República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 2024 Q 5 JUL 2024 Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las previstas las conferidas por el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, en el literal e) del numeral 1 del artículo 10 de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, y en desarrollo del parágrafo del artículo 81 de la Ley 1753 de 2015 y,
CONSIDERANDO
Que, el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia garantiza la igualdad de todas las personas y permite el ejercicio pleno de derechos libertades y oportunidades sin ninguna discriminación, así mismo, insta a que el Estado promueva condiciones y adopte medidas para que la igualdad entre los individuos y los grupos sea real y efectiva.
Que, el artículo 194 de la Ley 100 de 1993 preceptúa que, la prestación de servicios de salud en forma directa por la Nación o por las entidades territoriales, se hará principalmente a través de las Empresas Sociales del Estado, que constituyen una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, creadas por la Ley o por las asambleas o concejos, según el caso, sometidas al régimen jurídico previsto en la fuente normativa mencionada.
Que, por medio de la Ley 762 de 2002 Colombia aprobó la "Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad" que insta al avance en adecuaciones normativas y jurídicas eliminando barreras de acceso y, como consecuencia, permitiendo el goce efectivo de derechos de las personas con discapacidad.
Que, el artículo 1° de la Ley 1346 de 2009 reconoce que las personas con discapacidad, pueden ver impedida su participación plena y efectiva en la sociedad al enfrentarse a diferentes tipos de barreras, en ese sentido, es menester adoptar medidas que propendan por garantizar la igualdad de oportunidades a dicha población. Que, el numeral 5 del artículo 5 de Ley Estatutaria 1618 de 2013, consagró la responsabilidad de las entidades públicas de actualizar el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, así mismo, el numeral 10 de la citada norma, estableció que las entidades del ordép territorial deberían incluir en sus presupuestos anuales los recursos para la implementación de acciones en favor de los derechos de las personas con discapacidad.
Que, el artículo '11 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 determina que las personas con discapacidad, entre otras poblaciones, gozarán de especial protección por parte del Estado, su atención en salud no estará limitada por ningún tipo de restricción administrativa o económica y que las instituciones que hagan parte del sector salud deberán definir procesos RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE HOJA No 2 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". de atención intersectoriales e interdisciplinarios que les garanticen las mejores condiciones de atención. Que, así mismo, el artículo 24 de la precitada ley señala que corresponde al Estado asegurar que todos los ciudadanos en el territorio nacional, especialmente aquellos en zonas marginadas o de baja densidad poblacional, tengan acceso a servicios de salud, y en ese mismo sentido, la expansión de la red pública hospitalaria en el marco de la rentabilidad social.
En áreas dispersas, el Estado está obligado a implementar medidas razonables, eficaces, progresivas y continuas para garantizar que los habitantes puedan acceder de manera oportuna a los servicios de salud necesarios. Que, en virtud de la normativa expuesta, esta cartera ministerial ha venido avanzando en la consolidación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, como instrumento para establecer la fuente oficial de información respecto de las personas con discapacidad, la construcción de las políticas públicas, el desarrollo de planes, programas y proyectos de los derechos de este grupo poblacional, y como medio de verificación y priorización para el direccionamiento de la oferta programática institucional.
Que, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1239 de 2022, a través de la cual se dictaron las disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el registro de localización y caracterización de personas con discapacidad; mediante la cual, se establecieron mecanismos de atención preferencial a personas con algún tipo de discapacidad; no obstante, en virtud del principio de progresividad es necesario tomar medidas y generar una serie de ajustes razonables que pretendan la eliminación de barreras que impidan a una persona con discapacidad adceder a un bien o servicio que se encuentra disponible para los demás ciudadanos. Que, con base a lo expuesto y, durante la implementación de las disposiciones establecidas en la referida resolución, se evidencia la necesidad de incluir como beneficiarios de los recursos para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad a las Empresas Sociales del Estado E.S.E. con el fin de lograr mayor cobertura en la implementación del procedimiento de. certificación de discapacidad y lograr progresivamente una oferta de servicios de saluden condiciones de disponibilidad, equidad, calidad e igualdad.
Que, la prioridad de las Empresas Sociales del Estado, es respondek de manera adecuada a las necesidades de salud de la población de su área de influencia, con prestación de servicios de salud que garanticen condiciones de calidad, accesibilidad y oportunidad a la población, y de otra parte que se dé un uso eficiente de los recursos administrativos, técnicos y financieros disponibles, en cumplimiento del principio de eficiencia. Que este Ministerio, a través de la Resolución 737 de 2024, la cual derogó la Resolución 5514 de 2013 y modificó la Resolución 2361 de 2016, dispuso que los actos administrativos que soporten la asignación de recursos, que se ejecutan mediante transferencia a entidades territoriales o sus entes adscritos o vinculados, deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la ejecución efectúe para dicha vigencia. Que, a la luz de lo anterior, es necesario ajustar las disposiciones relacionadas con el trámite para la expedición del certificado de discapacidad, el procedimiento de certificación de discapacidad, el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, su anexo técnico y los criterios para la asignación y distribución de los recursos dispuestos en el Presupuesto General de la Nación por este Ministerio, para tal fin RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE 05 JUL HOJA No 3 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".
RESUELVE
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (RLCPD), este último como mecanismo para localizar, caracterizar y certificar a las personas con discapacidad.
Para efectos de la valoración multidisciplinaria y del registro de la información, se tendrá en cuenta el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de esta resolución se aplican a las secretarías de salud del orden departamental, distrital y municipal, o a las entidades que hagan sus veces, a las entidades promotoras de salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado, a las entidades adaptadas, a los prestadores de servicio de salud, a las Entidades Territoriales y a las personas interesadas en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad.
Parágrafo. Los regímenes Especial y de Excepción y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia (USPEC), adaptarán la presente regulación o adoptarán la propia, con recursos y procesos propios, estableciendo para ello, los trámites y autoridades competentes dentro de su sistema organizacional para la recepción de solicitudes de certificación; la generación de la orden para la realización del procedimiento; la asignación de citas; la realización del procedimiento en los prestadores de servicios de salud autorizados para ello por las secretarías de salud de orden departamental, distrital, o las entidades que hagan sus veces, o en las instituciones de salud propias, así como su pago.
