«HJEIICA !H COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ( 00001888 15 SEP 2025 DE 2025 ) Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabílidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 112 de la Ley 1438 de 2011, 19 de la Ley 1751 de 2015, 3 de la Ley 2015 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que la Ley 23 de 1981, "Por la cual se dictan normas en materia de ética médica", definió en su artículo 34 que la historia clínica constituye el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente, información que se considera privada y sujeta a confidencialidad, a menos que el paciente otorgue previamente su autorización para compartirla con terceros o en situaciones contempladas por la legislación. Que, mediante la Resolución 1995 de 1999 el Ministerio de Salud y Protección Social estableció las normas aplicables al diligenciamiento, administración, conservación, custodia y confidencialidad de las historias clínicas, definiéndola como.' "un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente ¡as condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Dicho documento únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la ley Que, de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012, artículo 5o se categorizan como datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos.
Que, por su parte los literales g) y k) del artículo 10 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, establecen como parte de los derechos de las personas, que la historia clínica debe ser manejada con total confidencialidad y reserva; RESOLUCIÓN NÚMERO Ü0301888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 1 Continuación de la Resolución "Por medio de la cuni se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la ¡nteroperabüidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones " así mismo, en lo referente al derecho a la intimidad, dispone que toda la información proporcionada en el contexto de los servicios de salud, así como los detalles asociados al estado de salud y enfermedad de la persona, deben ser tratados de manera confidencial.
Que, dentro de los elementos y principios del derecho fundamental a la salud, en virtud del principio de Continuidad, las personas tienen derecho a recibir los servicios de salud de manera continua. Una vez la provisión de un servicio ha sido iniciada, este no podrá ser interrumpido por razones administrativas o económicas. Con el propósito de facilitar, agilizar, garantizar el acceso e intercambio de los datos clínicos relevantes de los pacientes encaminada a mejorar la atención en salud, mediante la Ley 2015 de 2020 se regula la interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica (IHCE), mediante la creación de la Historia Clínica Electrónica Interoperable, en la cual se consignarán todos los datos clínicos relevantes de cada paciente, desde su nacimiento hasta su fallecimiento, respetando, por parte de los actores del sistema de salud involucrados, el Habeas Data y la condición de reserva de la misma.
Que, con la expedición del Decreto 1263 de 202.2, por el cual se adiciona el Título 22 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se definen, entre otros, los lineamientos y estándares aplicables a la Transformación Digital Pública, el marco de la interoperabilidad, el modelo de servicios, la operación de la interoperabilídad y los mecanismos y herramientas que permitan garantizar su materialización. Que, en virtud de lo establecido en el Artículo 3 de la Ley 2015 de 2020, los Prestadores de Servicios de Salud están obligados a diligenciar y disponer los datos, documentos y expedientes de la historia clínica en la plataforma de interoperabilidad que disponga el Gobierno Nacional.
Para ello, corresponde al Ministerio de Salud y Protección Social definir las características, términos y condiciones de la interoperabilidad y establecer los criterios para exigir su respectiva implementación. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo 1o del artículo 3 de la Ley 2015 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social deberá adoptar un plan de implementación de la Irteroperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE, orientado al intercambio de los datos clínicos relevantes, considerando las condiciones específicas de los sujetos obligados.
Dicho plan deberá ejecutarse obedeciendo los criterios de interoperabilidad que privilegien ¡os avances y sistemas existentes en los prestadores de servicios de salud, con el fin de optimizar recursos. Así mismo, se faculta al Ministerio para definir los términos de implementación de la interoperabilidad de los documentos y expedientes de la historia clínica electrónica como una fase superior al intercambio de datos clínicos relevantes.
RESOLUCIÓN NÚMERO ÚÜ301888 J¿SEP DE 2025 HOJA No. 3. Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta e! Resumen Digital de Atención en Salud - ! PDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Que, conforme lo establece el artículo 14 de la Ley 2015 de 2020, el Gobierno Nacional y los demás agentes del sistema de salud que intervengan en la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCEconcuri irán en la financiación para la implementación de los mecanismos necesarios que garanticen el funcionamiento continuo, oportuno y accesible de la IHCE.
Que, atendiendo a la facultad otorgada en el artículo 4 de la referida Ley 2015 de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidieron la Resolución 866 de 2021, a través de la cual se estableció el conjunto de datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica en el país y los catálogos de datos que son de obligatorio uso por los prestadores de servicios de salud y demás personas naturales o jurídicas que se relacionen con la atención en salud para ei intercambio de información de esas atenciones entre los actores del sistema de salud en el país, con el fin de garantizar la continuidad asistencial a las personas y minimizar el daño que por desconocimiento de ese historial pueda eventualmente presentarse.
Que, así mismo se determinó en la referida Resolución 866 de 2021, que la fuente de los datos clínicos relevantes para la ¡nteroperabilidad, es la historia clínica de las personas y los datos de las atenciones de salud dispuestos en el mecanismo de Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica -IHCE-, los que deben ser usados para el proceso de atención integral en salud vinculados a las funciones específicas de cada uno de los actores del sistema de salud.
Que, en el artículo 9 de la referida Resolución 866 de 2021, se establece que el mecanismo electrónico de interoperabilidad de datos clínicos relevantes de la historia clínica que permitirá visualizar los datos de las atenciones de salud, debe ser usado para dar continuidad a la atención en salud y estar debidamente articulado con la política de Gobierno Digital, particularmente, con el habilitador de los Servicios Ciudadanos Digitales en los términos expedidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, teniendo en cuenta para su implementación los Lineamientos Técnicos de Seguridad y Privacidad de la Información, Arquitectura y Servicios Ciudadanos Digitales determinados en la Política de Gobierno Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Que la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE se configura como el mecanismo mediante el cual, a través de los sistemas de información de los prestadores de servicios de salud, se realiza el intercambio de información de las atenciones en salud, incorporando medidas de seguridad, privacidad y control de accesos que garanticen la protección de los datos dentro de la plataforma.
Para su adecuada implementación, el modelo de ¡nteroperabilidad de la IHCE constituye la herramienta que orienta a los diferentes actores del sistema, en particular a los prestadores de servicios de salud, en el desarrollo de sus capacidades tecnológicas, operativas y logísticas, a fin de asegurar que los sistemas de información puedan comunicarse y compartir los Resúmenes Digitales de i RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 4 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Atención - RDA de forma estandarizada, segura, eficiente y efectiva.
Asimismo, la arquitectura de la IHCE, concebida bajo un esquema centralizado e integrada con el Ministerio de Salud y Protección Social como entidad administradora, permite la utilización de estándares y protocolos técnicos previamente definidos, garantizando la intercambiabiiidad, trazabilidad y disponibilidad de la información clínica, así como la continuidad de la atención y la seguridad del paciente en todo el sistema de salud.
Que mediante el Decreto 1078 de 2015 en el Título 17, Subrogado por el Art. 1 del Decreto 620 de 2020 se establecen los líneamientos generales en el uso y operación de los servicios ciudadanos digitales. Que el Resumen Digital de Atención en Salud - RDA, en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE, se implementará de manera progresiva y por fases, bajo la responsabilidad del Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2015 de 2020.
Dichas fases comprenden: i) la generación de los RDA por parte de ios sujetos obligados a través de seis sistemas de información de historia clínica electrónica; ¡i) el envío de los RDA a la plataforma de interoperabilidad dispuesta por el Ministerio, garantizando seguridad, integridad y confidencialidad en la transmisión; y iii) la búsqueda y consulta de los RDA por los profesionales de la salud autorizados, para asegurar la continuidad de la atención, la disponibilidad de la información clínica y la trazabilidad de los procesos asistenciales.
En este sentido, resulta indispensable que el Ministerio de Salud y Protección Social adopte el Resumen Digital de Atención en Salud - RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE, y establezca el mecanismo para su ¡mplementacíón a nivel nacional, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 2015 de 2020 y en la Resolución 866 de 2021, a fin de que posteriormente pueda darse plena aplicación a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 2015 de 2020 respecto de la administración de la Historia Clínica Electrónica Interoperable.
Que la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE se configura como eí mecanismo mediante el cual, a través de los sistemas de información de los prestadores de servicios de salud, se realiza el intercambio de información de las atenciones en salud, incorporando medidas de seguridad, privacidad y control de accesos que garanticen la protección de los datos dentro de la plataforma.
Para su adecuada implementación, el modelo de interoperabilidad de la IHCE constituye la herramienta que orienta a los diferentes actores del sistema, en particular a los prestadores de servicios de salud, en el desarrollo de sus capacidades tecnológicas, operativas y logísticas, a fin de asegurar que los sistemas de información puedan comunicarse y compartir los Resúmenes Digitales de Atención - RDA de forma estandarizada, segura, eficiente y efectiva.
Asimismo, la arquitectura de la IHCE, concebida bajo un esquema centralizado e integrado con el Ministerio de Salud y Protección Social, permite la utilización de estándares y protocolos técnicos previamente definidos, garantizando la intercambiabiiidad, trazabilidad y disponibilidad RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 5 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su ¡mplementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" de la información clínica, así como la continuidad de la atención y la seguridad del paciente en todo el sistema de salud.
Que, en tal sentido, se hace necesario expedir la presente resolución con el fin de adoptar el Resumen Digital de Atención en Salud - RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE, y establecer el mecanismo para su implementación a nivel nacional, en cumplimiento de la Ley 2015 de 2020 y la Resolución 866 de 2021.
Para ello, resulta indispensable definir el modelo de intercambio de información de la historia clínica electrónica, los criterios y componentes técnicos que deben cumplir los actores del sistema de salud, y el plan gradual de adopción atendiendo a las condiciones particulares de cada entidad territorial. Asimismo, se reglamenta el anexo técnico de operación de! modelo de interoperabilidad, en lo relativo a la generación, envío, búsqueda, visualízación y uso del RDA, bajo los principios de finalidad, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad previstos en la Ley 1581 de 2012, con el propósito de consolidar un sistema seguro, progresivo y eficiente para el manejo de la información en salud.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1, Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar el Resumen Digital de Atención en Salud - RDA, en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica -IHCE* y establecer el mecanismo para la implementación a nivel nacional, de conformidad con lo establecido en Ley 2015 de 2020 y en la Resolución 866 de 2021.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente Resolución serán aplicables a los actores descritos en el artículo 2 de la Resolución 866 de 2021. Artículo 3. Contenido del Resumen Digital de Atención en Salud. El Resumen Digital de Atención en Salud - RDA estará conformado por los elementos de datos clínicos relevantes definidos en la Resolución 866 de 2021, o en la norma que la modifique o sustituya, los cuales constituyen la información mínima estandarizada para garantizar la interoperabilidad de la historia clínica electrónica y la continuidad del cuidado.
De manera inicial, deberán implementarse los siguientes tipos de ROA: a) RDA de paciente: Incorpora los datos clínicos relevantes una vez se realice un evento de atención clínica. b) RDA de hospitalización (internación): Integra los datos clínicos relevantes derivados de los procesos de atención intrahospitalaria, con el fin de dar soporte a la continuidad asistencial y a los procesos de referencia y contrarreferencia. RESOLUCIÓN NÚMERO JG001688 15 SEP DE 2025 HOJA No. 6 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se didan otras disposiciones" c) RDA de consulta externa: Contiene los datos clínicos relevantes generados en las atenciones ambulatorias, orientados a facilitar la gestión integral de la atención y el acceso a información clínica esencia! por parte de otros prestadores. d)RDA de urgencias (atención inmediata): Registra los datos clínicos relevantes de la atención prestada en los servicios de urgencias, asegurando su disponibilidad inmediata para la continuidad del proceso asistencial.
El mecanismo de Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE dispondrá de los siguientes servicios de información asociados al RDA: 1. 2. 3. Generación: estructuración y producción de! RDA por parte de los prestadores de servicios de salud, conforme a los estándares técnicos definidos. Envío: transmisión del RDA hacia la plataforma de interoperabilidad, seguridad, garantizando integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información. Búsqueda y consulta: mecanismos para la localización, acceso y visualización de los RDA disponibles, en observancia de los principios de finalidad, acceso restringido y protección de la información en salud.
Parágrafo. El Ministerio de Salud y Protección Social podrá definir, incorporar y socializar RDA adicionales a los previstos en el presente artículo, atendiendo a las necesidades del sistema de salud, a la evolución de los procesos asistenciales y al desarrollo progresivo de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE Artículo 4.
Componentes de la operación de interoperabilidad del RDA: El Ministerio ce Salud y Protección Social dispondrá los componentes necesarios para realizar el intercambio de datos clínicos, los cuales se describen en el Anexo Técnico No. 1 "Lineamiento para la implementación del Resumen Digital de Atención en Salud - RDA, en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE" que hace parte de la presente resolución. Artículo 5.
Implementación de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica -IHCE-. Corresponde a todos los actores definidos en el artículo 2, implementar la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE, de conformidad con las responsabilidades y obligaciones establecidas en la resolución 866 de 2021 y la presente resolución. Para ello, deberán atender el anexo técnico que hace parte integral del presente acto administrativo, así como el cronograma de implementación, el cual será publicado en el micrositio de la página web del Ministerio de Salud y Protección Social habilitado para el presente mecanismo, disponible en el enlace: www.minsalud.aov.co/JHCE RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 7 Continuación de la Resolución "Por metf/o de la cua/ se adopta el Resumen Digital de Atención en SaludRDA en el merco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su ¡mplementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Artículo 6.
Transitoriedad. A partir de.la publicación de la presente resolución, los actores definidos en el artículo 2 deberán realizar los ajustes necesarios en sus sistemas de información para adecuarlos a la estructura, formato y requisitos técnicos aquí adoptados. Para tal efecto, contarán con un plazo máximo de seis (6) meses, contados a partir del 15 de octubre de 2025, para integrar e interoperar sus sistemas con el modelo definido en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE, Artículo 7.
Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D. C. GUILLERMO ALFO^SOTaRAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social AproDó: Dlreeríén de PrestecWn de Servicios y Atención Prlmsría íf&ib Oílcir.s de Tecnología de la Informoción y la comunicación '¡ufy’. Dirección Jurfd<a f VOBO Viceministerlo de Salud Pública y Prestación de Servidos. tj ¿ / RESOLUCIÓN NÚMERO JÜ301888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 8 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud ROA en el marco de la interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" ANEXO TÉCNICO No, í Lincamiento para la implementación del Resumen Digital de Atención en Salud - RDA, en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica -IHCE-. 1.
OBJETO El presente anexo técnico tiene por objeto establecer los lineamientos técnicos para la operación be la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE mediante el uso del Resumen Digital de Atención en Salud - RDA, con el fin de facilitar la integración de los prestadores de servicios de salud con el Ministerio de Salud y Protección Social, garantizando el intercambio seguro, eficiente y efectivo de la información clínica.
Estos lineamientos permiten asegurar la trazabilidad, disponibilidad, integridad y confidencialidad de los datos de atención en salud de la población, en el marco de lo dispuesto por la normativa vigente. 2. DEFINICIONES Además de las definiciones contenidas en el artículo 3 de la Resolución 866 de 2021, para efectos de la presente resolución se tendrán en cuenta las siguientes: Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE: Mecanismo mediante el cual, a partir de los sistemas de información de historias clínicas electrónicas de los prestadores de servicios de salud, se realiza el intercambio de información relativa a las atenciones en salud, incorporando medidas de seguridad y privacidad que garanticen la protección de los datos conforme a la normativa vigente.
Modelo de Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE: Conjunto de lineamientos, procesos, herramientas y requisitos técnicos que orientan a los actores del sistema de salud, en especial a los prestadores de servicios, para el desarrollo de las capacidades tecnológicas, operativas y logísticas que permitan la comunicación y el intercambio de los Resúmenes Digitales de Atención - RDA de manera segura, eficiente y efectiva.
Arquitectura de Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE: Esquema centralizado diseñado para facilitar el intercambio seguro, eficiente y efectivo de ios Resúmenes Digitales de Atención - RDA entre los distintos actores del sistema de salud, a través de estándares y protocolos previamente definidos, cuya integración se realiza con el Ministerio de Salud y Protección Social.
