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Resolución1788Vigente

Resolución 1788 de 2025

Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERQÍ000178 8 DE 2025 ( 04 SEP 2025 Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial, de las conferidas en los numerales 42.1 y 42.3 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, los numerales 1, 2. 3, 4.7, y 9 del artículo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO

Que según el articulo 49 de la Constitución Política de Colombia, la atención de la salud es un servicio público a cargo del Estado y tiene la obligación de garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Asimismo, corresponde al Estado la organización, dirección y reglamentación de la prestación de servicios de salud, conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

Que la Ley 1438 de 2011, tiene como objeto el fortalecimiento del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de un modelo de prestación del servicio público en salud, que en el marco de la estrategia de Atención Primaria en Salud permita la acción coordinada del Estado, las instituciones y la sociedad para el mejoramiento de la salud y la creación de un ambiente sano y saludable, que brinde servicios de mayor calidad, incluyentes y equitativos, donde el centro y objetivo de todos los esfuerzos sean las personas que residen en el país. Asimismo, la precitada Ley establece en el articulo 14 como deber del Estado la formulación de la Política de fortalecimiento de los servicios de baja complejidad para mejorar su capacidad resolutiva, con el fin de que se puedan resolver las demandas más frecuentes en la atención de la salud de la población. Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015, establece que el derecho fundamental a la salud comprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud y que el Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas.

Igualmente, el articulo 6 de la precitada Ley establece que el derecho fundamental a la salud incluye unos elementos esenciales e interrelacionados, entre los cuales se destaca la accesibilidad, según el cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad, dentro del respeto a las especificidades de los diversos grupos vulnerables y al pluralismo cultural.

Asimismo, el principio de continuidad que establece que las personas tienen derecho a recibir los servicios de salud de manera continua y que una vez la provisión de un servicio ha sido iniciado este no podrá ser interrumpido por razones administrativas o económicas. Que de conformidad con lo señalado en el artículo 15 de la ley 1751 de 2015 se establece que el sistema de salud garantizará el derecho fundamental a la salud a través de°! RESOLUCIÓN NÚMERO 30001788 DE 04 SEP 2025: PÁGINA 2 Continuaron de la resolución: W /a cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fottalectmienlo de la lehabihlación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". prestación de servicios y tecnologías, estructurados sobre una concepción integral de la salud, que incluya su promoción, la prevención, la paliación, la atención de la enfermedad y rehabilitación de sus secuelas.

Adicionalmente, el artículo 24 ibidem, el Estado debe garantizar la disponibilidad de los servicios de salud para toda la población en el territorio nacional, en especial en las zonas marginadas o de baja densidad poblacional. La extensión de la red pública hospitalaria no depende de la rentabilidad económica sino de la rentabilidad social.

En las zonas dispersas, el Estado deberá adoptar medidas razonables y eficaces, progresivas y continuas, para garantizar opciones con el fin de que sus habitantes accedan oportunamente a los servicios de salud que requieran con necesidad. Que mediante Resolución 3202 de 2016, este Ministerio adoptó un grupo de Rutas Integrales de Atención en Salud, con el objetivo de regular las condiciones necesarias para asegurar la integralidad en la atención en salud para las personas, familias y comunidades, estableciéndose la Ruta de Promoción y Mantenimiento de la Salud que comprende acciones sectoriales, intersectoriales, individuales y colectivas dirigidas a promover la salud, prevenir el riesgo, prevenir la enfermedad y generar cultura del cuidado de la salud.

Asimismo, se adoptan las rutas integrales de atención en salud de grupos de riesgo y de eventos específicos, con el propósito de identificar e intervenir oportunamente factores de riesgo, ya sea para evitar la aparición de una o varias condiciones específicas en salud o para realizar el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación, según cada situación. Que la Organización Mundial de la Salud, en el reporte del año 2017 "Rehabilitación 2030 un llamado para la acción" reconoce que garantizar el acceso libre de barreras a los servicios de rehabilitación contribuye al logro del Objetivo de Desarrollo Sostenible número 3 "Garantizar vidas saludables y fomentar el bienestar para todos en todas las edades ', asi mismo, hace un llamado a la acción internacional para mejorar la integración de la rehabilitación en el sector salud y fortalecer las relaciones intersectoriales para satisfacer de forma efectiva y eficiente las necesidades de rehabilitación presentes en personas con diversas condiciones de salud.

Que la septuagésima sexta Asamblea Mundial de Salud, celebrada en mayo de 2023, aprobó la Resolución WHA76.6 titulada “Fortalecimiento de la rehabilitación en los sistemas de salud", e insta a los Estados miembros a fortalecer los mecanismos de financiación para los servicios de rehabilitación y la provisión de ayudas técnicas, incluyéndolos en los paquetes esenciales de cuidado de la salud.

Que mediante la Resolución 2367 de 2023, se modifica el “Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031' adoptado a través de la Resolución 1035 de 2021, incluyendo en su anexo técnico los ejes estratégicos para el abordaje de las inequidades sociosanitarias desde un modelo de determinantes sociales de la salud para avanzar hacia la garantía del derecho fundamental a la salud, resultando primordial para el logro de este fin. el fortalecimiento de la rehabilitación en salud dado que hace parte de la atención integral para avanzar hacia la garantía del derecho, en tanto el acceso y la calidad de estos servicios son determinantes intermedios que contribuyen a mejorar y proteger la salud, a partir de acciones enmarcadas en la promoción, mantenimiento y recuperación del funcionamiento humano. Que la Resolución 100 de 2024 en el artículo 3, establece que la Planeación Integral para la Salud es un proceso estratégico y operativo para la garantía del derecho fundamental a la salud en los territorios, que permite a las entidades territoriales, definir las acciones de formulación, implementación, monitoreo, evaluación y rendición de cuentas del Plan Territorial de Salud.

Que el articulo 9 de la misma resolución, establece que el Plan territorial de salud permite contribuir con el logro de las metas estratégicas del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 y del modelo de Salud Preventivo y Predictivo RESOLUCIÓN NÚMERO J030178 8 DE Q 4 SEP 2025; PÁGINA 3 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud ". fundamentado en la Atención Primaria en Salud para avanzar hacia la garantía del derecho fundamental a la salud en el país. Que la rehabilitación hace parte de los ejes estratégicos, líneas de acción y medidas de intervención dirigidas a la garantía de derechos de las poblaciones conforme a sus necesidades y requerimientos según condición y situación, lo cual implica el desarrollo de estrategias con enfoque diferencial para el acceso a la rehabilitación en salud y la articulación con lo dispuesto en la Ley 1448 de 2011 “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las victimas del conflicto armado interno’, la Ley Estatutaria 1618 de 2013 “Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad", el Decreto 681 de 2022 "Por el cual se adopta la Política Pública Nacional de Envejecimiento y Vejez 2022-2031'', la Resolución 4886 de 2018 “Por la cual se adopta la Política Nacional de Salud Mental", y la Resolución 089 de 2019 “Por la cual se adopta la Política Integral para la Prevención y Atención del Consumo de Sustancias Psicoactivas" o con aquellas normas que las modifiquen o sustituyan.

Asimismo, el capítulo 8 del anexo técnico del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 establece la necesidad de adecuación sociocultural y diálogo intercultural de las acciones orientadas al cuidado de la salud, para garantizar el bienestar y la salud de las comunidades y pueblos étnicos conforme a su autonomía y cosmovisión. Que, en este sentido, el Ministerio de Salud y Protección Social requiere definir una línea técnica y operativa unificada dirigida a los actores del sistema de salud, con el propósito de fortalecer la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

CAPITULO I Aspectos generales Artículo 1. Objeto. Adoptar los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud, contenidos en el anexo técnico que será objeto de publicación en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo.

Artículo 2. Ambito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las entidades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud -EAPB, entendidas por estas, las entidades promotoras de Salud de ambos regímenes o quienes haga sus veces, entidades que administran planes voluntarios de salud, entidades adaptadas, entidades pertenecientes a los regímenes Especial y de Excepción en Salud y las compañías de seguros en sus actividades en salud, incluyendo las que administren el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT y las Administradoras de Riesgos Laborales - ARL. las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas y privadas, el talento humano en salud y las instituciones con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud y demas entidades que desarrollen acciones en salud de acuerdo con sus competencias responsabilidades y funciones.

OJÍ'.K11 °t3.Pob!aci°n 5ujeta a la aplicación de los lineamientos. La rehabilitación en saiua esta dirigida a todas las personas que presentan condiciones de salud que pueden generar necesidades de rehabilitación en salud relacionadas con diversos estados de alteración del funcionamiento humano de tipo transitorio o permanente, y que al ser i tervemdas pueden generar beneficios.

Estas condiciones de salud se refieren a RESOLUCIÓN NÚMERO 33001788 DE 0 4 SEP 2025 PÁGINA 4 Continuación de la resolución: ’Por la cual se adoptan los ¡íneamientos técnicos y operativos para el tonaleciiniento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". enfermedades (agudas o crónicas), trastornos, lesiones o traumatismos, u otras circunstancias como el embarazo, el envejecimiento, el estrés, una anomalía congénita o predisposición genética, entre otras.

Existen unas condiciones de salud o riesgos para el funcionamiento humano con mayor necesidad de rehabilitación en salud, los cuales serán reconocidos en la identificación de necesidades de rehabilitación en salud en los territorios, en coherencia con los procesos de planeación integral para la salud. Las condiciones de salud a las que se hace referencia son los trastornos musculoesquelétícos, desórdenes neurológicos, deficiencias sensoriales, desórdenes mentales, enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardiovasculares y neoplasias.

Artículo 4. Definiciones. Para los efectos de la presente resolución se tendrán en cuenta las siguientes definiciones: 1. Ayudas Técnicas: cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipo, instrumentos y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado para proteger, apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones/estructuras corporales y actividades, como también, prevenir deficiencias, limitaciones en la actividad o restricciones en la participación. No son del alcance de esta resolución los artículos utilizados para la instalación de ayudas técnicas; soluciones obtenidas por combinación de ayudas técnicas que están clasificadas individualmente; medicamentos; ayudas técnicas e instrumentos utilizados por profesionales de la salud; soluciones no técnicas, como asistencia persona, perros-guía o lectura labial; dispositivos implantados, y ayuda financiera. 2.

Ciclo de rehabilitación en salud: secuencia de acciones médicas, diagnósticas y terapéuticas orientadas a promover, mantener o recuperar el mejor nivel posible de funcionamiento de las personas. Se realiza en el contexto de la prestación de servicios de rehabilitación en salud, mediante intervenciones individuales ejecutadas por uno o varios profesionales de rehabilitación en salud, quienes también pueden identificar necesidades de articulación y canalización hacia las intervenciones colectivas y oferta intersectorial disponible.

Este ciclo consta de cuatro momentos: evaluación inicial, planeación de la intervención, implementación de la intervención y evaluación final, los cuales se encuentran descritos en el anexo técnico de la presente resolución. El ciclo está centrado en la persona y reconoce las particularidades desde el enfoque diferencial en razón a la edad, género, pertenencia étnica, salud física o mental, identidad y orientación sexual, condición de discapacidad y cualquier otra condición. Asimismo, tiene en cuenta la pluralidad de saberes y prácticas de las personas, familias y comunidades para adaptar sü implementación. 3.

Funcionamiento humano: corresponde a la capacidad de las personas para realizar las actividades diarias que le permiten subsistir, realizar su autocuidado, mantener su independencia y participar socialmente en su hogar y en una comunidad; por tanto, puede entenderse como el resultado de la interacción entre la condición de salud de una persona y los otros factores contextúales.

La condición de salud relacionada con el funcionamiento humano de una persona puede o no estar asociada a una enfermedad o trastorno (agudo, crónico, transitorio o permanente) y comprende diversas circunstancias como el envejecimiento, el embarazo, entre otras situaciones de vida que pueden modificar su interacción. 4. Grupo de profesiones base para la rehabilitación en salud: se reconoce a las profesiones de fisioterapia, fonoaudiologia, terapia ocupacional, terapia respiratoria, psicología, optometría, y las especialidades de medicina física y rehabilitación y psiquiatría. 5.

Prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de las ayudas técnicas en la prestación de servicios de salud: acciones claves que ocurren en el RESOLUCIÓN NÚMERO 30110178 8 DE 0 4 SEP 20?R PÁGINA 5 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". marco del ciclo de rehabilitación en salud, para favorecer el acceso y uso apropiado de las ayudas técnicas. • • • • Prescripción: se basa en la recomendación de la ayuda técnica más adecuada para la persona de acuerdo con la evaluación inicial.

Adaptación: conlleva ajustar y adecuar la ayuda técnica a la medida y los requerimientos de la persona,^ Entrenamiento: implica ensenar a la persona a cuidar su ayuda técnica y a usarlo para favorecer el mejor nivel posible de funcionamiento. Seguimiento: comprende la verificación y supervisión del uso en condiciones de seguridad, que incluyen comodidad y adecuación a las condiciones particulares de la persona, y los logros en relación con el funcionamiento humano. 6.

Rehabilitación en salud: conjunto de intervenciones en salud diseñadas para optimizar el funcionamiento humano de personas que presentan condiciones de salud, buscando favorecer su máxima independencia y participación. Se desarrolla a través de la planeación e implementación de intervenciones individuales y su articulación con intervenciones colectivas y poblacionales que pueden incidir en el funcionamiento de la población. La rehabilitación en salud se fundamenta en el marco conceptual de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud -GIF. 7.

Servicios de rehabilitación en salud: servicios donde confluyen las intervenciones. tecnologías y profesionales para promover, mejorar o conservar la salud, buscando alcanzar y mantener el mejor funcionamiento humano posible. Se reconocen como servicios de rehabilitación en salud los servicios de fisioterapia, fonoaudiologia, terapia ocupacional. terapia respiratoria, psicología, optometría, y las especialidades de medicina física y rehabilitación y psiquiatría. Otros servicios de salud que son complementarios y aportan a la integralidad de las intervenciones de rehabilitación en salud son medicina general, enfermería, odontología, nutrición, otras especialidades médicas, entre otros. 8.

Talento Humano en Salud que aporta a los procesos de rehabilitación en salud: Corresponde a los profesionales que realizan intervenciones complementarias y aportan a la integralidad del proceso de rehabilitación en salud, tal como: medicina general, enfermería, odontología, nutrición, otras especialidades médicas u otros posgrados en salud, entre otros.

CAPÍTULO II Gobernanza y gobernabilldad en rehabilitación en salud Artículo 5. Desarrollo de capacidades para la gobernanza y gobernabílidad en rehabilitación en salud. Las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal orientarán acciones para el desarrollo de capacidades de liderazgo y coordinación del proceso de fortalecimiento de la rehabilitación en salud.

Realizarán asistencias técnicas con los actores del sistema de salud presentes en su territorio y posicionarán la rehabilitación en salud en los espacios intersectoriales/transectoriales existentes para la adecuada implementación de los lineamientos adoptados mediante la presente resolución y, desarrollarán los espacios de participación social en salud para garantizar el diálogo, la coordinación, la concertación y la toma de decisiones colectivas con los diferentes actores sociales y comunitarios, frente al proceso de fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el territorio. r®^lhtacion en salud de"‘ro de la planeación integral territorial en ent":ia,des territor|ates del orden departamental, distrital y municipal nnhifr d ^7 ln,e9rar el análisis de necesidades de rehabilitación en salud de Psu población en el territorio como parte de la actualización del Análisis de Situación de Salud ! RESOLUCIÓN NÚMERO J900178 8 DE 0 4 SEP 2025 PÁGINAS Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud ". participativo -ASIS.

Asi mismo, será necesario que dentro del proceso de construcción y/o la implementación del Plan Territorial de Salud -PTS- vigente, se incluyan las acciones para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud conforme a la priorización del ASIS, a las particularidades y necesidades del territorio y a los recursos disponibles. Las entidades territoriales deberán propender por respuestas integrales a las necesidades de salud en el territorio, promoviendo el trabajo articulado con otros sectores e incluyendo cuando sea necesario acciones para orientar políticas, planes y programas que pongan en el centro la salud de las personas y su funcionamiento.

Articulo 7. Articulación intersectorial con otras políticas y programas para garantizar la rehabilitación en salud. Las entidades departamentales, distritales y municipales deberán armonizar el presente lineamiento con las acciones de gestión territorial integral en salud pública, las políticas y los programas existentes en el marco de los enfoques territorial, diferencial, poblacional e interseccional.

Parágrafo. Las EPS o quien haga sus veces, articularán lo dispuesto en la presente resolución y su anexo técnico con las normas vigentes para el proceso de Rehabilitación Laboral y Ocupacional que se expidan para el efecto, en el marco del Sistema de Seguridad Social Integral garantizando la integralidad y continuidad en la atención en salud, independiente del origen de la condición de salud (común o laboral).

Articulo 8. Planificación y gestión para la disponibilidad y distribución del talento humano en salud para la prestación de servicios de rehabilitación en salud en los territorios. Las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal en coordinación con las EPS o quien haga sus veces y los prestadores de servicios de salud implementarán y fortalecerán el proceso de planificación y gestión de talento humano en salud como parte de la gestión territorial integral de la salud pública, con acciones tendientes a mejorar la disponibilidad y distribución del talento humano requerido para la prestación de servicios de rehabilitación en salud en su jurisdicción. Lo anterior alineado con las orientaciones de planeación integral en salud y considerando el análisis participativo de situación de salud.

CAPITULO III Prestación de servicios de rehabilitación en salud Artículo 9. Organización de la rehabilitación en salud en el marco de la prestación de servicios de salud. Las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal en coordinación con las entidades promotoras de salud o quien haga sus veces garantizarán la prestación de servicios de rehabilitación en salud conforme con la organización de las redes integrales e integradas de servicios de salud, en todos los niveles de atención a través de prestadores que oferten servicios de salud de baja, mediana y alta complejidad, buscando la accesibilidad, continuidad e integralidad de las atenciones de rehabilitación en salud para la población de sus territorios.

La atención de rehabilitación en salud deberá realizarse a través de prestadores ubicados lo más cercano posible al lugar de residencia reportada por la persona afiliada ante las EPS o quien haga sus veces. Articulo 10. Fortalecimiento para la prestación de los servicios de rehabilitación en salud. Las EPS o quien haga sus veces deberán ampliar su oferta de servicios de rehabilitación en salud, a través de sus prestadores de servicios de salud, de acuerdo con las necesidades de la población que atienden y la complejidad de los servicios que prestan, para mejorar el acceso y la integralidad de la atención, con la habilitación de nuevos servicios o a través de su habilitación en las diferentes modalidades, según lo establecido en la Resolución 3100 de 2019, y en la Resolución 2654 de 2019 para la prestación de servicios a través de la modalidad de telesalud, o aquellas normas que las modifiquen o sustituyan.

RESOLUCIÓN NÚMERO J030178 8 DE 04 SEP 2025- PÁGINA 7 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan los linoamientos léemeos y operativos pan) el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho'fundamental a la salud ". Artículo 11. Implementación del ciclo de rehabilitación en salud. El ciclo de rehabilitación en salud será garantizado por las EPS o quien haga sus veces a través de sus prestadores de servicios de salud, generando los mecanismos que se requieran para evitar la interrupción del ciclo de rehabilitación en salud por parte de su red de prestadores, garantizando que a través de los procesos de auditoría se asegure el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución. Artículo 12.

Prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de las ayudas técnicas en la prestación de servicios de salud. Las acciones de prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de las ayudas técnicas hacen parte integral del ciclo de rehabilitación en salud, y serán desarrolladas por los profesionales de salud a cargo, conforme con las competencias de su ejercicio profesional y teniendo en cuenta las necesidades de rehabilitación en salud de la persona.

Parágrafo. Las acciones de prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de las ayudas técnicas en casos de accidentes de trabajo y enfermedad laboral serán provistas por las Administradoras de Riesgos Laborales en los términos establecidos en el Decreto Ley 1295 de 1994 y la Ley 776 de 2002, Ley 1562 de 2012. y demás normas que los modifiquen o sustituyan.

Artículo 13. Responsabilidades de los prestadores de servicios de salud y las EPS. Además de las obligaciones ya establecidas en la presente resolución, de manera coordinada los prestadores de servicios de salud y las EPS deberán: 1. Organizar la prestación de servicios de rehabilitación en salud de acuerdo con la caracterización del riesgo en salud de la población que atienden, las características sociales, culturales y lingüísticas, e incluir medidas de adaptabilidad en los procesos asistenciales, administrativos y de apoyo, para poblaciones diferenciales por razón de género, discapacidad, pertenencia étnica, victima de conflicto, entre otras, de acuerdo con lo establecido en el anexo técnico de la presente resolución y demás orientaciones que brinde el Ministerio de Salud y Protección Social. 2.

Fortalecer sus sistemas de información con la integración de información sobre la atención prestada en los servicios de rehabilitación en salud, para orientar la gestión de estos servicios y aportar a los procesos de monitoreo y evaluación referenciados en el anexo técnico de la presente resolución. CAPITULO IV Talento humano en salud para la rehabilitación en salud Artículo 14.

