REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NUMERO l7 9 8 DE 2023 01 NOV 2023 ) Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional —SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas en los numerales 23 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y 5 del artículo 2.2.4.2.5.2. del Decreto 1072 de 2015, artículo 2.1.2.1 del Decreto 780 de 2016,y en desarrollo del artículo 2.1.2.2 del Decreto 780 de 2016, y
CONSIDERANDO
Que el Sistema de Afiliación Transaccional para riesgos laborales, es el conjunto de procesos, procedimientos e instrumentos de orden técnico y administrativo que permite registrar y consultar en tiempo real, los datos de información básica y complementaria de los afiliados, la afiliación y sus novedades al Sistema General de Riesgos Laborales.
Que el numeral 1 del literal a) del artículo 2° de la Ley 1562 de 2012, que modifica el artículo 13 del Decreto-Ley 1295 de 1994, señala que son afiliados obligatorios al Sistema General de Riesgos Laborales " las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación".
Que, en el mismo sentido, el numeral 5 del referido literal, que modifica el artículo 13 del Decreto-Ley 1295 de 1994, señala que, igualmente, son afiliados en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales "Los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante".
Que el Gobierno nacional a través del Decreto 723 de 2013, reglamentó la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de.alto riesgo, determinando en su artículo 7° que: " para la afiliación ante la Administradora de Riesgos Laborales, el contratante debe presentar el formulario físico o electrónico establecido para tal fin por el Ministerio de Salud y Protección Social, así como los soportes que se requieran.
El formulario debe contener como mínimo, el valor de los honorarios, las circunstancias de tiempo, modo, lugar y la clase de riesgo " disposiciones compiladas en el Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del sector Trabajo. Que, en el numeral 5 del artículo 2.2.4.2.5.2. del citado Decreto 1072 de 2015, se definen, entre otras reglas, la concerniente al contenido del formulario de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, estableciendo que:"...La afiliación se realizará mediante el diligenciamiento del formulario que defina el Ministerio de Salud y Protección Social, el cual podrá ser físico o electrónico, donde se deben señalar como mínimo los datos del trabajador, las situaciones de tiempo, modo y lugar en las cuales se realizará la totalidad de RESOLUCIÓN Nibli/dRO 179 8 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 1 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" ocupaciones u oficios ejercidas de manera independiente y la clase de riesgo de cada una de ellas " Que el referido artículo 2° de la Ley 1562 de 2012, modificó el literal b) del artículo 13 del Decreto-ley 1295 de 1994, señalando: "Los trabajadores independientes y los informales, diferentes de los establecidos en el literal a) del presente artículo, podrán cotizar al Sistema de Riegos Laborales siempre y cuando coticen también al régimen contributivo en salud y de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el Ministerio del Trabajo en la que se establecerá el valor de la cotización según el tipo de riesgo laboral al que está expuesta esta población." Que, en desarrollo de la facultad otorgada, a través del Decreto 1563 de 2016, acto administrativo que adicionó la Sección 2 al Capítulo 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015, se reglamentó la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes y el pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales, a través de las administradoras de riesgos laborales y mediante el uso de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), determinando entre otros aspectos, las reglas de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, el ingreso base de cotización y las obligaciones de los afiliados voluntarios y de las Administradoras de Riesgos Laborales.
Que, igualmente, se han dictado diferentes normas que reglamentan de manera específica algunas actividades desarrolladas por trabajadores independientes, en procura de garantizar su derecho a la seguridad social, estableciendo entre otros aspectos, la obligación de afiliación, como debe efectuarse y el nivel de riesgo, entre estas se encuentran: el Decreto 1047 de 2014 compilado en el Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.1.6.1.1. al 2.2.1.6.1.6., dirigido a los conductores de los equipos destinados al servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi; el Decreto 2353 de 2015 compilado en el Decreto 780 de 2016, artículo 2.1.4.6 que reglamenta la afiliación colectiva; el Decreto 3615 de 2005, artículo 5°, modificado por el artículo 2 del Decreto 2313 de 2006, compilado el Decreto 1072 de 2015, artículo 2.2.4.2.1.7. que regula la afiliación colectiva en el Sistema General de Riesgos Laborales; el Decreto 1809 de 2020, que adicionó los artículos 3.2.8.1 al 3.2.8.12 al Decreto 780 de 2016 que reglamentó la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los voluntarios acreditados y activos del Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta.
Que, en el mismo sentido, se encuentran, la Ley 1551 de 2012 que establece el derecho de los concejales a la cotización al Sistema de Seguridad Social Integral: salud, pensiones y riesgos laborales, la cual se hará con cargo al presupuesto de la administración municipal, sin que implique vínculo laboral con la entidad territorial, y la Resolución 4020 de 2019 del Ministerio de Trabajo, "por medio de la cual se establecen las especiales condiciones del trabajo penitenciario en la modalidad indirecta, su remuneración, los parámetros de afiliación al Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones" que determina en su artículo 6 que la afiliación, novedades y pago de estos trabajadores penitenciarios en la modalidad indirecta se realizarán a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA como trabajador independiente y que la entidad o persona natural contratante deberá realizar su afiliación y pago de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales.
Que las normas citadas recogen las reglas que deben aplicarse en cada caso para la afiliación de este tipo de trabajadores, sean estos obligatorios o voluntarios del Sistema General de Riesgos Laborales, regulando, entre otros aspectos: i) quién se encuentra habilitado para seleccionar la Administradora de Riesgos Laborales, ii) cómo se efectúa la afiliación, iii) qué sucede cuando el afiliado tiene la calidad de afiliado obligatorio y voluntario, iv) qué pasa cuando el afiliado ha suscrito varios contratos de prestación de RESOLUCIÓN NtliVI'ERO 179 8 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 3 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" servicios, y) quién debe efectuar los aportes, y, y) la obligación de clasificarse la actividad realizada y, vi) el valor de los aportes.
Que, atendiendo a las regulaciones antes detalladas, se hace necesario definir las condiciones generales de operación del Sistema General de Riesgos Laborales-SGRL en el Sistema de Afiliación Transaccional-SAT para los trabajadores independientes, sean afiliados obligatorios o voluntarios a dicho sistema, con el propósito de optimizar y agilizar el proceso de registro, consulta, afiliación y reporte de sus novedades.
Que la optimización del manejo del Sistema de Afiliación Transaccional respecto de los trabajadores independientes, sea su afiliación obligatoria o voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales, va acompasada con la estrategia de Gobierno en Línea, desarrollado en los artículos 2.2.9.1.1.1 y siguientes del Decreto 1078 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en tanto que "comprende la provisión de trámites y servicios a través de medios electrónicos, enfocados a dar solución a las principales necesidades y demandas de los ciudadanos y empresas, en condiciones de calidad, facilidad de uso y mejoramiento continuo".
En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto fijar las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional - SAT y definir los lineamientos para la incorporación de información y su interoperabilidad. con las entidades Administradoras de Riesgos Laborales - ARL, en relación con la afiliación y reporte de novedades de los trabajadores independientes afiliados obligatorios y voluntarios al referido sistema, según lo contenido en el Anexo Técnico No. 1 "Incorporación de Información de la Afiliación y Novedades de los Trabajadores Independientes al Sistema General de Riesgos Laborales en el SAT" y en el Anexo Técnico No. 2 "Operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional-Afiliación y novedades de los trabajadores independientes en el SGRL", que hacen parte integral de la presente resolución. Artículo 2.
Ámbito de aplicación. La presente resolución aplica a las Administradoras de Riesgos Laborales - ARL, a las personas naturales y jurídicas que en calidad de contratantes suscriban contratos de prestación de servicios con una duración superior a un mes y a los trabajadores independientes: i) vinculados a través de un contrato formal de prestación de servicios con una duración superior a un (1) mes, ii) aquellos dedicados a labores de alto riesgo, y, iii) quienes voluntariamente se afilian al Sistema General de Riesgos Laborales.
Artículo 3. Reglas de la operación de la afiliación y reporte de novedades. Los usuarios del SAT deberán tener en cuenta las siguientes reglas de operación: 3.1. Los trabajadores independientes de afiliación obligatoria y voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales, únicamente podrán estar afiliados a una Administradora de Riesgos Laborales. 3.2.
El contratante debe afiliar al Sistema General de Riesgos Laborales a los contratistas independientes con contrato de prestación de servicios, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012. 3.3. Previo al pago de los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales, el trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales, debe estar afiliado al Sistema ya sea directamente ante la Administradora de Riesgos Laborales, o a través del SAT.
RESOLUCIÓN NÚMERO 1 7 98 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 4 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 3.4. Las transacciones de afiliación, reporte de novedades y consultas al Sistema General de Riesgos Laborales se realizarán a través del portal web "www.miseguridadsocial.gov.co". 3.5.
Las personas naturales o jurídicas que afilien trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Laborales, se denominarán contratantes para efecto de la presente resolución y realizarán en el SAT el reporte de novedades que se derive de su rol, así como aquellas que correspondan a los afiliados. 3.6. Los destinatarios de la presente resolución deberán cargar, cuando el SAT no disponga de información de referencia, los soportes documentales que en el Sistema General de Riesgos Laborales se requieran para la aprobación de la transacción y posterior verificación por parte de la Administradora de Riesgos Laborales seleccionada por el trabajador independiente. 3.7.
La Administradora de Riesgos Laborales no podrá requerir documentos para acreditar la identificación o afiliación a los Sistemas Generales de Salud y Pensiones a quienes hayan realizado el registro bajo el "rol contratante". 3.8. El Sistema de Afiliación Transaccional reportará en línea a cada Administradora de Riesgos Laborales, las transacciones de afiliación y reporte de novedades al Sistema General de Riesgos Laborales, según corresponda, sin perjuicio de las consultas que estas efectúen a través de los mecanismos dispuestos en el SAT. 3.9.
La afiliación y reporte de novedades al Sistema General de Riesgos Laborales a través del SAT, no exime a los destinatarios del presente acto administrativo del cumplimiento de sus obligaciones frente a los Sistemas Generales de Salud y Pensiones, ni del reporte de información requerida. 3.10. Prima la condición de trabajador dependiente, si en una misma persona recae la calidad de independiente y dependiente, manteniendo la afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales en la que se encuentre. 3.11.
La afiliación a riesgos laborales efectuada como trabajador independiente obligado a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales prima sobre la realizada como trabajador independiente voluntario. 3.12. Las Administradoras de Riesgos Laborales reportarán los trabajadores independientes con los que tenga afiliación activa a las fechas de corte de reporte de información definidas en el artículo 5 de esta resolución. Artículo 4.
Roles para la operación del SAT en el Sistema General de Riesgos Laborales. En el Sistema de Afiliación Transaccional, adicional a los roles establecidos para su operación en el numeral 1 del Anexo de la Resolución 768 de 2018 y el artículo 4 de la Resolución 2389 de 2019, se definen los siguientes para el Sistema General de Riesgos Laborales: 4.1.
Rol trabajador independiente afiliado voluntario al Sistema General de Riesgos Laborales: Condición de una persona natural, nacional o extranjera, que reporta su afiliación y novedades, de acuerdo con sus obligaciones en el Sistema General de Riesgos Laborales, en los términos del literal b) del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012. 4.2. Rol contratante: Condición de una persona jurídica o natural que reporta la afiliación y novedades de los trabajadores independientes con quienes ha suscrito contrato de prestación de servicios superior a treinta días, conforme con lo previsto en el numeral 1 del literal a) del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012; y de los trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por Ministerio del Trabajo como de alto riesgo, tal y como lo prevé el numeral 5 del literal a) del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012, de acuerdo con sus obligaciones en el Sistema General de Riesgos Laborales.
Artículo 5. Reporte previo a la incorporación de información de afiliación al SAT. Las Administradoras de Riesgos Laborales deberán verificar la información de los contratistas y de los trabajadores independientes afiliados voluntarios al Sistema General de Riesgos RESOLUCIÓN NÚMERO 1798 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 5 _ Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Laborales con afiliación activa, y reportar dicha información a través de la plataforma PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO de acuerdo con lo establecido en el Anexo Técnico No. 1 de la presente resolución y según el siguiente cronograma: Periodo de la información a reportar Fecha de corte 2023-12-31 (Piloto 1) 2024-01-31 (Piloto 2) 2024-02-28 (Piloto 3) 2024-03-31(Cargue definitivo) Plazo para enviar el archivo plano Desde: Hasta: 2024-01-02 2024-01-12 2024-02-01 2024-02-12 2024-03-01 2024-03-11 2024-04-01 2024-04-12 Este Ministerio realizará las validaciones de la información reportada para la identificación de inconsistencias previo al cargue definitivo e informará los resultados de cada cargue a las Administradoras de Riesgos Laborales, quienes deberán subsanar las inconsistencias para incorporar la información depurada.
