República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NUMERÓ. 1E2391DE 2021 29 DIC 2021 Por la cual se realiza distribución y asignación de las vacunas contra la COVID-19 entregadas al Estado colombiano por los laboratorios Sinovac Life Scienses Co., Ltd y Moderna Switzerland GMBH EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466, 630 y 744 de 2021 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad".
Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.
Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404, 466, 630 y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID — 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas.
Que, mediante la Resolución 2021048566 de 29 de octubre de 2021 del Invima, por la cual se resuelve la solicitud de actualización de información de la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE a la vacuna denominada CoronaVac, se establece que esta puede implementarse para la vacunación en población pediátrica, como parte del Plan Nacional de Vacunación contra la Covid-19, y de acuerdo con las indicaciones del fabricante, estas vacunas pueden ser almacenadas en condiciones de refrigeración entre +2°C y + 8°C. Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 26 de diciernbre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión 29 DIC 2021 RESOLUCIÓN NÚNIEllf; r ” 2 3 9 A. DE 2021 HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza distribución y asignación de vacunas contra la COVID-19 entregadas al Estado colombiano por los laboratorios Sinovac Lile Scienses Co., Ltd y Moderna Switzerland GMBH" del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 2.100.000 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ltd denominada CoronaVac, identificada con los números de lote, B202108113, B202108114, B202108115, C202108155 y C202108156.
Que mediante Resolución 2238 de 2021, se asignaron 1.500.000 dosis de vacunas contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ltd para suministrar a la población entre 3 y 11 años, quedando un saldo de biológicos pendiente por asignar. Que mediante Resolución 2021041443 de 21 de septiembre de 2021 del Invima, por la cual se modifica la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE a la vacuna Moderna mRNA-1273, se establece que esta debe ser administrada en adultos y niños de 12 años o más. Así mismo, puede almacenarse refrigerada, sin abrir, entre 2 °C y 8 °C, protegida de la luz, durante un máximo de 30 días, antes de retirar la primera dosis.
Dentro de este periodo, se puede transportar durante 12 horas. Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 14 de diciembre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 1.723.540 dosis de la vacuna mRNA — 1273 contra la COVID-19, del laboratorio Moderna Switzerland GMBH identificadas con los números de lote 015F21A.
Que mediante Resoluciones 2277 y 2337 todas de 2021, se asignaron 314.440 dosis de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH para Aplicar segundas dosis pendientes en su jurisdicción asignadas mediante resoluciones anteriores, quedando un saldo de biológicos pendiente por distribuir. Que, atendiendo a que el ritmo de vacunación en los territorios presenta velocidades distintas, resulta necesario establecer estrategias diferenciales que permitan acelerarlo, en aquellos en los que por sus particularidades geográficas y sociales requieran una asignación especial de vacunas, con el propósito de contribuir al logro de los objetivos locales y las metas propuestas por el Gobierno nacional en el Plan Nacional de Vacunación. Que en virtud de lo anterior, conforme con lo dispuesto en la Resolución 1805 de 2021, acto administrativo a través del cual se modificó el artículo 4° de la Resolución 1627 del mismo año, este Ministerio puede realizar distribución y asignación especial de vadunas a las entidades territoriales que las requieran, para atender estrategias poblacionales como vacunación a población indígena, jornada extramural en zonas de alta ruralidad u otra particularidad, previa evaluación de: i) velocidad del avance de la vacunación, ii) saldos de vacunas contra la COVID-19 disponibles en su territorio y iii) justificación de la necesidad, para lo cual, la entidad territorial remitirá a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, solicitud en la que se justifique la necesidad de una asignación especial, especificando estrategias, población objeto y tiempo requerido para la aplicación de las vacunas solicitadas.
Que la secretaria departamental de salud de Córdoba y distritales de Bogotá y Barranquilla, en cumplimiento de la precitada resolución, solicitaron a esta Cartera Ministerial, la asignación especial de vacunas contra la COVID-19, en el marco del desarrollo de estrategias poblacionales, que permitan acelerar el cumplimiento y logro del 70% de la vacunación en sus territorios, así como iniciar la aplicación de dosis de refuerzo, peticiones que se describen a continuación: RESOLUCIÓN NúMEf3i3O Ç239i 29 DIC 2021 DE 2021 HOJA No 3 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza distribución y asignación de vacunas contra la COVID-19 entregadas al Estado colombiano por los laboratorios Sinovac Life Scienses Co., Ltd y Moderna Switzerland GMBH" Entidad territorial Radicado Solicitud Moderna Solicitud Sinovac Bogotá Barranquilla 202142402615852 50.000 202142402642902 127.717 Córdoba 202142402642902 11.200 Que a través del presente acto administrativo se le asignarán al Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla 85.200 dosis de vacunas del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ltd denominada CoronaVac toda vez que, mediante Resolución 2238 de 2021 ya se le habían ?signado 42.000 dosis de este biológico.