Formación continua o educación permanente del talento humano en salud para la rehabilitación en salud. Los prestadores de servicios de salud que oferten servicios de rehabilitación en salud deberán financiar y planificar los procesos de formación continua o educación permanente en salud en los Planes Institucionales de Capacitación, de acuerdo con el marco normativo vigente para el desarrollo y fortalecimiento de competencias orientadas a la prestación de servicios de rehabilitación en salud, con énfasis en la práctica colaborativa, multidisciplinar y bajo las orientaciones conceptuales del funcionamiento humano. De no existir oferta de instituciones educativas en el territorio, los mismos prestadores con articulación de las entidades territoriales del nivel departamenta! y distrital podrán realizarlo teniendo en cuenta las orientaciones establecidas en el anexo técnico de esta resolución. RESOLUCIÓN NÚMERO j jOQl?8 8 DE Q 4 SEP 2025~ PÁGINA g prestadores de servicios de salud, contribuyendo a la formación en territorio del talento humano en salud para la rehabilitación en salud.

Artículo 16. Promoción del servicio Social Obligatorio en servicios de rehabilitación en salud. El Ministerio de Salud y Protección Social promoverá estrategias para la creación de plazas de servicio social obligatorio de profesionales de la salud en servicios de rehabilitación en salud, con el objeto de fortalecer y cualificar los servicios, de acuerdo con la normativa vigente.

Artículo 17. Condiciones de trabajo digno y decente para el talento humano en salud para la rehabilitación en salud. El Ministerio de Salud y Protección Social promoverá la implementación de la Política Pública de Talento Humano en Salud, de acuerdo con las disposiciones normativas vigentes. CAPITULO V Disposiciones finales Artículo 18. Financiamiento para la rehabilitación en salud.

Los servicios y tecnologías en salud que hacen parte del Plan de Beneficios en Salud requeridos para la rehabilitación en salud serán financiados con los recursos del sistema de salud destinados para el aseguramiento, administrados por la ADRES, de acuerdo con los usos señalados por la norma. Las intervenciones colectivas y procesos de gestión de la salud pública que aportan a la rehabilitación en salud serán financiados por las entidades territoriales con recursos del Sistema General de Participaciones -SGP del subcomponente de salud pública, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.

El Ministerio de Salud y Protección podrá cofinanciar proyectos de inversión para el fortalecimiento de la rehabilitación, en los términos definidos en el anexo técnico, que hace parte integral de ¡a presente resolución, de acuerdo con la disponibilidad de recursos. Los eventos derivados de accidente de trabajo o enfermedad laboral serán financiados por el Sistema General de Riegos Laborales de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.

Los eventos derivados de accidentes de tránsito serán financiados por las compañías de seguros que administren el Seguro Obligatorio de Accidentes de TránsitoAseguradoras del ramo SOAT o la ADRES según corresponda, de conformidad con el régimen jurídico vigente. Las entidades territoriales podrán gestionar otras fuentes de financiación para el desarrollo de acciones orientadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud en sus territorios, en los términos definidos en el anexo técnico, que hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo.

Las ayudas técnicas financiadas con cargo a la UPC, corresponden a las señaladas en el artículo 55 de la Resolución 2718 de 2024 y aquellas normas que la modifiquen o sustituyan. Artículo 19. Información, monitoreo y evaluación para la rehabilitación en salud. Las autoridades sanitarias departamentales, distritales y municipales coordinarán los mecanismos de reporte de información de los diferentes actores del sistema de salud que tienen responsabilidades relacionadas con la recolección, uso y análisis de información para la rehabilitación en salud.

Así mismo, dicha información aportará para la evaluación de los indicadores de rehabilitación en salud a nivel nacional. Este Ministerio brindará asistencia técnica a las entidades territoriales para garantizar la calidad de la información RESOLUCIÓN NÚMERO J3Í10178 8 DE D4 SEP 2025 - -; PÁGINA 9 Continuación de la resolución: ’Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". y establecerá las orientaciones para el desarrollo del monitoreo y evaluación, mediante metodologías, instrumentos y flujos de información que serán operados desde el nivel nacional y territorial.

Artículo 20. Los regímenes Especial y de Excepción. Los regímenes Especial y de Excepción de acuerdo con artículo 279 de Ley 100 de 1993, así como el Fondo Nacional de Salud para la población privada de la libertad conforme lo dispuesto en la Ley 1709 de 2014, podrán tener en cuenta las disposiciones contenidas en el presente acto administrativo y realizar las respectivas gestiones, así como la apropiación de los recursos dispuestos para tal fin.

Artículo 21. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los M SEP 2025 Aprobó: GUILLERMO ¿jLFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social í J Director de Prestación de Servicios y Atención PrimariaTft X/ Director Desarrollo del Talento Humano en Directora de Promoción y Prevención (E).

Directora de Medicamentos y Tecnologías en Salud, ¡ — ■ | /Z Director de Regulación de la Operación del Aseguramiento cn^alud. Riesgos Laborales^ Pensiones.|¿>^z Director de Financiamiento SectoihrSü) u Director de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud Va. Bo.: Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios. ///? Viceministro de Protección Social, jy S Director Jurídico (E) Rodolfo Salas Figueroa^ '-’x CxV7,/í • 1 - ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO -¡0'301788 de 04 $Ep2025 PÁGINA1 Lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud 1.

Objetivos 1.1. 1.2. 2 2 2 Objetivo general Objetivos específicos 2. Población sujeto 2 3. Situación de la rehabilitación en salud en Colombia 3.1. Identificación del problema.2. Diagnóstico situacional 2 4 4. Marco conceptual 4.1. Rehabilitación en salud 4.2. Funcionamiento humano 4.3. Atención Primaria en Salud - APS 4.4. Gobernanza y gobernabilidad enrehabilitación en salud 4.5.

Organización de la rehabilitación en salud en el marco de la prestación de servicios de salud 8 5. Elementos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el sistema de salud colombiano 5.1. Gobernanza y gobernabilidad en rehabilitación en salud salud 5.2. Prestación de servicios de rehabilitación en salud 5.3. Talento humano en salud para la rehabilitación en salud salud 5.4 5.5.

Información, Información, monitoreo monitoreo vy evaluación evaluación para para la la rehabilitación rehabilitación en en salud salud 6. Referencias 40 SIGLAS ADRES: Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud APS: Atención Primaria en Salud ASIS: Análisis de Situación de Salud IPS: Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud INS: Instituto Nacional de Salud MSPS: Ministerio de Salud y Protección Social OIM: Organización Internacional para las Migraciones OMS: Organización Mundial de la Salud PAPSIVI: Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas PDET: Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial PDSP: Plan Decenal de Salud Pública PSPIC: Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas RBC: Rehabilitación Basada en la Comunidad REPS: Registro de Especial de Prestadores de Servicios de Salud RETHUS: Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JÜÜ0178 8 DE 0 4 SEP 2025c PÁGINA 2 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”.

RIPS: Registros Individuales de Prestación de Servicios SGP: Sistema General de Participaciones SISPRO: Sistema Integrado de Información de la Protección Social SIVIGILA: Sistema de Vigilancia en Salud Pública SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOGCS: Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud USAID: Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional UPC: Unidad de Pago por Capitación WHO: World Health Organization 1.

Objetivos 1.1. Objetivo general Brindar las orientaciones técnicas y operativas a los actores del sistema de salud para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud, con el fin de favorecer el acceso equitativo de la población en los territorios del país. 1.2. Objetivos específicos Reconocer los elementos conceptuales que orientan el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del sistema de salud.

Guiar a los actores del sistema de salud sobre las acciones a llevar a cabo para fortalecer la rehabilitación en salud a partir de orientaciones para la mejora de la gobernanza, la prestación de servicios, el talento humano en salud, el financiamiento y la información y monitoreo. 2. Población sujeto La rehabilitación en salud está dirigida a todas las personas que presentan condiciones de salud, que pueden generar necesidades de rehabilitación en salud relacionadas con diversos estados de alteración del funcionamiento humano de tipo transitorio o permanente, y que al ser intervenidas pueden generar beneficios.

Estas condiciones de salud se refieren a enfermedades (agudas o crónicas), trastornos, lesiones o traumatismos, u otras circunstancias como el embarazo, el envejecimiento, el estrés, una anomalía congénita o predisposición genética, entre otras. La población con mayor necesidad de rehabilitación en salud corresponde a quienes tienen trastornos musculoesqueléticos, desórdenes neurológicos, deficiencias sensoriales, desórdenes mentales, enfermedades respiratorias crónicas, enfermedades cardiovasculares y neoplasias.

No obstante, existen otras condiciones de salud o riesgos para el funcionamiento humano que deben beneficiarse de la rehabilitación en salud, los cuales serán reconocidos en la identificación de necesidades de rehabilitación en salud en los territorios, en coherencia con los procesos de Planeación Integral para la Salud. 3. Situación de la rehabilitación en salud en Colombia 3.1.

Identificación del problema De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud -OMS la rehabilitación es un servicio de salud esencial, hace parte de la cobertura universal en salud y es fundamental en el abordaje del espectro completo de las necesidades de salud de una población (OMS, 2020). No obstante, en la actualidad no está efectivamente integrada en los sistemas de salud en muchas partes del mundo y tampoco ha sido una prioridad para muchos gobiernos, lo que se puede evidenciar en los limitados recursos para su financiación, la inadecuada disponibilidad de talento humano en salud, la escasa información disponible sobre la rehabilitación, la ausencia de estructuras de gobernanza para la rehabilitación dentro de los ministerios encargados de su liderazgo, entre otros limitantes (OMS, 2020) (World Health Organization [WHO], 2017).

ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J030178 8 DE 0 4 SEP 2025* PÁGINA 3 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". Particularmente, el sistema de salud colombiano enfrenta enormes desafíos para avanzar hacia el fortalecimiento del sistema en general, y de los servicios de rehabilitación en salud en particular.

En este sentido, uno de los principales desafíos tiene que ver con la consolidación de una gobernanza en salud sólida que permita el cumplimiento de los propósitos del sistema. Lo anterior, teniendo en cuenta que, a pesar de los esfuerzos por fortalecer la función de rectoría en el sistema, se evidencia desfavorable desempeño para Colombia en ciertas dimensiones de la gobernanza como, por ejemplo, la rendición de cuentas o el control de la corrupción (Restrepo & Zapata, 2021).

Lo anterior, ha estado mediado por factores como la fragmentación de responsabilidades y competencias, la interferencia de intereses particulares clientelares en la elaboración e implementación de la normatividad, falta de control social, entre otros, que se presentan en todos los niveles de gestión (Roth & Molina, 2013). Frente a la gobernanza para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud se precisa que en Colombia no ha existido una legislación, política o plan estratégico que pueda movilizar apoyo suficiente para garantizar acceso equitativo, ni está claramente establecida una estructura de gobierno que direccione, coordine o brinde apoyo técnico específico sobre la rehabilitación en salud.

Por otro lado, si bien se reconocen enfoques específicos que han fomentado acciones para garantizar la rehabilitación como una cuestión de derechos humanos y equidad en población con discapacidad y de las victimas del conflicto armado, es necesario avanzar en el reconocimiento y garantía de la rehabilitación en salud para toda la población, pues son servicios que hacen parte de la atención integral y necesarios en múltiples condiciones de salud.

Para que esto sea posible se debe fortalecer la capacidad de liderazgo y coordinación de las autoridades sanitarias. Otro de los grandes desafíos que enfrenta el sistema de salud se relaciona con el financiamiento, considerando que en el país existen grandes limitaciones económicas y sociales en los presupuestos públicos, y desajustes entre necesidades y recursos del sistema (Arango, Botero, Gallo & Meló, 2023).

En el marco del mecanismo de aseguramiento, en los servicios y tecnologías en salud con cargo a recursos de Unidad de Pago por Capitación (UPC) se encuentran cubiertas los procedimientos para la prestación de servicios de rehabilitación en salud (Ministerio de Salud y Protección Social [MSPS], 2023d). No obstante, el desconocimiento frente al alcance de los servicios de rehabilitación en salud, la falta de contratación, las barreras administrativas, entre otras, han condicionado el acceso efectivo de la población, llevando a que quienes han tenido la necesidad de acudir a estos servicios, deban recurrir a gastos de bolsillo.

Aunque no se cuenta con datos específicos para Colombia, se ha documentado que en países de ingresos bajos y medianos las personas experimentan costos elevados porque los servicios de rehabilitación en salud son limitados en las ciudades intermedias, las zonas rurales o remotas. De igual manera, aunque no se disponen de estimaciones fiables y comparables de los gastos directos para la rehabilitación en salud a nivel mundial, evaluaciones de la situación indican que los gastos directos son la fuente dominante de financiación en muchos países (QMS, 2023b).

Con relación a la prestación de servicios de rehabilitación en salud, de acuerdo con el Registro de Especial de Prestadores de Servicios de Salud -REPS en Colombia la mayoría de estos servicios se encuentran en prestadores privados y concentrados en las grandes ciudades. La oferta en Empresas Sociales del Estado -ESE y particularmente en las de primer nivel de atención que garantizan atención a la población en la mayoría de los municipios categoría 4, 5 y 6 del país, es casi inexistente.

Así, por ejemplo, de 10.262 servicios de psicología habilitados, el 11,4% están habilitados en ESE, y solo el 9,0% en ESE de primer nivel; en el caso de servicios de fisioterapia, de 6254 habilitados en el país solo 561 (8,9%) están habilitados en ESE, y escasamente el 6,1% en ESE de primer nivel (MSPS, 2023b). Este comportamiento es similar para los demás servicios del grupo de rehabilitación en salud (terapia ocupacional, fonoaudiología, optometría), encontrando una concentración de estos servicios en solo la mitad del total de departamentos del país. Además, es importante señalar que la oferta basada en criterios de habilitación en REPS no es una expresión de disponibilidad real, dado que no todos los servicios habilitados se prestan.

Las barreras de acceso a los servicios de rehabilitación en salud en el territorio nacional han sido poco documentadas, sin embargo, en un Estudio de Necesidades de Rehabilitación realizado en municipios categorías 4,5 y 6 por la Organización Internacional para las Migraciones en asocio con diferentes universidades del país, se evidenciaron barreras para acceder a los servicios de rehabilitación en salud, relacionadas con trámites administrativos, así como condiciones geográficas y socioeconómicas en la población que limitan las posibilidades de acceso (Organización Internacional para las Migraciones [OIM], 2021).

Estos hallazgos dan cuenta de la necesidad de analizar la distribución de los servicios en el país desde una perspectiva territorial, considerando las desigualdades y las falencias en la capacidad instalada en muchos hospitales de municipios con condiciones sociales adversas, pues se consolida en una barrera de acceso que determina los resultados en salud de estas poblaciones.

Con relación al talento humano en salud para la rehabilitación en salud, de acuerdo con datos del Observatorio de Talento Humano en Salud -OTHS, en Colombia para el 2023 se contaba con una ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JJ301788 DE 04 SEP 2025: PÁGINA 4 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Porta cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". densidad por cada 10.000 habitantes de 17,33 profesionales de psicología, 6,53 fisioterapeutas, 1,80 profesionales de fonoaudiología, 1,20 optómetras, 1,10 terapeutas ocupacionales y 0,12 especialistas en medicina física y rehabilitación (MSPS, 2023).

En términos de condiciones laborales del talento humano en salud para la rehabilitación se encuentran ingresos básicos de cotización -IBC por debajo de otras profesiones de la salud, como se evidencia en los Indicadores Básicos de Talento Humano en Salud del OTHS. También se encuentran desigualdades en la distribución del talento humano en salud en el país, evidenciando que hay concentración del número de profesionales en Bogotá, y en los departamentos de Antioquia y Valle del Cauca (MSPS, 2023).

Por otra parte, se evidencia una falta de identificación de necesidades de rehabilitación en salud, debido a la carencia de investigación y fuentes de datos. La limitada información en los datos disponibles, extraídos principalmente de encuestas específicas de discapacidad, pone de manifiesto la discrepancia entre la creciente necesidad de rehabilitación en salud en todo el mundo y la poca prestación del servicio (Kamenov, Mills, Chatria, & Cieza, 2019).

Particularmente, en Colombia la limitada información que dé cuenta de la situación de la rehabilitación en salud y la falta de capacidades para la utilización de información de los sistemas de información se convierte en un obstáculo, pues esta es necesaria para la toma de decisiones y el fortalecimiento de la rehabilitación en salud. En síntesis, aún son insuficientes las acciones para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco de los sistemas de salud en muchos países, incluido Colombia.

La falta de reconocimiento respecto a su importancia se convierte en un obstáculo para una mayor inversión en la fuerza de trabajo e infraestructura de los servicios de rehabilitación en salud, y mayor liderazgo (OMS, 2017). En este sentido se identifican retos importantes para el desarrollo de estos servicios en Colombia considerando su estado actual, así como diversos factores relacionados con las características del sistema de salud colombiano y del contexto social, económico y político que inciden sobre este proceso.

Además, el énfasis del sistema de salud en acciones curativas y del predominio de un modelo médico en la rehabilitación en salud, ha sido barrera para la comprensión de las necesidades de rehabilitación en salud desde un modelo de funcionamiento humano y de la necesidad de la integralidad e intersectorialidad en el abordaje de estas necesidades. 3.2.

Diagnóstico situacional Los cambios en las tendencias demográficas y de salud como son el aumento de la esperanza de vida y el crecimiento de la población mayor, el aumento de la prevalencia de enfermedades no transmisibles y el aumento del número de personas que viven con consecuencias de lesiones o traumas suponen un crecimiento de la población que demandará de servicios de salud en general y, específicamente, de la atención por servicios de rehabilitación en salud para la recuperación o mantenimiento de sus capacidades físicas, mentales y sociales (WHO, 2017).

Se ha identificado que hasta una de cada tres personas en todo el mundo experimenta una condición de salud a lo largo de su vida que se beneficiaría de los servicios de rehabilitación en salud. En la región de las Américas se estima que 310 millones de personas experimentan condiciones que pueden beneficiarse de estos servicios (Institute for Health Metrics and Evaluation, 2021).

En un marco general, las necesidades de rehabilitación en salud hacen referencia a aquellas condiciones de salud que pueden comprometer el funcionamiento humano y que, al ser intervenidas desde la rehabilitación en salud, pueden lograr beneficios como recuperar, mejorar o mantener la independencia funcional y favorecer la participación en las diferentes esferas de la vida (Kamenov, Mills, Chatria & Cieza, 2019;

Cieza, 2020). Estas condiciones pueden ser afecciones, lesiones, traumatismos, enfermedades agudas o crónicas que tienen un impacto en el funcionamiento y que, de no atenderse de forma integral y temprana, pueden ser altamente discapacitantes. Se considera que, aunque sólo sea brevemente, de forma prolongada o de por vida, esta característica está relacionada con medidas como años vividos con discapacidad a partir de estudios globales de carga de la enfermedad (Jesús et al., 2019;

Kamenov et al., 2019; Cieza et al., 2020). De acuerdo con un estudio de la OMS sobre necesidades de rehabilitación en salud, Colombia se encuentra en el quintil 4 de los países de las Américas con mayor demanda o necesidad. Esto quiere decir que pertenece al grupo entre el 61% y 80% de los países con mayor demanda de rehabilitación en salud, siendo el dolor lumbar la afectación más común en el país, que se encuentra en el quintil 5 de las Américas, después de Estados Unidos y Canadá. Con relación a las enfermedades que derivan en necesidades de rehabilitación en salud, se destacan los trastornos musculoesqueléticos, deficiencias sensoriales y enfermedades respiratorias crónicas (MSPS, 2024a).

Teniendo en cuenta las múltiples condiciones de salud que podrían necesitar servicios de rehabilitación en salud, en la Tabla 1 se presentan unos datos relevantes sobre prevalencias e incidencias de causas de morbilidad y mortalidad registradas a nivel nacional, que pueden dar cuenta del panorama frente a ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO 33001788 DE 04 SEP 2025" PÁGINA 5 Continuación Anexo Técnico de la resolución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”. posibles necesidades insatisfechas en términos de alteraciones en el funcionamiento humano y acceso a rehabilitación en salud.

Sin embargo, se reiteraJa importancia de la rehabilitación como un servicio de salud esencial en cualquier condición de s^lüd'que genere alteración del funcionamiento de forma transitoria o permanente, en todo el curso de vida, en estados agudos, subagudos o crónicos, dado su evidencia científica e impacto en resultados de salud. Tabla 1.

Datos estadísticos de condiciones de salud más frecuentes que pueden beneficiarse de los servicios de rehabilitación en salud Condición de salud Hipertensión arterial Enfermedades cerebrovasculares Enfermedades isquémicas del corazón Enfermedades Crónicas No Transmisibles ENT Diabetes Mellitus Enfermedad pulmonar obstructiva crónica Obesidad Cáncer Enfermedades de estructuras del ojo Enfermedades huérfanas Enfermedades y/o trastornos asociados a la salud mental Enfermedades Transmisibles ET Enfermedades de los ojos y sus anexos Síndrome de Guillain Barré, esclerosis múltiple y enfermedad de Von Willebrand Enfermedades y/o trastornos asociados a la salud mental Virus de Inmunodeficiencia Humana -VIH / Síndrome de Inmunodeficiencia Humana Adquirida SIDA COVID-19 Lesiones de causa externa Lesiones no fatales Datos estadísticos Prevalencia de 8.75 por 100 afiliados al SGSSS en personas de 18 a 69 años en el año 2021 (MSPS, 2023). _______ __ __________ _ __________ Segunda causa de mortalidad en el 2022 (MSPS, 2023).

