República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL o0:J1239 RESOLUCiÓN NÚME1{ DE 2022 ( 2 1 JUL 2022 ) Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad yel Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 10, numeral 1, literal e), de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, 2, numeral 30 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y el parágrafo del artículo 81 de la Ley 1753 de 2015 y,
CONSIDERANDO
Que la Ley 1346 de 2009 establece que las personas con discapacidad, al interactuar con diversas barreras, pueden ver impedida en igualdad de condiciones su participación plena y efectiva en la sociedad. Que, a través de la Ley 1618 de 2013, se establecieron disposiciones para garantizar el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de, entre otras, medidas de inclusión y acciones afirmativas, en cuyo marco, el literal e) del numeral 1 del artículo 10 estableció la necesidad de promover el sistema de Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad -RLCPD-, y de sus familias, así como de incorporar la variable discapacidad en los demás sistemas de protección social y sus registros administrativos.
Que, el numeral 5 del artículo 5 de la misma Ley consagró la responsabilidad de las entidades públicas de actualizar el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y, el numeral 10 ibídem, por su parte estableció que las entidades del orden territorial deberían incluir en sus presupuestos los recursos para la implementación de acciones en favor del ejercicio de los derechos de las personas con. discapacidad.
Que, de otro lado, el parágrafo del artículo 81 de Ley 1753 de 2015, señala que esta Cartera Ministerial implementará la certificación de discapacidad para la inclusión y redireccionamiento de la población con discapacidad a la oferta programática e institucional. Que, en virtud de la precitada normativa, esta Cartera Ministerial ha venido avanzando en la consolidación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, como instrumento para establecer la fuente oficial de información respecto de las personas con discapacidad, para la construcción de las políticas públicas, para el desarrollo de planes, programas y proyectos de los derechos de este grupo poblacional, y como medio de verificación y priorización para el direccionamiento de la oferta. programática institucional.
RESOLUCiÓN NlI1ffÉRt>.:; 12 3 9 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Que este Ministerio, a través de la Resolución 113 de 2020, dictó las disposiciones relacionadas con la certificación de discapacidad y el Registro de.
Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, y, mediante Resolución 1043 del mismo año, estableció los criterios para la asignación y distribución de los recursos destinados para su implementación. Que, durante la implementación de las precitadas disposiciones, se logró identificar la necesidad de ajustar y aclarar los elementos del trámite para la expedición del certificado de discapacidad.
Que esta Cartera Ministerial, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 del Decreto Ley 019 de 2012, sometió a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública el trámite para expedición del certificado de discapacidad, adjuntando para ello, la manifestación del impacto regulatorio y acreditó la existencia de recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicación, recibiendo concepto favorable de razonabilidad y adecuación con la política de simplificación, racionalización y estandarización de trámites, mediante concepto con radicación No. 20225010170281 de mayo 9 de 2022.
Que, teniendo en consideración lo señalado, es necesario ajustar las disposiciones relacionadas con el trámite para la expedición del certificado de discapacidad, el procedimiento de certificación de discapacidad, el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, su anexo técnico y los criterios para la asignación y distribución de los recursos dispuestos en el Presupuesto General de la Nación por este Ministerio, para tal fin.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE CAPíTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad -RLCPD-, este último como mecanismo para localizar, caracterizar y certificar a las personas con discapacidad, cuyo manual para efectos de la valoración multidisciplinaria y del registro de la información, se encuentra contenido en el anexo técnico denominado "Manual Técnico de Certificación y Registro de Discapacidad", que hace parte integral de este acto administrativo.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de esta resolución se aplican a las secretarías de salud del orden departamental, distrital y municipal, o a las entidades que hagan sus veces, a las entidades promotoras de salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado, a las entidades adaptadas, a las instituciones prestadoras de servicios de salud, y a las personas interesadas en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad.
Parágrafo. Los regímenes Especial y de Excepción y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia -USPEC-, adaptarán la presente regulación o adoptarán la propia, con recursos y procesos propios, estableciendo para ello, los trámites y autoridades competentes dentro de su sistema organizacional para la recepción de solicitudes de certificación; la generación de la orden para la realización del procedimiento; la asignación de citas; la realización del procedimiento en las instituciones RESOLUCiÓN Nü1fíéR(;).H 239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 3 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" prestadoras de servicios de salud autorizadas para ello por las secretarías de salud de orden departamental o distrital o las entidades que hagan sus veces, o en las instituciones de salud propias, así como su pago.
En todo caso, deberán generar la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y registrar la información resultante en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad dispuesto por este Ministerio en el Sistema Integrado de Información de la Protección Social- SISPRO-, para lo cual, solicitarán al Ministerio de Salud y Protección Social, la creación y entrega del perfil requerido.
CAPíTULO 11 PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACiÓN DE DISCAPACIDAD Artículo 3. Procedimiento de certificación de discapacidad. El procedimiento de certificación de discapacidad corresponde a la valoración clínica multidisciplinaria simultánea, fundamentado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud -CIF-, que permite establecer la existencia de discapacidad, a partir de la identificación de las deficiencias en funciones y estructuras corporales, incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presenta una persona.
Dicho procedimiento debe realizarse por los equipos multidisciplinarios para certificación de discapacidad de las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas por las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, el cual está conformado por tres (3) profesionales registrados en el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad de este Ministerio, cada uno de una disciplina diferente, donde se incluye un médico general o especialista y dos (2) profesionales de alguna de las siguientes áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería, optometría o trabajo social.
El valor unitario de la valoración clínica multidisciplinaria a pagar a las instituciones prestadoras de servicios de salud será el establecido por este Ministerio en cada vigencia y se incrementará de acuerdo con la variación anual del índice de Precios al Consumidor - IPC- que calcula el Departamento Nacional de Estadística -DANE-, con independencia de la fuente de financiación de que trata el siguiente artículo.
Tal valor contempla el gasto de administración; para la valoración en modalidad domiciliaria además contempla el incremento que comportan los gastos de traslado del equipo multidisciplinario. Parágrafo 1. El procedimiento de certificación de discapacidad no tendrá costo para el solicitante. Parágrafo 2. El Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad es una base del Ministerio de Salud y Protección Social que contiene los datos de identificación, localización y contacto de los profesionales de la salud y los trabajadores sociales que han aprobado un proceso de formación o complementación del talento. humano como certificadores de discapacidad.
Artículo 4. Fuente de financiación. El procedimiento de certificación de discapacidad será financiado, con cargo a los recursos disponibles en el Presupuesto General de la Nación, para tal fin, aquellos propios de las entidades territoriales y los que gestionen a través del Sistema General de Regalías, recursos de los regímenes Especial y de Excepción, de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia y de actores voluntarios del sector privado o de cooperación internacional.
RESOLUCiÓN NÚ.i=Ri) J 12 39 DE 2022 HOJA No4 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Parágrafo 1. Los proyectos que sean financiados con recursos del Sistema General de Regalías que gestionen las entidades territoriales deberán atender los lineamientos que para el efecto expida este Ministerio.
Parágrafo 2. La empresa o grupo empresarial del sector privado que voluntariamente en el marco de su autonomía. gestíone recursos propios para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad para sus trabajadores o potenciales trabajadores. direccionará a las personas a las que les financiará el procedimiento hacia las secretarías de salud distritales y municipales o las entidades que hagan sus veces, para obtener la cita para certificación de discapacidad, conforme lo establece el artículo 8 de la presente resolución. Artículo 5.
Autorización de instituciones prestadoras de servIcIos de salud. Las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, autorizarán para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad, a las instituciones prestadoras de servicios de salud que cumplan con los criterios que se señalan a continuación: 5.1.
Contar por lo menos con un (1) equipo multidisciplinario para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, conformado por tres (3) profesionales de disciplinas diferentes, donde se incluya un médico general o especialista y dos (2) profesionales de alguna de las siguientes áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería, optometría o trabajo social, quienes deberán estar registrados en el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad de este Ministerio. 5.2.
Disponer de servicios de medicina, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, optometría o psicología habilitados, de acuerdo con las disciplinas que compongan el (los) equipo (s) multidisciplinario (s), así como el servicio de telemedicina, en caso de que se oferte la realización de la valoración de esta manera. 5.3. Contar con apoyos y ajustes razonables acordes con las necesidades de las personas solicitantes y de acuerdo con las categorías de discapacidad. 5.4.
Disponer de la infraestructura técnica, tecnológica y administrativa necesaria para el reporte de la información resultante de la valoración clínica multidisciplinaria en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, la disposición de computadores y conectividad óptima para el cargue de la información, así como del personal, insumos y procesos administrativos que permitan llevar a cabo el procedimiento. 5.5.
Contar con la capacidad suficiente para realizar mínimo diez (10) valoraciones para certificación de discapacidad a la semana, previendo que el promedio de tiempo para cada una es de cuarenta (40) minutos. Parágrafo. Las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, informarán trimestralmente a este Ministerio, las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad.
Artículo 6. Autorreconocimiento y voluntariedad. El procedimiento de certificación de discapacidad y la consecuente inclusión de una persona en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberá darse como resultado de su libre elección, expresión y de su autorreconocimierito como persona con discapacidad; excepcionalmente, la voluntad se expresará mediante la persona de apoyo respecto de los niños, niñas y adolescentes, y frente a las personas mayores de edad, en los términos establecidos en el artículo 48 de la Ley 1996 de 2019.
RESOLUCiÓN Nú!fiBRQ2' 12 39 DE 2 1 JUl 2022 2022 HOJA No 5 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de cerlificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Artículo 7. Orden y cita para el procedimiento de certificación de discapacidad.
El proceso para la solicitud y obtención de la orden y la cita para realización de procedimiento de certificación de discapacidad, será el siguiente: 7.1. La persona interesada en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad o excepcionalmente la persona de apoyo, en los términos del artículo 6 de la presente resolución, solicitará ante la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, de su lugar de residencia, la orden para certificación de discapacidad, allegando los siguientes documentos e información: 7.1.1.
Copia de la historia clínica en la que incluya el (los) diagnóstico(s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE- vigente, relacionado (s) con la discapacidad y sus soportes de apoyo diagnóstico, emitidos por el (los) médico (s) tratante (s) del prestador de servicios de salud de la red de la EPS o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada.
Esta historia clínica no requiere tiempo de vigencia. 7.1.2. La modalidad en que se requiere la cita para la valoración por el equipo multidisciplinario (institucional o domiciliaria), establecida por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la entidad promotora de salud o entidad adaptada a la que se encuentre afiliado el interesado. 7.1.3.
Los apoyos y ajustes razonables (movilidad, comunicación y acceso a la comunicación, persona de apoyo) de ser necesarios, establecidos por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la entidad promotora de salud o entidad adaptada a la que se encuentre afiliado el interesado. 7.1.4. Comunicación suscrita por la empresa o grupo empresarial, dirigida a la secretaría de salud, presentando a la persona y señalando que realizará el pago de la valoración clínica multidisciplinaria a la institución prestadora de servicios de salud, cuando se trate del evento previsto en el parágrafo 2 del artículo 4 de esta resolución. 7.2.
La secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces deberá asegurarse que la persona solicitante de la orden, comprende de qué se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y manifiesta estar de acuerdo con iniciar el proceso de obtención de dicha orden. Para ello, garantizará los apoyos y ajustes razonables que requieran las personas para acceder a tal información y tomar la decisión libre e informada. 7.3.
Máximo, dentro de los cuatro (4) días hábiles posteriores a la solicitud, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, verificará que la documentación e información aportada por el solicitante cumpla con lo descrito en los numerales 7.1.1 al 7.1.4 de este artículo, y definirá si es procedente la generación de orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, de acuerdo al resultado de la verificación. 7.4.
Si la documentación e información aportada por el solicitante cumple, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces en un término máximo de un (1) día hábil posterior a la verificación de que trata el numeral anterior, generará la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y entregará a la persona solicitante por el medio que esta haya autorizado, la orden en la que se señalará: 7.4.1.
Fecha de expedición. RESOLUCiÓN NlJ1fE.R6.J 1239 DE 2, JUL 2022 2022 HOJA No 6 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caractenzación de Personas con Discapacidad" 7.4.2. Número de orden. 7.4.3. Nombre completo, tipo y número de identificación, número telefónico o medio de contacto de la persona a la que se le practicará la valoración clínica multidisciplinaria. 7.4.4.
Razón social, dirección, número de teléfono y correo electrónico de la institución prestadora de servicios de salud asignada para la realización del procedimiento, asignación que deberá atender a las características del caso, al diagnóstico asociado y a los apoyos y ajustes razonables requeridos. 7.4.5. Modalidad en la que se requiere la valoración clínica multidisciplinaria (institucional o domiciliaria), de acuerdo con lo establecido por el médico tratante. 7.4.6.
Las necesidades de apoyos y ajustes razonables, cuando el médico tratante las haya establecido, de acuerdo con la siguiente clasificación: 7.4.6.1. 7.4.6.2. 7.4.6.3. Movilidad Comunicación y acceso a la comunicación Persona de apoyo 7.4.7. La manifestación de que el procedimiento será pagado directamente a la institución prestadora de servicios de salud por la empresa o grupo empresarial que presentó a la persona, cuando aplique. 7.5.
Si la documentación e información aportada por el solicitante no cumple con lo descrito en los numerales 7.1.1 al 7.1.4 de este artículo, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, en un término máximo de un (1) día hábil posterior a la verificación de que trata el numeral 7.3, informará a la persona solicitante por el medio que esta haya autorizado, lo que se requiere para el cumplimiento, y que una vez cuente con ello podrá presentar nuevamente la solicitud. 7.6.
En un término no superior a un (1) día hábil posterior a la generación de la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, le comunicará por el medio más expedito a la institución prestadora de servicios de salud asignada sobre dicha generación, con el fin de que esta asigne la cita para la realización de la valoración clínica multidisciplinaria. 7.7.
La institución prestadora de servicios de salud, en un término no superior a diez (10) días hábiles posteriores a la comunicación de la orden, asignará la cita y realizará la valoración clínica multidisciplinaria; para ello, le comunicará al solicitante o excepcionalmente a la persona de apoyo, la fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo.
Los cambios de fecha u horario de la cita para la valoración clínica multidisciplinaria que requiera el solicitante deberán ser tramitados directamente por este ante la institución prestadora de servicios de salud. Parágrafo. El canal de atención para solicitar la orden y obtener la cita para certificación de discapacidad será determinado por las secretarías de salud distritales y municipales o las entidades que hagan sus veces.
