Micelio
Resolución166Parcialmente Vigente

Resolución 166 de 2021

Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID – 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones.

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

REPÚBLICA DE COLOMBIA í~!t MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚM'E'RB;; {) ( 16 6 DE 2021, 6 fES 2021 ) Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el numeral 3 del articulo 173 de la Ley 100 de 1993, el articulo 69 de la Ley 1753 de 2015 y los articulas 23,24 Y 25 del Decreto 109 de 2021

CONSIDERANDO

Que el artículo 49 de la Carta Política, señala que la atención en salud es un servicio público a cargo del Estado y que se debe garantizar a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Que la Ley 1751 de 2015 regula el derecho fundamental a la salud disponiendo en el literal b) del artículo 5°, que el Estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud y para ello deberá: "Formular y adoptar políticas de salud dirigidas a garantizar el goce efectivo del derecho en igualdad de trato y oportunidades para toda la población, asegurando para ello la coordinación armónica de las acciones de todos los agentes del Sistema".

Que la Ley 2064 de 2020, declaró de interés general la estrategia para la inmunización contra el COVID-19 y establece medidas administrativas y tributarias para la financiación y la gestión de esta, señalando entre otros aspectos, que el proceso de inmunización de la población colombiana contra la COVID-19 es gratuito. Que mediante el Decreto 109 de 2021 el Gobierno nacional adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 y establece, entre otros aspectos, los criterios, la priorización, las fases y la ruta para la aplicación de las vacunas, así como las responsabilidades de los diferentes actores que participan en el procedimiento propio de la mencionada aplicación, indicando que compete a los prestadores de servicios de salud garantizar la operación para el agendamiento y aplicación de la vacuna y a las entidades responsables del aseguramiento en salud, definidas en ese mismo decreto, garantizar la verificación y apoyo de dicho proceso, así como la validación para el pago de los costos que genera su aplicación. Que en razón a que los costos de las actividades mencionadas en el considerando anterior no se encuentran incluidos en la flnanciac'lón de la atención en salud de la población, es decir, no están cubiertos ni por la Unidad de Pago por Capitación, ni por los recursos que integran los presupuestos máximos el, ya citado, decreto 109 de 2021 establece que tales actividades se sufragarán con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME por parte de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

Que el mismo Decreto 109 de 2021, puso en cabeza del Ministerio de Salud y Protección Social la responsabilidad de establecer la metodología para determinar los valores a reconocer por las actividades mencionadas y de fijarlos mediante acto administrativo, así como la definición del procedimiento que se debe seguir para su pago. RESOLUCiÓN NÚMERd 6 FEB 2021 eGC: G16 6 DE 12021 HOJA No 2 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposbones" Contin uación de la Resolución: En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar la metodología para determinar los valores a reconocer tanto a los prestadores de servicios de salud, por los costos asociados al agendamiento de las citas y a la aplicación de las vacunas contra el COVID-19, como a las entidades responsables del aseguramiento en salud, por los costos asociados al proceso de validación que deba adelantarse por vacuna aplicada para efectos del pago y al proceso de verificación y apoyo para que los prestadores cumplan con su obligación de agendamiento; así como fijar los valores a reconocer y definir el procedimiento para su reconocimiento y pago por parte de la Fondo Nacíonal de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las entidades responsables del aseguramiento en salud, esto es, a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar - EOC, a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales respecto de la población no afiliada que tengan a cargo, a los administradores de los regímenes especial y de excepción en salud, al Fondo Nacional de Salud para las Personas Privadas de la Libertad, a los prestadores de servicios de salud, y a la Fondo Nacional de gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Artículo 3. Metodología para determinar los valores a reconocer. Adóptese el Anexo Técnico 1 "Definición del valor para el reconocimiento del agendamiento y aplicación de la vacuna contra el SARS CoV2 [COVIO 19J y la gestión de verificación, control y validación asociada" - que hace parte integral de la presente resolución, como la metodología que permite determinar los valores a reconocer por los servicios de agendamiento, aplicación, verificación, i apoyo y validación que deban adelantarse por vacuna aplicada contra el COVID-19.

Artículo 4. Valor Unitario de reconocimiento y pago. Fijar los valores unitarios calculados por dosis aplicada, que resultan de la metodología establecida conforme la siguiente tabla: TABLA 1 Estrat~gias de vacunación REGiÓN AMAZONiA PROCESOS COSTEADOS Agendamiento y aplicación de la dosis Gestión de verificación, apoyo Y validación por EPS u otra entidad COSTO TOTAL ANDINA, CARIBE y CIUDADADES Agendamiento y aplicación de la dosis Gestión de verificación, apoyo y validación por EPS u otra entidad COSTO TOTAL PAciFICO Agendamiento y aplicación de la dosis Extramural Urbano Vr.

Dosis Extramural Rural Disperso Vr. Dosis $9.531 $ 22.705 $ 94.371 $ 310 $ 310 $ 310 $ 9.841 $ 23.015 $ 94.681 $ 6.836 $ 19.589 $ 46.196 $ 310 $ 310 $ 310 $7.146 $ 19.899 $ 46.506 $ 7.778 $21.252 $ 60.458 Intramural Vr. Dosis RESOLUCiÓN NÚMERd GG;:; G16 6 16 FEB 2021 DE HOJA No ~ 2021 Continuación de la Resolución, "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" EstrateQias de vacunación REGiÓN PROCESOS COSTEADOS Gestión de verificación, apoyo Y validación por EPS u otra entidad Extramural Rural Disperso Vr.

Dosis $ 310 $ 310 $ 310 $ 8.088 $ 21.562 $ 60.768 $ 9.367 $ 25.541 $ 55.914 $ 310 $ 310 $ 25.851 $ 56.224 - COSTO TOTAL ORINOQuíA Extramural Urbano Vr. Dosis Intramural Vr. Dosis Agendamiento y aplicación de la dosis Gestión de verificación, apoyo y validación por EPS u otra entidad COSTO TOTAL $ 310. $ 9.677 En la estrategia intramural por concepto de agendamiento y aplicación de la vacuna, cuando las condiciones técnicas de la vacuna indiquen la necesidad de observación posterior a la vacunación en los términos dispuestos en los "Lineamientos Técnicos y Operativos para la vacunación contra el COVID-19" de este Ministerio, se adicionará al valor unitario de la Tabla No. 1 los siguientes valores según región: TABLA 2 REGIÓ~ AMAZONIA Valor adicional por dosis para vacunas que requieran observación post-vacuna solo para la estrategia Intramural $4.796 ANDINA, CARIBE Y CIUDADES $ 4.147 PAcíFICO $5599 ORINOQUIA $4.637 Parágrafo 1.

El costo estimado por el agenda miento y aplicación de la vacuna contra el COVID19 que se reconocerá a los prestadores de servicios de salud es diferencial según la región y estrategia utilizada. Parágrafo 2. El costo estimado por la gestión de verificación y apoyo a los prestadores, así como la validación por vacuna aplicada y gestión de las certificaciones contenidas en la presente resolución, que se reconocerá a las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, y demás Entidades Obligadas a Compensar - EOC, a los entidades territoriales respecto a la población no afiliada que tengan a cargo, a los administradores de los regímenes especiales y de excepción en salud y al Fondo Nacional de Salud de las personas privadas de la libertad, es el mismo valor para todas las regiones y estrategias.

Parágrafo 3. Los valores definidos para el agendamiento y aplicación de la dosis en las diferentes estrategias contienen un 10% para las adecuaciones de los puntos de vacunación. Parágrafo 4. Los prestadores de salud que ofrezcan el servicio de vacunación deben estar habilitados conforme a lo previsto en el artículo 28 del Decreto 109 de 2021.

La inversión que se requiera para la habilitación debe ser asumida directamente por el prestador de los servicios de salud. Parágrafo 5. El listado de los departamentos y municipios por regiones se define en el Anexo Técnico No. 2, el cual hace parte integral de la presente resolución. "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Artículo 5.

Términos y condiciones de la inscripción para el pago. Los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del aseguramiento en salud, inscribirán una cuenta bancaria ante la Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en la que recibirán el pago por las acciones que tienen a cargo descritas en el artículo 1 de la presente resolución, para lo cual, deben remitir al correo electrónico: pagosvacunas@gestiondelriesgo.gov.co los siguientes documentos: a. b. c. d, e. f. Certificado de existencia y representación legal.

Certificación bancaria. Copia del Registro Único Tributario - RUT Copia del Reg',stro de Información Tributaria - RIT (para entidades ubicadas en Bogotá), Copia del documento de identificación del representante legal, ampliado al 150%. Certificación de pago de parafiscales emitida por su revisor fiscal, contador (adjuntando cédula de ciudadanía, tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios) o representante legal de la entidad.

Parágrafo 1. La cuenta debe ser creada exclusivamente para la destinación de los recursos de que trata este acto administrativo y su registro contable deberá realizarse de forma separada del resto de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS. Parágrafo 2, De conformidad con lo establecido en el articulo 25 de la Ley 1751 de 2015, los recursos referidos en esta resolución por tratarse de recursos públicos que financian la salud, no podrán ser dirigidos a fines diferentes a los previstos en el Decreto 109 de 2021 y son inembargables.

Articulo 6, Pago del anticipo a los prestadores de servicios de salud. De acuerdo a lo establecido en el articulo 24 del Decreto 109 de 2021, a los prestadores de servicios de salud se les reconocerá un pago anticipado equivalente al 50% del valor resultante de multiplicar el número de vacunas que constituya la meta de vacunación de la etapa para cada prestador de servicios de salud de acuerdo a la asignación de la población a vacunar realizada por las entidades responsables del aseguramiento en salud o quienes hagan sus veces, por el valor correspondiente a la estrategia de vacunación intramural de cada región, de conformidad con la tabla contenida en el artículo 4 del presente acto administrativo.

Para el pago del anticipo se seguirá el siguiente procedimiento: 6.1. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la entrega a cada prestador de servicios de salud, del listado de las personas que tiene a su cargo vacunar, las entidades responsables del aseguramiento solicitarán al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres el giro directo a los mencionados prestadores de servicios de salud, de los anticipos calculados conforme se establece en el presente artículo y en la tabla contenida en el artículo 4 de esta resolución. Para tal efecto, deberán diligenciar el formato establecido en el Anexo Técnico 3: "Solicitud del giro de anticipo (FORMATO 1)" Y presentarlo al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres mediante el mecanismo que disponga la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) del Ministerio de Salud y Protección Social. 6.2.

El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre hará el giro directo a los prestadores de servicios de salud, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación enviada por las entidades responsables del aseguramiento en salud, a través de la cuenta inscrita en los términos previstos en el artículo 5 de este acto administrativo. 6.3.

El Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, deberá registrar los giros del anticipo realizados a cada prestador de servicios de salud, mediante el mecanismo que disponga la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) de este Ministerio. RESOLUCiÓN NÚMERd ee=(J 16 6 Dé 6fo~~ 22b~A No..§ "Por /a cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COV/D - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: 6.4.

El anticipo será legalizado por los prestadores de servicios de salud con los servicios de vacunación que vayan garantizando, conforme al procedimiento que se establece en el siguiente artículo. Artículo 7. Pago del saldo o recurso restante a los prestadores de servicios de salud. El saldo o pago restante a los prestadores de servicios de salud por las actividades a su cargo, se reconocerá así: 7.1.

Dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los prestadores de servicios de salud deben expedir una factura electrónica con el detalle de los servicios de vacunación contra el COVIO - 19 que prestaron el mes inmediatamente anterior. La factura debe expedirse a nombre del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, cumpliendo el artículo 1.6.1.4.8 del Decreto 358 de 2020, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución No. 042 de 2020 de la Unidad Administrativa Especial, Dirección e Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Resolución 084 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, o los actos administrativos que las modifiquen o sustituyan, y deberá estar acompañada del listado nominal de las personas vacunadas y cargadas en PAIWEB. 7.2.

La factura y sus soportes deberán enviarse al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) a través del correo electrónico pagosvacunas@gestiondelriesgo.gov.co o del medio que dicha Unidad disponga. Adicionalmente los prestadores de servicio de salud deberán reportar tal información en el mecanismo que disponga la Oficina de Tecnologia de la Información y la Comunicación (TIC) de este Ministerio, para que las entidades responsables del aseguramiento puedan consultarlas e iniciar su proceso de validación. 7.3.

Las entidades responsables del aseguramiento en salud deberán realizar la validación de la factura en un plazo no mayor de cinco (5) dias hábiles. Agotado el proceso de validación, las entidades responsables del aseguramiento en salud, deberán comunicar al Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres las facturas que superaron el proceso de validación y aquellas que por presentar inconsistencias o errores deben ser devueltas.

El Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres comunicará a los prestadores de servicio de salud la devolución de la factura correspondiente. La Oficina de Tecnologia de la Información y la Comunicación (TIC) del Ministerio de Salud y Protección Social podrá disponer un mecanismo para estos efectos. Los prestadores de servicios de salud con la notificación de devolución de la factura deberán emitir la nota crédito respectiva.

Por su parte, los prestadores de servicios de salud deben expedir una nueva factura dentro de los siguientes cinco (5) días calendario a la devolución de la primera factura, en el evento en que la causal sea subsanable y enviarla al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres a través del correo electrónico pagosvacunas@gestiondelriesgo.gov.co o el medio que la Unidad disponga.

Los prestadores de servicios de salud deberán reportar dicha información en el mecanismo que indique la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) de este Ministerio, para que las entidades responsables del aseguramiento puedan consultarla e iniciar su proceso de validación. Las facturas serán devueltas solamente cuando: a. Haya diferencias entre el listado reportado por los prestadores de servicios de salud y el cruce efectuado con PAIWEB. b. Haya errores de liquidación presentes en la factura. c. El usuario reportado no pertenezca a la entidad ase uramiento. responsable de RESOLUCiÓN NÚMERcY (::,:' Continuación de la Resoluciórr J 16 6 DE 16 FEB 2021 2021 HOJA No 6 "Por la cual se adopta la metodología y se rifan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" d. Producto del proceso de validación, se advierta que la dosis no fue efectivamente aplicada. e. No se adjunten los soportes indicados en la presente resolución. 7.4.