En todo caso, deberán generar la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y registrar la información resultante en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad dispuesto por este Ministerio en el Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO), para lo cual, solicitarán al Ministerio de Salud y Protección Social, la creación y entrega del perfil requerido.
CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD Artículo 3. Procedimiento de certificación de discapacidad. El procedimiento de certificación de discapacidad corresponde a la valoración clínica multidisciplinaria simultánea, fundamentado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), que permite establecer la existencia de discapacidad, a partir de la identificación de las deficiencias en funciones y estructuras corporales, incluyendo las psicológicas, las limitaciones en la actividad y las restricciones en la participación que presenta una persona.
Este procedimiento hace parte del proceso de rehabilitación de las personas con discapacidad y la información capturada en el marco del mismo, hará parte integral de la historia clínica de la persona valorada. Si, como resultado del procedimiento de certificación de discapacidad se establece que la persona solicitante presenta discapacidad, se emite el correspondiente certificado de discapacidad y la información se incorpora directamente en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
Dicho procedimiento debe realizarse por los equipos multidisciplinarios para certificación de discapacidad de los prestadores de servicios de salud autorizados por las secretarías de RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 5 a 2924 HOJA No 4 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, los cuales estarán conformados por tres (3) profesionales registrados en el Directorio Nacional de Certificadores de Discapacidad de este Ministerio, cada uno de una disciplina diferente, donde se incluye un médico general o especialista y dos (2) profesionales de alguna de las siguientes áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería, optometría o trabajo social.
La valoración por equipo multidisciplinario para certificación de discapacidad podrá realizarse en modalidad intramural (institucional), extramural (domiciliaria o jornada de salud) o telemedicina. El valor unitario de la valoración clínica multidisciplinaria a pagar a los prestadores de servicios de salud será el establecido por este Ministerio en cada vigencia y se incrementará de acuerdo con la variación anual del índice de Precios al Consumidor (IPC) que calcula el Departamento Nacional de Estadística (DANE), con independencia de la fuente de financiación de que trata el siguiente artículo.
Tal valor contempla el gasto de administración para las valoraciones institucionales, en jornada de salud, telemedicina y domiciliaria contemplando el incremento que r comportan los gastos de traslado del equipo multidisciplinario. Parágrafo 1. El procedimiento de certificación de discapacidad no tendrá costo para el solicitante. Parágrafo 2.
El directorio nacional de certificadores de discapacidad es una base del Ministerio de Salud y Protección Social que contiene los datos de identificación, localización y contacto de los profesionales de la salud y los trabajadores sociales que han aprobado un proceso de formación o complementación del talento humano como certificadores de discapacidad.
Artículo 4. Fuente de financiación. El procedimiento de certificación de discapacidad será financiado con cargo a los recursos disponibles en el Presupuesto General de la Nación; para tal fin, aquellos propios de las entidades territoriales y los que se gestionen a través del. Sistema General de Regalías, recursos de los regímenes Especial y de Excepción, de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios de Colombia — USPEC, y de actores voluntarios del sector privado o de cooperación internacional.
Parágrafo 1. Los proyectos que sean financiados con recursos del Sistema General de Regalías que gestionen las entidades territoriales deberán atender los lineamientos que para tal efecto expida este Ministerio. Parágrafo 2. La empresa o grupo empresarial del sector privado que voluntariamente, en el marco de su autonomía, gestione recursos propios para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad para sus trabajadores o potenciales trabajadores, direccionará a las personas a las cuales financiará el procedimiento hacia las secretarías de salud distritales y municipales o a las entidades que hagan sus veces, para obtener la cita para certificación de discapacidad, conforme lo establece el artículo 7 de la presente resolución. Parágrafo 3.
Los recursos transferidos por este Ministerio para la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad y el RLCPD, serán destinados exclusivamente. para cofinánciar el pago de las valoraciones multidisciplinarias. Artículo 5. Autorización de los prestadores de servicios de salud. Las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, autorizarán para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad, a los prestadores de servicios de salud que cumplan con los criterios que se señalan a continuación: RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 0 5 Al -2024 HOJA No 5 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". 5.1.
Contar por lo menos con un (1) equipo multidisciplinario para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, conformado por tres (3) profesionales de disciplinas diferentes, donde se incluya un médico general o especialista y dos (2) profesionales de alguna de las siguientes áreas: fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, psicología, enfermería, optometría o trabajo social, quienes deberán estar registrados en el directorio nacional de certificadores de discapacidad de este Ministerio.
Los miembros del equipo multidisciplinario deben estar presentes durante el tiempo que dure la valoración. 5.2. Disponer de servicios de medicina, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología, optometría o psicología habilitados, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 3100 del 2019, o en la norma que la modifique, complemente o sustituya.
Los servicios habilitados deberán corresponder, con las disciplinas que conforman el (los) equipo (s) multidisciplinario (s) en la modalidad intramural, así como la modalidad extramural (domiciliaria y jornada de salud) y de telemedicina, en caso de que se oferte la realización de la valoración en alguna de dichas modalidades. 5.3. Contar con apoyos y ajustes razonables acordes con las necesidades de las personas solicitantes y de acuerdo con las categorías de discapacidad. 5.4.
Disponer de la infraestructura técnica, tecnológica y administrativa necesaria para el reporte de la información resultante de la valoración clínica multidisciplinaria en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, la disposición de computadores y conectividad óptima para el cargue de la información, así como del personal, insumos y procesos administrativos que permitan llevar a cabo el procedimiento. 5.5.
Contar con la capacidad suficiente para realizar mínimo diez (10) valoraciones para certificación de discapacidad a la semana, previendo que el tiempo mínimo para cada una es de cuarenta (40) minutos. Parágrafo. Las secretarías de salud del orden departamental y distrital o las entidades que hagan sus veces, informarán semestralmente a este Ministerio, los prestadores de servicios de salud autorizados para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad.