Artículo 8. Realización del procedimiento de certificación de discapacidad. Para llevar a cabo el procedimiento de certificación de discapacidad, en la cita asignada el solicitante entregará al equipo multidisciplinario la copia de la historia clínica y sus correspondientes RESOLUCiÓN NülfiSRQ J12 3 9 D~ 1 JUL 2022 2022 HOJA No 7 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" soportes de apoyo diagnóstico, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7.1.1 de la presente resolución. Corresponde a las instituciones prestadoras de servicios de salud garantizar que en la valoración clinica multidisciplinaria se cuente con los apoyos y ajustes razonables que haya establecido el médico tratante, y que el procedimiento de certificación de discapacidad se desarrolle en los términos del anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. El equipo multidisciplinario deberá asegurarse de que la persona solicitante comprende de qué se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, que la información que de este se derive y su resultado se registrará en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, y que esa información será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantia de los derechos de las personas con discapacidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional.
Una vez se cuente con la manifestación de voluntad del solicitante o excepcionalmente de la persona de apoyo, se iniciará la valoración clínica multidisciplinaria. Artículo 9. Resultado del procedimiento de certificación de discapacidad. Efectuado el procedimiento de certificación de discapacidad y. de acuerdo al resultado del mismo, el equipo multidisciplinario de la institución prestadora de servicios de salud deberá: 9.1.
Si el resultado establece que la persona solicitante tiene discapacidad: 9.1.1. Informar a la persona con discapacidad o excepcionalmente a través de la persona de apoyo, los siguientes aspectos, asegurándose de que comprenda la información, para lo cual, de ser necesario, hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera: 9.1.1.1.
El resultado del procedimiento de certificación de discapacidad y las razones en que este se fundamenta. 9.1.1.2. Que dicho resultado se registró en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. 9.1.1.3. Que el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad con dicha información genera el certificado de discapacidad como documento personal e intransferible que señala los datos personales de nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad, lugar y fecha de la valoración clinica multidisciplinaria, categoría de discapacídad, nivel de dificultad en el desempeño, perfil de funcionamiento, datos de los profesionales del equipo multidisciplinario, y código QR. 9.1.1.4.
La ruta mediante la cual puede acceder al certificado de discapacidad ingresando al Sistema Integrado de Información de la Protección Social -SISPRO-. 9.1.1.5. La posibilidad de solicitar una segunda opinión, así como las condiciones para ello, descritas en el artículo 11 de la presente resolución, en caso de no estar de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad. 9.1.2.
Entregarle el certificado de discapacidad generado por el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. En el evento RESOLUCiÓN NÚ"'ERO J123 9 DE 21 JUL 2022 2022 HOJA No 8 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" que no sea posible la generación o la entrega del certificado de discapacidad en la cita, informarle las razones y motivos, y proceder a realizar las acciones pertinentes para resolver los inconvenientes.
En todo caso, el certificado será entregado dentro de los cinco (5) dias hábiles posteriores a la realización de la valoración clínica multidisciplinaria. 9.2. 9.2.1. Si el resultado establece que la persona solicitante no tiene discapacidad, no se generará certificado, y el equipo multidisciplinario de la institución prestadora de servicios de salud deberá: Informarle al solicitante o excepcionalmente a la persona de apoyo, los siguientes aspectos, asegurándose de que comprende dicha información, para lo cual, de ser necesario, hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera: 9.2.1.1. 9.2.1.2. 9.2.1.4.
El resultado del procedimiento de certificación de discapacidad y las razones en que este se fundamenta. Que dicho resultado se registró en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, únicamente como soporte de la realización de la valoración clínica multidisciplinaria. La posibilidad de solicitar una segunda opinión, así como las condiciones para ello, descritas en el artículo 11 de la presente resolución, en caso de no estar de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad.
Artículo 10. Términos para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad y la entrega del resultado. El procedimiento de certificación de discapacidad y la entrega del resultado no podrá exceder de diecisiete (17) días hábiles posteriores al establecimiento del cumplimiento de la documentación e información entregada para la solicitud de lo descrito en los numerales 7.1.1 al 7.1.4 de la presente resolución. Artículo 11.
Segunda opinión. El solicitante o la persona de apoyo que no esté de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad, podrá solicitar una segunda opinión por una (1) única vez en cualquier tiempo. Para esto, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces generará la orden para realizar un nuevo procedimiento de certificación de discapacidad con un equipo multidisciplinario diferente y la institución prestadora de servicios de salud asignará la cita,en los términos de los numerales 7.4, 7.6 Y 7.7 de la presente resolución, sin que sea necesario agotar el proceso establecido en los numerales 7.1 al 7.3 de la presente resolución. La información y el resultado de este último procedimiento será el que quede registrado en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad; en consecuencia, el registro de la primera valoración será eliminado.
Artículo 12. Actualización del certificado de discapacidad. La actualización del certificado de discapacidad se adelantará conforme con el proceso contemplado en el artículo 7 de la presente resolución, en los siguientes casos: 12.1. 12.2. 12.3. Cuando el menor de edad certificado cumpla seis (6) años. Cuando el menor de edad certificado cumpla dieciocho (18) años.
Cuando a criterio del médico tratante se modifiquen las deficiencias corporales, limitaciones en las actividades o restricciones en la participación, por efecto de la evolución positiva o negativa de la condición de salud. Artículo 13. Restricciones en el uso del procedimiento de certificación de discapacidad. El procedimiento de certificación de discapacidad y el certificado de discapacidad no son RESOLUCIÓN NÚrfí·E.RO 2' 12 39 DE 2' JUL 2022 2022 HOJA No 9 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" documentos válidos para el reconocimiento de prestaciones económicas y asistenciales de los Sistemas Generales de Pensiones o de Riesgos Laborales, ni para la calificación de la pérdida de capacidad laboral y ocupacional.
CAPíTULO 111 REGISTRO DE lOCALIZACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Artículo 14. Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. Es la plataforma que hace parte del Sistema Integrado de Información de la Protección Social, en la cual se registra la información resultante del procedimiento de certificación de discapacidad, a fin de establecer la caracterización y localización geográfica, en los niveles municipal, distrital, departamental y nacional, y es la fuente oficial de información sobre las personas con discapacidad en Colombia.
Artículo 15. Actualización de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. La información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad correspondiente a los datos personales de residencia y ambientales de autorreconocimiento, esto es, sexo, identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnica, así como del ejercicio de derechos y caracterización de entorno para la vida y el cuidado de la persona con discapacidad, pueden ser actualizados por las secretarias de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces de su lugar de residencia, previa solicitud de esta o de la persona de apoyo, en los términos del artículo 6 de la presente resolución. Parágrafo.
Para la actualización de los datos personales de nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad, la persona con discapacidad o la persona de apoyo deberá realizar la solicitud ante las secretarías de salud distrital o municipal o quien haga sus veces, de su lugar de residencia, quienes orientarán la actualización conforme el proceso que para tal fin establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.
Artículo 16. Usos de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. La información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional, sin que se constituya en una barrera de acceso a la misma.
Las entidades responsables de las políticas públicas, planes, programas y proyectos o aquellas que provean servicios o beneficios dirigidos a la población con discapacidad, serán las responsables de definir los criterios de acceso, permanencia o egreso a los mismos, relacionados con el certificado de discapacidad o la información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, así como de verificar mediante la consulta individual, nominal o masiva que la persona tiene certificado de discapacidad, que el certificado presentado es legitimo y que está incluida en el Registro.
Parágrafo. La consulta individual de las personas con discapacidad se puede realizar en el Sistema Integrado de Información de la Protección Social y de requerirse por una entidad información nominal o masiva derivada del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, esta deberá solicitarla al Ministerio de Salud y Protección Social, atendiendo los criterios de acceso y protección de la información por este establecidos.
RESOLUCiÓN Nú",ERQ212 39 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 10 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Artículo 17. Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el acceso, consulta, flujo y consolidación de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que les sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, el Decreto 1074 de 2015, la Ley 1712 de 2014, en virtud de lo cual, se hacen responsables de la privacidad, seguridad y confidencialidad de dicha información, por tratarse de datos sensibles.
CAPíTULO IV RESPONSABILIDADES Artículo 18. Responsabilidades de las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o quien haga sus veces. Además de las responsabilidades establecidas en articulos anteriores, las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o quienes hagan sus veces, deberán: 18.1. 18.2. 18.3. 18.4. 18.5. 18.6. 18.7. 18.8.
Incluir en su plan de acción anual, acciones de actualización continua, cumplimiento de las metas de cobertura y promoción del procedimiento de certificación de discapacidad y del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, en coordinación con el Comité Territorial de Discapacidad. Promover con otras entidades y sectores el uso de la información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, sin que se constituya en una barrera de acceso a los mismos.
Asignar por lo menos un funcionario del sector salud como referente de discapacidad y responsable del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. Garantizar la disponibilidad de las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad.
Brindar asistencia técnica y capacitación sobre certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad a las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas, en pro de garantizar la calidad de la información registrada.
Disponer de las condiciones técnicas y administrativas para tramitar oportunamente las solicitudes de actualización de los datos de las personas incluidas en el Registro de Localización y Caracterización dé Personas con Discapacidad, y orientar la actualización de los datos personales y ambientales del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con lo establecido en el articulo 15 de la presente resolución. Elaborar e implementar estrategias de comunicación, en las que se incluyan campañas publicitarias y piezas de comunicación accesibles de difusión masiva, esto es, redes sociales, radio, televisión, por parte de todos los actores involucrados, con el fin de orientar a la comunidad sobre la ruta para acceder a la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, alcance y usos del certificado de discapacidad.
Elaborar e implementar programas de capacitación, sensibilización y evaluación del talento humano de las entidades territoriales, de las entidades promotoras de salud, las entidades adaptadas y las instituciones prestadoras de servicios de salud, sobre el proceso para la obtención de la orden y la cita RESOLUCiÓN Nú'ffiéi:' 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 11 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 18.9. 18.10. 18.11. para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y la inclusión en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, la provisión de apoyos y ajustes razonables y el enfoque diferencial, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin defina el Ministerio de Salud y Protección Social.
Orientar permanentemente a las instituciones prestadoras de servicios de salud sobre el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 5 de la presente resolución. Llevar a cabo de manera prioritaria, pronta y eficiente, todas las gestiones administrativas necesarias y pertinentes para la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad.
Realizar el proceso para la habilitación, deshabilitación y eliminación de usuarios en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con el proceso establecido por el Ministerio para tal fin. Artículo 19. Responsabilidades de las entidades promotoras de salud y de las entidades adaptadas. Además de las responsabilidades establecidas en articulos anteriores, las entidades promotoras de salud y las entidades adaptadas, deberán: 19.1. 19.2. 19.3. 19.4.
Garantizar a sus afiliados, la obtención de la copia de la historia clínica en la que se incluya el diagnóstico de la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE- vigente, relacionado con la discapacidad, los soportes de apoyo diagnóstico, la determinación de la necesidad de apoyos y ajustes razonables que se necesiten y la modalidad en la que se requiere la valoración clínica multidisciplinaria (institucional o domiciliaria).
Garantizar la entrega de la copia de la historia clínica por parte del prestador de servicios de salud que la generó, en un término máximo de cinco (5) días calendario posteriores a la solicitud del afiliado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 del Decreto 2106 de 2019. Incluir en el plan de capacitación continua dirigida al talento humano en salud del área c1inica y administrativa, temas relacionados con el procedimiento de certificación de discapacidad, proceso de acceso al mismo y apoyos y ajustes razonables, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin defina el Ministerio de Salud y Protección Social.
Participar en los programas de capacitación, sensibilización y evaluación del talento humano de que trata el numeral 18.8 de la presente resolución. Artículo 20. Responsabilidades de las instituciones prestadoras de servicios de salud. Además de las responsabilidades establecidas en artículos anteriores, las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, deberán: 20.1. 20.2. 20.3. 20.4. 20.5 Cumplir permanente con los criterios establecidos en el articulo 5 de la presente resolución. Disponer de agendas abiertas para la asignación de citas con los equipos multidisciplinarios.
Realizar la inscripción como entidad usuaria y obligada a reportar información, a través del Sistema Integrado de Información de la Protección Social. Direccionar a la persona con discapacidad hacia la secretaría de salud o la entidad que haga sus veces, para el suministro de información relacionada con la oferta programática institucional y los usos del certificado de discapacidad.
Participar en los programas de capacitación, sensibilización y evaluación del talento humano de que trata el numeral 18.8 del artículo 18 de la presente resolución. RESOLUCiÓN NÚ'EiRg ~ 1239 DE 2, JUL 2022 2022 HOJA No 12 Continuación de la resolución "Por fa cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 20.6.
Realizar el proceso para la habilitación. deshabilitación y eliminación de usuarios en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con el proceso establecido por el Ministerio para tal fin. "Artículo 21. Responsabilidades de las personas solicitantes y personas con discapacidad certificadas. Las personas solicitantes del procedimiento de certificación de discapacidad y las personas con discapacidad certificadas o la persona de apoyo, de acuerdo con el caso, deberán: 21.1. 21.2. 21.3. 21.4. 21.5. 21.6.
Solicitar al médico tratante de la institución prestadora de servicios de salud de la red de prestación de servicios de la EPS o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada, valoración médica para establecer el (los) diagnóstico(s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE- vigente relacionado(s) con discapacidad, la determinación de apoyos y ajustes razonables que se requieran para el desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria y la modalidad en la que se requiere sea realizada (institucional o domiciliaria).
Solicitar copia de la historia clínica en la que se incluya el diagnóstico de la Clasificación Internacional de Enfermedades - CIE- vigente relacionado con la discapacidad, emitido por el (los) médico(s) tratante(s) de la institución prestadora de servicio de salud de la red de prestación de servicios de la entidad promotora de salud o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada, así como de los soportes de apoyo diagnóstico.
Realizar el proceso para la obtención de la orden y la cita para realización de procedimiento de certificación de discapacidad, de que trata el artículo 7 de la presente resolución. Asistir a la cita programada por la institución prestadora de servicio de salud para la realización de procedimiento de certificación de discapacidad. Con el fin de actualizar el certificado de discapacidad, en los términos dispuestos por el artículo 12 del presente acto administrativo, deberá realizar el proceso para la obtención de la orden y la cita para realización de procedimiento de certificación de discapacidad, de que trata el artículo 7 de la presente resolución. Solicitar la actualización de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, en los términos del artículo 15 de esta resolución. CAPíTULO V ASIGNACiÓN Y DISTRIBUCiÓN DE RECURSOS DISPUESTOS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL Artículo 22.
Asignación de recursos. Los recursos del Presupuesto General de la Nación dispuestos por el Ministerio de Salud y Protección Social para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, serán asignados por el Ministerio de Salud y Protección Social hasta su agotamiento, mediante acto administrativo, en cada vigencia, a las entidades territoriales del orden departamental y distrital que cumplan con los criterios habilitantes y requisitos establecidos en la presente resolución, y su giro estará condicionado a la prestación efectiva del servicio por parte de las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas, atendiendo, en todo caso, los lineamientos que expida este Ministerio.