Sobrevivientes con secuelas en el funcionamiento.______________________________ Primera causa de mortalidad en 2022 (MSPS, 2023). Años de Vida Ajustados por Discapacidad 1.327,7 por 100.000 habitantes en 2019 (OPS, 2023). Prevalencia en servicios de salud de 2,94 por cada 100 afiliados en personas de 18 a 69 años (MSPS, 2023)._____________________________________ Prevalencia en mujeres de 3,3% y en hombres de 4,1% (Instituto Nacional de Salud [INS], 2015).

Prevalencia de 17,1% a 33,7% de 2016 a 2019 (INS, 2022)._____________________________________ Incidencia estimada de 182 por 100.000 habitantes y mortalidad cercana a 84 por 100.000 habitantes (Observatorio Nacional de Cáncer, 2021)._________ Representan el 5,43% de la morbilidad atendida por enfermedades no transmisibles para el periodo de 2009 a 2014 (MSPS, 2016).

Prevalencia por 100.000 habitantes: Guillain Barré 2,0; Esclerosis múltiple 1,9; Von Willebran 1,4. (INS, 2019) Consultas realizadas por salud mental en 2021, 7.740.317 comparadas con 1.084.489 en 2009. Número de atenciones en 2021 para los trastornos mentales y del comportamiento debido al uso de sustancias psicoactivas en hombres fue de 2.704.103, en mujeres 716.621 (MSPS, 2023a).

En 2022, la incidencia por 100.000 habitantes fue de 25,31; la prevalencia 0,30 por 100 habitantes y mortalidad 4,11 por 100.000 habitantes (CAC, 2023). En 2021, la prevalencia entre los 15 y 49 años fue de 0,42 por 100 habitantes (MSPS, 2023a). De 2019 a junio 7 de 2023 6.373.639 casos confirmados y 142.780 muertes (INS, 2023). En 2021, se realizaron 169.164 valoraciones medicolegales por lesiones no fatales de causa externa, con una tasa de 408,76 por 100.000 habitantes. 218.081 años de vida saludable por lesiones no fatales de causa externa, 54,4% en mujeres y 45,6% en hombres (Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, 2022) ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JÚÜ01788 DE 0 4 SEP 2025 PÁGINA 6 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”.

Condición de salud Datos estadísticos Entre 2006 y 23 de mayo de 2023 se han registrado 12.352 víctimas por MAR y MUSE. Lesiones por Minas En 498 municipios de los 32 departamentos del país Antipersonal -MAP y se han presentado accidentes por MAR y MUSE. Los Municiones Sin 5 departamentos con mayor número de víctimas son; Explotar -MUSE Antioquia, Meta, Nariño, Norte de Santander y Caquetá. En los civiles el grupo demográfico más afectado es el de hombres mayores de edad 65,59%, seguido de niños y adolescentes 20,18%, mujeres mayores de edad 7,63%, y niñas y adolescentes 5,77% (Presidencia de la República, 2023).________ Enfermedades En 2020 la tasa de enfermedades calificadas como laborales laborales fue de 487,14 por 100.000.

Enfermedades En 2022 se reportaron 32.412 enfermedades de origen laboral laborales (MSPS, 2023a).______________________ y accidentes de Accidentes de trabajo En 2023 una tasa de 4,65 por 100.000 (MSPS, trabajo 2023e) En 2023 se reportaron 563.764 (MSPS, 2023e). Nota. Elaboración propia a partir de distintas fuentes las cuales son referenciadas en cada condición. 4.

Marco conceptual A continuación, se presentan los referentes conceptuales para la comprensión del alcance de la rehabilitación en salud en el sistema de salud en Colombia. Este marco acoge las orientaciones de la Resolución 76.6 de la Asamblea Mundial de Salud (QMS, 2023a), relacionada con el fortalecimiento de la rehabilitación en los sistemas de salud (WHO, 2023a;

WHO, 2023b) y, desde el nivel nacional, los elementos conceptuales y estratégicos dispuestos en el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 y el Modelo de Salud Preventivo y Predictive (MSPS, 2023). 4.1. Rehabilitación en salud La rehabilitación en salud implica un conjunto de intervenciones en salud diseñadas para optimizar el funcionamiento humano de personas que presentan condiciones de salud.

Las condiciones de salud que aborda la rehabilitación en salud incluyen enfermedades (agudas o crónicas), trastornos, lesiones o traumatismos, y circunstancias como el embarazo, el envejecimiento, el estrés, anomalías congénitas o predisposiciones genéticas, entre otras (WHO, 2018). De esta manera, la rehabilitación en salud se centra en mejorar las capacidades de las personas, al momento de interactuar con sus entornos, es decir los contextos físicos, sociales y culturales en los que viven las personas y desarrollan sus vidas, buscando su máxima participación, con un importante énfasis en su educación y empoderamiento, para que manejen su propia salud, se adapten a su situación y permanezcan lo más independientes y activas posible (OMS, 2020).

La acción temprana de la rehabilitación en salud permite prevenir y mitigar riesgos de complicaciones en la salud, maximizar la efectividad de intervenciones médicas y quirúrgicas y acelerar la recuperación (WHO, 2018). La rehabilitación en salud se desarrolla mediante la planeación e implementación de intervenciones individuales, y plantea la articulación y coordinación con intervenciones colectivas orientadas a potenciar el desempeño de las personas en la realización de las actividades de la vida diaria, y con acciones intersectoriales que favorezcan la participación social.

La rehabilitación en salud se implementa en servicios de rehabilitación en salud en los cuales confluyen intervenciones, tecnologías y profesionales capacitados para desarrollar acciones que permitan alcanzar o mantener el óptimo funcionamiento humano, e incluye los servicios de fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, terapia respiratoria, psicología, optometría, y las especialidades médicas de medicina de rehabilitación y psiquiatría. Otros servicios de salud que son complementarios y aportan a la integralidad de las intervenciones de rehabilitación en salud y al estar articulados con estos mejoran el funcionamiento de las personas son medicina general, enfermería, odontología, nutrición, otras especialidades médicas, entre otros. 4.2.

Funcionamiento humano El funcionamiento humano es el fundamento de la rehabilitación en salud; reconoce las interacciones dinámicas de las condiciones de salud con los factores contextúales, de las que dependen el desempeño en las actividades de la vida diaria y la participación social, y, que generan o pueden resultar en alteraciones (Stucki, Cieza & Melvin, 2007).

Bajo la perspectiva de la Clasificación ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO ¿0301788 de 04 SEP 2025^ PÁGINA 7 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud’’. Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud -GIF, publicada por la QMS en 2001, el proceso de funcionamiento y discapacidad resulta de la interacción de las condiciones de salud, con las estructuras y funciones corporales incluidas las funciones psicológicas, las actividades y la participación, y los factores contextúales qué incluyen factores ambientales (ambiente físico, social y cultural) y personales (características de la persona).

La ausencia o alteración en las estructuras y funciones corporales conduce a las deficiencias, que pueden ser de carácter transitorio o permanente, regresivo o progresivo; las dificultades en las actividades que realiza la persona, ubicadas en el nivel del desempeño individual, conducen a las limitaciones en las actividades; y las dificultades en la participación de la persona en su entorno, generan las restricciones en la participación (QMS, 2001).

Sobre el componente de factores contextúales, es preciso aclarar que estos pueden tener un efecto facilitador o de barrera en el desempeño de la persona, y que entre estos se encuentran los servicios, sistemas y políticas sanitarias y, por ende, los servicios de rehabilitación en salud. Las alteraciones e interacciones entre los componentes del funcionamiento pueden dar lugar a la discapacidad.

Es importante señalar que ninguno de los componentes actúa de forma aislada, sino que establecen relaciones entre sí, y son estas relaciones las que determinan los niveles de funcionamiento de las personas al interrelacionarse con los factores contextúales. Es de anotar que el funcionamiento humano reconoce la importancia de las dimensiones biológica, psicológica y social en el abordaje del ser humano con condiciones de salud; es decir, acoge la mirada holistica propuesta por el modelo biopsicosocial (QMS, 2001).

En términos prácticos, la rehabilitación bajo el funcionamiento humano implica el desarrollo de acciones con una perspectiva biopsicosocial, orientadas al abordaje integral de los cambios en las funciones y estructuras corporales, las limitaciones en las actividades y las restricciones en la participación social, asi como el reconocimiento de los factores personales y ambientales que determinan los resultados en la salud y en el funcionamiento.

Todo ello con el fin de que las personas puedan permanecer lo más independientes y activas posible para favorecer su participación y lograr la reducción de las desigualdades sociales en salud. 4.3. Atención Primaría en Salud - APS De acuerdo con la Ley 1438 de 2011, la APS se define como “la estrategia de coordinación intersectorial que permite la atención integral e integrada, desde la salud pública, la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación del paciente en todos los niveles de complejidad a fin de garantizar un mayor nivel de bienestar en los usuarios, sin perjuicio de las competencias legales de cada uno de los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud” (Congreso de Colombia, 2011, p.6).

Teniendo en cuenta que la APS busca evitar la fragmentación asistencial y que la rehabilitación en salud es un componente de la atención integral, se hace necesario que, en el marco de esta estrategia y desde la perspectiva del derecho a la salud, a las personas como sujetos de derecho se les garantice el acceso a servicios en salud de acuerdo con sus necesidades específicas y considerando las diferencias poblacionales y territoriales.

Lo anterior, bajo un contexto de integralidad que comprende la prestación de servicios individuales, incluidos los servicios de rehabilitación en salud, así como las intervenciones colectivas, propias de las obligaciones del Estado en lo que concierne a la Salud Pública (MSPS, 2016a). La reorientación de los servicios de salud basada en APS exige el fortalecimiento del primer nivel de atención, lo que implica la generación de capacidades para la identificación y manejo de la mayoría de los problemas en salud, incluyendo la identificación de alteraciones en el funcionamiento humano. También, en el nivel primario es donde se produce el cumplimiento de los planes de tratamiento y se garantiza una atención integral a lo largo del curso de vida, lo que repercute positivamente en el funcionamiento y la calidad de vida.

La rehabilitación en salud en la atención primaria puede reducir la prevalencia y minimizar los efectos incapacitantes de las enfermedades crónicas, las consecuencias de lesiones y traumas y puede optimizar los resultados de otros tipos de intervenciones de salud (médicas y quirúrgicas) facilitando la continuidad de la atención que apoya la recuperación total (WHO, 4.4.

Gobernanza y gobernabilidad en rehabilitación en salud La gobernanza y gobernabilidad en rehabilitación en salud implican el reconocimiento por parte de las autoridades sanitarias de los resultados en salud y los beneficios sociales de la rehabilitación en salud. Para su consolidación es necesario considerar aspectos como: a) políticas, planes y programas de rehabilitación en salud, b) el liderazgo, coordinación y formación de coaliciones para la rehabilitación en salud, c) la capacidad e incentivos para la implementación de políticas y planes, d) rendición de ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO üj001788 DE 04 SEP 2025r PÁGINA 8 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". cuentas, presentación de informes y transparencia, e) reglamentación relativa a la rehabilitación en salud y las ayudas técnicas y, f) políticas, planes, liderazgo y adquisición relativa a las ayudas técnicas (OMS, 2020).

Además, requiere de la participación de la ciudadanía y de las comunidades para el reconocimiento de las necesidades de rehabilitación en salud y adecuación de todas las acciones que permitan respuestas efectivas y su aceptación social. Este elemento es fundamental en el marco de este lineamiento, dado que desde el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 se asume como primer eje estratégico la gobernabilidad y gobernanza en salud pública, orientando hacia la cogestión, coadministración y cogobierno liderados por la autoridad sanitaria local, que permita un diálogo con pueblos, organizaciones y comunidades, para el logro de resultados en salud, de acuerdo con las particularidades del territorio.

Además, reitera que, en aras de fortalecer la gobernanza, se requiere a la par fortalecer la gobernabilidad y autonomía en salud de los pueblos y comunidades, considerando las estructuras de sus sistemas propios en salud, las formas de participación y la toma de decisiones colectivas (MSPS, 2023c). Lo anterior se refleja en el contexto de la Planeación Integral para la Salud, haciendo efectivos los propósitos de la gobernanza y la gobernabilidad.

Desde la iniciativa de Rehabilitación 2030 y su guía de acción: Rehabilitación en los sistemas de salud, se presentan una serie de buenas prácticas para fortalecer la capacidad de liderazgo y gobernanza en rehabilitación en salud, que se enmarcan en la definición de un plan estratégico de rehabilitación para el país; estas son: aumentar la capacidad humana y financiera para la rehabilitación en el Ministerio de Salud, crear una estructura clara de gobernanza y rendición de cuentas, fomentar la capacidad técnica y las habilidades en liderazgo y rehabilitación en salud, crear redes, asociaciones y alianzas, cultivar y orientar a defensores de la rehabilitación en salud y facilitar los intercambios entre países (OMS, 2020). 4.5.

Organización de la rehabilitación en salud en el marco de la prestación de servicios de salud La organización de la rehabilitación de modo transversal en el continuo de la atención en salud puede tener impactos significativos como medida preventiva, en la reducción de riesgos, la mejora de resultados funcionales, y en la disminución de la carga de la discapacidad, las inequidades en salud y el costo de los servicios de salud (England NHS, 2016).

Es necesario replantear la disposición de la rehabilitación en salud en las últimas fases del continuo de la atención para considerarla relevante en todos los estadios de una condición de salud (aguda, subaguda, postaguda o crónica), en diferentes contextos asistenciales y con intervenciones que aportan a la promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y paliación (Stucki, Cieza, & Melvin, 2007).

Por lo anterior, se presenta una organización de los servicios de rehabilitación en salud basada en experiencias de rehabilitación en el país, y alineada con los planteamientos de la OMS (WHO, 2019). La rehabilitación en salud en prestadores de primer nivel de atención se fundamenta en la estrategia de APS que plantea la provisión de servicios integrados y accesibles para responder a la mayoría de las necesidades de salud de las personas, con un enfoque de salud familiar y comunitario, centrado en el cuidado integral de la salud, que incluye la provisión de herramientas para el autocuidado y la promoción de la salud y la participación vinculante de actores institucionales y comunitarios (MSPS, 2023c).

En los prestadores de primer nivel, se prestan atenciones de rehabilitación en salud conforme la complejidad de las condiciones de salud que atiende el prestador. Además, los servicios de rehabilitación en salud desarrollan acciones para la promoción, preservación o recuperación del funcionamiento de las personas, así como acciones para la prevención de enfermedades o complicaciones derivadas de las alteraciones en la salud.

Todo ello, a partir del desarrollo de acciones integrales en salud, que implica la articulación de atenciones individuales y colectivas en el entorno familiar y comunitario, en el marco de la APS (USAID & OIM, 2020). En los prestadores que ofertan servicios de salud de mediana y alta complejidad, en los que pueden estar dispuestos los servicios de rehabilitación en salud se brinda una respuesta en salud para aquellos eventos que requieran tecnologías y talento humano en salud no disponibles en el primer nivel y garantizar la integralidad, continuidad y resolutividad para la población. La integración de la rehabilitación en salud en la atención de mediana y alta complejidad busca brindar intervenciones especializadas y garantizar la integralidad y continuidad de la atención durante las fases aguda y postaguda del cuidado, o en condiciones de salud complejas.

Los servicios de rehabilitación en salud de mediana y alta complejidad se caracterizan por la composición de equipos multidisciplinarios, la especialización de los equipos, tecnologías e intervenciones y por la posibilidad de cumplir un rol de soporte a los equipos de profesionales en los servicios de menor complejidad (Langhammer et al., 2015;

National Specialised Commissioning Group, 2010). La diferencia principal entre los servicios de rehabilitación de mediana y alta complejidad radica en la complejidad de los casos y en la capacidad ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO 33301788 DE 04 SEP 202S PÁGINA 9 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". resolutiva instalada en términos de' servicios declarados y habilitados, personal especializado y tecnología (MSPS, 2014). 5.

Elementos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el sistema de salud colombiano El fortalecimiento de la rehabilitación en salud requiere la optimización de las funciones o elementos básicos del sistema de salud (QMS, 2020). Esto implica el desarrollo de acciones encaminadas a mejorar la gobernanza, el financiamiento, la prestación de servicios, el talento humano en salud, los sistemas de información en salud y el monitoreo para la rehabilitación en salud.

Por ello, este apartado ofrece unas recomendaciones dirigidas a los diferentes actores del sistema de salud en el nivel nacional, departamental y municipal que permitan implementar medidas en cada uno de los aspectos enunciados, para aumentar la calidad, accesibilidad y asequibilidad a la rehabilitación en salud entre las personas que la necesiten y, de esta manera, dar respuesta a las necesidades de rehabilitación en salud de la población. 5.1.

Gobernanza y gobernabilidad en rehabilitación en salud Para fortalecer la rehabilitación en salud es necesario mejorar la gobernanza y gobernabilidad a nivel nacional y territorial. Esto implica que las autoridades sanitarias ejerzan el liderazgo y la coordinación de la rehabilitación en salud en sus jurisdicciones. El liderazgo consiste en el proceso de influencia para lograr el apoyo de personas o entidades que permita alcanzar los objetivos asociados con la mejora y el fortalecimiento de la rehabilitación en salud.

Por su parte, la coordinación de la rehabilitación en salud implica organizar las diferentes iniciativas para asegurar que obren juntas de manera eficaz y, además, favorecer la creación de coaliciones, que permitan unir y armonizar a las partes interesadas en la conformación de redes y alianzas que apoyen la rehabilitación en salud. En función de este lineamiento, se espera que a partir del fortalecimiento de la gobernanza las autoridades sanitarias puedan orientar políticas, programas y planes a partir del modelo de determinantes y desigualdades sociales en salud, entendiendo las múltiples condiciones y mecanismos que afectan de forma diferencial la salud y el funcionamiento de la población. En este sentido, a continuación, se presentan las principales líneas de acción que desde el ejercicio de la gobernanza favorecen el posicionamiento de la rehabilitación en salud en los territorios como estrategia para el logro de la equidad en salud.

Comprenden su integración en la planeación integral para la salud, la gestión integral de la salud pública para fortalecer la rehabilitación en salud y la planeación e implementación de intervenciones colectivas que pueden incidir en el funcionamiento de la población. 5.1.1. Integración de la rehabilitación en salud en la planeación territorial e integral para la salud Teniendo en cuenta que la planeación territorial es un proceso estratégico y operativo para el análisis y priorización de acciones y sus recursos, se requiere como punto de partida del compromiso de las autoridades territoriales (gobernaciones y alcaldes) e instancias de planeación (Asambleas departamentales y Consejos municipales) para movilizar la voluntad de actuación institucional.

En este sentido, es recomendable que desde los planes de desarrollo territorial se planteen estrategias y se destinen recursos para la formulación y gestión de acciones que aporten al fortalecimiento de la rehabilitación en salud. Lo anterior, considerando que estos planes se basan en el Análisis de Situación de Salud y en la priorización de necesidades en salud de la población del territorio.

También, es necesario que las autoridades sanitarias departamentales, distritales y municipales realicen acciones para el posicionamiento y reconocimiento de la rehabilitación en salud, a través de la sensibilización de diversos actores institucionales, transectoriales y comunitarios de su jurisdicción, sobre la importancia de la rehabilitación en salud como estrategia que aporta al cuidado de la salud a partir de intervenciones y acciones que optimizan el funcionamiento humano como condición esencial para el goce de la salud y el bienestar.

Estas acciones serán acompañadas por este Ministerio a través de asistencias técnicas para fortalecer las capacidades de las autoridades sanitarias territoriales. De manera paralela, se requiere que las autoridades sanitarias departamentales, distritales y municipales propendan porque en el proceso de Planeación Integral para la Salud y en los instrumentos que hacen parte de esta, se tenga una comprensión y abordaje integral de las problemáticas y necesidades en salud, que implica el análisis de las necesidades de rehabilitación en salud y los determinantes asociados con el acceso a los servicios de rehabilitación en salud.

Lo anterior, en el marco de las disposiciones del Ministerio de Salud y Protección Social sobre la planeación integral para la salud y construcción del Análisis de Situación de Salud (MSPS, 2024b). ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO 00301788 DE 04 SEP 2025" PÁGINA 10 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". 5.1.2.

Identificación de necesidades y recursos para la rehabilitación en salud en la construcción del Análisis de Situación de Salud Es importante señalar que la identificación de las necesidades de rehabilitación en salud es el punto de partida para su fortalecimiento. Aunque es probable que en el momento de análisis y comprensión de los datos y la información disponibles producidos por diferentes sistemas de información para la construcción del Análisis de Situación de Salud -ASIS no emerja explícitamente lo relacionado con necesidades de rehabilitación en salud, es clave tener en cuenta que estas necesidades son condiciones de salud que pueden comprometer el funcionamiento humano y, que al ser intervenidas desde la rehabilitación en salud, las personas pueden lograr beneficios en su desempeño cotidiano. Esto quiere decir que los datos de eventos en salud (enfermedad, lesiones, exposición a riesgos, etc.) son condiciones de salud que sirven para estimar las necesidades de rehabilitación en salud en los territorios.

En este sentido, las entidades territoriales podrán integrar la identificación de estas necesidades en el proceso de análisis estructural participativo para la construcción del ASIS. A partir de estimaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre rehabilitación en salud para Colombia es posible tener como referente unas categorías agregadas de enfermedades y lesiones susceptibles de rehabilitación en salud (MSPS, 2024a).