Los prestadores de servicios de salud deberán emitir la respectiva nota crédito a que hace referencia el numeral anterior, según [o determine el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre -UNGRD:. 7.5. Las entidades responsables del aseguramiento en salud, dentro [os cinco (5) días calendario siguientes a la recepción de la factura o de las correcciones efectuadas y mediante el formato del Anexo No. 4: "Certificado de validación para pago" (FORMATO 2) el cual hace parte integral de la presente Resolución, certificarán la validación de las dosis aplicadas, anticipo pagado y valor restante, mediante el mecanismo que disponga [a Oficina de Tecnología de [a Información y [a Comunicación (T[C) de este Ministerio. 7.5.1.

E[ Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastre -UNGRD en primer lugar, legalizará el anticipo girado y una vez culmine la legalización, empezará a girar los valores que resulten a favor de los prestadores de servicios de salud, dentro de lo diez (10) días hábiles siguientes a [a presentación de la documentación requerida, en la cuenta inscrita por ellos. 7.6.

El Fondo Nacional para [a Gestión del Riesgo de Desastres deberá registrar, mediante el mecanismo que disponga la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) del Ministerio de Salud y Protección Social, los giros efectuados a las instituciones encargadas de prestar el servicio de vacunación; así como todo lo relacionado con el pago y legalización del anticipo, pago de saldos y devolución de excedentes sin ejecutar cuando corresponda. 7.7.

Cuando al realizar el balance por cada prestador entre el anticipo, lo validado y pagado, las entidades responsables del aseguramiento en salud y quienes hagan sus veces, determinen que el anticipo resultó ser mayor en consideración al número de dosis aplicadas, a través de los medios electrónicos que dispongan, deberán informar al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre -UNGRD de este hecho para que dicha entidad inicie el proceso de devolución del excedente sin ejecutar, este proceso se reportará mediante el mecanismo que disponga la Oficina de Tecnología de la Información y [a Comunicación (TIC).

Parágrafo 1. Si los prestadores de servicios de salud no ejecutan la totalidad de los recursos girados por anticipado deberán realizar la devolución del excedente sin ejecutar, de conformidad con el resultado de [a validación realizada por la entidad responsable del aseguramiento, en consideración al número de dosis aplicadas, en los términos dispuestos en el numeral 7.8 del artículo 7 de esta resolución. Parágrafo 2.

Ni las entidades responsables del aseguramiento en salud, ni el Fondo Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres podrán solicitar a los prestadores de servicios de salud, requisitos o información adicional a la contenida en esta resolución. Parágrafo 3. En todo caso, la veracidad y la oportunidad de la información reportada radicará exclusivamente en los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del aseguramiento en salud.

Lo anterior, sin perjuicio de [as eventuales investigaciones a que haya lugar por el suministro de la información inconsistente. Artículo 8. Procedimiento para el reconocimiento y pago de los costos por verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19 a las entidades responsables del aseguramiento en salud. El reconocimiento y pago de los costos asociados a la verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19 a las entidades responsables del aseguramiento en salud, a saber: a las entidades promotoras de salud, a los administradores de los regímenes especiales y de excepción en salud, a[ Fondo Nacional de Salud de las RESOLUCiÓN NÚMERéC O¡~ (} 16 6 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No J..

"Por la cual se adopta ·/a metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: personas privadas de la libertad y a las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales con respecto a las personas no afiliadas, atenderá el siguiente procedimiento: 8.1.

Las entidades responsables del aseguramiento en salud, realizarán el proceso de verificación y apoyo en el que corroboren que el prestador de servicios de salud cumplió con la obligación del agendamiento, así como el proceso de validación por dosis aplicadas, a través de las siguientes acciones: 8,1,1, Comprobar que las dosis aplicadas de la vacuna objeto de cobro por la institución encargada del proceso de vacunación, se encuentren registrados en el sistema PAIWEB. 8,1,2, Determinar una muestra para realizar llamadas telefónicas o la utilización de alternativas electrónicas: 8,1,2,1, Para la verificación y apoyo del agendamiento se obtiene por cada prestador una muestra de tama~o n· sobre el total de personas asignadas para vacunación, de la siguiente manera: n = 0,3 * N, cuando el total de personas asignadas para vacunación sea menor a 2.500.

A partir de N = 2,500 aplicar la siguiente formula: Donde N corresponde al total de la población asignada para vacunación por etapa a cada IPS, El tamaño de la muestra se distribuirá entre los días que dure la respectiva etapa. 8,1,2,2, Para la validación de las vacunas aplicadas por cada prestador se obtiene una muestra de tamaño n sobre el total de las dosis facturadas, de la siguiente manera: n = 0,3 * N, cuando el total de dosis aplicadas sea menor a 900.

A partir de N = 900 aplicar la siguiente formula: 1,96 2 * 0.5 2 * N n = 0,052 * (N _ 1) + 0,52 * 1,962 Donde N corresponde al total de las dosis facturadas por prestador. 8.2. Las entidades responsables del aseguramiento en salud facturarán, dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, el valor de la gestión de verificación, apoyo y validación de las dosis aplicadas, de conformidad con lo facturado por los prestadores de servicios de salud y una vez realizada la validación del cumplimiento de las dosis aplicadas, La factura electrónica debe expedirse a nombre del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con los requisitos establecidos en el artículo 1.6.1.4.8 del Decreto 358 de 2020, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución No. 042 de 5 de mayo de 2020 expedida por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (OIAN) y la Resolución 084 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social, y las normas que las modifiquen o sustituyan, acompañada de la siguiente documentación: 8.2.1, Soporte que acredite la realización de llamadas o la utilización de alternativas electrónicas de verificación y apoyo al agendamiento de aplicación de la vacuna, y validación de la aplicación de las dosis facturadas, mediante la relación en archivo txt, RESOLUCiÓN NÚMERO" G~.

G16 6 1h FES 2021 DE 20t1 HOJA No 8 Continuación de la Resolución' "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas El la aplicación de /a vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" 8.2.1. Soporte que acredite la realización de llamadas o la utilización de alternativas electrónicas de verificación y apoyo al agenda miento de aplicación de la vacuna, y validación de la aplicación de las dosis facturadas·, mediante la relación en archivo txt. conforme las especificaciones del Anexo 5 Relación de llamadas o alternativas electrónicas (FORMATO 3) que hace parte integral de la presente resolución. 8.2.2.

Certificado firmado por el Representante legal de la entidad, en el que se detalie todas actividades ejecutadas para la verificación, apoyo y validación de las vacunas contra el COVID-19, utilizando el formato del Anexo No. 6 Certificado de actividades ejecutadas, contenido en esta Resolución (FORMATO 4). La factura y sus soportes deberán enviarse a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) a través del correo electrónico pagosvacunas@gestiondelriesgo.gov.co o el medio que dicha Unidad disponga.

Adicionalmente, las entidades responsables del aseguramiento en salud deberán reportar dicha información en el mecanismo que disponga la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) de este Ministerio, para que las UNGRO pueda realizar las consultas respectivas. 8.3. La Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre -UNGRD hará el giro directo del valor total de la factura a las entidades responsables del aseguramiento en salud o quienes hagan sus veces a la cuenta inscrita en los términos previstos en el artículo 5 de este acto administrativo.

Las entidades responsables del aseguramiento en salud deberán diligenciar los certificados previstos en el Anexo 3, 4 Y 5 de la presente resolución de manera mensual. La UNGRD realizará el giro dentro de los diez (10) hábiles siguientes al recibo de la factura con sus respectivos soportes. Artículo 9. Incumplimiento en las metas de vacunación. El incumplimiento de las metas de vacunación ocasionará el retiro del prestador de servicios de salud del Plan Nacional de Vacunación, cuyo caso será remitido a la Superintendencia Nacional de Salud para lo de su competencia. Artículo 10.

Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación. Dada en Bogotá, D. e, a los PUBLiQUESE y CÚMPLASE ERNANDO RUIq6ÓMEystro de Salud y Pr6reCclón Social Aprobó: Vlceministra de Protección Social Dire.ctor de Regulación de BeneficIos, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud <1:"71 Oficma de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC) -'4{ Directora Jurídica ~., ¡ RESOLUCiÓN NÚMERd ¡: c= 0166 DE 1r;

FEB 2021 2'021 HOJA No 9 Continuación de la Resolución, "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19. se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictfm otras disposiciones" ANEXO 1 Metodología para determinar los valores a reconocer "Definición del valor para el reconocimiento del agendamiento y aplicación de la vacuna contra el SARS CoV2 [COVID 19] y la gestión de verificación, control y validación asociada" 1.

DEFINICIONES Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI): Es el conjunto de intervenciones transectoriales que se realizan para prevenir, controlar o minimizar los riesgos que propician la aparición de las enfermedades prevenibles por vacunas y sus consecuentes efectos negativos en la población. Vacunación intramural: considérese esta como la vacunación realizada en las instalaciones de una Institución Prestadora de Servicios de Salud o en puntos de vacunación aledaños a la misma.

Vacunación extramural: aquella que se realiza fuera de la institución de salud sea en el área municipal del casco urbano, llamada extramural urbano o en áreas rurales y geográficamente dispersas, llamadas extramural rural disperso. 2. SUPUESTOS Y ESTÁNDARES DE VACUNACiÓN Para el cálculo de los costos del proceso de agendamiento y aplicación de la vacuna, se partió de establecer la conformación requerida de un equipo de vacunación y sus estándares de rendimiento por estrategia.

Se asumió la existencia de diferencias regionales en el territorio nacional. dada la disponibilidad del recurso humano, la accesibilidad del territorio, la oferta de insumos, entre otros, con el fin de incluir las variaciones y establecer el mejor escenario. Se plantearon los siguientes rendimientos por vacunador/día: a) Estrategia intramural: 40 dosis al día, b) Estrategia extramural urbano: 20 dosis al día y c) Estrategia extramural rural disperso 10 dosis al día. Se incluyó el talento humano necesario para soportar el proceso de agendamiento en la estrategia intramural, así como la observación post-vacuna de 30 minutos que requieren algunas vacunas según indicación del fabricante.

Con relación a los costos de la gestión de verificación, control y validación que deben realizar las EAPB y demás entidades. que hagan sus veces, se consideró un total de dosis para este seguimiento de 62.469.298 ejecutable en 365 días calendario entre 143 entidades: lo anterior, teniendo en cuenta que algunos biológicos requieren dos dosis y otros una sola dosis para completar el esquema.

Adicionalmente, se consideró una frecuencia de 15 llamadas por hora y dedicación diaria de 8 horas. 2.1. Talento humano 2.1.1. Equipo vacunador El talento humano para el proceso de agendamiento y aplicación de la vacuna está compuesto por un supervisor, un vacunador, un anotador y un digitador, quienes desempeñarán las siguientes actividades (Ministerio de Salud y Protección Social., 2021): Supervisor ljefe de control) Profesional en enfermería encargado de: a. Utilizar las medidas y elementos de protección personal y verificar que todo el equipo vacunador cumpla con las medidas higiénico-sanitarias. b. Coordinar con el equipo vacunador el desarrollo de la ruta de vacunación contra el COVID-19 según la táctica y estrategia establecida en el punto de vacunación. c. Realizar el cronograma de trabajo diario y semanal en cualquiera de las tácticas de vacunación. RESOLUCiÓN NÚMERO~ e: J 16 6 1~ FE8 2021 DE 2021 HOJA No 1o Continuación de la Resolución, "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras dispOSiciones" d. Realizar la supervisión del vacunador, digitador y anotador frente al rendimiento y el cumplimiento de la política de vacunación segura, así como el monitoreo del logro de la productividad día por estrategia. e. Verificar la calidad del dato relacionado con el adecuado diligenciamiento de los formatos diseñados para la vacunación contra el COVID-19. f. Gestionar la suficiencia de insumas para el desarrollo de la vacunación. g. Consolidar y elaborar el informe mensual del número de personas vacunadas y esquemas completos y coordinar con el área de vigilancia el reporte de ESAVI. h. Evaluar el avance de la meta de vacunación y proponer estrategias para alcanzar la cobertura de vacunación contra COVID-19. 1.

Realizar seguimiento diario al movimiento de biológico por equipo vacunador (dosis aplicadas, perdidas reportadas). J. Mantener actualizado y activo el plan de contingencia de red de frío. k. Evaluar el ingreso de los datos al PAIWEB y reportar cualquier anomalía al respecto. 1. Realizar control y verificación de las temperaturas de los biológicos según tipo de fabricante y reportar al municipio cualquier excursión de cadena de frío que se presente m. Activar el protocolo de urgencias en caso de presentarse una eventualidad. n. Verificar el proceso de alistamiento, empaque y suficiencia de insumos antes de iniciar la vacunación o. Coordinar la debida gestión documental y custodia de los soportes de la vacunación contra el COVID-19 (registro y consentimiento informado). p. Participar en la revisión, consolidación y análisis de la información de coberturas de vacunación contra el CQVID-19 en su institución y en la ET. q. Verificar la calidad del dato de la información en los registros ingresados en el PAIWEB en conjunto con el digitador.