Artículo 6. Autorreconocimiento y voluntariedad. El procedimiento de certificación de discapacidad y la consecuente inclusión de una persona en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberá darse como resultado de su libre elección, expresión y de su autorreconocimiento como persona con discapacidad; excepcionalmente, la voluntad se expresará mediante la persona de apoyo respecto de los niños, niñas y adolescentes, y frente a las personas mayores de edad, en los términos establecidos en el artículo 48 de la Ley 1996 de 2019.
Artículo 7. Orden y cita para el procedimiento de certificación de discapacidad. El proceso para la solicitud y obtención de la orden y la cita para realización de procedimiento de certificación de discapacidad será el siguiente: 7.1. La persona interesada en realizar el procedimiento de certificación de discapacidad o excepcionalmente la persona de apoyo, en los términos del artículo 6 de la presente resolución, solicitará ante la secretaría de salud distrital o municipal de su lugar de residencia o la entidad que haga sus veces, la orden para certificación de discapacidad, allegando los siguientes documentos e información: 7.1.1.
Copia de la historia clínica en la que incluya el (los) diagnóstico(s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades -CIE- vigente, relacionado(s) con la discapacidad y sus soportes de apoyo diagnóstico, emitidos por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la EPS o RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 05 JUL 2O24 HOJA No 8 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". entidad adaptada a la que se encuentre afiliada.
Esta historia clínica no requiere tiempo de vigencia. 7.1.2. El tipo de valoración a realizar por el equipo multidisciplinario (institucional o domiciliaria o telemedicina), será establecida por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la entidad promotora de salud o la entidad adaptada a la que se encuentre afiliado el interesado, con base en su condición de salud.
La determinación del tipo de valoración entre domiciliaria o telemedicina la tomará la secretaría de salud en función de la oferta presente en los prestadores del territorio. 7.1.3. Los apoyos y ajustes razonables (movilidad, comunicación y acceso a la comunicación, persona de apoyo) de ser necesarios, establecidos por el(los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de la entidad promotora de salud o entidad adaptada a la que se encuentre afiliado el interesado. 7.1.4.
Comunicación suscrita por la empresa o grupo empresarial, dirigida a la secretaría de salud, presentando a la persona y señalando que realizará el pago de la valoración clínica multidisciplinaria a los prestadores de servicios de salud, cuando se trate del evento previsto en el parágrafo 2 del artículo 4 de esta resolución. 7.2. La secretaría de salud distrital o municipal o la entidad o las entidades que hagan sus veces deberá asegurarse de que la persona solicitante comprende de qué se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y manifiesta estar de acuerdo con iniciar el proceso de obtención de la orden.
Para ello, garantizará los apoyos y ajustes razonables que requieran las personas para acceder a tal información y tomar la decisión libre e informada. 7.3. Máximo, dentro de los cuatro (4) días hábiles posteriores a la solicitud, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces designará al talento humano en Salud (Auxiliar, Técnico, Tecnólogo o profesional) calificado para realizar el proceso de verificación de la documentación e información aportada por el solicitante, con el fin de que cumpla con lo descrito en los numerales del 7.1.1 al 7.1.4 de este artículo, y definirá si es procedente la generación de orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, de acuerdo al resultado de la verificación. 7.4.
Si la documentación e información aportada por el solicitante cumple, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces en un término máximo de un (1) día hábil posterior a la verificación de que trata el numeral anterior, generará la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y entregará a la persona solicitante por el medio que esta haya autorizado, la orden en la que se señalará: 7.4.1.
Fecha de expedición. 7.4.2. Número de orden., 7.4.3. Nombre completo, tipo y número de identificación, número telefónico o medio de. contacto de la persona a la que se le practicará la valoración clínica multidisciplinariaí 7.4.4. Razón socialídirección,- número de teléfono y correo electrónico del prestador de servicio de salud asignado para la realización del procedimiento; esta asignación deberá atender a las características del caso, al diagnóstico asociado y a los apoyos y ajustes razonables requeridos.' 7.4.5.
Tipo de valoración clínica multidisciplinaria (institucional, domiciliaria), de acuerdo con lo establecido por el médico tratante! RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 05 El 2024 HOJA No 7 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". 7.4.6.
Las necesidades de apoyos y ajustes razonables, cuando el médico tratante las haya establecido, de acuerdo con la siguiente clasificación: 7.4.6.1. Movilidad. 7.4.6.2. Comunicación y acceso a la comunicación. 7.4.6.3. Persona de apoyo. 7.4.7. La manifestación de que el procedimiento será pagado directamente al prestador de servicio de salud por la empresa o grupo empresarial que presentó a la persona, cuando aplique. 7.5.
Si la documentación e información aportada por el solicitante no cumple con lo descrito en los numerales 7.1.1 al 7.1.4 de este artículo, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, en un término máximo de un (1) día hábil posterior a la verificación de que trata el numeral 7.3, informará a la persona solicitante por el medio que esta haya autorizado, lo que se requiere para el cumplimiento, y que una vez cuente con ello podrá presentar la documentación requerida para continuar con el trámite. 7.6.
En un término no superior a un (1) día hábil posterior a la generación de la orden para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces, le comunicará por el medio más expedito al prestador de servicios de salud asignado, sobre dicha generación; así mismo, enviará al prestador copia de la historia clínica y apoyos diagnósticos, para que cuente con este documento el día de la valoración, con el fin de que esta asigne la cita para la realización de la valoración clínica multidisciplinaria. 7.7.
El prestador de servicios de salud, en un término no superior a diez (10) días hábiles posteriores a la comunicación de la orden, asignará la cita y realizará la valoración clínica multidisciplinaria; para ello, le comunicará al solicitante o excepcionalmente a la persona de apoyo, la fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo. Los cambios de fecha u horario de la cita para la valoración clínica multidisciplinaria que requiera el solicitante deberán ser tramitados directamente por este ante el prestador de servicios de salud.
