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Resolución1386Vigente

Resolución 1386 de 2021

Por la cual se realiza la distribución y asignación de las Vacunas contra el Covid -19 entregadas al Estado Colombiano el día 08 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZeneca.

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

República de Colombia;c:, \ ".ftiiiO::,'~' ~ r í·~'¡. 'L.l'~ " ""'. ···~·t·, 'ce,~..~ MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMEROHHH386 DE 2021 ( O8 SEP 2021 ) Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el 08 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZeneca EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del articulo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466, 630 de 2021, y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad'.

Que el articulo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.

Que en el articulo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que, en ese escenario, el Estado colombiano ha suscrito contratos de compraventa y de suministro con diferentes agentes, indirectamente a través del mecanismo COVAX y directamente por medio de acuerdos con los fabricantes, y las dosis adquiridas estarán disponibles de manera gradual en la medida en que los diferentes laboratorios avancen en su producción. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630 Y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas, es decir, acorde con los objetivos del Plan, la población que debe recibir la vacuna primero. Que mediante Resolución 780 de 2021, les fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 909.600 dosis de la vacuna contra la COVID-19 del laboratorio AstraZeneca (ChAdOx-S' RECOMBINANTE AZD1222), para ser aplicadas o8 SEP 2021 RESOLUCiÓN NÚMER00 () l L 13 a6 DE 2021 HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID19 entregadas al Estado colombiano el dia 8 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZeneca" como primeras dosis a las personas priorizadas en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación, así: N° DIRECCiÓN TERRITORIAL DE SALUD 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA· SECRETARIA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL DEPARTAMENTO DE ARAUCA· UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE BOLlVAR· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE BOYACA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO y ECOTURisTICO DE BUENAVENTURA DEPARTAMENTO DE CALDAS· DIRECCION TERRITORIAL DE SALUD DE CALDAS DEPARTAMENTO DE CAQUETA.

INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL CASANARE. SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CAUCA • SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CESAR· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CHOCO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE CÓRDDBA. SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE.

SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL HUILA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA· SECRETARiA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DEL META· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE NARIÑO. INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER.

INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE PUTUMAYO. SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL QUINDIO. SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE RISARALDA. SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL D/PTO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA y SANTA CATALINA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE SANTANDER· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE SUCRE· DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DEPARTAMENTO DEL TOLlMA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA· SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE VICHADA • SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD 26 27 28 29 30 TOTAL ASIGNACiÓN Cantidad Dosis 107.150 6.320 20.570 42.540 47.090 9.630 27.600 7.930 9.290 41.280 21.310 15.860 52.560 93.620 3.010 28.380 21.220 31.450 19.620 46.910 21.210 10.070 12.260 10.650 3.100 44.110 25.580 36.660 89.710 2.910 909.600 Que mediante Resolución 832 de 2021, les fueron asignados a las ciudades que se señalan a continuación, 86.100 dosis de la vacuna contra la COVID-19 del laboratorio AstraZeneca (ChAdOx-S* RECOMBINANTE AZD1222), para ser aplicadas como primeras dosis a las personas priorizadas en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación, asi: N° DIRECCiÓN TERRITORIAL DE SALUD 1 DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA - SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD MUNICIPIO DE MEDELLlN - SECRETARiA DE SALUD MUNICIPAL 2 TOTAL ASIGNACiÓN Cantidad dosis 65.100 21.000 86.100 Que mediante Resoluciones 1323 y 1369 de 2021, les fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 363.200 dosis de la vacuna AstraZeneca (ChAdOx-S* RECOMBINANTE AZD1222), para ser aplicadas como segunda dosis a las personas que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resolución 780 de 2021, quedando un saldo de 546.400 dosis del biológico por asignar. 08 SEP 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO '.) Ce, 1386 DE HOJA No 3 2021 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID19 entregadas al Estado colombiano el día 8 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZeneca" N° Cantidad dosis asignadas Resolución SECRETARIAS DE SALUD DEPARTAMENTAL O DISTRITAL O ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES 1323 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA - SECRETARIA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL DEPARTAMENTO DE ARAUCA - UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO - SECRETARiA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE BOLlVAR - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE BOYACA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO y ECOTURisTICO DE BUENAVENTURA DEPARTAMENTO DE CALDAS - DIRECCION TERRITORIAL DE SALUD DE CALDAS DEPARTAMENTO DE CAQUETA -INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL CASANARE - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CAUCA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CESAR - SECRETARiA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CHOCO SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE CORDOBA - SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE - SECRETARiA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL HUILA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA - SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DEL META - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE NARIÑO - INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER -INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD.

