1°. AUTORIZAR la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO, del Municipio de Inírida - Departamento del Guainía, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.
PARÁGRAFO: La prórroga será hasta por el término de seis (6) meses, contados a partir del día 28 de junio de 2012, con sujeción a lo dispuesto en el Inciso 3 del numeral 2 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999, mediante el cual se modificó el artículo 116 del DecretoLey 663 de 1993. ARTíCULO 2°. COMUNICAR la presente decisión al doctor HERNANDO MACIAS AROS, identificado con la cédula de ciudadanía 18.916.083 de Aguachica, Agente Especial Interventor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL MANUEL ELKIN PATARROYO del Municipio de Inírida en el Departamento de Guainía, al Gobernador del Departamento de Guainfa, al Superintendente Nacional de Salud, y a la Comisión de Regulación en Salud- CRESo ARTíCULO 3°.
La presente resolución rige a partir de su publicación. COMUNíQUESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE. 2: ¿~~2D12 Dada en Bogotá a los Mini t::1""fOá'7'L NDOÑO SOTO ud y Protecéióñ S