Parágrafo. El canal de atención para enviar la orden, historia clínica y apoyo diagnósticos y obtener la cita para certificación de discapacidad será determinado por las secretarías de salud distritales y municipales o las entidades que hagan sus veces. Artículo 8. Realización del procedimiento de certificación de discapacidad. Para llevar a cabo el procedimiento de certificación de discapacidad, los prestadores de servicios de salud, deben contar con la historia clínica y los soportes de apoyo diagnóstico de la persona interesada, los cuales previamente han sido remitidos por la secretaría de salud municipal o distrital.
Corresponde a los prestadores de servicios de salud garantizar que en la valoración clínica multidisciplinaria se cuente con los apoyos y ajustes razonables que haya establecido el médico tratante, y que el procedimiento de certificación de discapacidad se desarrolle en los términos del anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. El equipo multidisciplinario deberá asegurarse que la persona solicitante comprende de qué se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, que la información que de este se derive y su resultado se registrará en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, y que esa información será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, como RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE o 5 jui 2024 HOJA No 8 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional.
Una vez se cuente con la manifestación de voluntad del solicitante o excepcionalmente de la persona de apoyo, se iniciará la valoración clínica multidisciplinaria. Artículo 9. Resultado del procedimiento de certificación de discapacidad. Efectuado el procedimiento de certificación de discapacidad y de acuerdo con el resultado del mismo, el equipo multidisciplinario del prestador de servicios de salud deberá: 9.1.
Si el resultado establece que la persona solicitante tiene discapacidad: 9.1.1. Informar a la persona con discapacidad o excepcionalmente a través de la persona de apoyo, los siguientes aspectos, asegurándose de que comprenda la información, para lo cual, de ser necesario, hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera: 9.1.1.1.
El resultado del procedimiento de certificación de discapacidad y las razones en que este se fundamenta. 9.1.1.2. Que dicho resultado se registró en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. 9.1.1.3. Que el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, genera el certificado de discapacidad como documento personal e intransferible que señala los datos personales de nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad, lugar y fecha de la valoración clínica multidisciplinaria, categoría de discapacidad, nivel de dificultad en el desempeño, perfil de funcionamiento, datos de los profesionales del equipo multidisciplinario y código QR. 9.1.1.4.
La ruta mediante la cual se puede acceder para descargar el certificado de discapacidad es ingresando al Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO). Si corresponde a una persona mayor de edad puede acceder a la descarga del certificado en la página SISPRO; si corresponde a un menor de edad, debe remitirse a la Secretaría de Salud de la Entidad Territorial. 9.1.1.5.
La posibilidad de solicitar una segunda opinión, así como las condiciones para ello, descritas en el artículo 11 de la présente resolución, en caso de no estar de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad. 9.1.2. Entregarle el certificado de discapacidad generado por el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad.
En el evento que no sea posible la generación o la entrega del certificado de discapacidad en la cita, informarle las razones y motivos, y proceder a realizar las acciones pertinentes para resolver los inconvenientes. En todo caso, el certificado será entregado dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la realización de la valoración clínica multidisciplinaria. 9.2.
Si el resultado establece que la persona solicitante no tiene discapacidad, no se generará certificado, y el equipo multidisciplinario del Prestador de Servicios de Salud deberá: 9.2.1. Informarle al solicitante o excepcionalmente a la persona de apoyo, los siguientes aspectos, asegurándose de que comprende dicha información, para lo cual, de ser necesario, hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiera: RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 5 JUL aziF HOJA No 9 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". 9.2.1.1.
El resultado del procedimiento de certificación de discapacidad y las razones en que este se fundamenta. 9.2.1.2. Que dicho resultado se registró en el Registro de Localización y ' Caracterización de Personas con Discapacidad, únicamente como soporte de la realización de la valoración clínica multidisciplinaria. 9.2.1.3. La posibilidad de solicitar una segunda opinión, así como las condiciones para ello, descritas en el artículo 11 de la presente resolución, en caso de no estar de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad Artículo 10.
Términos para realizar el procedimiento de certificación de discapacidad y la entrega del resultado. El procedimiento de certificación de discapacidad y la entrega del resultado no podrá exceder de diecisiete (17) días hábiles posteriores al establecimiento del cumplimiento de la documentación e información entregada para la solicitud de lo descrito en los numerales 7.1.1 al 7.1.4 de la presente resolución. Artículo 11.
Segunda opinión. El solicitante o la persona de apoyo que no esté de acuerdo con el resultado del procedimiento de certificación de discapacidad, podrá solicitar una segunda opinión por una única vez en cualquier tiempo. Para esto, la secretaría de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces generará la orden para realizar un nuevó procedimiento de certificación de discapacidad con un equipo multidisciplinario diferente y él prestador de servicios de salud asignará la cita, en los términos de los numerales 7.4, 7.6, y 7.7, sin que sea necesario agotar el proceso establecido en los numerales 7.1 al 7.3 de la presente resolución. La información y el resultado de este último procedimiento será el que finalmente quede registrado en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad; en consecuencia, el registro de la primera valoración hará parte de la trazabilidad del proceso de la información del Registro de Localización y Caracterización de personas con discapacidad.
Artículo 12. Actualización del certificado de discapacidad. La actualización del certificado de discapacidad se adelantará conforme con el proceso contemplado en el artículo 7 de la presente resolución, únicamente en los siguientes casos: 12.1. Cuando el menor de edad certificado cumpla seis (6) años. 12.2. Cuando el menor de edad certificado cumpla dieciocho (18) años. 12.3.
Cuando a criterio del médico tratante se modifiquen las deficiencias corporales, limitaciones en las actividades o restricciones en la participación, por efecto de la evolución positiva o negativa de la condición de salud. Artículo 13. Restricciones en el uso del procedimiento de certificación de discapacidad. El procedimiento de certificación de discapacidad y el certificado de discapacidad no son documentos válidos para el reconocimiento de prestaciones económicas y asistenciales del Sistema General de Pensión o de Riesgos Laborales, ni para la calificación de la pérdida de capacidad laboral y ocupacional.