DEPARTAMENTO DE PUTUMAYO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL QUINDIO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE RISARALDA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DIPTO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA y SANTA CATALINA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE SANTANDER - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE SUCRE - DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DEPARTAMENTO DEL TOLlMA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA - SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE VICHADA - SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD TOTAL ASIGNACiÓN Cantidad dosis asignadas Resolución 1369 20.200 23.200 1.100 3900 7.900 8.900 1.400 4.500 9.300 10.200 1.800 2.100 3900 6.400 1.400 1.500 7700 3800 2.400 9.900 1.700 2.100 9.000 4.700 3600 114QIL. 17.600 20.400 500 5.200 4.000 700 6.200 4.600 5.800 6.900 3.700 8.800 4.300 10.200 3800 4.700 1.700 1.600 1.800 2.200 2.900 2.400 600 700 8.100 9.600 4.800 5.600 6.300 8.100 14.000 20.300 500 163,200 600 200.000 Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 08 de septiembre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron, 752.400 dosis de la vacuna contra la COVID-19 del laboratorio AstraZeneca, identificadas con el número de lote PW40023.

Que en el parágrafo 1 del artículo 4 de la Resolución 790 de 2021, mediante la cual se adoptaron nuevos criterios y reglas para la distribución, asignación y entrega de las vacunas contra la COVID - 19, establece que "las reglas de distribución no se aplicarán cuando se trate de segundas dosis". Que, de igual forma, a través de la precitada resolución se estableció el criterio de eficacia, usado para clasificar en tres grupos a las entidades territoriales de acuerdo con el porcentaje de avance en la aplicación de la vacuna asignada, según el percentil en que se ubique con relación al avance de todas las entidades territoriales. - 08 SEP 2021 2021.

HOJA No 4 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID19 entregadas al Estado colombiano el día 8 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZelleca" Que, según los datos disponibles en el reporte diario consolidado por el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte al 06 de septiembre de 2021, el avance en el cumplimiento de aplicación de las dosis distribuidas en el pais por departamentos y distritos es el siguiente: Entidad territorial Barranauilla Bovacá Atlántico Bolivar Ouindio Cartagena Boaotá Caldas Santander Casanare Tolima Antioquia Huila Caauetá Nariño Cundinamarca Sucre Norte de Santander Risaralda Arauca Santa Marta Cesar Córdoba Valle del Cauca Vichada Meta Maodalena Guaviare Putumavo Cauca La Gua·ira Chocó Buenaventura San Andrésv Providencia Amazonas Guainía Vaupés TOTAL NACIONAL Total dosis entregadas Septiembre 3 de 2021 1.187.805 1.056.049 748.141 659.377 503.639 812.042 6.868.990 820.429 1.829.833 285.522 1.058.044 5.397073 737.460 229.448 1.078.593 2.223.497 597.306 1.057.631 829.199 170.907 344.567 656.423 1.022.984 3.314.075 28.442 657.238 454.060 48.608 182.239 744.213 539.390 222.008 118.106 90.959 76.620 29.020 20.821 36.700.758 -Totai"dosiSaplicadas % dosis Septiembre 6 de disponibles 2021 1.177.471 1.044.886 739.484 651.352 495.503 795.822 6.730.323 803.261 1.786.731 278.606 1.028.245 5.252.353 712.044 221.333 1.040.280 2.139.238 573.660 1.012.770 793.295 163.375 329019 625.876 974.848 3.134.303 26.692 612.324 420.877 44.675 151.042 603.611 494.758 184.629 110.729 77.059 71.501 24.793 18.655 35.345.423 0,87% 1.06% 1.16% 1.22% 1,62% 2,00% 2.02% 2.09% 2,36% 2,42% 2.82% 2.68% 3.45% 3.54% 3,55% 3.79% 3,96% DoSis disponibles ET NA NA NA NA NA NA NA 10.334 11.163 8.657 8.025 8.136 16.220 138.667 17.168 43.102 6.916 29.799 144.720 25.416 8.115 38.313 84.259 23.646 44.861 35.904 7.532 15.548 30.547 48.136 179.772 1.750 44.914 33.183 3.933 31.197 140.602 44.632 37.379 7.377 13.900 5.119 4.227 2.166 96% 1.355.335 4,24% 4,33% 4.41% 4.51% 4.65% 4.71% 5.42% 6.15% 6.83% 7.31% 8.09% 17.12% 18.89% Percentil de eficacia 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 20% 10% 10% 10% 10% 10% 10% 10% 10% 10% 10% O O O O O O O Fuente: Reporte diario dosis aplicadas cortes 03 y 06 de septiembre de 2021 Que una vez aplicada la fórmula establecida en la Resolución 790 de 2021 con la información disponible, el percentil 33 del criterio de eficacia es 2,65% y el percentil 66 es 4,42%.

