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Resolución137Vigente

Resolución 137 de 2022

Por medio de la cual se sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución No. 1231 de 2015

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMERO -O O(j O01'3'7 DE 2022 ( 3 1 ENE 2022 ) Por medio de la cual se sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015. EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 7 del articulo 173 de la Ley 100 de 1993, el artículo 2.6.1.4.4.3 del Decreto 780 de 2016, yen desarrollo del artículo 19 dé la· ley 1751 de 2015 y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 creó la Entidad Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) - ADRES, como una Entidad adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente, encargada de administrar los recursos que hacen parte del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA), los del Fondo de Salvamento y Garantías para el Sector Salud (FONSAET), los recursos de la contribución SOAT, entre otros..

Que el numeral 2 del artículo 2.6.1.4.1.1 y el artículo 2.6.4.2.1.12 del Decreto 780 de 2016 establecen que las compañías aseguradoras que operen el ramo SOAT deberán girar los recursos a la, hoy Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes.

Que, igualmente, el artículo 2.6.4.2.1.13 del Decreto 780 de 2016 señala que las trasferencias derivadas del FONSAT serán giradas a la ADRES dentro de los quince (15) primeros días hábiles siguientes al corte del bimestre correspondiente. Que, en virtud de lo anterior, este Ministerio expidió la Resolución 1231 de 2015 a través de la cual se dictaron disposiciones relacionadas con el reporte de información al Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) hoy ADRES, relacionada con la expedición del seguro obligatorio de daños corporales causados a las personas en accidentes de tránsito, (SOAT) y el pago de siniestros con cargo a este, adoptando el reporte mensual de la información de las pólizas SOAT emitidas por las entidades aseguradoras autorizadas para operar dicho seguro y la aplicación de las novedades respectivas del mes inmediatamente anterior..

Que, en este sentido, el artículo 6 de la resolución Ibidem señala que, para efectos de la liquidación de las transferencias de recursos, se tomará la información que reporten, registren y carguen las entidades aseguradoras que operan el ramo SOAT en la página web de ADRES. Que, en virtud de lo anterior y con el propósito de garantizar la continuidad del cargue, reporte, liquidación y pago de la contribución SOAT y las transferencias del FONSAT a cargo de las aseguradoras que operan el ramo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, se hace necesario efectuar la modificación del campo 29 del Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015.

En mérito de lo expuesto, RESOLUCiÓN NÚMERO ·0 OOU/j.13:'1 31 ENE 2022 DE 2022 Pá ina 2 de 6 Continuación de la resolución: "Por medio de la cual se sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015"

RESUELVE

Artículo 1. Sustitúyase el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015, denominado "Pólizas emitidas" por el que hace parte de la presente resolución. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expediciÓn y sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015. 3 1 ENE 2022 Dado en Bogotá D. C. a los ----- PUBLíQUESE y CÚMPLASE Mi Aprobó: J IJ) Viceministra de Protección Social 11' Director de Financiam~nto Sectorial ~ Directora Jurídica \.U6 1 ENE 2022 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2022 -' " P'acuna 3d e 6 Continuación de la resolución: "Por medio de la cual se sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015" ANEXO TÉCNICO 1 PÓLIZAS EMITIDAS El nombre de entrada para MAVU, debe tener la siguiente estructura "POLCODASEDDMMAAAA.TXT" POL= Describe el tipo de archivo (pólizas).

CODASE = AT + Código de operación de la aseguradora. DOMMAAAA = Fecha de cargue de archivo. p LIZAS Y NOVEDADES Nombre del campo Descripción Tipo Formato Tamar10 Obligatorio 6 X Valores permitidos Reglas Registre el código Alfanumérico por asignado 1 Código Superintendencia aseguradora Financiera la de Colombia, precedido del orefi"o AT Diligencie el número Número 2 papelería póliza de Alfanumérico Validar tamaño máximo de papelería de la puede ser menor que el 20 pero nunca super'lor póliza, según instructivo - 201333200126163d 20 X Diligencie el 03 de mayo de 2013 Diligencie el número interno de póliza asignado por la compañía de seguros. 3 Numero interno póliza 201333200126163.

AlfanumériCO 20 X I 4 Concepto pÓliza de I de Texto N01 Novedad datos N02 Anulación o cancelación N03 Chatarrización N04 Reemplazo N05 Retarifación NOS Reactivación Alfanumérico Fecha 5 Código novedad 6 Fecha de expedición Registre la fecha de expedición de la pÓliza 7 Fecha InicIo vigencia de de Registre la fecha de inicio de vigencia de la póliza.

Fecha 8 Fecha de vencimiento de vigencia Registre la fecha de vencimiento de la póliza Fecha 9 Código utilizado oara de el código tarifa de Texto Registre la estricto instructivo de Concepto por el cual se está enviando la información: Código para pÓlizas 1 nuevas. Código 2 para reportar una novedad en una póliza ya existente. en orden, lo definido en el • DOfMMfAAA A DDfMM/AAA A DD/MM/AAA A ••• 1 X 3 N01 N02 N03 N04 N05 N06 10 X 10 X 10 X 3 X El tamaño máximo puede ser menor que 20 pero nunca superior.