CAPÍTULO III REGISTRO DE LOCALIZACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Artículo 14. Registro de localización y caracterización de personas con discapacidad. Es la plataforma que hace parte del Sistema Integrado de Información de la Protección Social, en la cual se registra la información resultante del procedimiento de RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE (15 juL 2024 HOJA No 10 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". certificación de discapacidad, a fin de establecer la caracterización y localización geográfica, en los niveles municipal, distrital, departamental y nacional, y es la fuente oficial de información sobre las personas con discapacidad en Colombia.
Artículo 15. Actualización de la información del registro de localización y caracterización de personas con discapacidad. La información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad correspondiente a los datos personales de residencia y ambientales de autorreconocimiento esto es, sexo, identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnica, así como del ejercicio de derechos y caracterización de entorno para la_ vida y el cuidado de la persona con discapacidad, pueden ser actualizados por las secretarías de salud distrital o municipal o la entidad que haga sus veces de su lugar de residencia, previa solicitud de la persona con discapacidad o de la persona de apoyo, en los términos del articulo 6 de la presente resolución. Parágrafo.
Para la actualización de los datos personales de nombre, apellido, tipo y número de documento de identidad, la persona con discapacidad o la persona de apoyo deberá realizar la solicitud ante el Ministerio de Salud y Protección Social. Artículo 16. Usos de la información del registro de localización y caracterización de personas con discapacidad.
La información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional, sin que se constituya en una barrera de acceso a la misma.
Las entidades responsables de las políticas públicas, planes, programas y proyectos o aquellas que provean servicios o beneficios dirigidos a la población con discapacidad, serán las responsables de definir los criterios de acceso, permanencia o egreso a los mismos, relacionados con el certificado de discapacidad o la información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, así como de verificar mediante la consulta individual, nominal o masiva que la persona tiene certificado de discapacidad, que el certificado presentado es legítimo y que está incluida en dicho Registro Parágrafo.
La consulta individual de las personas con discapacidad, se puede realizar en el Sistema Integrado de Información de la Protección Social y de requerirse por una entidad información nominal o masiva derivada del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberá solicitarla al Ministerio de Salud y Protección Social, atendiendo los criterios de acceso y protección de la información por este establecidos.
Artículo 17. Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el acceso, consulta, flujo y consolidación de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionadoá con el tratamiento de información, que les sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, y lo relacionado con el numeral 3 del artículo 2.2.2.25.1.3 del Decreto 1074 de 2015 y la Ley 1712 de 2014, en virtud de lo cual, se hacen responsables de la privacidad, seguridad y confidencialidad de dicha información, por tratarse de datos sensibles.
RESOLUCIÓN NÚMERO D OB01197 DE o 5 jit 2024- HOJA No 11 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y& Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". CAPÍTULO IV RESPONSABILIDADES Artículo 18.
Responsabilidades de las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o quien haga sus veces. Además de las responsabilidades establecidas en artículos anteriores, las secretarías departamentales, distritales y municipales de salud o quienes hagan sus veces, deberán: 18.1. Incluir en su plan de acción anual, acciones de actualización continua, cumplimiento de las metas de cobertura y promoción del procedimiento de certificación de discapacidad y del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, en coordinación con el Comité Territorial de Discapacidad. 18.2.
Promover con otras entidades y sectores el uso de la información registrada en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad, sin que se constituya en una barrera de acceso a los 'mismos. 18.3.
Asignar por lo menos un funcionario del sector salud como referente de discapacidad y responsable del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad. 18.4. Garantizar la disponibilidad de los prestadores de servicios de salud autorizados para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad. 18.5.
Brindar asistencia técnica y capacitación sobre certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad a los prestadores de servicios de salud autorizados, en pro de garantizar la calidad de la información registrada. 18.6. Disponer de las condiciones técnicas y administrativas para tramitar oportunamente las solicitudes de actualización de los datos de las personas incluidas en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, y orientar la actualización de los datos personales y ambientales del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la presente resolución. 18.7.
Elaborar e implementar estrategias de comunicación, en las que se incluyan campañas publicitarias y piezas de comunicación accesibles de difusión masiva, esto es, redes sociales, radio, televisión, por parte de todos los actores involucrados, con el fin de orientar a la comunidad sobre la ruta para acceder a la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, alcance y usos del certificado de discapacidad. 18.8.
Elaborar e implementar programas de capacitación, sensibilización y evaluación del talento humano de las entidades territoriales, de las entidades promotoras de salud, entidades adaptadas y los prestadores de servicios de salud autorizados, sobre el procedimiento de certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, obtención de la orden y la cita para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad y la inclusión en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, la provisión de apoyos y ajustes razonables y el enfoque diferencial, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin defina el Ministerio de Salud y Protección Social. 18.9.
Orientar permanentemente a los prestadores de servicios de salud autorizados sobre el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 5° de la presente resolución. 18.10. Llevar a cabo de manera prioritaria, pronta y eficiente, todas las gestiones administrativas necesarias y pertinentes para la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad.
RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 0 5 EL 2024 HOJA No 12 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". 18.11. Realizar el proceso para la habilitación, deshabilitación y eliminación de usuarios en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con el proceso establecido por este Ministerio para tal fin. 18.12.
Promover que, en los prestadores de servicios de salud, los integrantes de los equipos multidisciplinarios estén formados en certificación de discapacidad. Artículo 19. Responsabilidades de las entidades promotoras de salud y de las entidades adaptadas. Además de las responsabilidades establecidas en artículos anteriores, las entidades promotoras de salud y las entidades adaptadas, deberán: Garantizar a sus afiliados, la obtención de la copia de la historia clínica en la que se incluya el diagnóstico de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente, relacionado con la discapacidad, los soportes de apoyo diagnóstico, la determinación de la necesidad de apoyos y ajustes razonables que se necesiten y el tipo de la valoración clínica multidisciplinaria (institucional o domiciliaria). 19.2.