Que en virtud de lo anterior, los departamentos y distritos de Barranquilla, Boyacá, Atlántico, Bolívar, Quindio, Cartagena, Bogotá, Caldas, Santander y Casanare, recibirán el, 70% de las vacunas a distribuir por encontrarse ubicados por encima del percentil 66, por otra parte, los departamentos de Tolima, Antioquia, Huila, Caquetá, Nariño, Cundinamarca, Sucre, Norte de Santander, Risaralda y Arauca, recibirán el 20% de las vacunas a distribuir, por encontrarse ubicados entre el percentil 33 y el percentil 66, y finalmente, recibirán el 10% de las vacunas a distribuir los departamentos y distritos de o8 SEP 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO",-, - 1386 DE 2021 HOJA No 5 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la caVID19 entregadas al Estado colombiano el día 8 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZeneca" Santa Marta, Cesar, Córdoba, Valle del Cauca, Vichada, Meta, Magdalena, Guaviare, Putumayo y Cauca, por encontrarse ubicados por debajo del percentil 33.

Que, de conformidad con las indicaciones del fabricante, las vacunas de la empresa farmacéutica AstraZeneca deben ser usadas en personas mayores de 18 años, almacenarse en condiciones de refrigeración entre +2°C y + 8°C Y suministrarse con un intervalo de 12 semanas (84 días) después de la primera dosis. Que se han presentado casos en los que diferentes personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para recibír la segunda dosis se encuentran en otro territorio por diferentes razones, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual, se autorizará de rnanera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar la vacuna contra el COVID -19 a aplicar la dosis faltante.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Artículo 1. Asignación de vacuna para garantizar la segunda dosis producto de la distribución realizada mediante las Resoluciones 780 y 832 de 2021" Asignar 439.520 dosis de la vacuna contra la COVID-19 del laboratorio AstraZeneca, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas como segunda dosis a las personas que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 780 y 832 de 2021, esta última exclusivarnente con relación a la ciudad de Bogotá D.C., así: W 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 SECRETARIAS DE SALUD DEPARTAMENTAL o DISTRITAL o ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES DEPARTAMENTO DE ANTIOOUIA - SECRETARIA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL DEPARTAMENTO DE ARAUCA - UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO - SECRETARíA DE SALUD DEPARTAMENTAL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA - SECRETARíA DE SALUD DISTRITAL DEPARTAMENTO DE BOLlVAR - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE BOYACA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DISTRITO ESPECIAL.

INDUSTRIAL, PORTUARIO, BIODIVERSO y ECOTURISTICO DE BUENAVENTURA DEPARTAMENTO DE CALDAS - DIRECCION TERRITORIAL DE SALUD DE CALDAS DEPARTAMENTO DE CAOUETA -INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL CASANARE - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CAUCA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CESAR - SECRETARíA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CHOCO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE CORDOBA - SECRETARiA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE - SECRETARíA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL HUILA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA - SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DEL META - SECRETARíA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE NA RIÑO -INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER - INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD.

DEPARTAMENTO DE PUTUMAYO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL OUINDIO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE RISARALDA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Cantidad dosis 59.360 2.640 8.480 45.600 17.760 19.600 4.000 12080 3.360 4.000 17.200 8.960 3.600 21.920 38.960 1.280 11.920 8.800 13.120 8.160 19.520 8.880 4.320 5.440 4.480 08 SEP 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO.l L: LiBG DE 2021 HOJA No 6 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID19 entregadas al Estado colombiano el dia 8 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZeneca" 26 27 28 29 30 31 DIPTO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA y SANTA CATALINA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE SANTANDER· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE SUCRE· DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DEPARTAMENTO DEL TOLlMA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA· SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE VICHADA.