Artículo 23. Criterios habilitantes. Se tendrán por criterios que habilitan.a las entidades territoriales departamentales y distritales para ser beneficiarias de asignación de recursos, los siguientes: RESOLUCiÓN Nú"iiRg,~1239 DE 21JUL 2022 2022 HOJA No 13 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 23.1. 23.2.
Contar con instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 5 de la presente resolución que han manifestado su intención de realizar el procedimiento de certificación de discapacidad. Contar con capacidad operativa, es decir, talento humano e infraestructura administrativa para la implementación de la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución, así como para realizar el reporte y soporte de la ejecución de los recursos asignados.
Artículo 24. Requisitos. La entidad territorial del orden departamental o distrital que considere ser beneficiaria de los recursos para la cofinanciación del procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberá presentar ante este Ministerio los documentos que acrediten el cumplimiento de los precitados criterios habilitantes, en los siguientes términos: 24.1. 24.2.
Certificación suscrita por el secretario o director de salud en la que señale la cantidad, razón social, número de identificación tributaria y ubicación de las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad que han manifestado su intención de realizar el procedimiento de certificación de discapacidad en su jurisdicción, el número de equipos multidisciplinarios conformados por estas y el número de valoraciones multidisciplinarias que se encuentran en capacidad de garantizar semanalmente.
Carta suscrita por el secretario o director de salud en la que manifieste la intención de apropiar y ejecutar los recursos asignados por el Ministerio de Salud y Protección Social y de realizar el reporte técnico y financiero de dicha ejecución, en el marco de la normatividad vigente y de los lineamientos que para el efecto establezca este Ministerio.
Las entidades territoriales deberán diligenciar la certificación y la carta de intención en los formatos establecidos por este Ministerio. Artículo 25. Concepto de viabilidad técnica. La Oficina de Promoción Social de este Ministerio, como responsable del gerenciamiento de los recursos para la cofinanciación del procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, verificará que la certificación y la carta de intención expedida por la secretaría de salud cumplan con lo establecido en el artículo anterior y que las instituciones prestadoras de servicios de salud referidas en la certificación se encuentren en el listado de autorizadas generado por este Ministerio conforme con lo establecido en el parágrafo del artículo 5 de la presente resolución, y de ser así, emitirá concepto de viabilidad técnica para la asignación de los recursos.
Artículo 26. Criterios de distribución de recursos. Los recursos disponibles en cada vigencia para la cofinanciación del procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, serán distribuidos por este Ministerio entre las entidades territoriales que cuenten con el concepto de viabilidad técnica de que trata el artículo anterior, atendiendo a los siguientes criterios: 26.1.
Valor de la demanda de atención. Es el que se obtiene de multiplicar la demanda de atención por el valor unitario de la valoración clínica multidisciplinaria en modalidad institucional establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social 123 9 D~ 1 JUl 2022 RESOLUCiÓN NúIfiÉRÓ:: 2022 HOJA No 14 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 26.2. para la vigencia. La demanda de atención se establece de acuerdo al número de personas con discapacidad respecto del total a nivel nacional y la prevalencia del número de personas con discapacidad en el departamento o distrito, asi como el número de estas personas ya certificado, conforme con los datos oficiales del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
Valor de la oferta de atención. Es el que se obtiene de multiplicar el número de valoraciones multidisciplinarias que se encuentra en capacidad de garantizar cada institución prestadora de servicios de salud del departamento o distrito semanalmente, de acuerdo a la certificación de que trata el numeral 24.1., por el número de semanas de ejecución de los recursos a asignar, de acuerdo al mes probable en el que se realice su asignación, y por el valor unitario de la valoración clínica multidisciplinaria en modalidad institucional establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia..
El valor a asignar será el determinado para la oferta de atención, siempre y cuando este no supere el determinado para la demanda. Cuando el valor de la oferta de atención supere al de la demanda, se asignará el valor de este último. CAPíTULO VI DISPOSICIONES FINALES Artículo 27. Vigencia de los certificados de discapacidad. El certificado de discapacidad mantiene su vigencia hasta tanto sea actualizado.
Parágrafo 1. Los certificados de discapacidad expedidos antes de la entrada en vigencia de la presente resolución, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2026. Parágrafo 2. El modelo del certificado de discapacidad podrá modificarse por parte de este Ministerio de acuerdo con las necesidades que se identifiquen en el marco de la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad; los certificados que hayan sido expedidos con anterioridad a las modificaciones no perderán su vigencia. Artículo 28.
Vigencia y derogatorias. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones 113 y 1043 de 2020. PUBLíQUESE y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los Aprobó: Jefe Oficina de Prf~oci~ocial \ ~ Directora Jurídica ~ ~ ~ RESOLUCiÓN Nú"i:Re,~ 1239 DEL 1 JUL 2022 2022 HOJA No 15 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad!' ANEXO TÉCNICO MANUAL TÉCNICO DEL REGISTRO Y CERTIFICACiÓN DE DISCAPACiDAD GLOSARIO DE SIGLAS CIE: CIF: CIF-IA: IPS: OMS: RIPS: RLCPD: SISPRO WHODAS2,0: 1, 1,1, Clasificación Internacional de Enfermedades Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, versión para la Infancia y la Adolescencia Institución Prestadora de Servicios de Salud Organización Mundial de la Salud Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad Sistema Integrado de Información de la Protección Social Cuestionario de Evaluación de la Discapacidad de la OMS FUNDAMENTOS CONCEPTUALES Modelo conceptual de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud-CIF-, El procedimiento de certificación de discapacidad se fundamenta en la necesidad de reconocer las caracteristicas de las personas con discapacidad y de la relación que establecen con su entorno, las cuales pueden impedir el desarrollo de su proyecto de vida, Para este propósito, la certificación y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad se fundamentan en la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud - CIF- (OMS, 2001), La CIF hace parte de la familia de clasificaciones internacionales de la OMS y, a través de ella, se clasifican los estados de salud y estados relacionados con la salud, Aporta un lenguaje estandarizado, fiable y aplicable transculturalmente, que permite describir el funcionamiento humano y la discapacidad como elementos importantes de la salud, utilizando para ello un lenguaje positivo y una visión universal de la discapacidad teniendo en cuenta que dichos aspectos son la resultante de la interacción del individuo con el contexto social (OMS, 2001), Los conceptos centrales de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud -CIF, son: 'a, b, c, Las estructuras y funciones corporales, incluidas las funciones mentales y psicológicas, cuya ausencia o alteración conducen a las deficiencias corporales, Las actividades, ubicadas en el nivel del desempeño individual de tareas y cuyas dificultades conducen a las limitaciones en las actividades, La participación, componente relacionado con el nivel de involucramiento y desenvolvimiento en las situaciones sociales, que al no poder ser desarrolladas llevan a las restricciones en la participación, (OMS, 2001) Con base en estos elementos, la CIF define la discapacidad como un término genérico que incluye deficiencias en las funciones o estructuras corporales, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación y que indica los aspectos negativos de la interacción entre un individuo con una condición de salud y sus factores contextua les, los cuales pueden actuar como: a, Facilitadores: Todos aquellos factores en el entorno de una persona que, cuando están presentes b, o ausentes, mejoran el funcionamiento y reducen la discapacidad, Barreras: Todos aquellos factores en el entorno de una persona que, cuando están presentes o ausentes, limitan el funcionamiento y generan discapacidad, RESOLUCiÓN NúmÉRó: 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 16 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Los aspectos corporales, individuales, sociales y ambientales establecen relaciones complejas entre sí, determinando las características del funcionamiento y la discapacidad.
Sobre la base de este enfoque dinámico, multidimensional e interactivo, se puede afirmar que la CIF se fundamenta en el modelo biopsicosocial. En el siguiente esquema se muestra la interacción que se presenta entre los elementos del modelo conceptual de la CIF: Condición de Salud (Enfermedad, trastorno, traumatismo, lesión) Actividad Función I Estructura (Deficiencia) Participación (Restricción) (Limitación) ~ Factores personales t ~ Factores ambientales Figura 1.
Modelo conceptual de la CIF (OMS, 2001) 1.2. Categorías de díscapacidad Partiendo de lo establecido en la normatividad nacional y para los efectos de captura y análisis de información, tanto individual como estadistica, en el procedimiento de certificación de discapacidad se reconocen las siguientes categorias de discapacidad, las cuales no son mutuamente excluyentes: 1.2.1.
Discapacidad fisica. En esta categoría se encuentran las personas que presentan en forma permanente deficiencias corporales funcionales a nivel musculo esquelético, neurológico, tegumentario de origen congénito o adquirido, pérdida o ausencia de alguna parte de su cuerpo, o presencia de desórdenes del movimiento corporal. Se refiere a aquellas personas que podrían presentar en el desarrollo de sus actividades cotidianas, diferentes grados de dificultad funcional para el movimiento corporal y su relación en los diversos entornos al caminar, desplazarse, cambiar o mantener posiciones del cuerpo, llevar, manipular o transportar objetos y realizar actividades de cuidado personal, o del hogar, interactuar con otros sujetos, entre otras (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011).
Para aumentar el grado de independencia, las personas con alteraciones en su movilidad requieren, en algunos casos, de la ayuda de otras personas, al igual que de productos de apoyo como prótesis (piernas o brazos artificiales), órtesis, sillas de ruedas, bastones, caminadores o muletas, entre otros. De igual forma, para su participación en actividades personales, educativas, formativas, laborales y productivas, deportivas, culturales y sociales pueden requerir espacios físicos y transporte accesible. 1.2.2.
Discapacidad auditiva. En esta categoria se encuentran personas que presentan en forma permanente deficiencias en las funciones sensoriales relacionadas con la percepción de los sonidos y la discriminación de su localización, tono, volumen y calidad; como consecuencia, presentan diferentes grados de dificultad en la recepción y producción de mensajes verbales y, por tanto, para la comunicación oral.
Se incluye en esta categoria a las personas sordas y a las personas con hipoacusia esto es, aquellas que debido a una deficiencia en la capacidad auditiva presentan dificultades en la discriminación de sonidos, palabras, frases, conversación e incluso sonidos con mayor intensidad que la voz conversacional, según el grado de pérdida auditiva (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011).
Para aumentar su grado de independencia estas personas pueden requerir de la ayuda de intérpretes de lengua de señas, productos de apoyo como audífonos, implantes cocleares o sistemas FM, entre otros. De igual forma, para garantizar su participación, requieren contextos accesibles, asi como estrategias comunicativas entre las que se encuentran los mensajes de texto y las señales visuales de información, orientación y prevención de situaciones de riesgo.
RESOLUCiÓN NÚ~ERO ~ 1239 DE 21 JUL 2022 2022 HOJA No 17 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 1.2.3. Discapacidad visual. En esta categoría se incluye a aquellas personas que presentan deficiencias para percibir la luz, forma, tamaño o color de los objetos.
Se incluye a las personas ciegas y a las personas con baja visión, es decir, quienes a pesar de usar gafas o lentes de contacto, o haberse practicado cirugía, tienen dificultades para distinguir formas, colores, rostros, objetos en la calle, ver en la noche, ver de lejos o de cerca, independientemente de que sea por uno o ambos ojos (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011).
Estas personas presentan diferentes grados de dificultad en la ejecución de actividades de cuidado personal, del hogar o del trabajo, entre otras. Para una mayor independencia y autonomía, estas personas pueden requerir productos de apoyo como bastones de orientación, lentes o lupas, textos en braille, macrotipo (texto ampliado), programas lectores de pantalla, programas magnificadores o información auditiva, entre otros.
Para su participación requieren contextos accesibles en los que se cuente con señales informativas, orientadoras y de prevención de situaciones de riesgo, con colores de contraste, pisos con diferentes texturas y mensajes, en braille o sonoros, entre otros. 1.2.4. Sordoceguera. La sordoceguera es una discapacidad única que resulta de la combinación de una deficiencia visual y una deficiencia auditiva, que genera en las personas que la presentan problemas de comunicación, orientación, movilidad y el acceso a la información. Algunas personas sordociegas son sordas y ciegas totales, mientras que otras conservan restos auditivos y/o restos visuales.
Las personas sordociegas requieren de servicios especializados de guía interpretación para su desarrollo e inclusión social. 1.2.5. Discapacidad intelectual. Se refiere a aquellas personas que presentan deficiencias en las capacidades mentales generales, como el razonamiento, la resolución de problemas, la planificación, el pensamiento abstracto, el juicio, el aprendizaje académico y el aprendizaje de la experiencia. Estos producen deficiencias del funcionamiento adaptativo, de tal manera que el individuo no alcanza los estándares de independencia personal y de responsabilidad social en uno o más aspectos de la vida cotidiana, incluidos la comunicación, la participación social, el funcionamiento académico u ocupacional y la independencia personal en la casa o en la comunidad (American Psychiatric Association, 2014).
Para lograr una mayor independencia funcional y participación social, estas personas requieren de apoyos especializados terapéuticos y pedagógicos, entre otros. Es necesaria la adecuación de programas educativos o formativos adaptados a sus posibilidades y necesidades, al igual que el desarrollo de estrategias que faciliten el aprendizaje de tareas y actividades de la vida diaria, como auto cuidado, interacción con el entorno y de desempeño de roles dentro de la sociedad.
Los apoyos personales son indispensables para su protección y como facilitadores en su aprendizaje y participación social. 1.2.6. Discapacidad psicosocial (mental). Resulta de la interacción entre las personas con deficiencias (alteraciones en el pensamiento, percepciones, emociones, sentimientos, comportamientos y relaciones, considerados como signos y síntomas atendiendo a su duración, coexistencia, intensidad y afectación funcional) y las barreras del entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad.
Estas barreras surgen de los limites que las diferentes culturas y sociedades imponen a la conducta y comportamiento humanos, así como por el estigma social y las actitudes discriminatorias. Para lograr una mayor independencia funcional, estas personas requieren básicamente de apoyos médicos y terapéuticos especializados de acuerdo a sus necesidades.
De igual forma, para su protección y participación en actividades personales, educativas, formativas, deportivas, culturales, sociales, laborales y productivas, pueden requerir apoyo de otra persona (MSPS, 2015a). 1.2.7. Discapacidad múltiple. Presencia de dos o más deficiencias asociadas, de orden físico, sensorial, mental o intelectual, las cuales afectan significativamente el nivel de desarrollo, las posibilidades funcionales, la comunicación, la interacción social y el aprendizaje, por lo que requieren para su atención de apoyos generalizados y permanentes.
Las particularidades de la discapacidad múltiple no están dadas por la sumatoria de los diferentes tipos de deficiencia, sino por la interacción que se presenta entre ellos. A través de dicha interacción se determina el nivel de desarrollo, las posibilidades funcionales, de la comunicación, de la interacción social (Secretaría de Educación Pública, Perkins International Latin America & Sense International 2011 ).