Dentro de las validaciones se incluyen los casos de trabajadores independientes que presenten afiliación a más de una Administradora de Riesgos Laborales, para que dicha administradora proceda a aplicar las reglas de operación establecidas en el artículo 3 de esta resolución. Parágrafo. La no incorporación de información en el SAT por inconsistencias en el reporte, no exime de responsabilidad a la Administradora de Riesgos Laborales frente a sus obligaciones respecto del trabajador independiente de afiliación obligatoria y voluntaria a riesgos laborales.
Artículo 6. Incorporación de información de afiliación y novedades del Sistema General de Riesgos Laborales en el SAT. Este Ministerio incorporará al Sistema de Afiliación Transaccional la información de afiliación y novedades, vigente a octubre 31 de 2023, en el Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes, de acuerdo con el reporte efectuado por las Administradoras de Riesgos Laborales en la plataforma PISIS.
La estructura y especificaciones técnicas para el reporte de la información por parte de las Administradoras, así como las reglas de validación y corrección de inconsistencias y los términos para su reporte, corresponde a las establecidas en los anexos técnicos que hacen parte de la presente resolución. El reporte de información de afiliación y novedades de los trabajadores independientes deberá realizarse a través de los servicios web y de las funcionalidades dispuestas en el Sistema de Afiliación Transaccional, una vez sean habilitadas.
Artículo 7. Reporte de actualizaciones por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales al SAT. A partir del 1 de noviembre de 2023, las Administradoras de Riesgos Laborales, una vez realizada la incorporación de la información de que trata el artículo 6 de la presente resolución, deberán reportar al SAT a través de servicios web habilitados, la información en los términos establecidos en el Anexo Técnico No. 2 de la presente resolución, incluyendo aquella que presentó inconsistencias al momento del cargue definitivo, así como de las novedades que se presenten y que no fueron reportadas.
Artículo 8. Servicios web dispuestos para las Administradoras de Riesgos Laborales. La entrada en operación de los servicios web del Sistema General de Riesgos Laborales en el SAT se realizará de manera gradual, disponiendo a las ARL, los siguientes servicios: RESOLUCIÓN Ñú1íRO1 798 DE 2023 1 NOV 2023 HOJA No 6 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 8.1.
Reporte de afiliación del trabajador independiente obligatorio o voluntario a una Administradora de Riesgos Laborales, 8.2. Retracto de afiliación del trabajador independiente afiliado obligatorio o voluntario, 8.3. Inicio de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación, 8.4. Anulación de la relación contractual, aplica únicamente para contratantes de trabajadores independientes de afiliación obligatoria a riesgos laborales, 8.5.
Terminación de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación, 8.6. Reporte de mora en el pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales, acuerdos de pago e incumplimiento de acuerdo de pago de los trabajadores independientes de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales, 8.7. Suspensión de la afiliación, aplica únicamente para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales, 8.8.
Cambio de ocupación u oficio, aplica únicamente para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales, 8.9. Corrección del tipo de cotizante o subtipo de cotizante conforme con la normatividad aplicable a PILA, 8.10. Consulta de trabajadores independientes afiliados activos al Sistema General de Riesgos Laborales, 8.11.
Consulta período de mora de trabajadores independientes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales. Artículo 9. Prevalencia del medio de reporte de información del Sistema General de Riesgos Laborales en el SAT. Una vez entren en operación los servicios web y las funcionalidades de afiliación y reporte de novedades a través del SAT, las transacciones efectuadas en este, primarán sobre las realizadas directamente ante la Administradora de Riesgos Laborales.
Las Administradoras de Riesgos Laborales serán notificadas de las transacciones que sean realizadas a través del Sistema de Afiliación Transaccional mediante las funcionalidades dispuestas para tal fin, atendiendo las estructuras definidas en el Anexo Técnico No. 2 de la presente resolución. Artículo 10. Funcionalidades para el Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional-SAT.
Para los trabajadores independientes, el Sistema de Afiliación Transaccional dispondrá para el Sistema General de Riesgos Laborales, las siguientes funcionalidades: 10.1. Afiliación a una Administradora de Riesgos Laborales. Esta funcionalidad permitirá efectuar la afiliación a una Administradora de Riesgos Laborales de conformidad con la normativa del Sistema General de Riesgos Laborales para trabajadores independientes que se encuentre registrados en el portal www.miseguridadsocial.gov.co y estará vinculada a otras afiliaciones del Sistema de Seguridad Social Integral teniendo en cuenta lo siguiente: 10.1.1.
La afiliación obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales del trabajador independiente se realizará a través del contratante, quien deberá estar registrado y habilitado con dicho rol en el SAT; la selección de la Administradora de Riesgos Laborales-ARL corresponde al trabajador independiente. 10.1.2. El trabajador independiente voluntario a riesgos laborales deberá estar registrado y habilitado ante SAT para su afiliación y selección de la Administradora de Riesgos Laborales-ARL.
RESOLUCIÓN NÚMERO 1. 79 8DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 7 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Una vez realizado el registro de afiliación, el SAT validará si el solicitante ya se encuentra afiliado a una Administradora de Riesgos Laborales; en este evento, le informará que debe realizar la afiliación a esa misma ARL, de conformidad con lo definido en el artículo 3 de la presente resolución; de no encontrarse afiliado, el SAT le informará que se realizó la afiliación y notificará a la Administradora de Riesgos Laborales seleccionada. 10.2.
Reporte de novedades. El SAT dispondrá las funcionalidades que permitan el reporte de las novedades que afecten la afiliación del trabajador independiente y notificará dichas transacciones a las Administradora de Riesgos Laborales en la estructura de datos establecida en el Anexo Técnico No. 2 de la presente resolución. 10.2.1. Reporte de afiliación del trabajador independiente afiliado obligatorio a una Administradora de Riesgos Laborales a través de un contratante, o del trabajador independiente de afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales, 10.2.2.
Retracto de afiliación del contratista a una ARL a través de un contratante o del trabajador independiente de afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales, 10.2.3. Inicio de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación, 10.2.4. Anulación de la relación contractual, aplica únicamente para los contratantes de trabajadores independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales, 10.2.5.
Terminación de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación, 10.2.6. Cambio de ocupación u oficio, aplica únicamente para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales. Artículo 11. Disposición de la información por parte de SAT a las Administradoras de Riesgos Laborales. El Sistema de Afiliación Transaccional a través de servicios web o a través de SFTP informará a las Administradoras de Riesgos Laborales las afiliaciones y novedades que sean reportadas, a través de las funcionalidades dispuestas en la plataforma www.miseguridadsocial.gov.co, de acuerdo con las estructuras establecidas en el anexo técnico No. 2 de la presente resolución. Las ARL deben mantener actualizados sus sistemas de información con base en las transacciones que se realicen a través de SAT, desarrollando los servicios web conforme con la habilitación de sus funcionalidades.
Artículo 12. Puesta en operación de las funcionalidades del Sistema General de Riesgos Laborales a través del SAT. Las funcionalidades establecidas en el artículo 10 de la presente resolución, entrarán en operación de manera gradual, en los términos y estructura de datos definida en el Anexo Técnico No. 2 de la presente resolución. Artículo 13.
Responsabilidad y tratamiento de la información. Las entidades que participen en el acceso, registro, consulta, flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de la información7 que le sea aplicable en el marco de las Leyes 1581 de 2012, 1712 de 2014, el Capítulo 25 del Título 2 del Libro 2 de la Parte 2 del Decreto 1074 de 2015 y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada sobre los datos a los cuales tienen acceso.
Artículo 14. Seguridad de la información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada a través de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del SISPRO, las entidades deberán enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege 79 SDE 2023 RESOLUCIÓN Isl-Mr‘ r ERO 1 01 NOV 2023 HOJA No 8 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" los archivos garantizando su confidencialidad, integridad e irrenunciabilidad.
Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente. Las transacciones realizadas en el Sistema de Afiliación' Transaccional se deberán efectuar a través del portal www -.misequridadsocial.qov.co requiriendo para su acceso de la creación de un usuario y contraseña por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales, los contratantes y los trabajadores independientes, afiliados obligatorios y voluntarios al Sistema General de Riesgos Laborales.
Artículo 15. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 01.NOV 2023 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO ALFON O JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Sal d y Protección Social Aprobó: Viceministro de Protección Social 7(4414., Directora de la Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento n lud, Riesgos Laboró45 y Pensione t c Jefe Oficina de Tecnologia de la Información y la Comunicación - OTIC irector Juridico V. 5 Directorjuids RESOLUCIÓN Ñ'úMÍRO 1 795 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 9 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" ANEXO TÉCNICO No. 1 INCORPORACIÓN DE INFORMACIÓN DE LA AFILIACIÓN Y NOVEDADES DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES EN EL SAT Las entidades obligadas a reportar definidas en la presente resolución deben enviar a este Ministerio los archivos planos con la información de afiliación de trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Laborales.
Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: Estructura y especificación de los archivos Características de los archivos planos Plataforma para el envío de archivos Periodo de reporte y plazo 1. Estructura y especificación del archivo a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información de afiliación de trabajadores independientes a riesgos laborales que debe ser enviada por las Administradoras de Riesgos Laborales cumpliendo con el siguiente estándar:.
Componente del nombre de archivo Valores permitidos o formato Módulo de información Tipo de fuente RAI 255 Tema de información AIRL Fecha de corte AAAAMMDD Tipo de identificación de la entidad que reporta NI Número de identificación de la entidad reportadora 999999999999 Extensión del archivo.txt Descripción Reporte afiliaciones independientes.
Fuente de la Información: Administradoras de Riesgos Laborales Información de afiliación de trabajadores independientes a riesgos laborales. Fecha de corte de la información reportada. Es el último día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ejemplo:20231031 Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Número de identificación tributaria de la Administradora de Riesgos Laborales que envía los archivos, sin incluir el• dígito de verificación. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la Izquierda si es necesario para completar el tamaño de campo.
Extensión del archivo plano. Longitud fija Requerido 3 3 SI SI 4 SI 8 SI 2 SI 12 SI 4 SI Nombre del archivo Tipo de archivo Reporte de información de afiliación-de los trabajadores independientes a riesgos laborales Nombre de archivo Longitud RA1255AIRLAAAAMMDDNI000999999999.txt 36 b. Contenido de los archivos El archivo de la información de afiliación de trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Laborales está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asi: RESOLUCIÓN NUAWERO 1 788DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 10 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle de trabajadores independientes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales- SGRL •.
Obiigatono Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por el carácter pipe (ft b.1. Registro Tipo 1 — Registro de control Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. Longitud máxima I permitida o t 8. i- O Tipo de registro 1 N 1 Tipo de documento de identificación de la entidad que reporta 2 2 Número de documento de identificación de la ARL que reporta la afiliación 12 N 3 Código de la ARL 5 A 4 Fecha de inicio de la información reportada 10 F 5 Fecha de corte de la información a reportar 10 F 6 Número total de registros de detalle contenidos en el archivo 10 N No. Nombre del campo o Tá o) 55 O Valores permitidos 1: Valor que indica que el registro es de control.
SI A NI: NIT SI Número de identificación tributaria de la persona jurldica, sin incluir el dígito de verificación. Código de la ARL que reporta. Ver la tabla de referencia ARL en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de inicio de la información reportada. En formato AAAA-MM-DD.
Debe corresponder a la fecha de corte de la información reportada. Corresponde a la cantidad total de registros de detalle contenidos en el archivo SI SI Si SI SI b.2 Registro Tipo 2 — Registro de detalle de trabajadores independientes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales- SGRL Tipo de dato O Tipo de registro 1 N 1 Consecutivo de registro 10 N 2 Número de póliza 10 A No. Nombre del campo Valores permitidos 2: valor que significa que el registro es de detalle del trabajador independiente afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales.
