,, ~EPÚ6UCA DE COLOMBIA ·t~¡ 1,tq;t"J<.;,'- If:, I,- - MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMeIiO {j ~, ( O18 5 DE 2021 18 FEB 2021 Por la cual se establecen disposiciones para el reconocimiento económico temporal del Talento Humano en Salud del Sistema de Salud de las Fuerzas Mílitares y de la Policfa Nacional que preste sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de Coronavlrus CQVID - 19 Y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En uso de sus facultades legales, en especiaJlas consagra~as en el artículo 11 del Decreto Legislativo 538 de 2020 y"
CONSIDERANDO
Que, con el propósito de incentivar la labor adelantada por el lalento humano en salud que presta sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de Coronavirus COVID·19, Incluidos quienes realizan vigilancia epidemiológica, teniendo en cuenta su exposición al riesgo de contagio, en el artIculo 11 del Decreto Legislativo 538 de 2020 se previó en su favor, un reconocimiento económico temporal durante el término de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en dIcha disposición, este Mini5terio mediante la Resolución 1774 de 2020 definió los perfiles ocupacionales beneficiarios del reconocimiento económico destinado al talento humano en salud que preste sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstIco de coronavirus COVID -19 previendo al tenor del artIculo 6, que los regimenes especiales y de excepción as! como el Fondo Nacional de Salud para la Población Privada de la Libertad PPL podrfan tener en cuenta las disposiciones previstas en esa norma, w Que, en virtud de lo anterior el MinIsterio de Defensa Nacional mediante comunicación QF20106286 MDN-DVGSESOBDBS solicitó a este Ministerio, el reconocimiento de la bonificación económica del talento humano en salud para el Sistema de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, en virtud del concepto emitido mediante oficio 2-2020..Q67980 del 22 de diciembre de 2020, suscrito por la Directora General del Presupuesto Público Nacional en el cual se sel'lala: "( ) el artIculo referenciado establece lo siguiente: i.) el derecho que fiene el talento humano en salud que preste sus servicios 8 pacientes con sospecha o diagnóstico de Coronavirus COVI[)'19, sin establecer restricciones frente al régimen al que preste los servícios, de reclbfr, por una única vez, un reconocimiento económico temporal; ii.) la entidad encargada de girar dIcho reconocimiento económico temporal es la AdminIstradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud wADRES: iii,) La administración y operación del pago del reconocimiento depend6 de la reglamentación que para el efecto defina el Ministerio de Salud y Protección Social, Ahora bien, el Ministerio de Salud y Protección Social, a través de fa Resolución 1774 de 2020, definió los perfiles ocupacionales para el reconocimiento económico para el talento humano en salud y, en el artfculCJ 6, estableció que los f9glmenes especiales y de excepción podrán tener en cuenta las dIspOSiciones contenidas en la resolución y realizar las respectivas gestiones, asl como la apropIaCión de recursos dispuestos para tal fin", Que este Ministerio a través de las comunicaciones 202030002042891 del 23 de diciembre de 2020 y 202130000048411 del-14 de enero de 2021, solicitó al Comité del Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME autorización para trasladar los recursos aSignadOS inicialmente a pruebas ráp'ldas, teniendo en cuenta que la compra se está adelantando a,-_tca_V_é_'_d_e_la_U_"_;d_a_d_N_a_C_;O_"_a_l_d_e_G_"_'_t;_6_"_d_e_'_R_;e_'_9_0_Y_D_e_,_as_t_,e_,_,_00_"_"_1_fi"_d_e_,_e_al_;,_._,_oo_".Jt116 RESOLUCiÓN NÚM~;J (¡ iH 85 DE 18 FEB 2021 2021 HOJA No ~ de ~ Continuación de la resolución ·Por la cual se establecen disposiciones para el reconocimiento económico temporal del talento humano en salud del Sistema de Salud de las Fuerzes Millteres y de le Palie/a Nacional que pres/e sus servicioS El pacientes con sospecha o di¡1gnóstico de Coronevirus CQVID- 19" tales recursos el reconocimiento al talento humano en salud de las Fuerzas Militares y de la Pollela Nacional.,,' ':, Que los miembros del Comité de Administración del Fondo de Mitigación de Emergencias FOME en sesión virtual celebrada el 5 de febrero"de 2021, autorizaron el traslado de los recursos y aprueban financiar hasta por nueve mi! seiscientos cincuenta millones ciento setenta y un mil novecientos quince pesos m/cte ($9.650.171.915) el reconocimiento de la bonificación económica temporal al Talento Humano en Salud de las Fuerzas Militares y de la PoliCía Nacional.