Vacunador Auxiliar o técnico en enfermería o salud pública con experiencia en vacunación para realizar las siguientes actividades: a. Utilizar las medidas y elementos de protección personal b. Realizar el alistamiento de los biológicos, insumos y elementos, para el proceso de vacunación diaria. c. Explicar el proceso de aplicación del biológico al usuario y dar recomendaciones en los cuidados post vacuna. d. Realizar la aplicación del biológico cumpliendo los lineamientos de vacunación segura. e. Reiterar al usuario su permanencia en la sala de espera el tiempo que se le indique según el biológico. f. Realizar monitoreo de temperatura de fos biológicos. g. Mantener el movimiento de biológico actualizado. h. Cumplir con el cronograma de limpieza y desinfección de las neveras, termos, cavas entre otros.

En la segunda dosis de vacuna (si aplica), indagar al usuario si presentó algún ESAVI Si cumple con criterios de ESAVI-grave notificar según el Protocolo Nacional de ESAVI-298 delINS. Anotador Auxiliar o técnico en enfermería o salud pública con experiencia en vacunación para realizar las siguientes actividade~: a. Utilizar las medidas y elementos de protección personal. b. Realizar el alistamiento de la agenda, insumos y elementos, para el registro de las personas a vacunar durante la jornada. c. Recibir al usuario, solicitar el documento de identidad y verificar fecha y hora la cita. d. Desarrollar el proceso de asesoría al usuario que se va a vacunar contra el COVID-19 para el diligenciamiento del formato de consentimiento informado. e. Entregar copia de consentimiento firmado al supervisor para ser anexado en la historia clínica y en magnético en la misma cantidad f. Aseaurar el cumplimiento de las medidas hiaiénico-sanitarias.

RESOLUCiÓN NÚMERO' 16 FES 2021 e~. J 16 6 DE 2021 HOJA No 11 Continuación de la Resolución. "Por la cual se adopta /a metodología y se fijan los valores a reconocer por I<JS <lclividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" g. h. Diligenciar la plantilla de registro de vacunación por usuario.

Direccionar a la persona al área de vacunación e informar que posterior a la vacunación, debe permanecer en la sala de espera el tiempo que se le indique según el biológico. 1. Diligenciar el registro diario de vacunación (físico o magnético) de acuerdo con los formatos enviados por el MSPS. Digitador Técnico en sistemas con manejo del sistema PAIWEB 2.0., para desarrollar las siguientes actividades: a. Realizar el alistamiento del carné y verificar los elementos para el funcionamiento del sistema de información nominal PAIWEB. b. Ingresar diariamente al PAIWEB la información del 100 % de los vacunados. segun la estrategia utilizada. c. Entregar del balance diario, semanal y mensual de las personas vacunadas desagregado por fase, etapa y población priorizada. d. En caso de no aceptación de vacunación en el punto de vacunación, ingresar la información en el PAIWEB. e. Entregar el carné de vacunación ratificando la fecha de la cita para la aplicación de la segunda dosis, (si se requiere).

Auxiliar de agendamiento de citas Personal auxiliar o técnico, para desarrollar las siguientes actividades: a. Realizar el agendamiento de las citas, programando todas las dosis requeridas según el tipo de vacuna e informando al usuario lo siguiente: Que está priorizado para la vacunación por fase y etapa Que la vacunación es voluntaria y, por tanto, preguntar si desea vacunarse. -Si la respuesta es afirmativa, agendar la cita. - Si la respuesta es negativa, se dejará registro de esa decisión y la razón por la cual no la acepta.

Se le indicará a la persona que no pierde su derecho de vacunarse hasta cuando manifiesta libre y autónomamente su voluntad en ese sentido y se le señalará que para estos efectos podrá solicitar ante la entidad responsable de su aseguramiento la inclusión en los listados de priorización. Sobre las contraindicaciones particulares para su aplicación contenidas en el anexo técnico de cada una de las vacunas.

Para las mujeres en edad fértil, preguntar si existe posible estado de embarazo Se le recomendará acceder al formato de consentimiento informado, publicado en plataforma MIVACUNA COVID-19 si desea hacerlo, de lo contrario se le entregará en el momento previo a la vacunación. b. Asegurarse de que el usuario ha comprendido la información suministrada durante el agendamiento. c. Reportar oportunamente al supervisor designado por la Institución Prestadora de Servicios de Salud para las actividades del PAI sobre cualquier dificultad que se presente en la ubicación de las personas o la asignación de las citas. 2.1.2.

Talento humano para observación post-vacuna La estrategia de vacunación requiere contar con talento humano entrenado para identificar posibles reacciones alérgicas de tipo inmediato incluida la anafilaxia, cuando las condiciones técnicas de la vacuna así lo requieran. La persona vacunada debe permanecer durante 30 minutos posteriores a la aplicación del biológico, lo cual requiere dos perfiles: enfermera jefe y médico de urgencias.

A continuación, se muestra la tabla de rendimientos aplicados por perfil segun estrategia: ¡, RESOLUCiÓN NÚMERO ¡: ¡ 2021 e: 0166 DE 162021FEB HOJA No 12 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COV/D - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Tabla 1.

Rendimiento del grupo vacunador y observacián post-I.'IlClIIW sef(lÍl1 estrategia Rendimiento diario según estrategia Formación Funciones Estrategia Día Estrategia intramural extramural Estrategia extramural urbano Rural disperso Horas Vacunador Auxiliar de Enfermería 8 40 20 10 Anotador Auxiliar de Enfermería 8 40 20 10 Jefe de Control Profeso en enfermería 8 N.A. c/Sequipos c/3equipos Digitador Técnico 8 *200 200 200 Agendam'lento Aux'lliar o técn'lco 8 N.A. N.A. Observación post-vacuna Profeso en enfermería 8 N.A. N.A, Observación post-vacuna Profesional en medicina 2 "6 40 40 N.A. N.A. *Canlidad de registros ingresados al PAIWEB **Frecuencia de llamadas en una hora: 10 minutos por llamada, considerando clticmpo por contactos rallidm, ¡'"lIellte: Fluboracwnc3 propias de los alllorc>_ Ministerio de Salud y rrOlC~~IÚII:-"'<:Iill. l\f\,' 2021 2.1.3.

Gestión de la verificación, control y validación No se consideró variabilidad alguna entre regiones y estrategias para este proceso. El talento humano definido está constituido por un coordinador, personal para seguimiento telefónico y apoyo al agendamiento, apoyo técnico en sistemas y de enfermera jefe. quienes desempeñarán las siguientes actividades: Coordinador Un profesional en áreas de la salud por equipo promedio de ocho personas, conformado por 6 auxiliares para seguimiento telefónico, apoyo técnico en sistemas y enfermera jefe.

Con especialización en Aud'ltorla o Adm¡nistración en Salud y dedicación parcial para operativ'lzar la gestión de verificación y control del agendamiento de citas por parte de los prestadores, la validaCión de las vacunas aplicadas para efedos del pago y la entrega oportuna de los reportes requeridos, Personal para seguimiento telefónico Personal auxiliar o técnico con dedicación completa para desarrollar las siguientes actividades: a. Realizar seguimiento diario al agendamiento de citas efectuado por las instituciones encargadas de prestar el servicio de vacunación. b. Validar las dosis aplicadas por parte de cada institución encargada de prestar el servicio de vacunación, teniendo en cuenta el cumplimiento del esquema Apoyo técnico en sistemas Tecnólogo en sistemas con dedicación parcial al día para realizar la consolidación de datos, cruce de información y reportes.

Apoyo profesional Profesional de enfermería con dedicación parcial, para desarrollar las siguientes actividades a. Apoyar la asignación de la IPS vacunadora para cada usuario, asegurando la institución encargada de prestarle el servicio de vacunación en el municipio de residencia y cercana a la vivienda o el lugar de trabajo, de manera que se garantice el acceso oportuno a la vacunación y entregar a cada IPS el listado de población asignada para que esta inicie el agendamiento de citas. b, Verificar el cumplimiento del esquema de vacunación. RESOLUCiÓN NÚMER~;~: =iJ 16 6 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 13 Continuación de la Resolución' "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" c. Verificar y confirmar criterios de postulación que presenten las personas y reportar al Ministerio de Salud y Protección Social para la actualización de la plataforma MI VACUNA CQVID-19. d. Participar activamente en el proceso de vigilancia, reporte. revisión y evaluación de los ESAVI. e. Elaborar procesos de búsqueda y demanda inducida de aquellas personas que no se logren contactar o no cumplan con la cita programada.

Verificar la actualización permanente del sistema de información nominal PAIWEB por parte de las IPS. g. Participar en la elaboración de los reportes e informes. f. 2.2 Insumos y elementos de protección personal Las especificaciones consideradas para el proceso de agendamiento, aplicación de la vacuna y observación post-vacuna en tos casos en que aplique, fueron las siguientes: Tabla 2.

Especificaciones de insumos y elementos de protección perso",,1 Insumos y EPP Características Especificaciones Bolsas para residuos ROJa I GrIS I Verde 1 diaria de cada color Recipiente residuos peligrosos Capacidad de 2,8 Litros 80 jeringas por contenedor Toallas de papel Caja x 150 hojas Una por dosis Torundas de algodón Rollo para 1000 torundas Dos por doSIS Jeringas de dilución x lOcm Caja X 100 unidades Una por cada 5 dosis Alcohol gllcerlnado (Supragel) Frasco x 1000 mi 2cm por dosis aplicada (todo el equipo) Máscara protectora faCial Unidad Una para 30 días (todo el equIpo) Bata desechable manga larga antifluido Unidad Una por díJ (personal de salud) Tapabocas Unidad Cambio dos veces al día (todo el equipo) Guantes vinilo Caja X 100 unidades 1 par por persona vacunada (personal de salud)' * Para el taknto humano dc oh5cr\'lI~i(¡n post vacuna. sc dlfercncia elu..o y se ~stablccc en 2 pmes porj'lrtmda la\)(1[3\ Fuellt~: Elnborn~¡ol1cs propias d~ los auIOlc." Ministerio de Snlud y Protección Social.

Ai10 2021 2.3. Transporte Se incluyó el transporte únicamente para la vacunación realizada por grupos extramurales urbanos y en áreas rurales dispersas.

3. FUENTES DE INFORMACiÓN La estimación de dosis a aplicar en cada una de las estrategias se realizó con base en las proyecciones de población susceptible construidas por la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación del Ministerio de Salud y Protección Social, con el aval de la Dirección de Epidemiología y Demografía y la Dirección de Promoción y Prevención (MSPS, 2021).

Para la consulta de referencia de la contratación de talento e insumas, se utilizó la información publicada a través del portal de Colombia Compra Eficiente en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), por ser este el medio de información oficial de toda la contratación realizada con dineros públicos, consultando procesos similares realizados durante el año 2020 en las diferentes regiones del país (Andina, Caribe, Pacífico, Orinoquía y Amazonia).

De igual manera, se analizó el comportamiento regional del valor promedio de los CUPS relacionados con aplicación de biológicos y se consultaron las tablas de honorarios del SENA para el año 2020 y los valores de reconocimiento económico temporal para el talento humano de salud establecidos en la Resolución 1774 de 2020. Para el talento humano se aplicó la modalidad de vinculación "prestación de servicios" y se obtuvo un total de 52 contratos de referencia para el proceso de agendamiento y aplicación de la vacuna y 22 contratos para el proceso de gestión de la verificación, control y validación RESOLUCiÓN NÚMERo! f e~.

() 166 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 14 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores él reconocer por las actividades asociadas él la aplicación de la vacuna contra el CQVIO - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución Para los insumas, los precios de referencia se obtuvieron tanto del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), como información de comercios mayoristas.

El transporte se soportó con información aportada por las coordinadoras Departamentales y Distritales del PAI, quienes entregaron los valores de la contratación para la vacunación en la estrategia extramural urbano y rural disperso, en jornadas y campañas de vacunación de algunos de los municipios de las regiones mencionadas, obteniendo un total de 32 registros para ambas estrategias.

4. DESARROLLO METODOLÓGICO 4.1. Proceso de agendamiento y aplicación de la vacuna Para obtener el valor de agendamiento y aplicación de la vacuna por dosis, se calculó el talento humano, los insumas y elementos de protección personal y el transporte requerido, según la estrategia de vacunación utilizada. Adicionalmente, se calculó el valor del talento humano necesario para el agendamiento de citas.

Una vez obtenidos los resultados, se aplicó un ajuste del 1,03 según la meta de inflación proyectada por el Banco de la República para el año 2021 (Banco de la República - Colombia, 2020) y posteriormente, se reconoció un 10% adicional por gastos de adecuación de los puntos de vacunación. 4.1.1. Talento humano (grupo vacunador y personal de agendamiento de citas) Con base en la muestra de contratos consultados, se calcularon las medidas de tendencia central en cada región del país, obteniendo el costo día trabajado con el mayor valor hallado entre la mediana y el promedio para los perfiles de auxiliar y profesional en enfermería. Para el digitador, se calculó el promedio nacional y se aplicó a todas las regiones, en tanto que para el auxiliar de agendamiento, se prefirió el mayor valor entre la mediana yel promedio.

Este costo día, se trasladó a costo hora trabajada para dividir por el rendimiento definido y obtener así el costo del talento humano por dosis aplicada en cada estrategia y región, de la siguiente manera: En donde, THE,R es el valor por dosis del talento humano para la estrategia de vacunación E y 1(\ región R. VE,R es el valor por dosis del vacunador o anotador para la estrategia de vacunación E y la región R. jCE,R cs el valor por dosis del jefe de control para la estrategia de vacunación E y la región R. D es el valor por registro digitado.

A es el valor por dosis agendada. 4.1.2. Insumos y elementos de protección personal Con la información de contratación y precios de insumos y elementos de protección personal, se obtuvo el promedio por región- y se calculó el costo por dosis teniendo en cuenta los rendimientos aplicados a cada estrategia de vacunación (Tabla 1) y el consumo definido por vacuna aplicada (Tabla 2).