Es importante señalar que las condiciones descritas en la Tabla 2 son un punto de partida para el trabajo de identificación de necesidades de rehabilitación en salud en los territorios, no obstante, en el ejercicio territorial podrán surgir otras condiciones de salud o riesgos para el funcionamiento humano que puedan beneficiarse de la rehabilitación en salud.

Tabla 2. Categorías agregadas de enfermedades y lesiones susceptibles de rehabilitación en salud, resultado de Estimaciones de la CMS sobre rehabilitación para Colombia Categoría agregada de enfermedades y lesiones Condiciones individuales Dolor lumbar____________________ Dolor de cuello___________________ Fracturas_______________________ Trastornos musculoesqueléticos Otras lesiones___________________ Osteoartritis_____________________ Amputación_____________________ Artritis reumatoide________________ Parálisis cerebral_________________ Accidente cerebrovascular_________ Lesión cerebral traumática_________ Enfermedad de Alzheimer y demencia Desórdenes neurológicos Lesión de la médula espinal________ Enfermedad de Parkinson__________ Esclerosis múltiple________________ Enfermedad de la neurona motora Síndrome de Guillain-Barré_________ Pérdida de audición_______________ Deficiencias sensoriales Pérdida de visión_________________ Discapacidad intelectual del desarrollo Desórdenes mentales Esquizofrenia____________________ Trastornos del espectro autista______ Enfermedades respiratorias crónicas Enfermedades respiratorias crónicas Insuficiencia cardíaca_____________ Enfermedades cardiovasculares Infarto agudo de miocardio_________ Neoplasias Neoplasias Nota.

Tomado de Ministerio de Salud y Protección Social. Necesidades de rehabilitación (2024). Dado que el sistema de salud se reconoce como un determinante intermedio de la salud, el análisis de las barreras de acceso a los servicios de salud en general y de rehabilitación en salud, en particular, debe hacer parte del análisis estructural participativo para la construcción del ASIS, puesto que el acceso a la rehabilitación en salud puede ser elemento de inequidades en salud.

En este sentido, es clave identificar las capacidades o recursos con los que cuenta cada entidad territorial en términos de disponibilidad y distribución de servicios y de talento humano en salud para la rehabilitación en salud, pues se relaciona con las posibilidades de acceso (Tabla 3). ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO Jj'J0178 8 DE 04 SEP2025-? PÁGINA 11 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Tabla 3. Información sobre servicios y talento humano en salud para la rehabilitación en salud Recursos/ capacidades Servicios de rehabilitación Talento humano en salud para la rehabilitación en salud r,... i ' i Descripción - Cantidad y distribución de prestadores con servicios de rehabilitación en salud en el territorio. - Modalidades y grados de complejidad de los servicios. - Infraestructura y equipamiento para la prestación. - Oportunidad y seguridad en la atención en los servicios de rehabilitación en salud.___________________________ Cantidad y distribución del talento humano en salud para la rehabilitación en salud en el territorio.

Identificación de la oferta de educación continuada para el talento humano en salud para la rehabilitación en salud en los departamentos, distritos o prestadores de salud. Fuentes de información - REPS - Último ASIS disponible - Documento de red de organización de prestadores públicos de servicios de salud - Sistema Integrado de Información de la Protección Social SISPRO - Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud -RETHUS - Observatorio de Talento Humano en Salud - Último ASIS disponible En el marco de los determinantes sociales de la salud, el análisis de las necesidades de rehabilitación en salud así como de las barreras de acceso a los servicios de rehabilitación en salud deben considerar su interrelación con: a) las condiciones demográficas y poblacionales que condicionen mayores riesgos para la salud y el funcionamiento humano (género, edad), comunidades y pueblos étnicos, poblaciones diferenciales (campesinos, LGTBIQ+), poblaciones vulnerables (víctimas, migrantes, personas con discapacidad, habitantes de calle); b) las características socioeconómicas de la población y las condiciones geográficas del territorio y su relación con las posibilidades de acceso a servicios de rehabilitación en salud.

Siempre teniendo una consideración con el enfoque de interseccionalidad. Por otra parte, para dar respuesta a las necesidades de rehabilitación en salud y atender las posibles barreras de acceso a los servicios de rehabilitación en salud, las entidades territoriales departamentales, distritales, municipales y demás responsables de la formulación de los planes territoriales de salud (MSPS, 2024b), deben hacer el reconocimiento de los principales problemas de salud en su jurisdicción, para posteriormente realizar el proceso de priorización de los problemas y necesidades sociales en salud.

El análisis de situación de salud, incluyendo lo relacionado con la situación de rehabilitación en salud a nivel territorial tiene sentido en la medida en que la información sea utilizada en la toma de decisiones que se vea reflejada en propuestas y acciones de respuesta sobre la situación encontrada. Es importante considerar que los problemas de salud pueden demandar múltiples acciones sectoriales e intersectoriales.

Por lo anterior, las autoridades sanitarias deberán aprovechar los espacios de acción intersectorial/transectorial para que la población con alteraciones en el funcionamiento humano pueda tener respuestas integrales en el marco de la atención primaria en salud y considerando los determinantes sociales de la salud. A partir de dicha incidencia para la coordinación, se espera disponer de intervenciones de carácter individual, colectivo y poblacional que favorezcan la gestión integral y oportuna de los riesgos en salud de personas, familias y comunidades y lograr mejores resultados en la salud, el bienestar y el funcionamiento humano. En lo que compete a respuestas especificas desde el sector salud, las acciones pueden incluir: garantizar servicios de rehabilitación en salud, mejorar la infraestructura y dotación para estos servicios, mejorar su calidad y efectividad, favorecer la distribución territorial y fortalecer las competencias del talento humano en salud para la rehabilitación en salud.

Asimismo, implementar intervenciones colectivas en diferentes entornos que sean complementarias a los servicios de rehabilitación en salud y fortalecer la participación ciudadana para el desarrollo de la rehabilitación en salud. Sobre la participación social en salud se precisa la necesidad de fortalecerla para lograr la concurrencia de la comunidad y sus organizaciones en la identificación de los problemas, su priorización y solución, con un enfoque territorial y poblacional, articulado a la Política de participación social en salud en el nivel territorial e institucional.

Todo ello debe abordarse de forma articulada para garantizar la rehabilitación en salud en el marco de la garantía del derecho a la salud. ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J000178 8 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 12 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Finalmente, las entidades territoriales deben identificar las posibilidades para abordar en el corto plazo a través de acciones sectoriales de acuerdo con los recursos con los que cuenta, o la necesidad de proyectar análisis posteriores para la gestión de otras fuentes de recursos. Una descripción detallada de fuentes y recursos se encuentra en el apartado financiación para la rehabilitación en salud. 5.1.3.

Gestión integral de la salud pública para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud a nivel territorial En el marco del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031, la gestión de la salud pública tiene un valor operativo por su condición para materializar la atención integral en salud, a partir de la articulación de esfuerzos e intervenciones orientadas a garantizar la equidad en salud.

Este lineamiento plantea algunas orientaciones para que las autoridades sanitarias se fortalezcan técnicamente y puedan planificar e integrar acciones necesarias para el desarrollo e implementación de la rehabilitación en salud a nivel territorial y local. Asimismo, estas directrices están dispuestas para que, bajo el liderazgo de las entidades territoriales, las EPS o quien haga sus veces y los prestadores de servicios de salud, las tengan en cuenta en el cumplimiento de sus responsabilidades.

Las acciones estratégicas que se presentan en la Tabla 4 se alinean con los procesos de la gestión de la salud pública descritos en la Resolución 518 de 2015 (MSPS, 2015b) y con el documento Directrices para la caracterización y ejecución de los procesos para la Gestión de la Salud Pública en el contexto de la Política de Atención Integral en Salud (MSPS, 2016c) y, aportan a la implementación de la Atención Primaria en Salud.

Las acciones priorizadas se consideran necesarias para fortalecer la rehabilitación en salud, no obstante, ias autoridades territoriales podrán incluir acciones sobre aquellos procesos que resulten de mayor necesidad. Además, se precisa que, si bien las acciones están dirigidas a entidades territoriales de orden departamental, distrital y municipal, en concordancia con las competencias de los departamentos, estos deberán asesorar a los municipios en los aspectos técnicos y operativos para el desarrollo de las acciones para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud, así como asegurar la vigilancia y concurrencia para el logro de los objetivos.

Tabla 4. Acciones estratégicas para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud a nivel territorial (departamental, distrital y municipal) Proceso de la gestión de la salud pública Coordinación intersectorial Desarrollo de capacidades Participación social Objetivo Acción estratégica Liderar la articulación de actores, recursos, acciones, <entre otros para fortalecer la rehabilitacióni en salud a nivel territorial - Aprovechar espacios de concurrencia existentes para la generación de gobernanza en salud y gestión de la acción intersectorial en torno a la rehabilitación en salud. - Identificar acciones que desde el sector salud u otros sectores aportan a los objetivos de rehabilitación en salud.

Esto implica reconocer la oferta de servicios de salud, intervenciones colectivas y oferta intersectorial teniendo en cuenta su impacto en las necesidades de rehabilitación en salud identificadas en el territorio. - Desarrollar estrategias comunicativas para que actores institucionales y comunitarios reconozcan, supervisen y hagan uso de las intervenciones enmarcadas en la rehabilitación en salud._____________________________________________ - Desarrollar un plan para fortalecer las capacidades que incluya un diagnóstico con los actores institucionales y comunitarios, acompañamiento y asesoramiento técnico para crear capacidad para la comprensión de/ alcance de la rehabilitación en salud y su priorización en el territorio. - Generar capacidades en el talento humano en salud para la identificación temprana de riesgos de alteraciones del funcionamiento humano en todas las etapas del ciclo de vida y canalización o referencia de necesidades a los servicios de rehabilitación en salud correspondientes.

Reconocer y fortalecer las capacidades funcionales y técnicas para el desarrollo e implementación de la rehabilitación en salud a nivel territorial Favorecer el posicionamiento de los procesos participativos para - Crear estrategias pedagógicas orientadas al desarrollo de capacidades para la participación en la población, específicamente en el ejercicio del derecho a la salud, entendiendo este como la garantía de todas las prestaciones ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J0301788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 13 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Proceso de la gestión de la salud pública Gestión del conocimiento Vigilancia en salud pública Gestión de la prestación de servicios individuales Objetivo Acción estratégica la cogestión de factores y condiciones que afectan la salud y el funcionamiento humano y para la construcción colectiva de respuestas necesarias para la atención integral, incluyendo la rehabilitación en salud y, la cogestión para el cuidado de la salud individual y colectiva. - Fortalecer los mecanismos y procedimientos para que las poblaciones con necesidades de rehabilitación en salud puedan tener representación en espacios de construcción de acciones para el cuidado de la salud, incidencia y hacer control social de los recursos públicos, las instituciones y los actores del sistema de salud, para la garantía del derecho a la rehabilitación en salud implícito en el derecho a la salud.___________________ - Realizar análisis con datos existentes de las tendencias de las condiciones de salud para documentar las necesidades y condiciones de acceso a la rehabilitación en salud.

Esto debe desarrollarse reconociendo las diferencias poblacionales y territoriales. - Gestionar recursos técnicos y financieros para la generación de información sobre necesidades de rehabilitación en salud, caracterización de la prestación de servicios de rehabilitación en salud, identificación de intervenciones o acciones de rehabilitación en salud, entre otras, para posibilitar la toma de decisiones informada y el fortalecimiento de esta.___________ - Analizar los indicadores de interés en salud pública y reconocer la necesidad de intervenciones de rehabilitación en salud, con el fin de evitar la progresión o desenlaces adversos de enfermedades o condiciones de salud. - Vigilar las condiciones de salud que pueden resultar en una discapacidad temporal o permanente o que pueden afectar el desempeño funcional, para intervenir de manera temprana e incidir en las cifras de discapacidad prevenible.

Es el caso de condiciones crónicas (hipertensión, diabetes, EROC, cáncer, enfermedades huérfanas), condiciones osteomusculares como dolor lumbar, artritis, artrosis y condiciones cardiovasculares (ECV, infarto agudo de miocardio). - Vigilar y analizar eventos de notificación obligatoria tales como intento de suicidio, lesiones por causa externa, violencia de género e intrafamiliar, bajo peso al nacer y enfermedades huérfanas, para conducir a las rutas integrales de atención y proveer una respuesta que incluya intervenciones de rehabilitación en salud acorde con las prioridades y necesidades. - Armonizar los registros de información con diferentes mecanismos de vigilancia (p. ej.

Registro para la localización y caracterización de personas con discapacidad -RLCPD, Registro Único de Víctimas -RUV y otras fuentes de información).______________________ - Reconocer la oferta de servicios de rehabilitación en salud, las condiciones de accesibilidad geográfica y sociocultural, desarrollando las acciones necesarias para implementar estos servicios en los territorios o la articulación con la oferta más cercana. - Conformar y habilitar redes de prestación de servicios considerando la disponibilidad de servicios de rehabilitación en salud como servicio básico para la población. - Fortalecer modalidades de prestación de servicios de telesalud y extramuralidad para mejorar la accesibilidad a la rehabilitación en salud. - Definir las atenciones complementarias a las definidas en las rutas para garantizar la atención integral en salud, considerando las necesidades de rehabilitación en salud.

Propender por el uso y generación de información relacionada con la situación de: la rehabilitación en salud a rnivel territorial Recolectar, analizar e interpretar información en salud pública desde una perspectiva del funcionamiento humano para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud Garantizar el acceso a servicios de rehabilitación en salud acorde con las necesidades de la población y velar por su calidad ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J:j'J01788 dE 0 4 SEP 2025- PÁGINA 14 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Proceso de la gestión de la salud pública Gestión de las intervencione s colectivas 5.1.4. Objetivo Planear, ejecutar y evaluar las intervenciones colectivas que aportan a la atención integral de las necesidades de rehabilitación en salud Acción estratégica - Hacer seguimiento a los servicios de rehabilitación en salud habilitados de acuerdo con indicaciones previas para la prestación de dichos servicios.__________________________ - Fortalecer la implementation de intervenciones colectivas que aporten al desarrollo de procesos de rehabilitación en salud para la gestión integral de riesgo de afectación del funcionamiento humano. - Definir los mecanismos de articulación que se requieran para ejecutar las intervenciones colectivas de forma complementaria y coordinada con la prestación de servicios de rehabilitación en salud, y con intervenciones de otros sectores e instituciones.

Articulación con otras políticas y programas para garantizar la rehabilitación en salud a poblaciones y grupos diferenciales La gestión territorial de políticas como: política nacional de infancia y adolescencia; política pública nacional de envejecimiento humano y vejez; política pública nacional de discapacidad e inclusión social; política nacional de salud mental; política pública de mujeres y equidad de género; política de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado; política pública social para habitantes de la calle, entre otras políticas territoriales, requiere atender el enfoque diferencial y la coordinación entre diferentes sectores.

En especial, si se considera que algunas de estas políticas incluyen en sus ejes estratégicos y líneas de acción la rehabilitación en salud, lo cual implica la armonización de conformidad con este anexo técnico y su acto administrativo. En consecuencia, las acciones orientadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud requieren adaptaciones, conforme las disposiciones que se emitan desde este Ministerio para la atención diferencial de estas poblaciones.

Además, es especialmente importante la articulación intersectorial en la rehabilitación en salud de poblaciones diferenciales y vulnerables, considerando las condiciones particulares que se relacionan con mayor exposición a factores de riesgo para el funcionamiento humano. Con relación a las políticas y estrategias del sector salud que se desarrollan en los territorios, las direcciones departamentales, distritales y municipales deben integrar la rehabilitación en salud como una intervención transversal para el logro de resultados de salud, con un énfasis en las intervenciones de rehabilitación en salud que permitan garantizar la integralidad de la atención de la salud tanto en el entorno institucional, como en los demás entornos. Además, el sector salud cuenta con una serie de lineamientos que permiten implementar acciones territoriales de promoción y gestión integrada de la salud, y por tanto, es necesario que a la luz de estas herramientas se identifiquen las necesidades de rehabilitación en salud y se potencialicen las acciones de respuesta desde los servicios de rehabilitación en salud.

Por lo anterior, se deben considerar los lineamientos existentes para la gestión de la salud de poblaciones con necesidades específicas para identificar de forma temprana posibles alteraciones del funcionamiento humano. Entre estos se encuentran: Lineamientos para la promoción y gestión integral de la salud auditiva y comunicativa; Lineamiento para la implementation de actividades de promoción de la salud visual, control de alteraciones visuales y discapacidad visual evitable;

Lineamientos para la promoción y detección temprana en salud mental y epilepsia y Orientaciones para la atención de niños y niñas con riesgos o sospecha de problemas en el desarrollo, entre otros. Por último, las autoridades locales deben asegurar el presupuesto que garantice la ejecución de las acciones de acuerdo con las necesidades especificas de la población. Por tanto, desde la proyección de los planes territoriales de salud se deben visibilizar acciones para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud, partiendo de la consolidación de las necesidades de rehabilitación en salud en los diagnósticos de situación de salud y de esta manera, se logre la priorización de acciones territoriales y asignación de recursos para responder a dichas necesidades. 5.1.5.

Planeación e implementation de intervenciones colectivas relacionadas con la rehabilitación en salud La identificación y análisis de las necesidades de rehabilitación en salud en el proceso de planeación integral en salud orienta la priorización de acciones integrales para atenderlas. En este sentido, el Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas (PSPIC) como plan complementario a otros beneficios ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO j 300178 8 DE 0 4 SEP 2025 PÁGINA 15 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". o intervenciones, debe ser escenario para reforzar o implementar actividades que aporten al proceso de rehabilitación en salud y permitan mantener'el funcionamiento óptimo de las personas al interactuar con sus entornos. Lo anterior, reconociendo que las intervenciones colectivas son estratégicas para la promoción de la salud y reducción de la probabilidad de efectos negativos de los riesgos o enfermedades a partir de estrategias para el cuidado de la salud, la participación y movilización social, el desarrollo de capacidades y la transformación de los entornos. En consecuencia, en la Tabla 5 se presentan unas actividades que pueden aportar al mantenimiento del funcionamiento humano dada su relación con la rehabilitación en salud.

Se precisa que dichas actividades se dan en el marco de la ejecución de las intervenciones colectivas, y, por tanto, se espera que las entidades territoriales partan por el reconocimiento de los resultados de PSPIC previos para que puedan proyectar su reforzamiento o consideren la priorización de aquellas intervenciones que puedan aportar a respuestas integrales a las necesidades de rehabilitación en salud identificadas.

Finalmente, se precisa que el procedimiento de canalización, el cual se adelanta en la ejecución del PSPIC, tiene especial relevancia en este lineamiento, dado que permitirá el acceso efectivo a la oferta de servicios de rehabilitación en salud, y a otras intervenciones relacionadas con estos servicios. Por lo anterior, se demanda el fortalecimiento de su implementación y seguimiento, así como el desarrollo de capacidades del talento humano en salud de PSPIC, para que puedan identificar personas con riesgos específicos que requieran canalización a servicios de rehabilitación en salud o a la oferta sectorial e intersectorial que aporta al mantenimiento del funcionamiento humano. Tabla 5.

Intervenciones colectivas relacionadas con la rehabilitación en salud Intervenciones colectivas Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad (RBC) Caracterización social y ambiental Educación y Comunicación para la salud Información en salud Zonas de orientación y centros de escucha Conformación y fortalecimiento de redes familiares, comunitarias y sociales Actividades que aportan/ potencializan el proceso de rehabilitación en ____________________________ salud_____________________________ - Canalización y seguimiento a la efectividad de la canalización de acceso a los servicios de rehabilitación en salud. - Seguimiento al proceso de rehabilitación en salud de las personas desde los entornos de la vida cotidiana. - Desarrollo de capacidades de personas con necesidades de rehabilitación en salud, familias, cuidadores y comunidad para el cuidado de la salud, el fortalecimiento del funcionamiento y la promoción de la autonomía. - Acciones que apoyen la identificación de las necesidades de rehabilitación en saluda nivel local. - Acciones para promover el acceso a servicios de rehabilitación en salud. - Búsqueda activa para la identificación de personas con riesgos para el funcionamiento humano y su canalización hacia servicios de certificación o a mecanismos de protección de derechos.___________________________ Recolección, análisis y difusión de información sobre población con necesidades de rehabilitación en salud, para complementar la información dispuesta en ASIS y con el fin de favorecer el acceso a rehabilitación en salud de población que lo requiera._______________________________________ Intervenciones de educación dirigidas a la comunidad para generar una cultura de cuidado de la salud en torno al funcionamiento humano, lo que implica cambios de comportamientos y estilos de vida y habilidades para el mantenimiento de la autonomía y el bienestar._________________________ Se puede hacer uso de diversos mecanismos para la difusión de información sobre: oferta de servicios de rehabilitación en salud en los territorios, riesgos y enfermedades que pueden incidir en la alteración del desempeño funcional y estrategias para prevención de enfermedades discapacitantes.__________ - Escucha activa, acompañamiento, asistencia, formación, capacitación y referenciación a otros servicios sectoriales e intersectoriales, que permitan el fortalecimiento y el mantenimiento de los logros en el desempeño de las personas con necesidades de rehabilitación. - Detección temprana de situaciones que pueden requerir intervención individual de rehabilitación en salud. ______________________ Apoyar la organización de grupos de población con necesidades de rehabilitación en salud para coordinar acciones que permitan compartir e intercambiar conocimientos, experiencias y recursos (económicos, físicos, personales, sociales) y generar sinergias para la participación, incidencia y veeduría de las respuestas a sus necesidades en el territorio. 4 ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO 33301788 DE 04 SEP 2025* PÁGINA 16 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Intervenciones colectivas Jornadas de Salud Tamizajes 5.2. Actividades que aportan/ potencializan el proceso de rehabilitación en ____________________________ salud_____________________________ En coordinación con los prestadores de salud, es una intervención que puede facilitar el acceso a intervenciones de rehabilitación en salud principalmente a población con necesidades en zonas rurales dispersas o con barreras de acceso geográfico.______ Pruebas de tamizaje para la detección temprana de necesidades en rehabilitación en salud con énfasis en población menor de edad para la prevención de discapacidad por condiciones evitables.