Resumen Digital de Atención en Salud - RDA: Documento electrónico estandarizado que compila la información mínima esencial generada en una atención en salud, destinada a garantizar la continuidad del cuidado, la seguridad del paciente y el acceso oportuno a datos clínicos relevantes, en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE.
API: Interfaz de programación de aplicaciones. Conjunto de reglas y protocolos que permite que diferentes componentes de software se comuniquen entre sí. API Gateway: Componente en la arquitectura de software que actúa como intermediario entre las aplicaciones clientes y los servicios backend, permitiendo la gestión centralizada, ia seguridad, el enrutamiento y otros aspectos relacionados con las API.
API Key: Clave de acceso que se le dispone a los prestadores de salud con el fin de autenticarse ante la plataforma tecnológica y el mecanismo de IHCE. Arquitectura de Interoperabilidad: Proporciona una visión de ia arquitectura tecnológica necesaria para soportar la interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÍ101838 15 SEP DE 2025 HOJA No. 9 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su ¡mp/ementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Arquitectura de Seguridad: Establece los lineamientos técnicos necesarios para garantizar la privacidad y seguridad de la información durante los procesos de la Interoperabilidad de Historia Clínica Electrónica, cumpliendo con las normativas legales y reglamentarias aplicables.
BCP: blp. Plan man de ae Continuidad continuidad del Negocio que establece el Ministerio, en el cual se especifican las acciones que deberán Ce realizarse para que la entidad siga funcionando en caso de presentarse algún Incidente o falla que no sea contemplada y que la afecte. Brecha de seguridad: Es un tipo grave de incidente en el que se logra acceder, filtrar o divulgar información sensible sin autorización. Puede involucrar datos personales, o datos sensibles (como es el caso de los datos sobre el estado de la salud de un individuo), y sueie tener consecuencias legales, reputacionales y operativas para la organización. Coordinación y Gobernanza: Definición de roles y responsabilidades de los diferentes actores involucrados, así como los mecanismos de coordinación y monitoreo necesarios para asegurar el funcionamiento eficiente y sostenible de la plataforma y el mecanismo de la 1HCE.
DRP: Plan de Recuperación de Desastres que hace parte del BCP, que aplica a los aspectos de una organización que dependen de una infraestructura de TI en funcionamiento. Tiene como objetivo resolver la perdida de datos y recuperación de funcionalidad de sistemas para que puedan ponerse a funcionar después de un incidente. Evento de seguridad: Cualquier ocurrencia detectada en un sistema, red o servicio que puede tener relevancia para la seguridad, como un intento de acceso, un cambio de configuración o una alerta de un antivirus.
No todos los eventos son maliciosos, pero se registran para analizar sí representan algún tipo de riesgo. Firewall: Herramienta de seguridad informática diseñada para proteger una red de servidores y/o estaciones de trabajo o un sistema de información al controlar y filtrar el tráfico de red entrante y saliente. FHIR: Estándar para el intercambio electrónico de información de salud, que tiene como objetivo mejorar la interoperabilidad entre sistemas de salud.
HTTPS: Es una versión segura dei protocolo HTTP que usan los sitios web para que la información que se envía entre el navegador del usuario y la página esté protegida mediante cifrado, lo que impide que otros puedan ver o modificar los datos. Incidente de seguridad: Evento (o conjunto de eventos) que afecta o podría afectar negativamente la seguridad de la información. Por ejemplo, un acceso no autorizado, un virus que altera archivos o una caída inesperada del sistema.
Los incidentes requieren una respuesta para investigar y mitigar su impacto. Modelo de Interoperabilidad: Establece los principios y directrices que rigen la interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE en el territorio nacional. ISO 27001: Estándar internacional que establece buenas prácticas para gestionar la seguridad de la información en una organización, ayudando a proteger datos sensibles y a reducir riesgos relacionados con ciberataques NIST: instituto Nacional de Estándares y Tecnología (NIST, por sus siglas en inglés) es una agencia del gobierno de Estados Unidos que emite guías.y estándares ampliamente usados para mejorar la ciberseguridad en organizaciones públicas y privadas.
OWASP: Comunidad global enfocada en mejorar la seguridad del software; es conocida por publicar listas de las vulnerabilidades más comunes en aplicaciones web, como la OWASP Top 10. RBAC: Control de Acceso Basado en Roles (RBAC, por sus siglas en inglés) es una forma de limitar el acceso a sistemas o datos según el rol que tenga una persona en una 1 RESOLUCIÓN NÚMERO JÜ001888 11 SEP DE 2025 HOJA No. 10 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de !a Historia Clinica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y so dictan otras disposiciones'' organización, lo que mejora la seguridad al dar permisos solo a quien realmente los necesita.
Servicios de Intercambio de Información: Detalla los flujos de información y los mecanismos de intercambio para la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica entre los prestadores de servicios de salud, entidades territoriales y el Ministerio de Salud y Protección Social. TLS: Protocolo de Seguridad de la Capa de Transporte (TLS, por sus siglas en inglés) se usa para cifrar comunicaciones en internet y garantizar que ios datos enviados no sean vistos ni modificados por terceros, MITM (Man-in-the-middle): Tipo de ataque cibernético en el cual, un hacker se interpone entre dos partes que creen estar comunicándose directamente, para espiar, modificar o robar la información que intercambian sin que se den cuenta.
Validador individual de atención - VIDA: Corresponde a una cadena alfanumérica cifrada, que certifica la recepción y validación RDA que se obtiene cuando este registro de la atención cumple con todas las reglas de validación obligatorias establecidas en la guía de impiementación https://vulcano,ihcecol.gov.co/guía/. El mecanismo único de interoperabilidad incluirá ei VIDA en la respuesta de los RDA de hospitalización, urgencias y consulta ambulatoria aceptados, 3, ARQUITECTURA ELECTRÓNICA 3,2 Transacciones 3,2.1, DE INTEROPERABILIDAD DE LA HISTORIA CLÍNICA Generación del Resumen Digital de Atención en Salud - RDA.
El Resumen Digital de Atención en Salud - RDA será generado por cada prestador de servicios de salud a través de su Sistema de Información de Historia Clínica Electrónica - HIS, conforme a los estándares técnicos y de Interoperabilidad definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Las actividades mínimas que deberán ejecutarse en esta fase son: a) Capturar y estructurar los datos clínicos relevantes de la atención, conforme al conjunto mínimo definido en la normativa vigente. b) Validar la Integridad, consistencia y calidad de los datos antes de.su consolidación en el RDA. c) Generar el RDA en el formato estandarizado de interoperabilidad definido por el Ministerio. d) Firmar digitalmente el documento, garantizando la autenticidad y no repudio de la. información generada. e)I Almacenar una copia interna en el HIS para efectos de trazabilidad y auditoría. 3.2.2.
Envío del Resumen Digital de Atención en Salud - RDA.El prestador de servicios de salud deberá transmitir el RDA mediante su Sistema de información de Historia Clínica Electrónica - HIS, al finalizar cada atención en salud, Las actividades mínimas que deberán realizarse en esta fase son; a) Establecer la conexión segura con la plataforma de interoperabilidad del Ministerio medíante los protocolos de comunicación autorizados. b) Enviar el RDA en el formato estandarizado, garantizando la seguridad, confidencialidad e integridad de la información. c) Recibir y registrar eí acuse de recibo emitido por el Ministerio, el cual incluirá un número único de atención VIDA o, en su defecto, la notificación de rechazo de la transacción, d) En caso de rechazo, implementar las acciones correctivas necesarias y reenviar la Información en cumplimiento de los lineamientos técnicos, RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 11 Continuación de la Resolución "Por medio dele cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se diclan otras disposiciones" 3.2.3.
Búsqueda y consulta del Resumen Digital de Atención en Salud « RDA. El RDA estará disponible para los profesionales de la salud durante el proceso asistencia!, a través de mecanismos de búsqueda en el historial de atenciones integrados con el Sistema de Información de Historia Clínica Electrónica - HiS del prestador. Las actividades mínimas que deberán ejecutarse en esta fase son: a) Autenticar y autorizar al profesional de la salud mediante los mecanismos de seguridad y control de accesos definidos. b) Realizar la búsqueda del historial de RDA en la plataforma de interoperabilidad, de acuerdo con los criterios establecidos (paciente, fecha, tipo de atención, entre otros). c) Visualizar los RDA disponibles... en un formato estandarizado que asegure la usabilidad clínica y la pertinencia en la atención. d) Garantizar que el acceso y uso de la información se limite estrictamente a los fines asistenciales autorizados por la normativa vigente. e) Registrar cada acceso para efectos de auditoría, trazabilidad y control. 3.3 Componentes de la arquitectura j Componente ____________ Descripción____________ ! Servidor rHIR (Fast Componente cuya función principal será í Healthcare la de proporcionar una plataforma para Interoperability almacenar, gestionar y compartir los Resources) recursos HL7 FHIR que conforman la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE de manera estandarizada, según las especificaciones HL7 FHIR que facilitará la interoperabilidad entre los diferentes actores.____________________________ Gestor de Componente diseñado para garantizar la identificación de correcta identificación y vinculación de los personas o MPI documentos clínicos, Resumen Digital de (Master Patient Atención (RDA) de los pacientes.
Su Index) función principal es mantener una referencia centralizada y confiable de la información de salud de los pacientes y de la población en general. Historial Atenciones Saiud de en Responsable Ministerio de Salud y la Protección Social Ministerio de Salud y la Protección Social Para la gestión de la Identificación unívoca de los pacientes y la población, el Ministerio Salud y la Protección Social Integrará la identificación de las personas con fuentes de información oficial de manera actualizada, con el fin de referenciar los Resúmenes Digitales de Atención (RDA) de los pacientes y de la población en general,__________________ Componente, diseñado para registrar y Ministerio de Salud gestionar todos los eventos clínicos y la Protección relacionados con los pacientes.
Su función Social principal es proporcionar un seguimiento detallado y organizado de cada atención en salud recibida por los pacientes y la población, facilitando un acceso rápido y preciso a su historial de atenciones. RESOLUCIÓN NÚMERO 30301838 11 SEP DE 2025 HOJA No. 12 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Servidor Terminológico Catálogos Referencia de Visor RDA Almacenamiento RDA (Repositorio) ETL Gestor de RDA Este componente actuará como una ¡ Ministerio de Salud aplicación o sistema de software i y la Protección encargado de gestionar y proporcionar I Social acceso a un conjunto estandarizado de ¡ terminologías y vocabularios en salud, I asegurando la coherencia, precisión y I comprensión uniforme de los elementos í de datos clínicos intercambiados entre i diferentes actores.________ ' _____ ¡_________________ Comprende los servicios de información ! Ministerio de Salud necesarios para la validación de la í y la Protección integridad de los contenidos del Resumen i Social Digital de'Atención en Salud (RDA) con respecto a las fuentes de referencia nacional.___________________________ Este componente actuará como una Prestadores de aplicación o sistema de software cuya servicios de Salud función principal será la de permitir a los Sistema de profesionales de la salud acceder y información visualizar los RDA que se encuentren en Hospitalaria de cada el mecanismo de Interoperabilidad de la prestador.
Historia Clínica Electrónica (IHCE) de los pacientes de manera eficiente y coherente. El visor RDA se.comunicará con el servidor FHIR a través de la API FHIR proporcionada por dicho servidor para recuperar los Resúmenes Digitales de Atención (RDA) que conforman el mecanismo de Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE de los pacientes en el forma to estandarizado.
Componente que permite el almacenamiento de los metadatos asociados a los RDA, así como a los documentos que los conforman, Este componente de software debe facilitar la extracción de datos clínicos desde los sistemas de información de Historia Clínica Electrónica de los prestadores de servicios de salud. Este componente transforma los datos extraídos de acuerdo con las especificaciones semánticas definidas en el perfil de integración, Posteriormente, creará el Resumen Digital de Atención (RDA) conforme a las especificaciones de sintaxis. establecidas en dicho perfil.
Finalmente, de enviar el Resumen Digital de Atención (RDA) al Ministerio de Salud a través de la conexión disponible con la entidad territorial. _______ Componente que permite verificar con las fuentes nacionales de información, la consistencia de la información enviada dentro de los Resúmenes Digitales de Atención en Salud -RDA, así como también responder a las solicitudes de búsqueda de las atenciones a los Ministerio de Salud y la Protección Social Prestador de Servicios de Salud Ministerio de Salud y la Protección Social RESOLUCIÓN NÚMERO JÜ001888 11 SEP DE 2025 HOJA No. J3 Continuación de la Resolución "Por medio de ¡a cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se diclan otras disposiciones" Gestor autenticación, seguridad auditoría API Gateway API Manager 4 de y pacientes y los diferentes RDA existentes en el repositorio.____________________ que Componente los comprende diferentes servicios a tendientes gestionar los procesos de autenticación de usuarios y sistemas, seguridad informática y realizar los procesos de auditoria y trazabilidad de las diferentes transacciones orientados ai cumplimiento de las políticas de tratamiento de datos clínicos y privacidad de la información. Este gestor de autenticación, seguridad y auditoria seguirá igualmente los lineamientosi de política digital establecidos por iel Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Componente de la arquitectura de software que actúa como intermediario entre las peticiones realizadas por los prestadores de servicios de salud, y la plataforma del mecanismo de IHCE del Ministerio de Salud.
Gestiona los API Key y los certificados digitales. Ministerio de Salud y la Protección Social y MinTic Ministerio de Salud y la Protección Social PARTICIPANTES Los servicios de intercambio de información para la Interoperabilidad de Historia Clínica Electrónica en adelante IHCE deben ser ejecutados por cada una de los sujetos obligados con el propósito de garantizar la calidad, seguridad y disponibilidad de la información en salud, facilitando un flujo de datos confiable y eficiente entre los diferentes actores.
Para ello, es esencial contemplar la designación de un responsable y/o grupo en cada institución, asegurando en todo momento la entrega y el funcionamiento correcto de los servicios de intercambio. El responsable y/o grupo debe garantizar el cumplimiento de las políticas, estándares y lineamientos definidos.
5. MODELO DE OPERACIÓN El modelo de operación para la Interoperabilídad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, describe los procedimientos y actividades que deben desarrollar cada uno de los actores involucrados. Este modelo garantiza una coordinación efectiva y un intercambio seguro de información clínica a través de un modelo de interoperabilidad robusto y eficiente. 5.1 Envío del Resumen Digital de Atención en Salud (ROA) 5.1.1 Por parte de los Prestadores de Servicios de Salud Extracción de ios elementos de datos: Una vez finalizado el evento de salud, se deberá extraer los elementos de datos conforme a las especificaciones establecidas en la guía de implementación publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social httDs://vulcano.ihcecol.QOv.c.o/ouia/.
Esta extracción se realizará desde los sistemas de información de Historias Clínicas Electrónicas (HCE) de los prestadores de servicios de salud, garantizando que el proceso sea sistemático, seguro y controlado, con el fin de evitar la pérdida de información y asegurar su Integridad, completitud y calidad. Transformación de los elementos de datos: RESOLUCIÓN NÚMERO JG3018B8 15 SEP DE 2025 HOJA No. 14 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su ¡mplementaclón a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Los elementos de datos extraídos deberán ser transformados para cumplir con los lineamientos establecidos en la guía de implementación publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social https://vulcano.ihcecoi.qov.co/guia/.
Esta transformación abarca formatos, tipos de datos, longitudes, unidades de medida y terminologías estandarizadas, con el objetivo de garantizar una representación uniforme, precisa y coherente de la información. Construcción del Resumen Digital de Atención - RDA: Generar el Resumen Digital de Atención • RDA correspondiente a la atención en salud, siguiendo las especificaciones de sintaxis establecidas en la guía de implementación publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social hUua^/vu^ojhceco|.qox.^/^ágZ.
Este proceso implica la consolidación de los elementos de datos clínicos en el formato de intercambio, Intercambio del Resumen Digital de Atención - RDA con el Ministerio de Salud y Protección Social: Transmitir el Resumen Digital de Atención - RDA al Ministerio de Salud y Protección Social, cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas en la guia de implementación publicada por el Ministerio lilti35LZZy_itLcano.iricecol.qov.co/quia/.