Garantizar la entrega de la copia de la historia clínica por parte del prestador de servicios de salud que la generó, en un término máximo de cinco (5) días calendario posteriores a la solicitud del afiliado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 102 del Decreto 2106 de 2019. 19.3. Cualificar al talento humano en salud del área clínica y administrativa, en el procedimiento de certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de las personas con discapacidad, proceso de acceso al mismo y apoyos y ajustes razonables, de acuerdo con los lineamientos que para tal fin defina el Ministerio de Salud y Protección Social. 19.4.
Participar en los programas de capacitación, sensibilización y evaluación del conocimiento del talento humano de que trata el numeral 18.8 de la presente resolución". 19.1. Artículo 20. Responsabilidades de los prestadores de servicios de salud autorizados. Además de las responsabilidades establecidas en artículos anteriores, los prestadores de servicios de salud autorizados para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad deberán: 20.1. 20.2. 20.3. 20.4. 20.5. 20.6. 20.7.
Cumplir permanente con los criterios establecidos en el artículo 5 de la presente resolución. Disponer de agendas abiertas para la asignación de citas con los equipos multidisciplinarios. Realizar la inscripción como entidad usuaria y obligada a reportar información, a través del Sistema Integrado de Información de la Protección Social. Direccionar a la persona con discapacidad hacia la secretaría de salud o la entidad que haga sus veces, para el suministro de información relacionada con la oferta programática institucional y los usos del certificado de discapacidad.
Participar en los programas de capacitación, sensibilización y evaluación del conocimiento del talento humano de que trata el numeral 18.8 del artículo 18 de la presente resolución. Realizar el proceso para la habilitación, deshabilitación y eliminación de usuarios en el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con el proceso establecido por el Ministerio para tal fin.
Garantizar que el talento humano en salud y de trabajadores sociales realicen la formación en el procedimiento de certificación de discapacidad y Registro de Localización y Caracterización de Personas con discapacidad, con el propósito de aumentar progresivamente la capacidad instalada para la implementación del procedimiento. RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 05 din 2024 HOJA No 13 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".
Artículo 21. Responsabilidades de las personas solicitantes y personas con discapacidad certificadas. Las personas solicitantes del procedimiento de certificación de discapacidad y las personas con discapacidad certificadas o la persona de apoyo, de acuerdo con el caso, deberán: 21.1. 21.2. 21.3. 21.4. 21.5. 21.6. Solicitar al prestador de servicios de salud de la red de prestación de servicios de la EPS o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada, la consulta con el médico tratante para establecer el (los) diagnóstico(s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente relacionado(s) con discapacidad, la determinación de apoyos y ajustes razonables que se requieran para el desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria y la modalidad en la que se requiere sea realizada la valoración (institucional o domiciliaria).
Solicitar copia de la historia clínica en la que se incluya el diagnóstico de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente relacionado con la discapacidad, emitido por el (los) médico(s) tratante(s) del prestador de servicios de salud de la red de prestación de servicios de la entidad promotora de salud o entidad adaptada a la que se encuentre afiliada, así como de los soportes de apoyo diagnóstico, en concordancia con lo establecido en el parágrafo del articulo 7 de la presente resolución. Realizar el proceso para la obtención de la orden y la cita para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, de que trata el artículo 7 de la presente resolución. Asistir a la cita programada por el prestador de servicios de salud autorizado para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad.
Con el fin de actualizar el certificado de discapacidad, en los términos dispuestos en el artículo 12 del presente acto administrativo, deberá realizar el proceso para ia obtención de la orden y la cita para la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, de que trata el artículo 7 de la presente resolución. Solicitar la actualización de la información del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, en los términos del artículo 15 de esta resolución. CAPÍTULO V ASIGNACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS DISPUESTOS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Artículo 22.
Asignación de recursos. Los recursos del Presupuesto General de la Nación dispuestos por el Ministerio de Salud y Protección Social, para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, serán asignados por este Ministerio hasta su agotamiento, mediante acto administrativo, en cada vigencia, a las Empresas Sociales del Estado — ESE- y a las entidades territoriales departamentales, distritales, que cumplan con los criterios habilitantes y requisitos establecidos en la presente resolución y lineamientos que expida esta cartera ministerial.
Artículo 23. Criterios habilitantes. Se tendrán por criterios que habilitan a las entidades territoriales departamentales y distritales y a las Empresas Sociales del Estado — ESE para ser beneficiarias de la asignación de recursos para cofinanciar el procedimiento de certificación de discapacidad, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 5 de la presente resolución, los siguientes: 23.1.
Las Empresas Sociales del Estado — ESE- deberán estar autorizadas por las secretarias de salud departamentales o distritales. RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE O 5iUt 2024 HOJA No 14 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". 23.2.
En caso que no existan Empresas Sociales del Estado — ESE- autorizadas, la entidad territorial departamental y distrital deberá contar con otros prestadores de servicios de salud privados, previamente autorizados por las secretarias de salud departamentales o distritales. 23.3. Contar con capacidad operativa, es decir, talento humano e infraestructura administrativa para la implementación de la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la presente resolución, así como para realizar el reporte y soporte de la ejecución de los recursos asignados.
Artículo 24. Requisitos. Las Empresas Sociales del Estado y las entidades territoriales departamentales y distritales que consideren ser beneficiarias de los recursos para la cofinanciación del procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, deberán presentar ante la Oficina de Promoción Social del Ministerio de Salud y Protección social, los documentos que acrediten el cumplimiento de los criterios habilitantes a que hace referencia el artículo 23 de la presente resolución, en los siguientes términos: 24.1.
Certificación suscrita por el secretario de salud o director de salud departamental o distrital, en la que señale la cantidad de profesionales formados en certificación de discapacidad, la razón social, número de identificación tributaria y ubicación de los prestadores de servicios de salud autorizados, el número de equipos multidisciplinarios conformados por éstas y el número de valoraciones multidisciplinarias que se encuentran en capacidad de realizar semanalmente. 24.2.