Finalmente se obtuvo la sumatoria de estos valores por dosis.,, RESOLUCiÓN NÚMERO:~ 16 FEB 2021 e~. () 16 6 DE 2021 HOJA No 15 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución' 4.1.3 Transporte A partir de los datos obtenidos por región y únicamente para la estrategia extramural, se seleccionó el mayor valor obtenido por transporte diario entre la mediana y el promedio, el cual fue dividido por los respectivos rendimientos a fin de hallar el valor del transporte por dosis aplicada. 4.2.

Observación post-vacuna Esta actividad se calculó por punto de vacunación y por dosis, siendo aplicable únicamente a los biológicos utilizados en la estrategia intramural y que por recomendación del fabricante deban ser observados por personal entrenado para la identificación de posibles eventos adversos. El costo día trabajado para el profesional de enfermería se obtuvo a partir del mayor valor hallado entre la mediana y el promedio de los valores por región consultados a través del SECOP. El costo día del profesional médico de urgencias se tomó a partir de los valores de reconocimiento económico temporal para el talento humano de salud establecidos en la Resolución 1774 de 2020 de este Ministerio, adicionando un 35% equivalente a prestaciones sociales.

La dedicación del profesional en enfermería se estimó en 8 horas diarias dado que se requiere la observación permanente de las personas que reciban aquellos biológicos que por recomendación del fabricante deban permanecer 30 minutos en sala de observación. En cuanto al profesional médico de urgencias, se estimó una disponibilidad de 2 horas diarias teniendo en cuenta la tasa máxima registrada a la fecha de presentación de eventos adversos post-vacuna, de 11 por cada 1.000.000 de personas vacunadas. 4.3.

Proceso de gestión de verificación, control y validación 4.3.1. Talento humano Para desarrollar el costeo de este proceso se identificó un equipo de trabajo tipo conformado por un coordinador, personal para seguimiento telefónico, un profesional en enfermería y apoyo técnico en sistemas, que sirviera estándar en el cálculo del valor por dosis aplicada.

Igual que en el proceso de agendamiento y aplicación de la vacuna, el valor por hora trabajada del coordinador, el personal para seguimiento telefónico y el profesional de enfermería, se tomó del valor más alto obtenído entre promedios y medianas, a partir de la contratación de referencia consultada en el SECOP. Para el técnico en sistemas este valor correspondió al señalado en la tabla de honorarios del SENA 2020.

Tabla 3. Dedicación mensual por perfil Perfil Horas dedicadas Coordinador Personal para seguimiento telefónico y apDyo al agenda miento Apoyo de sistemas Profesional de apoyo me, 20 240 10 80 I'uenfl': Ela!>oracioncs proplns \le los alltores. Ministerio dc Sulu\l y rr<lt~(;CI('1l ~"ciaL Al)" ~n~ I Ahora bien, el grupo de EAPB y otras entidades que hacen sus veces para este proceso se estimó en 143 entidades y son las siguientes: Entidades Promotoras de Salud (EPS) ambos regímenes 41 entidades Entidades Territoriales de Salud del orden departamental 32 entidades 7 entidades Entidades Territoriales de Salud del orden distrilal ECOPETROL 1 MAGISTERIO 10 operadores Fondo Nacional de Salud de las -Personas Privadas de la Libertad (FNSPPL) 32 RESOLUCiÓN NÚMERO ¡~ 16 FEB 2021 r:: (} 16 6 DE 2021 HOJA No 16 "Por la cual se adopta la metodología y se rifan Jos valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Fuerzas Militares Policía Nacional 12 regionales 8 regionales Por su parte, el muestreo telefónico tanto para la verificación del agenda miento como para la validacíón de las dosis de vacunas aplicadas se definió en un 33,3% del total de cada uno. ejecutable durante 365 días de duración de la estrategia de vacunación; lo cual, teniendo en cuenta la frecuencia prevista por auxiliar, de 15 llamadas por hora, generó un requerimiento promedio de 6,64 auxiliares por entidad para el equipo tipo o estándar, cuyo rendimiento se ajustó a 780 llamadas al día. A partir de la dedicación horas mes del equipo (Tabla 3) y de las anteriores definiciones, se obtuvo el valor diario de talento humano, el cual se dividió por la meta de verificación y validación diaria para obtener el valor por llamada efectuada.

Del resultado de multiplicar el valor por llamada por la cantidad requerida de muestra para el agenda miento y la aplicación de vacunas, se obtuvo el total presupuestado para este proceso, y de la división del total presupuestado sobre el número de dosis proyectadas, se obtuvo finalmente el valor por dosis aplicada, al cual se le aplicó un ajuste del 1,03 según la meta de inflación proyectada por el Banco de la República para el año 2021 (Banco de la República - Colombia, 2020).

CONCLUSiÓN Con base en las anteriores consideraciones se obtuvo el valor unitario por aplicación en cada región y para cada una de las estrategias de vacunación (Tabla 1 de valores unitarios - Articulo 4 de la presente resolución), que incluye la estimación de los elementos y ajustes del costo descritos lo largo de este anexo. Adicionalmente, se calculó para la estrategia intramural un valor dosis que reconoce los costos de observación post-vacuna (Tabla 2 valores unitarios observación post-vacuna - Artículo 4 de la presente resolución), el cual es ·factible adicionar al valor unitario de agenda miento y aplicación únicamente en aquellas dosis que por recomendación expresa del fabricante, requieran dicho proceso de observación. Por último, se obtuvo un valor por dosis destinado al reconocimiento de la gestión de verificación, control y validación (Tabla 1 de valores unitarios - Artículo 4 de la presente resolución)que deben realizar las entidades del aseguramiento o quienes hagan sus veces en este proceso., RESOLUCiÓN NÚMERciF '. '. f'.' ";,' (} 16 6 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 17 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores él reconocer por las actividades asociadas él la aplicación de /a vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución ANEXO 2 LISTADO DE LOS DEPARTAMENTOS Y MUNICIPIOS POR REGIONES Región: 01 - Amazonia, 02 - Andina, 03 - Caribe, 04 - Ciudades, 05 - Orinoquía, 06 • Pacifico Número 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 Región 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 Código municipio DAN E 18001 18029 18094 18150 18205 18247 18256 Nombre departamento Nombre municipio Caquetá Florencia Caquetá Albania Caquetá Belén de Los Andaquíes Caquetá Cartagena del Chairá Caquetá Curillo Caquetá El Doncella Caquetá El Paujíl 18410 Caquetá La Montañita 18460 18479 18592 18610 Caquetá Milán Caquetá Morelia Caquetá Puerto Rico Caquetá San José del Fragua 18753 Caquetá San Vicente del Caguán 18756 18785 18860 86001 Caquetá Solano Caquetá Solita Caquetá Valparaíso Putumayo Mocoa 86219 Putumayo Colón 86320 Putumayo Orito 86568 86569 86571 86573 86749 86755 86757 Putumayo Puerto Asís Putumayo Puerto Caicedo Putumayo Puerto Guzmán Putumayo Puerto Leguízamo Putumayo Sibundoy Putumayo San Francisco Putumayo San Miguel 86760 Putumayo Santiago 86865 86885 Putumayo Valle del Guamuez Putumayo Villagarzón 91001 Amazonas Leticia 91263 Amazonas El Encanto (CO) 91405 Amazonas La Chorrera (CO) 91407 91430 91460 91530 91536 91540 91669 91798 94001 94343 94663 Amazonas La Pedrera (CO) Amazonas La Victoria (CO) Amazonas Miriti Paraná (CO) Amazonas Puerto Alegría (CD) Amazonas Puerto Arica (CO) Amazonas Puerto Nariño Amazonas Puerto Santander (CO) Amazonas Tarapacá (CD) Guainía Inirida Guainía Barrancominas Guainia Mapiripana {COl --, ¡ RESOLUCiÓN NÚMER0(~;'" -: O16 6 ~ ~ 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 18 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan 10$ valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVIO - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Número 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 i 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 Región 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 Código municipio DANE 94883 94884 94885 94886 94887 94888 95001 95015 95025 95200 Nombre departamento Nombre municipio Guainía San Felipe {COI Guainía Puerto Colombia {COI Guainía La Guadalupe (CO) Guainía Cacahual (CO) Guainía Pana Pana (CO) Guainía Morichal (CD) Guaviare San José del Guaviare Guaviare Calamar Guaviare El Retorno Guaviare Miraflores 97001 Vaupés Mitú 97161 Vaupés Carurú 97511 Vaupés Pacoa (CD) 97666 97777 97889 99001 99524 99624 99773 05002 05004 05021 05030 05031 05034 05036 05038 05040 05042 05044 05045 05055 05059 05079 05086 05091 05093 05101 05107 05113 05120 05125 05129 05134 05138 05142 05145 Vaupés Taraira Vaupés Papunahua (CD) Vaupés Yavaraté (CD) Vichada Puerto Carreña Vichada La Primavera Vichada Santa Rosalía Vichada Cuma ribo Antioquia Abejorral Antioquia Abriaquí Antioquia Alejandría Antioquia Amagá Antioquia Amalfi Antioquia Andes Antioquia Angelópolis Antioquia Angostura Antioquia Anorí Antioquia Santafé de Antioquia Antioquia Anzá Antioquia Apartadó Antioquia Argelia Antioquia Armenia Antioquia Barbosa Antioquia Belmira Antioquia Betania Antioquia Betulia Antioquia Ciudad Bolívar Antioquia Briceño Antioquia Buriticá Antioquia Cáceres Antioquia Caicedo Antioquia Caldas Antioquia Campamento Antioquia Cañasgordas Antioquia Caracolí Antioquia Cara manta -- -- 'Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" COrl!irluaciórI de la Resolución: Código municipio Número, l 92 93 94 95 96 97 98 99 100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132 133 134 135 136 137 138 139 Región DAN E Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 05147 05148 05150 05154 05172 05190 05197 05206 05209 05212 05234 05237 05240 05250 05264 05266 05282 05284 05306 05308 05310 05313 05315 05318 05321 05347 05353 05361 05364 05368 05376 05380 05390 05400 05411 05425 05440 05467 05475 05480 05483 05495 05501 05541 05543 05576 05579 05585 Antioquia Carepa Antioquia E! Carmen de Vibora! Antioquia Carolina Antioquia Caucasia Antioquia Chigorodó Antioquia Cisne ros Antioquia Cocorná Antioquia Concepción Antioquia Concordia Antioquia Copacabana Antioquia Dabeiba Antioquia Donmatías Antioquia Ebéjico Antioquia E! Bagre Antioquia Entrerríos Antioquia Envigado Antioquia Fredonja Antioquia Frontino Antioquia Giralda Antioquia Girardota Antioquia Gómez Plata Antioquia Granada Antioquia Guadalupe Antioquia Guarne Antioquia Guatapé Antioquia Heliconia Antioquia Hispania Antioquia Ituango Antioquia Jardín Antioquia Jericó Antioquia La Ceja Antioquia La Estrella Antioquia La Pintada Antioquia La Unión Antioquia Liborina Antioquia Maceo Antioquia Marinilla Antioquia Montebello Antioquia Murindó Antioquia Mutatá Antioquia Nariño Antioquia Nechí Antioquia Olaya Antioquia Peñol Antioquia Peque Antioquia Pueblorrico Antioquia Puerto Berrío Antioquia Puerto Nare - RESOLUCiÓN NÚMERd;~:'- 16 FEB 2021 =0166 DE 2021 HOJA No 20 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconOCimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Código municipio Número 140 141 142 143 144 145 146 147 148 149 150 151 152 153 154 155 156 157 158 159 160 161 162 163 164 165 166 167 168 169 170 171 172 173 174 175 176 177 178 179 180 181 182 183 184 185 186 187 Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 05591 05604 05607 Antioquia Puerto Triunfo Antioquia Remedios Antioquia Retiro 05615 Antioquia Rionegro 05628 05631 05642 05647 05649 05652 05656 05658 05660 05664 05667 05670 05674 05679 05686 05690 05697 05736 05756 05761 05789 05790 05792 05809 05819 05842 05847 05854 05856 05858 05861 05873 05885 05887 05890 05893 05895 15001 15022 15047 15051 15087 15090 15092 Antioquia Sabana larga Antioquia Sabaneta Antioquia Salgar Antioquia San Andrés de Cuerquía Antioquia San Carlos Antioquia San Francisco Antioquia San Jerónimo Antioquia San José de La Montaña Antioquia San Luis Antioquia San Pedro de Los Milagros Antioquia San Rafael Antioquia San Roque Antioquia San Vicente Antioquia Santa Bárbara Antioquia Santa Rosa de Osos Antioquia Santo Domingo Antioquia El Santuario Antioquia Segovia Antioquia Sonsón Antioqu'la Sopetrán Antioquia Támesis Antioquia Tarazá Antioquia Tarso Antioquia Titiribí Antioquia Toledo Antioquia Uramita Antioquia Urrao Antioquia Valdivia Antioquia Valparaíso Antioquia Vegachí Antioquia Venecia Antioquia Vigía del Fuerte Antioquia Yalí Antioquia Yarumal Antioquia Yolombó Antioquia Yondó Antioquia Zaragoza Boyacá Tunja Boyacá Almeida Boyacá Aquitania Boyacá Arcabuco Boyacá Belén Boyacá Berbeo Boyacá Betéitiva I RESOLUCiÓN NÚMERtf e:; o16 6 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 21 "Por la cual se adopta /a metodología y se fdan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19. se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución' Código municipio Número 188 189 190 191 192 193 194 195 196 197 198 199 200 201 202 203 204 205 206 207 208 209 210 211 212 213 214 215 216 217 218 219 220 221 222 223 224 225 226 227 228 229 230 231 232 233 234 235, l Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 15097 Boyacá Boavita 15104 Boyacá Boyad Boyacá Briceño Boyacá Buenavista Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Busbanzá Boyacá Chinavita Boyacá Chiquinquirá Boyacá Boyacá Boyacá (hiscas Chita raque Boyad Chivatá Boyacá Ciénega Boyacá (ómbita 15212 Boyacá Coper 15215 Boyacá Corrales 15218 15223 15224 15226 15232 15236 15238 15244 15248 15272 15276 15293 15296 15299 15317 15322 15325 15332 15362 15367 15368 15377 15380 15401 15403 15407 15425 15442 15455 15464 Boyacá Covarachía Boyad Cubará Boyacá Cuca ita Boyacá Cuítiva Boyacá Chíquiza Boyacá Ch"lvor Boyacá Duitama Boyacá Boyacá El Cocuy El Espino Boyacá Firavitoba Boyacá Floresta Boyacá Gachantivá Boyacá Gámeza Boyacá Garagoa Boyacá Guacamayas Boyacá Guateque Boyacá Guayatá Boyad Güicán de La Sierra Boyacá Iza Boyad Jenesano Boyacá Jericó Boyacá Labranzagrande Boyacá La Capilla Boyacá La Victoria Boyacá la Uvita Boyacá Villa de Leyva Boyacá Macanal Boyad Maripí Boyacá Miraflores Boyacá Mangua 15106 15109 15114 15131 15135 15162 15172 15176 15180 15183 15185 15187 15189 15204 Caldas Campo hermoso Cer"lnza Chita 16 FES 2021 e~ 0166 DE 2021 HOJA No 22 RESOLUCiÓN NÚMERd G "Por la cual se adopta la metodología y se fdan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el cavlo - 19, se define el procedimiento para su reconocinllento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolucióll, Código municipio Número 236 237 238 239 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 251 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 280 281 282 283 Región DAN E Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 15466 Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Monguí 15469 15476 15480 15491 15494 15500 15507 15511 15514 15516 Moniquirá Motavita Muzo Nobsa Nuevo Colón Oieatá Otan che Pachavita Páez Boyacá Palpa 15518 Boyacá Pajarito 15522 15531 15533 15537 15542 15550 15572 15580 15599 15600 15021 15632 15638 15646 15660 15664 15667 15673 15676 15681 15686 15690 15693 15696 15720 15723 15740 15753 15755 15757 15759 15761 15762 15763 15764 15774 Boyacá Panqueba Boyacá Boyacá Pauna Paya Boyacá Paz de Río Boyacá Boyacá Boyacá Pesca Boyacá Quípama Boyacá Ramiriquí Boyad Boyacá Ráquira Rondón Boyacá Saboyá Boyacá Sáchica Boyacá Samacá Boyacá San Eduardo Boyacá San José de Pare Boyacá San Luis de Gaceno Boyacá San Mateo Boyacá San Migue! de Sema Boyacá San Pablo de Borbur Boyacá Boyacá Santa na Boyad Santa Rosa de Viterbo Boyacá Boyacá Santa Sofía Boyacá Sativasur Boyacá Siachoque Boyacá Soatá Boyacá Socotá Boyacá Socha Boyad Sogamoso Boyacá Somondoco Boyacá Sora Boyacá Sotaquirá Boyad Soracá Boyad Susacón Pisba Puerto Boyacá Santa María Sativanorte RESOLUCiÓN NÚMERd (: C, ", v 0166 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 23 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento pata su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" ContinuaCión de la Resolución: Número Región 284 02 285 02 286 02 287 02 288 02 289 02 290 02 291 02 292 02 293 02 294 02 295 02 296 02 297 02 298 02 299 02 300 02 301 02 302 02 303 02 304 02 305 02 306 02 307 02 308 02 309 02 310 02 311 02 312 02 313 02 314 02 315 02 316 02 317 02 318 02 319 02 320 02 321 02 322 02 323 02 324 02 325 02 326 02 327 02 328 02 329 02 330 02 331 02 Código municipio DAN E 15776 15778 15790 15798 15804 15806 15808 15810 15814 15816 15820 15822 15832 15835 15837 15839 15842 15861 15879 15897 17013 17042 17050 17088 17174 17272 17380 17388 17433 17442 17444 17446 17486 17495 17513 17524 17541 17614 17616 17653 17662 17665 17777 17867 17873 17877 19022 19050 Nombre departamento Boyacá Nombre municipio Boyad Sutatenza Boyacá Boyacá Tasco Sutamarchán Tenza Boyacá Tibaná Boyacá Boyacá Tibasosa Boyacá Tipacoque Boyacá Boyacá Boyacá Boyacá Toca Tata Boyacá Tununguá Boyad Boyacá Turmequé Tuta Boyacá Tutazá Boyacá Úmbita Boyad Ventaquemada Boyacá Viracachá Tinjacá Togüí Tópaga Boyacá Zetaquira Caldas Aguadas Caldas Anserma Caldas Aranzazu Caldas Belalcázar Caldas Chinchiná Caldas Filadelfia Caldas La Dorada Caldas La Merced Caldas Manzanares Caldas Marmato Caldas Marquetalia Caldas Marulanda Caldas Neira Caldas Norcasia Caldas Pácora Caldas Palestina Caldas Pensilvania Caldas Riosucio Caldas Risaralda Caldas Salamina Caldas Samaná Caldas San José Caldas Supía Caldas Victoria Caldas Villa maría Caldas Viterbo Cauca Almaguer Cauca Argelia RESOLUCiÓN NÚMERO,~,',,\).,-,',.' 16 6 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 24 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores él reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVIO - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución, Código municipio Número 332 333 334 335 336 337 338 339 340 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 351 352 353 354 355 356 357 358 359 360 361 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 Región DAN E Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 19075 19100 19110 19130 Cauca Cauca Balboa Cauca Buenos Aires Cauca Cajibío 19137 Caldono 19142 Cauca Cauca 19212 Cauca Corinto 19256 19290 19300 19355 19364 19392 19397 19450 19455 19473 19513 Cauca Cauca Cauca El Tambo Cauca Inzá Cauca Jambaló Cauca La Sierra Cauca La Vega Cauca Mercaderes Cauca Miranda Cauca Cauca Morales Padilla 19517 Cauca Páez 19532 19533 19548 19573 19585 19622 19693 19698 19701 19743 19760 19780 19785 19807 19821 19824 19845 25001 25019 25035 25040 25053 25086 25095 25099 25120 25123 25126 25148 (auca Patía Cauca Piamonte Cauca Piendamó - Tunía Cauca Puerto Tejada Cauca Puracé Cauca Rosas Cauca San Sebastián Cauca Santander de Quilichao Cauca Santa Rosa Cauca Silvia Cauca Sotará Paispamba Cauca Suárez Bolívar Caloto Florencia Guachené Cauca Sucre Cauca Timbío Cauca Toribío Cauca Totorá Cauca Villa Rica Cundinamarca Agua de Dios Cundinamarca Albán Cundinamarca Anapoima Cundinamarca Anolaima Cundinamarca Arbeláez Cundinamarca Beltrán Cundinamarca Bituima Cundinamarca Bojacá Cundinamarca Cabrera Cundinamarca Cachipay Cundinamarca Cajlcá Cundinamarca Caparrapí -- ~~- 16 FEB 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO" e::- G16 6 DE 2021 HOJA No 25, Continuación de la Resolución: "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras d!sposiciones" Código municipio Número 380 381 382 383 384 385 386 387 388 389 390 391 392 393 394 395 396 397 398 399 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 Región DANE Nombre departamento Nombre munici=d 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 25151 25154 25168 25175 25178 25181 25183 25200 (undinamarca Cáqueza Cundinamarca Carmen de Carupa Cundinamarca Cha~uaní Cundinamarca Chía Cundinamarca Chipaque Cundinamarca Choachí Cundinamarca Chocontá Cundinamarca Cagua 25214- Cundinamarca Cota 25224 25245 25258 25260 25269 25279 25281 25286 25288 25290 25293 25295 25297 25299 25307 25312 25317 25320 25322 25324 25326 25328 25335 25339 25368 25372 25377 25386 25394 25398 25402 25407 25426 25430 25436 25438 25473 25483 25486 Cundinamarca Cucunubá Cundinamarca El Colegio Cundinamarca El Peñón Cundinamarca El Rosal Cundinamarca Facatativá Cundinamarca Fómeque Cundinamarca Fosca Cundinamarca Funza Cundinamarca Fúquene Cundinamarca Fusagasugá Cundinamarca Gachalá Cundinamarca Gachancipá Cundinamarca Gachetá Cundinamarca Gama Cundinamarca Girardot Cundinamarca Granada Cundinamarca Guachetá Cundinamarca Guaduas Cundinamarca Guasca __ - Cundinamarca Guataquí Cundinamarca Guatavita Cundinamarca Guayabal de Siquima Cundinamarca Guayabetal Cundinamarca Gutiérrez Cundinamarca Jerusalén Cundinamarca Junín Cundinamarca La Calera Cundinamarca La Mesa Cundinamarca La Palma Cundinamarca La Peña Cundinamarca La Vega Cundinamarca Lenguazaque Cundinamarca Machetá Cundinamarca Madrid Cundinamarca Manta Cundinamarca Medina Cundinamarca Mosquera Cundinamarca Nariño Cundinamarca Nemocón --- I;

