República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL RESOLUCiÓN NÚMERé>G;: 1352 DE 2023 ( ·31 AGO 2023 ) "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión: "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de las facultades, en especial las conferidas en el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, y el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 42 de la Ley 715 de 2001 asigna a la Nación, la dirección del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio nacional, de acuerdo con la diversidad regional y el ejercicio de sus competencias, dentro de las cuales se encuentra la de: "impulsar, coordinar, financiar, cofinanciar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión en materia de salud, con recursos diferentes a los del Sistema General de Participaciones".
Que por medio de la Ley 1566 de 2012, se reconoció el consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas, lícitas o ilícitas, como un asunto de salud pública y bienestar de la familia, la comunidad y los individuos, que requiere atención integral por parte del Estado. En tal sentido, el artículo 2 de la fuente normativa en referencia, estableció como atención integral para toda persona con trastornos mentales o cualquier otra patología derivada del consumo, abuso y adicción a tales sustancias, el derecho a ser atendida en forma integral por las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Para tal fin, de conformidad con el parágrafo 3 del citado artículo podrán utilizarse recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO) en el fortalecimiento de los programas de prevención, mitigación, superación y desarrollo institucional, establecidos en el marco de la Política Nacional para la reducción del consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y su impacto.
Que el artículo 1 de la Ley 1616 de 2013, tiene por objeto garantizar el ejercicio pleno del derecho a la salud mental de la población colombiana, priorizando a los niños, las niñas y adolescentes, mediante la promoción de la salud y la prevención del trastorno mental, la atención integral e integrada en salud mental en el ámbito del SGSSS.
Asi mismo, en el citado artículo se establecen los criterios de política para la reformulación, implementación y evaluación de la Política Pública Nacional de Salud Mental, con base en los enfoques de derechos, territorial y poblacional por etapa del ciclo vital. Que el artículo 43 de la referida ley establece que el Consejo Nacional de Estupefacientes a través del FRISCO contribuirá en la financiación en inversión social a través del Ministerio de Salud en programas para la atención y tratamiento de las enfermedades crónicas en salud mental.
Que en cumplimiento del artículo traído a colación anteriormente, el Consejo Nacional de Estupefacientes a través del FRISCO, mediante Resolución 001 de 2022 aprobó el presupuesto para la vigencia 2023, asignando con ese propósito a esta cartera ministerial el valor de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($20.000.000.000) M/CTE. 31 AGO 2023 RESOLUCiÓN NÚMERO '1::,'135 2 DE 2023 HOJA N° 2 Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastomos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2590 de 2022 liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, detallando las apropiaciones y por tanto, clasificó y definió los gastos.
Por lo cual, en el Anexo (p. 105) fue detallado en el presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social, vigencia fiscal 2023, lo siguiente: Unidad 1901 C Inversión -01 Gestión General, Programa: 1901 Salud Publica y Prestación de Servicios, Subprograma: 0300 Intersubsectorial de Salud, Proyecto: 29, por concepto a la: "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", una partida por el valor de CINCUENTA MIL NOVECIENTOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS ($50.911.830.304) mlcte, suma que incluye los VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($20.000.000.000) mlcte, del presupuesto del FRISCO.
Que este Ministerio en desarrollo de la precitada Ley 1566 de 2012, adoptó, mediante Resolución 089 de 2019, la Politica de Atención Integral para la Prevención y Atención del Consumo de Sustancias Psicoactivas, con el objetivo garantizar la atención integral de personas, familias y comunidades con riesgo o consumo problemático de sustancias psicoactivas, orientada a transformar los determinantes sociales, familiares e individuales que favorecen el consumo de sustancias psicoactivas, a través del fortalecimiento de los factores protectores, procesos de prevención, tratamiento, rehabilitación integral e inclusión social.
Que, de otro lado, este ente ministerial a través de la Resolución 5514 de 2013, estableció que los actos administrativos que soporten la ejecución de recursos, a través del mecanismo de transferencia o asignación directa a entidades territoriales y sus entidades adscritas o vinculadas, deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la ejecución efectúe para dicha vigencia. Que, en cumplimiento de la Resolución 5514 de 2013, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 1232 de 2023, en virtud de la cual determinó los criterios de priorización para la asignación de recursos provenientes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO), estableciendo, adicionalmente, la metodología para la priorización de departamentos, distritos y municipios Que el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN), es una herramienta a cargo del Departamento Nacional de Planeación (DNP), el cual tiene por finalidad orientar la asignación de recursos a proyectos viables, prioritarios y elegibles.