SECRETARiA DEPARTAMENTAL DE SALUD TOTAL ASIGNACiÓN 1.280 18.480 10.640 15.600 38.800 1280 439.520 Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, las entidades territoriales deberán: 1.1. Utilizar, antes de la fecha de expiración, para completar esquemas de vacunación de personas que cumplen el periodo interdosis, las dosis disponibles asignadas en resoluciones anteriores. 1.2.

Hacer uso de las dosis asignadas en la presente resolución, para completar esquemas iniciados con asignaciones anteriores. 1.3. Utilizar las dosis enviadas para completar los esquemas de vacunación de personas cuya primera dosis fue aplicada en cualquier lugar del país incluidas las personas a las que se les aplicó vacunas en los territorios en los cuales se unificaron las etapas del Plan Nacional de Vacunación y para completar esquemas de personas vacunadas en el extranjero, siempre y cuando la persona esté incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiera se encuentre disponible.

La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera dosis, para lo cual es necesario solicitar el carné de vacunación y verificar los datos registrados en PAIWEB. 1.4. Las personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticados con COVID-19, deberán esperar que transcurra un tiempo minimo de noventa (90) dias contados desde la fecha de inicio de sintomas en personas sintomáticas y por lo menos noventa días (90) contados desde la fecha de toma de muestra en personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de este biológico.

El prestador deberá reprogramar la cita para la vacunación. Artículo 2. Asignación de vacunas para inmunizar a personas que pertenecen a las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación. Asignar 312.856 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio, AstraZeneca, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, para inmunizar a la población de etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19, así: N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 SECRETARIAS DE SALUD DEPARTAMENTAL o DISTRITAL o ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES Cantidad dosis DEPARTAMENTO DE ANTIOOUIA· SECRETARIA SECCIONAL DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL DEPARTAMENTO DE ARAUCA· UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL ATLANTICO· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL, PORTUARIO D BARRANOUILLA - SECRETARIA DE SALUD DISTRITAL DISTRITO CAPITAL DE BOGOTA - SECRETARIA DSITRITAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE BoLivAR· SECRETARíA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE BOYACA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE CALDAS· DIRECCION TERRITORIAL DE SALUD DE CALDAS DEPARTAMENTO DE CAOUETA.

INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DISTRITO TURISTICO y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS - DIPTO ADMITIVO DISTRITAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL CASANARE. SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CAUCA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CESAR· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL CHOCO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA· SECRETARiA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE· SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DEL HUILA· SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL 22.000 1.040 4400 13.360 85.992 10880 12.864 11.120 1.200 10480 1.520 5.600 4480 1.760 6.560 10.640 320 3.360 () B SEP 2021 RESOLUCiÓN NÚMERO: ''; eL 13 3 o DE 2021 HOJA No 7 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID1 9 entregadas al Estado colombiano el día 8 de septiembre de 2021 por el fabricante AstraZeneca" 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 I DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA - SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA SALUD DEPARTAMENTO DEL META - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE NARINO -INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE NORTE DE SANTANDER -INSTITUTO DEPARTAMENTAL DE SALUD.

DEPARTAMENTO DE PUTUMAYO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL QUINDIO - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE RISARALDA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DISTRITO TURISTICO, CULTURAL E HISTORICO DE SANTA MARTA- SECRETARIA DE SALUD DISTRITAL DEPARTAMENTO DE SANTANDER - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DE SUCRE - DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DEPARTAMENTO DEL TOLlMA - SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA - SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DEPARTAMENTO DE VICHADA - SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD TOTAL ASIGNACiÓN 3.040 3.280 5.120 4.960 1.280 2.320 10.480 5.440 7.360 3.440 14.000 44.240 320 312.856 Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, las entidades territoriales deberán: 2 1. 2 2. 2 3_ Priorizar el envió de los biológicos según análisis de disponibilidad de vacuna a nivel municipal y ritmo de vacunación. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos para todos los grupos especiales contenidos en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación al que hace referencia el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021, según directrices impartidas por este Ministerio.

Hacer uso, antes de su expiración, de las dosis asignadas en la presente resolución para primeras dosis de las personas que pertenezcan a las etapas abiertas de que trata el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021. Artículo 3_ Vigencia_ El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., 08 SEP 2021 stro de Salud y Protección Social Aprobó f Viceministro de Salud Pública y Prestació9 de Servicios Director de Promoción y Prevenciór~Y Directora Juridica