Carta suscrita por el gerente o el representante legal de la Empresa Social del Estado -ESE- o de la entidad territorial respectivamente, en la que manifieste la intención de apropiar y ejecutar los recursos asignados por el Ministerio de Salud y Protección Social y de realizar el reporte técnico y financiero de dicha ejecución, en el marco de la normatividad vigente y de los lineamientos que para tal efecto establezca este Ministerio.
Artículo 25. Criterios de priorización y distribución de recursos. Respecto de las Empresas Sociales del Estado y las entidades territoriales departamentales y distritales que hayan acreditado los criterios habilitantes y requisitos de que tratan los artículos que preceden, la Oficina de Promoción Social de este Ministerio, tendrá en cuenta la totalidad de los siguientes criterios para la implementación del certificado de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad-RLCPD: 25.1.
Valor de la demanda de atención 25.2. Valor de la oferta de atención. 25.3. Se tendrán en cuenta, aquellos territorios que pertenezcan a: i) Entidades territoriales priorizadas en el Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial- PDET. ii) Entidades territoriales priorizadas como Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado -ZOMAC. iii) Entidades territoriales priorizadas en el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de uso Ilícito y, iv) Entidades territoriales ubicados en zona pacífica.
Artículo 26. Concepto de viabilidad técnica La Oficina de Promoción Social de este Ministerio, como responsable del gerenciamiento de los recursos para la cofinanciación del procedimiento de certificación de discapacidad y la implementación del Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad, certificará el cumplimiento de los criterios habilitantes y los criterios de priorización y distribución para la asignación de los recursos presupuestales que se destinen a las entidades territoriales o las Empresas Sociales del Estado ESE- para la implementación del mismo.
RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 05 juL 2024 HOJA No 15 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se. deroga la Resolución 1239 de 2022". CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES Artículo 27.
Vigencia de los certificados de discapacidad. El certificado de discapacidad mantiene su vigencia hasta tanto deba ser actualizado en los términos del artículo 12 de la presente resolución. Parágrafo 1. La presente disposición también aplica para aquellos certificados de discapacidad expedidos antes del 21 de julio de 2022. Parágrafo 2. El modelo del certificado de discapacidad podrá modificarse por parte de esté Ministerio de acuerdo con las necesidades que se identifiquen en el marco de la implementación del procedimiento de certificación de discapacidad; los certificados que hayan sido expedidos con anterioridad a las modificaciones no perderán su vigencia. Artículo 28.
Vigencia y derogatoria. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 1239 de 2022.. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a losD 5 111 4 GUILLERMO ALF NSO JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social Aprobó: Jefe Oficina de Promoción Socia Cristhian Ricardo Abello Zarpará- ubdirector de Asuntos Normativos Rodolfo Salas Figueroa • Director Jurídico Direcatir RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 5 5 2U24 HOJA No 16 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".
ANÉXO TÉCNICO MANUAL TÉCNICO DEL REGISTRO Y CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD GLOSARIO DE SIGLAS CIE CIF: CIF-IA: PSS: OMS: RIPS: RLCPD: SISPRO: WHODAS 2.0: Clasificación Internacional de Enfermedades. Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud. Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, versión para la Infancia y la Adolescencia. Prestadores de Servicios de Salud.
Organización Mundial de la Salud. Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud. Registro de Localilación y Caracterización de las Personas con Discapacidad. Sistema Integrado de Información de la Protección Social. Cuestionarió de Evaluación de la Discapacidad de la OMS. 1.
FUNDAMENTOS CONCEPTUALES 1.1. Modelo conceptual de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud—CIF. El procedimiento de certificación de discapacidad se fundamenta en la necesidad de reconocer las características de las personas con discapacidad y de la relación que establecen con su entorno, las cuales pueden impedir el desarrollo de su proyecto de vida.
Para este propósito, la certificación y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad-RLCPD se fundamentan en la Clasificación Internacional dél Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud — CIF (OMS, 2001). La CIP hace parte de la familia de clasificaciones internacionales de la OMS y, a través de ella, se clasifican los estados de salud y estados relacionados con la salud.
Aporta un lenguaje estandarizado, fiable y aplicable transculturalmente, que permite describir el funcionamiento humano y la discapacidad como elementos importantes de la salud, utilizando para ello un lenguaje positivo y una visión universal de la discapacidad teniendo en cuenta que dichos aspectos son la resultante de la interacción del individuo con el contexto social (OMS, 2001).
Los conceptos centrales de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud —CIF, son: Las estructuras y funciones corporales, incluidas las funciones mentales y psicológicas, cuya ausencia o alteración conducen a las deficiencias corporales. Las actividades, ubicadás en el nivel del desempeño individual de tareas y cuyas dificultades conducen a las limitaciones en las actividades.
La participación, componente relacionado con el nivel de involucramiento y desenvolvimiento en las situaciones sociales, que al no poder ser desarrolladas llevan a las restricciones en la participación. (OMS, 2001). Con bagó en estos elementos, la CIF define la discapacidad corno un término genérico que incluye deficiencias en las funciones o estructuras corporales, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación y que indica los aspectos negativos de la interacción entré un individuo con una condición de salud y su1 factores contextuales, los cuales pueden actuar como: Facilitadores: Todos aquellos factores en el entorno de una persona que, cuando están presentes o ausentes, mejoran el funcionamiento y reducen la discapacidad.
Barreras: Todos aquello§ factores en el entorno de una persona que, cuando están presentes o ausentes, limitan el funcionamiento y generan discapacidad. RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE c 5 yin. 2024 HOJA No 17 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".
Los aspectos corporales, individuales, sociales y ambientales establecen relaciones complejas entre sí, determinando las características del funcionamiento y la discapacidad. Sobre la base de este enfoque dinámico, multidimensional e interactivo, se puede afirmar que la CIF se fundamenta en el modelo biopsicosocial. En el siguiente esquema se muestra la interacción que se presenta entre los elementos del modelo conceptual de la CIF: Condición de Salud (Enfermedad, trastorno, traumatismo, lesión) AL Y • Función/Estructura Actividad (Limi ación) (Deficiencia) Factores personales Participación (Restricción) Factores ambientales Figura 1.