En virtud de esto, la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio inscribió en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional el proyecto "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional" con código 2018011000211. Que el Grupo de Convivencia Social y Ciudadanía de la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, dando aplicación a los artículos 2 y 3 de la referida Resolución 1232 de 2023, priorizó para la vigencia 2023 los municipios relacionados a continuación: Buenaventura (Valle del Cauca);
Orito (Putumayo); Santa Rosa del Sur (Bolivar); Santiago de Cali (Valle del Cauca); Bogotá D.C.; Armenia (Quindío); El Tambo (Cauca); Medellín (Antíoquía); Valle del Guamuez (Putumayo); San Miguel (Putumayo); Roberto Payán (Nariño); Magüí Payán (Nariño); San José de Cúcuta (Norte de Santander); Santander de Quilichao (Cauca); Tierralta (Córdoba);
Puerto Caicedo (Putumayo); Dosquebradas (Risaralda); San Andrés de Tumaco (Nariño); Argelia (Cauca); San José del Guaviare (Guaviare); Pereira (Risaralda); Timbiquí (Cauca); El Tarra (Norte de Santander); Sardinata (Norte de Santander); Convención (Norte de Santander); y, Simití (Bolivar). Que, la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 4 de la Resolución 1232 de 2023 remitió convocatoria a los territorios priorizados el 14 de agosto del 2023, a través de los siguientes radicados, relacionados en la Tabla 1: 31 AGG Q023:i 352 DE RESOLUCiÓN NÚMERÓ 2023 HOJA N° 3 Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" Tabla 1 Territorios Priorizados Departamento Municipio ESE Radicado Orfeo Minsalud N° Antioquia Medellín ESE Hospital Carisma 202321031614821 Bolívar Santa Rosa Del Sur E.S.E. Hospital Manuel Elkin Patarroyo (1 nivel) 202321031614831 Bolívar Simití Hospital Nivel I de Argelia (E.s.E. Sur Occidente) 202321031614841 Cauca Argelia E.s.E Hospital El Tambo Cauca 202321031614851 Cauca El Tambo Hospital Francisco de Paula Santander (11 nivel) 202321031614861 Cauca Santander De Ouilichao E.S.E. Occidente (1 nivel) 202321031614871 Cauca Timbiquí E.S.E. Hospital San José de Tierralta (1 nivel) 202321031614881 Córdoba Tierralta E.S.E Red de servicios de Salud de Primer Nivel San Jose del Guaviare. 202321031614891 Guaviare San José del Guaviare E.S.E Saúl Oui~onez 202321031614911 Nariño Roberto Payan ESE Centro Hospital Las Mercedes (1 nivel) 202321031614921 Nariño San Andrés de Tumaco E.S.E Centro Hospital Divino Ni~o 202321031614931 Norte de Santander Convención ESE Hospital Regional Noroccidental 202321031614941 Norte de Santander San José de Cúcuta E.S.E Hospital Regional Norte 202321031614961 Norte de Santander El Tarra E.S.E Hospital Regional Norte 202321031614971 Norte de Santander Sardinata E.S.E. Hospital Orito (1 nivel) 202321031614981 Putumayo Orito E.S.E. Hospital Alcides Jiménez (1 nivel) 202321031614991 Putumayo Puerto Caicedo E. S.E. Hospital Fronterizo La Dorada (1 nivel) 202321031615001 Putumayo San Miguel E.S.E Hospital Sagrado Corazón de Jesús (1 nivel) 202321031615011 Putumayo Valle del Guamuez E.S.E Hospital Mental Filandia Ouindío Armenia E.S.E. Hospital Santa Mónica (11 nivel) Risaralda Dosquebradas E.S.E Hospital Mental Risaralda Risaralda Pereira E.S.E Hospital Distrital Luis Ablanque de la Plata (1 nivel) 202321031615061 Valle del Cauca Buenaventura Red de Salud de Ladera ESE 202321031615071 Valle del Cauca Santiago de Cali Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E 202321031615081 Distrito Capital Bogotá Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E 202321031621171 202321031615031 202321031615041 202321031615051 3 1 AGO 2023 RESOLUCiÓN NÚMERO~.~,. 2023 HOJA N° 4 Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastomos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" Que, lo anterior, para que presentaran proyectos conforme a los "lineamientos para la formulación y ejecución de proyectos territoriales dirigidos al desarrollo de acciones, en el abordaje integral del consumo de sustancias psicoactivas a través de la implementación de los CAMAD ", dichos territorios priorizados presentaron a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio sus proyectos, salvo los municipios de San José de Cúcuta (Norte de Santander y Simití (Bolívar) los cuales no allegaron propuesta, según la Tabla 2, así: Tabla 2, Presentación de los proyectos Departamento Antioquia Bolívar Cauca Cauca Cauca Cauca Córdoba Guaviare Nariño Nariño Nariño Municipio ESE ESE Hospital Carisma E.S.E. Hospital Santa' Rosa del Sur Manuel Elkin Patarroyo (1 niveÍl Hospital Nivel I de Argelia Argelia (E.S.E. Sur Occidente) E.S.E Hospital El El Tambo Tambo Cauca Hospital Francisco de Santander de Paula Quilichao Santander (11 nivel) E.SE Timbiquí Occidente (1 nivel) E.S.E. Hospital San Tierralta José de Tierralta (1 nivel) E.S.E Red de servicios de San José del Salud de Guaviare Primer Nivel San Jose del Guaviare.