Prestación de servicios de rehabilitación en salud Este componente brinda orientaciones para el fortalecimiento de la prestación de servicios de rehabilitación en salud en las instituciones prestadoras de servicios de salud, profesionales independientes de salud y entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud, que tengan habilitado alguno de los servicios de rehabilitación en salud o que proyecten su habilitación. Los servicios de rehabilitación en salud serán objeto de toda la normativa proferida por el Ministerio de Salud y Protección Social en relación con la garantía del acceso, calidad y eficiencia de los servicios de salud en el país. A continuación, se presentan orientaciones para la organización de los servicios de rehabilitación en salud a través de las redes de prestación de servicios considerando las características de los prestadores y de la complejidad de los servicios, las modalidades para la prestación, los mecanismos y herramientas de coordinación requeridos para la prestación de la rehabilitación en salud, la planeación e implementación del ciclo de rehabilitación en salud como elemento fundamental en la prestación de estos servicios bajo las orientaciones del funcionamiento humano. 5.2.1.

Organización de los servicios de rehabilitación en salud a través de las redes de prestación de servicios La entidad territorial departamental, distrital y municipal en coordinación con las EAPB deben tener en cuenta que en el ámbito de las redes de prestación de servicios se debe garantizar la integralidad y continuidad de la atención en los diferentes niveles de atención. Por lo anterior, es importante la organización de los servicios de rehabilitación en salud considerando el nivel de los prestadores que hacen parte de la red. En la Tabla 6 se describen los prestadores que pueden ofertar y habilitar servicios de rehabilitación en salud en cualquiera de las modalidades de habilitación, conforme lo dispuesto en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud -SOGCS, definido en la Resolución 3100 de 2019 o aquella norma que la modifique o sustituya.

Tabla 6. Prestadores que pueden ofertar servicios de rehabilitación en salud en cualquiera de las modalidades de habilitación Prestadores de primer nivel de atención IPS Públicas: hospitales de I Nivel, centros de salud y puestos de salud. IPS privadas que ofertan servicios de baja complejidad. Profesionales independientes que no ofertan servicios especializados.

Entidades con objeto social diferente que no ofertan servicios de salud especializados. Prestadores de segundo o tercer nivel de _________________ atención_________________ IPS Públicas: hospitales de II y III Nivel IPS privadas que ofertan servicios de salud de mediana y alta complejidad. Profesionales independientes que ofertan servicios especializados Entidades con objeto social diferente que ofertan servicios de salud especializados.

Asimismo, se debe tener en cuenta las características de los servicios de rehabilitación en salud de acuerdo con el nivel de complejidad, que depende de las condiciones de salud que atienden o prevén atenderse en los prestadores de la red, la tecnología con la que cuentan y la formación del talento humano en salud disponible para su atención. En la Tabla 7 se presentan las características de la atención en los servicios de rehabilitación en salud de acuerdo con su nivel de complejidad.

ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J J00178 8 DE 0 4 SEP 2025 PÁGINA 17 Continuación Anexo Técnico de la resolución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". Tabla 7. Características de la atención en los servicios de rehabilitación en salud según su nivel de complejidad Característica Condiciones de salud atendidas Servicios de rehabilitación en Servicios de rehabilitación en salud de salud de baja complejidad ______ mediana y alta complejidad______ La atención se orienta a personas Las intervenciones se orientan a personas con condiciones de salud que se con condiciones de salud agudas, encuentran en fase postaguda o subagudas o crónicas que requieren manejo crónica para optimizar o conservar intrahospitalario, en áreas de hospitalización su funcionamiento.

También o consulta externa, con el uso de tecnología pueden ser abordadas condiciones y técnicas de intervención especializadas que se encuentran en fase aguda o orientadas a mejorar su funcionamiento. subaguda susceptibles de ser Algunas condiciones que requieren atención intervenidas a través del cuidado en rehabilitación especializada pueden ser primario en salud, y que, para iniciar de aparición repentina (daño cerebral la atención, no requieren de un adquirido, lesiones de la médula espinal o diagnóstico diferencial por un del sistema nervioso periférico, poli trauma), servicio de salud especializado. condiciones intermitentes y progresivas (esclerosis múltiple, distrofias musculares, artritis reumatoidea) y condiciones estables con o sin cambios degenerativos (condiciones congénitas como parálisis cerebral o espina bífida).

No obstante, los pacientes pueden ser priorizados por sus niveles de deficiencias o limitaciones en las actividades o la complejidad de sus necesidades de rehabilitación en salud (National Specialised Commissioning Group, 2010). Característica s de la prestación de servicios 1. Aportan a la integralidad y resolutividad en el primer nivel. 2.

Desarrollan acciones de promoción de la salud y de prevención que complementan las intervenciones de protección específica y detección temprana desarrolladas de acuerdo con el curso de vida de las personas. 3. Se articulan con los servicios de mediana y alta complejidad, para mejorar la accesibilidad de personas con necesidades de rehabilitación en salud más complejas asegurar y posteriormente la continuidad de tratamientos en su entorno cercano. 5.

Proyectan la articulación de acciones con otros sectores, para influir en los determinantes sociales de la salud, el funcionamiento y la discapacidad (WHO, 2018). 6. Cuentan con equipos tecnológicos básicos y la formación de los profesionales está centrada en el desarrollo de competencias disciplinares que se potencian con aquellas relacionadas con la atención primaria en salud y el enfoque familiar y comunitario.

Acciones que realizan 1. Identificar, diagnosticar, tratar o referir oportunamente a personas con riesgos o deterioro en el funcionamiento, a causa de 1. Están integrados en la atención en las áreas de hospitalización, consulta externa, urgencias y se articulan con los servicios especializados. 2. Pueden ser brindados por prestadores dedicados a la rehabilitación en salud en áreas especializadas con capacidad para prestar servicios intensivos desde una fase aguda. 3.

Las intervenciones se realizan en la fase aguda y subaguda para minimizar el impacto negativo en el funcionamiento, derivado de la complejidad de las alteraciones asociadas a la condición de salud. 4. Se prestan a través de equipos multidisciplinarios de rehabilitación en salud que se conforman con profesionales de fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, terapia respiratoria y las especialidades de medicina física y rehabilitación o psiquiatría en un mismo prestador.

Asimismo, se articulan con otros servicios especializados que apoyan los procesos de rehabilitación en salud. 6. Cuentan con dotación de equipos con tecnología más especializada y el talento humano en salud puede tener formación adicional en técnicas terapéuticas especializadas._______________________ 1. Diagnosticar, planear e intervenir de manera oportuna a personas que presentan necesidades de rehabilitación en salud en las etapas agudas y subaqudas. en los ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J J301788 DE 0 4 SEP 2025 PÁGINA 18 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Porta cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Característica 5.2.2. Servicios de rehabilitación en Servicios de rehabilitación en salud de salud de baja complejidad ______ mediana y alta complejidad______ condiciones de salud susceptibles servicios de hospitalización, urgencias y de ser atendidas en servicios de consulta externa para minimizar el impacto baja complejidad. en el funcionamiento de la persona 2.

Realizar ciclos de rehabilitación 2. Realizar adaptaciones en la organización en salud con la planeación e de los servicios que permitan a los equipos implementation de intervenciones de rehabilitación en salud realizar individuales articulados a valoraciones multidisciplinares, así como intervenciones colectivas y acciones reuniones conjuntas para el establecimiento intersectoriales que aporten a de objetivos de tratamiento comunes, entre resultados en la interacción de la otras (Langhammer, et al., 2015). persona con su entorno. 3.

Desarrollar acciones tendientes a 3. Integrar las intervenciones disminuir efectos secundarios asociados a realizadas con las desarrolladas por estancias largas en las instituciones de los equipos básicos de salud o salud, como prevención de úlceras por quienes hagan sus veces, para presión, desacondicionamiento físico, garantizar atención integral. infecciones respiratorias, etc. 4.

Articular con la atención 4. Articular la atención con servicios de especializada en el proceso de rehabilitación de baja complejidad mediante referencia y contrarreferencia, el proceso de referencia y contrarreferencia, según la necesidad de atención en para que complementen los planes de salud de cada persona (Rosas, rehabilitación en salud o hagan seguimiento Narciso y Cuba, 2013). de los avances de la persona cuando 5.

Realizar acciones de seguimiento retorna a su lugar de residencia. y mantenimiento de los logros alcanzados en intervenciones de rehabilitación en salud, desarrolladas en servicios de rehabilitación en prestadores de mediana y alta complejidad, así como acciones de promoción de la salud, pues facilita la continuidad del cuidado, aportando al logro del máximo nivel de funcionamiento posible (WHO, 2018).

Modalidades para la prestación de servicios de rehabilitación en salud Otro elemento por considerar son las diferentes modalidades de prestación de los servicios de salud, las cuales pueden ser habilitadas por los prestadores buscando atender las necesidades de acceso, integralidad, compiementariedad y continuidad en la prestación de servicios de rehabilitación en salud de baja, mediana y alta complejidad para la población que reside en el territorio (Tabla 8).

Tabla 8. Orientaciones para la prestación de servicios de rehabilitación en salud a través de diferentes modalidades Modalidad de prestación de ________ servicios________ Modalidad intramural Internación Características y acciones 1. La atención se inicia en la etapa aguda de la enfermedad o lesión y tan pronto como sea posible después del ingreso hospitalario, para minimizar los efectos directos o indirectos de una condición de salud sobre el funcionamiento de una persona que se encuentra hospitalizada (Delgado et al., 2020). 2.

Busca prevenir y tratar los efectos que la hospitalización puede tener sobre el funcionamiento humano, entre los que se incluye el desacondicionamiento físico y el síndrome post unidad de cuidado intensivo (Rivo et al., 2019; Delgado et al., 2020; Rawal, Yadav, & Kumar, 2017). 3. Habilitada para prestar servicios de rehabilitación en salud en áreas de urgencias, hospitalización, servicios de cuidados intermedios y cuidados intensivos, neonatales, pediátricos y para adultos, como unidades de quemados, de salud mental, entre otras ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO Juí)01788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 19 Continuación Anexo Técnico de la resolución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Modalidad de prestación de servicios Ambulatoria Modalidad Extramural Domiciliaria Características y acciones (Díaz ét al., 2020). 4. Algunas de las actividades que se realizan mediante esta modalidad son: i) Evaluación integral de la persona, manejo integral de la condición de salud, manejo postural, manejo respiratorio y movilización temprana (Gómez et al., 2009, Delgado et al. 2020;

Díaz et al. 2020; Rivo et al., 2019); ii) Apoyo psicológico para el manejo de emociones, implementación de acciones para reestructurar hábitos y rutinas, y la educación a la persona usuaria y su familia. 5. La prestación de servicios se activa con las interconsultas que realizan otros servicios dispuestos en la institución de salud o entre los mismos servicios de rehabilitación en salud. 6.

La intensidad y frecuencia de la atención es alta y se gradúa según la estabilidad de la condición de salud de la persona y el nivel de afectación de su funcionamiento. 7. Se pueden desarrollar procesos de valoración e intervención por el equipo multidisciplinario de rehabilitación en salud con la participación simultánea de los profesionales que lo conforman. 8.

Permite el desarrollo de espacios de revista o estudios de casos clínicos, en los casos que requieren un ajuste en la conducta de tratamiento. 9. Para el egreso se deben establecer conductas de continuidad del manejo en rehabilitación en salud bajo modalidad ambulatoria o domiciliaria, según las necesidades de la persona. 10. Se realizan intervenciones médicas de diagnóstico y tratamiento efectivas y seguras para disminuir el impacto de las enfermedades, disminuir la morbilidad, la mortalidad y mejorar el pronóstico. 11.

Las intervenciones se realizan de forma articulada con otros profesionales médicos, no médicos y de diferentes especialidades. 1. La atención se desarrolla en las instalaciones físicas de un prestador en las que se dispone de la tecnología y talento humano en salud para la rehabilitación en salud. 2. Los servicios pueden estar disponibles en áreas de consulta externa. 3.

La persona asiste a la sede del prestador según la programación de agenda, donde se realiza la valoración inicial, las sesiones de intervención, evaluación final y las consultas de control y seguimiento. 4. Si el proceso terapéutico es realizado por varios profesionales, es fundamental que el equipo trabaje de manera articulada con objetivos y metas consensuados y valoraciones intermedias para determinar avances en el proceso. 5.

Se da continuidad al tratamiento iniciado en la modalidad intramural intrahospitalaria para lograr el efecto de las intervenciones en las condiciones subagudas, crónicas y en seguimiento de largo plazo. 1. Se indica en personas con condiciones de salud agudas o crónicas estables con dependencia para las actividades de la vida diaria o en la marcha y alta dificultad para desplazarse a un prestador de servicios de salud (Lucas, Alonso & Lisakde, 2015). 2.

Acercar la rehabilitación a la persona y a su familia permite la adquisición de habilidades en el entorno de la persona y favorece la articulación con intervenciones colectivas de los entornos hogar y comunitario (Valeta, Montagut, Pujol, Sánchez, & Valeta, 2015). 3. Permite: i) evaluar a las personas en su entorno cotidiano y adaptarlo para mejorar el funcionamiento, implementando facilitadores y eliminando barreras; ii) educar a personas cuidadoras; y ¡ii) estimular a la familia y/o cuidadores para implicarse en el proceso de rehabilitación en salud. 4.

Puede contribuir a la reducción de reingresos hospitalarios. ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO 30301788.DE 04 SEP 2025- PÁGINA 20 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Modalidad de prestación de ________ servicios________ Jornadas de salud - Unidad Móvil Características y acciones 1. Se paliza prioritariamente en territorios de alta ruralidad y con población dispersa, en el marco de la articulación entre entidades territoriales y los prestadores presentes en el territorio (MSPS, 2015a; MSPS, 2018). 2.

Se pueden adelantar actividades como la identificación de necesidades de rehabilitación en salud y la canalización hacia las intervenciones individuales. 3. Pueden orientarse para desarrollar procesos de valoración inicial y brindar recomendaciones para manejo en el entorno de la persona, así como realizar procesos de seguimiento y control.

De acuerdo con las necesidades de la persona, considera su atención a través de modalidades como la ambulatoria o por telemedicina. 4. Pueden desarrollar actividades de comunicación y educación en salud para promover la autonomía, el mantenimiento de funciones y actividades, eliminar barreras en el entorno y el cuidado a cuidadores, entre otras.

Telemedicina 1. Puede ser ofrecida y utilizada por cualquier prestador, en cualquier zona de la geografía nacional, en los servicios que determine habilitar dicha modalidad y categoría, cumpliendo con la respectiva normatividad. 2. Puede ser brindada a través de: i) Telemedicina interactiva (sincrónica): presta servicios de rehabilitación en salud especializados no disponibles en un prestador de primer nivel;

¡i) Telemedicina no interactiva (asincrónica); iii) Telexperticia (interacción entre profesionales de la salud, sincrónica o asincrónica, con la presencia o no de la persona): permite orientar conductas para ajustar la intervención en rehabilitación en salud; iii) Telemonitoreo; iv) Teleorientación: se desarrolla a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación -TIC proporcionando información, consejería y asesoría relacionadas con rehabilitación en salud; v) Teleapoyo: soporte solicitado por un profesional de la salud a otro, a través de las TIC, mediante el relacionamiento entre profesionales.

La conducta que se determina para el usuario es responsabilidad de quien solicita el apoyo. 3. Las atenciones deben ser complementadas con intervenciones realizadas por otras modalidades, como la atención domiciliaria o ambulatoria. 4. Es importante que la oferta en este tipo de modalidad satisfaga los requerimientos de accesibilidad de toda la población usuaria. 5.2.3.

Mecanismos, instrumentos y estrategias de coordinación asistencial para la prestación de servicios de rehabilitación en salud La coordinación asistencial puede definirse como la concertación de todos los servicios relacionados con la atención en salud, con independencia del lugar donde se reciban, de manera que se sincronicen y se alcance un objetivo común sin que se produzcan conflictos (Terraza, Vargas & Vázquez, 2006).

Debe favorecer la continuidad de la atención en salud, mediante: i) la gestión de la información que incluya su disponibilidad, utilización y la interpretación de acontecimientos anteriores, para proporcionar una atención apropiada a la circunstancia actual de la persona; i¡) gestión para la provisión de la atención de manera coordinada en el tiempo para que se complementen los servicios y no se pierdan o dupliquen los servicios solicitados; y iii) longitudinalidad para la interacción de la persona con un mismo prestador a lo largo del tiempo.

ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J JO0178 8 DE 04 SEP 2025- PÁGINA 21 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". En el marco de las redes de prestadores de servicios de salud, los servicios de rehabilitación en salud se deben articular con los demás servicios y se deben coordinar entre los prestadores y entre niveles de atención, para alcanzar los resultados esperados a partir de la planeación e implementación de intervenciones de rehabilitación en salud.

Para este propósito, es importante el reconocimiento de la rehabilitación en salud en instancias y mecanismos de coordinación técnica y operativa, y en la planificación e implementación de la referencia y contrarreferencia. a. La rehabilitación en salud en los procesos de referencia y contrarreferencia Los procesos de referencia y contrarreferencia son el mecanismo de coordinación asistencial esencial en la configuración de las redes para la prestación de servicios de salud.

A continuación, se presentan unas recomendaciones a tener presente en la implementación de este mecanismo, en lo referente a la prestación de los servicios de rehabilitación en salud: Las EPS o quien haga sus veces en coordinación con sus prestadores de servicios deben garantizar a la persona, el tránsito entre las atenciones en servicios de baja, mediana y alta complejidad, teniendo en cuenta las necesidades identificadas en la persona, los resultados de las evaluaciones realizadas por profesionales de salud para la rehabilitación en salud y los logros evidenciados en el ciclo de rehabilitación en salud.

El prestador de servicios debe conocer la oferta de servicios de rehabilitación en salud dispuesta por el asegurador en los diferentes niveles de atención, establecer canales de comunicación efectivos, y hacer uso de herramientas de coordinación asistencial para brindar información adecuada y suficiente. También debe orientar las conductas de manejo recomendadas para dar continuidad o hacer seguimiento a la implementación del ciclo de rehabilitación en salud, acordes con el nivel de resolutividad esperado en el nivel de atención hacia el cual es remitida o contrarremitida la persona.

Las recomendaciones pueden incluir la canalización para la complementariedad entre las intervenciones en salud de tipo individual y colectivo y la orientación hacia las acciones intersectoriales cuando la persona es remitida o contrarremitida al primer nivel. • Los procesos de referencia y contrarreferencia y el uso de herramientas de coordinación asistencial deben estar documentados por los prestadores, con definición de responsabilidades claras y mecanismos de coordinación de la red con los aseguradores (MSPS, 2016b). • Las herramientas para los procesos de referencia y contrarreferencia deben permitir identificar criterios de remisión hacia los servicios de rehabilitación en salud de los diferentes niveles de complejidad. b. Instrumentos para la coordinación asistencial en la prestación de servicios de rehabilitación en salud La implementación y adecuación de los instrumentos de coordinación asistencial resultan fundamentales para la efectiva integración de los servicios de rehabilitación en salud con toda la oferta de servicios disponibles en los diferentes prestadores y, además, son estratégicos para garantizar la calidad de la atención en general.

Es importante señalar que el desarrollo de los instrumentos para la atención y gestión clínica en rehabilitación en salud requerirá un trabajo articulado del Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud- IETS, junto con las diferentes organizaciones de profesionales y facultades de salud, asociaciones científicas, entre otras con competencias en el campo.

Asimismo, los prestadores de servicios de salud deberán adoptar las recomendaciones que emita el Ministerio de Salud y Protección Social con relación a los instrumentos priorizados para la prestación de servicios de rehabilitación en salud (Tabla 9). I ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JÜ301788 DE 04 SEP 2025” PÁGINA 22 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Tabla 9. Recomendaciones sobre el uso de instrufnentos.para la coordinación asistencial en la prestación de servicios de rehabilitación en salud Instrumento Guias de práctica clínica (CPC), protocolos o recomendaciones basadas en la mejor evidencia disponible. Sistemas de información integrados - historia clínica 5.2.4. _______________________ Recomendación_______________________ Son instrumentos de coordinación asistencial que orientan en las actividades que deben realizarse para la atención de una determinada condición de salud en todos los niveles de atención. Aportan a la coordinación asistencial, al definir criterios de derivación entre niveles de atención y fijar objetivos asistenciales comunes.