RESOLUCiÓN NúmÉRo.: 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 18 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad"
2. PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACiÓN DE DISCAPACIDAD El procedimiento de certificación de discapacidad será realizado y registrado en el aplicativo web del RLCPD por el equipo multidisciplinario y las IPS, en cumplimiento de lo dispuesto en el presente anexo técnico, mediante valoración clinica multidisciplinaria simultánea, la cual tiene como objetivo establecer la discapacidad de la persona solicitante, a través de la identificación de la presencia de deficiencias en funciones y estructuras corporales, incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y restricciones en la participación. Inicialmente, el equipo multidisciplinario deberá asegurarse de que la persona solicitante comprende de qué se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, que la información que de este se derive y su resultado se registrará en el RLCPD, y que esa información será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional.
Para ello, garantizará y hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera la persona para acceder a tal información y tomar la decisión libre e informada respecto a llevarlo a cabo. Una vez se cuente con la manifestación de voluntad del solicitante o excepcionalmente de la persona de apoyo, de llevar a cabo el procedimiento, se dará inicio a la valoración clínica multidisciplinaria.
A continuación, se describe la información necesaria para el desarrollo de la valoración para certificación de discapacidad en el marco de la cita con el equipo multidisciplinario. 2.1. Valoración clínica multidisciplinaria para la certificación de discapacidad 2.1.1. Preparación para la valoración Para el desarrollo de la valoración, el equipo multidisciplinario debe disponer de: a. b. c. La versión digital o flsica de la CIF versión para la Infancia y la Adolescencia -CIF-IA.
(OMS, 2011) Acceso al aplicativo web del RLCPD. Copia de la historia clinica en la que incluya el (los) diagnóstico(s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente, relacionado (s) con la discapacidad, y sus soportes de apoyo diagnóstico, emitidos por el (los) médico (s) tratante (s) del prestador de servicios de salud de la red de la EPS o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada.
Igualmente, el equipo multidisciplinario debe organizarse de tal manera que el procedimiento pueda desarrollarse integralmente. Se requerirá la distribución de roles como revisión de documentos y diligenciamiento de la información en el RLCPD. 2.1.2. Acciones a desarrollar dentro de la valoración clínica multidisciplinaria En el presente apartado se describen las acciones que deben desarrollarse dentro de la valoración, la metodologia y los instrumentos a ser utilizados y los datos que emergen como resultado.
En la Tabla 1 se presenta la sintesis del desarrollo de la valoración clinica multidlsciplinaria para certificación de discapacidad. Tabla 1. Sintesis del desarrollo de la valoración clínica multidisciplínaria para certificación de discapacidad Acción Identificación deficiencias funciones estructuras corporales Metodologia de en y Criterios - Perfil de funcionamiento Revisión de historia clínica Datos que arroja como resultado - Diagnóstico de la Clasificación Internacional de Enfermedades vigente al momento del reporte relacionado con la discapacidad - Soportes de apoyo diagnóstico - Causa de la deficiencia RESOLUCiÓN NÚ~ERG.~ 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 19 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Acción Metodología Datos que arroja como resultado - Códigos y. calificadores de deficiencias en funciones y estructuras corporales CIF Criterios - - Nivel de desempeño dificultad en el Valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación -Datos de acompañante (si lo requiere) -Códigos y calificadores de limitaciones en la actividad y restricciones en la participación Entrevista estructurada Factores ambientales personales Solicitud de información sobre factores personales y ambientales y CIF -Nivel de dificultad en el desempeño por dominios (aplica solo para mayores de 6 años de edadi - Datos de identificación - Datos de residencia sobre Datos autorreconocimiento Datos sobre ejercicio de derechos - Datos sobre el entorno para la vida y el cuidado 2.1.2.1.
Generación de perfil de funcionamiento Una tarea que se lleva a cabo de manera trasversal durante el desarrollo de la valoración clinica multidisciplinaria para certificación de discapacidad es la generación del perfil de funcionamiento. A continuación, se describen los criterios que deben conformar el perfil: a. b. c. Criterio 1. Diagnósticos relacionados con la discapacidad.
Escriba el o los diagnósticos relacionados con la discapacidad y sus respectivos códigos de la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE vigente al momento del reporte. Criterio 2. Soportes de apoyo diagnóstico. Escriba el nombre y resultados de los soportes de apoyo diagnóstico y conceptos de profesionales de la salud relacionados con la discapacidad, tomados de la fuente de verificación que presenta la persona con discapacidad.
Criterio 3. Causa de las deficiencias. Con base en la revisión de las fuentes de verificación, seleccione la opción que mejor represente la causa de la condición de salud del solicitante. Debe seleccionar una sola opción. Las opciones se encuentran clasificadas en tres grupos: "de nacimiento, adquirida y no se identifica", como se muestra en la siguiente tabla.
Causa de las deficiencias De nacimiento Alteración genética o hereditaria Alteración del desarrollo embrionario Complicaciones durante el parto Condiciones de salud de la madre durante el embarazo Adquirida Enfermedad general Enfermedad laboral Accidente de tránsito Accidente en el hogar Accidente en el centro educativo Accidente de trabaio.
Accidente deoortivo Desastre natural Intoxicación Enveiecimiento Consumo sustancias de osicoactivas Lesión auto infliqida. Conflicto armado Violencia intrafamiliar Violencia por delincuencia común Otra No se identifica No se identifica causa RESOLUCiÓN Nú6ERG·: 1239 DE 21 JUL 2022 2022 HOJA No 20 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad".
Las opciones enfermedad laboral y accidente de trabajo solo deben seleccionarse si entre las fuentes de verificación se cuenta con dictamen de origen de pérdida de la capacidad laboral y ocupacional. d. Criterio 4. Perfil del funcionamiento. En esta sección se ·describe cada uno de los componentes de la discapacidad: - Funciones corporales (b) Estructuras corporales (s) Actividades y participación (d) Se debe realizar la selección de los códigos de la CIF y su respectiva calificación de acuerdo a las reglas de dicha clasificación. Los componentes del perfil de funcionamiento se estructuran de la siguiente manera: DOMINIOS Capítulo de la CIF-IA Bloque (rango de códigos) N1 IN2 IN3 Categoria Bloque (rango de códigos) Categoria CODIFICACION C N1 I N2 I N3 Categoria I C I Categoria 1'" I Calificador r Calificaclsr I A continuación, se describe cada uno de los elementos que conforman la estructura anterior: a. Dominio: es un conjunto práctico y lógico de funciones fisiológicas. estructuras anatómicas, actividades, formas de participación o elementos del entorno. Cada dominio se corresponde con un capítulo de la CIF-IA Algunos dominios se subdividen en grupos que facilitan la identificación de los aspectos a evaluar.
El nombre de los grupos va seguido por el rango de códigos que abarca. Por ejemplo, el dominio "Funciones sensoriales y dolor" incluye el grupo "Vista y funciones relacionadas" (b210-b229) el cual abarca desde el código b210 hasta el código b229. b. Codificación: se seleccionan los códigos CIF-IA para cada dominio y grupo que se esté evaluando.
Las categorias son los elementos que conforman los dominios. Las categorias y sus respectivos códigos se encuentran en la CIF-IA De acuerdo con las reglas de codificación de la CIF-IA, los códigos se construyen de la siguiente manera: CODlFICACION Nivel 2 Nivel 1 • I I 1 1 Nivel 3 • • I Segundo nivel Primer nivel Letra que Número identifica el del comDonente caDítulo I Tercer nivel Descriptor de tercer nivel (un díqito) Descriptor de segundo nivel Idos díqitos) Siguiendo con el ejemplo anterior, el dominio "Funciones sensoriales y dolor", cuyo código de primer nivel es b2 incluye el grupo "Vista y funciones relacionadas" dentro del cual se encuentra la categoria "Funciones visuales" cuyo código es b21 O (Segundo nivel), dentro de esta categoría se encuentra la de "Funciones de la agudeza visual", cuyo código es b2100 (Tercer nivel).
Entonces el código para "Funciones de la agudeza visual" se registraria de la siguiente manera: N1 I b N2 1 2 I 1 1 O I N3 O I En el procedimiento de certificación de discapacidad el perfil de funcionamiento permite el registro de códigos máximo hasta tercer nivel (N3). RESOLUCiÓN Nú'~ffio:: 1239 DE 2, JUL 2022 HOJA No 21 2022 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Por último, se debe incluir el calificador para indicar la magnitud del problema que se está evaluando.
Un código CIF solo estará completo si cuenta con su respectivo calificador. Dependiendo del componente al que haga referencia, "tener un problema" puede significar una deficiencia, una limitación o una restricción. Todos los componentes se cuantifican utilizando la escala genérica de calificación de la CIF que se presenta en la tabla 2. (para la valoración de funciones y estructuras corporales se tendrá en cuenta a partir del calificador 1 - leve) Tabla 2.
Escala genérica de la CIF Calificador O 1 2 3 4 Rangos 0-4% 5 - 24% 25 - 49% 50 - 95% 96- 100% Descriptor Ninquna Leve Moderada Severa Completa o no lo puede hacer Para registrar el calificador de una categoría se debe seleccionar el descriptor (leve, moderado, severo o completo). Así, continuando el ejemplo anterior, si una persona presenta una deficiencia severa en las funciones de la agudeza visual, el código completo se registraría de la siguiente manera: N1 b I N2 I 2 I I 1 N3 O I O l· I C 3 I Identificación de deficiencias corporales mediante revisión de historia clinica 2.1.2.1.1. 2.1.2.1.1.1.
Deficiencias en funciones corporales Con base en la historia clínica del solicitante: a. b. c. d. Identifique en cuales funciones corporales presenta deficiencias y la magnitud de dichas deficiencias. Remítase a las CIF-IA e ident'lfique el capítulo, bloque y categoria que mejor describa cada una de las deficiencias en Funciones Corporales (tabla 3).
Después de seleccionar la categoria debe asignar el calificador de acuerdo a la escala genérica de la CIF (tabla 2). Repita este procedimiento para todas las deficiencias corporales que puedan estar asociadas con la discapacidad del solicitante. Tabla 3. Tabla del criterio funciones corporales (b) del perfil de funcionamiento DOMINIOS BLOQUES CAPITULOS 1.
Funciones mentales Funciones mentales globales (b11 O-b139) Funciones mentales específicas (b140-b189) Vista y funciones relacionadas (b210-b229) 2. Func'lones sensoriales y del dolor Funciones auditivas 'y vestibulares (b230-b249)) Funciones sensoriales adicionales (b250-b279) Dolor (b280·b289) 3. Funciones de la voz y el habla Funciones de la voz y el habla (b310·b399) Funciones del sistema cardiovascular (b410-b429) Funciones de los sistemas hematol6gico e inmunológico (b430-b439) 4.
Funciones de los sistemas cardiovascular, hematológico, inmunológico y respiratorio Funciones del sistema respiratorio (b440-b449) Funciones adicionales y sensaciones de los sistemas cardiovascular y respiratorio (b450·b469) Funciones relacionadas con el sistema digestivo (b510-b539) RESOLUCiÓN NÚ~'~R0: 1239 DE ? 1 JUL 2022 2022 HOJA No 22 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" DOMINIOS CAPITULOS 5.
Funciones de los sistemas BLOQUES digestivo, metabólico y endocrino Funciones relacionadas con el metabolismo y el sistema endocrino (b540b569) Funciones urinarias (b61 O-b639) 6. Funciones genitourinarias y reproductoras Funciones genitales y reproductoras (b640-b679) Funciones de las articulaciones y los huesos (b71 O-b729) 7. Funciones neuromusculoesqueléticas relacionadas con el movimiento y Funciones musculares (b730-b749) Funciones relacionadas con el movimiento (b750-b789) 8.
Funciones de relacionadas la piel y estructuras Funciones de la piel (b810-b849) Funciones del pelo y las uñas (ba50-baS9) Cada componente de la CIF está organizado mediante capltulos o dominios dentro de los cuales hay categorlas comunes. Por ejemplo, en el componente de funciones corporales el capitulo 1, trata sobre todas las funciones mentales.
Los capitulos se subdividen en bloques de categorias por ejemplo en capitulo 1 de funciones mentales hay dos bloques, funciones mentales globales (b110 - b139) Y funciones mentales especificas (b140 - b189) 2.1.2.1.1.2. Deficiencias en estructuras corporales Con base en la historia clínica de la persona solicitante: a. b. c. d. e. Identifique en cuales estructuras corporales presenta deficiencias y la magnitud de dichas deficiencias.
Remitase a la CIF-IA e identifique el capitulo de Estructuras Corporales y la categoria que mejor describa cada una de las deficiencias. Después de seleccionar la categoria debe asignar el calificador de acuerdo a la escala genérica de la CIF. Todos los componentes de estructuras corporales se califican utilizando la escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF que se presenta en la tabla "Escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF" (tabla 4).
Recuerde que puede haber deficiencias en funciones corporales sin que necesariamente las haya en las estructuras corporales. Para este componente se usan tres calificadores que Valoran la magnitud de la deficiencia (Cm), la naturaleza del cambio en la estructura (Cn) y la localización de la deficiencia (CI). Tabla 4. Escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF Magnitud de la deficiencia (Cm) O No hay deficiencia 1 Deficiencia ligera 2 Deficiencia moderada 3 Deficiencia severa 4 Deficiencia completa Naturaleza del cambio en la.estructura (Cn) Localización (CI) O No hay cambio 1 Ausencia total 2 Ausencia parcial 3 Parte adicional O Más de una región 1 Derecha 2 Izquierda 3 Ambos lados 4 Dimensiones aberrantes 4 Delante 5 Discontinuidad 5 Detrás 6 Posición desviada 6 Proximal 7 Cambios cualitativos en la estructura, 7 Distal incluyendo la acumulación de fluido 8 No especificada 8 No especificada 9 No aplicable 9 No aplicable >r RESOLUCiÓN NúIliíE~():'1239 DE ? 1 JUL 2022 2022 HOJA No 23 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Tabla 5.
Tabla del criterio estructuras corporales (s) del perfil de funcionamiento DOMINIOSI CAPITULOS 1. Estructuras del sistema nervioso (s11 O-s 199) 2. El ojo, el oido y estructuras relacionadas (s210-s299) 3. Estructuras involucradas en la voz y el habla (s310-s399) 4. Estructuras de los sistemas cardiovascular, inmunológico y respiratorio (s410-s499) 5.
Estructuras relacionadas con los sistemas digestivo, metabólico y endocrino (551 0-s599) 6. Estructuras relacionadas con el sistema genitourinario y el sistema reproductor (s61 0-699) 7. Estructuras relacionadas con el movimiento (s71 0-799) 8. Piel y estructuras relacionadas (s810-899) 2.1.2.1.2. Limitaciones en las actividades y restricciones en la participación Este paso se desarrolla mediante la aplicación de un instrumento fundamentado en la CIF-IA, cuyo propósito es identificar la presencia de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación, mediante la caracterización de las dificultades en el desempeño en los dominios de actividades y participación, referidos a: cognición, movilidad, cuidado personal, relaciones, actividades de la vida diaria y participación. Dicho instrumento sigue la perspectiva del desarrollo individual, razón por la cual cuenta con una versión para cada grupo de edad, asi: a. b. c. d. Versión para personas entre O y 2 años de edad.