El envío debe realizarse a través de protocolos de comunicación segura, utilizando las credenciales de acceso otorgadas por el Ministerio, garantizando así la seguridad de la información durante todo el proceso de transmisión. Monitoreo del Resumen Digital de Atención - RDA: Realizar el monitoreo de la trazabilidad del Resumen Digital de Atención • RDA para garantizar su correcta recepción en el Ministerio de Salud.y Protección Social.
Este proceso debe incluir, como mínimo, la verificación de la confirmación de recepción. Adicionalmente, se deben registrar y auditar los eventos de transmisión, identificando posibles fallos, retrasos o inconsistencias, con el fin de implementar acciones correctivas que aseguren la compietitud del intercambio de datos. 5.1.2 Por parte del Ministerio de Salud y Protección Social Recepción y validación del Resumen Digital de Atención > RDA, i El Ministerio de Salud y Protección Social será responsable de recibir ios Resúmenes Digitales de Atención • RDA enviados por actores involucrados.
Una vez recibidos, se llevará a cabo un proceso de validación para garantizar que cumplen con las especificaciones de sintaxis y semántica definidas en la guía de implementación publicada por el Ministerio ¿ZyulearuyjhcecoI■_gpy.LcpZg.uLaZ. Esta validación incluirá la verificación de la integridad y coherencia de los elementos de datos, así como la autenticidad y seguridad de la transmisión. En caso de éxito de la recepción y validación del RDA el Ministerio enviará un mensaje de confirmación junto con un numero único de atención (VIDA).
El código único de atención deberá ser asociado al evento en salud en los sistemas de información HIS de los prestadores de servicios de salud. En caso de identificar inconsistencias o errores en la transmisión, el mecanismo de i n teropera bi I id ad generará los mensajes de error correspondientes y los remitirá a los prestadores de servicios de salud, a fin de que realicen los ajustes necesarios y se reenvíe la información de manera corregida y conforme a los lineamientos establecidos.
Almacenar el Resumen Digital de Atención (RDA) Una vez validado, el Ministerio de Salud y Protección Social almacenará el Resumen Digital de Atención • RDA en un repositorio de datos seguro, diseñada para garantizar la alta disponibilidad y accesibilidad de la información. RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888 11 SEP DE 2025 HOJA No. 15 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementaclón a nivel nacional y se dictan otras disposiciones “ 5.2 Búsqueda de los Resúmenes Digitales de Atención - RDA 5.2.1 Prestadores de Servicios de Salud Construcción de la búsqueda: Siguiendo los parámetros de búsqueda establecidos en la guía de implementaclón publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social h ttps 7-/_vu_ka n o. i hceco I. o o v. co/quia/. se debe ejecutar una operación de búsqueda de los Resúmenes Digitales de Atención (RDA).
Envío de la búsqueda al Ministerio de Salud y Protección Social: 7 Transmitir la solicitud de búsqueda de Resúmenes Digitales de Atención (RDA) al Ministerio de Salud y Protección Social a través del mecanismo de comunicación establecido. Este proceso debe ejecutarse bajo estrictas medidas de seguridad, asegurando el uso de credenciales de acceso oficiales otorgadas por el Ministerio y la aplicación de protocolos de comunicación segura.
Monitoreo de la búsqueda Realizar el monitoreo de la búsqueda del Resumen Digital de Atención - RDA para garantizar su correcta recepción en el Ministerio de Salud y Protección Social. 5.2.2 Ministerio de Salud y Protección Social Recepción y validación búsqueda. El Ministerio de Salud y Protección Social será responsable de recibir la búsqueda de los Resúmenes Digitales de Atención (RDA) del paciente enviados por los prestadores de servicios de salud.
Una vez recibido, el Ministerio de Salud y Protección Social procederá a validar la búsqueda para asegurar que cumple con las especificaciones de la guia de implementaclón publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social httpsi/Jv_uic.ana.ilKecol,qov,co/quia/. Está validación incluye la verificación, la autenticidad y seguridad de la transmisión. En caso de identificar inconsistencias o errores, el Ministerio de Salud y Protección Social generará los mensajes de error correspondientes y los remitirá a los prestadores de servicios de salud, a fin de realizar los ajustes necesarios y se reenvíe la información de manera corregida y conforme a los lineamientos establecidos.
Buscar Resúmenes Digitales de Atención - RDA El Ministerio de Salud y Protección Social buscará el Historial de Atenciones en Salud para identificar y acceder a los Resúmenes Digitales de Atención - RDA asociados con el paciente. Esta operación devolverá un recurso contenedor el cual incluirá todas las Instancias de los documentos clínicos relacionados con el paciente.
Retornar los Resúmenes Digitales de Atención (RDA) El Ministerio de Salud y Protección Social direccionará al prestador de servicios de salud los Resúmenes Digitales de Atención - RDA a través de la plataforma de interoperabilidad. 6 ARQUITECTURA DÉ SEGURIDAD La presente arquitectura de seguridad establece los lineamientos técnicos obligatorios para garantizar la privacidad, integridad, confidencialidad, autenticidad y disponibilidad de la información durante los procesos de interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica - IHCE, en cumplimiento de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y demás normas aplicables. 5.1.
Seguridad en la mensajería y transmisión de Los sujetos obligados y el Ministerio de Salud y Protección Social deberán: datos. RESOLUCIÓN NÚMERO JÜD01888.11 SEP DE 2025 HOJA No. 16 Continuación de la Resolución "Por medio de ¡a cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud PDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" a) Utilizar protocolos HTTPS con cifrado TLS versión 1.3 o superior en todas las comunicaciones. b) Implementar algoritmos criptográficos robustos, certificados digitales válidos y cifrado extremo a extremo en cada transacción. c) Adoptar mecanismos adicionales de seguridad, tales como validación estricta de certificados, protección contra ataques MITM y sistemas automáticos de revocación y renovación de certificados. 6.2.
Autenticación. Los sujetos obligados deberán: a) Implementar autenticación a dos niveles: i) autenticación de los sistemas frente a las APIs expuestas, mediante tokens con políticas de expiración y renovación, y ii) autenticación de los usuarios internos de sus sistemas y aplicaciones. b) Garantizar la identificación inequívoca y segura de usuarios y sistemas, conforme a estándares internacionales y a los lincamientos definidos por el Ministerio. c) Asegurar que los procesos de autenticación incluyan mecanismos como API Key + Subscription Key u otros esquemas de autogestión de certificados y tokens de autenticación. d} El Ministerio deberá administrar la emisión, validación y control de los tokens de acceso a las APIs, tanto para los sujetos obligados como para el talento humano en salud. 6.3.
Control de acceso. Los sujetos obligados deberán: a) Implementar controles basados en roles y permisos (RBAC) que limiten el acceso únicamente a personas y sistemas autorizados. b) Documentar y mantener actualizados dichos controles en sus sistemas de información. c) El Ministerio deberá aplicar las validaciones necesarias para autorizar el acceso a las APIs expuestas en el mecanismo de interoperabilidad. 6.4, Encriptación Los sujetos obligados deberán; de datos. a) Proteger los datos en tránsito y en reposo mediante algoritmos reconocidos internaclonalmente, como AES-256 o superiores. b) Asegurar la confidencialidad de la información almacenada en bases de datos, servidores y repositorios locales. c) Implementar prácticas seguras para la gestión de claves criptográficas, incluyendo almacenamiento, rotación periódica y revocación. 6.5.
Monitoreo de operaciones Los sujetos obligados y el Ministerio deberán: o transacciones. a) implementar mecanismos de monítoreo en tiempo real de las transacciones relacionadas con la interoperabilidad. b) Mantener registros de auditaría completos de las operaciones, asegurando traza bi-l idad y disponibilidad para inspección y control. c) Reportar ai Ministerio y a las autoridades competentes cualquier incidente de seguridad que comprometa la información de salud. 6.6.
Disponibilidad. Eí Ministerio de Salud y Protección Social deberá: a) Implementar un plan de continuidad del negocio y recuperación ante desastres (BCP/DRP) para los componentes tecnológicos habilitados. b) Asegurar redundancia, respaldo periódico y alta disponibilidad de los servicios críticos. c) Establecer protocolos de contingencia para garantizar la continuidad del acceso a los R.DA en situaciones de falla. 6.7.
Componentes de seguridad informática de los sujetos obligados. Los sujetos obligados deberán: RESOLUCIÓN NÚMERO 0188 8 11 SEP DE 2025 HOJA No. _17 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clinics Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones' a) Garantizar conectividad segura hacia el Ministerio a través de los mecanismos dispuestos. b) Disponer de Infraestructura de seguridad informática local que proteja ¡a información c,ínica y su transmisión. c) Contar con un sistema de información para la gestión de historias clínicas que integre autenticación, control de accesos, protección de datos personales, generación y transmisión de los RDA, así como su visuallzacíón. Parágrafo.
El Ministerio de Salud y Protección Social podrá complementar, adoptar o ajustarlos requisitos y medidas de seguridad aquí establecidas, publicando los lineamientos técnicos actualizados en el portal oficial del mecanismo de interoperabilidad. 6 ESTRUCTURA DE LOS RESÚMENES DIGITAL DE ATENCIÓN EN SALUD - RDA 7,1 Resumen Digital de Atención - RDA de Pacientes Este RDA se debe generar y transmitir al mecanismo de interoperabilidad por parte de los prestadores de salud una vez se realice un evento de atención clínica, con los contenidos establecidos a continuación y las especificaciones de sintaxis y semántica establecidas en la versión de la Guia de Implementación, publicada por Ministerio de Salud y Protección Social httDs://vulcano.lhcecoi.aov.co/qula/.
Estructura de RDA de pacientes: Resumen Digital de Atención en Salud - Paciente: Los elementos de dato del anexo técnico de la Resolución 866 de 2021 se han dispuesto en un orden lógico desde el punto de vista asistenciai. RESOLUCIÓN NÚMERO J /Ü018Ü8 11 SEP DE 2025 HOJA No. J8 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interopcrabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" No, elemento dato Resolució n B66 de Datos del ROA Fuente del dato: valores permitidos Observaciones 2021 __________________________ Identificación del Prestador de Servicios de Salud 16 Código del hag£2Z/_web.v5is.prQ.q.oy co/WebPubl¡co/C Registro Especial prestador de QnsuJtas/ConsultarDetalleReforencia Basic d e Prestadores servicios de salud ai^.xTCode^IPSCQdHabí^acion de Servicios de que realiza la Salud REPS atención______________________________________________ _____________ Entidad responsable por el plan de beneficios en salud Resumen Digital Básico de Atención en Salud - Paciente 15.1 Código asignado b.t.tDs://www.adres.gov.co/entldadesal administrador del plan de ENTIDADES„S.G¿SS_2Q22_ADRESJpd.r beneficios en el SGSSS_________ 15.2 Nombre asignado Nombre asignado al administrado del plan al administrador de beneficios en el SGSSS del plan de beneficios en el SGSSS_____ _ ________ Identificación del Paciente 2.1 Tipo de Tipo de identificación según fuente Fuente Maestro documento de Maestro - persona Persona identificación Ministerio de 2.2 Número de Según el número de identificación del Salud y documento de paciento..‘tendido Protección Social identificación 3.1 Primer apellido Primer apellido que aparece en ei. documento de identidad________ 3.2 Segundo apellido Segundo apellido que aparece en el documento de identidad_______ 3.3 Primer Nombre j Primer nombre que aparece en el documento de identidad______ 3,4 Segundo nombre Segundo nombre que aparece en ol documento de identidad 4 Fecha y hora de Fecha de nacimiento del paciente Fuente Maestro nacimiento atendido Persona Ministerio pe Salud Y Protección Social, Estas variables se utilizan para calcula de la edad del paciente, 1.1 Código del país de https://wek.s¡spro.qov.co/WebPublico/C Estándar ISO la nacionalidad onsultas/ConsultarDetalleReferenciaBasic 3166-1 aasox^Code^bnis 1.2 Nombre del país tLti5jl2ZwetLSisp ro.gov.co/V/ebRiiblicp/C Estándar ISO de nacionalidad 2nAu!lajZ.Cgnsj.dtaj:DeXaíle^^^r;§n¿laBas.ic 3166-1 5 Sexo biológico 6 Identidad género 13.1 Etnia httpsiZZwgKs is PJ o. g o y. c o/ W e b P u bÜcó/C~ onsuRasZConsiiltarDetalleReferenciaBaslc ¿•JSPxlCpde « Sexo'___________ ________ de onsultas/Lonsult arDetal leReferenciaBasic aJa5PX,Codc:=MDECldent¡dadGenero hrtDs://web.sispro.Qov.co/WebPublicc/C onsultas/ConsLiltarDetalleRGferenciaBasic ^£>L.CQ$[e = L.tnia___________________ RESOLUCIÓN NÚMERO JGÜ013Ü8 15 SEP DE 2025 HOJA No. _19 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud PDA en el marco de la Interoperabilldad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 13,2 Comunidad étnica Texto Alfanumérico 10 Categoría discapacidad de httPs://web.slSbro.gov.co/WebPublico/C ons-Ultas/ConsultarDetalleReferenciaBaslc a.asDx?Code=Cate.aoriaDísca pacidad 11.1 Código País residencia habitual de httDs://web.5isp.r.o.qov.co/WebPublíco/C oilsuLtas/ConsultarDetalleReferenciaBaslc áJJ_s^?Cpde.= Pais 11.2 Nombre País de residencia habitual Código del municipio de residencia habitual Nombre del municipio de residencia habitual Zona territorial de residencia 12.1 12.2 14 Nombre del país de residencia habitual https://web.sispro.qov.co/WebPublico/C onsultas/ConsultarDetalleReferenclaBasíc a.aspx?Code=Municipio Nombre del municipio de residencia habitual del paciente que recibió la atención en salud durante la atención https://web.sisoro. qov,co/WebPubiico/C onsultas/ConsultarDetalleReferenciaBasic a.asox?Code=Zona Datos Resumen Digital Básico de Atención en Salud - Paciente 17 43 18,1 18.2 Fecha y hora de inicio de la atención________ Fecha y hora de finalización de la atención________ Modalidad de realización de la tecnología de salud Grupo servicios de Fecha y hora de inicio de la atención en el servicio Fecha y hora de finalización de la atención Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Intramural 02: Extramural unidad móvil 03: Extramural domiciliaria. 04: Extramural jornada desalud. 05: Extramural (atención pre hospitalaria o transporte asistencial) 06: Telemedicina interactiva 07: Telemedicina no interactiva. 08: Telemedicina - Telexpertlcia 09: Telemedicina - Telemonitoreo______ Valor permitido según Resolución 866 de 2021 01: Consulta Externa 02: Apoyo diagnóstico y complemcntación terapeútica 03: Internación 04: Quirúrgico 05: Atención inmediata Antecedentes de salud 47.1 Código que indica si la persona tiene alergia 47.2 Nombre del alérgeno Condición de Familiar salud CIE-10 47.3 Valor permitido según Resolución 866 de 2021 01: Medicamento 02: Alimento 03: Sustancia del ambiente 04: Sustancia que entran en contacto con la piel 05: Picadura de insectos 06: Otra______________________ ■ Alfanumérico Alfanumérico RESOLUCIÓN NÚMERO JGM1888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 20 Continuación de la Resolución "Por medio de ¡a cual se adopta el Resumen Digilai de Atención en Salud PDA en el marco de la Interoperab/lidad de la Historia Clínica Electrónica ÍHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 47.4 Condición de salud Familiar CIE-1L Parentesco del antecedente familiar Alfanumérico Valor permitido según Resolución 866 de 2021 01;
Padres 02: Hermanos 03: Tíos _____________ 04: Abuelos_________________________ Listado de Medicamentos como antecedentes farmacológicos 26 Descripción hitos://web. sispro.Qov.co/WebPubiico/C común úel onsultas/CansultarDetalleReferencia Basic ________ medicamento a,aspx?Code=DCI____________________ Diagnósticos___________ 37.1 Código httPs://web.sisoro.aov.co/WebPublico/C diagnóstico _________________ onsultas/ConsultarDetalleReferenciaBasic principal al egreso a.aspxZCode-cfElO CIE-10______ j_____________ _ _________ ___ _________ 37.2 Nombre del Nombre del diagnostico principal al Diagnóstico egreso C.1E-10 principal de egreso CIE-10 37.3 Tipo de Valores permitidos según Resolución 866 diagnóstico de 2021 principal al egreso 01: Impresión diagnóstica CJE-10 02: Confirmado nuevo 03: Confirmado repetido ___________ Código del httos^/transicionciell.sísDro.gov.co/ diagnóstico principal de ingreso CIE-11 Termino del httBs^Z.transicionciell.sisaro.gov.co/ diagnóstico principal de ___________ ingreso CIE - 1 1.