RESOLUCiÓN NÚMERO --~:::. --'J 16 6 DE 16 FEB 2021 2021 HOJA No 26 Continuación de la Resolución. "Por la cual se adopta fa metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" -- Código municipio Región DAN E Nombre departamento Nombre municipio 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 25488 25489 25491 Cundinamarca Nilo Cundinamarca Nimaima Cundinamarca Nocaima 25506 Cundinamarca Venecia 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 461 462 463 464 465 466 467 468 469 470 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 Número 471 472 473, i 02 02 02 25513 Cundinamarca Pacho 25518 Cundinamarca Paime 25524 Cundinamarca Pandí 25530 25535 25572 25580 25592 25594 Cundinamarca Paratebueno Cundinamarca Pasca Cundinamarca Puerto Salgar Cundinamarca Pulí Cundinamarca Quebradanegra Cundinamarca Quetame 25596 Cundinamarca Quipile 25599 Cundinamarca Apulo 25612 Cundinamarca Ricaurte 25645 Cundinamarca 5an Antonio del Tequendama 25649 25653 25658 Cundinamarca 5an Bernardo Cundinamarca 5an Cayetano Cundinamarca San Francisco I 25662 Cundinamarca San Juan de Rioseco 25718 Cundinamarca Sasaima 25736 Cundinamarca Sesquilé 25740 25743 Cundinamarca Sibaté Cundinamarca Silvania 25745 Cundinamarca Simijaca 25758 Cundinamarca Sopó 25769 25772 Cundinamarca Subachaque Cundinamarca Suesca 25777 Cundinamarca Supatá 25779 Cundinamarca Susa 25781 Cundinamarca Sutatausa - 25785 Cundinamarca Tabio 25793 Cundinamarca Tausa 25797 Cundinamarca Tena 25799 Cundinamarca Tenja 25805 Cundinamarca Tibacuy 25807 Cundinamarca Tibirita 25815 25817 25823 25839 25841 Cundinamarca Tocaima Cundinamarca Tocancipá Cundinamarca Topaipí Cundinamarca Ubalá 25843 25845 25851 Cundinamarca Ubaque Cundinamarca Villa de San Diego de Ubaté Cundinamarca Une Cundinamarca Útica --- RESOLUCiÓN NÚMERa\~.~. -.

(). j '"-" 16 6 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 27 Continuación de la Resolución: "Por la cual se adopta la metodología y se fijan Jos valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el cavlo - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan ottaS disposiciones" Código municipio Número 474 475 476 477 478 479 480 481 482 483 484 485 486 487 488 489 490 491 492 493 494 495 496 497 498 499 500 501 502 503 504 505 506 507 508 509 510 511 512 513 514 515 516 517 518 519 520 521,, Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 25862 25867 25871 25873 25875 25878 25885 25898 25899 41006 Cundinamarca Vergara Cundinamarca Cundinamarca Vianí Cundinamarca Villa pinzón Cundinamarca Vi lleta Cundinamarca Viotá Cundinamarca Vacapí Cundinamarca Zipacón Cundinamarca Zipaquirá Huila Acevedo 41013 Huila Agrado 41016 Huila Aipe 41020 Huila Algeciras 41026 41078 Huila Altamira Huila Baraya 41132 Huila Campoalegre 41206 Huila Colombia 41244 Huila Elías 41298 Huila Garzón 41306 Huila Gigante 41319 41349 Huila Guadalupe Huila Hobo Villagómez 41357 Huila íquira 41359 41378 Huila Isnos Huila La Argentina 41396 Huila La Plata 41483 Huila Nátaga 41503 Huila Oporapa 41518 Huila Paicol 41524 Huila Palermo 41530 Huila Palestina 41548 Huila Pital 41551 Huila Pita lito 41615 Huila Rivera Saladoblanco 41660 Huila 41668 Huila San Agustín 41676 Huila Santa María 41770 Huila Suaza 41791 Huila Tarqui 41797 41799 41801 41807 41872 41885 52019 52022 52036 Huila Tesalia Huila lello Huila Teruel Huila limaná Huila Villavieja Huila Yaguará Nariño Albán Nariño Aldana Nariño Ancuya - 6 FEB 2021 t.:· J 16 6 DE 12021 HOJA No 28 RESOLUCiÓN NÚMERd'~.

"Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades Continuación de la Resolución: asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Código municipio Número 522 523 524 525 526 527 528 529 530 531 532 533 534 535 536 537 538 539 540 541 542 543 544 545 546 547 548 549 550 551 552 553 554 555 556 557 558 559 560 561 562 563 564 565 566 567 568 569 Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 02 06 02 02 02 02 02 02 02 02 06 02 02 06 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 06 02 02 06 02 02 02 06 02 02 02 02 06 06 02 02 02 02 02 02 02 52051 52079 52083 52110 Nariño Arboleda Nariño Barbacoas Nariño Belén Nariño Buesaco 52203 Nariño Colón 52207 52210 52215 Nariño Consacá Nariño Contadero Nariño Córdoba 52224 Nariño Cuaspud Carlosama 52227 Nariño Cumbal 52233 52240 52254 52256 52258 Nariño Cumbitara Nariño Chachagüí Nariño El Peñol Nariño El Rosario Nariño El Tablón de Gómez 52260 Nariño El Tambo 52287 52317 52320 52323 52352 52354 52356 52378 52381 52385 52399 52405 52411 52418 52427 52435 52480 52506 52540 52560 52565 52573 52585 52612 52678 52683 52685 52687 52693 52694 52699 52720 Nariño Funes Nariño Guachucal Naríño Guaitarilla Naríño Gualmatán Naríño lIes Naríño Imués Naríño Ipíales Nariño La Cruz Nariño La Florida Naríño La Llanada Nariño La Unión Nariño Leiva Nariño Linares Nariño Los Andes Nariño Magüi -- ~- Nariño Mallama Nariño Nariño Nariño Ospina Nariño Policarpa Nariño Potosi Nariño Providencia Nariño Puerres Nariño Pupiales Nariño Ricaurte Nariño Sama niego Nariño Sandoná Nariño San Bernardo Nariño San Lorenzo Nariño San Pablo Nariño San Pedro de Cartago Nariño Santacruz Nariño Sapuyes.. -- -, 16 FEB 2021 l RESOLUCiÓN NÚMERO! (! J.~. él 16 6 DE 2021 HOJA No 29 1 "Por la cual se adopta /a metodología y se fdan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" ContinuaCión de la Resolución: Código municipio DANE Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 52786 Nariño Taminango 52788 Nariño Tangua 52838 Nariño Túquerres 52885 Nariño Yacuanquer 540.03 54051 54099 54109 54125 Norte de Santander Ábrego Norte de Santander Arboledas 54128 54172 54174 54206 54223 54239 54245 54250 54261 54313 54344 54347 54377 54385 54398 54405 54418 54480 54498 54518 54520 54553 54599 54660 54670 54673 54680 54720 54743 54800 54810 54820 54871 54874 63111 63130 63190 63212 63272 Norte de Santander Bochalema Norte de Santander Bucarasica Norte de Santander Norte de Santander Cácota Cáchira Norte de Santander Chinácota Norte de Santander Chitagá Norte de Santander Convención Norte de Santander Cucutilla Norte de Santander Durania Norte de Santander El Carmen Norte de Santander El larra Norte de Santander E1Zulia Norte de Santander Gramalote Norte de Santander Hacarí Norte de Santander Herrán Norte de Santander Labateca Norte de Santander La Esperanza Norte de Santander La Playa Norte de Santander Los Patios Norte de Santander Lourdes Norte de Santander Mutiscua Norte de Santander Ocaña Norte de Santander Pamplona Norte de Santander Pamplonita Norte de Santander Puerto Santander Norte de Santander Ragonvalia Norte de Santander Salazar Norte de Santander San Calixto Norte de Santander San Cayetano Norte de Santander Santiago Norte de Santander Sardinata Norte de Santander Silos Norte de Santander Teorama Norte de Santander Tibú Norte de Santander Toledo Norte de Santander Villa Caro Norte de Santander Villa del Rosario Quindio Buenavista Quindio Calarcá Quindio Cir(asia Quindio Córdoba Quindio Filandia ~ I _ 570 571 572 573 574 575 576 577 578 579 580 581 582 583 584 585 586 587 588 589 590 591 592 593 594 595 596 597 598 599 600 601 602 603 604 605 606 607 608 609 610 611 612 613 614 615 616 617 Región. Número RESOLUCiÓN NÚMERo;,~ 2021 e "': i) 16 6 DE 1 62021FEB HOJA No 30 "Por la cual se adopta la metodología y se fdan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Código municipio Número 618 619 620 621 622 623 624 625 626 627 628 629 630 631 632 633 634 635 636 637 638 639 640 641 642 643 644 645 646 647 648 649 650 651 652 653 654 655 656 657 658 659 660 661 662 663 664 665, ¡, ) Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 63302 63401 63470 63548 63594 63690 Quindio Génova Quindio La Tebaida Quindio Montenegro Quindio Pijao 66045 Risaralda 66075 66088 66318 66383 Risaralda Risaralda Balboa Risaralda Guática Risaralda Risaralda Risaralda Risaralda Risaralda la Celia Risaralda Quinchía Risaralda Santa Rosa de Cabal Risaralda Santuario Santander Aguada Santander Albania Santander Aratoca Santander Barbosa Santander Barichara Santander Betulia Santander Bolívar Santander Cabrera Santander Ca!ifornia Santander Capitanejo Santander Carcasí Santander Cepitá Santander Cerrito Santander Charalá 66400 66440 66456 66572 66594 66682 66687 68013 68020 68051 68077 68079 68092 68101 68121 68132 68147 68152 68160 68162 68167 68169 68176 68179 68190 68207 68209 68211 68217 68229 68235 68245 68250 68255 68264 68266 68271 Quindio Quimbaya Quindio Salento Apía Belén de Umbría -- --- La Virginia Marsella Mistrató Pueblo Rico Santander Charta Santander Chimá Santander Chipatá Santander Cimitarra Santander Concepción Santander Confines Santander Contratación Santander Coromoro Santander Curití Santander El Carmen de Chucurí Santander El Guacamayo Santander El Peñón Santander El Playón Santander Encino Santander Enciso Santander Florián "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Número 666 667 668 669 670 671 672 673 674 675 676 677 678 679 680 681 682 683 684 685 686 687 688 689 690 691 692 693 694 695 696 697 698 699 700 701 702 703 704 705 706 707 708 709 710 711 712 713 Región Código municipio DANE 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 68296 68298 68307 68318 68320 68322 68324 68327 68344 68368 68370 68377 68385 68397 68406 68418 68425 68432 68444 68464 68468 68498 68500 68502 68522 68524 68533 68547 68549 68572 68573 68575 68615 68655 68669 68673 68679 68682 68684 68686 68689 68705 68720 68745 68755 68770 68773 68780 Nombre departamento Nombre municipio Santander Galán Santander Gámbita Santander Girón Santander Guaca Santander Guadalupe Santander Guapotá Santander Guavatá Santander Güepsa Santander Hato Santander Jesús María Santander Jordán Santander La Belleza Santander Landázuri Santander La Paz Santander Lebrija Santander Los Santos Santander Macaravita Santander Málaga Santander I Matanza Santander Mogotes Santander Molagavita Santander Oca monte Santander Oiba Santander Onzaga Santander Palmar Santander Palmas del Socorro Santander Páramo Santander Piedecuesta Santander Pinchate Santander Puente Nacional Santander Puerto Parra Santander Puerto Wilches Santander Rionegro Santander Sabana de Torres Santander San Andrés Santander San Benito Santander San Gil Santander San Joaquín Santander San José de Miranda Santander San Miguel Santander San Vicente de Chucurí Santander Santa Bárbara Santander Santa Helena del Opón Santander Simacota Santander Socorro Santander Suaita Santander Sucre Santander Suratá -,~~ ~, RESOLUCiÓN NÚMERO'," '-',. ) (1 "166' DE 162021 FES HOJA 2021 No 32 COrllinuaclón de la Resolución, "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actIVIdades asociadas a la aplicación de fa vacuna contra el COVID- 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones",-Código municipio Número 714 715 716 717 718 719 720 721 722 723 724 725 726 727 728 729 730 731 732 733 734 735 736 737 738 739 740 741 742 743 744 745 746 747 748 749 750 751 752 753 754 755 756 757 758 759 760 761 Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 68820 68855 68861 68867 Santander Tona Santander Santander Santander Valle de San José 68872 Santander Villanueva 68895 Santander Zapatoca 73024 Tolima Alpujarra 73026 73030 73043 Tolima Alvarado Tolima Ambalema Tolima Anzoátegui 73055 Tolima Armero 73067 73124 Tolima Tolima Ataco Cajamarca 73148 Tolima Carmen de Apicalá 73152 73168 73200 73217 73226 73236 73268 73270 73275 73283 73319 73347 73349 73352 73408 73411 73443 73449 73461 73483 73504 73520 73547 73555 73563 73585 73616 73622 73624 73671 73675 73678 73686 73770 Tolima Tolima Casabianca Chaparral Tolima Coello Tolima Coyaima Tolima Cunday Tolima Dolores Vélez Vetas Tolima Espinal Tolima Falan Tolima Flandes Tolima Fresno Tolima Guama Tolima Herveo Tolima Honda Tolima Icononzo Tolima Lérida Tolima Líbano Tolima Mariquita Tolima Melgar Tolima Murillo Tolima Natagaima Tolima Ortega Tolima Palocabildo Tolima Piedras Tolima Planadas Tolima Prado Tolima Purificación Tolima Rioblanco Tolima Roncesvalles Tolima Rovira Tolima Saldaña Tolima San Antonio Tolima San Luis Tolima Santa Isabel Tolima Suárez, RESOLUCiÓN NÚMERO \~,;';.

J 16 6 DE i 6 FEB 2021 2021 HOJA No 33 la "Por cual se adopta la metodología y se fijan los va/ores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19. se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución. Número, 762 763 764 765 766 767 768 769 770 771 772 773 774 775 776 777 778 779 780 781 782 783 784 785 786 787 788 789 790 791 792 793 794 795 796 797 798 799 800 801 802 803 804 805 806 807 808 809 Región 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 02 03 03 03 03 03 03 03 03 Código municipio DANE 73854 73861 73870 73873 76020 76036 Nombre departamento Nombre municipio Tolima Valle de San Juan Tolima Venadillo Tolima Villa hermosa Tolima Villarrica Valle del Cauca Alcalá Valle del Cauca Andalucía 76041 Valle del Cauca Ansermanuevo 76054 76100 76113 76122 76126 Valle del Cauca Valle del Cauca Argelia Valle del Cauca Bugalagrande Valle del Cauca Caicedonia Valle del Cauca Valle del Cauca Candelaria Valle del Cauca Dagua Valle del (auca El Águila Valle del Cauca El Cairo Valle del Cauca El Cerrito Valle del Cauca El Dovio Valle del Cauca Florida Valle del Cauca Ginebra Valle del Cauca Guacarí Valle del Cauca Jamundí Valle del Cauca La Cumbre Valle del Cauca La Unión Valle del Cauca La Victoria Valle del Cauca Obando Valle del Cauca Pradera Valle del Cauca Restrepo Valle de! Cauca Riofrío Valle del Cauca Roldanillo Valle del Cauca San Pedro Valle del Cauca Sevilla Valle del Cauca Toro Valle del Cauca Trujlllo 76130 76233 76243 76246 76248 76250 76275 76306 76318 76364 76377 76400 76403 76497 76563 76606 76616 76622 76670 76736 76823 76828 76845 76863 76869 76890 76892 76895 05051 05490 05659 05665 05837 08078 08137 08141 Bolívar, Calima Valle del Cauca Ulloa Valle del Cauca Versalles Valle del Cauca Vijes Valle del Cauca Yotoco Valle del Cauca Yumbo Valle del Cauca Zarzal Antioquia Arboletes Antioquia Necoclí Antioquia San Juan de Urabá Antioquia San Pedro de Urabá Antioquia Turbo Atlántico Baranoa Atlántico Campo de La Cruz Atlántico Candelaria - RESOLUCiÓN NÚMERO~ C-;..

(1166 DE 12'ó21' fi FER 2021 HOJA No 34 "Por la cual se adopta /a metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas él la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Código municipio Número ", 810 811 812 813 814 815 816 817 818 819 820 821 822 823 824 825 826 827 828 829 830 831 832 833 834 835 836 837 838 839 840 841 842 843 844 845 846 847 848 849 850 851 852 853 854 855 856 857 Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 08296 08372 08421 08433 08436 08520 08549 08558 08560 08573 08606 08634 08638 08675 08685 Atlántico Galapa Atlántico Juan de Acosta Atlántico Luruaco Atlántico Malambo Atlántico Manatí Atlántico Palmar de Varela Atlántico Piojó Atlántico Polonuevo Atlántico Ponedera Atlántico Puerto Colombia Atlántico Repelón Atlántico Sabanagrande Atlántico Sabanalarga Atlántico Atlántico Santa Lucía Santo Tomás 08770 Atlántico Suan 08832 Atlántico Tubará 08849 Atlántico Usiacurí 03 13006 Bolívar Achí 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 13030 13042 13052 Bolívar Altos del Rosario Bolívar Arenal Bolívar Arjona 13062 Bolívar Arroyohondo 13074 13140 13160 13188 13212 Bolívar Barranco de Loba Bolívar Calamar Bolívar Cantagallo Bolívar Cicuco Bolívar Córdoba 13222 Bolívar Clemencia 13244 Bolívar El Carmen de Bolívar 13248 Bolívar El Guamo 13268 13300 13430 Bolívar El Peñón Bolívar Hatillo de Loba Bolívar Magangué 13433 Bolívar Mahates 13440 Bolívar Margarita 13442 Bolívar María La Baja 13458 Bolivar Montecristo 13468 Bolívar Mompós 13473 Bolívar Morales 13490 Bolívar Norosí 13549 13580 Bolívar Pinillos Bolívar Regidor 13600 Bolívar Río Viejo 13620 13647 13650 13654 Bolívar San Cristóbal Bolívar San Estanislao Bolivar San Fernando Bolívar San jacinto 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 RESOLUCiÓN NÚMERO _';~>' J • ' ~ (j 16 6 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 35 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las Actividades asociadas a la aplicación de /a vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la ResoluciórI' Código municipio Número 858 859 860 861 862 863 864 865 866 867 868 869 870 871 872 873 874 875 876 877 878 879 880 881 882 883 884 885 886 887 888 889 890 891 892 893 894 895 896 897 898 899 900 901 902 903 904 905 Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 13655 Bolívar San Jacinto del Cauca 13657 Bolívar San Juan Nepomuceno 13667 Bolívar San Martín de loba 13670 13673 13683 13688 13744 13760 13780 13810 13836 13838 13873 13894 20011 20013 20032 20045 20060 20175 20178 Bolívar San Pablo Bolívar Santa Catalina Bolívar Santa Rosa Bolívar Santa Rosa del Sur Bolívar Simití 20228 20238 20250 20295 20310 20383 20400 20443 20517 20550 20570 20614 20621 20710 20750 20770 20787 23068 23079 23090 23162 23168 23182 23189 23300 23350 Bolívar Sopla viento Bolívar Talaigua Nuevo Bolívar Tiquisio Bolívar Turbaco Bolívar Turbana Bolívar Villa nueva Bolívar Zambrano Cesar Aguachica Cesar Agustín Codazzi Cesar Astrea Cesar Becerril Cesar Bosconia Cesar Chimichagua Cesar Chiriguaná Cesar Cesar Curumaní - El Copey Cesar El Paso Cesar Gamarra Cesar González Cesar La Gloria Cesar La Jagua de Ibirico Cesar Manaure Balcón del Cesar Cesar Pailitas Cesar Pelaya Cesar Pueblo Bello Cesar Río de Oro Cesar La Paz Cesar San Alberto Cesar San Diego Cesar San Martín Cesar Tamalameque Córdoba Ayapel Córdoba Buenavista Córdoba Canalete Córdoba Córdoba Ce reté Chimá Córdoba Chinú Córdoba Ciénaga de Oro Córdoba Cotorra Córdoba la Apartada •.