En la adopción y adaptación de GPC de las condiciones de salud que se requieran, se incluyen recomendaciones que orientan al talento humano en salud en decisiones relacionadas con el proceso de rehabilitación en salud, según el nivel de atención donde se prestan los servicios. Las guias en principio son definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, sin embargo, dada la amplitud de condiciones de salud que requieren servicios de rehabilitación en salud, cada prestador requiere definir las que aplican a las condiciones de salud más prevalentes que atienden y adoptar guías o protocolos que no se encuentren disponibles desde el sistema de salud._______________________________________ Se reconoce como un instrumento de coordinación que permite transmitir información de un nivel asistencial a otro o entre profesionales en un mismo prestador.

Se recomienda a los prestadores de servicios que los profesionales a cargo registren información apropiada y suficiente, que asegure la coordinación de la información entre los diferentes servicios y oriente la toma de decisiones que aporte al cumplimiento de los objetivos de rehabilitación en salud de la persona. Planeación e implementación de las intervenciones individuales en los servicios de rehabilitación en salud Las instituciones prestadoras de servicios de salud, profesionales independientes de salud y entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud, que tengan habilitado alguno de los servicios de rehabilitación en salud o que proyecten su habilitación, deben realizar la gestión de tipo asistencial, administrativa y estratégica para la planeación e implementación de las intervenciones individuales a través del ciclo de rehabilitación en salud.

También deben definir acciones de coordinación con los demás actores intervinientes para garantizar la articulación con las intervenciones de tipo colectivo y las acciones intersectoriales, que permitan alcanzar los resultados del plan de rehabilitación establecido para cada persona. 5.2.5. Ciclo de rehabilitación en salud Se estructura e implementa esencialmente con intervenciones individuales haciendo uso de las tecnologías de salud requeridas para la rehabilitación en salud.

A través del ciclo, los profesionales y equipos multidisciplinarios de rehabilitación en salud pueden ejecutar intervenciones individuales interrelacionadas, secuenciales y continuas, para el logro de los objetivos y/o metas establecidos en el plan de rehabilitación, según las necesidades de atención de la persona y bajo las orientaciones del funcionamiento humano. El ciclo también incluye acciones de complementariedad con las intervenciones colectivas desarrolladas por el personal de salud en los entornos familiar, comunitario, educativo, laboral e institucional, y la articulación con acciones intersectoriales dispuestas en el territorio, mediante la canalización de la persona y su familia hacia la oferta disponible o al brindar recomendaciones para su participación en la oferta requerida, según sus necesidades.

Como resultado de la implementación del ciclo, se espera que la persona mejore o conserve su condición de salud y que, en su interacción con el entorno, pueda alcanzar o mantener el máximo nivel de independencia posible en el desempeño en actividades de la vida diaria y en su participación social. a. Entrada al ciclo de rehabilitación en salud La entrada de la persona al ciclo de rehabilitación en salud se puede dar por la remisión de medicina general u otras especialidades médicas hacia servicios de rehabilitación en salud disponibles en el mismo nivel de atención en el cual ha recibido la atención médica, por la activación de procesos de ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO ÜÚÜ01738 DE 0 4 SEP 2025 PÁGINA 23 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". referencia y contrareferencia entre niveles de atención y, a partir de la canalización desde las intervenciones colectivas y desde la oferta social e intersectorial.

A través de los mecanismos de referencia y contrarreferencia entre prestadores de servicios de salud de la red la persona puede ser remitida por profesionales de los servicios considerados puerta de entrada al sistema, dispuestos en consulta externa, urgencias y hospitalización, tras la identificación de condiciones que afectan o podrían afectar el funcionamiento de la persona y que deben ser abordadas en los servicios de rehabilitación en salud, donde se implementa el ciclo.

En el caso de prestadores de primer nivel que no cuenten con los servicios de rehabilitación en salud requeridos por la persona, la red activa el mecanismo de referencia para que se pueda garantizar la atención con otro prestador de primer nivel de la red. Lo anterior, debe darse considerando condiciones de proximidad de los servicios para que se pueda garantizar el acceso efectivo de la persona y la continuidad en el proceso de rehabilitación en&álud.

En el caso de prestadores de segundo o tercer nivel, el ciclo se activa a través de la atención en consulta externa de forma directa en los servicios de rehabilitación en salud, cuando se haya ordenado la atención en dicho servicio, por medicina general o alguna especialidad médica. En las áreas de internación, a través de interconsultas u otros mecanismos dispuestos internamente para garantizar la atención integral.

Finalmente, en los procesos de alta hospitalaria, se debe considerar la contrareferencia como mecanismo para lograr que las personas puedan iniciar o continuar ciclos de rehabilitación en salud lo más próximo a sus lugares de residencia. También se considera como entrada al ciclo de rehabilitación en salud el procedimiento de canalización desde las intervenciones colectivas y la oferta social e intersectorial presentes en el territorio hacia el prestador de servicios.

Lo anterior, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas emitidas por este Ministerio para su ejecución y seguimiento y considerando los mecanismos de gestión y coordinación con los actores involucrados para garantizar el acceso efectivo de la población canalizada. La canalización puede ser realizada por: i) los equipos básicos de salud o quienes hagan sus veces, ¡i) los trabajadores de salud pública desde el PSPIC dispuesto en el territorio, iii) actores, agentes o líderes comunitarios y, iv) funcionarios de otros sectores diferentes a salud o de programas con ofertas sociales, que tengan competencias para identificar riesgos o conocimientos básicos sobre necesidades de rehabilitación en salud.

La pertinencia del ordenamiento y remisión hacia los servicios de rehabilitación en salud de la persona que ha sido canalizada estará a cargo del profesional de salud que hace parte de los servicios reconocidos como puerta de entrada. b. Momentos del ciclo de rehabilitación en salud El ciclo consta de cuatro momentos: 1) evaluación inicial, 2) planeación de la intervención, 3) implementation de la intervención y, 4) evaluación final.

Estos, a su vez, comprenden una serie de actividades que se desarrollan de manera continua y escalonada, tal como se representa en la Figura 1. El seguimiento y monitoreo es un elemento transversal a todo el ciclo de rehabilitación en salud. A partir de este se reconocen los avances de la persona y el cumplimiento de los objetivos y se pueden tomar decisiones frente a los ajustes en la intervención, requerimientos de continuidad o de dar de alta, entre otros.

Por ello, es importante el establecimiento de una periodicidad para su desarrollo durante el proceso de rehabilitación en salud, es decir se deben definir momentos de evaluación en el transcurso de las atenciones. Finalmente, el seguimiento y monitoreo también debe realizarse posterior a la evaluación final para observar el mantenimiento de los resultados de la intervención de rehabilitación en salud, la adherencia a los planes caseros u otros requerimientos terapéuticos.

ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO 30017 8 8 DE f) 4 SEP 2025 PÁGINA 24 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lincamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". Figura 1. Representación del Ciclo de rehabilitación en salud.

Plantation de la intervención / Definir objetivos/meut e intervenciones Z Entrada Implementactón'^ de la intervención \ Coordinar e impietnentar intervenciones \ / i Primer respondiente I 1 \ Identifier «ondkwn de salud y necesidades de rehabilitación \.Evaluación inicial / Evaluir efectos (lojro de metas) Hacer seguimiento / Salida Seguimiento Decisión de alta del proceso de rehabilitación / Evaluación final / - Seguimiento Nota.

Tomado y adaptado de Oña, E.D., Sánchez-Herrera, P., Jardón, A. Balaguer, C. (2019); Ministerío de Salud y Protección Social & Universidad Nacional de Colombia (2014) y Ministerio de Salud y Protección Social (2020b). A continuación, se describen cada uno de los momentos que comprenden el ciclo de rehabilitación en salud. 1) Momento de evaluación inicial: este se reconoce como punto inicial del ciclo.

Permite establecer el nivel de funcionamiento de la persona, identificando el nivel de afectación en el componente biológico, su relación con la dificultad que pueda presentar en la ejecución de actividades de la vida diaria y las restricciones en la participación social. Incluye el reconocimiento de los facilitadores y las barreras que se presentan en el entorno, mediante el análisis de las condiciones personales, sociales, culturales, económicas y del contexto de los determinantes que están afectando positiva o negativamente a la persona.

La evaluación inicial, centrada en la persona, reconoce sus necesidades, intereses y expectativas, por lo cual requiere de la atención exclusiva con la persona, su familia y/o cuidadores. Puede ser realizada de manera individual por el profesional de rehabilitación en salud a cargo o por el equipo multidisciplinario; en este caso, se lleva a cabo con la conformación y participación organizada y en simultáneo de los profesionales del equipo a cargo.

Lo anterior, estará sujeto a los servicios de rehabilitación en salud requeridos y ordenados para la persona y a la disponibilidad y la organización de la atención por parte del prestador de servicios (Tabla 10). En todo caso, debe garantizarse que la evaluación se dé bajo los criterios de seguridad y calidad establecidos desde el Sistema Único de Habilitación. Tabla 10.

Aspectos por considerar en la evaluación inicial Acciones desarrolladas en el momento de evaluación inicial 1. Reconocer los apoyos para la comunicación y la toma de decisiones, para orientar el consentimiento informado y la comunicación durante todo el ciclo de rehabilitación en salud. 2. Llevar a cabo el procedimiento de consentimiento informado para la atención en el servicio de rehabilitación en salud. 2.

Identificar datos personales y familiares. 3. Establecer el motivo de consulta y las expectativas e intereses de la persona, su familia y/o persona cuidadora frente al proceso de rehabilitación en salud. 4. Identificar las experiencias de rehabilitación en salud previas, si es el caso, mediante la revisión de la historia clínica o preguntas ligadas a la historia de vida. 5.

Desarrollar la entrevista clínica y anamnesis para la identificación de antecedentes personales y familiares, y otra información relevante de la historia de vida de la persona. ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J300178 8 DE 04 SEP 2025^ PÁGINA 25 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”. 6.

Llevar a cabo el diagnóstico de rehabilitación orientando el tratamiento más efectivo y seguro con la resolución de las condiciones de sá1¿d susceptibles para ello, o con la disminución del impacto de sus consecuencias. 7. Identificar y seleccionar los instrumentos y/o herramientas de medición o de valoración disciplinares y funcionales. 8.

Aplicar las pruebas disciplinares y funcionales, así como la identificación de barreras y facilitadores del entorno donde se desempeña la persona. 9. Analizar los resultados de las pruebas disciplinares, funcionales y del reconocimiento de barreras y facilitadores, para establecer un perfil de funcionamiento y un diagnóstico profesional. Instrumentos e insumos 1.

Formato o módulo de historia clínica que incluya: Información personal, motivo de consulta, anamnesis, resultados de evaluaciones disciplinares que permiten establecer el compromiso en estructuras y funciones corporales de la persona e instrumentos de valoración funcional para identificar el nivel de dificultad de la persona en la ejecución de actividades de la vida diaria. 2.

Formato de consentimiento informado. 3. Anexos de resumen de historia clínica de atenciones previas por otros servicios de salud, imágenes diagnósticas o exámenes complementarios, que aporten la recopilación de datos e identificación de necesidades de rehabilitación en salud de la persona. Resultados esperados Deben reflejar el diagnóstico o condición de salud, la identificación de las deficiencias en estructuras y funciones corporales, las limitaciones en el desempeño de las actividades de la vida diaria, las restricciones en la participación y los factores contextúales ambientales y personales, de acuerdo con el modelo de funcionamiento humano, creando así un perfil de funcionamiento individualizado.

Recomendaciones para los procesos administrativos y de apoyo 1. Disponer de procedimientos institucionales que orienten y estandaricen el acceso y asignación de citas a los servicios de rehabilitación en salud autorizados a las personas, teniendo en cuenta las actividades asistenciales, administrativas y de apoyo. 2. Contar con la organización de agendas que establezcan tiempos y horarios exclusivos para la evaluación inicial de las personas en los servicios de rehabilitación en salud que ofertan.

Frente a la definición de tiempos de atención, se recomienda que los prestadores establezcan una duración que permita a los profesionales realizar una evaluación segura y de calidad. 3. Disponer de formatos de historia clínica de uso exclusivo de los servicios de rehabilitación en salud, que permitan registrar de manera ágil, organizada y segura, la información que surta de la evaluación inicial, bajo los criterios recomendados en este anexo técnico, cumpliendo siempre con los estándares establecidos en el Sistema Único de Habilitación. 4.

Implementar un mecanismo de monitoreo de la gestión del servicio sobre las acciones desarrolladas en el momento de valoración inicial como: indicadores de oportunidad en la cita o indicadores epidemiológicos, adherencia a Guías de Práctica Clínica o protocolos, entre otros. 2) Momento de planeación de la intervención: en este se establecen los objetivos del proceso de rehabilitación en salud y las intervenciones que permitirán su logro.

Se realiza a partir de los resultados de la evaluación inicial y los intereses y expectativas manifestados por la persona, sus familiares y/o cuidadores sobre la rehabilitación en salud. Se definen las intervenciones individuales que serán implementadas por el profesional o el equipo multidisciplinario de rehabilitación en salud, e incluye cuando sea necesario información sobre las intervenciones colectivas y las acciones intersectoriales hacia las cuales se puede canalizar a la persona y su familia, de acuerdo con los objetivos de rehabilitación en salud y la oferta disponible en el territorio.

Todo esto consolida el plan de rehabilitación en salud definido para el desarrollo de la implementación de la intervención (Tabla 11). Tabla 11. Aspectos por considerar en la planeación de la intervención Acciones que se desarrollan en el momento de planeación de la intervención 1.Definir y consignar los objetivos y /o metas funcionales de intervención, que sean concertados entre el profesional o equipo multidisciplinario y la persona y su familia. 2.

Establecer un plan de rehabilitación en salud estructurado, secuencial e individual de intervención que incluya: ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO / DE 0 4 SEP 2025 PÁGINA 26 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Porta cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”. -Intervenciones individuales que contemplen el desarrollo de estrategias terapéuticas, los enfoques y modalidades de intervención, que pueden orientarse hacia la promoción y prevención, restauración, mantenimiento o modificación (American Occupational Therapy Association, 2014); los procesos de educación en salud a la persona y la familia o persona cuidadora, canalización o remisión hacia otros servicios de salud, y la prescripción, adaptación y entrenamiento clínico de ayudas técnicas. - La identificación y recomendación de canalización a intervenciones colectivas disponibles en el territorio, que aporten al cuidado de la salud de la persona y su familia y al cumplimiento de objetivos o metas del plan de rehabilitación en salud, cuando aplique. - El reconocimiento y recomendaciones de canalización hacia la oferta intersectorial, u orientaciones para el desempeño de la persona en los entornos en que participa, que aporten al cumplimiento de los objetivos del plan de rehabilitación en salud. 3.

Dejar registro del plan de rehabilitación en salud como parte integral de la historia clínica y como principal mecanismo para la coordinación con otros servicios e intervenciones. 4. Brindar recomendaciones sobre la modalidad de intervención, la conveniencia del desarrollo de la atención en sesiones individuales, grupales o en atención simultánea. 5.

Establecer y delimitar el tiempo del proceso de rehabilitación en salud; la definición de la intensidad y duración de las intervenciones terapéuticas. 6. Identificar los riesgos y las recomendaciones para su mitigación, garantizando la seguridad de la persona durante la atención. 7. Determinar la referencia a otro nivel de complejidad para atender las necesidades de rehabilitación en salud de la persona.

Instrumentos e insumos 1. Formato o módulo de historia clínica con los resultados de la valoración inicial de la persona, los objetivos y metas definidos y las necesidades y expectativas de la persona. 2. Directorio de la oferta intersectorial Resultados esperados Plan de rehabilitación en salud definido y registrado en la historia clínica, que orienta el cumplimiento de objetivos y/o metas funcionales centradas en la persona y su familia, a través de la organización de intervenciones individuales y la articulación con intervenciones colectivas e intersectoriales, según las necesidades identificadas en la evaluación inicial.

Recomendaciones para los procesos administrativos y de apoyo 1. Identificar objetivos y metas funcionales medibles para establecer de manera objetiva los avances de la persona con la rehabilitación en salud. 2. Establecer mecanismos en el formato o módulo de historia clínica que permitan monitorear y registrar el avance de los objetivos o metas funcionales establecidos en el plan de rehabilitación en salud. 3.

Contar con un directorio de la oferta intersectorial presente en el territorio para la canalización de las personas que lo requieran para el caso de los servicios de rehabilitación de baja complejidad. Así mismo, podrán establecer mecanismos de coordinación con los operadores del PSPIC, para conocer el cronograma, la oferta y los mecanismos de canalización 4.

Contar con un directorio de la oferta intersectorial y del PSPIC en el caso de los servicios de mediana y alta complejidad, para orientar a los usuarios que residen en los territorios donde se encuentran habilitados estos servicios. 5. Implementar desde los prestadores mecanismos de monitoreo asociados a la gestión del servicio sobre las acciones desarrolladas en la planeación de la intervención, como: indicadores de eventos adversos, tasas de caídas, adherencia a Guías de Práctica Clínica o protocolos, entre otros. 3) Momento de implementación de la intervención: consiste en la coordinación y ejecución de las atenciones en rehabilitación en salud que realizan los profesionales para materializar el plan de rehabilitación en salud establecido, que comprende las estrategias terapéuticas diseñadas para optimizar el funcionamiento de la persona, mejorar su independencia y autonomía en la realización de las actividades de la vida diaria y brindar recomendaciones para su participación en los diferentes entornos sociales (Tabla 12).

Las intervenciones se encaminan al logro de los objetivos y/o metas previamente establecidos y la medición de los resultados de las intervenciones terapéuticas. ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO j0301788 de 04 SEP 2025 PÁGINA 27 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud’’.

Tabla 12. Aspectos por considerar en implementation de la intervención Acciones que se desarrollan en el momento de implementación de la intervención 1. Implementar el plan de rehabilitación en salud mediante la ejecución de intervenciones individuales establecidas por los profesionales. 2. Monitorear y evaluar los cambios en el estado de funcionamiento, la respuesta de la persona al proceso de intervención y su progreso frente al cumplimiento de los objetivos y/o metas del plan de rehabilitación en salud. 3.

Establecer espacios de comunicación con los profesionales del equipo de rehabilitación en salud o de otros servicios que apoyan el proceso de rehabilitación en salud, para definir nuevas conductas. 4. Ajustar las estrategias terapéuticas y demás acciones y recomendaciones del plan de rehabilitación en salud, incluidos los objetivos o metas en los casos que sea requerido. 5.

Documentar en la historia clínica las intervenciones individuales realizadas, e incluir información que refieran la personas frente a cambios o avances alcanzados con la rehabilitación en salud y frente a la gestión para participar en la oferta de intervenciones colectivas o las acciones intersectoriales, según recomendaciones del plan de rehabilitación en salud. 6.

Brindar educación en salud a la persona y su familia o persona cuidadora para reforzar conductas terapéuticas que promuevan el cumplimiento de los objetivos y recomendaciones de adaptación en el entorno para facilitar el desempeño de la persona. 7. Desarrollar procesos de prescripción y entrenamiento clínico de ayuda técnicas, cuando sean requeridas en el plan de rehabilitación en salud. 8.

Implementar acciones de mitigación de riesgos dispuestas en el plan de rehabilitación en salud para minimizar la ocurrencia de eventos adversos con las personas durante la atención. Instrumentos e insumos Resultados esperados 1. Formato o módulo de historia clínica con el plan de rehabilitación en salud. 2. Apartado de historia clínica que permita el registro y evolución de las intervenciones individuales realizadas y de los avances reportados por la persona y su familia sobre las orientaciones de canalización a intervenciones colectivas y acciones intersectoriales.

Plan de rehabilitación en salud implementado con el monitoreo de avances alcanzados y ajustes requeridos, cuando sean necesarios. Recomendaciones para los procesos administrativos y de apoyo 1. Establecer espacios de comunicación entre los profesionales de los servicios de rehabilitación en salud durante la implementación del plan de rehabilitación en salud para definir avances o ajustar las estrategias terapéuticas y demás recomendaciones clínicas con miras a alcanzar los objetivos y metas propuestas en dicho plan. 2.

Organizar la agenda y procesos de asignación de citas para una adecuada prestación de los servicios de rehabilitación en salud, acordes a las necesidades de la población que atienden y bajo los principios de seguridad y calidad. 3. Establecer tiempos de atención que permitan una atención con calidad y garantice de parte del profesional un adecuado registro en la historia clínica con la evolución de las intervenciones realizadas a la persona, en tiempo real. 5.

Implementar desde los prestadores mecanismos de monitoreo asociados a la gestión del servicio sobre las acciones desarrolladas en la intervención, como: indicadores de eventos adversos, tasas de caídas, adherencia al tratamiento, adherencia a Guías de Práctica Clínica o protocolos, entre otros. 4) Momento de evaluación final: el ciclo de rehabilitación en salud cierra con el momento de evaluación final donde se identifican los logros alcanzados por la persona como resultado de la intervención. En este también se verifica la satisfacción de las necesidades y el cumplimiento de las expectativas de la persona acordadas en la definición de la intervención y dispuestas en el plan establecido.

En la evaluación final se debe considerar la pertinencia de continuar con el proceso de rehabilitación en salud mediante una ampliación de las intervenciones, justificando dicha conducta, con el nivel de avance alcanzado y lo esperado en el nuevo proceso. Para ello, deberán ser enviadas las recomendaciones al profesional de salud que remitió a los servicios de rehabilitación en salud, para hacer el respectivo ordenamiento si lo considera pertinente.

