República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL e RESOLUCiÓN NÚMERdJ G ü 1815 DE 2021 ( 1, NOV 2021 ) Por la cual se realiza una segunda distribución y asignación de las vacunas contra la COVID -19 entregadas al Estado colombiano el día 02 de noviembre de 2021 por el laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ud denominada CoronaVac EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466,630 Y 744 de 2021 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad".
Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.
Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630 Y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas.
Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 02 de noviembre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 2.260.800 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ud denominada CoronaVac, identificada con los números de lote, 8202107100, 8202107101,8202107102, C202107137, C202107138 Y C202107139.
Que mediante Resolución 1810 de 2021, se asignaron al departamento de Córdoba 32.600 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ud denominada CoronaVac, para inmunizar a niños de 3 a 11 años. RESOLUCiÓN NÚ~~ () 1815 DE 1 1 NOV 202dE 2021 HOJA No 2 Continuación de la resolución 'Por la cual se realiza una segunda distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 02 de noviembre de 2021 por el laboratorio Sinovac Lire Scienses CO., Ud denominada CoronaVac", Que, a través del presente acto administrativo, se asignarán 500.080 de las 2.228.200 dosis pendientes por asignar, de la vacuna contra la COVID-19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., LId, quedando un saldo de 1.728.120 biológicos..
Que mediante la Resolución 1627 de 2021, modificada por la Resolución 1805 del mismo año, se actualizaron los ·criterios y reglas para la distribución y asignación de vacunas contra el COVID - 19, dentro de ellos, el de eficacia, usado para clasificar en dos grupos a las entidades territoriales de acuerdo con el percentil 50 (mediana) de avance en la aplicación de la vacuna asignada, según el percentil en que se ubique.
Que, según los datos disponibles en el reporte diario consolidado por el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte al 8 de noviembre de 2021, el avance en el cumplimiento de aplicación de las dosis distribuidas en el país por departamentos y distritos, es el siguiente: Entidad territorial -rolaTaos;s ~Olal aos •• entregadas. OS de noviembre aplicadas 08 de. noviembre de -. -- -.
Nariño Córdoba Santa Marta San Andrés y Providencia Casanare Amazonas - Cundinamarca Sucre Norte de Santander Atlántico La Guajira Boyacá Vichada Barranquilla Cartagena Magdalena Tolima Buenaventura Santander Quindio Bogotá Arauca Antioquia Caldas Guainia Huila Caquetá Risaralda Valle del Cauca Meta Guaviare Cesar Cauca Putumayo Chocó Vaupés Balivar I TOTAL NACIONAL ',< ~ de 2021 1.530.973 1.603.414 558.447 102.575 435.Q76 94.028 3.567.287 917.036 1.596.461 1.298.591 756.730 1.684.613 46.578 1.882.645 1.266.362 716.600 1.652.394 183.166 2.801.293 741.799 10.523.366 273.727 8.462.273 1.301.569 35.794 1.164.110 345.626 1.271.729 4.801.675 1.078.748 76.544 1.230.973 1.144.843 253.715 327.568 27.539 1.155.947 56.911.814 - 2021 1.410.665 1.416.399 492.879 90.402 383.168 82.441 3.115.150 800.578 1.393.207 1.129.959 654.593 1.455.991 40.250 1.625.176 1.088.219 613.649 1.409.780 156.160 2.382.803 629.657 8.901.734 230.822 7.111.664 1.091.477 30.005 973.710 288.795 1.058.936 3.990.528 888.705 62.196 993.769 904.537 199.369 254.653 20.565 982.070.. -- -._48.354,661 Dosis disponibles entidades --.-.. territoriales % Dosis disponibles - 786% 11,66% 1174% 11,87% 11,93% 12,32% 12,67% 12,70% 12,73% 12,99% 13,50% 13,57% 13,59% 13,68% 14,07% 14,37% 14,68% 14,74% 14,94% 15,12% 15,41% 15,67% 15,96% 16,14% 16,17% 16,36% 16,44% 16,73% 16,89% 17,62% 18,74% 19,27% 20,99% 21,42% 22,26% 25,32% Fuente: Reporte diario dosis aplicadas cortes 05 y 08 de noviembre de 2021 NA 120.308 187.015 65.568 12.173 51.908 11.587 452.137 116.458 203.254 168.632 102.137 228.622 6.328 257.469 178.143. 102.951 242.614 27.006 418.490 112.142 1.621.632 42.905 1.350.609 210.092 5.789 190.400 56.831 212.793 811.147 190.043 14.348 237.204 240.306 54.346 72.915 6.974 173.877 85% 8.557.153..