Versión para personas entre 3 y 5 años de edad. Versión para personas entre 6 y 17 años de edad. Versión para personas de 18 años y más. Cada versión evalúa los dominios de actividades y participación de acuerdo con las actividades propias de cada etapa del ciclo de vida valorada. Cada una de las preguntas del instrumento cuenta con: a. b. Seis opciones de respuestá: No aplica (NA);
Ninguna (O); Leve (1) Moderada (2); Severa (3); No lo puede hacer (4). Relación directa con los códigos CIF-IA. La aplicación del instrumento se realiza mediante una entrevista estructurada. Aunque todo el equipo multidisciplinario debe estar presente durante la entrevista, esta deberá ser conducida por uno solo de los miembros del equipo.
Los demás miembros podrán solicitar aclaraciones o ampliaciones de la información durante el curso de la entrevista. La slntesis de resultados del instrumento de valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación, en sus versiones para personas entre 6 y 17 años y para personas de 18 años en adelante, expresará el porcentaje de nivel de dificultad en el desempeño en una escala de O a 100 por cada uno de los dominios de actividades y participación. En la valoración para personas de O a 2 años y de 3 a 5 años no se establece nivel de dificultad en el desempeño, dado que el instrumento utilizado es una lista de chequea con los principales logros del desarrollo esperable para cada grupo de edad, en cambio constante y acelerado.
En tal sentido, el nivel de dificultad en el desempeño es el grado de dificultad, medido en porcentaje, que experimenta una persona al realizar diferentes actividades e involucrarse en situaciones vitales en su entorno cotidiano; en ningún caso indica una graduación de la condición de discapacidad o un porcentaje de discapacidad de la persona.
A continuación, se presentan las instrucciones generales para la aplicación del instrumento y, posteriormente, se incluye cada una de las versiones del mismo. Para la aplicación del instrumento: a. b. Léale a la persona entrevistada las instrucciones y preguntas textualmente. Frente a cada pregunta elija la opción de respuesta seleccionada por la persona entrevistada.
Señale una sola opción de respuesta para cada pregunta. No deje preguntas sin hacer ni sin respuesta. RESOLUCiÓN NÚnllERO:',1239 DE 2 l' JUL 2022 2022 HOJA No 24 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" c. d. En el caso de las personas de Oa 2 y de 3 a 5 años, utilice la opción No aplica (NA), solamente si la pregunta planteada no puede ser respondida debido a que evalúa una meta del desarrollo que aún no corresponde a lo esperado para la edad cronológica de la persona.
Frente a las personas menores de 18 años las respuestas a la entrevista deben ser apoyadas por el padre, madre o representante legal. Para la calificación del instrumento: a. b. La calificación de las preguntas se realiza registrando el calificador correspondiente a la opción de respuesta elegida por la persona entrevistada en el respectivo espacio para el calificador, frente a cada pregunta.
Tenga en cuenta que en el resultado de la versión para personas de O a 2 y de 3 a 5 años los resultados no se ponderan ni se suman, en consecuencia, no generan porcentajes. Los resultados de la versión para personas de 6 a 17 años y de la versión para personas de 18 años y más, tiene reglas de ponderación específicas que se describen en el apartado dedicado a cada una de dichas versiones.
Para la inclusión de los códigos CIF-IA en el perfil de funcionamiento, de las preguntas que reciban un calificador entre 1 y 4, se debe seleccionar los códigos más relevantes del componente de actividades y participación, los cuales se verán reflejados en el certificado de discapacidad. Tabla 6. Tabla del criterio actividades y participación (d) del perfil de funcionamiento DOMINIOSICAPITULOS y 1.
Aprendizaje aplicación del conocimiento 2. Tareas y demandas Qenerales 4. Movilidad 5. Auto cuidado 6. Vida doméstica y 8. Áreas principales de la vida 9. Vida comunitaria, social y cívica 2.1.2.1.2.1. Tareas y demandas generales (d21 0-299) Comunicación-recepción (d310-d329) Comunicación-producción (d330-d349) Conversación y utilización de aparatos y técnicas de comunicación (d350-d369) Cambiar y mantener la posición del cuerpo (d410-d429) Llevar, mover v usar obietos (d430-d449) Andar y moverse (d450-d469) Desplazarse utilizando medios de transporte (d470-d489) Auto cuidado (d510-d599) Adquisición de lo necesario para vivir (d610-d629) Tareas del hooar (d630-d649) Cuidado de los objetos del hogar y ayudar a los demás (d650-d669) 3.
Comunicación 7. Interacción relaciones interpersonales Experiencias sensoriales intencionádas (d11 0-d129l Aprendizaje básico (d130-d159) Aplicación del conocimiento (d130-d159) Interacciones interpersonales generales (d710-d729) Interacciones interpersonales particulares (d730-d779) Educación (d810-839) Trabajo y empleo (d840-859) Vida económica (d860-d879) Vida comunitaria, social y civlca (d91 0-d999) Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre cero y dos años de edad (tabla 7).
Inicie la aplicación proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada: a. b. c. A continuación, vaya hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) debido a su condición de salud. Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como lesiones, o problemas mentales o emocionales.
Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) al llevar a cabo las siguientes actividades. RESOLUCiÓN NÚrJíERO.• 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 25 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" d. Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a aumento del esfuerzo,.malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
Cuando responda las preguntas, por favor indiqueme si la dificultad de (diga el nombre del niño o niña solicitante) para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada, severa o no lo puede hacer. Tabla 7. Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre cero y dos años de edad di.
A rendiza'e a licaclón del conocimiento ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido di a el nombre de la erson~ra: Código Pregunta 1 2 3 4 5 6 Opciones de respuesta ¿Responder a estímulos visuales? (por ejemplo seguir un objeto con la mirada o mirar a las personas o responder a los cambios de luz) ¿Responder a estímulos auditivos? (por ejemplo escuchar la voz de las personas, res~~nder a sonidos o un I iUQuete musical ¿Explorar los objetos introduciéndolos en la boca, tocándolos saboreándolos? ¿Imitar gestos con su cuerpo o sonidos? (por ejemplo imitar decir adiós con la mano, sonidos de animales o repetir la I calabra mamá) ¿Jugar con objetos? (por ejemplo, simular que toca un instrumento musical golpeando un objeto, manipular fichas de armar o iuaar con muñecas o carros) ¿Aprender palabras, frases u oraciones? No aplica (NA) Ninguna (O) Leve (1) No aplica (NA) Ninguna (O) Leve (1) No aplica Ninguna (O) Leve (1) Ninguna (O) Leve (1) Ninguna (O) Leve (1) I ~NOA~Pljca I ~)nguna Leve (1) ° (NA) No aplica (NA) No aplica (NA) Pregunta CIF-IA Moderada Severa (2) (3) Moderada Severa (2) (3) Moderada Severa (2) (3) Moderada Severa (2) (3) Moderada Severa (2) (3) I ~~derada Severa I (3\ No lo puede d110 hacer (4) No lo puede d115 hacer (4) No lo puede d120 hacer (4) No lo puede d130 hacer (4) No lo puede d131 hacer (4) No lo puede hacer '(4\ Opciones de respuesta Pregunta Severa (3) No aplica Ninguna (NA) (O) Leve (1) ódigo CIF-IA No aplica Ninguna (NA) (O) Leve (1) No aplica Ninguna (NA) (O) leve (1) Moderada Severa (2) (3) Moderada Severa (2) (3) Moderada Severa (2) (3) Calificador No lo puede d160 hacer (4) Opciones de respuesta ¿Entender una orden sencilla y llevarla 8 a cabo? (por ejemplo pedirle s~ue se siente o Que se áuite los zaoatos Conocer y adaptarse a personas o 9 espacios nuevos (por ejemplo, es tímido, se asusta, o se Done aoresivo\¿Mantener el control cuando está 10 enojado o triste? (por ejemplo, hacer I pataletas) d133 Código CIF·IA ¿Mantenerse interesado en algún estimulo? (por ejemplo, cuando No aplica Ninguna Moderada Leve (1) 7 (NA) (O) (2) escUCh~n~n cuento o ve un programa de televisión d2.
Tareas y demandas generales I I.En el último mes cuánta dificultad ha tenido diaa el nombre de la oersona) oara: Calificador Calificador No lo puede d210 hacer (4) No lo puede d2500 hacer (4) No lo puede d2501 hacer (4) d3. Comunicación ¿En el último mes cuanta dificultad ha tenido diaa el nombre de la oersona) oara: Pregunta 1 ~~A~Plica Nini~na leve (1) ¿Entender el significado de gestos o 12 imágenes? 1 ~~A~Plica Nin(~~na Leve (1) I ~~derada 13 ¿Hablar? 1 ~~A~Plica Nin(~~na 11 ¿Entender lo que dicen otras personas? 6digo CIF·IA Opciones de respuesta 14 ¿Hacer diferentes sonidos con la voz? No aplica (por eiemplo balbucear o Imitar sonidos) I (NA\' ¿Usar gestos para comunicarse? (por ejemplo, señalar objetos que desea No aplica 15 (NA) alc~~~ar, levantar los brazos para que lo alcen ~~~erada Severa No lo puede (3) hacer (4) ~~vera No 10.~~~de hacer 4 No lo puede d310 d315 ~~derada Severa (3) hacer '(4) Nin(~~na Leve (1) I ~~derada Severa No lo puede hacer '(4) d331 Ninguna (O) Leve (1) No lo puede hacer (4) d335 Leve (1) '1 3\ Moderada Severa (2) (3) Calificador d330 d4.
Movilidad I ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido dioa el nombre de laoersonalrlara' Pregunta 16 ¿Voltearse en la cama, sentarse o I ponerse de cíe? 17 ¿Mantener las posiciones del cuerpo? (por ejemplo controlar la cabeza, mantenerse sentado o de pie durante el tiempo necesario) ódigo Opciones de respuesta No(~~~ca Ni~~~na No aplica (NA) Ninguna (O) Leve (1) Leve (1) IF-IA Mo~~rada Severa No lo puede '2\ (3) hacer(4) Moderada Severa (2) (3) No lo puede hacer (4) Calificador d410 d415 ~ RESOLUCiÓN N~ERCi),~·12 39 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 26 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" ¿Levantar y llevar objetos? (por ejemplo No aplica Ninguna (O) leve (1) Ninguna (O) Leve (1) (NA) Ninguna (O) Leve (1) No aplica Ninguna (NA) (el) ¿Moverse de un sitio a otro arrastrándose, gateando, trepando, 22 corriendo o saltando? No aplica (NA) Ninguna (O) ¿Caminar y moverse dentro de su No aplica Ninguna (NA) (O) 1B levantar un juguete y llevarlo a otra habitación).
¿Usar las manos para recoger, agarrar y manipular oejetas? (por ejemplo, 19 agarrar un fríjel o una moneda, o sostener un lápiz o una crayola) ¿Usar las manos y los brazos para manipular y mover objetos? (Por 20 ejemplo, halar o empujar la puerta o lanzar una pelota) 21 23 ¿Caminar? I prooia casa? (NA) No aplica (NA) No aplica Leve (1) Leve (1) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) (2) Severa No lo puede hacer (4) (3) Moderada Severa No lo puede Moderada (2) Moderada (3) hacer (4) Severa No lo puede (2) (3) Moderada Severa (2) (3) Mo~~;ada se(~~ra hacer (4) d430 d440 d445 d450 No lo puede ·d455 hacer (4) No lo p~~:e hacer 4 d460 d5.
Autocuidado ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido di a el nombre de la oersona) para: ¿Avisar que necesita ir al baño, 24 comparado con otras personas de su edad? 25 ¿Quitarse la ropa? ¿Comer solo comparado con otras personas de su edad? (Por ejemplo. sostener el biberón, comer con la mano, comer con cuchara? ¿Beber solo comparado con otras 27 personas de su edad? (Por ejemplo, sostener un vaso, tomar con Pitillb)' 26 ódigo CIF-IA Opciones de respuesta Pregunta No aplica (NA) Ninguna (O) Leve (1) N~~~;ca Ninguna (O) Leve (1) No aplica Ninguna (O) Leve (1) Ninguna (O) Leve (1) (NA) No aplica (NA) Moderada Severa (2) (3) No lo puede hacer (4) Moderada Severa No lo puede (2) (3) hacer (4) Moderada (2) Moderada (2) Calificador d530 d540 Severa No lo puede (3) hacer (4) d550 Severa No lo puede (3) hacer (4) d560 d7.
Interacciones V relaciones interpersonales. En el último mes cuánta dificultad ha tenido di a el nombre de la persona) para: ¿Reconocer a los miembros de su familia? ¿Relacionarse con otras personas? (por ejemplo, niñeras o cuidadores, 29 madres comunitarias, profesores y compañeros en ~rrdín infantil, I personal de salud 2B Código Opciones de respuesta Pregunta No aplica Ninguna (NA) (Ó) No aplica Ninguna (O) (NA) Leve (1) Leve (1) CIF·)A Moderada (2) Severa No lo puede Moderada Severa No lo puede (3) hacer (4) (2) (3) hacer (4) Calificador d7106 d710 dB. reas principales de la vida ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido di a el nombre de la persona) para: Pregunta Participar en actividades como rayar, jugar con plastilina o rasgar papel. con 30 los padres u otros miembros de la familia o en un hogar comunitario o guarderla No aplica Ninguna (NA) (O) Leve (1) 31 ¿Jugar solo o con otras personas? No aplica Ninguna (NA) (O) Leve (1) 2,1.2,1,2.2.
Códigc Opciones de respuesta C1F-IA Moderada Severa (2) (3) Moderada Severa (2) (3) No lo puede hacer (4) d810 No lo puede hacer (4) d880 Calificador Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre tres y cinco años de edad (tabla 8) Inicie la aplicación del instrumento proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada: a. b. c. d. e. A continuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) debido a su condición de salud.
Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como lesiones, o problemas mentales o emocionales. Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) al llevar a cabo las siguientes actividades. Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a aumento del esfuerzo, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
Cuando responda las preguntas, por favor indíqueme si la dificultad de (diga el nombre del niño o niña solicitante) para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada, severa o no puede hacerla. RESOLUCiÓN NÚfl1íERO,,/1239 DE 2 1 JUl 2022 2022 HOJA No 27 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de cetfificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Tabla 8, Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para persona entre tres y cinco años de edad di.