Profesional da salud 49.1 49.2 Tipo Documento del talento humano en salud que realiza el egreso o la atención en salud Número de documento de identificación del talento humano en salud que realizó el egreso o atención en salud Opcional Opcional onsu^^lic^r.on^iJJtaPublicaDeTHxI dj.nrificac¡ocL?i.sji>í https://web.5¡spro.gov.co/THS/Cllent:e/C pnsultasPublicas/ConsultaPublicaDeTHxI dentificacion.aspx NOTAS SOBRE ELEMENTOS DE DATO RDA DE PACIENTES Identificación del Paciente Fecha y hora de nacimiento.
Elemento de dato 4: La hora de nacimiento es un dato opcional cuya relevancia aplica.en recién nacidos primordialmente, siempre que se cuente con este, por ¡o que no es obligatorio su dil¡genc¡amiento Identidad de género. Elemento de dato 6: La información de Identidad de género es un dato opcional que será diligenciado a criterio del profesional de la salud de acuerdo con el escenario de atención. Comunidad étnica.
Elemento de dato 13.2: Diligenciar con el nombre de la comunidad étnica a la que pertenece el paciente, cuando aplique. RESOLUCIÓN NÚMERO 30301888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 2± Continuación de la Resolución "Por medio de ¡a cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece al mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Antecedentes de salud Código que indica si la persona tiene alergias.
Elemento de Dato 47.1: Cuando el paciente no presente alergias conocidas, este dato debe venir vacio. AI momento de la publicación del presente manual, el plazo para la transición de la codificación de diagnósticos de CIE 10 a CIE 11 ha sido ampliado. Una vez el nuevo período entre en vigor, el Ministerio de Salud informará sobre los ajustes requeridos para el envío adecuado de los elementos de dato que hacen referencia al uso de los códigos mencionados. 7.2 Resumen Digital de Atención - ROA de hospitalización o internación Este RDA se debe generar y transmitir al mecanismo de interoperabilidad por parte de los prestadores de salud una vez se realice el alta de! paciente con los contenidos establecidos a continuación y las especificaciones de sintaxis y semántica establecidas en la Guía de Implementación hJln&lZ/'yiJj.cano.ihcecoI.qov.co/quta/ publicada por Ministerio de Salud y Protección Social.
Estructura de RDA de hospitalización: ROA Hospitalización / RDA internación Los elementos de dato del anexo técnico de la Resolución 856 de 2021 se han dispuesto en un orden lógico desde el punto de vista asistencial. Se hacen observaciones para cada uno de ellos de acuerdo con el Grupo de servicio de atención (Internación)_____ No. elemento dato Datos del RDA Fuente del dato: valores Observaciones Hospitalización Resolució permitidos n 866 de 2021 ________________________________________________ Identificación del Prestador de Servicios de Salud 16 Código del https://web.sisDro.gov.co/WebPu Registro Especial de prestador de blico/Consultas/ConsultarDetalle Prestadores de Servicios servicios de salud Refere ncia Bastea. aspx?Code=lPS de Salud REPS que realiza la CodHabilitacion atención (Hospitalización/ Internación) Entidad res >onsable por el plan de beneficios en salud (Hospitalizacíón / Internación) 15.1 Código asignado Valores permitidos según al administrador- Resolución 866 de 2021 - Guía de de! pian de implementación beneficios en el SGSSS_________ 15.2 Nombre asignado Nombre asignado al administrado al administrador del plan de beneficios en el del plan de SGSSS beneficios en el.
SGSSS__________ Identificación del Paciente 2.1 Tipo de documento de identificación Número de documento de Identificación Tipo de identificación fuente Maestro - persona 3.1 Primer apellido 3.2 Segundo apellido 3.3 Primer Nombre 3.4 Segundo nombre Primer apellido que aparece en el documento de identidad Segundo apellido que aparece en el documento de identidad______ Primer nombre que aparece en el documento de identidad________ Segundo nombre que aparece en el documento de identidad 2.2 según Según el número de identificación del paciente atendido en hospitalización / internación Fuente Maestro Persona Ministerio de Salud y Protección social 15 SEP J3001888 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 22 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en e! marco de la Interoporabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su implementaclón a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" A Fecha y hora de I Fecha de nacimiento del paciente nacimiento I atendido on hospitalización / internación 1.1 Código del país de la nacionalidad 1.2 Nombre del país de nacionalidad 5 Sexo biológico 6 Identidad género 13.1 Etnla de httDs:77web.s¡5pro.gov.co/WebPu blIco/Consultas/ConsultarDelalle Referencias agigg.aspx?Code-Pa¡ s_______________________ _ httDs://web.sisr>ro.Qov,co/WebPu bllc,Q/.CQ.nsuitas/Consultarpetalle Refere nciaB asica,aspxVCode-Pal s__________________________ tmps;//we.b..sispro.qov.co/We'bPii blico/Consultas/ConsultarOetalle ReferenclaB¿i5lca.aspx?Code=Se xo__________________________ https://web,$¡spi'0.qov.co/WebPu blico/Consultas/ConsultarDetálie ReferenciaBasica.asoxVCode-MD ECIdent i d a d G e n e r o https://web.sispro.qov.co/WebPu blIco/Consullas/ConsultarDetalle nc¡a ¡3a sica^asj_x2Code £tn ¡a________ ___________________ Texto alfanumérico *.13.2 -ró~ 7.1 Comunidad étnica MU *- Fuente Maestro Persona Ministerio de Salud y Protección Social.
Esta variable se utiliza para calcula de la edad del paciente._____________ Estándar ISO 3165-1 Estándar ISO 3166-1 ------ Categoría discapacidad de hit os://web.sisoro.qov,co/WebPti b!l¿o¿C&n.s_t¿ltas/ConsultarDetalle R.eferencíaBasica.aspx?Code=Cal egoriaDiscanacidad Código de ocupación la https://clasificaclones.dane.Qovx' o/cuoc/cuoc descripción bEcojXon.sultas/ConsultarDetalle R.eferenciaí3a_s.¡ca.aspx?Code=PS RGOCUPACION littos://www.dane.qov.c o/index.ohp/slstemaeg.t.a distico-nacionalsen/normas-v» estandares/nomenclatur as-vclasificaciones/clasificaci pnes/clasificacion-unlcacolombia-cuoc hitos://www.dane.oov.c o/files/sen/nomenclatur a/cuoc/dgcumentociasificaclon-unica- 7.2 Nombre de ocupación la "ht.tpSlZZ c l¿s¿Ci£ acj o n es.dane.gov. co/cuoc/cuoc descripción https://wQb.si5pro.qov.co/WebPu blIco/Consultas/ConsultarDetalle Referencia335ica.asox?Code=PS RGOCUPACION " ■1.1 Código País residencia habitual de https://web.s j $ pro,qovco/We bPu ¿lícp/Co O.suit ttsZ C.'o n su 11 a rD e tu I le.íleíerenfi¿i5g>i^..já2)í?C^¿Q=j’ji ¿___ _____ C.U_CC^20.24,PJf https;//www.dane,aov.c o/index.Dhp/sistemagstad ¡stico-nacionalsen.¿Dormas:ycstandares/nomenclatur as-vclasificaciones/claslftcaci ■Ones/.claslfiracíon-unicade.:.Ó cu P a c I p n $ para.-. colombia-cuoc https://www.dane.nov.c o/files/sen/nomenclatur a/ciioc/documentoclasificacion-unicafl£un¿,ciones’colomb¡a.CU.0C-2Q24.pdf RESOLUCIÓN NÚMERO 13001888 15 SEP DE 2025 HOJA No. _23 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Inieroperabilidad de la Historia Clínica Electrónica ¡HCE. se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan oirás disposiciones" 11.2 12.1 Nombre País de residencia habitual Código del municipio de residencia habitual__ Nombre del municipio de residencia habitual Nombre del país de residencia habitual Fecha y hora de inicio de la atención________ Fecha y hora de finalización de la atención Fecha y hora de inicio de la atención en el servicio de hospitalización / internación_____ Fecha y hora de finalización de la atención en el servicio de hospitalización / internación. En caso de muerte fecha y hora del deceso. __________________ Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 Cl: intramural 02: Extramural unidad móvil 03: Extramural domiciliarla. 04: Extramural jornada de salud. 05: Extramural (atención pre hospitalaria o transporte asistencia!) 06: Teíemedicina interactiva 07: Telemedicina no interactiva. 08: Telemedicina - Teiexperticia 09: Telemedicina • Telemonitoreo_________ Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 03: Internación httos://web.s¡spro.Qov.co/WebPu bJico/Consuilas/ConsultarDetalle Referenc¡aBasica.aspx?Code=Mu nicíplo. ______ _____________ 12.2 Nombre del municipio de residencia habitual del paciente que recibió la atención en salud durante la hospitalización / internación 14 Zona territorial de https;//web.sispro.o ov.co/WebPu residencia blico/Consultas/ConsultarDetalle ReferenciaBa s icaasox ’ Co d e=Z o _____________ na__________ __ ______________ Datos de la Hospitalización / Internación 77 43 18.1 Modalidad de realización de la tecnología en salud 18.2 Grupo servicios 19 Entorno donde se realiza la atención 20 Vio de ingreso del usuario al servicio de salud 21 Causa que motiva la atención 23.1 Código de) diagnóstico principal de ingreso C1E-10 Nombre del diagnóstico principal de ingreso CIE - 10 23.2 de Valores permitidos según Resolución 86ó de 2021 01: Hogar 02: Comunitario 03: Escolar 04: Laboral 05: Institucional"_______ _______ httDs://web,$isDrc,aov,co7webPu blico/Consulfas/ConsultarDetalle ReferenclaBasica.aspx?Cocle=Via InoresoUsuario________________ httPs://web.s¡sjjroxqQvjo/WebPu blico/Consultas/ConsultarDetalle ReferenciaBasica.aspx?Code=RIP SCausaExterna________________ mtP.$j//Mgb,siSprQ,qpv,CQ/Wel?Pu blIco/Consultas/ConsultarDetalle ReferenclaBaslca.asox?Code=CIE 10___________________________ https://web.sispro,oov.co/WebPu blIco/Consultas/ConsultarDetalle Referenc¡aBasica,asDx?Code=CIE 10 RESOLUCIÓN NÚMERO J6Ü01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 24 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud ROA en el marco de la Interoperabílldad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su implementatión a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Tipo de ht:tps://web.sisoro,Qov.co/WebPu diagnóstico ^Q2/C^n^^.s2C2íLsMau£gXa!l£ principal de ReferenciaBasica.BsoxPCode-CIE ingreso CIE-10 JO__________________________ 23.1 Código del httDsV/transicionciell.sIsoro.Qo Opcional diagnóstico v.cc/ principal de ingreso CIE-1] 23.1 Término del l~ittDS7/transicionclell.slsoro.qo Opcional diagnóstico principal de ingreso CIE - 11 Antecedentes de salud 47.1 Código que indica Valores permitidos según que si,1a persona Resolución 866 de 2021 tiene alergia 01: Medicamento 02: Alimento 03: Sustancia del ambiente 04;
Sustancia que entran en contacto con la piel 05: Picadura de insectos 06: Otra_________________ 47.2 Nombre del alfanuméricc alérgeno 47,3 Condición de httos://web, sisero, go v.co/WebPu salud Familiar blíco/Consultas/ConsuítarDetalle CJE-10 Refe/enciaBa sica.asDx?Code-ClE 10__________________________ Condición de https://tran5icioncieil.sisoro.go Opcional salud Familiar C1E-11 47.4 Parentesco del Valores permitidos según antecedente Resolución 866 de 2021 familiar 01: Padres 02: Hermanos 03: Tíos 04: Abuelos___________ 48.1 Tipo de factor de Valores permitidos según riesgo Resolución 866 de 2021 01: Químicos 02: Físicos 03: Biomecánicos 04: Psicosociales 05: Biológicos 06: Otro______________ 48.2 Nombre del factor alfanumérico de riesgo____________________ Listado de Procedimientos realizados durante la atención en Salud Hospitalización / Internación (Tecnologías en Salud)_______ 24.1 Tipo de tecnología 01;
Procedimiento en salud en salud________ 24.2 Código del https://web.sisDro.aov.co/WebPu procedimiento blico/Consultas/ConsultarDetalle (código de la Referencia Basica.aspx?Code=CU tecnología en ES salud)_______ 24.3 Nombre del Nombre de! procedimiento según procedimiento CUPS (Nombre de la tecnología en salud) 25 Finalidad de la httDS://web.sispro,Qov.co/WebPu tecnología en blico/Consultas/ConsultarDetalle Salud ReferenciaBasica.BSDx?CQde=RíP SFlnalidad-ConsultaVersIonZ_____ 23.3 RESOLUCIÓN NÚMERO JuíJ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 25 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Inleroperabiüdad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implemenlación a nivel nadonaty se dictan otras disposiciones" 33 Fecha de Fecha de realización del realización del procedimiento CUPS procedimiento (Fecha de entrega de la tecnología) 36.1 Tipo de ñttDs;//web.sispro.qov.co/THS/CI Identificación de iente/ConsultasPublicas/Consuita ¡a oersona que PublicaDeTHxIdentificacton.aspx realizó el procedimiento 36.2 Identificación dn httDsV/web.sispro.Qov.co/THS/CI la persona que ¡ente/ConsWsPuolicas/Consulta realizó el PublicaDeTHxIdentificacion.asox procedimiento 39.1 Fecha del Fecha de resultados de la resultado de la valoración del resultado valoración clínica o del resultado en salud.
Fecha del resultado del procedimiento CUPS___________ 39.2 Identificación del alfanumérico instrumento para medir el resultado observado. Instrumento para la medición del resultado del procedimiento CUPS____ 39.3 Código del alfanumérico parámetro del resultado observado 39.4 Valor del alfanumérico resultado observado. ________________________ _______________________________ Listado de Medicamentos administrados durante la atención en hospitalización / internación (Tecnologías en Salud)___________________________________ 24.1 Tipo de tecnología 02.