E.S.E Saúl Magüí Payán Quiñonez ESE Centro Hospital Las Roberto Payán Mercedes (1 nivel) E.S.E Centro San Andrés de Hospital Tumaco Divino Niño Medellín Radicado Orfeo Minsalud N° Monto Del Proyecto ($) 202342401980482 750.999.810 202342401993372. 615.000.000 202342401996612 615.000.000 202342401971202 614.993.776 202342301950872 751.000.000 202342402026302 614.999.000 202342402001442 615.000.000 202342401996762 751.000.000 202342401971342 614.460.000 202342402039812 615.000.000 202342401980482 615.000.000 31 AGO 2023 RESOLUCiÓN NÚMERÓi '":';;' 1352 DE 2023 HOJA N° 5 Continuación de la resolución "Por fa cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastomos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" Norte de Santander Convención Norte de Santander El Tarra Norte de Santander Sardinata Putumayo Orito Putumayo Puerto Caicedo Putumayo San Miguel Putumayo Valle del Guamuez Quindío Armenia Risaralda Dosquebradas Risaralda Pereira Valle del Cauca Buenaventura Valle del Cauca Santiago de Cali Distrito Capital Bogotá, D,C, ESE Hospital Regional Noroccidental E,S,E Hospital Regional Norte E,S,E Hospital Regional Norte E,S,E, Hospital Orito (1 nivel) E,S,E, Hospital Alcides Jiménez (1 nivel) E,S,E, Hospital Fronterizo La Dorada (1 nivel) E,S,E Hospital Sagrado Corazón de Jesús (1 nivel) E,S,E Hospital Mental Filandia E,S,E, Hospital Santa Mónica (11 nivel) E,S,E Hospital Mental Risaralda E,S,E Hospital Distrital Luis Ablanque de la Plata (1 nivel) Red de salud de Ladera ESE Subred Integrada de Servicios de 202342402030722 615,000,000 202342401971092 615,000,000 202342401971142 615,000,000 202342402026222 615,000,000 202342402062462 614,711,900 202342401971262 608,850,000 202342402010572 615,000,000 202342401971162 751,000,000 202342401985892 751,000,000 202342401971332 751,000,000 202342401996792 750,958.473 202342401991222 751,000,000 202342401984982 751,000,000 31 AGO 2023 135 2 DE RESOLUCiÓN NÚMERO'.2023 HOJA N° 6 Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" I I Salud Norte I E.S.E I I I Que, de conformidad con la presentación de las propuestas, dichos proyectos fueron viabilizados así, según la Tabla 3: Tabla 3.