Percentil de eficacia 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30% 30%.• o.. RESOLUCiÓN Nú~e,li 1815 DE 11 NO\} 2021 DE 2021 HOJA No 3 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza una segunda distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 02 de noviembre de 2021 por el laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ud denominada CoronaVac" Que una vez aplicada la fórmula establecida en la Resolución 1627 de 2021 con la información disponible, el percentil 50 del criterio de eficacia es 14,84 %.
Que, el parágrafo 1 del artículo 3 ibídem, dispone: "si una vez aplicada la fórmula del criterio de eficacia las entidades Bogotá D. C, Antioquia y Valle del Cauca o por lo menos dos de estas entidadelj territoriales resultan clasificadas en el grupo que recibe el 30% de la vacuna, se reubicará la entidad o entidades con menos porcentaje de dosis disponibles en el grupo que recibe el 70% de las dosis, de tal manera que solamente podrá quedar la entidad con mayor porcentaje de dosis disponibles en el grupo que recibe el 30% de vacunas".
Que en virtud de lo anterior, los departamentos y distritos de Nariño, Córdoba, Santa Marta, San Andrés y Providencia, Casanare, Amazonas, Cundinamarca, Sucre, Norte de Santander, Atlántico, La Guajira, Boyacá, Vichada, Barranquilla, Cartagena, Magdalena, Tolima, Buenaventura, Bogotá y Antioquia, recibirán el 70% de las vacunas a distribuir, y por otra parte, los departamentos y distritos Santander, Quindío, Arauca, Caldas, Guainía, Huila, Caquetá, Risaralda, Valle del Cauca, Meta, Guaviare, Cesar, Cauca, Putumayo, Chocó y Vaupés recibirán el 30% de las vacunas a distribuir.
Que, como resultado de la aplicación de los criterios de distribución y asignación, el departamento de Bolívar - secretaría de salud departamental recibiria dosis de vacunas; no obstante, atendiendo a la comunicación 202142402234172, en la que solicita a este Ministerio suspender el envío de vacunas del biológico Sinovac por la limitada capacidad para su almacenamiento y por contar con un saldo de 32.780 dosis disponibles de este biológico, dicha entidad no será incluida en la asignación que se realiza a través de este acto administrativo.
Que, mediante la Resolución 2021048566 de 29 de octubre de 2021 del Invima, por la cual se evalúa la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE a la vacuna denominada CoronaVac, indicando que esta puede implementarse para la vacunación en población pediátrica como parte del Plan Nacional de Vacunación contra la Covid-19, y de acuerdo con las indicaciones del fabricante, estas vacunas pueden ser almacenadas en condiciones de refrigeración entre +2°C y + 8°C. Que, de acuerdo con la Resolución 1151 de 2021 modificada por la Resolución 1656 del mismo año, las personas mayores de 70 años a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario pueden acceder a una dosis de refuerzo con el biológico contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid denominada CoronaVac.
Que se han presentado casos en los que diferentes personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para recibir la segunda dosis se encuentran en otro territorio por diferentes razones, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual, se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar la dosis faltante de la vacuna contra el COVID -19.