Medicamento con registro en salud sanitario 03. Medicamento vital no disponible 04. Preparación magistral 05. Medicamento UN1RS________ 24.2 Código del httos'.//web.sispro.aov.co/WebPu medicamento blico/Consultas/ConsultarDetalle (código de la PeferenclaBasica.asDx?Code=lU en tecnología salud)______ 24.3 Nombre del Nombre del medicamento según medicamento código_______________________ 26 Descripción httos://web.sisDro.qov.co/WebPu común del blico/Consultas/ConsultarDetaile medicamento ReferenciaBasica.asox?Code=DC J________ 27 28.1 Fecha de prescripción del medicamenLo (Tecnología en salud) Dosis prescrita del medicamento - Cantidad total del medicamento que se prescribió Fecha de prescripción medicamento Numérico del i RESOLUCIÓN NÚMERO -iuÜ01b88 15 SEP DE 2025 HOJA No. 26 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en SaludPDA en el marco de la Interoporabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" para dosis 28.2 une sola Código de la unidad de medida do la dosis nttos://web.sispro.Qov.co/WebPii 5l.i£fiZC-0nsultas/ConsultarDetalle RefereniciaB as i ca.asp x?Code= M ____________________ ____ ________________ Via prescrita de-] https://vveb.sispro.Qov.co/WebPu administración.._L—iún blico/Consultas/ConsultarDetalle dei medicamento ReferenciaBasica.aspx?Code=VA D___________________________ 31.1 Frecuencia Numérico prescrita de administración del medicamento • Cantidad 31.2 Frecuencia Valores permitidos según prescrita de la Resolución 866 de 2021 administración 1 Minutos del medicamento 2 Horas Código de ¡ 3 Día unidad de tiempo [ 4 Semanas 5 Mes 6 Año 7 Según respuesta al tratamiento 32.1 Dosis Numérico administrada del medicamento instítucionalment e - Cantidad____ 32.2 Código ce la.https://web. si spro.Qov.co/WebPu unidad de medida ■blLcp/Consultas/ConsuilarDetalle de la Dosis Ref§renciaBasica.asDX?Code=UM administrada del medicamento instítucionalment _e_________ ____ 33 Fecha de recha administración del medicamento 35.1 Número de dosis Numérico aplicados del medicamento cantidad________ 35.2 Número de dosis hitos://web. si5Dro.Qov.co/WobPu aplicados del blico/Consultas/CorisultarDetüIle medicamento Referencíañasíca.aspx?Code=For código de unidad maFarmaceutica de medida 36.1 Tipo de ■b-ttP.SlZ¿wg b_-.Si5P.ro.Qov.co/THS/CI Identificación de ¡ente/ConsGltasPublícas/Consulta la persona que PublicaDeTHxldentificacion.a'.px administró el medicamento 36.2 Identificación de httD5://wpb.sispro.Qov.co/THS/CI la persona que iente/Consu.ltasPublícas/Consulta aplicó el PublicaOeTHxldentificacion.asDx medicamento 25 Finalidad de la https://web. sispro.Qov.cc/WebPu tecnología en blico/Consultas/ConsultarDetalle Salud Referenda8asica.asDX?Code=R !P SFinalidadConsultaVersionZ____________________________ Listado de Otras tecnologías en salud administrados durante la hospitalización / interna ci ó n 29 RESOLUCIÓN NÚMERO JG001888 15 SF° DE 2025 HOJA No. 27 Continuación de !a Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud ROA en el marco de la Inleroperaüilidad de la Hisioria Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implemenlación a nivel nacional y se diclan oirás disposiciones'' 24.1 Tipo de tecnología en salud 24.2 Código de las otras tecnologías en salud (código de la tecnología en salud) 24.3 Nombre de las otras tecnologías en salud___ Fecha de prescripción de las otras tecnologías en (Tecnología salud)_____ Fecha de administración o aplicación de las otras tecnologías en salud________ Tipo de Identificación de la persona que aplicó las otras tecnologías Identificación de. la persona que realizó la aplicación de las otras tecnologías Finalidad de la tecnología en Salud 27 33 36.1 36.2 25 Diagnósticos_______________ 37.1 Código diagnóstico principal al egreso CIE-10______ 37.2 Nombre dei Diagnóstico principal de egreso CiE-10 37.3 Tipo de diagnóstico principal al egreso CIE-10 Código del diagnóstico principal de Ingreso CIE-11 06.
Dispositivo médico 07. Componentes sanguíneos 08. Fluidos orgánicos 09. Órganos 10. Tejidos 11. Células 12. Producto Soporte Nutricipnal 13. Servicio complementario Código de las otras tecnologías en salud Para 06: Dispositivos médicos usar Código único de dispositivos médicos UDI-D1, código de carácter público que corresponde al Identificador del Dispositivo (ID) de! UDI (Unique Device Identifier), para las opciones 07 a 13: enviar opción 07 a 13 según corresponda, Nombre de las otras tecnologías en saiud Fecha de prescripción de las otras tecnologías Fecha httos://web.sisnro.aov.co/THS/CI iente/ConsultásPublicas/Consulta PublicaDeTHxldentificaclon.aspx htt¿s://web.siSDro.aov.co/THS/CI íente/ConsultasPublicas/Consulta PublicaDeTHxI de nti ficacion. asox httDS://weblsisDro.Qov.co/WebPu blico/Consultas/ConsultarDetalle Referenc¡aBasica.asox?Code=iRIP SFInalidadConsultaVersíon2 httPs://web.sispro.Qov..co/WebPu Referenc¡aBas¡ca.aspx?Code=CIE 10______________________________ Nombre del diagnostico principal al egreso C1E-10 Valores permitidos según Resolución 866 de 2021. 01: Impresión diagnóstica 02: Confirmado nuevo 03: Confirmado repetido_______ https://tr8nsicionciell.sispro.Qo v.co/ opcional RESOLUCIÓN NÚMERO 30301888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 28 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Inleroperabiltdad de la Historia Clínica Electrónica IHCE,. se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposlciones" 38.1 38.2 '10.1 40.2 41 42.1 42.2 Término del diagnóstico principal de ingreso CIE • Jl Diagnósticas relacionados Diagnóstico confirmados o presuntivos relacionados con diagnóstico el principal de egreso CIE-10 Código del diagnóstico relacionado Nombre del diagnóstico relacionado al ingreso CIE - 10 Código del diagnóstico relacionado al egreso CIE-11 Término del diagnóstico relacionado al egreso CIE • 11 Diagnóstico do la complicación CIElü - Código del diagnóstico de la complicación Nombre del diagnóstico de la complicación CIE - 10 Condición □estino usuario egreso y del a! httDS://trans¡cionciell.siSDro.qo v,co/ opcional https://web.sisDro.qov.co/WebPu blico/ConsuItcis/ConsultarDetalie ReferendaBaslca.aspx?Code=CIE 10 httDs://web.sisDro.aov.co/WebPu blico/Cons ultas/ConsultarDetalle Rg¿£renciaBasica,asDX?Code-CIE 10_____________________________ hitfi.$.://lransi£iondell.sisoro.qo v.co/ SiSPrp.-Qov.cQ/WebPu bliCQ/Con_su11?s/ConsultarOe ta 11e S.Qf£fgnciaBasica.a5DX?Code=CIE 1Q httDs://web.s¡SDro,qov.co/We bPublico/Consultas/Consultar QetalleReferenciaBasica.asox ?Code=CIE10 tlLt us:y/ web.sispro.qov.co/We bPublico/Consu Itas/Consultar O^eJ^ej^ejaBasi^asex ?Code=CondicionyDest¡noUsu. anoEoreso__________________ Diagnóstico de https://web.sisDro.aov.co/We la causa básica bPublico/Consultas/Consultar de muerte CIE- OetaileRefereocíaBasica.asDx 10 - Código de ?Code = ClE10 la causa básica de muerte Nombre del httos://web, sisero.Qov.co/We Diagnóstico de bPublico/Consultas/Consultar la causa básica DetalleReferenciaBasica.asDx de muerte ?.Code=ClEiO C1E-10_________ Código del httP5://_transic¡onciell.siSDro. diagnóstico de oov.co/ la causa de la muerte CIE-11 Término del MtP_s:/¿t ransicioinclell.sisoro. diagnóstico de qov.co/ la causa básica de la muerte al egreso CIE - 11 Solo si condición = 02 Paciente muerto Opcional Opcional RESOLUCIÓN NÚMERO jJuO188 8 15 SEP DE 2025 HOJA No. 29 Continuación de la Resolución ''Por medio de le cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud PDA en el mamo de la Interoperabilidad de la Historia Clinica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 44 Código del prestador a donde se remite httDS://web.siSDro.qov.co/We bPublico/Consultas/Consultar DetalleReferenciaBasica.asox ?CQde=IPSCod Habilitación __________________ Fórmula de Medicamentos ordenados al egreso de la Hospitalización / internación (Tecnologías en Salud)_______ 24.1 Tipo de 02.
Medicamento con registro tecnología en sanitario salud 03. Medicamento vital no disponible 04. Preparación magistral 05. Medicamento UNIRS 24.2 Código del https://web.siSDro.qov.co/We medicamento bPublico/Consultas/Consultar (código de la DetalleReferenciaBasica.asox tecnología en ?Code=IUM _salud)_____ 24.3 Nombre del Nombre del medicamento medicamento según código______________ 26 Descripción httDs://web.5¡SDro.oov,co/We común del bPublico/Consultas/Consultar medicamento DetalleReferenciaBasica.asox ?Code=DCl___________ 27 Fecha de Fecha de prescripción del prescripción del medicamento medicamento (Tecnología en salud)________ 28.1 Dosis ordena i Numérico del medicamento - i Cantidad total ! dei i medicamento I que se ¡ prescribió para ¡ una sola dosis 28.2 Código de la https://web, siso ro.gov.co/We unidad de bPublico/Consultas/Consultar medida de la DetalleReferenciaBasica.aspx dosis ?Code=UMM_______________ Vía de 29 httDs://web.sisoro.aov,co/We administración bPublico/Consul.tas/.Consultar del DetalieReferenciaBasica.asox medicamento ?Code-VAD______ ______ __ 30.1 Duración Numérico prescrita <del medicamento Cantidad 30.2 Duración Valores permitidos según prescrita cdei Resolución 866 de 2021 medicamento 1 Minutos Código de 2 Horas unidad de 3 Día tiempo 4 Semanas 5 Mes 6 Ano 7 Según respuesta al tratamiento.30001888 RESOLUCIÓN NÚMERO 15 SEP DE 2025 HOJA No. 30 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RÚA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 31.1 31.2 Frecuencia de administración del medicamento Cantidad_______ Frecuencia de la administración del medicamento Código de unidad de tiempo Numérico Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 1 Minutos 2 Horas 3 Día 4 Semanas 5 Mes 6 Ano 7 Según respuesta al tratamiento_________________________________________ 25 Finalidad de la bttPs://web.sispro.gov.co/WebPu en blico/ConsjjJxas/ConsultarDetalk tecnología Salud Referencia Ba:5¡cd.asox?Code=RIP: SF¡nalidadConsuitaVerslon2____________________________ Ordenes médicas - Procedimientos ordenados al egreso de la Hospítafízación / internación ' 24.1 Tipo de tecnología 01.
Procedimiento en salud en salud________ 24,2 Código del httDs://weh.s¡SDro.aov.co/WebPu blico/Consuítas/ConsultarDetalle procedimiento (código de la Referencia !3as¡ca.asDX?Code=CU tecnología en PS salud) 24.3 Nombre del Nombre del procedimiento según procedimiento CUPS (Nombre de la tecnología en salud)___ 25 Finalidad de la hWojl//_we b, s.i$p ro.qo v, r.o/Web Pu tecnología en.&ÍL<a¿-Ca£l^ultas/ConsultarPetg||e Salud Refere nciaBas ica.aspx?Code=--RIP SFinalidadConsultaVersion2 27 Fecha de Fecha de prescripción del prescripción procedimiento procedimiento (Tecnología en salud) Ordenes médicas Otras tecnologías en salud ordenadas al egreso de la Hospitalización / internación 24.1 Tipo' de tecnología I 06.
Dispositivo médico j 07. Componentes sanguíneos en salud 08. Fluidos orgánicos 09. Órganos 10. Tejidos 11. Células 12. Producto Soporte Nutricional. 13, Servicio complementario___ 24.2 Código de las Código de las otras tecnologías en Para 06: Dispositivos otras tecnologías salud médicos usar Código en salud (código único de dispositivos de la tecnología médicos UDI-DI, código en salud) de carácter público que corresponde al Idcntificador del Dispositivo (ID) del UDI (Unique Device Identifier), para las opciones 07 a 13: enviar opción 07 a 13 según corresponda.
RESOLUCIÓN NÚMERO JGÜOIBBB 15 SEP DE 2025 HOJA No. 31 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en e! marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 24.3 27 25 Nombre de las otras tecnologías en salud___ Fecha de prescripción de las otras tecnologías (Tecnología en salud)___ Finalidad de la tecnología en Salud Datos incapacidad______ Incapacidad Alcance de Incapacidad 45.1 45.2 46 la Días de Incapacidad Días de licencia de maternidad Nombre de las otras tecnologías en salud Fecha de prescripción de las otras tecnologías https://web,sisp.ro.
QQv.co/WebPu blico/Consultas/ConsultarDetalle Referenc¡aBas¡ca.asox?Code = RIP SFinalidadConsultaVersion2_____ Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Nueva 02: Prórroga Numérico Numérico Profesional de salud que dio el alta de Hospitalización / Internación 49,1. Tipo Documento https://web.5i5DfO.qov.co/THS/CI del talento iente/ConsullasPublicas/Consulta humano en salud PublicaDeTHxI den ti ficacion.aspx que realiza el egreso 49.2 Número de httos://web.sispro.gov,co/THS/CI documento dé íente/ConsultasPublIcas/Consulta identificación del PublicaDeTHxIdentificacion.aspx talento humano en salud que realizó el egreso de Hospitalización ___________ / Internación_________________________________ Documento de soporte de la hospitalización / internación Nombre incluir documento PDF legible Documento PDF (capa de texto) sin clave del documento pd? de la epicrisis de la hospitalización. La epicrisis debe cumplir con los contenidos establecidos en el Decreto 780 de 2016 Artículo 2.6.1.4.3.5 7.3 Resumen Digital de Atención - ROA de urgencias o atención inmediata Este RDA se debe generar y transmitir al mecanismo de Interoperabilidad por parte de los prestadores de salud una vez se realice el alta del paciente del servicio de urgencias, con los contenidos establecidos a continuación y las especificaciones de sintaxis y semántica establecidas en la Guía de Impfementación, publicada por Ministerio de Salud y Protección Social https://vulcano.lhcecol.Qov.co/guia/.
Estructura de ROA de urgencias o atención inmediata: ROA Urgencias / ROA Atención Inmediata Los elementos de dato del anexo técnico de la Resolución 866 de 2021 se han dispuesto en un orden lógico desde el punto de vista asistencial. Se hacen observaciones para cada uno de ellos de acuerdo con el Grupo de servicio de atención (Atención inmediata) JÜ301888 RESOLUCIÓN NÚMERO 15 SEP DE 2025 HOJA No. 32 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoporabilídad de la Historia Clínica Electrónica,IHCE. se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Número elemento dato Resolución Datos del RDA Fuente del dato: valores Observaciones Urgencias / permitidos Atención inmediata 866 de 2021 __________________________________________ Identificación de! Prestador de Servicios de Salud__________ 16 Código del httDs://web.sispro.qov,co/W Registro Especial de fiÜP ú_bÍLCOj£ftn s.uK.a,sZ£o n suit Prestadores de Servicios prestador de servicios de salud arOetalleReferenciaBasica.a de Salud REPS que realiza la SDx?Code=IPSCodHabilitacio atención n (Urgencias / Atención Inmediata)__ Entidad responsable por el plan de beneficios en salud (Urgencias / Atención inmediata) 15.1 Código asignado al h 11 p_s//y-LW w, adres.qov.co/e administrador del plan de beneficios territofiales/bdua/Entidades en el SGSSS %20SG$SS/_ENTIDADES SG SSS 2C22 ADRES.pdf 15.2 Nombre asignado Nombre asignado al al administrador administrado del plan de del plan de beneficios en el SGSSS beneficios en el SGSSS Identificación del Paciente 2.1 Tipo de documento de identificación Tipo de identificación según fuente Maestro - persona 2.2 Número documento identificación 3,1 Primer apellido 3,2 Segundo apellido Según el número -de identificación del paciente atendido en Urgencias / Atención inmediata_________ Primer apellido que aparece en el documento de identidad________________ Segundo que apellido aparece en el documento de ident idad________________ Primer nombre que aparece en el documento de identidad Segundo nombre que aparece en el documento de identidad Fecha de nacimiento del paciente atendido en Urgencias Atención / inmediata de de 3.3 i Primer Nombre 3.4 Segundo nombre 4 Fecha y hora nacimiento 1.1 Código del país de I la nacionalidad 1,2 Nombre del país de nacionalidad 5 Sexo biológico de https://web. sispro.gov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDeta I leReferenciaBasica.a SRxK.Qde.-Pais___________ Fuente Maestro Persona Ministerio de Salud y Protección Social Fuente Maestro Persona Ministerio de Salud y Protección Social.