Que, la Dirección de Promoción y Prevención atendiendo a las solicitudes formuladas, considera procedente realizar asignación especial a las entidades territoriales señaladas, teniendo en cuenta que: i) que con corte a 21 de diciembre de 2021, las coberturas de segundas dosis alcanzadas por Bogotá, Barranquilla y Córdoba no alcanzan el 70% ii) a la misma fecha, tales entidades territoriales no cuentan con biológicos suficientes en su jurisdicción, para el desarrollo de jornadas de vacunación necesarias para aumentar la cobertura de esquemas de vacunación primarios y dosis de refuerzo, y, iii) la necesidad de contar con biológicos suficientes para propender por la efectividad de la vacunación en su territorio, teniendo en cuenta las coberturas alcanzadas y población susceptible aun por vacunación. Que, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1887 de 2021, por la cual se modifica el numeral 8.7 del Anexo Técnico 1 de la Resolución 1151 de 2021, modificado por la Resolución 1866 de 2021, las siguientes poblaciones pueden acceder a una dosis de refuerzo con un biológico homólogo o heterólogo: i) personas de 12 años en adelante con alguna de las condiciones clínicas descritas en el literal (a) del numeral 8.7 del artículo 1° de la precitada Resolución, 30 días después de completar el esquema primario de vacunación; ii) personas con trasplante de órgano sólido, trasplante de progenitores de hematopoyéticos (durante los primeros 2 años o que reciban tratamiento inmunosupresor), pacientes con neoplasia hematológica en quimioterapia activa y pacientes con inmunosupresión severa, como antiCD 20, 30 días después de completar el esquema primario de vacunación; iii) personas de 50 años o más, a partir de los 4 meses de haber completado el esquema primario; iv) personas entre 18 y 49 años, a partir de los 6 meses de haber completado dicho esquema.
Que algunas personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio, y al momento de cumplirse el tiempo establecido para recibir la segunda dosis se encuentran en otro lugar, así como personas que han recibido la primera dosis en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis, razón por la cual, se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar la vacuna contra la COVID — 19 a aplicar la dosis faltante.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Asignación de vacunas contra la COVID-19. Asignar 97.200 dosis de vacunas del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ltd denominada CoronaVac, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación así: 29 LUC 2021 RESOLUCIÓN NUMERO t.:239 1 DE 2021 HOJA No 4 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza distribución y asignación de vacunas contra la COVID-19 entregadas al Estado colombiano por los laboratorios Sinovac Life Scienses Co., Ltd y Moderna Switzerland GMBH" N° 4 14 SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla - Secretaria de Salud Distrital Departamento de Córdoba - Secretaria de Desarrollo de la Salud TOTAL CANTIDAD DOSIS 85.200 12.000 97.200 Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, las entidades territoriales deberán atender a las siguientes indicaciones: 1.1 1.2 1.3 1.4 1.5 1.6 Suministrar a la población entre 3 y 11 años dosis del biológico, cuando la entidad territorial, a partir de su microplaneación, lo considere necesario.
Garantizar el cierre de esquemas de vacunación (segundas dosis) contra COVID19 pendientes en su jurisdicción. Aplicación de dosis de refuerzo de acuerdo con lo establecido en los lineamientos técnico-operativos, enunciados en el numeral 8.7 de la Resolución 1151 de 2021. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas primarios de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores y de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, siempre y cuando la vacuna que requiera se encuentre disponible.
La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera dosis, para lo cual es necesario solicitar el carné de vacunación y verificar los datos registrados en PAIWEB. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas por este Ministerio. Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadas con COVID-19, deberán esperar que transcurra un tiempo mínimo de treinta (30) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos treinta (30) días contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de los biológico, en los términos de la Resolución 1151 de 2021, modificada por las resoluciones 1866 y 1887 ambas de 2021.
Artículo 2. Asignación de vacunas contra la COVID-19. Asignar 54.040 dosis de vacunas contra la COVID-19, del laboratorio Moderna mRNA-1273 Switzerland GMBH, al distrito de Bogotá. Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, la entidad territorial deberá atender las siguientes indicaciones: 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 Aplicar segundas dosis pendientes en su jurisdicción asignadas mediante resoluciones anteriores.
Aplicar dosis de refuerzo a: i) personas de 50 años o más, a partir de los 4 meses de haber completado el esquema primario, ii) personas entre 18 y 49 años, a partir de los 6 meses de haber completado dicho esquema. Garantizar la aplicación de las dosis asignadas antes de su fecha de vencimiento. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas primarios de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores y de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, siempre y cuando la vacuna que requiera se encuentre disponible.
La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera dosis, para lo cual es necesario solicitar el carné de vacunación y verificar los datos registrados en PAIWEB. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas por este Ministerio. 29 DIC 2021 RESOLUCIÓN NÚMESOC1J2J39 I DE 2021 HOJA No 5 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza distribución y asignación de vacunas contra la COVID-19 entregadas al Estado colombiano por los laboratorios Sinovac Life Scienses Co., Ltd y Moderna Switzerland GMBH" 2.6 Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadas con COVID-19, deberán esperar que transcurra un tiempo mínimo de treinta (30) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos treinta (30) días contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de los biológico, en los términos de la Resolución 1151 de 2021, modificada por las resoluciones 1866 y 1887 ambas de 2021.
Artículo 3. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., 29 DIC FERNANDO RUÍZ GÓMEZ Mi stro de Salud y Protección Social Aprobó Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Director de Promoció4 y Prevención )irectora Juridica