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Resolución129Vigente

Resolución 129 de 2021

Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID – 19 y se dictan otras disposiciones

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ++ 9-4 123 pe 2021 88 20M? Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID -— 19 y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los artículos 173, numerales 3 y 7 de la Ley 100 de 1993, 112 de la Ley 1438 de 2011, 6 numeral 12 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y 8 del Decreto 109 de 2021 y,

CONSIDERANDO

Que este Ministerio mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por las Resoluciones 844, 1462 y 2230 de 2020, declaró el estado de emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 28 de febrero de 2021 y, en consecuencia, viene adoptando una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación de la enfermedad y mitigar sus efectos.

Que, con ese mismo propósito, el Gobierno nacional expidió el Decreto 109 de 2021, se adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 y se establece la población objeto, los criterios de priorización, las fases y la ruta para la aplicación de la vacuna, las responsabitidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud como de los administradores de los regímenes Especial y de Excepción, así como el procedimiento para el pago de los costos de su ejecución. Que el objetivo del Pian Nacional de Vacunación contra la COVID -19 es reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica por esta enfermedad, disminuir la incidencia de casos graves y proteger a la población que tiene alta exposición al virus, reducir el contagio en la población general, con el propósito de controlar la transmisión y contribuir a la inmunidad colectiva en el país. Que teniendo en cuenta que las vacunas adquiridas por el Estado colombiano estarán disponibles de manera gradual en la medida en que los diferentes laboratorios avancen en su producción y distribución, fue necesario dividir en varias etapas los grupos priorizados, de acuerdo con criterios epidemiológicos descritos en el Decreto 109 de 2021.

Que el artículo 8 ¡bidem determinó que, para la identificación mominal de algunos grupos poblacionales priorizados de los cuales el Ministerio de Salud y Protección Social no disponga de información, solicitará a las entidades públicas o privadas la entrega de esta, mediante los mecanismos electrónicos que defina, con el propósito de tener información completa y actualizada a nivel individual que permita el seguimiento de cada sujeto, y el agendamiento de la segunda dosis cuando esta aplique.

Que en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021 se dividió el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID19 en dos (2) fases y cinco (5) etapas. En este primer momento se desarrolarán las dos primeras etapas que forman parte de la primera fase: en la Etapa 1 se vacunará al personal cuya actividad principal está involucrada con la atención de pacientes que tienen diagnóstico confirmado de COVID19 y las personas de 80 años y más y en la Etapa 2 se vacunará a la población entre - 8 FEB 202 RESOLUCIÓN NÚMERO 350129 DE 2021 HOJA No 2 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cua! se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID — 19 y se dictan otras disposiciones” los 60 y los 79 años y al talento humano que desarrolla su actividad principal en los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad y en los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional y a los estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica en un prestador de servicios de salud.

Que para ejecutar las fases del plan de vacunación, es necesario identificar a la población priorizada de manera nominal, a través de los sistemas de información interoperables con los que cuenta el país, y disponerla para que las aseguradoras del Sistema General de Seguridad Social en Salud, los administradores de los regímenes Especial y de Excepción y las entidades territoriales.

Que para la conformación de la Base de Datos Nominal Maestra de Vacunación - BDMV que alimentará ta plataforma MIVACUNA COVID-19, se definió que el Ministerio de Salud y Protección Social puede acudir a la información que tenga de bases de datos de otras entidades, previa información al generador de esta, la cual se actualizará de acuerdo con la disponibilidad de los datos que envíe el generador de la información y en todo caso implementará las medidas pertinentes y adecuadas para garantizar el debido tratamiento de los datos personales, acorde con la política de tratamiento de la información que tenga adoptada.

Que para la conformación de la Base de Datos Nominal Maestra de Vacunación - BDMV se ha venido recolectando datos del talento humano en salud, del personal apoyo logístico y administrativo de los prestadores de salud; el personal de salud asistencial que hacen seguimiento a contactos en las entidades territoriales; del personal de salud que toma muestras y procesa muestras de COVID-19 en los laboratorios de salud pública; de los técnicos en patología involucrados en manejo de cadáveres del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses; y del personal que toma muestras para COVID-19, tanto intramural como de manera extramural, que manipula y procesa dichas muestras y los técnicos y epidemiólogos que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID—19 del Instituto Nacional de Salud; entre otros.

Que conforme con lo anteriormente expuesto, se requiere adoptar las herramientas para el reporte de información del talento humano en salud y del personal apoyo y logístico con el objeto de identificar la población que será priorizada en las Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1.

Objeto. La presente resolución tiene por objeto adoptar las herramientas para el reporte de información del talento humano y población que será priorizada en las Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID — 19 Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a: 1.

Prestadores de servicios de salud (instituciones prestadoras de servicios de salud -profesionales independientes, prestadores con objeto social diferente y transporte especial de pacientes), 2. Prestadores de los regímenes Especiales y de Excepción, - 8 FEB 2071 RESOLUCIÓN NÚMERO: — Y 12 3 DE 2021 HOJA No 3 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan tas herramientas para el reporte de infonnación de la población que será prorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID— 19 y se dictan otras disposiciones” 3.

Secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o. quien haga sus veces, 4. Laboratorios de salud pública departamentales, municipales, distritales y de las universidades, 5. Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, 6. Instituto Nacional de Salud. Artículo 3. Anexos técnicos. Para el reporte de información de la población que será priorizada en las Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID — 19, adóptense los siguientes anexos técnicos: 3.1 “Anexo Técnico 1.