Esta variable se utiliza para calcula de ¡a edad del paciente._____________ Estándar ISO 3166-J Estándar ISO 3166-1 ebPublico/ConsüItas/Consult arOetalleRefei-enciaBasica.a SPX?Code--País________ _ Mí Ps://v/eb.sisDro,GOv.co/W arDetalleReferenciaBasica.a spx?Codi.<=Sexo__________ RESOLUCIÓN NÚIVIERO,'JÜU*0Ü 0 15 SEP DE 2025 HOJA No. J3 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud PDA en el marco de ¡a Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece ei meconismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 6 Identidad género 13.1 Etnia de *■; 13.2 Comunidad étnica 10 Categoría díscapacldad de 7.1 Código de ocupación la 7.2 Nombre de ocupación la httDs://web.s¡spro.gov.co/W eb.Pu_bJico/Consu¡tas/Consult a-rDetalleReferenciaBasica.a SPx?Code=MDECldentidadG enero____________________ httDs://web,.5ispro.qov.co/w ebPublico/Consultas/Consult arDetalleRererenclaBaslca.a sax?.Code=E.tnia___________ Texto Alíanumérico httosV/web.sispro.gov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a SDx?Code-CateaoriaDiscaoa cidad _________ __ httDS;//das¡ficaciones.dane, gov.co/cuoc/.cuoc descriocio n htt ps://web.s¡SDro,qov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleflefere nciaBa sica.a sox?Cod e=PS P.GQCUPACIO N "httDS://clasiflca clones, dañe.qov.co/cuoc/cuoc descripci on httDs://web,5iSDro.Qov,co/w ebPubli co/Consultas/Consult arDetaiieR eferencieBasíca.a SDx?Code = PSRGOCUPACíO N2 11.1 Código País de residencia habitual 11.2 Nombre País de residencia habitual 12.1 Código del municipio de residencia habitual 12.2 Nombre del municipio de residencia habitual 14 Zona territorial de residencia httDS;//web.sisoro,qov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a SPx?Code=Pais______ Nombre del país de residencia habitual httPs://web.sispro.Qov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetaileReferenciaBasica.a SPX?Code=Munlcíoio_______ Nombre del municipio de residencia habitual del paciente cue recibió la atención en salud durante la Urgencias // Atención inmediata_________________ httPs://web.sisbro.Qov.co/W ebPublico/Consultas/Consult httPs:/Avww.dane.aov.c o/index.oho/sistemaestadistico-naclonalsen/normas-yestandares/nomenclatur ascYz clasificaciones/clasificaci ones/clasiHGa_don-unicade-ocupaciones-oaracolombia-cuoc o/fíles/sen/nomenclatur a/cuoc/documentodaslfrcacion-unicaocuoaciones-colomblaCUOC-2Q24.pdf________ https://www.dane,QQv.c o/index.php/si'stemaestadistico-nacionalsen/normas-vestandares/nomenclatur iVL-.yclasificaciones/ciasificaci ones/clasificacion-únicad^cj^asioQes^ara; colombia-cuoc https://www.dane, aov.c o/flles/sen/nomen ciatur a/cuoc/documentoclasificacíon-unicaocuoaciones-colombia- í 5 SEP' RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. Ji4 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Dígita! de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" arDetalleReferenciaBasica.a SDx?Code=Zpna Datos de la Urgencias / Atención Inmediata 17 Fecha y hora de inicio de la atención 43 Fecha y hora de finalización de la atención 18.1 Modalidad de realización de la tecnología de salud 18.2 Grupo de servicios 19 Entorno donde se realiza la atención Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 20 Via de ingreso de! usuario al servicio de salud hrt^Z/.web.sispro.qfiy^QZW.
Fecha y llora de inicio de la atención en el servicio de Urgencias Atención / inmediata____________ Fecha y hora de finalización de la atención en el servicio de Urgencias / Atención inmediata, En caso de muerte fecha y hora del deceso.__ __ ____________ Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Intramural 02: Extramural unidad móvil 03: Extramural domiciliaria, 04: Extramural jornada do saiud. 05: Extramural (atención pre hospitalaria o transporte asistenclal) 06: Telemedicina interactiva 07: Telemedicina no interactiva. 08: Tciemedicina Teíexpertlcia 09: Telemedicina Telemonitoreo____________ Valores permitidos según Resolución. B66 de 2021 ■ 05: Atención inmediata 05: Institucional__________ __________ _ ___ 21 Causa que motiva la atención 22 Triage hora Triage Clasificación 22 23.1 23.2 arJ>ela.lJgReferenciaBas¡ga_.a SPj<?Codc=ViaIngresoUsuari hiips://web.síspro.qov.co/W eb Publíco/Cunsultas/Consult mile t a U £ Referencia Basi ca.a sRx ?Co d e=RIP SCausa Ex tern J,_______________________ Fecha y Fecha y hora del “riage Valores permitidos según la Resolución 866 de 2021 01: Triage í 02' Triage II 03: Triage HI 04: Triage IV. 05: Triage V __ Código del ■hJt'ps://_web_._sispro,qov,co/W diagnóstico gbPublico/Consultas/ConsLilt principal de ingreso arpetci lleReferenciaBasica.a CIE-10 spx?Code-CIE10_______ _ Nombre del https://v/eb.siSDro.gov, co/W diagnóstico ebPublica/Consultas/Consult Indicador para determinar la prioridad de la atención de los pacientes en un servicio de Urgencias RESOLUCIÓN NÚMERO jüÜ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. _35 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud ROA en el marco de la Inleroperabiiidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" principal de ingreso CIE • 10 23.3 Tipo de diagnóstico principal de ingreso C1E-10 Código del diagnóstico principal de ingreso ________ C1E-11 ' Término del diagnóstico principal de ingreso _____________ CIE • 1.1___________ Antecedentes de salud 47.1 Código que Indica que si la persona tiene alergia 47,2 Nombre alérgeno 47.3 Condición de salud Familiar CIE-i0 24.2 Código procedimiento (código de tecnología salud)_______ Nombre procedimiento (Nombre de tecnología salud) del arDetalleReferehciaBasica.a S£XKpde = ClE.in httos://web.;;ispro.qov.co/W ebPublico/Consultas/Consult acOetalleRef'erenciaBasica-a spx.?code=c:iE_i¿ https://transic¡onclel l.sispr https://lrans¡cíonc¡el l.sispr o.gov.co/ Opcionel Opcional Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Medicamento 02: Alimento 03: Sustancia del ambiente 04: Sustancia que entran en contacto con la piel 05: Picadura de insectos 06: Otra Alfanumérico httDs;//web.sisDro.Qov.co/W ebPublico/Consultas/Congult arDetalleReferenciaBasica.a spx?Code=ClE10__________ Condición de salud https ¡//transición cié ll.sispr Opcional Familiar CÍE-11 o.gov.co/________________ 47.4 Parentesco del Valores permitidos según antecedente Resolución 866 de 2021 familiar 01: Padres 02: Hermanos 03: Tíos 04: Abuelos______________ 48.1 Tipo de factor de Valores permitidos según riesgo Resolución 866 de 2021 01: Químicos 02: Físicos 03: Biomecánicos 04: Psicosociales 05: Biológicos 06: Otro_________________ 48.2 Nombre del factor Alfanumérico de riesgo__________________________________________________ Listado de Procedimientos realizados durante la atención en Salud Urgencias / Atención inmediata (Tecnologías en Salud) 24.1 Tipo de tecnología 01: Procedimiento en salud en salud 24.3 del la en del la en httDs://web.slSDro.gov.co/W ebRublico/Consultas/Consult arDetallellelerenciaBasica.a sDx?Cocle=CUPS Nombre del procedimiento según CUPS RESOLUCIÓN NÚMERO JÜ001888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 36 Continuación de la Resolución "Por medio de /a cuvl se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud ROA en el marco de la Interoperabilídad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 25 Finalidad de la tecnologia'en Salud 33 Fecha de realización del procedimiento (Fecha de entrega de la tecnología) Tipo de identificación de la persona que realizó. nl procedimiento identificación de la persona que realizó el procedimiento 351 36.2 39,1 39.2 39.3 39.4 Fecha del resultado de la valoración clínica o del resultado en salud.
Fecha de! resultado del procedimiento CUPS_______ I Identificación del instrumento para medir el resultado observado. Instrumento para la medición del resultado del procedimiento CUPS_______ Código del parámetro del resultado observado Valor del resultado observado httos://weib.sispro.g ov,co/W ebPubiicp'/Consultas/Con suit arDetaiíeReferenclaBaslca.a SDX?Code^RIPSFInalidadCon SultaVcrsionZ________ Fecha de realización del procedimiento CUPS httDs:/Meb.5l5Dro,Qov.co/T HS/Cliente/ConsultasPublica s/ConsuitaPublicaDeTHxrden tificacion.aspx____________ https://web, sisDFQ.qov.co/T HS/C!iente/ConsultasPublica s/ConsiiIlciPubiicaDeTHxlden ti ficacion.
¿i spx Fecha de resultados de la valoración del resultado Alfanumérico Alfanumérico Alfanumérico Listado de Medicamentos administrados durante la Urgencias / Atención inmediata (Tecnologías en Salud) 24.1 Tipo de tecnología 02. Medicamento con en salud registro sanitario 03 Medicamento vital no disponible i 04. Preparación magistral 05.
Medicamento UNIRS 24.2 24.3 26 Código medicamenio (código de tecnología salud)______ Nombre medicamento de! la en del Descripción común del medicamento httí)ST¿/web.sispro.qov.co/W &bPybli..cc7^PJl^Jia.^on^uK!S-Qe tall eRefe.-enciaBasica.a silx?Cüde^LUM Nombre del según código medicamento https://web.5isDro.Qov.coZW arDctalleReferenciaBasica.a 27 _________ Fecha prescripción módicamente (Tecnología.salud) de del en Fecha de prescripción del medicamento RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888 Í5SEP DE 2025 HOJA No. 37 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta ei Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Inieroperabilidad de la Historia Ciínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 28.1 28.2 Dosis prescrita del medicamento Cantidad tota! del medicamento que se prescribió para una sola dosis____ Código de la unidad de medida de la dosis 29 Vía prescrita de administración del medicamento 31.1 Frecuencia prescrita de administración del medicamento Cantidad_____ Frecuencia prescrita de la administración del medicamento Código de unidad de tiempo 31.2 32.1 Dosis administrada del medicamento institucionalmente • Cantidad 32.2 Código de la unidad de medida de la Dosis administrada del medicamento institucionalmente Fecha de administración del medicamento Número de dosis aplicados del medicamento cantidad_________ Número de dosis aplicados oel medicamento código de unidad de medida________ Tipo de Identificación de la persona que administró el medicamento Identificación de la persona que aplicó el medicamento 33 35.1 35.2 36.1 362 Numérico imóSjZ/web.sisnro.aov.co/w ebPublir.o/Corisultas/Consult arpe LaJleR e fere n c ¡a B a s ¡ ca, a spx?Code°UMiyi _______ htt0S!//web.sispro.Qov.cQ/W ebPublico/Consultas/Consult a'rbetalíoReferenciaBasica.a spx?Code=VAD___________ Numérico Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 1 Minutos 2 Horas 3 Dia A Semanas 5 Mes 6 Año 7 Según respuesta al tratamiento____________ Numérico httDs://web.sisoro.aov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleftcferenciaBasIca.a spx?Code=UMM Fecha Numérico httos://web.siSDro.pov.co/w ebPublico/Consultas/Consijit arDetslIgReferenciaBasica.a sox?Code=FormaFarmaceuti ca httos://vveb.5i5Dro.qov.co/T HS/Cliente/ConsultasPublica s/ConsultaPiiblicaDeTHxIden tlficacioñ.aspx httDs://web,sisoro.aov.co/T HS/Clíente/ConsultasPublica s/CoñsuitaPublicaDeTHxlden tlficacio.n.asox____________________________________ 25 Finalidad de la httDs://web.s¡SDro.qov.co/W tecnología en Salud ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferehclaBasIca.a sDx?Code=RlPSF¡nalldadCon SultaVersion2_____________________________________ Listado de otras tecnologías en salud administrados durante la Urgencias / Atención inmediata RESOLUCIÓN NÚMERO jjooioja 15 SEP' DE 2025 HOJA No. 38 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud PDA en el marco de la Interoperabiíidad de la Historia Clinics Electrónica IHCE, sa establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 24.1 Tipo de tecnología en salud 24.2 Código de las otras tecnologías en salud (código de la tecnología en salud) 24.3 Nombre de las Nombre de las otras otras tecnologías tecnologías en salud en salud_________ Fecha de Fecha de prescripción de las prescripción de las otras tecnologías otras tecnologías (Tecnología en salud)_________ _ Fecha de Fecha administración o aplicación de las otras tecnologías en salud_________ Tipo de httos://web.5isDro.Qov.co/T Identificación de la HSZCJj.ente/ConsultasPublica persona que aplicó s/ConsultaPublicaDeTHxl den las otras tíficaclon.a$px tecnologías ______ Identificación de la httos://V/e.b.sisero.qov.co/T persona que realizó HS/Cliente/ConsultasPublica la aplicación de las s/CpnsultaPublicaDeTHxIden otras tecnologías__ tificaclon.asDx____________ Finalidad de la https://web, sisoro, qov, co/W tecnología en Salud ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a SDX?Code=R]PSF¡nalidadCon SultaVerslon2_____________ 27 33 36.1 36.2 25 Diagnósticos 37.1 37.2 ! 37.3 I I Código diagnóstico principal al egreso C1E-10 Nombre del Diagnóstico principal de egreso C1E-1O___________ Tipo de diagnóstico principal al egreso C1E-10 Código del diagnóstico principal de ingreso C1E-.11 06.
Dispositivo médico 07. Componentes sanguíneos 08. Fluidos orgánicos 09. Órganos 10. Tejidos 11. Células 12. Producto Soporte Nutricíonal 13. Servicio complementarlo Código de las otras tecnologías en salud Para 06: Dispositivos médicos usar Código único de dispositivos médicos UDI-DJ, código de carácter público que corresponde al Identificador del Dispositivo (ID) del UDI (Unique Device Identifier), para las opciones 07 a 13: enviar opción 07 a 13 según corresponda. hltp_s.:¿/web,._s.isp rQ.,g oy ¿o/W ebPublico/Consiiltas/Consult arDetaileRefei'enciaBasica.a 5p_x?Cpde-CIE10__________ Nombre del diagnóstico principo! ol egreso CIE-10 Valotes permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Impresión diagnóstica 02: Confirmado nuevo 03: Confirmado repetido hxrp^/yka¿§ic!Qncíeii.$¡&ijr o.gov.cp/ Opcional RESOLUCIÓN NÚMERO J3001888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 39 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de le Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su ímpíementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 36.1 38.2 40.1 40.2 41 42.1 42.2 Término del diagnóstico principal de ingreso CIE - 11__________ Diagnósticos relacionados Diagnostico confirmados o presuntivos relacionados con el diagnóstico principal de egreso C1E-10 - Código del diagnóstico relacionado Nombre del diagnóstico relacionado al ingreso CIE - 10 Código del diagnóstico relacionado al egreso CIE-11 Término del diagnóstico relacionado al egreso CIE - 11 Diagnóstico de la complicación CIE10 - Código del diagnóstico de la complicación Nombre del diagnóstico de la complicación CIE 10 ____________ Código del diagnóstico de la complicación C1E11 ______________ Término del diagnóstico de la al complicación egreso CIE - 11 Condición y destino del usuario al egreso Diagnóstico de la causa básica de muerte CIE-10 • Código de ¡a causa básica de muerte Nombre del Diagnóstico de la causa básica de muerte • CIE-10 Código del diagnóstico ce la causa de la muerte CIE-11___________ Término del diagnóstico de la causa básica de la muerte al egreso CIE • n httDs://transicionc¡ell.sisor o.gov.co/ Opcional https://web.sl5pro.qov,co/W ehPu.blico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a SPX?Code°CIE10 https://web,sisDro. qov, co/W ebPublIco/Consultas/Ccnsuit arDetalleReferenciaBasica.a SDx?CQde=CJE10__________ httDs://transicioncle 11. sisor Opcional O.QOV.CO/ https://íran5icionciell.sispr Opcional O.QOV.CO/ httos://web.sisnro.gov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetaileReferenciaBasica.a sox?Code=cfsiO https://web.sisDro.oov, co/W ebPublico/Consultas/Coíisult arDetalleReferenciaBasica.a sDx?Code-CÍE10__________ hitos;//transí clónele 11. sisor o.qov.co/ https V/translcionclell.sispr o.qov.cp/ httns://web.sisr>ro.aov.co/W ebPublico/Consultas/Consult: arDetalleReferenciaBasica.a SDx?Code=Condic¡onvDestin oUs'jarloEqresp___________ httDs://wéb.slsDro.Qoy.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a sDX?Code-CIE10 https://web.5ispro.qov, co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a SDx?Code=ClE10__________ https: Z/lransicioncie 11, sisor O.QOV.CO/ httos://transición cíe 11.sisor o.aov.co/ Solo si condición = 02 Paciente muerto JJ001888 RESOLUCIÓN NÚMERO 15 SEP DE 2025 HOJA No. 40 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud PDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE: se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones'' 44 Código del prestador a donde se remite 24.1 Tipo de tecnología en salud 24.2 Código medicamento (código de tecnología salud)______ Nombre medicamento http,g.://web.s¡SDro.QOv.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a spxKode-IPSCodHabiiitacio,_______________________________ 0__________________ ______________________ Fórmula de Medicamentos ordenados al egreso de la Urgencias / Atención inmediata (Tecnologías en Salud) 24.3 del la en del 26 Descripción común del medicamento 27 Fecha de prescripción del medicamento en (Tecnología salud)_______ Dosis ordena del I medicamento Cantidad total del medicamento que se prescribió para una sola dosis Código de la unidad de medida de la dosis 28.1 28.2 29 Via de administración del medicamento 30.1 Duración prescrita del medicamento Cantidad_________ Duración prescrita del medicamento Código de unidad de tiempo 30.2 02.