Número consecutivo del registro de detalle dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Número de póliza o de consecutivo interno con el cual se afilia el trabajador independiente a Riesgos Laborales Obligatorio Longitud permitida Mediante el Registro Tipo 2, las Administradoras de Riesgos Laborales reportan el detalle de la información del trabajador independiente afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales.
Los registros se identifican de manera única mediante los campos 2, 4 y 5 por lo cual este no debe repetirse. SI SI Si 01 NOV 2023 RESOLUCIÓN NjUliERO 1 7 9 8DE 2023 HOJA No 11 Nombre del campo 3 Tipo de cotizante (trabajador independiente) Tipo de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 2 N o S Valores permitidos rti ot •Z O Ver tabla de referencia TRVTipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
SI Cod 16 34 Tipo de trabajador Independiente agremiado o asociado Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud 35 Concejal municipal o distrital 36 Concejal o Edil de Junta Administradora Local beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional 53 Afiliado participe 57 Independiente voluntario a riesgos laborales 59 Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes 60 Edil Junta Administradora Local no beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional 64 Trabajador penitenciario indirecto 67 Voluntario en Primera Respuesta aporte solo al Sistema de Riesgos,Laborales Ver tabla de referencia TipoldPISIS en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos, aplicables a los trabajadores independientes obligados y voluntarios a afiliarse a riesgos laborales.
Código 4 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente afiliado al SGRL. 2 A Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte co Carné diplomático Salvoconducto de permanencia SC PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Núme o del documento de identificación del trabajador independiente afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales.
SI No se permite puntos, comas o guiones. Valores permitidos por tipo de documento incluida los caracteres que se admiten. 5 6 7 Número documento identificación del trabajador independiente afiliado al SGRL. Primer apellido del trabajador independiente afiliado al SGRL. Primer nombre del trabajador independiente afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales. 16 A 60 A 60 A Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 Numérico de 9 SC PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Primer apellido del trabajador independiente afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales.
Primer nombre del trabajador independiente afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales. SI si si RESOLUCIÓN NtIrliE.R0 17 01 NOV 2023 98 DE 2023 HOJA No 12 Nombre del campo Tip o de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Valores permitidos ' 2..:3. co o).B o Cód 2 4 8 Tipo de aportante 2 N 9 Fecha inicio de afiliación al SGRL del trabajador independiente. 10 F Fecha de fin de afiliación a la SGRL del trabajador independiente, 10 10 Ingreso base de cotización-IBC del trabajador independiente, 10 F N Descripción Independiente Agremiaciones, asociaciones o congregaciones religiosas 5 Cooperativas y precooperativas de trabajo asociado 8 Pagador de aportes de los concejales municipales o distritales o de los ediles de las juntas administradoras locales 13 Pagador Subsistema Nacional de Voluntarios en Primera Respuesta En formato AAAA-MM-DD.
Corresponde a la fecha de radicación del formulario de afiliación del trabajador independiente obligado o voluntario a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales. En formato AMA-MM-DO. 12 Obligatorio si en el campo 3 la opción elegida es 59 "Trabajador Independiente con contrato de prestación de servicios superior e 1 mes". Corresponde al ingreso base de cotización del trabajador independiente obligado o voluntario a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales. 13 14.
Descripción No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente 57 Departamento donde el trabajador independiente realiza su actividad u ocupación Municipio donde el trabajador independiente realiza su actividad u ocupación Dirección donde el trabajador independiente realiza su actividad u ocupación 2 A 3 A 200 A SI Debe corresponde a la fecha en que finaliza la afiliación del trabajador independiente afiliado obligado o voluntario al Sistema General de Riesgos Laborales.
NO Valores Dermitidos: Cod Tipo de Trabajador 16 Independiente agremiado o asociado 34 35 Concejales y ediles 36 60 53 Afiliado participe 11 SI Independiente No puede ser inferior a voluntario al un salario mínimo legal Sistema de Riesgos mensual vigente. Laborales 59 Independiente con 40% del valor de contrato de honorarios pactado prestación de mensualmente en el servicios superior a contrato. 1 mes 64 Trabajador No puede ser inferior a penitenciario un salario mínimo legal indirecto mensual vigente 67 Voluntario en Primera Respuesta No puede ser Inferior a aporte solo al un salario mínimo legal Sistema de Riesgos mensual vigente Laborales Ver tabla de referencia departamento en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
SI Ver tabla de referencia Municipio en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. SI Registre la dirección donde el trabajador independiente realiza su actividad u ocupación. si SI RESOLUCIÓN Nri:S.R0.1 798 DE 2023 0 1 NOV 2023 HOJA No 13 16 Zona de ubicación donde el tra bajador independiente realiza su actividad u ocupación Departamento de residencia del trabajador independiente 17 Municipio de residencia trabajador independiente 15 18 19 20 21 22 del Dirección de residencia del trabajador independiente Zona de ubicación de residencia del trabajador independiente Teléfono fijo o móvil de residencia del trabajador independiente Correo electrónico del trabajador independiente Tipo de persona responsable de la afiliación del trabajador independiente 1 A 1 1 Valores permitidos Obligatorio Nombre del campo Tipo de dato 1 No. Longitud permitida i Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Ver tabla de referencia Zona en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos SI 2 A Ver tabla de referencia departamento en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
SI 3 A Ver tabla de referencia municipio en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. SI 200 A Registre la dirección de residencia del trabajador independiente SI 1 A 10 N Ver tabla de referencia Zona en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Número telefónico fijo o móvil del lugar donde el trabajador independiente desarrolla su actividad u ocupación. No incluir indicativo 100 A 1 A SI SI Corresponde al correo electrónico del trabajador independiente.
SI Ver la tabla de referencia TRVTipoPersona en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. SI Ver la tabla de referencia TipoldPISIS en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos, aplicables a los responsables de la afiliación de los trabajadores independientes obligados o voluntarios a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales.
SI Código 23 Tipo de documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente 2 A Tipo de documento de identificación NI Número de identificación tributaria CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte co Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección _ temporal Número del documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente obligado o yo untario a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales, acorde con el tipo de documento definido en el campo anterior.
No se permite puntos, comas o guiones. Valores permitidos por tipo de documento incluida los caracteres que se admiten. 24 Número de documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente Tipo de documento NI 16 A CC CE PA co SC PE PT Estructura válida Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 Numérico de 3 a 10 Numérico de 1 a 7 Alfanumérico de 3 a 16 Alfanumérico de 3 a 11 Numérico de 9 Numérico de 15 Numérico de 1 a 8 SI RESOLUCIÓN NtIME.R0 1798 DE 2023 01 NOV 2o23 HOJA No 14 Longitud permitida Tip o de dato, Razón social o nombre del responsable de la afiliación del trabajador independiente 250 A 60 A 26 Primer nombre de la persona natural responsable de la afiliación del trabajador independiente 60 A 27 Primer apellido de la persona natural responsable de la afiliación del trabajador independiente 1 N 1 N I No. 25 Nombre del campo Estado de la afiliación 28 Estado de pago de aportes 29 Clase de riesgo desarrollar trabajador independiente 1 N 30 Valores permitidos IOb ligatorio ' Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Si el tipo de persona es igual a 'J: Jurídica', se debe reportar en este campo la razón social o el nombre del responsable de la afiliación del trabajador independiente obligado a afiliarse al kin Sistema General de Riesgos Laborales de acuerdo como se In" encuentra en cámara y comercio, cuando aplique.
Si el tipo de persona es igual a 'N: Natural', este campo debe venir vacio. Se registra el primer nombre de la persona natural responsable de la afiliación del trabajador independiente obligado a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales. NO Es obligatorio solo cuando el tipo de persona es igual a 'N: Natural', de lo contrario debe ir vado.
Si se selecciona esta opción este campo será obligatorio. Se registra el primer apellido de la persona natural responsable de la afiliación del trabajador independiente obligado a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales. NO Es obligatorio cuando el tipo de persona es igual a 'N: natural', de lo contrario debe ir vacio. Si se selecciona esta opción este campo será obligatorio.
Corresponde al estado de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales del trabajador independiente obligado o voluntario a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales, Valores permitidos: Cod Estado de afiliación 1 Activo 2 Suspendido Corresponde al estado del pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales del trabajadcir independiente obligado o voluntario a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales.
Valores oermitidos: Cod Estado de pago de aportes ID Al día M En mora A Acuerdo de pago I Incumplimiento de acuerdo de pago Corresponde a la clase de riesgo en la cual desarrolla la actividad u ocupación el trabajador independiente obligado o voluntario a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales, SI si SI Ver tabla de referencia PSRRCLASERIESGO en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
Ver tabla de referencia SGRLCIIU en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 31 Código de la actividad económica desarrollada por el trabajador independiente 7 N Obligatorio para los trabajadores independientes obligados a NO afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales en concordancia con el literal a del articulo 2 de la Ley 1562 de 2012.
Ver tabla de referencia PSRGOCUPACION en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 32 Código de la ocupación trabajadores independientes 5 N Obligatorio para los trabajadores independientes afiliados NO voluntarios al Sistema General de Riesgos Laborales en concordancia con el literal b del articulo 2 de la Ley 1562 de 2012. de 2.
Características de los archivos planos Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión.txt RESOLUCIÓN NI:liVIERO 179 8 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 15 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS y sin tildes.
El separador de campos debe ser pipe (1) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (D. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el datol y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: datol Ildato3.
Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (") o en otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos.
Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios.
Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un caracter diferente a cero. I. Los archivos planos no deben traer ningún caracter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro. m. Los archivos deben estar firmados digitalmente. 3.
Plataforma para el envío de archivos El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web del SISPRO y luego se registran los usuarios de la entidad.
Registrar entidad: https://web.sispro.gov.co/Entidades/ClienteNerificarEstadoRegistro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en linea o mediante anexo técnico por PISIS. Registro de usuarios institucionales en línea: https://web.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/VVeb/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEG500USIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Guía de Usuario de Seguridad en https://web.sispro.gov.co Registrar entidad: https://web.sispro.gov.co/Entidades/ClienteNerificarEstadoRegistro Registrar solicitud de usuario: https://web.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/VVeb/RegistroSolicitudes.aspx Control de calidad de los datos La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante.
Segunda validación: una vez realizada en forma exitosa la primera validación, se realiza el control de calidad de contenido e integridad de la información y se informa al reportante el resultado. Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. RESOLUCIÓN Núil/Rol. 798 DE 2023 D l 11/410V 2023 HOJA No 16 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Mesa de ayuda Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda.
Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https://www.sispro.gov.co/ayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web.sispro.gov.co/VVebPublico/ExplorarCarpetas.aspx?pCarpeta=GuiasUsuario&pTitlerGuias de Usuario 4. Periodo de reporte y plazo La periodicidad del envio de información está dada en 4 momentos de la siguiente manera: Periodo de la información a reportar Fecha de corte 2023-12-31 (Piloto 1) 2024-01-31 (Piloto 2) 2024-02-28 (Piloto 3) 2024-03-31(Cargue definitivo) Plazo para enviar el archivo plano Desde: Hasta: 2024-01-02 2024-01-12 2024-02-01 2024-02-12 2024-03-01 2024-03-11 2024-04-01 2024-04-12 RESOLUCIÓN NÚÑI'ERO1 7 9 8 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 17 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" ANEXO TÉCNICO 2 OPERACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES EN EL SISTEMA DE AFILIACIÓN TRANSACCIONAL-AFILIACIÓN Y NOVEDADES DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES EN EL SGRL El presente anexo está dividido en 3 capítulos así: Roles en el SAT para el Sistema de Riesgos Laborales Funcionalidades y servicios web en el SAT Disposición y reporte de información desde las ARL hacia el SAT y viceversa Roles en el SAT para el Sistema de Riesgos Laborales Adicionalmente a los roles establecidos en las Resoluciones 768 de 2018 y 2389 de 2019 para la operación del Sistema de Afiliación Transaccional del Sistema General de Riesgos Laborales, las transacciones se efectuarán de acuerdo con los roles descritos en el articulo 4 del presente acto administrativo, los que se describen a continuación: Tabla 1 Roles en el SAT para Riesgos Laborales Entidades relacionadas con la afiliación y reporte de novedades Entidades obligadas al reporte de Entidades a las que se dispone la información sobre afiliación y reporte de información novedades de sus afiliados Administradora de Riesgos Laborales Administradora de Riesgos Laborales Administradora de Riesgos Laborales Contratante Contratante Ministerio del Trabajo Trabajador independiente afiliado Trabajador independiente voluntario a Superintendencia Financiera de voluntario a riesgos laborales riesgos laborales Colombia Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas Contratante Trabajador independiente voluntario a riesgos laborales Trabajador independiente obligado a afiliarse a riesgos laborales Los contratantes y trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales indicados en el articulo 4 de la presente resolución deberán ingresar en tal calidad por primera vez y podrán realizar las transacciones o acceder a las funcionalidades según el rol que les corresponda, activando el "Rol contratante" o "Rol trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales", de manera automática, se habilitan los roles. 2.