THS123C0V] -Reporte de información de talento humano en salud y del personal de apoyo logístico y administrativo para vacunación por Covid- 19”. 3.2 “Anexo Técnico 2. THS310C0OVI - Reporte de información de talento humano en salud y del personal de apoyo logístico y administrativo y los estudiantes de pregrado/postgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud en práctica clínica en un prestador de servicios de salud (incluye los internos y residentes) para vacunación por Covid- 19”.

Artículo 4. Perfiles del talento humano para el reporte de información ante el Ministerio de Salud y Protección Social. Los perfiles del talento humano para el reporte de información ante el Ministerio de Salud y Protección Social serán los descritos en el Decreto 109 de 2021, así: Fase 1 — Etapa 1 1. Talento humano en salud; profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia — servicios y médicos internos de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policía Nacional de Colombia, que realizan su trabajo en los servicios de: a. e. Cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atienda COviD-19.

Urgencias en donde se atienda COVID-19,. Hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se atienda COVID19, Laboratorio clínico, laboratorio de salud pública, laboratorio del Instituto Nacional de Salud y de universidades, únicamente el personal que toma (intramural y extramural), manipula y procesa muestras de COVID-19. Radiología e imágenes diagnósticas. f. Terapia respiratoria que atienda pacientes con COVID-19. g. Transporte asistencial de pacientes. b. c. d. 2.

Talento humano en salud que tienen un contacto directo de atención en salud especializada a pacientes sintomáticos respiratorios intra y extramural, siempre que dicha atención implique un contacto estrecho y prolongado con la vía aérea expuesta del paciente. 3. Talento humano de servicios generales, vigilancia, celaduría, administrativo y de facturación, que realizan su trabajo en los servicios de cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atiende COVID-19; urgencias en donde se atienda COVID-19 y hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se os RESOLUCIÓN NÚMERO” 9129 De -8 FER 2 2021 HOJA No 4 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID— 19 y se dictan otras disposiciones” atienda COVID-19, así como el talento humano encargado de la distribución de alimentos en el área intrahospitalaria; del traslado de pacientes en el ámbito intrahospitalario y de las tabores de lavandería, mantenimiento y transporte, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policía Nacional de Colombia. 4.

Talento humano en salud del servicio de vacunación contra el COVID-19. 5. Talento humano que realice autopsias o necropsias, Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 6. Técnicos y epidemiólogos de las entidades territoriales y del Instituto Nacional de Salud, incluido el personal! del Instituto que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19. 7.

Talento humano en salud que por su perfil profesional tenga un contacto intenso mucho más frecuente y en condiciones de urgencia con la vía aérea expuesta de los pacientes, dada la realización de procesos que liberan aerosoles como la intubación endotraqueal o ta traqueotomía. Fase 1 - Etapa 2 1. Todo el talento humano, profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia — servicios y médicos internos de todos los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad que desarrollen sus actividades en cualquiera de los servicios brindados por los prestadores de servicios de salud y que no se encuentren clasificados en la etapa 1. 2.

Talento humano en salud de los servicios de salud que se presten intramuralmente en los establecimientos carcelarios y penitenciarios que les aplique el modelo de atención en salud definido en la Ley 1709 de 2014, 3. Talento humano en salud de las entidades que presten servicios de salud pertenecientes a los regimenes especiales y de excepción. 4.

Los estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica en un prestador de servicios de salud. Artículo 4. Cargue y plazo del reporte de información. Las entidades relacionadas en el artículo 2 de la presente resolución, deberán reportar la información de que tratan los Anexos técnicos 1 y 2 del presente acto administrativo, en la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, antes del 12 de febrero de 2021, para ser incorporados en la Base de Datos Nominal Maestra de Vacunación — BDMV, que alimentará la plataforma MIVACUNA COVID-19, La información reportada será validada y se publicará en el sitio web.sispro.gov,co Parágrafo 1.

Los destinatarios que en la etapa de alistamiento han venido reportando la información a que refiere el presente artículo, podrán realizar los ajustes, o la inclusión de registros adicionales, en cualquier fecha, utilizando el Indicador de actualización o eliminación del registro, Parágrafo 2. Los problemas que se identifiquen en la plataforma PISIS, deberán ser informados a soportepisisóminsalud.qov.co y THSCOVIDOminsalud.gov.co ao RESOLUCIÓN NÚMERO "0129 -8 FEB 2071 De 2021 HOJA No 5 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-— 19 y se dictan otras disposiciones” Artículo 6.

Tratamiento de información. De acuerdo con lo definido en el artículo 31 del Decreto 109 de 2021, las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información que les sea aplicable, en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y de la Ley 1712 de 2014, del Capítulo 25 del Título 2 del Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del 2015 y las normas que las modifiquen o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tienen acceso y la misma solo será utilizada con fines del reconocimiento del talento humano en salud de que trata el artículo 8 del Decreto 109 de 2021.

Artículo 7. Seguridad de la información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades que reporten los datos deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente.

Para los profesionales independientes se utilizará la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Salud — REPS como mecanismo de validación seguridad y veracidad de la información reportada. Artículo 8. Inspección, vigilancia y control. La Superintendencia Nacional de Salud y las entidades territoriales del orden departamental y distrital, en el marco de sus competencias, vigilarán y controlarán el cumplimiento de la presente norma, sin perjuicio de las competencias que tengan las demás autoridades en la materia.