El numero interno de póliza debe ser unico e irrepetible dentro de cada aseguradora. El campo estará conformado por Código de la sucursal y código interno de la póliza, separado por un guion sin espacios. 102 Si en el campo 4 "Concepto de póliza" es 1, el campo "Código de novedad" debe reportarse vacio y cuando es 2 se habilitan de N01 a NOS. N03: El reporte de esta novedad, debe darse dentro de los dos años siguientes. contados a partir de la fecha de la novedad, registrada en el campo 27.

N05: Debe cambiar el código de tarifa y los campos asociados a la tarifa La fecha de expedición es única y no puede modificarse. La fecha de expedición debe ser menor a: i) La fecha de vencimiento de la póliza y ii) La fecha de cargue en el sistema La fecha de inicio de vigencia no puede ser posterior a la fecha de vencimiento de viQencia fecha La de vencimiento de vigencia no puede ser anterior a la fecha de expedición ni a la fecha de inicio de vigencia Debe corresponder a la codificación 3 1 ENE 2022 011,j i".. r, " f" R ESOLUCIÓN NÚMERO "'-.l " " 137 DE 2022 P'aaina 4 d e 6 Continuación de la resolución: "Por medio de la cual se sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015" P LIZAS Y NOVEDADES Nombre del campo aS"lgnar la tarifa DescripCión Tipo Formato Tamaño Obligatorio Valores permitidos con el acuerdo y cilindraje la del capacidad vehículo por medio la cual se de identifica la clase de vehículo, segun las del categorías SOAT, Registre el año de modelo del vehículo. 10 Modelo del vehículo 11 Tipo de identificación propietario del vehículo o tomador de la póliza Numero de identificación del 12 propietario del vehículo o tomador de la pÓliza Nombres y apellidos o razón social 13 del propietario del vehículo o tomador de la I pÓliza 14 Dirección del propietario o tomador de la póliza conforme aparece en la licencia de tránsito o la factura de venta Ejemplo: 2001 Registre el tipo de identificación del del propietario vehlculo o tomador de la póliza Numérico Texto Registre el numero de identificación del propietario del vehículo o tomador de la póliza asignado por la Registraduría Alfanumérico Nacional del Estado Civil.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia o la entidad que corresponda. Registre el nombre del propietario del vehículo conforme en aparece la Alfanumérico licencia de tránsito o la factura de venta, o registre los datos del tomador de la póliza Registre la dirección completa del propietario del vehículo, o tomador de la póliza Código Registre el código ciudad o de la ciudad o del muniCipio del municipio la de 15 propietario o dirección del tomador de la propietario o tomador Lp9 1iza Código Registre el código departamento del departamento de del la dirección del 16 propietario o propietario o tomador de la tomador I pÓliza Diligencie el numero completo (letras y Placa del 17 números) con que vehículo identifica el se vehículo amoarado Registre el numero del motor del Número del vehículo, conforme 18 motor del aparece en la vehículo licencia de tránsito o la factura de venta Registre el numero chasis del del Numero del vehículo, conforme 19 chasis en la aparece licencia de tránsito o la factura de venta.##.

Alfanumérico Texto 4 2 No se aceptan caracteres especiales ••• Reglas suministrada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Validar con la tabla de tarifas codificación Circular 04 de 2009 de la Superintendencia Financiera, o la norma que la modifique o sustituya. Año, modelo del vehículo Sin separador de miles. 16 X X X 200 X 200 X 3 X CC CE TI PA CO NI CC: Cédula de ciudadanía CE Cédula de extranjería. TI: Tarjeta de Identidad, PA: Pasaporte, CD: Carné diplomático NI: NIT para personas: jurídicas.

Para los numeras de documento con NIT, no debe contener dígito de verificación. El tamaño máximo puede ser menor que 16 pero nunca superior. Debe permitir caracteres especiales. excepto el carácter ";" punto y coma. El. tamaño máximo puede ser menor que 200 pero nunca superior Debe permitir caracteres especiales. excepto el carácter ";" punto y coma.

El tamaño máximo puede ser menor que 200 pero nunca superior Se debe utilizar la tabla de referencia geopolitica suministrada por el DANE. Se debe utilizar la tabla de referencia geopol ítica suministrada por el DANE. •• 2 No se aceptan caracteres especiales 10 El tamaño máximo puede ser menor que 10 pero nunca superior Alfanumérico 30 El tamaño máximo puede ser menor que 30 pero nunca superior.