Funcionalidades y servicios web en el SAT De acuerdo con los roles señalados en el articulo 4 de la presente resolución, las funcionalidades que según el rol pueden realizar en el SAT son: Tabla 2 Funcionalidades y servicios web de afiliación y reporte de novedades según rol Roles No. 1 2 3 4 5 6 Funcionalidad o servicios web de novedad Afiliación o reporte afiliación de un contratista a una ARL a través de un contratante o del trabajador independiente de afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales Retracto de afiliación de contratista a una ARL a través de un contratante o del trabajador independiente de afiliación voluntaria al Sistema General de Riesgos Laborales Inicio de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación Anulación de relación contractual, solo aplica para contratantes del trabajador independiente obligado a afiliarse a riesgos laborales.
Terminación de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación Reporte de mora en el pago de aportes al SGRL, acuerdos de pago e incumplimiento de acuerdo de pago de los contratistas o trabajadores de afiliación voluntaria a riesgos laborales. Contratante / Trabajador voluntario a riesgos laborales Funcionalidad Administradora de Riesgos Laborales Servicio web X X X X X X X X X X X RESOLUCIÓN NUMERO 01 NOV 2023 1 798 DE 2023 HOJA No 18 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Roles No. Funcionalidad o servicios web de novedad Suspensión de la afiliación aplica únicamente para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales.
Cambio de ocupación u oficio para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales. Corrección del tipo de cotizante o subtipo de cotizante en concordancia con la reglamentación expedida para PILA. 7 a 9 10 Consulta de trabajadores independientes afiliados al SGRL. 11 Consulta periodo de mora de los trabajadores independientes afiliados al SGRL.
Contratante / Trabajador voluntario a riesgos laborales Funcionalidad Administradora de Riesgos Laborales Servicio web x x x x x x 3. Disposición y reporte de información desde las Administradoras de Riesgos Laborales hacia el Sistema de Afiliación Transaccional y viceversa Cuando los trabajadores independientes de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales realicen las transacciones a través de las funcionalidades dispuestas en el Sistema de Afiliación Transaccional para tal fin, el sistema le dispondrá en linea a través de notificaciones a cada Administradora de Riesgos Laborales, las transacciones realizadas; adicionalmente, dispondrá semanalmente en un SFTP, el consolidado de las transacciones efectuadas a través del Sistema En el mismo sentido las transacciones realizadas directamente por los trabajadores independientes de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales en la ARL deben ser reportadas a través de los servicios web al SAT. 3.1.
Estructura de información de afiliación del trabajador independiente obligatorio y voluntario a afiliarse a riesgos laborales Contiene los datos de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes obligatorios y voluntarios a afiliarse a riesgos laborales, información que será dispuesta por el Sistema de Afiliación Transaccional para que las Administradoras de Riesgos Laborales puedan actualizar sus sistemas con la novedad reportada. 3.1.1.
Afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes obligatorios y voluntarios. a. Funcionalidad afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes obligatorios y voluntarios. Esta funcionalidad le permite al responsable de la afiliación a riesgos laborales de los trabajadores independientes realizarla a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT.
La afiliación al SGRL de los trabajadores independientes de afiliación obligatoria se hará por intermedio del contratante, tal como lo establece Artículo 2.2.4.2.2.5. del Decreto 1072 de 2015, mientras que los trabajadores independientes de afiliación voluntaria la realizaran directamente. 1. Nombre del campo Tipo de trabajador independiente a afiliarse al SGRL T ipo de dato No. Longitud permitida _ 1 1 N • 2.
Tipo de documento de identificación del responsable de la afiliación - contratante 2 A • Valores permitidos 9 'a co 9) 'a o Los valores permitidos son: Código Tipo de trabajador independiente 1 Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales - Contratista 2 Trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación SI NO RESOLUCIÓN NUMERO 1 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 19 Longitud permitida No. Tipo de dato I Nombre del campo - Valores permitidos NI CC CE PA CO SC PE PT Número documento identificación responsable de la afiliación- contratante del 16 A Obligatorio Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Número de identificación tributaria Cédula de ciudadanía Cédula de extranjería Pasaporte Carné diplomático Salvoconducto de permanencia Permiso especial de permanencia Permiso de Protección Temporal Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió el código 1: tipo de trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacío. Número del documento del contratante del trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales.
NO No se permite puntos, comas o guiones. Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de documento NI • Tipo de persona responsable de la afiliación d trabajador independiente de afiliación obligatoria riesgos laborales 1 ' A • Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 Alfanumérico de 3 a 11 CO SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió el código 1: tipo de trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacio.
Tipo de persona responsable de la afiliación del trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales. NO Valores válidos son: Código Tipo de persona N Natural J Jurldica Razón social o nombre del responsable de I 250 afiliación del trabajador independient contratante. A • • Estructura válida Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió el código 1: tipo de trabajador independiente de afinación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacio Razón social o el nombre del responsable de la afiliación. Aplica solo cuando el tipo de persona es igual a "J", de lo contrario debe ir vacio Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió el código 1: tipo de trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacio NO RESOLUCIÓN NÜNIÉRO1 DT NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 20 2" É 3a 60 A -a e: z -o t a Valores permitidos Obligatorio Nombre del campo Primer nombre de la pérsona natural responsable de la afiliación. NO,.
No. Tipo de dato I Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 6. Primer nombre del responsable de la afiliación d trabajador independiente- contratante, Cuando el tipo de persona es igual a 'N', de lo contrario debe ir vacio. 7 Primer apellido del responsable de la afiliación cfi 60 trabajador independiente- contratante, A Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió el código 1: tipo de trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacio Primer apellido de la persona natural del responsable de la afiliación. NO Cuando el tipo de persona es igual a 'N', de lo contrario debe ir vado 8 9 Teléfono fijo o móvil del responsable de I 10 afiliación del trabajador independient€ contratante.
Correo electrónico del responsable de la afiliació 100 del trabajador independiente- contratante. N A Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió el código 1: tipo de trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacio Número telefónico fijo o móvil de ubicación del responsable de la afiliación. Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió como tipo de trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacio Lo suministra el responsable de la afiliación. NO NO Los nombres de usuario pueden contener letras (a-z), números (0-9), guiones (-), guiones bajos U. apóstrofes (3) y puntos (.)- El símbolo indicador debe ser el carácter especial @El nombre del dominio formado por contener letras (a-z), también es válido el guion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio 10. 11 Tipo de documento de identificación del trabajadc 2 independiente a afiliarse a riesgos laborales Número documento identificación del trabajadc 16 independiente a afiliarse a riesgos laborales A A Aplica solo cuando en el campo 1 se escogió como tipo de trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista, de lo contrario debe ir vacio Valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales No se permite puntos, comas o guiones.
Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de documento TI CC Estructura válida Alfanumérico de 10 o 11 Numérico de 3 a 10 SI SI RESOLUCIÓN NUMERO I 1 NOV 2023 793 DE 2023 HOJA No 21 Nombre del campo Tipo de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Valores permitidos o • t o. To oí O CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 co Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Primer nombre del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales 12 Primer nombre del trabajador independiente afiliarse a riesgos laborales 60 A 13 Segundo nombre del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales 60 A Segundo nombre del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales NO 14 Primer apellido del trabajador independiente afiliarse a riesgos laborales 60 A Primer apellido del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales SI 15 Segundo apellido del trabajador independiente a 60 afiliarse a riesgos laborales A Segundo apellido del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales NO 16 Municipio donde se ejecuta el contrato o la ocupación A Corresponde al municipio donde el trabajador independiente ejecuta el contrato o la ocupación u oficio según corresponda.
SI 17 Zona donde se ejecuta el contrato o la ocupación 5 1 A Ver tabla de referencia Municipio en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Corresponde a la zona en donde el trabajador independiente ejecuta el contrato o la ocupación u oficio según corresponda. SI SI Valores válidos: Código U R 18 Dirección donde se ejecuta el contrato o la ocupación 200 Descripción Urbana Rural A Registre la dirección de residencia del trabajador independiente Número telefónico fijo o móvil de ubicación del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales Lo suministra el trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales Los nombres de usuario pueden contener letras (a-z), números (O9), guiones (-), guiones bajos U. apóstrofes (3) y puntos (.)- El símbolo indicador debe ser el carácter especial @El nombre del dominio formado por contener letras (a-z). también es válido el guion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio 19 Teléfono fijo o móvil del trabajador independiente 10 a afiliarse a riesgos laborales N 20 Correo electrónico del trabajador independiente 100 afiliarse a riesgos laborales A SI SI SI b. Servicio web reporte de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes obligatorios y voluntarios.
Estructura definida para que la Administradora de Riesgos Laborales ARL a través del Sistema de Afiliación Transaccional reportar las afiliaciones nuevas al Sistema General de Riesgos Laborales por parte de los trabajadores independientes obligatorios y voluntarios. NOV 2023 RESOLUCIÓN NWERO.179 8DE 2023 HOJA No 22 Longitud permitida " "ipo de dato Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliaóión obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 1 Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la afiliación del trabajador independiente SI 2 Tipo de documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente 2 A Corresponde al tipo de documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente SI No. Nombre del campo Valores permitidos o t o 'al cl) 1 O Los valores válidos son: Código NI CC CE PA CD SC PE PT 3 Número documento identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente 16 A Tipo de documento de identificación Número de identificación tributaria Cédula de ciudadanía Cédula de extranjería Pasaporte Carné diplomático Salvoconducto de permanencia Permiso especial de permanencia Permiso de Protección Temporal Número del documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente.
SI No se permite puntos, comas o guiones. Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de documento NI CC CE PA CD SC PE PT 4 Tipo de persona.1 A Estructura válida Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 Numérico de 3 a 10 Numérico de 1 a 7 Alfanumérico de 3 a 16 Alfanumérico de 3 a 11 Numérico de 9 Numérico de 15 Numérico de 1 a 8 Corresponde al t'po de persona que es responsable de la afiliación del trabajador independiente SI Valores válidos son: Código N J 5.
Razón social o nombre del responsable de la afiliación del trabajador independiente. 250 A Tipo de persona Natural Jurídica Razón socia o el nombre del responsable de la afiliación del trabajador independiente. Aplica solo cuando el tipo de persona es igual a "J", de lo contrario debe ir vaclo NO 1 NOV 2023 E 179g _ DE 2023 RESOLUCIÓN '"*" NUMRO HOJA No 23 6.
Primer nombre del del responsable de la afiliación del trabajador independiente 60 A Valores permitidos Primer nombre de la persona natural responsable de la afiliación del trabajador independiente. Obligatorio Nombre del campo "ipo de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" NO Cuando el tipo de persona es igual a 'N', de lo contrario debe ir vacío. 7 Primer apellido del del responsable de la afiliación del trabajador independiente 60 A Primer apellido de responsable de la independiente. la persona natural del afiliación del trabajador NO Cuando el tipo de persona es igual a 'N', de lo contrario debe ir vacío 8 Teléfono fijo o móvil del responsable de la afiliación del trabajador independiente 10 N Número telefónico fijo o móvil de ubicación del responsable de la afiliación del trabajador independiente. 9 Correo electrónico del responsable de la afiliación del trabajador independiente, 100 A Lo suministra el responsable de la afiliación del NO trabajador independiente.
NO Los nombres de usuario pueden contener letras (az), números (0-9), guiones (-), guiones bajos U, apóstrofes (3) y puntos (.)- El símbolo indicador debe ser el carácter especial @El nombre del dominio formado por contener letras (a-z), también es válido el guion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio 10.
Tipo de documento de identificación del trabajador independiente 2 A Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales Valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extran ería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal 11 Número documento identificación del trabajador independiente 16 A Corresponde al número de documento de identificación del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales No se permite puntos, comas o guiones.
Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 Numérico de 1 a 7 CE PA Alfanumérico de 3 a 16 Alfanumérico de 3 a 11 CD SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 SI SI 01 NOV 2023 RESOLUCIÓN NeúliE-R0 1 798 DE 2023 HOJA No 24 Continuación de la resolución "Por la cual se def'nen las condiciones generales para la operación del Longitud permitida "ipo de dato Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 12 Primer nombre del trabajador independiente 60 A Primer nombre del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales SI 13 Segundo nombre del trabajador independiente 60 A Segundo nombre del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales NO 14 Primer apellido del trabajador independiente 60 A Primer apellido del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales SI 15 Segundo apellido del trabajador independiente 60 A Segundo apellido del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales SI 16 Código de la actividad económica del trabajador independiente 7 N Corresponde al código de la actividad económica del trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales NO No. Nombre del campo o Valores permitidos.c 2 CO O):B o Valores permitidos: Los códigos establecidos en el Decreto 768 de 2022. 17 Código de la ocupación u oficio del trabajador independiente 7 N Corresponde al código de la ocupación u oficio del rabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales NO Valores permitidos: -os códigos establecidos en el Decreto 1563 de 2016. 18 Municipio donde se ejecuta el contrato o la ocupación 5 A Corresponde al municipio donde el trabajador ndependiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales ejecuta el contrato o la ocupación u oficio según corresponda.
SI Ver tabla de referencia Municipio en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 19 Zona donde se ejecuta el contrato o la ocupación 1 A Corresponde a la zona en donde el trabajador independiente de afiliación obligatoria voluntaria a riesgos laborales ejecuta el contrato la ocupación u oficio según corresponda. Valores válidos: Código U R 20 Dirección donde se ejecuta el contrato o la ocupación 200 A SI Descripción Urbana Rural Registre la dirección de esidencia del trabajador ndependiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales SI 21 Teléfono fijo o móvil del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales 10 N Número telefónico fijo o móvil de ubicación del rabajador independiente a afiliarse a riesgos aborales SI 22 Correo electrónico del trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales 100 A Lo suministra el trabajador independiente a afiliarse a riesgos laborales SI Los nombres de usuario pueden contener letras (az), números (0-9), guiones (-), guiones bajos U. apóstrofes (3) y puntos (.)- El slmbolo indicador debe ser el carácter especial @EI nombre del dominio formado por contener letras (a-z), también es válido el guion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio RESOLUCIÓN NallÉ-110 1 NOV 2023 1 798 DE 2023 HOJA No 25 23 Fecha de afiliación del trabajador independiente a la ARL 10 F Obligatorio Nombre del campo "ipo de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Valores permitidos Corresponde a la fecha en que se afilió a la Administradora de Riesgos Laborales el trabajador ndependiente.
SI En formato AAAA-MM-DD. 3.1.2. Retracto de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes obligatorios y voluntarios. a. Funcionalidad retracto de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes afiliados obligatorios y voluntarios. 1 Tipo de trabajador independiente que solicita la retractación de la afiliación al SGRL 1 A Valores permitidos Obligatorio 1 Nombre del campo Tipo de dato No. Longitud permitida Esta funcionalidad le permite al contratante o al trabajador independiente voluntario a afiliarse a riesgos laborales realizar la solicitud la retractación de la afiliación al SGRL a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT.
Corresponde al tipo de trabajador independiente que se retracta de la afiliación al SGRL Los valores permitidos son: SI Código 1 2 3 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente que solicita la retractación de la afiliación al SGRL Número documento identificación del trabajador independiente que solicita la retractación de la afiliación al SGRL 2 16 A A Tipo de trabajador independiente Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales Corresponde al tipo de documento de identificac'ón del trabajador independiente que solicita la etractación de la afiliación al SGRL Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanfa CE Cédula de extranjeria PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Corresponde al número del documento de identificac'ón del trabajador independiente que solicita la etractación de la afiliación al SGRL.
No se permite puntos, comas o guiones. Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 SI SI RESOLUCIÓN NÜMERO.1 798 DE 2023 -1) 1 NOV 2023 HOJA No 26 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Alfanumérico de 3a 16 Alfanumérico de 3 a 11 Numérico de 9 Numérico de 15 Numérico de 1 a 8 Corresponde a la fecha de radicación de la solicitud de etractación de la afiliación del trabajador independiente al SGRL ante la ARL.
Obligatorio Valores permitidos rn Nombre del campo Tipo de dato No. Longitud permitida -- 4 Fecha de solicitud de retractación de la afiliación a SGRL del trabajador independiente 10 F SI En formato AAAA-MM-DD. b. Servicio Web retractación de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes afiliados obligatorios y voluntarios..
Tipo de dato Valores permitidos 1 Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la afiliación SI 2 Número de transacción de la póliza que afilio al trabajador independiente al SGRL. 10 A Número de transacción que la póliza con la cual se afilio el trabajador independiente al SGRL SI 3 Tipo de trabajador independiente que se retracta 1 A Corresponde al tipo de trabajador independiente que se retracta de la afiliación al SGRL ' No. Nombre del campo Valores permitidos sok Código 1 2 4 5 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente que se, retracta Número documento identificación del trabajador independiente que se retracta 2 16 A A Obligatorio Longitud permitida 1 Este servicio le permite a la Administradora de Riesgos Laborales ARL reportar al Sistema de Afiliación Transaccional SAT, la retractación de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales del trabajador independiente afiliado obligatorio y voluntario SI Tipo de trabajador independiente Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista Trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales Corresponde al tipo de documento del trabajador independiente que se retracta de la,afiliación al SGRL Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CO Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento de identificación de trabajador independiente que se retracta de la afiliación al SGRL.
No se permite puntos, comas o guiones. SI SI RESOLUCIÓN NÚMERO 179 8 DE 2023 0 1 NOV 2023 HOJA No 27 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes",: 6 Fecha de solicitud de retractación de la afiliación a SGRL del trabajador independiente, 10 7 F Fecha de efectiva de la retractación de la afiliación a SGRL del trabajador independiente, 10 F Valores permitidos Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Corresponde a la fecha de radicación de la solicitud de retractación de afiliación del trabajador independiente al SGRL ante la ARL.
En formato AAAA-MM-DD. Corresponde a la fecha en la cual la ARL hace efectiva la retractación de la afiliación del trabajador independiente al SGRL. En formato AAAA-MM-DD. Obligatorio, ' Nombre del campo Tipo de dato I No. -- Longitud permitida — SI SI 3.1.3. Inicio de la relación contractual de los trabajadores independientes afiliados obligados al Sistema General de Riesgos Laborales o de la ejecución de la ocupación de los trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales. a. Funcionalidad inicio relación contractual o ejecución de la ocupación u oficio de los trabajadores independientes.
Nombre del campo 1 A I 1 2 Tipo de trabajador independiente que inicia la relación contractual o la ejecución de la ocupación Fecha de inicio de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación. 10 F Valores permitidos Los valores permitidos son: Código Tipo de trabajador independiente 1 Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales Corresponde a la fecha en la cual el trabajador independiente inicia la relación contractual o la ejecución de la ocupación según corresponda.
Obligatorio No. Tipo de dato I Longitud permitida El trabajador independiente puede a través del Sistema de Afiliación Transaccional afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales indicando el inicio de la relación contractual si es un trabajador independiente obligado a afiliarse a este, o del inicio de la ejecución de su ocupación u oficio, si es un trabajador independiente de afiliación voluntaria al citado sistema.
SI SI En formato AAAA-MM-DD 3 ••• • Tipo de documento de identificación del trabajador independiente 2 A Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadania CE Cédula de extranjerla PA Pasaporte co Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia SI RESOLUCIÓN NÚIIIIER.O 1 01 NOV 2023 79 8 DE 2023 HOJA No 28 No. Nombre del campo I Valores permitidos PT 4 Número documento identificación trabajador independiente del 16 A Obligatorio.
Tipo de dato Longitud permitida 1 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 1 Permiso de protección temporal Número del documento de identificación del trabajador independiente No se permite puntos, comas o guiones.
SI 5 Primer apellido del trabajador independiente 60 A Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Primer apellido del trabajador independiente 6 Primer nombre del trabajador independiente 60 A Primer nombre del trabajador independiente SI 7 Municipio donde se ejecuta el contrato o la ocupación 5 A SI 8 Zona donde se ejecuta el contrato o la ocupación 1 A 10 Dirección donde se ejecuta el contrato o la ocupación 200 A 11 Teléfono fijo independiente trabajador 10 N Ver tabla de referencia Municipio en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
Valores válidos: Código Descripción U Urbana R Rural Registre la dirección de residencia del trabajador independiente Número telefónico fijo o móvil donde se ubicación el trabajador independiente. 12 Correo electrónico independiente. trabajador 100 A 13 Tipo de Cotizante 2 N o móvil del del Lo suministra el trabajador independiente.
Los nombres de usuario pueden contener letras (a-z), números (0-9), guiones (-), guiones bajos U, apóstrofes (3) y puntos (.)- El símbolo indicador debe ser el carácter especial @El nombre del dominio formado por contener letras (a-z), también es válido el &ion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio Corresponde al tipo de cotizante del trabajador independiente SI SI SI SI SI SI Ver tabla de referencia TRVTipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 14 Subtipo de cotizante 2 N Corresponde al tipo de trabajador independiente subcotizante del NO Ver tabla de referencia TRVPILASubtipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 15 Clase de riesgo desarrollada trabajador independiente 1 N Valores válidos: Clase de riesgo 1 2 3 4 5 Descripción Clase I Clase II Clase III Clase IV Clase V SI RESOLUCIÓN.NÚMEI20 01 14051 2023 179 8DE 2023 16 _ Valores permitidos: Los códigos establecidos en el Decreto 768 de 2022 Código de la actividad económica desarrollada por trabajador independiente obligado a afiliarse al SGRL -contratista 7 N Obligatorio para los trabajadores independientes obligados a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales en concordancia con el literal a del articulo 2 de la Ley 1562 de 2012.
Valores permitidos: Los códigos establecidos en el Decreto 1563 de 2016 NO Código de la ocupación de trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales 5 N NO Ingreso base de cotización-IBC. 10 N Obligatorio para los trabajadores independientes de afiliación voluntaria a Riesgos Laborales en concordancia con el literal b del artículo 2 de la Ley 1562 de 2012.
Corresponde al ingreso base de cotización del trabajador independiente. 17 18 Valores permitidos Oblig atorio Nombre del campo Tipo de dato No. i Longitud permitida HOJA No 29 • Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Valores permitidos: Cod. ipo de Trabajador 16 Independiente agremiado o asociado 34 35 36 60 53 57 59 Concejales ediles y Afiliado participe Independiente al voluntario Sistema de Riesgos Laborales Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes 64 Trabajador penitenciario indirecto 67 Voluntario en Primera Respuesta aporte solo al Sistema de Riesgos Laborales SI Descripción No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente Un salario mínimo legal mensual vigente No puede ser inferior a un salario minimo legal mensual vigente No puede ser inferior a un salario minimo legal mensual vigente 40% del valor de honorarios pactado mensualmente en el contrato.
No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente Un salario mínimo legal mensual vigente b. Servicio web inicio relación contractual o ejecución de la ocupación u oficio de los trabajadores independientes. Este servicio le permite a las ARL reportar el inicio de una relación contractual o ejecución de una ocupación u oficio de un trabajador independiente a través del SAT.
RESOLUCIÓN NI:S.1201 798 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 30 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Nombre del campo Longitud permitida No. ipo de dato Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afinación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" O Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la novedad. 2 Tipo de trabajador independiente que 'nicia la relación contractual o la ejecución de la ocupación 1 A Valores permitidos son: Código Tipo de trabajador independiente 1 Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales 4 Fecha de inicio de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación. so):E Valores permitidos 1 3 o t o tel SI SI En formato AAAA-MM•DD. 10 F Fecha de reporte del inicio de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación ante la administradora 10 F Corresponde a la fecha en la cual el trabajador ndependiente inicia la relación contractual o la ejecución de la ocupación según corresponda.