Artículo 9. Vigencia. publicación. La presente resolución empezará a regir a partir de la fecha de su PUBLÍQUESE,

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Mipistro de Salud y Protección Social Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Director de Talento Humano en Sala Directora de Prestación de Servicios y Atención Primaria Lo Jefe Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicáción - TIC lv Directora Jurídica 7. na RESOLUCIÓN NÚMERO.. vos +. < 9129 DE -8 FEB 202 2021 HOJA No 6 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan las herramientas pare el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Pían Nacional de Vacunación contra fa COVID - 19 y se dictan otras disposiciones” ANEXO TÉCNICO 1 THS310C0OVI - REPORTE DE INFORMACION DE TALENTO HUMANO EN SALUD Y DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO PARA VACUNACION POR COVID19 Esta información la deben reportar los profesionales independientes habilitados en el Registro Especial de Prestadores de Salud -— REPS del SGSSS, quienes enviarán al Ministerio de Salud y Protección Social un archivo con la información relacionada con el talento humano en salud, y el personal de apoyo logístico y administrativo (si aplica), para la priorización de la vacunación COVID-19 a través de la plataforma PISIS. > py pa Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS.

CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información del talento humano en salud, del personal de apoyo logistico y administrativo y los estudiantes para vacunacion por covid19 debe cumplir con el siguiente estándar: ¡ ! Componente del Valores nombre de archivo permitidos o formato: Módulo - información de | THS Descripción Longitud fija| Requerido! | Identificador del móduto de información | Tipo de fuente 310 ! Tema de | COVI ' información Fuente de la información: profesionales de saludindependientes Información del talento humano en salud y del personal de apoyo logistica para vacunación " COVID-19.

Fecha de corte "Tipo de AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada. Tipo de identificación de la entidad que reporta; identificación dela| Pl la información. — profesional de Si 3 Si 4 SI 8 SI 2 Si 12 S| 4 SI salud entidad, reporta que; independiente " Número de Número de identificación de la entidad que j entidad que 999999999999 | Prestador habilitado en REPS.

Se debe usar el * identificación de la 3 envía los archivos. Corresponde al Código de " feporta i carácter CERO (0) de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamafio del, campo.: Para tipo de identificación Pi: 001100112345 ! Ejemplos: * Extensión archivo del |.txt NOMBRE DEL ARCHIVO Extensión del archivo plano..TXT Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud THS3I10COVIAAAAMMDODZZ999999999999,FXT 32 Reporte de información de TALENTO HUMANO EN SALUD Y DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO;

PARA VACUNACIÓN POR COVID19 b. Contenido del archivo. El archivo de la información del TALENTO HUMANO EN SALUD, DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO PARA VACUNACION POR COVID19 está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios RESOLUCIÓN NÚMERO”Ae 2.9129 De - 8 FEB 2021 2021 HOJA No 7 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de fa población que será prorizada en ta Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Naciona! de Vacunación contra la COVID — 19 y se dictan ofras disposiciones” tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asl: no Registro] A Tipo 1 o Descripción | Reporte Registro de control Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle del talento humano en salud Obligatorio Tipo 3 Registro de detalle de apoyo fogístico para la atención en salud Opcional Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) b.1, REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio, Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. í 1 No. =.30 2 Nombre ombre deldel campo s£8 Si= || E3 laj N | 1: valor que significa que el registro es de control A |Profesiona! de Salud Independientes - Pl SI SI |Número de identificación de la 12 N S] de [Número de identificación de la entidad que envia 109 archivos, 3 | Fecha inicial del periodo de laj información reportada 10 F 4 | Fecha final del periodo información reportada la 10 F |Número total de registros de detalle contenidos en el archivo 10 N 5 E 1 2 entidad que reporta |; ! yS Valores permitidos JES: O | Tipo de registro 1 |Tipo de Identificación entidad que reporta 2 8— de corresponde al Código de Prestado habilitado en REPS [Enformato AAAA-MM-DD.

Debe correspondera la fecha de inicio del periodo de información reportada. [En formato AAAA-MM-DD, Debe corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con | fecha de corte del nombre del archivo, [| Debe corresponder a la cantidad total de registros tipo 2 y 3, contenidos en el archivo. SI Sl Si b,2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE DEL TALENTO HUMANO ENSALUD.

Mediante el Registro Tipo 2, las entidades reportan el detalle de la información del TALENTO HUMANO EN SALUD (PROFESIONALES). Los registros se identifican de manera única mediante los campos 2,3 y 9 por to cual estos no deben repetirse.; o A | No. | Nombre del campoj 8 Valores permitidos | 2 -* Bo, $S [2 me Tipo de registro | N | 2: valo que significa r que el registro es de detalle del talento humano] Si en salud 1 Consecutivo registro del N ] ¿ Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo.