Que, conforme con lo anteriormente expuesto se hace necesario establecer los términos y condiciones para el reconocimiento económico temporal del talento humano en Salud del Sistema de Salud de [as Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, asi como el mecanismo de giro por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE Articulo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer disposiciones para el reconocimiento económico temporal del talento humano en salud del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Pollcla Nacional, que preste sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico confirmado de coronavirus COVIO - 19, Y para el giro por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud· ADRES.
Articulo 2. Amblto de aplicación. Las disposiciones previstas en la presente resolución aplican: 1. Al talento humano en salud del Sistema de Salud de las Fuerzas MUitares y de la Policfa Nacional; 2. La Dirección General de Sanidad Militar para el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares; 3. La Dirección de Sanidad de la Policia Nacional para el Subsistema de Salud de la Policia Nacional: 4.
El Hospital Militar Central y, 5. La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES. ArtIculo 3. Reporte de Información del talento humano. La Dirección General de Sanidad Militar para el Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, la Dirección de Sanidad de la Policra Nacional para el Subsistema ·de Salud de la Policra Nacional y el Hospital Militar Central, reportarán por una única vez la información de su talento humano en salud a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - Adres para que esta verifique si fueron baneficiarios del reconocimiento al talento humano en salud a través del Sistema General de Seguridad Sodal en Salud y asf evitar un doble reconocimiento.
Esta validación será insumo para la certificación de que trata el artIculo 4 de la presente resolución. Pan\grafo. La veracidad y la oportunidad de la información reportada de que trala el presente artículo, radicará exclusivamente en dichas instituciones: sin perjuicio de las eventuales sanciones penales, disciplinarias y fiscales a que hubiere lugar por el suministro de infonnación Inconsistente.
Articulo 4. Certificación para el reconocimiento económico temporal. La Dirección General de Sanidad Militar, la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional y el Hospital Militar Central, remitirén a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad RESOLUCiÓN NÚMER'b {);~ O18 5 OE 18 FEB 2021 2021 HOJA No ~ de ~ Continuación de la resolución ·Por la cual se establecen disposiciones para al roconocimienlo econ6mico temporal del talento humano en salud del Sistema de Salud de las Fuerzas Millteres y drt la Polleia Nacional que preste sus servicios 8 pacientes con sospecha o diagnostico de Ccronaviros COVIO - 19' Social en Salud - ADRES una certificación con la suma total a girar por cada una de ellos, [a que deberé tener en cuenta el monto definido por perfil ocupacional conforme a lo dispuesto en la Resolución 1774 de 2020.
También enviarán los siguientes documentos para ser inscritos como terceros: i) Registro Único Tributario RUT con vigencia menor de noventa (90) dfas; ii) certificado de existencia y representación legal, si aplica; jii) certificadón de cuenta bancaria activa con vigencia menor a noventa (90) dlas. Articulo 5. Giro de los recursos.-La·Administradora de los Recursos del Sistema Genaral de Seguridad Social en Salud - ADRES realizará el giro de los recursos al Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares, al Subsistema de Salud de la Policía Nacional y al Hospital Militar Central, según corresponda, para que estos realicen la transferencia de los recursos a los beneficiarios del reconocimiento temporal a las cuentas bancarias previamente registradas ante los mismos.
Parágrafo 1. El reconocimiento de estos valores por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema Ganeral de Seguridad Social en Salud-ADRES estará sujeto a la disponibilidad de recursos, Parágrafo 2. Una vez cada uno de los subsistemas, asi como el Hospital Militar Central haya realizado el giro a los beneficiarios del reconocimiento económico para el Talento Humano en Salud deberé remitir la información de los giros realizados, así como los perfiles con los que se determinó el valor a reconocer en los términos y condiciones en que defina la ADRES.
Articulo 6. TratamIento de la infonnac;ón. Las entidades que participan en el flujo de la información, serán responsables del cumplimiento de) régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de la información, que le sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de2012, de la Ley 1712 de 2014, del caprtulo 25 del TItulo 2 del Libro 2 de la Parte 2 del Decreto 1074 del 2015 y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad y confidencialidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tengan acceso.
Articulo 7. VIgencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en la ciudad de Bogotá, D.C. 1B FES 20Z1 PUBLiQUESE y CÚMPLASE (FERNANDO G6 Mln tro de sal~'.:""'!:· ~~~.'1- Aprobó. ~ AlÁ. ¡.rú VicemlnislrB d, F'raleccl6n Social Dlro<:Ior de o-rrIllbde Talento H~t1J'\"'? e!, Salud OorecQJón de F,nancllurUentp SeclOrial~ CireocIón JUrlrI¡