Corresponde a la fecha en la cual el trabajador ndependiente reporta el inicio de la relación contractual o la ejecución de la ocupación según corresponda. SI SI En formato AAAA-MM-DD. 5 Tipo de documento de quien reporta el nicio de la relación contractual 2 A Los valores válidos son: Código Tipo de documento de identificación NI Número de identificación tributaria CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de Protección Temporal NO Aplica so o para trabajadores independientes qbligados a afiliarse a riesgos laborales. 6 Número documento identificación de quien reporta el inicio de la relación contractual 16 A Número del documento de identificación del rabajador independiente No se permite puntos, comas o guiones.
Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento NI Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Aplica solo para trabajadores independientes obligados a afiliarse a riesgos laborales.
SI RESOLUCIÓN NÚMERO 1 7 9 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 31 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores ' independientes" 7 8 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente Número documento identificación del trabajador independiente 2 16 A A Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal SI Número del documento de identificación del rabajador independiente SI »o se permite puntos, comas o guiones.
Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de •, Estructura válida documento TI Alfanumérico de 100 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 9 Primer apellido del trabajador independiente 60 A Primer apellido del trabajador independiente SI 10 Primer nombre del trabajador ndependiente 60 A Primer nombre del trabajador independiente SI 11 Municipio donde se ejecuta el contrato o a ocupación 5 A Ver tabla de referencia municipios en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
SI 12 Zona donde se ejecuta el contrato o la ocupación 1 A Valores válidos: Código Descripción U Urbana R Rural SI 13 Dirección donde se ejecuta el contrato o 200 la ocupación A Registre la dirección de residencia del trabajador independiente SI 14 Teléfono fijo o móvil del trabajador ndependiente 10 N Número telefónico fijo o móvil donde se ubicación el trabajador independiente.
SI 15 Zorreo electrónico del trabajador ndependiente 100 A Lo suministra el trabajador independiente. SI Los nombres de usuario pueden contener letras (a-z), números (0-9), guiones (-), guiones bajos _), apóstrofes (3) y puntos (.)- El símbolo ndicador debe ser el carácter especial @El nombre del dominio formado por contener letras (a-z), también es válido el guion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio 16, Tipo de Cotizante 2 N Corresponde al tipo de cotizante del trabajador.ndependiente NO Ver tabla de referencia TRVTipoCotizante en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 17 Subtipo de cotizante 2 N Corresponde al tipo de trabajador independiente subcotizante del NO RESOLUCIÓN NÚMERO 1 9 8 DE 2023 1 NOV 2023 HOJA No — 32 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Ver tabla de referencia TRVPILASubtipoCotizante, en neb.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 18 Clase de riesgo desarrollada trabajador independiente 1 N 19 Código de la actividad económica desarrollada por trabajador ndependiente obligado a afiliarse al SGRL -contratista SI Valores permitidos: Los códigos establecidos en el Decreto 768 de 2022 7 N 20 21 Valores válidos: Clase de riesgo Descripción 1 Clase I 2 Clase II 3 Clase III 4 Clase IV 5 Clase V Obligatorio para los trabajadores independientes obligados a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales en concordancia con el literal a del articulo 2 de la Ley 1562 de 2012.
NO Valores permitidos: Los códigos establecidos en el Decreto 1563 de 2016 Código de la ocupación de trabajadores ndependientes de afiliación voluntaria a iesgos laborales 5 N Obligatorio para los trabajadores independientes de afiliación voluntaria a Riesgos Laborales en concordancia con el literal b del articulo 2 de la _ey 1562 de 2012.
NO ngreso base de cotización-IBC. 10 N Corresponde al ingreso base de cotización del i" rabajador independiente. SI Valores permitidos: Ccid.- -: Ti —de Trabajador 16 Independiente agremiado o asociado 34 35 36 60 53 57 59 64 67 Descripción No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente No puede Un Concejales y salario minimo ediles legal mensual vigente Afiliado participe No puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente Independiente No puede ser voluntario al inferior a un Sistema de salario mínimo Riesgos Laborales Independiente con 40% del valor contrato de de honorarios prestación de pactado servicios superior mensualmente a 1 mes en el contrato.
No puede ser Trabajador inferior a un penitenciario salario mínimo indirecto legal mensual vigente Voluntario en No puede ser Primera inferior a un Respuesta aporte salario mínimo solo al Sistema de legal mensual Riesgos Laborales vigente 3.1.4. Anulación de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes de afiliación obligatoria. b. Funcionalidad anulación de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes de afiliación obligatoria.
RESOLUCIÓN NLIMER01 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 33 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afinación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" I 1 2 Tipo de documento de identificación del 2 contratante que gestiona la anulación de la afiliación Tipo de documento de identificación del 16 contratante que gestiona la anulación de la afiliación A A Valores permitidos Corresponde al tipo de documento de identificación del contratante que gestiona la anulación de la afiliación al SGRL del trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación NI mero de identificación tributaria CC dula de ciudadanía CE dula de extranjeria PA saporte co rné diplomático SC Ivoconducto de permanencia PE rmiso especial de permanencia PT rmiso de protección temporal Corresponde al número del documento de identificación del trabajador independiente que solicita la anulación de la afiliación al SGRL.
Obligatorio I Tipo de dato Nombre del campo. No. Longitud permitida Esta funcionalidad le permite al contratante gestionar la solicitud de anulación de la afiliación al SGRL a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT, soló aplica para aquellas relaciones contractuales que, no obstante haber firmado el contrato, el trabajador independiente obligado a afiliarse no da inicio al mismo.
SI SI No se permite puntos, comas o guiones. 3 4 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente que solicita la anulación de la afiliación al SGRL Número documento identificación del trabajador independiente que solicita la anulación de la afiliación al SGRL 2 16 A A Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento NI Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 - CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente que solicita la anulación de la afiliación al SGRL Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Corresponde al número del documento de identificación del trabajador independiente que solicita la anulación de la afiliación al SGRL.
No se permite puntos, comas o guiones. SI SI RESOLUCIÓN IsithERO1 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 34 5 6 7 Fecha de solicitud de anulación de la afiliación a SGRL del trabajador independiente, Fecha de aceptación de la anulación de la afiliación a SGRL del trabajador independiente, Número de transacción que anula afiliación al SGRL del trabajador independiente. 10 F 10 F 10 A Valores permitidos Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 En formato AMA-MM-DO.
Corresponde a la fecha de radicación de la solicitud de anulación de afiliación del trabajador independiente al SGRL ante la ARL. En formato AAAA-MM-DD. Corresponde a la fecha de aceptación de la anulación de afiliación del trabajador independiente al SGRL por parte de la ARL. Número de transacción que anula la póliza con la cual se afilia el trabajador independiente al SGRL Obligatorio Nombre del campo Tipo de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Qi ' si SI b. Servicio Web anulación de la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de los trabajadores independientes de afiliación obligatoria Tipo de dato Valores permitidos 1 Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la novedad.
SI 2 Número de transacción de la póliza que afilia 2 10 trabajador independiente al SGRL. A Número de transacción que la póliza con la cual se afilia el trabajador independiente al SGRL SI 3 Tipo de documento de identificación del contratante que gestiona la anulación de la afiliación A Corresponde al tipo de documento de identificación del contratante que gestiona la anulación de la afiliación al SGRL del trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales SI No. 4 Nombre del campo Tipo de documento de identificación del contratante que gestiona la anulación de la afiliación 2 16 A Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación NI Número de identificación tributaria CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Corresponde al número del documento de identificac'ón del trabajador independiente del cual se solicita la anula de la afiliación al SGRL Obligatorio Longitud permitida Este servicio le permite a la Administradora de Riesgos Laborales ARL reportar al Sistema de Afiliación Transaccional SAT, una anulación de la afiliac'ón al Sistema General de Riesgos Laborales del trabajador independiente de afiliación obligatoria realizada por el contratante.
SI RESOLUCIÓN NihER01 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 35 Valores permitidos Obligatorio Nombre del campo Tipo de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afinación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" No se permite puntos, comas o guiones. 5 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente al cual se le anula la afiliación al SGRL 6 Número documento identificación del trabajador independiente al cual se le anula la afiliación al SGRL 2 16 A A Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento NI Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de s00000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente del cual se solicita la anula de la afiliación al SGRL Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de Identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanla CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento de identificación de trabajador independiente del cual se le solicita se anule la afiliación al SGRL.
SI SI No se permite puntos, comas o guiones. Fecha de solicitud de anulación de la afiliación a SGRL del trabajador independiente, 7 10 8 F Fecha efectiva de la anulación de la afiliación a SGRL del trabajador independiente. 10 - F Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Corresponde a la fecha de radicación en la cual el contratante adelanta la solicitud de anulación de afiliación del trabajador independiente de afiliación obligatoria a -riesgos laborales ante la ARL.
En formato AAAA-MM-DD. Corresponde a la fecha efectiva en la cual la ARL anula la afiliación del trabajador independiente al SGRL. En formato AAAA-MM-DD. SI SI RESOLUCIÓN 01 NOV 2023 NaliRoi 798 DE 2023 HOJA No 36 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 10 A Obligatorio Tipo de dato Nombre del campo Longitud permitida No.; ! — Valores permitidos, i 9 Número de transacción que anula afiliación al SGRL del trabajador independiente, Número de transacción con que se anula la se afilia el trabajador independiente obligado a afiliarse a riesgos laborales SI 3.1.5.
Terminación de la relación contractual de los trabajadores independientes afiliados ob igados a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales o de la ejecución de la ocupación de los trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales. a. Funcionalidad terminación relación contractual o ejecución de la ocupación u oficio de los trabajadores independientes. 1 2 Tipo de trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio 1 A Valores permitidos Los valores permitidos son: Código Fecha de terminación de la relación contractual o de la ejecución de la ocupación. 10 F Obligatorio ! Nombre del campo Tipo de dato 4o.
Longitud permitida El trabajador independiente puede a través del Sistema de Afiliación Transaccional, reportar la terminación de relación contractual si es un trabajador independiente obligado a afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales o de la ejecución de la ocupación u oficio si es un trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales.
Tipo de trabajador independiente Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales Corresponde a la fecha en la cual el trabajado independiente termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación según corresponda SI SI En formato AAAA-MM-DD. 3 4 Tipo de documento de Identificación del trabajador independiente Número documento identificación del trabajador independiente A A Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio.
Los valo es permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte co Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT _ Permiso de protección temporal Corresponde al número de documento de identificación del trabajador independiente que ermina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio.
No se permite puntos, comas o guiones. Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser SI SI RESOLUCIÓN NVIER01 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 37 Nombre del campo Tipo de dato Yo. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afinación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 5 Primer apellido del trabajador independiente A 6 Primer nombre del trabajador independiente A 7 Tipo de Cotizante 8 Subtipo de cotizante Valores permitidos o t 2 eti co:72 O Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Primer apellido del trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio.
Primer nombre del trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio. Ver tabla de referencia TRVTipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Ver tabla de referencia TRVPILASubtipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
SI SI SI NO b. Servicio web terminación relación contractual o ejecución de la ocupación u oficio de los trabajadores independientes. Longitud permitida Tipo de dato Este servicio le permite reportar a las Administradoras de Riesgos Laborales a través del SAT, la terminación de una de relación contractual o de la ejecución de la ocupación de los trabajadores independientes obligados o voluntarios a afiliarse al SGRL cuya afiliación este activa en la ARL.
Esta información será dispuesta por SAT para que las ARL puedan actualizar sus sistemas. Valores permitidos 1 Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la novedad. SI 2 Número de póliza 10 A Número de póliza a la cual se aplica la novedad SI 3 Fecha de terminación de la relación contractual de la ejecución de la ocupación. No. Nombre del campo 10 F Corresponde a la fecha en la cual el trabajador independiente termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación segun corresponda o t o cu cn.71 O SI En formato AAAA-MM-DD. 4 5 Tipo de trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio 1 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente 2 A A Valores permitidos son: Código Tipo de trabajador independiente 1 Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales Corresponde al tipo de documento de identificac'ón del trabajador independiente que errnina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio.
Los valores permitidos son: SI SI RESOLUCIÓN NUIERÓl 798 DE 2023 1 NOV 2023 HOJA No 38 Nombre del campo — Valores permitidos Obligatorio i 1 Longitud permitida ' No. 1 -- Tipo de dato 1 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Código 6 Número documento identificación del trabajador 16 independiente A Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjeria PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Corresponde al número de documento de identificac'ón del trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio.