Inicia] en Sl 1 para el primer regístro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta > Tipo de documento de identificación a el final del archivo. Tipo de documento de identificación de la persona de talento humano] en salud Si | CC Cédula de ciudadania CE Cédula de extranjeria PA Pasaporte PE Permiso especial de permanencia 3 Número de documento de identificación A 4 Primer apellido A | Primer apellido del talento humano en salud Si 5 Segundo apellido A | Segundo apellido del talento humano en satud No 6 Primer nombre A___| Primer nombre del talento humano en salud Si _ Número de documento de identificación del talento humano en salud | Si -8 FEB 202 RESOLUCIÓN NÚMERO. 00129 De 2021 HOJA No 8 18 de Continuación de la resolución: “Por fa cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra ta COVID — 19 y se dictan otras disposiciones” t; 7 Segundo nombre A | Segundo nombre del talento humano en salud Código del municipio A | Código de! Municipio de ubicación de la Sede del Prestador Ver la tabla de referencia MUNICIPIO 8 No Si en hitps:/fweb.sispro gov co/WebPublica/Consultas/ConsultarRelerenoaBa sica.aspx donde se encuentran los valores permitidos Perfil profesional ¡: A Código de! perfil del profesional Ver la tabla en 9 Si de referencia THSParfil hitps:/Aweb, sispro.gov,co WebPublico/Consultas/ConsultarReferenciaBa Código entidad sica.aspx donde se encuentran los valores permitidos |Para Prestadores de Servicios de Salud REPS - Ver ta tabla de| referencialPSCodHabilitacion en A 10 Si https:/Aeb.sispro.gov.co/WebPublico/ConsultasíConsultarReferenciaBa sica aspx donde se encuentran los valores permitidos Nombre entidad A | Nombre de la Sede del prestador Si Servicio A | Código del servicio Ver la tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID en htips:/Aveb. sispro gov. co/WebPublico/'ConsultastConsuitarReferenciaBa sica.aspx donde se encuentran los valores permitidos Si 11 ! 12 | No. | Nombre del campo =(3 e 2£ lo 932 le += 13 E 38 2 "lA [Código área COVID | Area COVID 3: E ¡ Vatores permitidos go, a: e: Si - Ver la tabla de referencia AreaCovíd en híitps://eb,sispro.gov.coVWebPubiico/Consultas/ConsultarR eferenciaBa sica.aspx donde se encuentran los valores permitidos 01 — Área COVID — Otra Área 14 Dedicación 2 A Código de tiempo de dedicación del personal de apoyo Ves la tabla de referencia TtempoDedicacion Si en itps:/Aweb.sispro.gov.coWebPuhtico/ConsultasíConsultarfz eferenciaBa sica. aspx donde permitidos ¡ 15 Indicador actualización t ] registro daj 1 del A se encuentran los valores; 01 - Tiempo completo - Tiempo parcial 03 - Ocasiona! Indicador de actualización del registro: Si l: Insertar el registro al sistema A: Actualizar la información regístro reportado por error del registro E: Eliminar el Para el primer reporte de información, se debe reportar | en este campo 2, / CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. En et anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI, con extensión, txt Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes.

El separador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacio y reportarse en el archivo RESOLUCIÓN NÚMERO. << 4129 DE - 8 FEB 202 2021 HOJA No 9 de 1 Continuación de la resolución: “Por fa cual se adoptan fas herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra fa COVID— 19 y se dictan otras disposiciones” f. g. h. i. entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará asi: dato1||dato3.

Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas (*”) ni ningún otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos.

Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño j. máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamañomáximo. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. k. |.

Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O" la cual es un carácter diferente a cero. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro. 3, PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones.

Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web de! SISPRO y luego se registran los usuarios de ta entidad. Registrar entidad: https://web sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en línea o mediante anexo técnico por PISIS. Registro de usuarios institucionales en línea: https: /Aweb.sispro.gov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEGS00USIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Guía de Usuario de Seguridad en https:/fweb.sispro.gov.co Control de calidad de los datos.

La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, asi:. Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa a! reportante el. resultado.

Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https: www sispro.gov.colayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https:/Aweb.sispro.gov.co/WebPublico/Soporte/FAQ/FAQ.aspx

4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO Solo se requiere un envío principal. Para realizar los ajustes requeridos o fa inclusión de registros adicionales se podrá realizar en cualquier fecha utilizando el Indicador de actualización o eliminación del registro. - 8 FEB 202 RESOLUCIÓN NÚMERO. 2-0 129 rr De 2021 HOJA No 10 de 18 Continuación de la resolución: “Por fa cua! se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID — 19 y se dictan otras disposiciones” R ANEXO TÉCNICO 2 THS130C0OVI- REPORTE DE INFORMACION DE TALENTO HUMANO EN SALUD Y DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO Y LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO/POSTGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD EN PRÁCTICA CLÍNICA EN UN PRESTADOR DE SERVICIOS DE SALUD (INCLUYE LOS INTERNOS Y RESIDENTES) PARA VACUNACION POR COVID19 Los prestadores de servicios de salud (instituciones prestadoras de servicios de salud, objeto social diferente y transporte especial de pacientes) habilitados en el Registro Especial de Prestadores de Salud - REPS del SGSSS y las IPS de los Regímenes Especial! y de Excepción, tas secretarias de salud o ta entidad que haga sus veces, los laboratorios de salud pública, el Instituto Nacional de Salud — INS y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses - INMLyCF enviarán al Ministerio de Salud y Protección Social un archivo con la información relacionada con el talento humano en salud, el personal de apoyo logístico y administrativo, y los estudiantes de pregrado/postgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica en prestador de servicios de salud (incluye los internos y residentes) para la priorización de la vacunación COVID-19 a través de la plataforma PISIS.

Las diferentes entidades deberán reportar la información ast: e + + + + Los prestadores de servicios de salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud (instituciones prestadoras de servicios de salud- objeto social diferente y transporte especial de pacientes) y los administradores de tos regimenes Especial y de Excepción deben reportar los profesionales de salud, técnicos y tecnólogos en salud, el personal de apoyo logistico y administrativo y los estudiantes de pregrado/postgrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clinica en un prestador de servicios de salud (incluye los internos y residentes).