Viabilidad de las propuestas Departamento Município ESE Radicado Orfeo Minsalud W Antioquia Medellin ESE Hospital Carisma 202321031699591 Bolívar Santa Rosa Del Sur ESE Hospital Manuel Elkin Patarroyo (1 nivel) 202321031699651 Cauca Argelia ESE Sur Occidente 202321031699711 Cauca El Tambo ESE Hospital El Tambo Cauca 202321031699811 Cauca Timbiqui ESE Occidente 202321031699851 Cauca Santander De Ouilichao ESE Hospital Francisco de Paula Santander (11 nivel) 202321031700501 Córdoba Tierralta ESE Hospital San JaSE de Tierralta 202321031700531 Distrito Capital Bogotá Guavlare San José del Guaviare Nariño Tumaco Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E ESE Red de servicios de Salud de Primer Nivel San Jose del Guaviare ESE Hospital Divino Niño 202321031700541 202321031700581 202321031700711 Nariño Roberto Payan ESE Centro Hospital Las Mercedes Nariño Magüipayan ESE Centro de salud Saul Ouiñonez 202321031700821 Norte De Santander El Tarra ESE Hospital Regional Norte 202321031700981 Norte De Santander Sardinata ESE Hospital Regional Norte 202321031701141 Norte De Santander Convencion Putumayo Valle Del Guamuez Putumayo San Miguel ESE Hospital Fronterizo La Dorada 202321031701991 Putumayo arito ESE Hospital arito. 202321031702331 Putumayo Puerto Caicedo Ouindio Armenia Risaralda Pereira ESE Hospital Regional Noroccidental ESE Hospital Sagrado Corazón de JESUS ESE Hospital Alcides Jimenez ESE Hospital Mental Filandia ESE Hospital Mental Risaralda 202321031700771 202321031701191 202321031701591 202321031702461 202321031702481 202321031702511 RESOLUCiÓN NÚMERO' 31 AGO 2023 '" "5') DE..í.., 2023 HOJA N° 7 Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfetmedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" Risaralda Dosquebradas Valle Del Cauca Santiago De Cali Valle Del Cauca Buenaventura ESE Hospital Santa MONleA (11 nivel) Red de salud de Ladera ESE ESE Hospital Distrital Luis Ablanque de la Plata 202321031702731 202321031702911 202321031702961 Que según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No. 218523 del 29 de agosto de 2023, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social, existe apropiación presupuestal disponible en la Unidad I Subunidad Ejecutora 19-01-01-000 Gestión General, Posición Catalogo de Gastos C-1901-0300-29 Transferencias Corrientes - Servicio de Gestión del Riego para la Salud Pública Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad, por valor de QUINCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($15.995.000.000) m/cte.
Que la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera evaluó los proyectos antes relacionados y viabilizó aquellos que cumplieron con los criterios para la asignación de recursos provenientes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO), en los términos y valores anteriormente relacionados.
Que en consecuencia, es necesario asignar a través del presente acto administrativo recursos del proyecto de inversión denominado: "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", con código BPIN 2018011000211 ", por un valor de QUINCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS MICTE ($15.976.972.959), cifra que corresponde a los valores de los proyectos viabilizados por esta cartera ministerial.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
Artículo 1. Asignación de recursos. Asignar recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", con código BPIN 2018011000211, por la suma de QUINCE MIL'NOVECIENTOS SETENTA y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS MICTE ($15.976.972959)~ a las siguientes Empresas Sociales del Estado (ESE)/según la siguiente tabla: Departamento Municipio ESE Monto del Proyecto ($) Antioquia Medellín ESE Hospital Carisma 750.999.810 Bolívar Santa Rosa del Sur E.S.E. Hospital Manuel Elkin Patarroyo (1 nivel) 615.000.000 Cauca Argelia Hospital Nivel I de Argelia (E.S.E. Sur Occidente) 615.000.000.
Cauca El Tambo E.S.E Hospital El Tambo Cauca 614.993.776 - Cauca Santander de Quilichao Hospital Francisco de Paula Santander (11 nivel) 751.000.000 Cauca Timbiquí E.S.E. Occidente (1 nivel) 614.999.000 Córdoba Tierralta E.SE. Hospital San José de Tierralta (1 nivel) 615.000.000.. 31 AGO 2023 2023 RESOLUCiÓN NÚMERO HOJA N° 8 Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfennedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastomos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" E.S.E Red de servicios de Salud de Primer Nivel San Jose del Guaviare.
E.S.E Saúl Ouiñonez ESE Centro Hospital Las Mercedes (1 nivel) E.S.E Centro Hospital Divino Niño Guaviare San José del Guaviare Nariño Magüí Payán Nariño Roberto payán Nariño Tumaco Norte de Santander Convención ESE Hospital Regional Noroccidental 615.000.000 Norte de Santander El Tarra E.S.E Hospital Regional Norte 615.000.000 Norte de Santander Sardinata E.S.E Hospital Regional Norte 615.000.000 Putumayo Orito 615.000.000 Putumayo Puerto Caicedo E.S.E. Hospital Orito (1 nivel) E.S.E. Hospital Alcides Jiménez (1 nivel) Putumayo San Miguel E.S.E. Hospital Fronterizo La Dorada (1 nivel) 608.850.000 Putumayo Valle del Guamuez E.S.E Hospital Sagrado Corazón de Jesús (1 nivel) 615.000.000 Ouindío Armenia Risaralda Dosquebradas Risaralda Pereira Valle del Cauca 751.000.000 614.460.000 615.000.000 615.000.000 614.711.900 E.S.E Hospital Mental Filandia E.S.E. Hospital Santa Mónica (11 nivel) E.S.E Hospital Mental Risaralda 751.000.000 Buenaventura E.S.E Hospital Distrital Luis Ablanque de la Plata (1 nivel) 750.958.473 Valle del Cauca Santiago de Cali Red de salud de Ladera ESE 751.000.000 Distrito Capital Bogotá Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E 751.000.000 Valor total de transferencia 751.000.000 751.000.000 15976.972.950/ Artículo 2.