Medicamento con registro sanitario 03. Medicamento vital no disponible 04. Preparación magistral 05. Medicamento UNIRS btrpsV/web.sisoro.Qov.co/W ebPublíco/Consultas/Consult arileialLeRefcrenciaBasica.a spx?Code°IUM Nombre del según código medicamento httDs://web.s¡SDro.qov.co/W ebPub';ico/Consultas/Consult arDetail eReíerenciaBasic a.a 5P_x2Cp.C£=DCl__________ Fecha de prescripción del medicamento Numérico ht.tPS.://web,si5Pi-o.Qov.co/W e.>l.P.u.bi¡.cí¿/£2n^Jta5/XPJ.^ arDetalleReferenciaBasica.a spxPCode-UMM__________ httDS;//y/eb.sispro.aov.co/W ebPublicp/Consultas/Consuif arDetalleReferenciaBasica.a Numérico Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 1 Minutos 2 Horas 3 Día 4 Semanas 5 Mes 31.1 Frecuencia administración medicamento Cantidad de del 6 Año 7 Según respuesta al tratamiento___________ Numérico RESOLUCIÓN NÚMERO joaoiSóB 15 SEP DE 2025 HOJA No. 41 Continuación de la Resolución "Per medio de la cual so adopta e¡ Resumen Digital de Atención en Salud PDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implemenlación a nivel nacional y so dictan otras disposiciones" 31.2 Frecuencia de la administración del medicamento Código de unidad de tiempo 24.2 Código del procedimiento (código de la tecnología en salud)_______ Nombre del procedimiento (Nombre de la tecnología en salud)_______ Finalidad de ia tecnología en Saiud Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 1 Minutos 2 Horas 3 Día 4 Semanas 5 Mes 6 Año 7 Según respuesta al tratamiento_______________________________________ 25 Finalidad de la httDs://web.sisoro.QOv,co/W tecnología en Salud ebPublico/Cunsultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a spjCCp d g RI P~S F¡ n a i i d a_d C o 0 sultaVersíonZ______________ _____ _________________ Ordenes médicas - Procedimientos ordenados al egreso de la Urgencias / Atención Inmediata 24.1 Tipo de tecnología 01.
Procedimiento en salud en salud 24.3 25 https://vveb,sispro,Qov.co/w ebPublico/Consultas/Consult arBg¿aj|.eReferen-CiaB_asica.a spx?Code°CUPS Nombre del procedimiento según CUPS httPs://web.sisDro.aov.co/W ebPublico/Consultas/Consult arDetalleReferenciaBasica.a spx?Code=RIPSFInalldadCon sulta\/ersion2_____________ Fecha de prescripción del procedimiento Fecha de prescripción procedimiento (Tecnología en salud)___________________________________________________________ Ordenes médicas - Otras tecnologías en salud ordenadas al egreso de la Urgencia"s"7 Atención Inmediata 27 24.1 Tipo de tecnología en salud 24.2 Código de las otras tecnologías en salud (código de la tecnología en salud) 24.3 Nombre de las otras tecnologías en salud 06.
Dispositivo médico 07. Componentes sanguíneos 08. Fluidos orgánicos 09. Órganos 10. Tejidos 11. Células 12. Producto Soporte Nutricional 13. Servicio complementario Código de las otras tecnologías en salud Nombre de las tecnologías en salud otras Para 06: Dispositivos médicos usar Código único de dispositivos médicos UDI-D1, código de carácter público que corresponde al Identiñcador del Dispositivo (ID) del UDI (Unique Device Identifier), para las opciones 07 a 13: enviar opción 07 a 13 según corresponda.
RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888.15 SEP DE 2025 HOJA No. 42 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilídad de la Historia Clinica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 27 Fecha de prescripción de las otras tecnologías (Tecnología en salud)___________ Finalidad de la tecnología en Salud 25 Datos incapacidad______ 45.1 Incapacidad Alcance de incapacidad la Fecha de prescripción de las otras tecnologías hitos://web.s¡SDro,oov.co/W ebPu blLco/Con s ultas/Con su 11 arDetalieReferenclaBasica.a sp_x¿<^^^P¿finálid.a_dCon sultaVersíonZ Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Nueva 02: Prórroga 45.2 Días de incapacidad Numérico 46 Oías de licencia de maternidad Numérico Profesional de salud que dio el alta de la Urgencias / Atención Inmediata 49.1 '-•1 Tipo Documento 1h_ttp.s:/¿web.si " ~:: SDro,gov.co/T — del talento humano üS7 Oi_eji t_e¿Co n_sjJlta_sPyp.l ics. en salud que realiza s/ConsultaPublicaDeTHxIdeii ei egreso _LliLc^ioni.aspux. 49.2 Número de hitos://web.s¡spro,oov,co/T documento de HS/Cliente/ConsuitasPubüca identificación del s/ConsultaPublicaDeTHxlden talento humano en tificacion. asp-X salud que realizó el egreso de Urgencias / Atención inmediata Documento de soporte de la Urg e n cl a s / Atención Inmedi a t a’ Nombre Incluir documento PDF leíble Documento PDF (capa de lexto) sin clave del documento pdf de la epicrisis de la urgencia / Atención inmediata.
La epicrisis debe cumplir con ios contenidos establecidos en el Decreto 780 de 2016 Artículo 2.6.1,4.3.5 OBSERVACIONES SOBRE ELEMENTOS DE DATO RDA DE HOSPITALIZACIÓN/INTERNACIÓN Y URGENCIAS / ATENCIÓN INMEDIATA: Identificación del Paciente Fecha y hora de nacimiento. Elemento de dato 4: La hora de nacimiento es un dato opcional cuya relevancia aplica en recien nacidos primordiaimente, siempre que se cuente con este, por lo que no es obligatorio su diligenciamiento.
Identidad de género. Elemento de dato 6; La información de identidad de género es un dato opcional que será diligenciado a criterio del profesional de la salud de acuerdo con el escenario de atención, Comunidad étnica. Elemento de dato 13.2: Diligenciar con el nomóre de la comunidad étnica a la que pertenece el paciente, cuando aplique. Datos de la Hospitalización / Internación Modalidad de realización de la tecnología en salud.
Elemento de dato 18.3: Para la atención hospitalaria o en internación se aceptan las opciones 01; Intramural y 03. extramural domiciliaria. RESOLUCIÓN NÚMERO JGÜ018Ü8 15 SEP DE 2025 HOJA No. 43 Conlinuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la InleroperabUidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación e nivel nacional y se diclan oirás disposiciones" Entorno donde sé realiza la atención. Elemento de dato 19: Para la atención hospitalaria o en internación se aceptan las opciones: • • 01: Hogar;
Cuando el elemento de dato 18.1 corresponda a: 03 extramural domiciliaria 05: Institucional: Cuando el elemento de dato 18,1 corresponda a: 01 Intramural Antecedentes de salud Código que Indica si la persona tiene alergias. Elemento de Dato 47.1: Cuando el paciente no presente alergias conocidas, este dato debe venir vacío. Tipo de factor de riesgo.
Elemento de dato 48.1: Sí se identifica un riesgo que pueda afectar la salud del paciente en general, debe diligenciarse esta información. De lo contrario y de acuerdo al escenario asistencia!, puede ir vacio. Listado de Procedimientos realizados durante la atención en Salud Hospitalización / Internación (Tecnologías en Salud) Fecha de realización del procedimiento.
Elemento de dato 33: Hace referencia a la fecha en que se realizó el procedimiento mencionado y no a la fecha en que fue solicitado. Identificación de! instrumento para medir el resultado observado. Instrumento para la medición del resultado del procedimiento CUPS. Elemento de dato 39.2 Código del parámetro del resultado observado. Elemento de dato 39.3 Código del parámetro del resultado observado.
Elemento de dato 39.4 La información correspondiente a estos elementos de dato se considera de obligatoriedad progresiva. Una ve?, el Ministerio de Salud publique los catálogos relacionados, se definirán las etapas y periodos para su implementation. Diagnósticos A! momento de la publicación del presente manual, el plazo para la transición de la codificación de diagnósticos de CIE 10 a CIE 11 ha sido ampliado.
Una vez el nuevo periodo entre en vigor, el Ministerio de Salud informará sobre los ajustes requeridos para el envío adecuado de los elementos de dato que hacen referencia a la codificación de diagnósticos. Código del prestador a donde se remite. Elemento de dato 44. Solamente cuando aplique. 7.4 Resumen Digital de Atención - RDA de consulta externa Este RDA se debe generar y transmitir al mecanismo de interoperabilídad por parte de los prestadores de salud, una vez se termine la consulta ambulatoria por el profesional de la salud con los contenidos establecidos a continuación y las especificaciones de sintaxis y semántica establecidas en la Guía de Implementación, publicada por Ministerio de Salud y Protección Social https;//volcano,¡hcecol.qov.co/qi.ila/.
Estructura de RDA de consulta extema: RDA Consulta Externa Los elementos de dato del anexo técnico de la Resolución 866 de 2021 se han dispuesto en un orden lógico desde el punto de vista asisrencial. Se hacen observaciones para cada uno de ellos de acuerdo con el Grupo de servicio de Consulta Externa RESOLUCIÓN NÚMERO J0Ü01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 44 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud ROA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrómca IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" No, elemento Datos del ROA dato Fuente del dato: valores Consulta Observaciones Resoluci permitidos Externa ón 866 de 2021 Identificación del Prestador de Servicios de Salud 16 Código del https://web.sispro.gov.co/Web ¡ Registro Especial prestador de Publico/Consultas/ConsultarDe l de Prestadores de servicios de talleR.efe-i'enciaBasica.aspx?Co Servicios de Salud salud que realiza de=IPSC'o dHabilitación REPS la atención ce Consulta Externa____________ ________________ __________ Entidad responsable por el plan de beneficios en salud (Consulta Externa) “ITI ” Código asignado ¿ttgSiZ/www.adres.qov.co/enti i al administrador dadesdel plan de territor¡ales/bdua/Entidacles% I beneficios en el 20SGSSS/ENTIDADES SGSSS j SGSSS_________,2022 ADRES.odf ■ 15.2 Nombre asignado Nombre asignado al al administrador administrado del plan de ¡ del plan de beneficios en el SGSSS i beneficios en el SGSSS_________ Identificación del Paciente 2.1 Tipo de Tipo de identificación según ■ Fuente Maestro documento de fuente Maestro - persona Persona Ministerio identificación___ de Salud y 2.2 Número de Según el número de Protección Social documento de identificación del paciente identificación _ atendido en Consulta Externa 3.1 Primer apellido Primer apellido que aparece en ¡ el documento de identidad J 3.2 Segundo a pellico Segundo apellido que aparece I en el documento de identidad i 3.3 Primer Nombre Primer nombre que aparece en el documento de identidad 3.4 Segundo nombre Segundo nombre que aparece en el documento de identidad 4 Fecha y hora de Fecha de nacimiento del Fuente Maestro nacimiento paciente atendido en Persona Ministerio hospitalización / internación de Salud y Protección Social.