RESOLUCiÓN NÚMERO~:; -,., • J 16 6 16 FES 2021 DE 2021 HOJA No 36 Continuación de la Resolución: "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el caVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Código municipio Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 906 907 908 909 910 911 912 913 914 03 03 03 03 03 03 03 03 03 23417 23419 Córdoba Lorica Córdoba Los Córdobas 23464 Córdoba Momil 23466 23500 23555 23570 23574 23580 Córdoba Montelíbano Córdoba Moñitos Córdoba Planeta Rica Córdoba Pueblo Nuevo 915 916 917 918 919 920 921 922 923 924 925 926 927 928 929 930 931 932 933 934 935 936 937 938 939 940 941 942 943 944 945 946 947 948 949 950 951 952 03 03 03 03 03 03 03 03 03 Número -, 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 23586 23660 23670 23672 23675 23678 23682 23686 23807 23815 23855 44035 44078 44090 44098 44110 44279 44378 44420 44430 44560 44650 44847 44855 44874 47030 47053 47058 47161 47170 47189 47205 47245 47258 47268 47288 47318 47460 Córdoba Puerto Escondido Córdoba Puerto Libertador Córdoba Purísima de la Concepción Córdoba Sahagún Córdoba San Andrés Sotavento Córdoba 5a'n Antero Córdoba San Bernardo del Viento Córdoba San Carlos Córdoba San José de Uré Córdoba San Pelayo Córdoba Tierralta Córdoba Tuchín Córdoba Valencia La Guajira Albania La Guajira BdrrdnCd~ La Guajira Dibulla La Guajira Distracción La Guajira El Molino La Guajira Fonseca La Guajira Hatonuevo La Guajira La Jagua del Pilar La Guajira Maicao La Guajira Manaure La Guajira San Juan del Cesar La Guajira Uribia La Guajira Urumita La Guajira Vtllanueva Magdalena Algarrobo Magdalena Aracataca Magdalena Ariguaní Magdalena Cerro de San Antonio Magdalena Chibolo Magdalena Ciénaga Magdalena Concordia Magdalena El Banco Magdalena El Piñón Magdalena El Retén Magdalena Fundación Magdalena Guamal Magdalena Nueva Granada --1 RESOLUCiÓN NÚMERO;. f'';'-'.~ O 16 FEB 2021 16 6 DE 2021 HOJA No 37 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los va/ores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución' Código municipio Región DANE Nombre departamento Nombre municipio 953 954 955 956 957 958 959 960 03 03 03 03 03 03 03 03 47541 47545 47551 47555 47570 47605 47660 47675 Magdalena Pedraz3 Magdalena Pijiño del Carmen Magdalena Pivijay Magdalena Plato Magdalena Puebloviejo Magdalena Remolino Magdalena Sabanas de San Ángel Magdalena Sala mina 961 962 963 964 965 966 967 968 969 970 971 972 973 974 975 976 977 978 979 980 981 982 983 984 985 986 987 988 989 990 991 992 993 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 03 47692 47703 47707 47720 47745 47798 47960 47980 70110 70124 70204 70215 70221 70230 70233 70235 70265 70400 70418 70429 70473 70508 70523 70670 70678 70702 70708 70713 70717 70742 70771 70820 70823 994 03 88001 995 996 997 998 03 04 04 04 88564 05001 05088 05360 Número San Sebastián de,.,, 03 Magdalena Buenavista Magdalena San Zenón Magdalena Santa Ana Magdalena Santa Bárbara de Pinto Magdalena Sitionuevo Magdalena Tenerife Magdalena Zapayán - Magdalena Zona Bananera Sucre Buenavista Sucre Caimito Sucre Coloso Sucre Corozal Sucre Coveñas Sucre Chalán Sucre El Roble Sucre Galeras Sucre Guaranda Sucre La Unión Sucre Los Palmitos Sucre Majagual Sucre Morroa Sucre Ovejas Sucre Palmito Sucre Sampués Sucre San Benito Abad Sucre San Juan de Betulia Sucre San Marcos Sucre San Onofre Sucre San Pedro Sucre San Luis de Sincé Sucre Sucre Sucre Santiago de Tolú Sucre Tolú Viejo Archipiélago de San Andrés San Andrés Archipiélago de San Andrés Providencia Antioquia Medellín Antioquia Bello Antioquia Itagüí RESOLUCiÓN NÚMEROi~:~ ~: {) ~ 16 6 Continuación de la Resolución. "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COV/D - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Código municipio Número 999 1000 1001 1002 1003 1004 1005 1006 1007 1008 1009 1010 1011 1012 1013 1014 1015 1016 1017 1018 1019 1020 1021 1022 1023 1024 1025 1026 1027 1028 1029 1030 1031 1032 1033 1034 1035 1036 1037 1038 1039 1040 1041 1042 1043 1044 1045 1046 Región 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 DANE Nombre departamento Nombre municipio 08001 Atlántico Barranquilla 08758 Atlántico Soledad 11001 13001 17001 19001 20001 23001 25754 41001 44001 47001 50001 52001 Bogotá, D.e. Bogotá, D.C. Bolívar Cartagena de Indias Caldas Manizales Cauca Popayán Cesar Valledupar Córdoba Montería Cundinamarca Soacha Huila Neiva La Guajira Riohacha Magdalena Meta Santa Marta Villavkencio Nariño Pasto 54001 Norte de Santander San José de (úcuta 63001 66001 66170 68001 68081 68276 70001 73001 76001 76111 76147 76520 76834 50006 50110 50124 50150 50223 50226 50245 50251 50270 50287 50313 50318 50325 50330 50350 50370 50400 50450 50568 50573 Quindio Armen"la Risaralda Pereira Risaralda Dosquebradas Santander Bucaramanga Santander Barrancabermeja Santander Floridablanca Sucre Sincelejo Tolima Ibagué Valle del Cauca Cali Valle del Cauca Guadalajara de Buga Valle del Cauca Cartago Valle del Cauca Palmira Valle del Cauca Tuluá Meta Acadas Meta Barranca de Upía Meta Cabuya ro Meta Castilla la Nueva Meta Cubarral Meta Cumaral Meta El Calvario Meta El Castillo Meta El Dorado Meta Fuente de Oro Meta Granada Meta Guamal Meta Mapiripán Meta Mesetas Meta La Macarena Meta Uribe Meta Lejanías Meta Puerto Concordia Meta Puerto Gaitán Meta Puerto López -- - í, RESOLUCiÓN NÚMERd.:~ D~ () 166 16 FEB 202\ DE 2021 HOJA No 39 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Contir1U3ción de la Resolución: Número 1047 1048 1049 1050 1051 1052 1053 1054 1055 1056 1057 1058 1059 1060 1061 1062 1063 1064 1065 1066 1067 1068 1069 1070 1071 1072 1073 1074 1075 1076 1077 1078 1079 1080 1081 1082 1083 1084 1085 1086 1087 1088 1089 1090 1091 1092 1093 1094 Región 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 05 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 06 Código municipio DANE Nombre departamento Nombre municipio 50577 Meta Puerto Lleras 50590 50606 50680 50683 50686 50689 Meta Puerto Rico Meta Restrepo Meta 5an Carlos de Guaroa Meta San Juan de Arama Meta San Juanito Meta San Martín 50711 Meta Vistahermosa 81001 81065 81220 81300 Arauca Arauca Arauca Arauquita Arauca (ravo Norte Arauca Fortul 81591 Arauca Arauca Puerto Rondón Saravena Arauca Tame Casanare Yapal Casanare Aguazul Casanare Chámeza Casanare Hato Corozal Casanare La Salina Casanare Maní Casanare Monterrey 8522~ Casanare Nunchia 85230 85250 85263 85279 85300 85315 85325 85400 85410 85430 85440 19318 19418 19809 27001 27006 27025 27050 27073 27075 27077 27099 27135 27150 27160 Casanare Orocué Casanare Paz de Ariporo Casanare Pare Casanare Recetar Casanare Sabanalarga Casanare Sácama Casanare San Luis de Palenque Casanare Támara Casanare Tauramena Casanare Trinidad Casanare Villanueva Cauca Guapi Cauca López de Micay Cauca Timbiquí Chocó Quibdó Chocó Acandí Chocó Alto Baudó Chocó Atrato Chocó Bagadó Chocó Bahía Solano Chocó Bajo Baudó Chocó Bojayá Chocó El Cantón del San Pablo Chocó Carmen del Darién Chocó Cértegui 81736 81794 85001 85010 85015 85125 85136 85139 85162.-.

RESOLUCiÓN NÚMER6 \~.~ ~. (/ 1 66 1 6 FFR 2021 DE 2021 HOJA No ! 40 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: Código municipio Número 1095 Región 06 1096 06 1097 06 1098 06 1099 06 1100 06 1101 06 1102 06 1103 06 1104 06 1105 06 1106 06 1107 06 1108 06 1109 06 1110 06 1111 06 1112 06 1113 06 1114 06 1115 06 1116 06 1117 06 1118 06 1119 06 1120 06 1121 06 1122 06 DANE 27205 27245 27250 27361 Nombre departamento Nombre municipio Chocó Condoto Chocó El Carmen de Atrata Chocó El Litoral del San Juan Chocó Istmina 27372 Chocó Juradó 27413 27425 27430 27450 Chocó Lloró Chocó Medio Atrata Chocó Medio Baudó Chocó Medio San Juan 27491 Chocó Nóvita 27495 Chocó Nuquí 27580 27600 27615 27660 27745 27787 27800 27810 52250 52390 52473 52490 52520 52621 52696 52835 76109 Chocó Río Irá Chocó Río Quito Chocó Rio$Uc10 Chocó San José del Palmar Chocó Sipí Chocó Tadó Chocó Unguía Chocó Unión Panamericana Nariño El Charco -, ¡ Nariño La Tola Nariño Mosquera Nariño O!aya Herrera Nariño Francisco Pizarra Nariño Roberto payán Nariño Santa Bárbara Nariño San Andrés de Tumaco Valle del Cauca Buenaventura RESOLUCiÓN NÚMER0í~ 16 FEB 2021 G~' 0166 2021 DE HOJA No 41 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el CQVIO - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" ContinuaCión de la Resolución: ANEXO 3 (Formato No.1) SOLICITUD DE GIRO DEL ANTICIPO Yo, nombre del representante legal con cédula de ciudadanía No. número de cédula, en mi calidad de representante legal de la indigue nombre de la entidad, identificada con NIT indique el número de identificación tributaria de la entidad, de conformidad con lo establecido en el articulo 6 de la presente resolución, solicito el giro del anticipo del 50% del valor total liquidado contra la población asignada para la vacunación contra el COVID19 (columna 9), a las institución(es) prestadora(s) de servicios de salud que se relacionan a continuación:, •, • El valor total solicitado para la (s) institución(es) prestadora(s) de servIcIos de salud encargada(s) del agendamiento y aplicación de las vacunas, es de $ valor total en números y letras _ _ _ _ _ _ __ Los valores corresponden al 50% del valor resultante de multiplicar el número de vacunas que constituya la meta de vacunación de la etapa para cada prestador de servicios de salud de acuerdo a la aSignación de la población a vacunar realizada por las entidades responsables del aseguramiento en salud o quienes hagan sus veces, por el valor correspondiente a la estrategia de vacunación intramural de cada región, de conformidad con la tabla del artículo 4 de este acto administrativo.