También se definen las actividades de mantenimiento, así como el seguimiento ambulatorio o domiciliario que sea requerido como se describe en la Tabla

13. ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J0001788 DE 0 4 SEP 2025= PÁGINA 28 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Porta cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". Tabla 13. Aspectos por considerar en la evaluación final Acciones que se desarrollan en el momento de la evaluación final 1.

Estimar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos durante la rehabilitación en salud, mediante la aplicación de pruebas, instrumentos y/o herramientas definidas y la medición objetiva de los resultados obtenidos. 2. Valorar junto con la persona los logros alcanzados en el proceso e identificar las acciones de mantenimiento a continuar en los contextos en los que la persona se desenvuelve. 3.

Determinar el cumplimiento del plan de rehabilitación en salud con los objetivos y/o metas planteadas o recomendar su continuidad con nuevos objetivos y/o metas en el servicio de igual complejidad o en otro de mayor complejidad. 4. Establecer acciones de seguimiento en lapsos de tiempo definidos, por ejemplo, 1,3, 6 o 12 meses, según criterio de los profesionales, a través de consultas de control y seguimiento una vez se dé el alta a la persona. 5.

Recomendar la canalización o remisión de la persona, su familia y/o cuidador a otros servicios de salud, para garantizar un cuidado integral de la salud. 6. Promover la canalización final hacia intervenciones colectivas dispuestas en el territorio, como el fortalecimiento de redes sociales y familiares, rehabilitación basada en comunidad, jornadas de salud y dispositivos comunitarios, entre otras, que complementen y fortalezcan las capacidades alcanzadas con la intervención, cuando sea requerido. 7.

Brindar orientaciones a la persona y su familia para su canalización en la oferta dispuesta por otros sectores en el territorio, de manera que se aporte a su participación social cuando sea requerido. 8. Dejar registro en la historia clínica sobre los resultados de la evaluación final y las consultas de control y seguimiento, reportando los resultados alcanzados durante la rehabilitación con la implementación de las intervenciones individuales. 9.

Documentar en la historia clínica la información que reporte la persona frente a su participación en las intervenciones colectivas o intersectoriales hacia las que fue canalizada, o información que permita medir la efectividad de la canalización. 10. Entregar recomendaciones o planes para manejo en casa a la persona, familia y/o cuidador. 11.

Entregar resumen de historia clínica o informe final de la intervención que permita a los profesionales tratantes que remitieron a los servicios de rehabilitación en salud, establecer nuevas conductas frente a la atención integral en salud. 12. Recomendar mediante procesos de referencia y contrarreferencia atención especializada en servicios de rehabilitación de mediana o alta complejidad o el seguimiento o continuidad del plan de rehabilitación en servicios de baja complejidad. 13.

Definir el pronóstico y evolución de la condición de salud, articulando los procesos de rehabilitación en salud en el seguimiento de largo plazo. Instrumentos e insumos Resultados esperados 1. Formato o módulo de historia clínica con Personas dadas de alta y en seguimiento que apartado de registro de la evaluación final. cumplieron los objetivos y metas del plan de 2.

Herramientas, formatos o pruebas rehabilitación en salud, acordes a sus necesidades disciplinares o funcionales para reevaluación. y expectativas y que mejoraron o conservaron un 3. Herramientas para la medición de objetivos y nivel de funcionamiento esperado. metas cumplidas reportada en los sistemas de Personas que requieren continuar con un nuevo información del prestador de servicios. plan de rehabilitación para el cumplimiento de los 4.

Documentos impresos o digitales que objetivos y metas acordes a sus intereses y contengan recomendaciones o planes caseros. expectativas para mejorar o conservar un nivel de funcionamiento esperado._____________________ Recomendaciones para los procesos administrativos y de apoyo 1. Los servicios de rehabilitación de mediana y alta complejidad podrán apoyarse mediante procesos de referencia y contrarreferencia con los servicios de rehabilitación de baja complejidad donde reside la persona, para el seguimiento o continuidad de los planes de rehabilitación en salud.

Así mismo, se apoyarán en los servicios de rehabilitación de baja complejidad para canalizar y orientar a la persona a la oferta de intervenciones colectivas y de acciones intersectoriales disponible y que se considere pertinente. Desde los servicios de rehabilitación de mediana y alta complejidad se pueden identificar con la persona y su familia intereses y expectativas para orientar su acceso a la oferta intersectorial requerida. 2.

Los prestadores de servicios pueden parametrizar sus sistemas de información para reportar resultados alcanzados con la implementación de los planes de rehabilitación de las personas que atienden, con la información registrada en los formatos o módulos de historia clínica. 3. Los prestadores pueden implementar mecanismos de monitoreo asociados a la gestión del servicio sobre las acciones desarrolladas en el momento de evaluación final y seguimiento, tales como: indicadores de satisfacción del usuario, resultados asociados a personas que mejoran su funcionamiento con el ciclo de rehabilitación, entre otros.

ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J jÜ01788 dE 04 SEP 2025- PÁGINA 29 Continuación Anexo Técnico de la resolución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". c. Prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de las ayudas técnicas dentro del ciclo de rehabilitación en salud La prescripción, adaptación, entrenamiento y seguimiento clínico de las ayudas técnicas son acciones que hacen parte de los momentos del ciclo de rehabilitación en salud; estos se describen en la Tabla 14. '• Y Tabla 14.

Prescripción, elaboración, adaptación, entrenamiento y seguimiento de ayudas técnicas sobre medida en el ciclo de rehabilitación en salud Prescripción Las ayudas técnicas son prescritas por profesionales del área médica competente, teniendo en cuenta el concepto de los profesionales de rehabilitación en salud. Su prescripción debe considerar si la persona requiere mejorar la funcionalidad afectada de manera temporal o permanente.

Adaptación En el plan de intervención debe contemplarse que una vez sea entregada la ayuda técnica se programen consultas periódicas para valorar el proceso de adaptación y determinar los ajustes que se requieran para garantizar la *No hacen parte de las funcionalidad y el acciones del ciclo de confort de la rehabilitación en salud persona. aquellas acciones En estas asociadas a la valoraciones se prescripción que son debe contar con el realizadas por los concepto del fabricantes. técnico del establecimiento que Es importante señalar elaboró el producto que una vez sea (Normas que prescrita la ayuda Nacionales técnica que corresponda regulan las buenas de con las financiadas con prácticas cargo a la UPC, su Manufactura de los provisión debe ser dispositivos realizada bajo el médicos sobre principio de oportunidad, medida). de manera que los trámites administrativos no se conviertan en barrera para su incorporación en el ciclo de rehabilitación en salud. 5.3.

Entrenamiento Seguimiento El Iprofesional tratante realizará acciones de entrenamiento clínico con la persona, su familia o persona cuidadora en el manejo de la ayuda técnica, cuando se haga su entrega. De esta manera se verificará: que el dispositivo cumpla con el propósito para el cual fue prescrito y que la persona, su familia o persona cuidadora, apropien el manejo adecuado del dispositivo, así como la limpieza y mantenimiento requeridos para conservar su funcionamiento, siguiendo las recomendaciones del fabricante.

En la etapa de seguimiento clínico debe contemplarse el recambio oportuno de la ayuda técnica, cuando esta afecta la funcionalidad, el proceso de rehabilitación en salud y el desempeño cotidiano de la persona. El recambio será prescrito por el profesional de medicina tratante, previa concertación con el equipo multidisciplinario o profesionales relacionados con la rehabilitación en salud, teniendo en cuenta las especificaciones técnicas de tiempo de uso.

Este se llevará a cabo en las siguientes circunstancias: cuando la condición de salud de la persona y su proceso de rehabilitación en salud lo amerite; cuando se requiera por crecimiento esperado a lo largo del curso de vida o por cambios morfológicos de la persona, o cuando el dispositivo haya cumplido su vida útil y hay desgaste. ** No hace parte del ciclo de rehabilitación en salud el seguimiento a la calidad de la ayuda técnica, durante el tiempo que dure la garantía del establecimiento que elabora el dispositivo médico y los profesionales tratantes.

Talento humano en salud para la rehabilitación en salud La OMS plantea que el talento humano en salud para la prestación de servicios de rehabilitación en salud corresponde a un grupo de profesionales que comparten el objetivo común de atender a las personas con condiciones de salud que llevan a la presencia de deficiencias en las funciones y estructuras corporales, limitaciones en la realización de las actividades y restricciones para su participación y asi, lograr y mantener el mayor nivel de funcionamiento posible (2019), desde la perspectiva del funcionamiento humano. En coherencia con los postulados internacionales, se reconoce como parte del talento humano en salud para la rehabilitación en salud a los profesionales ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JÚ001788 DE 0 4 SEP 2025- PÁGINA 30 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”. que prestan los servicios señalados en el numeral 2 del artículo 4 de la presente resolución, sobre los cuales se orientan las disposiciones descritas en este anexo técnico. 5.3.1.

Disponibilidad del talento humano en salud para la rehabilitación en salud La disponibilidad del talento humano en salud para la rehabilitación en salud debe responder a las necesidades de los territorios y estar en coherencia con la organización de los servicios de rehabilitación en salud y de intervenciones colectivas que aportan a la rehabilitación en salud.

Para ello las entidades territoriales de salud departamentales, distritales y municipales pueden: • • • • Definir desde la planeación integral para la salud, estrategias que favorezcan la distribución y disponibilidad de profesionales de rehabilitación en salud, apoyándose en los resultados obtenidos con el uso de herramientas que les permitan proyectar la disponibilidad del talento humano en salud, en relación con las necesidades de rehabilitación en salud del territorio.

Igualmente pueden proponer y apoyar el desarrollo de estrategias que favorezcan la vinculación digna y estable de estos profesionales en los prestadores de su red. Proponer desde la planeación del PSPIC la participación y vinculación de profesionales de las áreas de rehabilitación en salud, particularmente en aquellas intervenciones colectivas relacionadas con la Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad -RBC, dispositivos comunitarios, entre otras.

También considerar el liderazgo y acompañamiento de profesionales de rehabilitación en salud, para apoyar el diseño y la implementación de estas intervenciones, y en la formación del talento humano en salud, incluyendo a los promotores de salud, gestores comunitarios en salud, y otro personal de apoyo o en aspectos relacionados con la rehabilitación en salud.

Coordinar con la institución de salud que opere los equipos básicos de salud y el PSPIC la definición del talento humano en salud para la rehabilitación en salud que sea requerido para la conformación de equipos básicos de salud o quienes hagan sus veces, y para el desarrollo de intervenciones colectivas. Promover con los prestadores de servicios de su red la oferta de plazas de servicio social obligatorio para los profesionales de los servicios de rehabilitación en salud descritos en este lineamiento.

Adicionalmente los prestadores de servicios de salud deben: • • Actualizar las proyecciones de la capacidad instalada y determinar la disponibilidad del talento humano en salud para el desarrollo de intervenciones individuales en los servicios de rehabilitación en salud que brindan, teniendo en cuenta la infraestructura, disponibilidad de equipos, tiempos de atención y demanda de los servicios de la población que atienden.

Articular los procesos de planificación y gestión del talento humano en salud con la entidad territorial departamental y distrital, asi como la puesta en marcha de estrategias combinadas para la atracción, captación y mantenimiento del talento humano en salud en los servicios de rehabilitación en salud. 5.3.2. Equipos multidisciplinarios para la rehabilitación en salud La implementación del ciclo de rehabilitación en $ '; salud‘ recomienda el trabajo por equipos multidisciplinarios (Wade, 2015).

Los beneficios de funcionar en estos equipos incluyen: ei aumento en la continuidad de los servicios, la práctica colaborativa centrada en la persona, la familia y la comunidad; el trabajo articulado para el logro de las metas, la comprensión y resolución de problemas compartidos entre profesionales, y una mayor satisfacción de la persona atendida, su familia y el equipo mismo.

Bajo las consideraciones señaladas, se recomienda: • • • Promover la conformación y disponibilidad de los equipos multidisciplinarios, a través de un trabajo coordinado entre los prestadores de servicios y aseguradores, estableciendo acuerdos de voluntades que garanticen la disponibilidad y sostenibilidad de los servicios de rehabilitación en salud, para garantizar el acceso integralidad y continuidad de la población con una oferta cercana a su lugar de residencia en los diferentes niveles de atención. Gestionar en los acuerdos de voluntades establecidos entre los aseguradores y prestadores de servicios, que queden concertados los mecanismos de coordinación asistencial, con énfasis en procesos de comunicación eficientes para establecer y alcanzar objetivos comunes y las metas trazadas en el ciclo de rehabilitación en salud de cada persona.

Los prestadores de servicios, de acuerdo con la población que le ha sido asignada, deberán establecer las medidas requeridas para garantizar la disponibilidad del talento humano en salud para la rehabilitación en salud, con el que pueda responder a las necesidades. También pueden ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JJÍI01788 DE 04 SEP 20252 PÁGINA 31 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud’’. • • • • optar por habilitar nuevos servicios de rehabilitación en salud en otras modalidades como telemedicina, de acuerdo con la caracterización del riesgo y las necesidades de la población que atienden, buscando ampliar la oferta de servicios de rehabilitación en salud para la conformación de equipos multidisciplinarios y así garantizar la integralidad de la atención. En los casos que se requiera la prestación por varios servicios de rehabilitación en salud, el asegurador deberá promover la atención a través de un mismo prestador, de acuerdo con las indicaciones clínicas y considerando la cercanía al sitio de residencia de la persona, de esta manera facilita la conformación del equipo multidisciplinario de rehabilitación en salud para la integralidad de su atención. • •’ De no contar con un equipo multidisciplinario de rehabilitación en salud con el mismo prestador, el asegurador debe garantizar su complementariedad con otros prestadores de su red de servicios, considerando siempre las necesidades de la persona afiliada, y haciendo la exigibilidad a sus prestadores de la implementación de mecanismos de coordinación asistencial eficientes entre los profesionales de salud que orienten la planeación e implementación del ciclo de rehabilitación en salud.

La ausencia del equipo multidisciplinario no debe convertirse en una barrera para prestar atenciones en rehabilitación en salud a quienes las requieran. En los casos en que se requiera la atención por uno solo de los servicios de rehabilitación en salud, se recomienda establecer y fortalecer mecanismos de comunicación entre los profesionales que implementan el ciclo de rehabilitación en salud y los profesionales que remiten a dichos servicios; haciendo uso de herramientas de coordinación asistencial como la historia clínica y los soportes que de allí se deriven.

Incentivar el trabajo colaborativo en torno a la situación de salud de la población, lo que facilita el desarrollo permanente de resultados de aprendizaje alineados con la garantía del derecho a la salud de las personas, familias y comunidades. 5.3.3. Competencias del talento humano en salud para la rehabilitación en salud El desarrollo y fortalecimiento de competencias del talento humano en salud para la rehabilitación en salud debe responder a los nuevos retos y desafíos del sistema de salud, teniendo en cuenta los cambios epidemiológicos, sociales y culturales y las necesidades en salud que deben ser resueltas en los territorios.

Asimismo, dichas competencias deben estar alineadas con lo dispuesto en el marco normativo del sector salud y educación. En este sentido, el desarrollo de las competencias del talento humano en salud para la rehabilitación en salud debe darse conforme a los presentes lineamientos y demás normatividad relacionada en el SGSSS, con el propósito de garantizar la coherencia de los procesos de educación formal y formación continua.

De conformidad con lo establecido en la Ley 1438 de 2011, y para fortalecer formación continua y el desarrollo de competencias del talento humano en salud para la rehabilitación en salud, se recomienda a los prestadores de servicios de salud con presencia territorial y a las Instituciones de Educación Superior establecer convenios docencia servicio, que permitan al talento humano en salud en proceso de formación, aproximarse a los servicios de rehabilitación en salud, la investigación y la generación de conocimiento, mediante prácticas formativas en los servicios de salud de diferentes niveles de complejidad, así como los escenarios clínicos y no clínicos.

De manera especifica, para los prestadores de servicios se recomienda que las competencias del talento humano en salud para la rehabilitación en salud estén alineadas con las disposiciones emitidas por este Ministerio y con el marco estratégico, objetivos y valores institucionales reconocidos desde cada prestador, además de tener en cuenta aquellas funciones y actividades que deben desarrollar en su ejercicio y desempeño laboral.

Algunas de las funciones y actividades están descritas en la Tabla 15, sin detrimento de otras que puedan estar establecidas por los prestadores de servicios de rehabilitación en salud. Tabla 15. Funciones y actividades generales en los servicios de rehabilitación en salud Funciones Actividades Desarrollar atenciones en salud relacionadas con la implementación del ciclo de rehabilitación en salud, bajo las orientaciones de implementación dadas en este anexo técnico ■ Llevar a cabo la valoración inicial de las personas que asisten a los servicios de rehabilitación en salud. • Proponer planes de intervención concertados con las personas y sus familias. - Implementar intervenciones individuales, orientar y canalizar a las personas y su familia hacia intervenciones colectivas y ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JÓ30178 8 DE 0 4 SEP 2025= PÁGINA 32 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”.

Funciones Actividades poblacionales recomendadas para la rehabilitación en salud. - Realizar la evaluación final y seguimiento establecidos en el proceso de rehabilitación en salud. Apoyar en el desarrollo de actividades que aporten a procesos de gestión y administración requeridos, para el desarrollo de los procedimientos y actividades asistenciales relacionadas con los servicios de rehabilitación en salud - Llevar a cabo el registro de historia clínica, consentimiento informado y demás formatos requeridos en los procesos de rehabilitación en salud. ■ Apoyar en el desarrollo de los documentos que describen los procesos prioritarios establecidos para los servicios de rehabilitación en salud (procedimientos, protocolos y otros que requiera el prestador de servicios). - Aportar a la recopilación de información que debe ser capturada para el reporte y gestión de los indicadores establecidos por el prestador para los servicios de rehabilitación en salud. - Orientar a las personas que asisten a los servicios sobre los procesos administrativos que deben realizar para recibir la atención (autorizaciones de órdenes, asignación de citas, facturación de procedimientos, entre otros).

Participar en espacios de trabajo multidisciplinar y coordinación con profesionales de salud que hacen parte o apoyan los servicios de rehabilitación en salud, para la implementación de procesos de rehabilitación en salud - Participar en espacios de trabajo en equipo con otros profesionales de salud, para el manejo multidisciplinario en la implementación del ciclo de rehabilitación en salud cuando sea requerido. - Documentar la información requerida como mecanismo de coordinación y comunicación con otros profesionales de la salud que apoyan el proceso de rehabilitación en salud de la persona. - Apoyar en los procesos de gestión de casos requeridos para alcanzar los objetivos de rehabilitación en salud de las personas atendidas en estos servicios.

Tomar parte en procesos de formación continua, docencia e investigación establecidos en los servicios de rehabilitación en salud - Participar en jornadas de capacitación institucional y en otros procesos de formación permanente y entrenamiento avanzado que aporten a la actualización y desarrollo de competencias para su ejercicio profesional y desempeño laboral. - Apoyar en los espacios de capacitación institucional para la formación de los profesionales y personal de salud, relacionada con las acciones de rehabilitación en salud. - Contribuir a la promoción del servicio y el rol profesional difundiendo sus conocimientos y competencias mediante publicaciones, reuniones, prácticas y docencia. - Desarrollar funciones de docencia y supervisión de la formación práctica y teórica ANEXO TÉCNICO i RESOLUCIÓN NÚMERO J J 00178 8 DE 04 SEP2025- PÁGINA 33 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". __________ Funciones Actividades de los estudiantes cuando estén establecidos acuerdos de docencia - servicio.

Para efectos del presente lineamiento se recomienda que los prestadores de servicios, desde los procesos de gestión del talento humano identifiquen y definan las competencias transversales y específicas esperadas para los profesionales que hacen parte de los servicios de rehabilitación en salud, considerando su alineación con el marco estratégico institucional.

Como apoyo y complementariedad para este proceso, se sugiere consultar el documento Perfiles y competencias profesionales en salud. Perspectiva de las profesiones, un aporte al cuidado de la salud, las personas, familias y comunidades-2016, donde se describen los perfiles y competencias de un amplio grupo de profesiones de la salud, incluidas aquellas relacionadas con los servicios de rehabilitación en salud señalados en el presente lineamiento y el documento Marco de competencias para la rehabilitación, de la QMS. 5.3.4.

Formación continua o educación permanente del talento humano en salud para la rehabilitación en salud Complementa la educación formal, del nivel de educación superior y de la educación para el trabajo y el desarrollo humano. Su principal objetivo es desarrollar, fortalecer, complementar y actualizar las competencias propias de cada ocupación y profesión en el marco de las necesidades y requerimientos del entorno del trabajo y de las necesidades en salud de la población. Entre las orientaciones de formación continua o educación permanente en salud del talento humano en salud para la rehabilitación en salud se podrá tener en cuenta lo establecido en el Decreto 376 de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social, además de lo siguiente: • • • • • • • • • Deben estar dirigidas al desarrollo y fortalecimiento de conocimientos, habilidades, capacidades, destrezas con base en un enfoque por competencias (MSPS, 2020), mediante metodologías y estrategias como ejercicios de simulación, observación, interacción, reflexión y discusión de casos, entre otras.