Destinación. Los recursos asignados en el artículo 1° de esta resolución, serán destinados exclusivamente para ejecutar los proyectos presentados por las Empresas Sociales del Estado (ESE) beneficiarias y viabilizados por la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social. Artículo 3, Incorporación de recursos, Las ESE beneficiarias de los recursos están obligadas a incorporarlos en sus presupuestos de conformidad con la normatividad vigente.
Artículo 4. Requisitos para el giro. El giro de los recursos, a las entidades territoriales señaladas en el artículo 1 del presente acto administrativo. se efectuará, previa entrega de los siguientes documentos a la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera ministerial: 4.1. Carta de aceptación de la transferencia por parte de cada una de las beneficiarias de 4.2. 4.3. los recursos.
Certificación bancaria, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, emitida por la entidad financiera, que incluya el nombre completo e identificación del titular, número y estado de la cuenta. Copia de Registro Único Tributario (RUT)..', 31 AGO 2023 2023 RESOLUCiÓN NÚMERO HOJA N° 9 Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" 4.4.
Cargo, nombre completo, teléfono y correo electrónico del funcionario responsable de coordinar la ejecución de los recursos objeto de la presente resolución. Artículo 5. Obligaciones de las Empresas Sociales del Estado (ESE). Las entidades beneficiarias de los recursos tendrán a su cargo el cumplimiento de las siguientes actividades: 5.1.
Velar por la adecuada ejecución de los recursos, garantizando el desarrollo de las actividades inmersas en las líneas de trabajo propuestas en los lineamientos y seleccionadas por los territorios. 5.2. Confirmar la transferencia de los recursos a la cuenta reportada. 5.3. Garantizar la ejecución técnica y financiera del proyecto aprobado por la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social. 5.4.
Presentar dentro de los primeros quince (15) días de cada mes vencido, un informe mensual al grupo de Convivencia Social y Ciudadanía de la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera ministerial, respecto de la ejecución técnica y financiera del proyecto aprobado, en los términos del lineamiento técnico. 5.5. Remitir a la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera ministerial, en medio físico o magnético los soportes de incorporación y ejecución idónea de los recursos. 5.6.
Suministrar oportunamente información a los organismos de control y demás autoridades nacionales que le sea requerida. Artículo 6. Reintegro de recursos y rendimientos. Las entidades beneficiarias de los recursos que a treinta (30) de junio de 2024 cuenten con saldos no comprometidos, deberán reintegrarlos junto con sus rendimientos financieros dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a dicha fecha, a la cuenta que comunique por escrito este ente ministerial.
Artículo 7. Seguimiento y Control. El Ministerio de Salud y Protección Social, a través del Grupo de Convivencia Social y Ciudadanía de la Dirección de Promoción y Prevención, realizará con base en los lineamientos emitidos, el seguimiento mensual a la ejecución de los recursos asignados a las ESE relacionadas en el artículo 1° de la presente resolución. Artículo 8.
Soportes documentales. Los documentos que soportan la ejecución de los recursos aquí asignados deberán reposar en cada una de las ESE relacionadas en el artículo 10 de la presente resolución, y ser puestos a disposición de las entidades competentes que así lo requieran Artículo 9. Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución a las Empresas Sociales del Estado (ESE) contempladas en el artículo 1o de este acto administrativo, objeto de la presente asignación. Artículo 1O.
Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C, a los 31~Ef023,.ÁÁ+~ --- GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTíNEZ Ministro de Salud y Protección Social P~'bli AprobcLJaime Hernán Urrego R.- Viceministro de Salud ·UJ Gina Rojas - Directora de promoclón~ Prevención Rodolfo Salas F - Director Jurídico y Prestación de Servicios K. S. r(;z. /'.