SI No se permite puntos, comas o guiones. 7 Primer apellido del trabajador independiente 60 A 8 Primer nombre del trabajador independiente 60 A 9 Tipo de Cotizante 2 N 10 Subtipo de cotizante Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Primer apellido del trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio..
Primer nombre del trabajador independiente que termina la relación contractual o la ejecución de la ocupación u oficio. Ver tabla de referencia TRVTipoCotizante. en web,sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. Ver tabla de referencia TRVPILASubtipoColizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.
SI SI SI NO 3.1.6. Reporte de mora en el pago de aportes al SGRL, acuerdos de pago e incumplimiento de acuerdo de pago de los contratistas o trabajadores voluntarios a riesgos laborales a. Servicio web reporte de mora en el pago de aportes al SGRL, acuerdos de pago e incumplimiento de acuerdo de pago de los contratistas o trabajadores voluntarios a riesgos laborales.
Este servicio web le permite a la Administradora de Riesgos Laborales ARL reportar a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT, los trabajadores independientes de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales que se encuentran en mora en el pago de los aportes al SGRL, así mismo aquellos períodos en los cuales se realiza el pago de los mismos hasta ponerse al día. Cabe precisar que la citada información se debe reflejar periodo a período al igual que los pagos establecidos en los acuerdos de pago.
RESOLUCIÓN NÚME-RO1 798 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 39 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Tipo de dato 1 Responsable del pago de los aportes al SGRL presenta mora en el pago de aportes al SGRL 1 A 2 Número de póliza 10 A 3 Tipo de documento del contratante que presenta mora 2 A VI:). 4 Nombre del campo Número de documento de identificación del contratante que presenta mora 16 A Valores permitidos Oblig atorio 1 Longitud permitida ___ Los valores permitidos son: Descripción Código 1 Trabajador independiente de SI afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista Trabajador independiente 2 voluntario a riesgos laborales *Contratante 3 Aplica cuando el contratante debe pagar el valo de la cotización, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV o V. Número de póliza a la cual se aplica la novedad SI Corresponde al tipo de documento de SI identificación del contratante responsable del pago de los aportes al SGRL del trabajador independiente obligado a afiliarse al SGRL que presenta mora.
Los valores permitidos son: Tipo de documento de Código identificación NI Número de identificación tributaria Cédula de ciudadania CC Cédula de extranjería CE PA Pasaporte Carné diplomático CD Salvoconducto de SC permanencia Permiso especial de PE permanencia Permiso de protección PT temporal Aplica cuando en el campo 1 se escogió el código 1: Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista del cual el contratante debe pagar el valor de la cotización, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV o V. Corresponde al número de documento de SI identificación del contratante responsable del pago de los aportes al SGRL del trabajador independiente obligado a afiliarse al SGRL que presenta mora.
No se permite puntos, comas o guiones., Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Estructura válida Tipo de documento NI Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 Numérico de 3 a 10 CC Numérico de 1 a 7 CE Alfanumérico de 3 a 16 PA Alfanumérico de 3 a 11 CD Numérico de 9 SC Numérico de 15 PE Numérico del a 8 PT Aplica cuando en el campo 1 se escogió el código 1: Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista del cual el contratante debe pagar el valor de la • RESOLUCIÓN-IIIIÍRO I 01NOV 2023 7 9 8 DE 2023 HOJA No 40 6 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente en mora Número documento identificación trabajador independiente en mora • 7 Periodo en mora 8 Tipo de Reporte del 2 16 Valores permitidos A cotización, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV o V. Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente que presenta mora de los aportes al SGRL A Obligatorio Nombre del campo Tipo de dato 5 Longitud permitida Yo.
I — l Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad SI CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte co Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Corresponde al número de documento de SI identificación del trabajador independiente que presenta mora en el pago de los aportes al SGRL.
No se permite puntos, comas o guiones. Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Corresponde al reporte de cada uno de los SI períodos en que se encuentra en mora el trabajador independiente En formato AAAA-MM.
Valores permitidos Código Descripción D Al día rin Mora A Acuerdo de Pago I Incumplimiento del acuerdo de pago SI 3.1.7. Suspensión de la afiliación a riesgos laborales de traba adores independientes voluntarios a riesgos laborales a. Servicio web suspensión de la afiliación a riesgos laborales de trabajadores independientes voluntarios a riesgos laborales.
Este servicio web le permite a la Administradora de Riesgos Laborales ARL reportar a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT, los trabajadores independientes voluntarios a riesgos laborales que se encuentran con afiliación suspendida por el no pago de dos (2) periodos consecutivos de las cotizaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.4.2.5.10de la sección 5 del DUR del Sector Trabajo.
RESOLUCIÓN.NPÑIÉRO1 01 NOV 2023 793 DE 2023 HOJA No 41 No. Nombre del campo Longitud permitida -- Tipo de dato i Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" -Valores permitidos o • o i 11 m = n O 1 Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la novedad. 2 Número de póliza 10 A Número de póliza a la cual se aplica la SI novedad. 3 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales. 2 A 4 Número documento identificación trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales, 16 A Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería SI PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento de identificació SI trabajador independiente de afiliación voluntaria riesgos laborales.
SI No se permite puntos, comas o guiones. 5 6 7 Periodo inicial del reporte de la suspensión de la afiliación del trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales. Periodo final del reporte de la suspensión de la afiliación del trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales. Tipo de reporte 7 A Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser: Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 100 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 formato AMA MM.
SI formato AAAA-MM. SI Los valo es permitidos son: Código Descripción S Afiliación suspendida A Afiliación activa SI 3.1.8. Cambio de ocupación u oficio para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales a. Funcionalidad cambio de ocupación u oficio para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales. 1 2 Número de póliza 10 Fecha de solicitud del cambio de ocupación u oficio. 10 A F Valores permitidos Obligatorio Nombre del campo Tipo de dato No. Longitud permitida Esta estructura le permite al trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales realizar en el Sistema de Afiliación Transaccional, la solicitud de cambio de ocupación u oficio, una vez este proceso se surte y quede en firme en la Administradora, la información será actualizada y dispuesta en el sistema para que las ARL puedan actualizar sus sistemas con esta novedad.
Número de póliza a la cual se aplica la novedad SI Corresponde a la fecha de radicación de la solicitud del cambio de ocupación u oficio por SI parte del trabajador independiente voluntario a riesgos laborales. RESOLUCIÓN falléR01 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 42 Nombre del campo Valores permitidos Obligatorio Longitud permitida No. ! _ Tipo de dato 1 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" En formato AAAA-MM-DD. 3 4 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales, 2 Número de documento de identificación del 16 trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales, A A Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente voluntario a riesgos laborales que solicita el cambio de ocupación u oficio.
Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad SI CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extran cría PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento de identificación de SI trabajador independiente voluntario a riesgos laborales que solicita el cambio de ocupación u oficio.
No se permite puntos, comas o guiones. 5 Código de la ocupación u oficio actual 5 N 6 Código de la nueva ocupación u oficio 5 N 7 Fecha de aplicación de la novedad por parte de la ARL 7 Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 1 1 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Corresponde a los códigos establecidos en el SI Decreto 1563 de 2016 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya.
Corresponde a los códigos establecidos en el SI Decreto 1563 de 2016 o aquel que lo modifique, adicione o sustituya. En formato AAAA-MM-DD. SI b. Servicio web cambio de ocupación u oficio para trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales. 1 2 3 Código ARL 5 Número de póliza 10 Tipo de documento de identificación del 2 trabajador independiente Tipo de dato Nombre del campo Longitud No. Lpermitida Este servicio web le permite a la Administradora de Riesgos Laborales reportar a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT, los cambios de ocupación u oficio solicitados por los trabajadores independientes de afiliación voluntaria a riesgos laborales.
A A A Valores permitidos O t o tu'.cn ro" O Código de la ARL que reporta la novedad. Si Número de póliza ata cual se aplica la novedad SI Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente voluntario a riesgos laborales si que solicita el cambio de ocupación u oficio. Los valores permitidos son: RESOLUCIÓNSUIERO1 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No 43 ---•;
No. 4 Nombre del campo Longitud I ida permit T [ 'ipo de dato Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Número de documento de identificación 16 del trabajador independiente -- -- -- -- -- — — -- - Valores permitidos o t 2fc o) á O Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de «tren eria PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Corresponde al número de documento de identificación SI del trabajador independiente voluntario a riesgos laborales que solicita el cambio de ocupación u oficio.
No se permite puntos, comas o guiones. A Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida ocumento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Los códigos establecidos en el Decreto 1563 de 20160 SI aquel que lo modifique, adicione o sustituya. 5 Código de la ocupación u oficio actual 5 N 6 Código de la nueva ocupación u oficio 5 N Los códigos establecidos en el Decreto 1563 de 2016 SI aquel que lo modifique, adicione o sustituya. 7 Fecha de aplicación de la novedad por parte de la ARL 7 A En formato AAAA-MM-DO.
SI 3.1.9. Corrección del tipo de cotizante o sub ipo de cotizante de los trabajadores independientes afiliados obligatorios y voluntarios a riesgos laborales. a. Servicio web corrección del tipo de cotizante o subtipo de cotizante de los trabajadores independientes afiliados obligatorios y voluntarios a riesgos laborales. Este servicio web le permite a la Administradora de Riesgos Laborales ARL reportar en el Sistema de Afiliación Transaccional SAT, la corrección del tipo de cotizante o subtipo de cotizante del trabajador independiente afiliado obligatorio o voluntario a riesgos laborales según corresponda, para lo cual deberá tener en cuenta lo establecido en la normatividad de PILA para riesgos laborales. 1 Nombre del campo Código ARL Tipo de dato No. Longitud permitida Cabe precisar que al tratarse de una corrección se sobrescribe los valores del tipo de cotizante y subtipo de cotizante según aplique; en caso de requerirse reportar un cambio que no constituya una corrección, se deberá utilizar el servicio de terminación de relación contractual o ejecución de la actividad u oficio y proceder a dar inicio a una nueva relación contractual o ejecución de la actividad u Oficia Valores permitidos 5 A Código de la ARL que reporta la novedad. 9 18 'cr: 9) á O SI RESOLUCIÓN -NtIllk-120 1 798 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 44, Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 2 Tipo de trabajador independiente al que se aplica la novedad 1 A 3 Número de póliza 10 A 4 Tipo de documento de identificación del trabajador independiente al que se aplica la novedad 2 A Los valores permitidos son:. -Código.
Descripción — SI 1 Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente voluntario a riesgos laborales Número de póliza a la cual se aplica la SI novedad Corresponde al tipo de documento de SI identificación del trabajador independiente voluntario a riesgos laborales al cual se le aplica corrección del tipo de cotizante o subtipo de cotizante.
Los valores permitidos son: Código 5 Número de documento de identificación del trabajador independiente al que se aplica la novedad 16 A Tipo de •i documento d identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasapórte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento de identificación de SI trabajado independiente de afiliación obligatorio o voluntaria a riesgos laborales a cual se e aplica corrección del tipo de cotizante o subtipo de cotizante.
No se permite puntos, comas o guiones. 6 Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE - Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Primer apellido del trabajador independiente SI al que se aplica la novedad.
Primer nombre del trabajador independiente SI al que se aplica la novedad NO Ver tabla de referencia TRVTipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 60 A 60 A 8 Primer apellido del trabajador independiente al que se aplica la novedad Primer nombre del trabajador independiente al que se aplica la novedad Tipo de cotizante actual 2 N 9 Tipo de Cotizante corregido 2 N Ver tabla de referencia TRVTipoOctizante. en NO web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 10 Subtipo de cotizante actual 2 N Ver tabla de referencia NO TRVPILASubtipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 11 Subtipo de cotizarte corregido 2 N Ver tabla de referencia NO TRVPILASubtipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 12 Fecha de aplicación de la novedad por parte de la ARL. 7 A En formato AAAA-MM-DD 7 3.1.10.
Consulta de trabajadores independientes afiliados al SGRL SI 01 NOV 2023 RESOLUCIÓN N11114116 17 9 &E 2023 HOJA No 45 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" a. Servicio web consulta de trabajadores independientes afiliados al SGRL Este servicio web le permite a la Administradora de Riesgos Laborales ARL realizar la consulta a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT, de la afiliación a riesgos laborales de los trabajadores independientes obligados y voluntarios.