Las secretarias de salud deberán reportar el personal de salud asistencial que hace seguimiento a contactos. Los laboratorios de salud pública deben reportar el personal de salud que toma muestras y procesa muestras de COVID-19, El instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses deberán reportar los técnicos en patología involucrados en manejo de cadáveres.

El Instituto Nacional de Salud deberá reportar i) el personal que toma muestras para COVID-19 (intramural y extramural), que maniputa y procesa dichas muestras y 2), técnicos y epidemiólogos que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19, Para este anexo técnico se definen cuatro capítulos: >2on> ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS.

CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO, ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información del TALENTO HUMANO EN SALUD, DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO Y LOS ESTUDIANTES PARA VACUNACIÓN POR COVID19 debe cumplir con el siguiente estándar.: Componente del Valores nombre de permitidos o archivo formato Módulo de | THS información Tipo de fuente 123 Descripción Identificador del móduto de información. Fuente de la información:.

Prestadores de servicios de salud (IPS, objeto social diferente y transporte especial de pacientes), + Secretarias de salud, + Laboratorios de salud pública y F Longitud Bo ya 3 SI 3 Si Requerido - RESOLUCIÓN NÚMERO] 269129 pe - 8 FEB 2021 2021 HOJA No 11 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID — 19 y se dictan otras disposiciones” Componente del Valores nombre de permitidos o: archivo formato Descripción a Requerido e Tema infornación de | COVI Fecha de corte Tipo AAAAMMDD de Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses «_ Instituto Nacional de Salud Información del talento humano en salud y del personal de apoyo logístico para vacunación | 4 COVID-19 Fecha de corte de la información reportada. 8 Si Si.

Tipo de identificación de la entidad que reporta identificación de la la información. entidad que reporta -Si es una entidad diferente a entidad territorial: se debe especificar Ni correspondiente al tipo de identificación NIT. Si corresponde a una secretria de salud del | 2 orden departamental: se debe especificar DE - Si corresponde a una secretaría de salud del orden distrital: se debe especificar DI - Si corresponde a una secretaria de salud del orden municipal: se debe especificar MU Número de identificación de la entidad que envia los archivos, de acuerdo con el tipo de ZZ Número de identificación de la entidad que reporta, S! identificación del campo anterior: -.

" Número de NIT sin incluir el digito de verificación para tipo de Identificación NI. Para tipo de identificación: DE, Dl, MU, utilizar código DIVIPOLA Se debe usar el carácter CERO (0) de relleno a la izquierda si es necesario para completar 999999999999 ? Tipo reportante TR el tamaño del campo. Ejemplos: Para tipo de identificación NI: 000860999123: Para tipo de, identificación DI: 0000000114001 Para tipo de identificación DE: 000000005000 Para tipo de identificación MU: 000000005001 Ver la tabla de referencia TipoReportanteTHS Vacunacion 2 si 4 Si de Pacientes) t Extensión del si en web. sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 prestador de Servicios de Salud (IPS, objeto Sociat Diferente o Transporte Especial 5 12 da 02 secretaria de salud 03 laboratorio de salud pública 04 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses 05 Instituto Nacional de Satud Extensión del archivo plano..TXT:. archivo DEL ARCHIVO Tlpo de archivo Reporte de información de TALENTO HUMANO EN SALUD Y DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO PARA VACUNACION POR COVID19.

Nombre de archivo Longitud ” THS123COVIAAAAMMDD22999999999999TR.TXT ie NOMBRE 38 RESOLUCIÓN NÚMERO a -8 FEB 2021 ):-9129 De 2021 HOJA No 12 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan tas herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID- 19 y se dictan otras. disposiciones” b. Contenido del archivo.

El archivo de la información del TALENTO HUMANO EN SALUD, DEL PERSONAL DE APOYO LOGISTICO Y ADMINISTRATIVO Y DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO/POSTGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD EN PRÁCTICA CLÍNICA PARA VACUNACION POR COVID19 está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada asi: Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio Tipo 2 Tipo 3 Tipo 4 Registro de detalle del talento humano en salud Obligatorio Registro de detalle de apoyo logístico para la atención en salud Opcional Registro de detalle de estudiantes de pregrado de programas técnicos, | Opcional tecnológicos y universitarios, de ciencias de la salud en práctica clínica en IPS y prestadores de salud.

Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (|) b.1. REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL ! Requerido 4: valor que Valores permitidos significa que el registro es de o Tipo z O | Tipo de registro del campo Nombre del campo mb No. Longitud máxima Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. > 1 2 | Número de identificación de la 12 N entidad que reporta Si es una Entidad diferente a entidad temitorial: se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT.

Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Departamental: se debe especificar DE - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital: se debe especificar DI - Si corresponde a una Dirección Territorial del orden Municipal: se debe especificar MU |Número de identificación de la entidad que| m [Tipo de Identificación de la entidad que reporta N control SI envia los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior, Si es una Entidad diferente a entidad territorial: se debe especificar Ni correspondiente al tipo de identificación NIT.

Si corresponde a una Dirección Territorial del orden 3 | Fecha inicial del periodo de la información reportada 10 F 4 | Fecha final del perlodo de la información reportada 10 F Departamental: se debe especificar Código DIVIPOLA del Departamento - Si coresponde a una Dirección Territorial del orden Distrital o Municipal: se debe especificar Código DIVIPOLA del Distrito o Municipio |Enformato AAAA-MM-DD.