Esta variable se I utiliza para calcula i de la edad del j paciente. 1.1 ¿¿tESjZ/weLjispro.Qov.co/Web Estándar ISO Código del país de la PublicoZConsultas/ConsultarDe 3166-1 nacionalidad taileReferenciaBasIca.aspxPCo de=Pais_____________■_____ 1.2 Nombre del país httpsy/web.sjsaro^g^coZWgb Estándar ISO de nacionalidad P ublico¿C.o_n s u 11 a s/ C o n s u I ta r De 3166-1 LaJJeRef^en£iaB^iQajL§pj<2£o ____________ S Sexo biológico https://web.5ispro.Qov.co/Web Publiccj/Consultas/ConsultarDe talleReferencíaBasíca,asox?Co de=Sexo RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01S88 15 SEP DE 2025 HOJA No. 45 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la inieroperabilidad de la Historia Clínica Electrónica ¡HCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan oirás disposiciones ” 6 Identidad de género 13.1 Etnia 13.2 Comunidad étnica_____ Categoría de discapacidad 10 7.1 Código de la ocupación 7.2 Nombre de la ocupación ht.tPS.:.//webJsisDrQJ.qov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleReferenciaBas¡ca.asox?Co de=MDECIdentidadGenero_ httDs://web.sisDro.gov.co/Web Publico/Consultas/ConsuitarDe talleRefei'enciaBasica.aspx?Co de=Etnia__________________ Texto Alfanumérico https://web.sisoro.Qov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe taileReferenciaBasica.aspxPCo de=CateaoriaDiscaDacidad httD$://clasificaciones.dane.ao v.co/cuoc/cuoc descripción h ttos://web, s¡ spro.Qov, co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe taileRefere¡nciaB aslca.asox?Co de=PSRGOCUPAClON "httos://clasificaciones, dane.a ov.co/cuoc/cuoc descripción httos://web.sispro.Qov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleReferenciaBasica.asox?Co de=PSRGOCUPACION " https://www.dane, aov.co/index.ohp/s ístema-estadisticonacionalsen/normas-vestandares/nomenc laturas-yclasificacíones/clasi ficaciones/clasificac. íon-unica-deocupaclones-paracolombia-cuoc httos.;//www,.da_ne, qov.co/files/sen/no menclatura/cuoc/d ocumentoclasificaclon-unicaocupacionescolombla-CUOC¿Q24.pdf_________ https://www.dane, gov.co/index.php/s istema-estadisticonacionalsen/normas-vestan d a res/QomerLC laturas-vclasi fica ciones/cla si ficaciones/clasificac ion-unica-deocupaciones-paracolombia-cuoc https://www.dane. menclatura/cuoc/d ocumentoclasificacion-unicaocupacionescolombia-CUOC2024.pdf 11.1 Código País de residencia habitual 11.2 Nombre País de residencia habitual httDs://web-sisDro.Qov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleReferenciaBasica.asoxPCo de«Pais___________________ Nombre del país de residencia habitual RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 46 Continuación, de la Resolución “Por medio de /a cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones'' 12.1 12.2 14 Código del municipio de residencia habitual Nombre del municipio de residencia habitual Zona territorial de residencia h 11 p S,: Z/w_e_ b^sj s pro, o o v. co/ W e b PubJico/Consultas/ConsuitarPe talleReferenciaBasica.aspx?Co de=Municiolo Nombre del municipio de residencia habitual del paciente que recibió la atención en salud durante la hospitalización / internación httDs://web.sisoro.Qov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleReferenciaBas¡ca.aspx?Co de=Zona Datos de la Consulta Externa 17 Fecha y hora de Fecha y hora de Inicio de la inicio de la atención en el servicio de atención • Consulta Externa___________ 43 Fecha y hora de Fecha y hora de finalización de finalización de la la atención en el servicio de atención______ Consulta Externa___________ 18.1 Modalidad de Valores permitidos según realización do la Resolución 866 de 2021 tecnología de 01: Intramural salud 02: Extramural unidad móvil 03: Extramural domiciliaria. 04: Extramural jornada de salud. 05: Extramural (atención pre hospitalaria o transporte asistencia I) 06: Telemedicina interactiva 07: Telemedicina no interactiva. 08: Telemedicina Telexperticia 09: Telemedicina Telemonitoreo______________ 18.2 Grupo de Valores permitidos según servicios Resolución 866 de 2021 01: Consulta Externa________ 19 Entorno donde se Valores permitidos según realiza la Resolución 866 de 2021 atención 01: Hogar 02: Comunitario 03: Escolar 04: Laboral 05: Institucional____________ 20 Vía de ingreso https://web.sispro.qov.co/Web del usuario ai PubJico/Consultas/ConsultarDe servicio de salud talleReferenciaBasica.asoxPCo de=ViaInqresoUsLiai'io_______ 21 Causa que httDs:/7vveb.s¡spro.qov.co/Web motiva la Publico/Consultas/ConsultarDe atención talleReferenciaBa5íca.asDx?Co de=RIPSCai.i‘>aExterna_______ Antecedentes de salud RESOLUCIÓN NÚMERO 30301888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 47 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 47,1 Código que indica que sí la persona tiene alergia 47.2 Nombre del alérgeno Condición de salud Familiar CIE-10 47.3 47.4 48.1 Condición de salud Familiar CIE-11______ Parentesco del antecedente familiar Tipo de factor de riesgo Nombre del factor de riesgo Diagnósticos____________ Código 37.1 diagnóstico principal CIE-10 48.2 37.2 37.3 Nombre del Diagnóstico principal CIE-10 Tipo de diagnóstico principal CIE-10 ■ 38.1 Código del diagnóstico principal CIE-11 Término del diagnóstico principal CIE - 11 Diagnósticos relacionados Diagnóstico confirmados o presuntivos relacionados con el diagnóstico principa! CIE-10 Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Medicamento 02: Alimento 03: Sustancia del ambiente 04: Sustancia que entran en contacto con la piel 05: Picadura de insectos 06: Otra_________________ Alfanumérico https://web.sisDro.gov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleR.efereiic¡aBasica.asDx?Co de«CIE10__________ '______ https://transic¡ondell.siSDro. qqv.co/ Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Padres 02: Hermanos 03: Tíos 04: Abuelos___________ Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Químicos 02: Físicos 03: Biomecánicos 04: Psicosociales 05: Biológicos 06: Otro______________ Alfanumérico https://web.sispro.gov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleReferenciaBasíca.asDx?Co de=CIE10__________________ Nombre del diagnostico principal CIE-10 Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Impresión diagnóstica 02: Confirmado nuevo 03: Confirmado repetido httDs://trans¡cionciell.sis oro aov.co/ httD5://trans¡c¡oncíell.sis pro, QOV.CC/ httDs://web,s¡SDro.aov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleReferenciaBasica.asox?Co dexClElO RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÍI01888 75 SEP DE 2025 HOJA No. 48 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE. se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" 38.2 - Código del diagnóstico relacionado Nombre del diagnóstico relacionado CIE W____________ Código del diagnóstico relacionado CIE- https://web.sisDro.Qov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe ¿a.UeRefei-encjaBas¡ca.asDx?Co de=CIE10_________________ httDs://translc¡onc¡ell.s¡spro, gov.co/ Opcional n_________ 41 Término del diagnóstico relacionado CIE * 11_______ Condición y destino del usuario al egreso httO5://_trans¡.cionc¡ell.sisDro, gov.co/ Opcional https://web.sisero.gov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe tall£B.ef.erenc¡aBasíca.9spx?Cp de=Cond¡cionvDest¡noUsuarioE preso___________________ 44 Código del https:/jweb.sisDro.gov.co/Web prestador a Publico/Consultas/ConsultarDe donde se remite talleReferenc¡aBasica.asox?Co de=IPSCqdH3b¡litac¡on_______ Fórmula de Medicamentos ordenados en Consulta Externa (Tecnologías en Salud) 24.1 Tipo de 02.
Medicamento con registro ' tecnología en sanitario i salud 03, Medicamento vital no disponible 04, Preparación magistral 05. Medicamento UNIRS_______ 24.2 Código del https://web.siSDro.goy.co/Web medicamento Publico/Consultas/ConsultarDe (código de la talleRcferenciaBaslca.aspx?Co tecnología en de-íUM salud)_____ 24.3 Nombre del Nombre del medicamento medicamento según código_______________ Hie Descripción httDs://web.s¡sDro.Qov.co/Web común del Publico/Consultas/ConsultarDe medicamento talleRcferenc.iaBas¡ca,aspx?Co de-DCi___________________ 27 Fecha de Fecha de prescripción del prescripción del medicamento medicamento (Tecnología en salud)__________._________ 28.1 Dosis ordena del Numérico medicamento Cantidad total del medicamento que se prescribió para una sola dosis______ 28.2 Código de la httos://weh.sisDro, gov.co/Web unidad de Publico/Ccinsultas/ConsultarPe medida de la £alkfi.e.fere n cía Ba sica. a s p x?Co dosis de»UMM RESOLUCIÓN NÚMERO jjJ01838 15 SEP DE 2025 HOJA No. 49 Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud ~ ROA en el marco de la Interoperabilidad de la Hisioria Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se diclan oirás disposiciones" 29 Vía de administración del medicamento 30.1 Duración prescrita del medicamento Cantidad______ Duración prescrita del medicamento Código de unidad de tiempo 30.2 31.1 31.2 Frecuencia de administración del medicamento ♦ Cantidad______ Frecuencia de la administración del medicamento - Código de unidad de tiempo httDS://web.s¡soro.oov.co/Web Publico/Consultas/ConsultarDe talleReferenciaBasica.aspxPCo de=VAD___________________ Numérico Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 1 Minutos 2 Horas 3 Día 4 Semanas 5 Mes 6 Año 7 Según respuesta al tratamiento___________ Numérico Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 1 Minutos 2 Horas 3 Día 4 Semanas 5 Mes 6 Año 7 Según respuesta al tratamiento__________________________ 25 Finalidad de la httD5://web.sispro.aov.co/Web tecnología en Publico/Consultas/ConsultarDe Salud talleReferenc¡aBBslc8.aspx?Co de = RIPSFinalidadConsultaVers ______ Ion2_____________;___________________ Ordenes médicas - Procedimientos ordenados en Consulta Externa 24.1 Tipo de 01.
Procedimiento en salud tecnología en salud_______ 24.2 Código del httns.;//web.s¡spi-o.Qov.co/Web procedimiento Publico/Consultas/ConsultarDe (código de la talleReferenciaBasica.aspxPCo tecnología en de=CUPS salud)_______ 24.3 Nombre del Nombre del procedimiento procedimiento según CUPS (Nombre de la tecnología en salud) _____ 25 Finalidad de la httDs://web.s¡soro.aov,co/Web tecnología en Pubiico/Consultas/Consultar De Salud talleReferenciaBaslca.aspx?Co de=RIPSFinal¡dadConsultaVers ion2_______________________ 27 Fecha de Fecha de prescripción del prescripción procedimiento procedimiento (Tecnología en salud) RESOLUCIÓN NÚMERO J6ÜD1888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 50 Conlinuacsón de la Resolución "Por medio de la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Ordenes médicas - Otras tecnologías en salud ordenadas en Consulta Externa 24.1 Tipo de 06.
Dispositivo médico tecnología en 07. Componentes sanguíneos salud 08. Fluidos orgánicos 09. Órganos 10. Tejidos 11. Células 12. Producto Soporte Nutricional 13. Servicio complementario 24.2 Código de las Código de las otras tecnologías Para 06: otras tecnologías en salud Dispositivos en salud (código médicos usar de la tecnología Código único de en salud) dispositivos médicos UDI-DI, código de carácter público que corresponde al Identificador del Dispositivo (ID) del UDI (Unique Device Identifier), para las opciones 07 a 13: enviar opción 07 a 13 según corresponda._____ 24.3 Nombre de las Nombre de las otras otras tecnologías tecnologías en salud en salud 27 Fecha de Fecha de prescripción de las prescripción de otras tecnologías las otras tecnologías (Tecnología en salud)_________ 25 Finalidad de la https://web.sispro.Qov.co/Web tecnología en Publico/Consultas/ConsultarDe Salud talleReferencia Basics, aspx?Co de=RlP SFinalidadConsultaVers !on2 ______________ Datos incapacidad_____ 45.1 Incapacidad Alcance de la incapacidad 45.2 46 Días de incapacidad __ Días de licencia de maternidad Valores permitidos según Resolución 866 de 2021 01: Nueva 02: Prórroga__________ Numérico Numérico Profesional de salud que realizó ¡a atención por Consulta Externa 49.1 Tipo documento httos://web.siSDro,qov.co/TH5 I del talento /CIidnte/.taSEufclic_aj¿.Qon ! humano en salud sultaPublicaDeTHxIdentifícacio i que hizo la n Laspx__________ | RESOLUCIÓN NÚMERO jJ301888 '15 SEP DE 2025 HOJA No. 51 Continuación de ¡a Resolución "Pormedio de la cual so adopta el Resumen Digital de Atención en SaludPDA en el marco de la ínteroperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" atención por Consulta Externa 49.2 Número de https://web.slsojo.qov.co/THS documento de /Cliente/ConsultasPublicas/Con identificación del sultaPublicaDeTHxIdentificacio talento humano n.aspx en salud que realizó la atención por Consulta Externa__________________ Documento de soporte de la consulta Externa Nombre dDocumento °DF Incluir documento PDF leíble (capa de texto) sin clave del documento pdf del resumen clínico de atención de atención por Consulta Externa.
El resumen clínico de atención debe cumplir con los contenidos establecidos en el Decreto 780 de 2016 Artículo 2,6.1.4.3.6 OBSERVACIONES SOBRE ELEMENTOS DE DATO ROA DE CONSULTA EXTERNA Identificación del Paciente Fecha y hora de nacimiento. Elemento de dato 4: La hora de nacimiento es un dato opcional cuya relevancia aplica en recién nacidos primordialmente, siempre que se cuente con este, por lo que no es obligatorio su dilígenciamiento.
Identidad de género. Elemento de dato 6: La información de identidad de género es un dato opcional que será diligenciado a criterio del profesional de la salud de acuerdo con el escenario de atención. Comunidad étnica. Elemento de dato 13.2: Diligenciar con el nombre de la comunidad étnica a la que pertenece el paciente, cuando aplique. Antecedentes de salud Código que indica si la persona tiene alergias.
Elemento de Dato 47.1: Cuando el paciente no presente alergias conocidas, este dato debe venir vacío. Tipo de factor de riesgo. Elemento de dato 48.1: Si se identifica un riesgo que pueda afectar la salud del paciente en general, debe diligenciarse esta información. De lo contrario y de acuerdo al escenario asistencial, puede ir vacío. Diagnósticos Al momento de la publicación del presente manual, el plazo para la transición de la codificación de diagnósticos de CIE 10 a CIE 11 ha sido ampliado.
Una vez el nuevo periodo entre en vigor, el Ministerio de Salud informará sobre los ajustes requeridos para el envío adecuado de los elementos de dato que hacen referencia a la codificación de diagnósticos. Código del prestador a donde se remite. Elemento de dato 44. Solamente cuando aplique. 7 7.S MODELO DE DATOS Estándar del archivo RESOLUCIÓN NÚMERO J0001888 15 SEP DE 2025 HOJA No. 52 Continuación de la Resolución "Por medio de ¡a cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, so establece el mecanismo para su implemenlación a nivel nacional y se dictan otras disposiciones" Se aceptará un archivo en formato JSON (JavaScript Object Notation), conforme a las especificaciones del estándar HL7 FHIR, el cual reconoce JSON corno uno de sus formatos para el intercambio de información en salud.
El archivo deberá contener instancias de recursos HL7 FHIR estructuradas según la Guía de Implementación publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social l3t£g.S.:_¿/vu!cano.ihcecol.qov.co/quia/, garantizando la adopción semántica y sintáctica de los elementos de datos definidos para cada uno de los Resúmenes Digitales de Atención (RDA).
Esto incluye el uso correcto de perfiles, extensiones, terminologías clínicas y demás restricciones especificadas. 7.6 Estructura general del archivo JSON En un archivo JSON, se deben incluir los elementos de datos asociados al Resumen Digital de Atención (RDA), según la siguiente estructura general: Conjunto Elementos Datos _____ Alcance Datos relativos a la Actúa como un contenedor que permitirá organizar I transacción los datos de forma coherente, asegurando que los distintos recursos FHIR incluidos mantengan sus relaciones lógicas y contextúales.
Por ejemplo, un Bundle puede incluir un recurso Patient, junto con los recursos Encounter, Condition, Procedure y MedicationRequest correspondientes a un evento de atención, lo que permite representar de manera completa un evento clínico._____________________ í Identificación del usuario de Corresponde a aquellos datos que apoyan la atención í los servicios de salud y motivan la determinación de riesgos relacionados i ton la identificación del lugar- de origen y de i residencia de la persona, la identificación de la I persona en los sistemas de identificación del país, la edad al momento de la atención, la condición de sexo y género, el grupo poblacional que determina la vulnerabilidad a la que pertenece, la ocupación, presunción lega: de donación y voluntad anticipada, la categoría de la discapacidad, si la tiene, la condición étnica, el asegurador responsable de la i_______________________________ gestión del riesgo del individuo., Contacto con el servicio de Datos relacionados con los antecedentes del í salud individuo al momento de la atención que incluyen: la fecha en que se inicia el evento, la priorización para la atención, la vía de ingreso y la modalidad de atención y el diagnóstico inicial que motiva la atención. ¡ Tecnologías en salud Corresponde a aquellos datos relacionados con las tecnologías prescritas, aplicadas o entregadas al usuario,. como son: procedimientos en salud, medicamentos, dispositivos médicos, componentes anatómicos, aplicados o entregados en las fases de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad en la secuencia cronológica durante el curso de vida, entre otras._____;_________________ Resultados del uso de las Incluye datos relacionados con los diagnósticos tecnologías en salud finales asociados al evento de salud, las especificaciones de los resultados de la valoración clínica o de salud que son importantes durante la atención del paciente, la especificación de la referencia y/o contrarreferencia, datos de la incapacidad y licencia si ocurre y del profesional de _____________ RESOLUCIÓN NÚMERO JJÜ01888 15 SEP DE 2025 HOJA No. S3 Continuación de la Resolución "Por medio do la cual se adopta el Resumen Digital de Atención en Salud RDA en el marco de la Inieroperabilidad de la Historia Clínica Electrónica IHCE, se establece el mecanismo para su implementation a nivel national y se dictan otras disposiciones'' Conjunto Elementos Datos __________________ Alcance salud responsable del egreso o finalización dei evento.
La estructura de los JSON correspondientes a cada uno de los RDA establecidos en el presente documento, se presentan en la Guía de Implementación publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social en htt:ps://vulcano,ilicecol.aov.co/Quía/ y los prestadores de salud a través de sus sistemas de información deberán enviarlos siguiendo la mencionada estructura. r