Nombre del campo Tipo de dato 1 Tipo de trabajador independiente al que se aplica la novedad 1 A 2 Tipo de documento del trabajador independiente afiliado a riesgos laborales 2 A 3 Número documento identificación del trabajador independiente afiliado a riesgos laborales 16 A Valores permitidos Obligatorio No. Longitud permitida Datos de solicitud Los valores permitidos son: Código Descripción SI 1 Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente voluntario a riesgos laborales Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadania CE Cédula de extranjerla SI PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento de identificación de trabajador independiente de afiliación obligatorio o voluntaria a riesgos laborales No se permite puntos, comas o guiones.
Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato SI deben ser: Tipo de locumento TI CC CE PA CO SC PE PT Estructura válida Alfanumérico de 10 o 11 Numérico de Salo Numérico de la 7 Alfanumérico de 3 a 16 Alfanumérico de 3 a 11 Numérico de 9 Numérico de 15 Numérico de 1 a 8 Longitud permitida Tipo de dato Datos de la respuesta 1 Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la afiliación del trabajador independiente 2 Tipo de documento de identificación del responsable de la afiliación 2 A Corresponde al tipci de documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente No. Nombre del campo Valores permitidos Los valores válidos son:.. • ' ' 01 NOV 2023 RESOLUCIÓN N1111120 - 17 9- 8 DE 2023 HOJA No 46 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Código NI CC CE PA CO SC PE PT 3 Número documento identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente 16 A Tipo de documento de identificación Número de identificación tributaria Cédula de ciudadanía Cédula de extranjería Pasaporte Carné diplomático Salvoconducto de permanencia Permiso especial de permanencia Permiso de Protección Temporal Número del documento de identificación del responsable de la afiliación del trabajador independiente.
No se permite puntos, comas o guiones. Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de document o NI CC CE PA CD SC PE PT 4 Tipo de persona 1 A Estructura válida Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 Numérico de 3 a 10 Numérico de 1 a 7 Alfanumérico de 3 a 16 Alfanumérico de 3 a 11 Numérico de 9 Numérico de 15 Numérico de 1 a 8 Corresponde al tipo de persona que es responsable de la afiliación del trabajador independiente Los valores válidos son: Código Tipo de persona N Natural J Jurídica Razón social o nombre del responsable de la afiliación del trabajador independiente, 250 A Razón social o el nombre del responsable de la afiliación del trabajador independiente.
Aplica solo cuando el tipo de persona es igual a "J", de lo contrario debe ir vacío Primer nombre del del responsable de la afiliación del trabajador independiente 60 A Primer nombre de la persona natural responsable de la afiliación del trabajador independiente. Cuando el tipo de persona es igual a 'N', de lo contrario debe ir vacío. 7 Primer apellido del del responsable de la afiliación del trabajador independiente 60 A Primer apellido de responsable de la independiente. la persona natural del afiliación del trabajador Cuando el tipo de persona es igual a 'N', de lo contrario debe ir vacio 8 Teléfono fijo o móvil del del responsable de la afiliación del trabajador independiente 10 N Número telefónico fijo o móvil de ubicación del responsable de. la afiliación del trabajador independiente..
RESOLUCIÓN NUMERO 1 01 NOV 2023 79 8DE 2023 HOJA No 47 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 9 Correo electrónico del responsable de la afiliación del trabajador independiente, 100 A Lo suministra el responsable de la afiliación del trabajador independiente.
Los nombres de usuario pueden contener letras (az), números (0-9), guiones (-), guiones bajos U, apóstrofes (3) y puntos (.)- El símbolo indicador debe ser el carácter especial @El nombre del dominio formado por contener letras (a-z), también es válido el guion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio 10.
Tipo de documento de identificación del trabajador independiente 2 A Corresponde al tipo de documento de identificación del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales Valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal 11 Número documento identificación del trabajador independiente 16 A Corresponde al número de documento de identificación del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales No se permite puntos, comas o guiones.
Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser.., Tipo de Estructura válida ' documento TI CC CE PA CD SC PE PT Alfanumérico de 100 11 Numérico de 3 a 10 Numérico de 1 a 7 Alfanumérico de 3 a 16 Alfanumérico de 3 a 11 Numérico de 9 Numérico de 15 Numérico de 1 a 8 12 Primer nombre del trabajador independiente 60 A Primer nombre del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales 13 Segundo nombre del trabajador independiente 60 A Segundo nombre del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales 14 Primer apellido del trabajador independiente • 60 A Primer apellido del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales 15 Segundo apellido del trabajador independiente 60 A Segundo apellido del trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales 16 Código de la actividad económica del trabajador independiente 7 N Corresponde al código de la actividad económica del trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales Valores permitidos: Los códigos establecidos en el Decreto 768 de 2022.
RESOLUCIÓN NÚMERO 1 798 DE 2023 01 NOV 2023 HOJA No 48 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 17 Código de la ocupación u oficio del trabajador independiente 7 N Corresponde al código de la ocupación u oficio del trabajador independiente de afiliación voluntaria a riesgos laborales Valores permitidos: Los códigos establecidos en el Decreto 1563 dt 2016. 18 Municipio donde se ejecuta el contrato o la ocupación u oficio 5 A Corresponde al municipio donde el trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales ejecuta el contrato o la ocupación u oficio según corresponda.
Ver tabla de web.sisprogov.co valores permitidos 19 Zona donde se ejecuta el contrato o la ocupación u oficio 1 A Dirección donde se ejecuta el contrato o la ocupación u oficio 200 A Municipio encuentran en los Corresponde a la zona en donde el trabajador independiente de afiliación obligatoria o voluntaria a riesgos laborales ejecuta el contrato o la ocupación u oficio según corresponda.
Valores válidos:, Código U R 20 referencia donde se Descripción Urbana Rural Dirección de residencia independiente afiliado al SGRL del trabajador 21 Teléfono fijo o móvil del trabajador independiente afiliado a riesgos laborales 10 N Número telefónico fijo o móvil del trabajador independiente afiliado al SGRL 22 Correo electrónico del trabajador independiente afiliado a riesgos laborales 100 A Correo electrónico del trabajador independiente afiliado a riesgos laborales Los nombres de usuario pueden contener letras (az), números (0-9), guiones (-), guiones bajos (_), apóstrofes (3) y puntos (.)- El símbolo indicador debe ser el carácter especial @El nombre del dominio formado por contener letras (a-z), también es válido el guion (-) pero no podrá estar situado como último ni como primer carácter del dominio 23 Fecha de afiliación del trabajador independiente a 10 a ARL F Fecha en que se afilió a la Administradora de Riesgos Laborales el trabajador independiente.
En formato AAAA-MM-DD. 24 Código de la ARL con la tenga afiliación en estado activa 5 A Valores establecidos en las tablas de referencia Por registro solo debe mostrar una ARL, si e trabajador independiente tiene varias ARL debt mostrar varios registros. 25 Fecha de inicio de cobertura con cada ARL 10 F En formato AAAA-MM-DD. Para el caso de indicador de reporte "AF": Corresponde a la fecha en que se solicita a una ARL la afiliación del trabajador independientes a riesgos laborales.
Para el caso de indicador de reporte "RT": Corresponde a la fecha en que se solicita la retracto, de la afiliación del trabajador independiente 26 Estado de afiliación 1 N Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación 1 Activo 2 Suspensión de Afiliación RESOLUCIÓN NbeErRó 1 Dl NOV 2023 798DE 2023 HOJA No 49 Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" 27 Estado de pago de cotizaciones por ARL 1 A Los valores permitidos son: Código Descripción D Al día M Mora A Acuerdo de Pago I Incumplimiento del acuerdo de paqo 28 Tipo de Cotizante 2 N Ver tabla de referencia TRVTipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 29 Subtipo de cotizante 2 N Ver tabla de referencia TRVPILASubtipoCotizante. en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 30 Número de Página 3 N Corresponde al número de página cuando la cantidad de registros de respuesta supera el tamaño de la página 3.1.10.
Consulta períodos de mora a. Servicio web consulta de períodos de mora de los trabajadores independientes afiliados al SGRL Este servicio web le permite a la Administradora de Riesgos Laborales ARL realizar la consulta a través del Sistema de Afiliación Transaccional SAT, de los trabajadores independientes por las cuales ha reportado períodos en mora o incumplimiento de acuerdo de pago de la(s) afiliación(es) activa(s) que tenga dicho trabajador.
La respuesta a este servicio web tendrá tantos registros como períodos en mora haya reportado la ARL y por los cuales no se han reportado acuerdos de pago, ni que se encuentren al día para dicho periodo. o. 1 Nombre del campo Tipo de trabajador independiente al que se aplica la novedad T ipo de dato I 1 1 Longitud permitida Datos de solicitud 1 A Valores permitidos Tipo de documento del trabajador independiente afiliado a riesgos laborales 2 A 3 Número documento identificación del trabajador independiente afiliado a riesgos laborales 16 A E cn TI o Los valores permitidos son: Código 1 2 o.. 6 Descripción Trabajador independiente de SI afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista 2 Trabajador independiente voluntario a riesgos laborales 3 'Contratante 'Aplica cuando el contratante debe pagar el valor de la cotización, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV 0V.
Los valores permitidos son: Código Tipo de documento de identificación TI Tarjeta de identidad CC Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería PA Pasaporte SI CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de protección temporal Número del documento de identificación de trabajador independiente de afiliación obligatorio o voluntaria a riesgos laborales No se permite puntos, comas o guiones.
RESOLUCIÓN NtIllátÓ 1 mv Ion 1798 DE 2023 HOJA No 50 Valores permitidos Obligatorio Nombre del campo [Tipo de dato No. Longitud permitida Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes" Este campo debe ser obligatorio y SI dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de Estructura válida documento TI Alfanumérico de 10 o 11 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Datos de la respuesta -Longitud permitida Tipo de dato.-i i 1 Código ARL 5 A Código de la ARL que reporta la afiliación d trabajador independiente 2 Tipo de documento de identificación del responsable del pago 2 A Corresponde al tipo de documento de identificación del responsable del pago del aporte al SGRL No. Nombre del campo Valores permitidos Los valores válidos son: 3 Número documento identificación del responsable del pago - 16 A Código Tipo de documento de identificación NI Número de identificación tributaria CC Cédula de ciudadania CE Cédula de extranjería PA Pasaporte CD Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de Protección Temporal Número del documento de identificación del responsable del responsable del pago.
No se permite puntos, comas o guiones. Este campo debe ser obligatorio y dependiendo del tipo de documento, la longitud y tipo de dato deben ser Tipo de locumento NI 4 Tipo de trabajador independiente frente al cual se reporta la novedad 1 A Estructura válida Numérico de 9 Si el tipo de persona es J el rango es de 800000000 a 999999999 y si el tipo de persona es N el rango es de 600000000 a 799999999 CC Numérico de 3 a 10 CE Numérico de 1 a 7 PA Alfanumérico de 3 a 16 CD Alfanumérico de 3 a 11 SC Numérico de 9 PE Numérico de 15 PT Numérico de 1 a 8 Los valores permitidos son: Código Descripción Trabajador independiente de afiliación obligatoria a riesgos laborales — Contratista RESOLUCIÓN NII911R-Ó1 01 NOV 2023 798 DE 2023 HOJA No n Continuación de la resolución "Por la cual se definen las condiciones generales para la operación del Sistema General de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional — SAT para la afiliación obligatoria y voluntaria de trabajadores independientes", __ No. Nombre del campo I Tipo de dato.
Longitud permitida --Valores permitidos 2 5 Tipo de documento de identificación frente al cual se reporta la novedad 2 A 6 Código de la ARL que reporta la novedad 5 A 7 Periodo de mora por cada afiliación activa 7 A Trabajador independiente voluntario a riesgos laborales Los valores permitidos son: Código ipo de documento de identificación NI Número de identificación tributaria CC Cédula de ciudadania CE Cédula de extran eria PA Pasaporte Co Carné diplomático SC Salvoconducto de permanencia PE Permiso especial de permanencia PT Permiso de Protección Temporal Código de la ARL que reporta la mora del trabajador independiente Debe corresponder al año y mes del periodo en mora o del cual no se tenga un acuerdo de pago ni se haya reportado que se encuentre al día para dicho periodo.
En formato AAAA-MM El manual técnico será dispuesto a las ARL en el siguiente sitio web:. https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/RiesgosLaborales/Paginas/sat-riesgos-laborales.aspx