Debe corresponder | a la fecha de inicio del periodo de información Sl reportada. |Enformato AAAA-MM-DD. Debe corresponder | a la fecha final del periodo de información reportada S ¡[Número total de registros de detalle contenidos en el archivo 10 N y debe concordar con SI la fecha de corte del nombre del archivo. [Debe corresponder a la cantidad total de] registros tipo 2 y 3, contenidos en el archivo.

SI b.2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE DEL TALENTO HUMANO EN SALUD. Mediante el Registro Tipo 2, las entidades reportan el detalle de la información del TALENTO HUMANO SALUD (PROFESIONALES, TÉCNICOS y TECNÓLOGOS EN EN SALUD). Los registros se identifican de manera única mediante los campos 2,3 y 9 por lo cual estos no deben repetirse.

RESOLUCIÓN NÚMERO. 0129 De - 8 FEB 2021 2021 HOJA No 13 de 18 Continuación de la resolución: “Por fa cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID— 19 y se dictan olras disposiciones” No. 330 2 co $38|* Nombre dei campo DEE|L —) O | Tipo de registro 35 o E Valores permitidos 5 «ú E o va 1 2: valor que significa que el registro es de detalle SI del talento humano en salud 1 | Consecutivo de registro 10 N | Número consecutivo de registros de detalle dentro] del archivo.

SI Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. 2 |Tipo de documento de 2 identificación 60 60 60 ! ¿Número de documento identificación 4 | Primer apellido 5 | Segundo apellido 6 [Primer nombre de Si de talento humano en salud CC Céduta de ciudadania CE Céduta de extranjería PA Pasaporte PE Permiso especial de permanencia A | Número de documento de identificación del talento | Si humano en salud A_| Primer apellido del talento humano en salud Si A_| Segundo apellido del talento humano en salud No A | Primer nombre del talento humano en salud Si + 3 A. 1 Tipo de documento de identificación de la persona | 17 7 _ Segundo nombre 60 A_| Segundo nombre del talento humano en salud No 8 ¡Código del municipio » 5 Si 9 ]Perfil profesional 7 Código entidad 12 A | Código del municipio de la ubicación de la IPS-|] sede, Prestador de Servicios de Salud (sede), laboratorio de salud pública o sede del INMLyCF o del INS.

Ver la tabla de referencia MUNICIPIO en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos A | Código del perfil del profesiona! Ver la tabla de referencia THSPerfil en web,sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. A JIPS- Ver la tabla de referencia IPSCodHabilitacion| en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos IPS NO REPS (Exceptuados del SOGC) Ver la tabla de referencia IPSnNoREPS en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Laboratorios de satud pública Ver la tabla de referencia LaboratorioSaludPublica en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.

A Si 10, A e jEntidad territorial —- Ver la tabla de referencia| EntidadTerritorial en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos |El instituto Nacional de Medicina Legal ver la tabla| de referencia InstitutoNacionalMedicinaLegal en Si Si Si web.sispro.gov.co donde se encuentran los vatores permitidos. El Instituto referencia Nacional de Salud Ver la tabla InstitutoNacionaldeSatud de en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 11 | Nombre entidad 200 ! 12 | Servicio 4 A | Nombre del prestador de servicios de salud o del| laboratorio de salud pública o de la sede del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o del instituto Nacional de Salud.

A | Código del servicio Ver la tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Si Si - 8 FEB 2021 RESOLUCIÓN NÚMERO € £0129 De 2021 HOJA No 14 de 18 Continuación de la resolución: “Por ta cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de fa población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID- 19 y se dictan otras disposiciones” 13 ¡Area COVID 2 A | Código área COVID Ver la tabla de referencia web.sispro.gov.co donde se valores permitidos 01 — Área COVID » Si AreaCovid encuentran en los 02 - Otra Área 14 | Dedicación 2 15 3 |Cargo 16 | Indicador de actualización del registro A | Código tiempo de dedicación Ver la tabla de referencia TiempoDedicacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos 01 - Tiempo completo 02 - Tiempo parcial 03 —- Ocasional A | Cádigo cargo del profesional Ver la tabla de referencia REPSCargoAsistencial en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos A | Indicador de actualización del registro: E Insertar el registro al sistema A: Actualizar la información del registro 1 Si Si Si E: Eliminar el registro reportado por error Para el primer reporte de información, se debe reportas | en este campo » - F b.3 REGISTRO TIPO 3 - REGISTRO DE DETALLE ADMINISTRATIVO PARA LA ATENCIÓN EN SALUD.

DEL PERSONAL DE APOYO LOGÍSTICO Y Mediante el Registro Tipo 3, las entidades reportan el detalle de la información del PERSONAL DE APOYO LOGÍSTICO Y ADMINISTRATIVO PARA LA ATENCIÓN EN SALUD. Los registros se identifican de manera única mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse, No. Nombre del campo 93 ¿da 2 SEE 333 2 ÉS Valores permitidos E O 8TG 3.