Aprendlzaie v aplicación del conocimiento. En el último mes cuánta dificultad ha tenido diQa el nombre de la nersonal nara: ¿Responder a estímulos visuales? (por Severa No lo puede Moderada (2) (3) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede hacer (4) (3) d115 ~~A~Plica I ~)nguna Leve (1) ~~derada Severa No lo puede hacer '(4) 1(3) d120 No aplica (NA) (O) Leve (1) Moderada '(2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d130 No aplica (NA) (O) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d131 No aplica (NA) (O) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede hacer (4) (3) d133 No aplica (NA) (O) Leve (1) 'Moderada (2) Severa No lo puede hacer (4) (3) d137 No aplica (NA) (O) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d160 ¿Responder a estimulos auditivos? (por ejemplo, idertificar la voz de una No aplica persona, escuchar canciones, (NA) 2 Ninguna (O).CIF-IA Leve (1) No aplica ejemplo, diferenciar los objetos por su (NA) forma, color o tamaño) 1 Código Opciones de respuesta Pregunta Ninguna (O) hacer (4) ~alificador d110 resconder al ti'11bre de la ouerta) ¿.Qiferenciar alimentos con diferentes texturas o sabores? ¿Imitar gestos o movimientos con su cuerpo o sonidos? (por ejemplo, imitar pasos de baile, imitar a su papá cuando se está af:~tando o a su mamá cuando se maquilla ¿Jugar con objetos? (por ejemplo, mezclar con una cuchara o sim~~~r que un oedazo de madera es un carro ¿Usar palabras, frases u oraciones; para describir personas, objetos o eventos? ¿Aprender conceptos como: grandepequeño, cuadrado-circulo, pocomucho, corto-Iarao, ¡iaual-diferente? ¿Mantenerse interesado en una misma actividad? ~~~r ejemplo, jugar, comer, ver televisión 3 4 5 6 7 8 Ninguna Ninguna Ninguna Ninguna Ninguna d2.
Tareas v demandas qenerales ¿En el ultimo mes cuanta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: ¿Entender una orden sencilla y llevarla a cabo? (por ejemplo, pedirle 9 ponerse las medias, hacer la tarea, ordenar objetos, jugar a las escondidas o seauir instrucciones\· Conocer y adaptarse a personas o espacios nuevos (por ejemplo. es 10 timido, se asusta. o se pone aoresivol ¿Mantener el control cuando está 11 enOjad~s~ triste? (por ejemplo. hacer I pataletas Código CIF-IA Opciones de respuesta Pregunta No aplica (NA) Ninguna No aplica (NA) Ninguna No aplica (NA) Ninguna (O) (O) (O) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d210 Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d2500 Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d2501 Calificador d3.
Comunicación ¿En el ultimo mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para Pregunta Código CIF-IA Opciones de respuesta 12 ¿Entender lo que otras personas dicen? ¡ ~NoA~Plica I ~)nguna Leve (1):.~~derada Severa (3) No lo puede d310 hacer (4)' ¿Interpretar lo que significan los gestos 13 corporales, símbolos, dibujos o fotoaraflas? Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede d315 hacer (4) Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede d330 hacer (4) No aplica (NA) No aplica 14 ¿Hablar y contar una historia o algo que (NA) le haya sucedido? Ninguna (O) Ninguna (O) Pregunta ¿Comunicarse usando gestos o dibujas? ¿Iniciar, mantener y finalizar una 16 conversación? 15 Código CIF-IA Opciones de respuesta ~~A~Plica ~~~guna Leve (1): ~~derada ~~guna Leve (1). ~~derada No aplica NA)' Severa I (3) Severa I (3) alificador Calificador No lo puede d335 hacer (4)' No lo puede d350 hacer (4)' d4.
Movilidad En el ultimo mes cuánta dificultad ha tenido (diQa el nombre de la persona ara: Pregunta 17 ¿Voltearse en la cama, sentarse o I ponerse de pie? ¿Mantener las posiciones del cuerpo? (por ejemplo, controlar la cabeza, 18 mantenerse sentado o de pie durante el tiempo necesario) ¿Levantar y llevar objetos? (por 19 ejemPI~~)aYUdar a llevar las bolsas del mercado ¿Usar las manos y los brazos para manipular y mover objetos? (Por 20 ejemplo, halar o empujar la puerta o lanzar y-atraoar una oelota) Código CIF-IA Opciones de respuesta NO(~~I~ca Ni~~:na No aplica (NA) Ninguna No aplica (NA) Ninguna No aplica (NA) Ninguna (O) (O) (O) Leve (1), Mo~~~ada s~~ra No lo ~u(~:e hacer 4 d410 Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede hacer (4) d415 Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede hacer (4) d430 Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede hacer (4) d440 Calificador RESOLUCiÓN Núf./rÉRO.: 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 28 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposic;ones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y e/ Registro de Loca/ización y Caracterización de Personas con Discapacidad" manos para recoger ~~_g~~rar 21 I ~'manipular objetos? (por ejemplo, agarrar un fríjol o una moneda, sostener un lápiz o un~I~~:!Y~~~\ cortar I con tiieras. 22 23 No aplica Nin(%;na Leve (1) No(~~;ca Nin(%;na Leve (1) No aplica Nin(%;na Leve (1) No aplica Nin(%;na Leve (1) No aplica Ninguna (O) Leve (1) (NA) Moderada Severa (3) No lo puede hacer (4) d445 (2) s~~~ra N~~~!u(:~e d450 Moderada Severa (3) No lo puede hacer (4) d455 Moderada s~~ra No lo puede hacer (4) d460 Moderada s~~~ra No lo puede hacer (4) d465 (2) ' ""hi ¿Caminar? de un sitio a otro, gateando, I corriendo o I trepando,.
(NA) (2) I ~~b~Ji~,' Y a casa? disti~tos(ir dentro y fuera de su 24 " a la cocma, al comedor o a las i I desplazarse en el p~rq~_~, en el jardín infantil o en la I I (NA) (2) I ¡olesia) utilizando_ a~g_ú_~. tipo de ID, producto de apoyo? (por 25 I i~~~~~:~. una silla de ruedas, un r o unas muletas) ¿En el último I I I (NA) d5. i; el nombre de la persona) para: ~~~~~ Opciones de respuesta Pregunta ¿Avisar que (2) necesita ir al baño, Severa No lo puede hacer (4) d53000 Severa No lo puede hacer (4) d53001 Severa No lo puede hacer (4) d540 Severa No lo puede hacer (4) d550 No lo puede hacer (4) d560 No aplica Ninguna (O) Leve (1) (2) No aplica Ninguna (O) Leve (1) (2) No aplica Ninguna (O) Leve (1) (2) I ¿c_omer _s~'o,_ con otras 29 I ~~~~~~~n~e~u.edad? (por ejemplo, No aplica Ninguna (O) Leve (1) (2) I Beber SOI~, con otras 30 I p:~so~..'. un I vaso o pocillo, tomar con pitillo) No aplica Ninguna (O) (3) Sever Leve (1) (2) (3) 26 comparado con otras personas de su edad? I ¿Cl"nar o Oefecar Oe Ilimoiarse, I ~~, de ir al (NA) (3). y quitarse la ropa y los. 28 zapatos? (3) manera apropiada comparado con otras personas de su edad? (por ejemplo, ir al baño solo, quitarse y ¿ponerse la ropa antes y después de ir al baño, y adoptar ! ~:so~~:tura,~~~:~da 27 (NA) Calificador (NA) (NA) (NA) (3) d1 I;Y I i ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: 31 Ifamilia por su ~o~~re y I 32 I ~~~~r: Opciones de respuesta Pregunta de _su con ?tras personas.de for~.a,apropiada? (reconociendo los sentimientos y mostrando respeto hacia otras n~r¡;nn;!¡;, haciendo uso N~~~;ca Nin(%;na Leve (1) NO,~~';ca Ninguna (NA) (O) Leve (1) (2) se(~~ra N~~~!u(:~e d7i06 Severa No lo pU,~~e hacer (4),.
Moderada (2) (3) d710 ) de; contacto fisico)..i ¿Er; de la vida dt.Areas, cuánta dificultad ha teniOo (diga el nombre Oe la persona) para Pregunta, ¿A~;stir ~'Jardi~ i~f~~til? 33 f~r~i~:·a.dq-Uirir., i,seguir las i; del profesor) ¿Jug_~r solo o ". i. ' juegos grupales? (por ejemplo. Jugar a 34 alimentar a una muñeca, jugar a manejar un carro, jugar al papá y a la mamé) 2.1.2.1.2.3.
I ~~~~~ Opciones de respuesta,al ~~~ No aplica (NA) Ninguna Leve (1) (O) Moderada Severa h~~!u(:fE d8i5 Ninguna Leve (1) (O) Moderada Severa No 1~~u,:~E hacer (4) d880 (2) (2) (3) (3) Calificador Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre 6 y 17 años de edad Inicie la aplicación del inslrumento proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada: a. b. c. A continuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que ha tenido (diga el nombre de la persona) debido a su condición de salud.
Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como lesiones, o problemas mentales o emocionales. Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) al llevar a cabo las siguientes actividades. RESOLUCiÓN NÚ~'ERG.: 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 29 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" d. Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a aumento del esfuerzo, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
Cuando responda las preguntas. por favor indiqueme si la dificultad de (diga el nombre de la persona) para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada, severa o no puede hacerla. e. Tabla 9. Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre 6 y 17 años de edad Di.
CQGNICI N. En el último mes cuánta dificultad ha tenido diaa el nombre de la'oersona) oara ¿Concentrarse durante diez minutos o más mientras hace tareas, juega o hace algo que usted le haya oedido hacer? 01.1 Recordar cosas importantes que liene que hacer, tales como cruzar la calle de manera D1.2 segura, llevar el libro adecuado a la escuela y recordar que debe hacer las tareas CIF-IA Ninguna (O) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo pued (3) hacer (4) Ninguna Leve (1) Moderada Severa (2) (3) No lo pued hacer (4) (O) ¿Encontrar una forma para manejar los problemas de la vida diaria que otras personas a su edad pueden manejar? Ninguna 01.4 ¿Aprender cómo hacer algo nuevo, por ejemplo, jugar un nuevo juego, o aprender algo nuevo en la escuela? Ninguna 01.5 ¿Entender en general lo que dice la gente? (O) Leve (1) leve (1) (O) Moderada Severa CIF-IA No lo puede hacer (4) d175 (3) Moderada Severa (3) No lo puede hacer (4) d155 Severa No lo puede hacer (4) d310 No lo puede hacer (4) d350 (2) (3) ¿Contarle a usted o a un amigo sobre las cosas Moderada Severa que ha hecho, o las personas con las que se Ninguna leve (1) (3) ha encontrado o los luaares a donde ha ido? (O) (2) Punta·e 01 = ClD1.1 + 01.2 + 01.3 + 01.4 + 01.5 + 01.6)' 24 *100 02.
MOVILIDAD I¿En el último mes cuanta dificultad ha tenido diQa el nombre de la oersona) oara 01.6 Pregunta ¿Estar de pie durante un periodo de tiempo razonable, por ejemplo, en una asamblea en la escuela o en la iglesia/templo? 02.2 ¿Pararse luego de estar sentado? Ninguna (O) Código CIF-IA Ninguna "i, 02.3 ¿Moverse dentro de su hogar? 02.4 ¿Desplazarse hacia la escuela o a la casa de un amigo? 02.5 ¿Caminar una distancia tan larga como pueden hacerlo otras personas de su edad? Ninguna (O) Moderada (2) Severa (3) No lo puede d4154 hacer (4) Leve (1) Mo~~~ada Severa Leve (1) Mo~~~ada Severa Leve (1) Mo~~~ada Severa Leve (1) Moderada Severa (2) (3) No lo puede hacer (4) No lo puede hacer (4) No lo puede hacer (4) No lo puede hace;(4) Leve (1) (3) (3) (3) d4600 d4602 d4501 03.1 03.2 03.3 I % Código CIF-IA Opciones de respuesta ¿Mantener su ropa limpia, tomar un baño o ducha, y cepillarse los dientes sin que se lo pidan? Ninguna (O) Leve (1) ¿Vestirse? Nin(~~na Leve (1) Moderada Severa (2) (3) Severa (3) Severa ¿Comer sin ayuda? Calificado r d4104 Punta e 02 - ( D2.1 + 02.2 + 02.3 + 02.4 + D2.5 /20) * 100
03. CUIDADO PERSONAL En el último mes· cuánta dificultad ha tenido diga el nombre de la persona ara: Pregunta Calificador % Opciones de respuesta 02.1 b144 (2). Calificador b1400 d161 Código Opciones de respuesta Pregunta 01.3 Código Opciones de respuesta Pregunta (3) No lo puede hacer (4) No lo puede hacer (4) No lo puede hacer (4) Calificador d510 d520 d540 d550 Plantee la pregunta de esta forma para personas de 12 a 17 años: ¿Quedarse solo sin ponerse en peligro cuando no hay adultos alrededor? Moderada Ninguna Leve (1) Plantee la pregunta de esta forma para (O) (2) personas de 6 a 11 años ¿Quedarse solo sin ponerse en peligro mientras usted está en otra habitación y cuando no hay adultos alrededor? Puntale 03 flD3.1 + 03.2 + 03.3 + 03.4 /16 *100 04.
RELACIONES En el último mes t.cuánta dificultad ha tenido (dioa el nombre de la ersona ara: 03.4 Severa (3) No lo puede hacer (4) d598 = Pregunta D4.1 ¿llevarse bien con las personas que no conOCE bien? 04.2 ¿Mantener una amistad? % Código Opciones de respuesta CIF-IA No lo pU,ede hacer (4) Severa (3) d730 No lo pu.~?e d7500 hacer (4) Calificador RESOLUCiÓN NÚ1iÍlERÓ: 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 30 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certiflcación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad:' ¿Llevarse bien con los miembros de la familia? 04.3 Ni~%~na lLeve (1) (2) Opciones de respuesta Pregunta ¿Hacer nuevos amigos? 04.4 (2) Nln~;na ¿Llevarse bien con sus profesores? 04.5 Calificador Le,e (1) (2 1.2 + D4.: +D4.4 + D';.5) J 2C lO (1) TAREAS Debld) a su condición de salud, en el último mes.
¿cu,ta dlll:ultad ha tenido (diga I nombre de la persona) para % Puntaje D4 = IID4. I + Calificador Opciones de respuesta Pregunta t ¿Hacer los, D5.1 I, u otras ~O~::a~ue se espera que haga para ayudar en D5.2 t ¿T~rmlnar;~~e se suoone debe h;ce~~ otras Nlnl~:na Le,e (1) 12) s~~~ra N~~~:ruI~~e D5.3 I~t7:~:r ~lEn los ~ac~r~ Nln(~;na Le,e (1) (2) s~~~ra I N~~~:ru(~~e ¿Hacer las tareas del.ho~a! rapidamente Ninauna Leve (1) 05.4, usted le pida I cuando es)o e s. Ninguna (O) Leve (1) (O) (2) Severa d640 No lo nl,,,,ri,,, ha¿;'-14ipunta)e D5(1) =IID5.