Dado en Bogotá a los fecha de la firma, Firma del Representante Legal de la entidad responsable del aseguramiento y las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales. cuando corresponda RESOLUCiÓN NÚMERO: ':~ Continuación de la Resolución" 6 FES 2021 e ': o1 66 DE 12021 HOJA No 42 "Por la C/la/ se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el cavlo - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" INSTRUCTIVO PARA EL OIL/GENCIAMIENTO OEL FORMA TO No. 1 Este formato aplica únicamente para solicitar el giro del anticipo ante la Unidad NaciOnal para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), con cargo al Fondo de Mitigación de Emergencias FOME, para que sea gtrado directamente a cada uno de los prestadores de servicios de salud encargadas del agendamiento y aplicación de las vacunas Descripción de las variables: No. Nombre del Campo Descripción Tipo De acuerdo a las IPS que se están certificando con independencia del número de filas que se utilicen para su certificación_ 3 Numérico Número de NIT de la IPS. 12 numérico 20 Alfanumérico 1 Consecutivo 2 NIT prestador 3 Razón Social Razón social, conforme a identificada en él certificado existencia y representación legal. 4 Código del Prestador de Servicios de Salud Código asignado en el SGSSS a los prestadores de servicios de salud (sede) que se hayan registrado en el "Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud" 12 Alfanumérico 5 Región Corresponde a cinco (5) regiones: Caribe (03), Pacifico (06), Andina (02).

Orinoquia (05) y Amazonia (01) Y una categoria especial: Ciudades (04), teniendo en cuenta el Anexo 2 de la presente resolución. 2 NumériCO 6 Departamento - municipio Corresponde a la tabla del anexo 1 de esta resolución Los dos (2) primeros digltos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municipio. 5 Numérico 7 Etapa de vacunación Son 5 etapas conforme el Decreto 109 de enero 2021. articulo 7. 2 NumériCO Meta asignada según etapa Se refiere al total de dosis de vacuna a aplicar según el número de personas registradas en el listado que entrega la aseguradora o entidad que haga sus veces a la institución prestadora del servicio. 10 Numérico Valor del anticipo a girar Corresponde al 50% del valor total liquidado contra la meta y según el valor asignado a la estrategia ¡ntramural. sin separador de miles y sin decimales_ 15 Numérico 8 9 la de,,f RESOLUCiÓN NÚMERO\~:'~: !) 16 6 1 6 FEA 2021 DE HOJA No 2021 43 "Por la cual se adopta /a metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el VID - 19. se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: ca ANEXO 4 (Formato No. 2) CERTIFICADO DE VALIDACiÓN PARA PAGO Yo, nombre del representante legal con cédula de ciudadanía No. número de cédula, en mi calidad de representante legal de la indique nombre de la entidad, identificada con NIT indique el número de identificación tributaria de la entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.5. del articulo 7 de esta Resolución, certifico bajo la gravedad de juramento que agotado el proceso de validación por dosis aplicadas, se deben realizar los siguientes pagos:,, •,., • • 11 12 13 14 15 1 8 Los valores certificados en el presente documento están debidamente soportados según lo establecido en el numeral 8.1 del articulo 8 de la presente resolución. Dado en Bogotá a los fecha de la firma, Firma del Representante Legal de la entidad responsable del aseguramiento y las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, cuando corresponda _.

RESOLUCiÓN NÚMERO'~"". "" ' 1) 16 6 DE 16 FES 2021 2021 HOJA No 44 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el cavlo - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución:, INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIA MIENTO DEL FORMA TO No. 2 Este formato aplica únicamente para certificar el pago de las vacunas efectivamente aplicadas y debidamente facturadas.

Debe ser presentado por las aseguradoras o quienes hagan sus veces, ante la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), para que sea girado directamente el reconocimiento con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias - FOME el valor de reconocimiento a cada una de las instituciones prestadoras de seNicios de salud encargadas del agenda miento y aplicación de las vacunas.

Descripción de las variables: ~. e No. 1 Nombre del Campo Consecutivo.~ E m'- Descripción < • o~ De acuerdo a las IPS que se están certificando con independencia del número de filas que se utilicen para su certificación. Tipo ~" 3 Numérico 12 Numérico, Número de NIT de la IPS. 2 NIT orestador 3 Razón Social Razón social, conforme identificada ec el certificado existencia y representación legal. de " 20 Alfanumérico 4 Código del Prestador de Servicios de Salud Código asignado en el SGSSS a los prestadores de servicios de salud (sede) que se hayan registrado en el "Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud"' 12 Alfanumérico Región Corresponde a cinco (5) regiones: Caribe (03), Pacifico (06), Andina (02), Orinoquia (05) y Amazonía (01).

Y una categoría especial: Ciudades (04), teniendo en cuenta el Anexo 2 de la presente resolución. 2 Numérico 6 Departamento - municipio Corresponde a la tabla del anexo 2 de esta resolución. Los dos (2) primeros dígitos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municipio. 5 Numérico 7 Etapa de vacunación Son 5 etapas conforme el Decreto 109 de enero 2021. articulo 7. 2 Numenco B Número de dosis facturadas Se refiere al total de dosis aplicadas 10 Numérico,, 5.', 1 RESOLUCiÓN NÚMERO' 16 FEB 2021 'S' !) 16 6 DE 2021 HOJA No 45 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución: ~ No. Nombre del Campo Descripción..~ E o ' o~ Tipo 2 Numérico ~.- ~" 9 Estrategia de vacunación Son tres, confoffi1e el Art 4 de la presente Resolución: 1,Intrarnural (01) 2.Extramural Urbano (02) 3 Extramural Rural Disperso (O3) Valor Unitario valor pO' dosis Corresponde aplicada según región y estrategia. 10 Numerico 11 Valor Facturado Valor resultante d, multiplicar número de dosIs (#8) que conforman esquemas completos en el mes, por el valor pm dosis qc, establece esta resolución, por región y estrategia.

Sin separador de miles y sin decimales. 15 Numérico 12 Valor del anticipo Corresponde al valor que fue girado como anticipo, según reglón y estrategia, sin separador de miles y sin decimales_ 15 Numérico 13 Valor sujeto a devolución Corresponde a los valores que pueden derivarse de objeciones que surjan del proceso de validación_ 15 Numerlco 14 Valor certificado para pago Corresponde al valor final que resulta de restar al valor facturado, el valor del anticipo y el valor sujeto a devolución Sin separador d, miles y sin decimales_ Cuando se haya legalizado todo el anticipo el valor facturado (10) corresponde al excedente por cobrar y no aolica la resta de anticioo 15 Numérico 15 Saldo del anticipo por legalizar Corresponde a la resla entre el anticipo y el acumulado de las facturas para legalizar dicho anticipo_ Sin separador de miles y sin decimales 15 Numérico 10 " " Nota.

Los valores deben liquidarse por estrategia de vacunación adoptada. mostrando el detalle en este anexo, utilizando una fila para cada una. El valor certificado para giro debe realizarse con los va/ores tata/es de cada institución, ~, 16 FEB 2021 """"1)166 ' RESOLUCiÓN NÚMERó'".' ':.. DE 2021 46 HOJA No Continuación de la Resolución: "Por la cual se adopta la metodología y se rifan los valores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVIO - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" ANEXO 5 (Formato No, 3) RELACiÓN DE LLAMADAS O ALTERNATIVAS ELECTRÓNICAS Yo, nombre del representante legal con cédula de ciudadanía No. número de cédula, en mi calidad de representante legal de la indique nombre de la entidad, identificada con NIT indique el número de identificación tributaria de la entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 8,2, literal a) del articulo 8 de la presente resolución, adjunto la relación en archivo txt separado por pipeline o Barra vertical partida (: ), de la verificación por muestreo realizada que acreditan el proceso de verificación y apoyo a la aplicación de la vacuna, con la información relacionada a continuación: 2 3,, 6 7 ',. 9 o o:~ O o o o O 8 O • "~ ~ • 'E • "•o m • ~ ~ o O Dado en Bogotá a los fecha de la firma, Firma del Representante Legal de la entidad responsable del aseguramiento y las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, cuando corresponda RESOLUCiÓN NÚMERI:r.~ ~; {} 166 16 FEB 2021 DE 2021 HOJA No 47 "Por la cual se adopta la metodología y se fijan 10$ valores él reconocer por las aclividades asociadas 8 la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Continuación de la Resolución' INSTRUCTIVO PARA EL DIL/GENCIAMIENTO DEL FORMA TO No. 3.

Este formato aplica únicamente para diligenciar la relación de llamadas realizadas durante el mes para acreditar el proceso de verificación y apoyo por concepto del agendamiento, y la validación realizada por concepto de las dosis efectivamente aplicadas para el pago) por parte de las aseguradoras y quienes hagan sus veces., Descripción de las variables: No Nombre del Campo, Descripción Longitud Máxima Tipo 8 Numérico NIT Entidad responsable del aseguramiento en salud y quien haga sus veces 12 Numérico sistema d, Número q", corresponda numeración consecutiva según las disposiciones de la DIAN 20 Alfanumérico Número telefónico con el indicativo de la ciudad o la alternativa electrónica utilizada. 50 Alfanumérico 10 Fecha 2 Numérico Este debe iniciar en 1 para el primer registro y va incrementando de uno en uno, hasta el final del archivo 1 Consecutivo Es el consecutivo de cada una de las personas que se están reportando,, 2 3 4 5, ¡ \ NIT Entidad responsable del aseguramiento d, Numero electrÓnica Factura Teléfono de contacto o alternativa electrónica utilizada " Fecha de realización de la llamada la alternativa Formato AAAA-MM-DD electrónica utilizada ° 6 Región Corresponde a cinco {S} regiones: Caribe (03), Pacifico (06), Andina (02).

Orinoquia {OS} y Amazonia (Ol) Y ceo categoria especial Ciudades (04), teniendo en cuenta el Anexo 1 de la presente resolución, 7 Departamento - muniCipiO Corresponde a la tabla del anexo 1 de esta resolución. lo, do, (2) primeros digitos corresponden a departamento y lo, tres (3) siguientes a municipio. 5 NumériCO 8 IPS asignada REPS Código asignado en el SGSSS a los prestadores Código de servicios de salud {sede} que se encuentra registrado en el "Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud·' 12 Numérico 9 Etapa de vacunación Son S etapas conforme el Decreto 109 de enero 2021, articulo 7. 2 Numérico,,>., ~ !) RESOLUCiÓN NÚMERd ' ',, ' 16 6 DE 16 FES 2021 2021 HOJA No 48 Continuación de la Resolución: "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los valores a reconocer por las actividades asociadas a /a aplicación de la vacuna contra el COVID - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" Soc tres, conforme Resolución: 10 Estrategia de vacunación " Art 4 d, presente " l.Inlramural (01) 2 Numérico 2.Extramural Urbano (02) 3.Extramural Rural Disperso (03) Responder si esta actividad se realizó: 11 Verificación agendamienlo SI (1) 1 Numérico NO (O) Responder si esta actividad se realizó: 12 Verificación de aplicación SI (I) NO (O) 1 Numérico,,, RESOLUCiÓN NÚMERO,G FEB 2021 DDO 166 DE162021 HOJA No 49 "Por la cual se adopta la metodología y se ryan Jos valores a reconocer por las actividades Continuación de la Resolución: asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COV/D - 19, se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" ANEXO 6 (Formato No. 4) CERTIFICADO DE ACTIVIDADES EJECUTADAS Yo, nombre del representante legal con cédula de ciudadanía No. número de cédula, en mi calidad de representante legal de la indigue nombre de la entidad, identificada con NIT indique el número de identificación tributaria de la entidad, de conformidad con lo establecido en el numeral 8.2.2, del articulo 8 de esta Resolución, certifico bajo la gravedad de juramento que se agotó el proceso de verificación y apoyo por concepto del agendamiento, y la validación por concepto de las dosis efectivamente aplicadas para el pago, por lo que el valor a pagar es $, respecto de lo siguiente: 1 Consecutivo 2 NIT prestador 3 Razón Social 4 5 No. de factura No. Dosis con de la IPS que verificadas y fue certificada validadas Tolal 6 Valor Unitario 7, Valor total a pagar $ valor lotal " Los valores certificados en el presente documento están debidamente soportados según lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8 de la presente resolución. Dado en Bogotá a los fecha de la firma, Firma del Representante Legal de la entidad responsable del aseguramiento y las entidades territoriales departamentales, distritales y municipales, cuando corresponda "~~~"le6, RESOLUCiÓN NÚMER6', ',' ') (J V DE 2021 HOJA No 50 Continuación de la Resolución, "Por la cual se adopta la metodología y se fijan los va/ores a reconocer por las actividades asociadas a la aplicación de la vacuna contra el COVID - 19. se define el procedimiento para su reconocimiento y pago y se dictan otras disposiciones" INSTRUCTIVO PARA EL DILlGENCIAMIENro DEL FORMA ro No, 4 Este formato aplica únicamente para certificar las actividades ejecutadas por las aseguradoras y quienes hagan sus veces, ante el Fondo de Mitigación de Emergencias FOME, Subcuenta COVID ante la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres - UNGRD, por el proceso de verificación, apoyo y validación, para que las instituciones prestadoras de servicios de salud cumplan con el agenda miento y aplicación de las vacunas.

Descripción de la variables: ~. No, Nombre del Campo Descripción ~,~ <. Tipo 3 Numérico 3~ 1 Consecutivo De acuerdo a las IPS que se están certificando con Independencia del número de filas que se utilicen para su certificación, 2 NIT prestador Razón social, conforme a la identificada en el certificado de eXistencia y representación legal. 20 Alfanumérico 3 Razón Social Razón SOCial, conforme a la Identificada en el certificado de existencia y representación legal 20 Alfanumérico 4 No. de factura de la IPS que fue certificada Corresponde al número de la factura (s) presentada por la IPS, la cual fue certrficada por la EPS 20 Alfanumérico 5 No Dosis con verificación y apoyo, y validación de apllCllción. Corresponde a número de dOSIS que fue efectivamente verificado y validado para pago por la EPS.

Este número de dosis debe ser igual a lo facturado oara el oaoo de la IPS. 10 NumériCO 6 Valor UnitariO Corresponde al valor que se reconoce por validación de cada dosis aplicada 15 Numérico Valor total a pagar Corresponde a multiplicar el número de dosis por el valor unitario. 15 Numérico 7,