¿ a |Tipo de registro 1.N |3: valor que significa que el registro es de deta!le del personal de apoyo logístico y administrativo para la atención en salud SI 4 | Consecutivo de registro 10 N | Número consecutivo de registros de detalle dentro SI del archivo. Continua en el siguiente consecutivo en que terminó el consecutivo del anterior registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el s 2 (Tipo de documento de Identificación 2: 3 4 5 6 7 8 |Número de documento de identificación |Primer apellido | Segundo apellido |Primer nombre | Segundo nombre |Municipio. 17 60 60 60 60 5 final del archivo A | Tipo de documento de identificación de la persona de apoyo * CC Cédula de ciudadania C£ Cédula de extranjeria ! PA Pasaporte PE Permiso especial de permanencia Ti Tarjeta de Identidad A |Número de documento de identificación de la persona de apoyo ' A | Primer apellido de la persona de apoyo A_| Segundo apellido de ta persona de apoyo A | Primer nombre de la persona de apoyo A | Segundo nombre de ta persona de apoyo A. | Código del Municipio de ubicación de la sede de la IPS-Prestador o del Laboratorio de Salud Publica o de la sede del INMLyCF o del Instituto Nacional de Salud Ver la tabla de referencia MUNICIPIO en web.sispro.gov.co donde se encuentran tos valores permitidos Si Si Si No Si No Si.

RESOLUCIÓN NÚMERO; 2.9129 DE py - 8 FEB 2021 2021 HOJA No 15 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra fa COVID — 19 y se dictan otras disposiciones” Doa No. 9 ZzEE Nombre del campo Dx 8 6E%5 3 € 2 |Cargo lo 2 am E $Ss Valores permitidos 3 A | Código del cargo de la persona de apoyo Ver la tabla de referencia REPSCargoApoyo en web.sispro.gov.co donde se encuentran tos 12 A y e Si valores permitidos 10 | Código entidad [Las IPS-Prestadores de Servicios de Salud REPS-— Ver la tabla de referencia IPSCodHabilitacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores Si permitidos Las IPS NO REPS Ver ta tabla de referencia IPSMOREPS en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Los laboratorios de salud pública Ver la tabia de, 11 12 [| Nombre entidad 200 [Servicio 4 13 | Area COVID 2 referencia, LaboratorioSaludPublica en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.

A |La entidad territorial - Ver la tabla de referencia EntidadTerritorial en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos el Instituto Nacional de Medicina Lega! Ver la tabla de referencia InstitutoNacionalMedicinaLegal en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. el Instituto Nacional de Salud Ver la tabla de referencia InstitutoNacionaldeSalud en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos.

A | Nombre de la ¡iPS-Prestador o del Laboratorio de Salud Pública o de la sede del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o del Instituto Nacional de Salud A | Código del servicio Ver la tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID en web.sispro.gov.co Si Si Si donde se encuentran los valores permitidos A | Código área COVID: Ver la tabla Si de web.sispro.gov.co referencia Arealovid en donde encuentran los se valores permitidos 14 ¡Dedicación 2 A 01 - Área COVID 02 — Otra Área |Código de tiempo de dedicación de! personal de apoyo Ver la tabla de referencia TiempoDedicacion web.sispro.gov.co valores permitidos donde se encuentran Si en los 01 - Tiempo completo 02 - Tiempo parcial de 15 | Indicador de actualización del registro 1 03 — Ocasional A | Indicador de actualización del registro: l: Insertar el registro al sistema Si A: Actualizar ta información del registro E: Eliminar el registro reportado por error Para el primer reporte de información, se debe reportar | en este campo b.4 REGISTRO TIPO 4 - REGISTRO DE DETALLE DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA SALUD QUE EN EL MOMENTO DE LA VACUNACIÓN SE ENCUENTREN EN PRÁCTICA CLÍNICA (incluye internos y residentes): Mediante el Registro Tipo 4, las entidades reportan el detalle de la información de LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO DE PROGRAMAS TÉCNICOS, TECNOLÓGICOS Y UNIVERSITARIOS DE CIENCIAS DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO (22912 9 De” 8 FEB ¿2 hosa No 16 de 18 Continuación de la resolución: “Por fa cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de fa población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Pian Nacional de Vacunación contra la COVID— 19 y se dictan otras disposiciones” SALUD QUE EN EL MOMENTO DE LA VACUNACIÓN SE ENCUENTREN EN PRÁCTICA CLÍNICA (incluye internos y residentes).

Los registros se identifican de manera única mediante los campos 2 y 3 por lo cual estos no deben repetirse. o 3 30 No. O 2mx0Q| Nombre det Campo DEBES Dv9 o Valores permitidos Sx8g|+ —l É ¡Tipo de registro 4 1 | Consecutivo de registro. 10 2 2. E g S e N | 4: vator que significa que el registro es de detalle de los | estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios de ciencias de la salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica clínica (incluye internos y residentes) N | Número consecutivo de registros de detalle dentro del | archivo.