Deben promover el acceso equitativo del talento humano en salud y su desarrollo personal y profesional, buscando articular los escenarios de formación con los de desempeño laboral. Las competencias por desarrollar deben responder a las necesidades y problemáticas en salud de la población, priorizando temáticas que fortalezcan la Atención Primaria en Salud, salud pública, salud colectiva, interculturalidad, territorialidad, gestión integral del riesgo y el enfoque diferencial, conforme las disposiciones que se emitan desde este Ministerio.

Deben responder a las necesidades de formación que identifiquen los prestadores de servicios de salud, de acuerdo con el perfil epidemiológico, teniendo en cuenta los aspectos sociales y/o sanitarios de la población que atienden y el nivel de atención donde prestan los servicios. Deben estar orientadas al desarrollo, fortalecimiento y/o actualización de las competencias necesarias para el desempeño de las funciones y actividades reseñadas en la Tabla 15 Permitir el desarrollo de competencias para el abordaje de las personas desde el funcionamiento humano, incluyendo temáticas relacionadas con la prestación de servicios de rehabilitación en salud según el nivel de atención, con énfasis en servicios de baja complejidad para el fortalecimiento de la capacidad resolutiva, la atención integral en salud con enfoque psicosocial y diferencial, así como la administración y gestión de servicios de rehabilitación en salud.

Cada prestador podrá complementar o modificar las temáticas en función de sus características, de las necesidades de la población atendida y del talento humano en salud. La implementación de las acciones de formación deberá realizarse mediante modalidades, horarios y cronogramas que consideren la disponibilidad de tiempo, los recursos tecnológicos y las condiciones laborales del talento humano en salud en ejercicio (MSPS, 2020).

Implican la implementación de procesos de formación continua y educación permanente en salud por parte de los prestadores, considerando las orientaciones de la autoridad competente respecto a contenidos y tiempos, entre otros aspectos teniendo en cuenta el marco normativo vigente. Desarrollar procesos de formación continua o educación permanente en salud para los servicios de rehabilitación en salud teniendo en cuenta el trabajo colaborativo multidisciplinar. 5.4.

Gestión financiera y de recursos para la rehabilitación en salud Este componente busca orientar a los diferentes actores en la identificación de las fuentes de financiación para su gestión y garantizar la rehabilitación en salud a la población que la requiera. En ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J JÜ01788-DE 0 4 SEP 202jp PÁGINA 34 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud’’. primer lugar, se enuncian los recursos que permiten la cobertura de las intervenciones individuales para la rehabilitación en salud (servicios y tecnologías).

En segundo lugar, se señalan las fuentes con las que se financian los procesos de gestión de la salud pública y las intervenciones colectivas, teniendo en cuenta su importancia para el desarrollo e implementación de la rehabilitación en salud a nivel territorial. En tercer lugar, se presentan fuentes para intervenciones poblacionales y acciones intersectoriales que amplían el alcance de la rehabilitación en salud.

Finalmente, se reconocen otras fuentes de recursos a gestionar en los territorios o desde otros sectores que pueden financiar acciones que aporten a la rehabilitación en salud. En la Figura 2 se recopilan las diferentes fuentes de financiación para la prestación de intervenciones de rehabilitación en salud y otras intervenciones que se articulan con esta, las cuales se describen a continuación. Figura 2.

Fuentes de financiación para la rehabilitación en salud fuentnl recursos fijes L Intervenciones [ Fuentes/ recursos ]| Individuales 111 j I Colectivas UPC Presupuestos tráximos SOAT.ARL No financiado Tecnoíosías de salud exdudas Ayuaas técnicas cpxtnoswi Fuentes/ recuraos variables I í'| l- Procesos Gestión de la salud pública SGP-SP Recursos prepos («otoñales Pottódonedes Recursos propios Ssíe«« General de RegaiasSGR SGP Mxe mversiór» Otros recursos (P. ej Ccopernaóo. Focdo Paz) Proyedos de de MsiSajud finanoedos recursos det PGM oon Recursos del crédito íinlemo y esdereo) méixos Nota.

Tanto la UPC como los presupuestos máximos son fuentes de fínanciación que permiten la cobertura de servicios y tecnologías en salud que hacen parte del Plan de Beneficios en Salud para los afiliados al SGSSS. 5.4.1. Financiamiento de las intervenciones individuales para la rehabilitación en salud Las intervenciones individuales para la rehabilitación en salud se prestan a través del conjunto de servicios y tecnologías en salud que son garantizados a las personas afiliadas Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través de los mecanismos de pago denominados Unidad de Pago por Capitación -UPC y presupuestos máximos administrados por las EPS o quien haga sus veces.

Se exceptúan aquellos servicios y tecnologías explícitamente excluidos de financiación de recursos públicos asignados a la salud, en aplicación del procedimiento establecido en el artículo 15 de la Ley 1751 de 2015. Frente a la financiación de ayudas técnicas para la rehabilitación en salud para los afiliados al SGSSS, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la presente resolución, aquellas reconocidas como dispositivos médicos esto es, insumes, suministros y materiales, incluyendo el material de sutura, osteosíntesis y de curación, sin excepción, necesarios e insustituibles para la prestación de los servicios y tecnologías en salud financiadas con recursos de la UPC o de presupuestos máximos, en el campo de la atención de urgencias, atención ambulatoria o atención con internación, advirtiendo las especificaciones y excepciones contenidas en los artículos 55 y 56 la resolución 2366 de 2023 o aquella que la modifique o sustituya.

Se deben considerar los desarrollos normativos relacionados con la definición de fuentes de recursos para ayudas técnicas, dispuestos para la población víctima de conflicto armado, con miras a garantizar su acceso. Es importante precisar que, si la intervención que se realiza requiere ayudas técnicas no financiables por el sistema de salud, y el origen de la condición de salud que demanda tanto la intervención como la ayuda técnica, corresponde a otros planes, tales como medicina prepagada, regímenes especiales, planes complementarios, riesgo laboral y SOAT, deben ser financiados con los recursos de dichos planes. 5.4.2.

Financiamiento de los procesos de gestión de la salud pública e intervenciones colectivas que aportan a la rehabilitación en salud El proceso de asignación presupuestal para la financiación de las acciones de salud pública, contenidas en el SGSSS, y de acuerdo con las competencias asignadas a las entidades territoriales a través de la Ley 715 de 2001 se soportan para su gestión, principalmente, en los recursos transferidos por la nación a través del Sistema General de Participaciones -SGP para el subcomponente de salud pública, con los cuales las entidades territoriales deberán garantizar la ejecución de los ejes estratégicos señalados ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JJÜ01788 DE 0 4 SEP 2025;

PÁGINA 35 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". en el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031. El SGP es la principal fuente de financiación desde la cual se destinan los recursos para la financiación de los procesos de Gestión de la Salud Pública y el desarrollo del PSPIC en los territorios.

Por tanto, es responsabilidad de las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales planear y ejecutar a través de estos recursos, las. acciones estratégicas destinadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud e intervenciones colectivas que aporten a la atención integral de aquellas condiciones de salud que pueden afectar el funcionamiento humano, de acuerdo con los dispuesto en el apartado 5.1 de este anexo técnico.

Finalmente, en el marco de la Gestión de la Salud Pública se debe considerar la coordinación intersectorial como proceso fundamental para la gestión de la rehabilitación en salud de poblaciones específicas. Por tanto, en la medida en que las entidades territoriales definan en los planes territoriales y en los planes acción de salud, iniciativas asociadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud para la atención de poblaciones específicas, es viable planear y destinar recursos tanto del SGP del subcomponente de salud pública, como de otras fuentes, para el cumplimiento de este propósito.

Es importante que, en la planeación de acciones para la garantía del acceso a la rehabilitación en salud de poblaciones diferenciales y vulnerables, las entidades territoriales y los demás actores con competencias, tengan acuerdos de coordinación para la concurrencia de recursos sin que se llegue a duplicar su financiación por diferentes fuentes. 5.4.3.

Intervenciones poblacionales que aportan a las metas de la rehabilitación en salud y a la mejora del funcionamiento de la población Las intervenciones poblacionales son de carácter estructural y requieren de la acción intersectorial para su desarrollo. Se realizan bajo el liderazgo de la Nación y de las entidades territoriales y su alcance puede ser nacional, departamental, distrital o municipal (de acuerdo con sus competencias).

Estas intervenciones afectan las condiciones, modos y los estilos de vida de una sociedad y dan cuenta de la acción sobre los determinantes sociales y ambientales de la salud. La principal fuente de recursos para las intervenciones poblacionales es el SGP de libre inversión. Las entidades territoriales tendrán en cuenta la salud y el funcionamiento humano para la formulación de las políticas públicas, pues garantizar condiciones de vida dignas implica asegurar que las personas puedan desempeñarse en entornos acordes con sus necesidades y expectativas.

La transformación de los determinantes sociales y ambientales de la salud genera contextos y entornos saludables para toda la población y, a su vez, permite fortalecer el trabajo articulado entre los sectores para el abordaje de situaciones como, la accidentalidad vial, accidentalidad laboral, violencias, entre otras. Lo anterior es clave teniendo en cuenta que los determinantes sociales no solo pueden actuar como riesgos o potenciadores de la salud, sino que inciden en los procesos de atención y cuidado de la salud, condicionando los resultados esperados de las intervenciones.

Asimismo, se deben diseñar e implementar estrategias para difundir información sobre los factores protectores y de riesgo que llevan a experimentar discapacidad, así como alternativas para controlarlos o prevenirlos. 5.4.4. Financiamiento de la rehabilitación en salud a través de otros mecanismos Son reconocidas como otras fuentes de financiación para la rehabilitación en salud, aquellas establecidas en los planes de beneficios de los regímenes especiales o de excepción en salud y los planes complementarios de medicina prepagada, por ser garantes del manejo del riesgo de la salud de la población afiliada.

También se identifica como otra fuente de financiación los recursos del SOAT que están dispuestos para la atención de los riesgos de salud de las personas víctimas de accidentes de tránsito y eventos catastróficos y los cuales son dispuestos hasta que se haya agotado la cobertura máxima de gastos. En adelante, la EPS a cargo o quien haga sus veces, debe garantizar la continuidad de las intervenciones de salud y de rehabilitación en salud requeridas por la persona, según las indicaciones médicas.

Otra fuente de financiación reconocida para la prestación de servicios de rehabilitación en salud son las tecnologías y servicios dispuestos para la atención de la población trabajadora formal con riesgos de salud asociados a accidentes de trabajo y enfermedad laboral, los cuales son cubiertos a través de las ARL, bajo el marco regulatorio expedido en la materia.

ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J0Q01788 DE 04 SEP 2025^ PÁGINA 36 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". 5.4.5. Otras fuentes de financiación para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud Las entidades territoriales cuentan con los recursos definidos a través de la Ley 2056 de 2020 reglamentada mediante Decreto 1821 de 2020 Único Reglamentario del Sistema General de Regalías con los cuales se pueden financiar proyectos de inversión y la estructuración de proyectos, en cualquiera de sus fases, bajo los términos y condiciones que para el efecto señale la normativa vigente.

En este sentido, las entidades territoriales podrán formular proyectos de inversión en cualquiera de sus fases, con el fin de desarrollar iniciativas para el mejoramiento de infraestructura y dotación de equipos para la prestación de servicios de rehabilitación en salud en la red pública de prestadores de servicios de salud. Los proyectos susceptibles de ser financiados con los recursos del SGR deben guardar concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes de desarrollo de las entidades territoriales, así como cumplir con el principio de Buen Gobierno y con las siguientes características: pertinencia, viabilidad, sostenibilidad, impacto, articulación con planes y políticas nacionales de las entidades territoriales, de las comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales y palanqueras y del pueblo Rom o gitano de Colombia.

Todos los proyectos que incluyan dentro de sus fuentes de financiación, recursos del SGR, deben estar formulados bajo la Metodología General Ajustada -MGA. Finalmente, las entidades territoriales también pueden acudir a otras fuentes de financiación para el desarrollo de acciones orientadas al fortalecimiento de la rehabilitación en salud en sus territorios, con proyectos de inversión que disponga el Ministerio de Salud y Protección Social y el uso de recursos de cooperación internacional o nacional o a través de los recursos de esfuerzo propio que destinen para tal fin. 5.5.

Información, monitoreo y evaluación para la rehabilitación en salud La información de salud interactúa con los componentes de gobernanza, financiamiento, prestación de servicios, recursos humanos, medicamentos y tecnologías, para el fortalecimiento del sistema de salud (Savigny & Adam, 2009). En tal sentido, este apartado brinda orientaciones a los actores sobre el uso y análisis de la información de salud disponible para apoyar el proceso de planeación territorial en salud y aprovechar los recursos técnicos, humanos y financieros que permiten el fortalecimiento de la rehabilitación en salud.

Así mismo, presenta recomendaciones para el monitoreo y evaluación de la rehabilitación en salud mediante los indicadores, lo que resulta esencial en el seguimiento al cumplimiento de metas y objetivos establecidos para la toma de decisiones en los niveles nacional, territorial e institucional. 5.5.1. Recolección, uso y análisis de la información de salud para la rehabilitación en salud Para fortalecer la rehabilitación en salud es fundamental contar con datos fiables que permitan la planeación estratégica y operativa.

Aunque en ios sistemas de información de salud hay algunas falencias en cuanto a disponibilidad y calidad de los datos, existen diversas fuentes y herramientas que pueden ser consultadas para proyectar la organización de los servicios de rehabilitación en salud conforme las necesidades de la población, y para la mejora y seguimiento de la prestación de los servicios (Tabla 16).

Tabla 16. Fuentes de datos de los sistemas de información de salud y su uso para la rehabilitación en salud Basadas en la población Censos Censo Nacional de Población y Vivienda -CNPV Uso. Información sobre funcionamiento humano que permite tomar decisiones relacionadas con políticas de planeación de servicios de rehabilitación en salud, con base en la estimación aproximada de la distribución de los problemas de salud que impactan el funcionamiento y en las tendencias demográficas de la población. Basadas en las instituciones Registros individuales - Registros Individuales de Prestación Servicios -RIPS - Base de Datos Única de Afiliados -BDUA de Uso.

Información sobre funcionamiento humano y sus determinantes (condiciones de salud, factores ambientales y personales), útil para la toma de decisiones clínicas y definición y evaluación de objetivos terapéuticos. ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO JJ001788 DE 04 SEP 202^ PÁGINA 37 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud".

Basadas en la población Basadas en las instituciones Registros sociales Registros de servicios Análisis de Situación de Salud -ASIS - Sistema Integrado de Información de la Registro Único de Víctimas -RUV: Protección Social -SISPRO Registro para la Localización y Caracterización Plataforma de Integración del SISPRO -PISIS de Personas con Discapacidad -RLCPD - Observatorio Nacional de Calidad en Salud Sistema de Vigilancia en Salud Pública - ONCAS SIVIGILA - Otras fuentes de información disponibles en el nivel Uso.

Información útil para la definición de departamental, distrital o municipal. políticas de acceso a servicios de rehabilitación en salud de poblaciones específicas y Uso. Información sobre el desempeño de los planeación de insumos y servicios. prestadores en los diferentes niveles de atención; útil para las decisiones sobre gestión de la calidad y estimaciones de la utilización de los servicios de rehabilitación en salud y análisis comparados.

Encuestas de población* - Encuesta Nacional de Calidad de Vida -ECV - Encuesta de Salud, Bienestar y Envejecimiento -SABE - Encuesta Nacional de la Situación Nutricional en Colombia -ENSIN - Encuesta Nacional de Salud Mental -ENSM - Encuesta Nacional de Salud Escolar -ENSE - Encuesta Nacional de Demografía y Salud ENDS Uso. Información útil para orientar la definición de políticas y el desarrollo de servicios bajo la estimación de necesidades de rehabilitación en salud, según distribución de riesgos y problemas de funcionamiento humano, tendencias de la población, acceso a servicios de rehabilitación en salud e identificación de barreras del entorno. Registros de recursos SISPRO ASIS Registro Especial de Prestadores de Servicios REPS Observatorio Talento Humano en Salud -OTHS Otros recursos disponibles Uso.

Información sobre la capacidad nacional para la rehabilitación en salud (gobernanza, financiamiento, prestación de servicios, recursos humanos, ayudas técnicas) y su desempeño. Útil en la definición de políticas de sostenibilidad de los servicios de rehabilitación en salud y el desarrollo del talento humano para la rehabilitación en salud.

Nota. Elaborada con base en: Rehabilitación en los sistemas de salud: guía de acción (QMS, 2020). * Se presentan algunos ejemplos de encuestas nacionales A nivel territorial, es necesario hacer uso de las fuentes descritas y proyectar un proceso de análisis de información que permita identificar: i) condiciones de salud relacionadas con las necesidades de rehabilitación en salud presentes en diversos grupos poblacionales y en diferentes momentos del curso de vida, ¡i) disponibilidad y distribución de los servicios de rehabilitación en salud en el territorio y, iii) datos sobre los resultados de las intervenciones en la población usuaria de los servicios de rehabilitación en salud del territorio.

Lo anterior, en el marco del proceso de planeación territorial para la salud y el ejercicio de priorización de los problemas y necesidades sociales en salud, establecido en la Resolución 100 de 2024. El análisis de la información sobre la demanda (necesidades de rehabilitación en salud) y oferta de servicios de rehabilitación en salud a partir de fuentes disponibles debe apoyar la planeación estratégica y operativa de las acciones que se realicen en el marco del sistema de salud (MSPS, 2015c).

Entre las acciones de planeación estratégica para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud se encuentran: a) estudio de viabilidad financiera, requerimientos de inversión e identificación de fuentes de financiación, b) implementación y fortalecimiento de los servicios de rehabilitación en salud en el territorio, c) contratación de profesionales para la atención en los servicios de rehabilitación en salud, d) mejoras en indicadores de cobertura y desempeño de los servicios de rehabilitación en salud existentes, e) identificación y priorización de intervenciones para poblaciones con riesgos, vulnerables o con necesidades especificas de rehabilitación en salud (MSPS, 2007b).

En lo que respecta a la recolección y análisis de información relacionada con la prestación de servicios de rehabilitación en salud, los prestadores que cuenten con alguno de estos servicios deberán implementar acciones para garantizar: i) completitud y calidad de los registro clínicos que resultan de la implementación del ciclo de rehabilitación en salud, ¡i) recolección sistemática de datos relacionados ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO ¿0301788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 38 Continuación Anexo Técnico de la resolución: “Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud”. con las condiciones de salud más prevalentes en la atención, iii) construcción y seguimiento de indicadores de calidad y efectividad en los servicios y, iv) recolección y análisis de datos relacionados con el nivel de funcionamiento de la personas atendidas en los servicios.

Por otra parte, las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales pueden disponer de recursos técnicos y financieros para el desarrollo dé estudios o investigaciones sobre las necesidades de rehabilitación en salud en el territorio a cargo, que posibiliten la toma de decisiones informada para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud, según la presencia y distribución de condiciones de salud susceptibles de rehabilitación en salud, características del funcionamiento de la población, condiciones de acceso a los servicios de rehabilitación en salud e identificación de determinantes relacionados con los niveles de funcionamiento humano y del acceso a estos servicios (OMS, 2020a).

Lo anterior, puede viabilizarse mediante la articulación con instituciones de educación superior con capacidades investigativas para la generación de conocimiento relacionado con la rehabilitación en salud. 5.5.2. Monitoreo y evaluación de la rehabilitación en salud La planeación estratégica para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud requiere consolidar el proceso de monitoreo y evaluación. El monitoreo implica la recopilación y el análisis de información para la medición y el seguimiento del progreso de las acciones propuestas en un periodo determinado.

La evaluación se fundamenta en la valoración e interpretación periódica, retrospectiva, reflexiva y analítica de los resultados del monitoreo, con el fin de determinar el cumplimiento de metas relacionadas con la rehabilitación en salud. El monitoreo y la evaluación impulsan la integración de información de la rehabilitación en salud en los sistemas de información de salud, permiten el desarrollo de conocimientos técnicos relacionados con la rehabilitación en salud y proporcionan datos para la promoción y gestión de recursos para su fortalecimiento (OMS, 2020), Este proceso involucra a los actores responsables de la gestión territorial en salud y de la prestación de servicios de rehabilitación en salud.

Lo anterior, teniendo en cuenta las responsabilidades establecidas para el reporte y flujo de información en salud en los diferentes niveles de gestión. A continuación, se presentan los indicadores para el establecimiento de metas y el reporte de avances, en función de la planeación estratégica para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud.

Los indicadores propuestos se fundamentan en las recomendaciones del documento Rehabilitación en los sistemas de salud: guía de acción (OMS, 2020) y en la Resolución 256 de 2016 (MSPS, 2016e) y proyectan el monitoreo de: i) la disponibilidad de los servicios de rehabilitación en salud; y ¡i) la disponibilidad de talento humano en salud para la rehabilitación en salud (Tabla 17).

El Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con los demás actores del sistema de salud evaluarán periódicamente y harán el ajuste de los indicadores definidos, además, de acuerdo con las especificidades de cada territorio se podrán formular otros indicadores que den cuenta de sus desarrollos en relación con el fortalecimiento de la rehabilitación en salud.

ANEXO TÉCNICO RESOLUCIÓN NÚMERO J0301788 DE 04 SEP 2025 PÁGINA 39 Continuación Anexo Técnico de la resolución: "Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos para el fortalecimiento de la rehabilitación en salud en el marco del derecho fundamental a la salud". Tabla 17. Indicadores para el monitoreo y evaluación de la rehabilitación en salud "TCJ,__________________________.;

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