I + D5.2 + )5.3 + D5. D5 (2), complete las ".'; D5.5 • D5.9. De lo contrario. continúe en la pregunta D6.1. SI la persona esté 12) 16)' '0' 13) % En el ""Imo mes que su hijo est",o en la escuela. cuar la dificultad t",o para: Pregunta 05.5 05.6 ¿Realizar sus tareas escolares normales? t Estudiar 05.7 I ermlnar, D5.8 I~~~o era D5.9 Opciones de respuesta para Leve (1) los Leve (1);~Z~~c~~~a;:~~I~~r y Calificador (2) l' 12) l' Leve (1) l· ¿Seguir reglas o adaptarse a la escuela? l' % y con el Impacto Pregunta 06.1 Ninguna Leve (1) (O) Leve (1) Severa (3) No IO~U,~~e hacer (4) d910 I Moderada (2) Severa N~~~:rU(t e" l· 06.5 06.6 ¿Cuanta dificultad ha tenido su familia debido a los problemas de salud de su hijo? Pregunta (3) 12) se(~~ra N~~~¿r (4) (2) se(~~ra N~~~¿r (4) Leve (1) Moderada (2) Severa (3) N~~~er (4) Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo Leve (1) ¿Quélmp,.cto, I ~hatenldo para ~sted ~ij~~ra su familia la condición de salud de su Calificador Moderada (2) Leve (1) 06.7 ~~~~i': Opciones de respuesta su. hijo ha tenido més. I; de. las que usted o él esperaban al participar en actividades comunitarias (por ejemplo, clubes, grupos religiosos o actividades I I hacer {4} Opciones de respuesta ~o~~:~;ao dlfi~ultad h~ tenido su o ~j~. para realizar por sr mismo{a) cosas que le ayuden a I\INNI,·'n.ouna! M d d Severa relgla.~j~aar"se o disfrutar, por ejemplo.
¿su hijo tiene I,~~: Leve (1) o (~)a a (3) dificultad haciendo las cosas que le (O) gusta hacer?) Puntaje D6 = «D6. + D6.2 + D6.3 + D6.4 + D6.5 + D i.6 + D6. ~ Calificador d920 '28)"100 SíNTESIS DE RESULTADOS Dominio DI 'GNIC m D2. D3. D4 RI LACIONES D5 1). ACTIVIDADES D5(' Y2).ACTI [J6 I I puntaje % %. I I % % (TAREAS I % % RESOLUCiÓN NÚMERO.:.123 9 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 31 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Procedimiento para la calificación del cuestionario: El cálculo del puntaje de cada dominio, se realiza mediante la aplicación de las fórmulas definidas en la tabla "Fórmulas para la calificación del instrumento para personas de 6 a 17 años" (tabla 10), donde 01 representa el dominio 1, 02 representa el dominio 2, y así sucesivamente. 01.1. representa el calificador de la primera pregunta del dominio 1, 01.2 representa el calificador de la segunda pregunta del dominio 1, 02.3 representa el calificador de la tercera pregunta del dominio 2, y así sucesivamente.
Tabla 10. Fórmulas para la calificación del instrumento para personas de 6 a 17 años DOMINIO FORMULA 01. COQnición D2. Movilidad D3. Cuidado personal D4. Relaciones D5 (1). Actividades cotidianas ((D1.1 + D1.2 + D1.3 + D1.4 + D1.5 + D1.6) 124) '100 «D2.1 + D2.2 + D2.3 + D2.4 + D2.5) /20) • 100 ((D31 + D3.2 + D3.3 + D3.4) /16)'100 «D4.1 + D4.2 + D4.3 +D4.4 + D4.5) /20)' 100 «D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4) /16) '100 (Tareas domésticas) D5 (1 Y 2).
Actividades cotidianas (Trabajo y «D5.1 + D5.2 + D5.3 + D5.4 + D55 + D5.6 + D5.7 + D5.8 + D5.9.) /36) '100 actividades escolares) D6. Participación «D6.1 + D6.2 + D6.3 + D6.4 + D6.5 + D6.6 + D6.7) /28) • 100 Es preciso tener en cuenta que, si la persona solicitante no está estudiando, se calcula el puntaje de 05 (1) pero no el de 05 (1 Y 2).
Si la persona solicitante está estudiando se debe calcular el puntaje de 05 (1 Y 2) pero no el de 05 (1). Síntesis de resultados En este apartado, el aplicativo web del RLCPO presenta una tabla denominada "nivel de dificultad en el desempeño" para escribir el valor de la puntuación de cada dominio, con el propósito de compilar los resultados del instrumento en un solo espacio, facilitando el manejo posterior de la información. Estos resultados se verán reflejados en el apartado denominado "nivel de dificultad en e/ desempeño" del certificado de discapacidad. 2.1.2.1.2.4.
Instrumento para la valoración 'de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para mayores de 18 años de edad (WHODAS 2.0) (tabla 11) Inicie la aplicación del instrumento proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada: a. La información que usted proporcione en esta entrevista es uno de los insumos para su procedimiento de certificación de discapacidad. b. Esta entrevista trata sobre las dificultades que usted presenta debido a su condición de salud.
Por "condición de salud" me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud de larga duración, lesiones y problemas mentales o emocionales. Le recuerdo que, cuando conteste a las preguntas, piense en todos sus problemas de salud. Cuando le' pida que me hable acerca de las dificultades que tiene a la hora de realizar una actividad, por favor, tome en consideración - Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a aumento del esfuerzo, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
Cuando esté respondiendo cada pregunta, me gustaría que pensara en el último mes. Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) al llevar a cabo las siguientes actividades. Cuando responda las preguntas, por favor indíqueme si su dificultad para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada, severa o no puede hacerla.
RESOLUCiÓN NúiViéR0.~, 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 32 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Tabla 11. Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para mayores de 18 años de edad (WHODAS 2.0) Di.
COGNICION En el último mes cuánta dificultad ha tenido para' Pregunta 01.1 01.2 01.3 01.4 01.5 01.6 Código Opciones de respuesta CIF-IA ¿Concentrarse en hacer algo durante diez minutos? Ninguna Leve Moderada Severa (O) (1) I (2) 1(3) hacer (4i ¿Recordar las cosas importantes que tiene Ninguna leve Moderada Severa No lo puede aue hacer? ¿Analizar y encontrar soluciones a 105 problemas de la vida diaria? ¿Aprender una nueva tarea, por ejemplo, 10) (1) 1(2) 1(3) hacer (4i Moderada Severa No lo puede aprender cómo lIeaar a un nuevo luaar? 10) ~d)nguna Ninguna ¿Entender en general lo que dice la gente? ~)nguna ¿Comenzar y mantener una conversación? Ninguna (O) ~,~,e 1(2) 1(3) Moderada Severa (1) 1(3) 112) era ~,e),e I ~~derada I (3r Moderada Severa leve (1) 1(2) I (3) Leve Calificador No lo puede b1400 d161 b144 d175 hacer (4i No lo puede hacer (4) d155 No 10(4iuede hacer 4 d310 No lo puede d350 hacer (4) % Puntaje Di = ((01.1 + 01.2 + 01.3 + 01.4 + 01.5 + 01.6) 124) -100 02.
MOVILIDAD. En el último mes cuánta dificultad ha tenido para: Código CIF-IA Opciones de respuesta Pregunta 02.1 ¿Estar de pie por largos períodos de tiempo, como oor e·emolo 30 minutos? Ninguna 10) leve Moderada Severa 1(2) '(3) 111 No lo puede hacer (4) 02.2 ¿Pararse luego de estar sentado? ~)nguna ~,~,e I ~~derada (3~,era 02.3 ¿Moverse adentro de su hogar? Ninguna (O) leve Moderada (1) 1(2) Severa (3) No I~ (~~ede hacer 4 No lo puede hacer (4) Ninguna (O) leve (1) Severa (3) No lo puede hacer (4) 02.4 ¿Salir de su hogar? 02.5 ¿Caminar una larga distancia, como un kilómetro [o equivalente]? Moderada (2) Calificador d4154 d4104 d4600 d4S02 d4501 Ninguna leve Moderada Severa No lo puede (O) (1) (3) hacer (4) 1(2) Punta e 02- 02.1 + 02.2 + 02.3 + 02,4 + 02.5 /20 "100
03. CUIOAOO PERSONAL %. En el último mes cuánta dificultad ha tenido para: Pregunta Código CIF·IA Opciones de respuesta 03.1 ¿lavarse lodo el cuerpo (bañarse)? 03.2 ¿Vestirse? 03.3 ¿Comer? 03.4 ¿Quedarse solo(a) durante unos días? Ninguna leve Moderada 1(1) 1(2) 10) Ninguna leve Moderada (O) I (1) 1(2) Ninguna leve Moderada 1(1) 1(2) 10) Severa (3) Severa (3) Severa (3) I ~,~,e I ~~derada ~~,era ~i~gUna Puntaje 03 No lo puede hacer (4) No lo (~uede hacer 4 No lo puede hacer (4) No lo (:)uede hacer 4 Calificador d510 d540 dSSO dS98 =((03_1 + 03_2 + 03_3 + 03.4) / 16)"100 % CÓdigo CIF·IA Calificador 04.
RELACIONES En el último mes cuanta dificultad ha tenido ara: Pregunta ¿Relacionarse conoce? con personas Opciones de respuesta que no Ninguna leve Moderada Severa No lo puede 04.1 d730 I (1) 1 (2). (3) 10) hacer (4) Ninguna No I~ (~uede d7500 I ~)derada 04.2 ¿Mantener una amistad? (3~,era (O) hacer 4 ¿llevarse bien con personas cercanas a Severa No lo puede ~i)ngUna Leve Moderada 04.3 d760 (3) usted? 1(1) 1(2) hacer (4) 110 Ninguna leve Moderada No '~ (~uede d7500 04.4 ¿Hacer nuevos amigos? (3~,.ra hacer 4 1(0) 1(1) 1121 Ninguna leve Moderada Severa No lo puede 04.5 ¿Realizar actividades sexuales? d7702 1 (O) 1111 1(2) (3) hacer (4) Puntaje 04 ((04.1 + 04.2 + 04.3 +04.4 + 04.5 120 * 100 05 1) TAREAS OOMESTICAS Debido a su condición de salud, en el último mes, ¿cuánta dificultad ha tenido para: Código Pregunta Opciones de respuesta CIF-IA ¿Ocuparse responsabilidades Ninguna leve Moderada de sus Severa No lo puede 05.1 1(1), (2) (3) 10) domésticas? hacer (4) ¿Realizar bien sus tareas domésticas más No lo puede MOd~~ada Severa 05.2 ~d~guna I i,~,e (3) importantes? hacer (4) 12 d640 ¿Terminar todo el trabajo doméstico que Ninguna leve Moderada Severa No I~ (:)uede 05.3 necesitaba realizar? 10) (2) (3) I (1) hacer 4 ¿Terminar las tareas domésticas tan rápido ~)nguna No lo puede l1~ve Moderada Severa 05.4 (2) (3) como era necesario? hacer (4) 111 Punta e 05(1 "": ((05.1 + 05.2 + 05.3 + 05.4 116*100 05 (2) TRABAJO Y ACTIVIDADES ESCOLARES I I ~,~,e = % Calificador I Si el entrevistado trabaja (remunerado, no remunerado, independiente) o va a la escuela, complete las preguntas 05.5 - 05.8.
De 10 contrario, continúe en la pregunta D6.1 % RESOLUCiÓN NÚtVIERO'- 1239 DE -2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 33 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caractenzación de Personas con Discapacidad" I ¿En el ult,mo mes cuanta dl"eultad ha le"do paca' • 05.5 I ¿Llevar. a cabo. su. ~,a_~~~o diario o las,,; dlarlós? ~Jnguna ~,~ve 112) f3~veca ~~ee~0(4iuede d820 NI,nguna (O) ~,~ve 1(2). f3~vera ~~ee~0(4iuede d830 I ~,:,,~,~~~;ar 10.00. el teabaJu que neceSita ~~guna, r3)vera ~~ee~u(4iuede d850 I ¿Termlnaé su lcaba)o lan rápido eumu era ~,~ve 1(2) ~)nguna ~,e¡,e 112) le 05,6 i 057 ~~~~&" Opciones de respuesta Pregunta su'~cab~~~ ~: I~a~~~~e~:?s I 05.8 d825 6 I f3~vera ~~ee~o(~ 05,5 + 05,6 + 05,' + D5-:Bi! 06, I:~~:::~ie~ ~~~e;~~~~as con su I I 1 en la, Pregunta Calificador,, y con el Impaelo que su l'1i I I ele salud ha tenido I g?::¡O Opciones de respuesta % Calificador I ~9u~~~~"dlfleultadha lenldo para ~., ';0:'.' en actividades de su comunidad (por ejemplo, festividades, actividades religiosas o de otro tipo) de la misma forma I que cualquier olra ~Cuánta dl"eultad ha len Ido debido a 06.2 b~~~~~S ! lo· I I eXistentes en el I mu Hlue I !rodea? Ninguna (O) Leve Moderada (1) (2) Severa (3) No ~0(4iuede d910 I I~1~~~~'~}If'CUltad ha lenldopara vivir con I a las actitudes y acciones 06.3 Ninguna (O) Leve Moderada (2) Severa (3) ~~ee~0(4i"ede e150 Ninguna leve Moderada (1) (2) Severa (3) No I.'puede hacer (4) s~ D6.1 I I de olros? 06.4 I ~~_u~~t;', d~e:.i~d od:~~~ 06.5 ~)nguna ~,~ve 1(2) NI,nguna (O) ~~ve 1(2) ha tenido para para su familia su condición de Ninguna Leve Moderada (1) (2) I ~;~~~': s~~~ulla~ ha, ~~n:~fUd;u famil" NI,nguna (O) I ~;ru;~~0~~I~I'2~ ~~e~~~~~? usted a I I ~~~: im~~~~o. 06.6 I ~:¡~~? 06.7 06,8 (O) (1) I (O) I r3r I era hacer e155 I ~:40 ~~ee~O(rde d570 f3~vera ~~ee~0(4) Severa (3) ~~ee~ d879 ~~ee~0(4i: f3~vera ~;)ve 1(2) ¿Cuánta dificultad ha tenido al realizar por Ninguna leve Moderada Severa si mismo cosas que le ayuden a relajarse o ~~ee~0(4¡Uede d920 l' (O) (1) (2) (3) disfrutar? Puntaje 06 =,1106,1 +;,2 + I:,3 + 06,4 + 16,5 + 06,' ¡ + 06,7 + 06,8) '32)'100 I;
DE... ", TaM' I Dominio 01. II '2. I '3. 04. I 05 (1). I % Puntaie % % % I I I S) % 05 (1 Y 2). ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS, TRABAJO Y ACTIVIDADES ESCOLARES) % 06. % I I Procedimiento para la calificación del cuestionario El cálculo del puntaje de cada dominio se realiza mediante la aplicación de las fórmulas presentadas en la Tabla 12, donde 01 representa el dominio 1,02 representa el dominio 2, y asi sucesivamente. 01,1, representa el calificador de la primera pregunta del dominio 1, 01.2 representa el calificador de la segunda pregunta del dominio 1; 02,3 representa el calificador de la tercera pregunta del dominio 2, y asi sucesivamente, Tabla 12.