Contínua en el siguiente consecutivo en que terminó el consecutivo del anterior registro de detalle y Sl SI va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archiva |Tipo de documento de identificación a A | Tipo de documento de identificación de la persona de | apoyo CC Cédula de ciudadanta Si CE Cédula de extranjería 3 [Número de documento identificación 4 |Primer apellido 5 |Segundo apellido 6 _ |Primer nombre 7 _ |Segundo nombre 8 | Municipio de 17 60 60 60 60 5 PA Pasaporte PE Permiso especial de permanencia Tl Tarjeta de Identidad A |Número de documento de identificación de la persona| de apoyo A_ | Primer apellido de la persona de apoyo A | Segundo apellido de la persona de apoyo A_ | Primer nombre de la persona de apoyo A | Segundo nombre de la persona de apoyo A ¡Código del Municipio de ubicación de la sede de la IPS-| Prestador Ver la tabla de referencia MUNICIPIO en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores Si Si No Si No Si permitidos 9 | Código entidad 12 A |La IPS-Prestador REPS- Ver la tabla de referencia] IPSCodHabilitacion en web.sispro.gov.co donde se Si encuentran los valores permitidos. 10 | Nombre entidad 11 | Código institución programa de salud 200 4 La IPS NO REPS Ver la tabla de referencia IPSROREPS en web.sispso.gov.co donde se encuentran los valores permitidos A_ | Nombre de la IPS-Prestador A | Corresponde a la Institución de Educación Supertor ola] Institución de Formación para el Trabajo y Desarroilo ” Y Humano Si Si Para las Instituciones de Educación Superior Ver ta tabla de referencia InstitucionEducacionSuperiorSNIES en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. $2 |Nombre institución | programa de salud 200 Para tas Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano Ver la tabla de referencia InstitucionFormacionTrabajoyDesarrolloHumanoS! EJ en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos A | Nombre de la Institución de Educación Superior o de la| o la Institución de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano Si - 8 FEB 2001 RESOLUCIÓN NÚMERO 7.9129 De 2021 HOJA No 17 de 18 Continuación de la resolución: “Por la cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de ta población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra ta COVID— 19 y se dictan otras disposiciones” No. Nombre del campo 13 | Código del programa de salud Bo 2 383 _- ZE£El|g o A 3 E 6 z3 Valores permitidos Ss o E A | Corresponde al Código de Programa del SNIES paralas| Instituciones de Educación Superior o de las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrolio Hurmano Si Para tos códigos de los programas de salud de las Instituciones de Educación Superior Ver la tabla de referencia ProgramaEducacionSuperiorSNiES en web.sispro.,gov.co donde se encuentran los valores permitidos Para los códigos de los programas de salud de las Instituciones de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano Ver la tabla de referencia ProgramaEducacionSIET en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos. 14 15 Nombre programa de salud | 200 A [Tipo de programa 2 A + |Nombre del programa de salud de la institución de | educación superior o de la o la Institución de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano |Ver la tabla de referencia TipoProgramaSatudCOVID| en web.sispro.gov.co donde se encuentran los valores permitidos Si Si 01 -Técnico 02 -Tecnológico 03 - Pregrado Rotación 04 - Pregrado Interno 05 - Residente 16 | Servicio 4 A | Código del servicio Si Ver la tabla de referencia RedServiciosTHSCOVID 17 | Area COVID 2 A web,sispro.gov,co donde permitidos |Código área COVID Ver la tabla web.sispro.gov.co permitidos 18 | Dedicación 2 de donde se encuentran en los valores Sl referencia se AreaCovid encuentran en los valores 01 - Área COVID 02 - Otra Área A | Código de tiempo de dedicación del personal de apoyo | Ver la tabla de referencia TlempoDedicacion en web.sispro.gov.co donde se encuentran las valores permitidos Si 01 — Tiempo completo 02 - Tiempo parcial 19 | Indicador de actualización del registro 1 03 — Ocasional A | Indicador de actualización del registro: - Si l: Insertar el registro al sistema A: Actualizar la información del registro E: Eliminar el registro reportado por error Para el primer reporte de información, se debe reporiar hen este campo

2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. Enelanexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico D-decimal F-Fecha T-Texto con caracteres especiales b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSÍI, con extensión.txt RESOLUCIÓN NÚMERO 2.9129 De - 8 FEB 2021 2021 HOJA No 18 de 18 Continuación de la resolución: “Por fa cual se adoptan las herramientas para el reporte de información de la población que será priorizada en la Etapas 1 y 2 de la Fase 1 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID — 19 y se dictan otras disposiciones” c. Los nombres de archivos y los datos de estos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes.

Elseparador de campos debe ser pipe (|) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipe (|). Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y qué no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe tr vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacio se reportará así: dato1||dato3.

Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comitlas (*”) ni ningún otro carácter especial. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para tos campos que se permita valores decimales, se debe usar et punto como separador de decimales. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción d. e. f. h. de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos.

Las longitudes de campos definidas en los registros de contro! y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios.

Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal “O” fa cual es un carácter diferente a cero. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro Los archivos deben estar firmados digitalmente. j. k. |. m.

3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web del SISPRO y luego se registran los usuarios de ta entidad.

Registrar entidad: httpos:/Aweb.sispro.gov.co/Entidades/Cliente/VerificarEstadoRegistro Registrar usuarios institucionales: se pueden registrar en línea o mediante anexo técnico por PISIS, Registro de usuarios institucionales en línea: https: //web. sispra.qov.co/Seguridad/Cliente/Web/RegistroSolicitudes.aspx Registro de usuarios institucionales mediante Anexo Técnico SEGS500UsSIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Guía de Usuario de Seguridad en httos://web sispro.gov.co Control de calidad de los datos.

La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente Anexo Técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: + Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante., + — Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado.

Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar ayuda técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https://www.sispro.gov.cofayudas/Pages/Ayudas.aspx Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https: /fweb.sispro.qov.coWebPublico/Soporte/FAQ/FAO aspx

4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO Solo se requiere un envío principal. Para realizar los ajustes requeridos o la inclusión de registros adicionales se podrá realizar en cualquier fecha utilizando el Indicador de actualización o eliminación del registro.