Alfanumérico 30 El tamaño máximo puede ser menor que 30 pero nunca superior. Texto Alfanumérico X RESOLUCION NUMERO ~) ~J 3 1 ENE 2021., '..'.L DE 2022 Páaina 5 de 6 Continuación de la resolución: "Por medio de la cual se sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015" p LIZAS Y NOVEDADES Nombre del Descripción Tipo Registre el número VIN del vehículo, conforme aparece en la licencia de tránsito o la factura de 'venta Alfanumérico carnDO VIN (Número de 20 identificación del vehículo) Formato Tarnaf'io Obligatorio Valores Reglas permitidos El tamaño máximo puede ser menor que 17 pero nunca superior. 17 1.

Moto 2. Camperos o camionetas 3. Vehículo de carga o mixto 4.Vehículos oficiales especiales y ambulancias 5.Autos familiares S.vehículos particulares para 6 o más pasajeros 7.Autos de negocios, taxIs y microbuses urbanos S.Servicio público urbano, buses y busetas 9.vehiculos de servicio oúblico intermunicipal 1 Particular 2 = Público 3= Diplomático 4= Oficial 7= Especial RNMA (Registro Nacional de Maauinaria Aoricolal.

Asigne el número de 21 Tipo de vehículo la tabla que detalla el tipo de vehículo, en la definido Circular 04 de 2009 la de Superintendencia Financiera, o la que la norma modifique o Texto ## 2 X Texto # 2 X sustituya Registre el código servicio que presta el vehículo, aplicando las reglas y definidas parametrizadas en el RUNT Registre la de capacidad cilindraje del motor del vehículo, en expresado centímetros cúbicos.

Elemolo: 1300 del 22 23 Tipo servicIO de Cilindraje Numérico ##### No debe contener separadores, códígos o caracteres. Se debe validar con la tabla de tarifas comerciales del SOAT. 5 El carácter separador de decimales es el Capacidad en toneladas la Registre del capacidad vehículo expresada en toneladas 25 Número de pasajeros Registre la cantidad autorizada de transporte de I pasaleros Texto ### 3 26 País de matrícula del vehículo Registre el código del pais de acuerdo al RUNT Texto ### 3 24 6 enteros y Texto ######.## 2 dec·lmales.

Ver tabla tarifas punto (.l. De acuerdo a la longitud tendrá 6 enteros y 2 para la parte decimal. Se debe validar con la tabla de tarifas comerciales del SOAT. 27 Adicional 1 Alfanumérico 50 28 Adicional 2 Alfanumérico 50 Ver tarifas tabla Validar con la tabla de tarifas comerciales del SOAT. Debe corresponder a la codificación suministrada por el RUNT.

Cuando el valor en el campo 4 "Concepto de Póliza" es 1, este campo debe reportarse vacío. Cuando el campo 4 "Concepto de póliza" es 2, este valor debe traer la fecha de de aplicación la novedad. Para N03 "Fecha de chatarrizaci6n": La fecha de la novedad debe darse dentro de la vigencia de la póliza y reportarse dentro de los dos años siguientes, contados a partir de la fecha de la novedad Cuando el valor en el campo 4 "Concepto de póliza" es 1, este campo debe reportarse yacio.

Cuando el campo 4 "Concepto de póliza" es 2, en el campo 5 "Código de novedad" sea N01, N04 o N05 y se presente RESOLUCiÓN NÚMERO.n(1 f¡ ¡; (] "3 \ ENE 2021 137 DE 2022 Continuación de la resolución: "Por medio de la cual se sustituye el Anexo Técnico 1 de la Resolución 1231 de 2015" P LIZAS Y NOVEDADES Nombre del campo 29 Adicional 3 Descripción Tipo Numérico Formato ## Tamaño 1 Obligatorio X Valores Reglas permitidos CERO "O" o UNQ"1" camb'lQ en el número interno de l. póliza, este campo debe contener el número interno de póliza que se reemplaza, D Sin descuento del buen comportamiento vial 1 = Con descuento por buen comportamiento vial ESPECIFICACIONES TECNOLÓGICAS PARA LA REMISiÓN DE INFORMACiÓN Los archivos deben ser tipo texto y deben cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: Todos los datos deben ser generados en archivo plano, con extensión (txt).

El separador de campos debe ser punto y coma (',) y ser usado exclusivamente para este fin. Cuando el dato no lleve valor debe reportarse vacio, igual debe incluir el campo separado por (;). Los campos no son de ancho fijo, es decir no deben completarse con espacios ni ningún otro carácter. Ningún dato en el campo debe reportarse entre comillas (""), ni cualquier otro carácter especial.

Los campos tipo fecha deben tener el formato día mes año para la estructura de pólizas (DD/MM/AAAA) y para la estructura de siniestros (DDMMAAAA). Los campos numéricos deben reportarse sin separación de miles, el separador de decimales es punto (). El cargue de la información se realizará a través de la página web de la ADRES, luego que la estructura de los registros de los archivos, haya superado la validación en la MAVU (Malla Validadora Universal) dispuesta por dicha administradora.