R( I'Ú BlICA O( COlOMIII/\ MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMERO r, " ~' 2~ 76 DE 2020 ( 23 OIe 2020 ) Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 1161 de 2020 modificado por la Resolución 1757 de 2020, en el sentido de ampliar el término para el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales en especia l, de las conferidas por los numerales 3 y 7 del articulo 173 de la Ley 100 de 1993, el articulo 20 del Decreto Legislativo 538 de 2020, adicionado por el articulo 8 del Decreto Legislativo 800 de 2020 y,
CONSIDERANDO
Que, este Ministerio mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por las Resoluciones 844, 1462 Y 2230 de 2020, declaró el estado de emerge ncia sa nitaria por causa del Coronaviru s COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 28 de febrero de 202 1 y, en consecuencia, viene ad optand o una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación de la enfermedad y mitigar sus efectos.
Que mediante la Resolución 1161 de 2020, se fijaron los servicios y tecnologías en salud que integ ran las canastas para la atención del coronavi ru s COVID-19 y se reguló el anticipo de los recursos de canastas, para realizar pagos por disponibilidad de camas de cu idados intensivos e intermedios, en cumplimento de lo previsto en el artículo 20 del Decreto 538 de 2020, modificado por el articulo 8 del Decreto 800 del4 de junio de 2020.
Que el articulo 10 de la precitada la Resolución 1161 de 2020 modificado por el articulo 1 de la Resolución 1757 de 2020 estableció que "El pago por disponibilidad de cuidados intensivos e intermedios de que trata el presente acto administrativo se extenderá por un término de cinco (5) meses y podrá ser prorrogado en atención a la evolución de la pandemia".
Que, el Instituto Nacional de Salud - INS a través de comunicación 2-10000-2020-00504 3 del 18 de noviembre de 2020, remite e l modelo ajustado con las proyecciones del comportamiento de Covid -1 9 en el cual se informa "un nuevo pico entre la última semana de noviembre y la segunda de diciembre (20 nov - 14 dic) ~. Que, en virtud de lo anterior, este Ministerio a través de comunicación 202030001845411 del 23 de noviembre de 2020 solicitó al Comité del Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME, la asignación de recursos que perm ita co ntinuar con el pago por disponibilidad de Unidades de Cuidados Intensivos e Intermedios para los meses de noviembre y diciembre de 2020.
Que, e l Comité del Fondo de Mitigación de Em ergencias - FOME, en ses ión virtual del 15 de diciembre de 2020 aprobó financiar con ca rg o a los recursos del Programa de Canastas de Asegu ramiento la exte nsión del reconocimiento de anticipos por disponibilidad, incluyendo los meses de noviembre y diciembre de 2020, tal como consta en la certificación expedida el 18 de diciembre de 2020.
RESOLUCiÓN NÚMERO _." ~ 2.4 7 6 DE 23 DIC 2020 2020 HOJA No.;1 Continuación de la resolución "Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 1161 de 2020 modificado por la Resolución 1757 de 2020, en el sentido de ampliar el término para el pago por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios" Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario ampliar el término de temporalidad del pago por disponibilidad de cuidados intensivos e intermedios, con el fin de garantizar la disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios para los meses de noviembre y diciembre de 2020.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE Articulo 1. Modifiquese el articulo 10 de la Resolución 1161 de 2020. modificado por el artículo 1 de la Resolución 1757 de 2020, el cual quedará así: IIArtículo 10. Temporalidad del pago pordisponibí/idad de cuidados intensivos e intermedios. El pago por disponibilidad de cuidados intensivos e intermedios de que trata el presente acto administrativo se extenderá por un término de siete (7) meses y podrá ser prorrogado en atención a la evolución de la pandemia J •• Artículo 2.
El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 10 de la Resolución 1161 de 2020, modificado por la Resolución 1757 de 2020. PUBLÍQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C, a los 23 DIC 2020 Ministr de Salud y Protección Social ill.J· Aprobó:. Viceministra de Protección Social ~{, Viceministro de Salud 'J Prestación de SeN icio Director de Regulación de Beneficiosf\CRstos y T rifas el'""Aseguramiento en Salud -~ Director de Financiamiento Sectoria l ~.
Directora de Prestación de SeNicios y Atención primari~ r.r D;,,"'" J";di,, \ (