Fórmulas para la calificación del instrumento para personas de 18 años en adelante DOMINIO 01. Cognición 02. Movilidad 03, Cuidado personal 04. Relaciones 05 (1), Actividades cotidianas (Tareas FORMULA «01,1 + 01.2 + 01.3 + 01.4 + 01,5 + 01,6) /24)) '100 «02,1 + 02.2 + 02.3 + 02.4 + 02,5)/20)), 100 «03,1 + 03,2 + 03.3 + 03.4) /16)), 100 «04,1 + 04,2 + 04,3 +04.4 + 04.5) /20)), 100 «05,1 + 05,2 + 05.3 + 05.4) /16)' 100 domésticas) 05 (1 Y 2), Actividades cotidianas (Trabaio v actividades escolares) 06, Participación «05,1 + 05.2 + 05,3 + 05.4 + 05,5 + 05,6 + 05,7 +05,8) /32)), 100 «06,1 + 06.2 + 06,3 + 06.4 + 06,5 + 06,6 + 06.7 + 06,8) /32)), 100 RESOLUCiÓN NúM~RO·~ 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 34 Continuación de ta resotución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caractenzación de Personas con Discapacidad" Se debe tener en cuenta que, si la persona solicitante no está trabajando o estudiando, se calcula el puntaje de 05 (1), (Tareas domésticas), pero no el de 05 (1 Y 2) (Trabajo y actividades escolares).
Si la persona solicitante está trabajando o estudiando se.calcula el puntaje de 05 (1 Y 2) pero no el de 05 (1). Síntesis de resultados En este apartado, el aplicativo web del RLCPO presenta una tabla denominada "nivel de dificultad en el desempeño" para escribir el valor de la puntuación de cada dominio, con el propósito de compilar los resultados del instrumento en un solo espacio, facilitando el manejo posterior de la información. Estos resultados se verán reflejados en el apartado denominado "nivel de dificultad en el desempeño" del certificado de discapacidad.
Procedimiento para el registro de los resultados en el perfil de funcionamiento Los códigos CIF de las preguntas que reciban un calificador entre 1 y 4 quedarán registrados en el aplicativo web del RLCPO y se desplegarán en una lista de la cual se escogerán los tres códigos de los componentes de la CIF de funciones corporales, estructuras corporales y actividades y participación de mayor valor y/o relevancia con relación a la condición de discapacidad de la persona, el cual se reflejará en el certificado de discapacidad en el item denominado "perfil de funcionamiento". 2.1.2.2.
Solicitud de información sobre factores personales y ambientales El último paso de la entrevista con la persona solicitante es la solicitud de información acerca de los datos sobre factores personales de identificación (nombre, apellido, tipo de identificación y número), y de residencia del solicitante, y ambientales de autorreconocimiento (sexo, identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnica), ejercicio de derechos y caracterización de su entorno para la vida y el cuidado.
En este último aspecto indaga acerca del acceso a la garantía del derecho a la rehabilitación, a la educación, al trabajo y a la participación en la vida política y pública, necesidades de apoyo permanente de una tercera persona y presencia de barreras físicas, comunicativas y actitudinales. Para la formulación de las preguntas tenga en cuenta las siguientes instrucciones: a. Lea las preguntas tal como están formuladas, incluyendo los ejemplos cuando estos son presentados.
Oe ser necesario haga las aclaraciones correspondientes para que la persona comprenda el sentido de la pregunta. Lea todas las opciones de respuesta. No deje preguntas sin formular ni sin respuesta. Siga las indicaciones que se presentan en función de la respuesta brindada por la persona entrevistada. b. c. d. A continuación, se presenta el conjunto de preguntas a ser formuladas: l. Autorreconocimiento 1.
De acuerdo con sus costumbres y tradiciones, 2. De acuerdo con su identidad de género. usted usted se identifica como: a. Indígena b. Afrocolombiano c. Rrom - Gitano d. Palenquero e. Raizal f. Ninguno g. No responde 3. De acuerdo con su orientación sexual, usted se identifica como: a. Heterosexual b. Homosexual c. Bisexual d. Asexual e. Pansexual f. No responde se identifica como: a.· Masculino b. Femenino c. Transgénero d. e. Intergénero No responde RESOLUCiÓN NÚtVIEf{Q¡~ 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 35 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 11.
Ejercicio de derechos 4. ¿Ha estado en procesos de rehabilitación 5. En su proceso de rehabilitación le han ordenado consultas por funcional por su discapacidad? a. Medicina fisica y de rehabilitación b. Psiquiatria a. Si Fisioterapia c. b. No (pase a la pregunta 7) d. Fonoaudiologia e. Terapia ocupacional f. Optometria g. Psicologia h. Trabajo social i. Otro tipo de profesionales 6.
¿Actualmente está asistiendo al servicio de 7. ¿Por qué no recibe servicio de rehabilitación? rehabilitación? a. Ya terminó el proceso de rehabilitación a. Si (pase a la pregunta 8) b. Cree que ya no lo necesita b. No c. No le gusta/no le interesa d. Falta de dinero e. El centro de atención queda muy lejos f. No hay quién lo lleve g. No ha sido autorizado por el asegurador h. No sabe 8.
¿Sabe si el municipio cuenta con servicio de 9. ¿Utiliza productos de apoyo? rehabilitación? a. Si a. Si No (pase a la preQunta 12) b. No b. 10. ¿Cuáles de los siguientes productos de 11. En su proceso de rehabilitación recibió apoyo utiliza? entrenamiento en el uso del (los) producto(s) de apoyo asociado(s) a su discapacidad a. Productos de apoyo para la movilidad (por ejemplo, bastón, muletas, caminador, silla a. Sí de ruedas) b. Órtesis y/o prótesis (en brazos o piernas) b. No porque no asistió al entrenamiento c. Bastón de orientación (personas ciegas o c. No porque la entidad de salud no con baja visión) proporcionó el entrenamiento d. d. Productos de apoyo para la visión (por No porque el producto de apoyo no ejemplo, visión, gafas para baja requiere entrenamiento telescopios, binoculares) e. Productos de apoyo para la audición (por ejemplo, trompetillas, audífonos, implantes) 12.
¿Sabe leer y escribir? (Solo para personas de 13. ¿Asiste actualmente a alguna institución 5 años y más) educativa? a. Si a. Si (pase a la pregunta 15) b. No b. No 14. ¿Cuál es la causa principal por la cual no está 15. ¿Cuál fue el último nivel educativo que estudiando? completó? a. Falta de dinero a. Ninguno b. Falta de cupos b. Educación inicial c. No existe centro educativo cercano c. Preescolar d. La institución educativa le ha negado el d. Básica primaria cupo e. Básica secundaria e. La institución no garantizó los servicios de f. Media apoyo requeridos g. Formación para el trabajo f. Su familia no se lo permitió h. Educación superior pregrado g. No quiso, no le gusto o no le interesó i. Educación superior posgrado h. Ya terminó sus estudios 16.
¿Actualmente está trabajando? (Para 17, En su trabajo la mayor parte de tiempo se ha personas de 16 años y más) desempeñado como (Para personas de 16 años y más) a. Si a. Patrón o empleador b. No b. Empleado formal c. Trabajador formal por cuenta propia o independiente d. Trabajador inforrnal RESOLUCiÓN NÚrólERÓ: 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022.HOJA No 36 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 18.
¿Cuál es la fuente principal de sus ingresos? 19. ¿Cuál es su ingreso mensual promedio en SMLMV? (Para personas de 16 años y más) (Para personas de 16 años y más) Sin ingreso a. Del trabajo a. b. Pensión b. Menos de 1 c. De 1 a 2 c. Renta Más de 2 y menos de 4 d. Subsidio o ayudas del gobierno d. 4 o más e. Subsidio o ayuda de particulares e. Ayudas familiares No informa f. f. g. Ninguna 20.
Usted participa en actividades: 21. ¿Pertenece a una organización o movimiento asociativo de personas con discapacidad? a. Familiares b. Comunitarias Si a. c. Religiosas o espirituales No b. d. Deportivas o de recreación e. Culturales f. Ciudadanas g. Otras h. Ninguna 22. En relación con el proceso de toma de decisiones. usted: (Para personas de 18 y más años) a. Toma decisiones de manera autónoma b. Toma sus propias decisiones, pero requiere del apoyo de otras personas para facilitar este ejercicio c. Otra persona tiene todo el poder legal para tomar las decisiones por usted (interdicción) 11.
Entorno para la vida y el cuidado 23. ¿Requiere permanentemente de la ayuda de 23. ¿Quién es la persona que niás le ayuda a otra persona para realizar actividades de la realizar las actividades de la vida diaria en vida diaria, por ejem plo. bañarse, vestirse, las que tiene dificultades de forma comer, beber, ir al baño, cambiar posiCiones permanente? del cuerpo? a. Padre a. Si b. Madre b. No (pase a la pregunta 26) c. Hijo(s) d. Hija(s) e. Hermano(s) Hermana(s) f. g. Esposo o compañero h. Esposa o compañera Abuelo i. Abuela j. k. Otros familiares hombres· Otras familiares mujeres 1. m. Persona remunerada para ayudarlo(a), no cualificada n. Persona remunerada para ayudarlo(a), cualificada o. Necesita ayuda, pero no tiene quien le ayude 24.
Usted vive: 25. ¿En qué tipo de institución? a. Con su familia (pase a la pregunta 28) a. Establecimiento penitenciario o carcelario b. Solo (pase a la pregunta 28) b. Hospital c. En calle (pase a la pregunta 28) c. Centro psiquiátrico d. En institución de manera permanente (7 d. Hogar geriátrico días a la semana, 24 horas por un tiempo e. Centro de protección infantil (con medida mayor a dos meses) (pase a la pregunta de restablecimiento de derechos) 27)' f. Otras instituciones 26.
¿De quién o quiénes recibe mayor apoyo y 27. En su vida diaria usted encuentra barreras respaldo (apoyo emocional. ayuda material. físicas en servicios e información)? a. Vivienda a. De familiares b. Espacio público b. De comunidades o grupos religiosos c. Transporte público c. De redes comunitarias o sociales d. Edificaciones públicas o privadas d. Instituciones e. No encuentro barreras físicas e. De vecinos y amigos f. No cuenta con redes de apoyo RESOLUCiÓN NÚ'~RO.~.12 39 DE 2 1· JUL 2022 2022 HOJA No 37 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" 28.
¿En su vida diaria usted encuentra barreras 29. para acceder a la información en? a. Medios de comunicación masivos (Radio, b. c. d. e. t g. h. 3. ¿En su vida diaria, usted encuentra actitudes negativas en su interacción con a. Miembros de la familia cercana Tv) En tecnologias de información y comunicación TIC Entidades que prestan atención al público Entidades de salud Entidades educativas Espacio público Transporte público No encuentra barreras para acceder a la b. c. d. información i. Otros familiares Amigos Conocidos, compañeros, colegas, vecinos o miembros' de la comunidad e. Personas en cargos de autoridad f. g. h. Personas en cargos subordinados Cuidadores y personal de ayuda Profesionales de la salud Otros profesionales No encuentra barreras actitudinales i. RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACiÓN DE DISCAPACIDAD Una vez finalizada la aplicación de los instrumentos previamente descritos, el equipo multidisciplinario genera en el aplicativo web de RLCPD el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad, que establece la existencia de la discapacidad.
Se establece que la persona solicitante tiene discapacidad con base en la obtención de los dos (2) resultados que se detallan a continuación: a. b. 3.1. Al menos una deficiencia en estructuras y funciones corporales, desde leve hasta completa. Esta información se obtiene al constatar que al menos un código tiene un calificador entre 1 y 4.
Al menos una limitación en las actividades y restricción en la participación desde leve hasta completa. Socialización del resultado del procedimiento de certificación de discapacidad El equipo multidisciplinario informa el resultado del procedimiento a la persona, asegurándose de que comprende dicha información, para lo cual, garantizará y hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera para acceder a tal información. En aquellos casos donde el procedimiento dé como resultado que la persona solicitante no tiene discapacidad, se le explicarán las razones, y se le informará que esta determinación se registrará en el.
RLCPD únicamente como soporte de la realización de la valoración clinica multidisciplinaria. En caso de que el solicitante no esté de acuerdo con el resultado de la certificación, se le debe informar que tiene derecho a solicitar una segunda opinión. 3.2. Certificado de discapacidad Si se establece que la persona solicitante tiene discapacidad, el RLCPD genera el certificado de discapacidad y el equipo multidisciplinario de la IPS hace entrega de este a la persona con discapacidad.
El certificado de discapacidad incluye al menos la siguiente información, como resultado de la aplicación de los instrumentos descritos en los apartados anteriores: a. Datos personales de la persona con discapacidad. Nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad. b. Lugar y fecha de la valoración clinica multidisciplinaria para certificación de discapacidad.
Razón social de la IPS donde se expide el certificado de discapacidad, fecha de realización de la valoración. c. Categoría de discapacidad. Categoría de discapacidad de acuerdo a lo definido en el numeral 1.2 del presente anexo técnico. En los casos en los que se identifique más de una categoría de discapacidad, estará marcado SI en cada una de ellas y también SI en la categoría múltiple, salvo en los casos de personas con sordoceguera, pues esta se considera una categoría única de discapacidad, en cuyo caso solo se marcará SI en dicha categoría. d. Nível de dificultad en el desempeño. Porcentaje expresado en una escala de O a 100 por cada uno de los siguientes dominios de actividades y participación: RESOLUCiÓN NÚÑlERO = 1239 DE 2 1 JUL 2022 2022 HOJA No 38 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad" Cognición Movilidad Cuidado personal Relaciones Actividades de la vida diaria Participación e. Perfil de funcionamiento.
Incluye los tres (3) códigos de cada uno de los componentes del perfil de funcionamiento que mejor describan la discapacidad del solicitante (funciones corporales. estructuras corporales y actividades y participación).. f. Datos de los profesionales del equipo multidisciplinario. Nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad, y profesión. g. Código QR.
Combinación de caracteres que contiene almacenada la información del certificado de discapacidad para que pueda ser leido y validado mediante un dispositivo con lector óptico. En esta verificación se podrá visualizar los datos personales (nombre completo, identificación, ID validación), así como, la leyenda de generación del mismo a través del RLCPO.