En mérito de lo expuesto, RESOLUCiÓN Nú~R.6 e1815 1 1 NOV 2021 DE DE 2021 HOJA No 4 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza una segunda distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 02 de noviembre de 2021 por el laboratorio Sinovac Life Scienses Ca., Ud denominada CoronaVac"
RESUELVE
Artículo 1. Asignación de vacunas contra la COVID-19. Asignar 500.080 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ud denominada CoronaVac, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, así: SECRETARIAS DE SALUD DEPARTAMENTAL o DISTRITAL o ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 Departamento de Antioquia - Secretaria Seccional de Salud Y Protección Social Departamenlo de e Arauca - Unidad Administrativa Especial de Salud Departamento del Atlántico - Secretaria de Salud Departamental Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla - Secretaria de Salud Distrital Distrito Capital de Boqotá - Secrelaria Distrital de Salud Departamento de Boyacá - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Caldas - Dirección Territorial de Salud de Caldas Departamento de Caquetá - Instituto Departamental de Salud Distrito Turistico y Cultural de Cartagena de Indias - Departamento Administrativo Distrital de Salud Departamento del Casanare - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Cauca - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Cesar - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Chocó - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Córdoba - Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamento de Cundinamarca - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Guaviare - Secretaria Departamental de Salud Departamento del Huila - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Maqdalena - Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamento del Meta - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Nariño - Instituto Departamental de Salud Departamento de Norte De Santander - Instituto Departamental de Salud.
Departamento del Quindio - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Risaralda - Secrelaria de Salud Departamental Distrito Turistico, Cultural E Hist,¡rico de Santa Marta - Secretaria de Salud Distrital Departamento de Santander - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Sucre - Departamento Administrativo de Sequndad Social en Salud Departamento del Tolima - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Valle Del Cauca - Secretaria Departamental de Salud Departamento de la Guaiira - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Putumayo - Secretaria de Salud Departamental Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso V Ecoturistico De Buenaventura Departamento de Amazonas - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Vaupés - Secretaria de Salud Departamental Departamento de San Andrés - Secretaria de Salud Departamental Departamento de Guainia - Secretaria de Salud Departamental Departamento del Vichada - Secretaria Departamental de Salud TOTAL ASIGNACiÓN Cantidad dosis 33.600 1.200 26AOO 24.000 38AOO 22.800 4.800 2AOO 19.200 8AOO 7.200 6.000 2AOO 33.600 61.200 440 6.000 15.600 4.800 30.000 30.000 2AOO 4.800 9.600 10.800 18.000 25.200 20AOO 18.000 1.200 6.000 1.200 200 1.200 240 2AOO 500.080 Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, las entidades territoriales deberán: 1.1. 1.2. 1.3. ~, " Suministrar a la población entre 3 y 11 años dosis del biológico, cuando la entidad territorial, a partir de su microplaneación, lo considere necesario.
Aplicación de dosis de refuerzo de las personas mayores de 70 años, a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario, de acuerdo con la actualización de los lineamientos técnico-operativos, establecidos en el literal C del numeral 8.7 de la Resolución 1151, modificada por la Resolución 1656 ambas de 2021. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores y de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, siempre y cuando la vacuna que requiere se encuentre disponible.
La aplicación RESOLUCiÓN NúNiliR0C 1815 DE 1 1 NOV 2021 DE 2021 HOJA No 5 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza una segunda distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el di. 02 de noviembre de 2021 por el laboratorio Sinovac Lite Scienses Ca., Ud denominada CoranaVac" de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera y conforme con el periodo interdosis establecido en la Resolución 1151 de 2021, modificada por la Resolución 1656 del mismo año. 1.4.
Adelantar estrategias de demanda inducida para la población de riesgo. 1.5. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas por este Ministerio... 1.6. Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadas con COVID-19, deberán esperar que transcurra un tiempo minimo de treinta (30) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos treinta (30) días contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de este biológico, en los términos de la Resolución 1656 de 2021 emitida por este ministerio.
Artículo 2, Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. ',~. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., 11 NOV 2 F RNANDO RUIZ ~Z Minis o de Salud y Protección Social Aprobó: Viceministro de Salud Pública y Prestacióp de~ervj.sfos (E) c!',tt1'~' Director de Promqció~ y Prevención Directora Jurídica ~