Modelo conceptual de la CIF (OMS, 2001) 1.2. Categorías de discapacidad Partiendo de lo establecido en la normatividad nacional y para los efectos de captura y análisis de información, tanto individual como estadística, en el procedimiento de certificación de discapacidad se reconocen las siguientes categorías de discapacidad, las cuales no son mutuamente excluyentes: 1.2.1.
Discapacidad física. En esta categoría se encuentran las personas que presentan en forma permanente deficiencias corporales funcionales a nivel musculo esquelético, neurológico, tegumentario de origen congénito o adquirido, pérdida o ausencia de alguna parte de su cuerpo, o presencia de desórdenes del movimiento corporal. Se refiere a aquellas personas que podrían presentar en el desarrollo de sus actividades cotidianas, diferentes grados de dificultad funcional para el movimiento corporal y su relación en los diversos entornos al caminar, desplazarse, cambiar o mantener posiciones del cuerpo, llevar, manipular o transportar objetos y realizar actividades de cuidado personal, o del hogar, interactuar con otros sujetos, entre otras (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011).
Para aumentar el grado de independencia, las personas con alteraciones en su movilidad requieren, en algunos casos, de la ayuda de otras personas, al igual que de productos de apoyo corno prótesis (piernas o brazos artificiales), órtesis, sillas de ruedas, bastones, caminadores o muletas, entre otros. De igual forma, para su participación en actividades personales, educativas, formativas, laborales y productivas, deportivas, culturales y sociales pueden requerir espacios físicos y transporte accesible. 1.2.2.
Discapacidad auditiva. En esta categoría se encuentran personas que presentan en forma permanente deficiencias en las funciones sensoriales relacionadas con la percepción de los sonidos y la discriminación de su localización, tono, volumen y calidad; como consecuencia, presentan diferentes grados de dificultad en la recepción y producción de mensajes verbales y, por tanto, para la comunicación oral.
Se incluye en esta categoría a las personas sordas y a las personas con hipoacusia esto es, aquellas que debido a una deficiencia en la capacidad auditiva presentan dificultades en la discriminación de sonidos, palabras, frases, conversación e incluso sonidos con mayor intensidad que la voz conversacional, según el grado de pérdida auditiva (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011).
Para aumentar su grado de independencia estas personas pueden requerir de la ayuda de intérpretes de lengua de señas, productos de apoyo como audífonos, implantes cocleares o sistemas FM, entre otros. RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE (5 5 jur 2024 HOJA No 18 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".
De igual forma, para garantizar su participación, requieren contextos accesibles, así como estrategias comunicativas entre las que se encuentran los mensajes de texto y las señales visuales de información, orientación y prevención de situaciones de riesgo. 1.2.3. Discapacidad visual. En esta categoria se incluye a aquellas personas que presentan deficiencias para percibir la luz, forma, tamaño o color de los objetos.
Se incluye a las personas ciegas y a las personas con baja visión, es decir, quienes, á pesar de usar gafas o lentes de contacto, o haberse practicado cirugía, tienen dificultades para distinguir formas, colores, rostros, objetos en la calle, ver en la noche,, ver de lejos o de cerca, independientemente de que sea por uno o ambos ojos (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011).
Estas personas presentan diferentes grados de dificultad en la ejecución de actividades de cuidado personal, del hogar o del trabajo, entre otras. Para una mayor independencia y autonomía, estas personas pueden requerir productos de apoyo como bastones de orientación, lentes o lupas, textos en braille, macrotipo (texto ampliado), programas lectores de pantalla, programas magnificadores o información auditiva, entre otros.
Para su participación requieren contextos accesibles en los que se cuente con señales informativas, orientadoras y de prevención de situaciones de riesgo, con colores de contraste, pisos con diferentes texturas y mensajes, en braille o sonoros, entre otros. 1.2.4. Sordoceguera. La sordoceguera es una discapacidad única que resulta de la combinación de una deficiencia visual y una deficiencia auditiva, que genera en las personas que la presentan problemas de comunicación, orientación, movilidad y el acceso a la información. Algunas personas sordociegas son sordas y ciegas totales, mientras que otras conservan restos auditivos y/o restos visuales.
Las personas sordociegas requieren de servicios especializados de guía interpretación para su desarrollo e inclusión social. 1.2.5. Discapacidad intelectual. Se refiere a aquellas personas que presentan deficiencias en las capacidades mentales generales, como el razonamiento, la resolución de problemas, la planificación, el pensamiento abstracto, el juicio, el aprendizaje académico y el aprendizaje de la experiencia. Estos producen deficiencias del funcionamiento adaptativo, de tal manera que el individuo no alcanza los estándares de independencia personal y de responsabilidad social en uno o más aspectos de la vida cotidiana, incluidos la comunicación, la participación social, el funcionamiento académico u ocupacional y la independencia personal en la casa o en la comunidad (American Psychiatric Association, 2014).
Para lograr una mayor independencia funcional y participación social, estas personas requieren de apoyos especializados terapéuticos y pedagógicos, entre otros. Es necesaria la adecuación de programas educativos o formativos adaptados a sus posibilidades y necesidades, al igual que el desarrollo de estrategias que faciliten el aprendizaje de tareas y actividades de la vida diaria, como auto cuidado, interacción con el entorno y de desempeño de roles dentro de la sociedad.
Los apoyos personales son indispensables para su protección y como facilitadores en su aprendizaje y participación social. 1.2.6. Discapacidad psicosocial (mental). Resulta de la interacción entre las personas con deficiencias (alteraciones en el pensamiento, percepciones, emociones, sentimientos, comportamientos y relaciones, considerados como signos y síntomas atendiendo a su duración, coexistencia, intensidad y afectación funcional) y las barreras del entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad.
Estas barreras surgen de los límites que las diferentes culturas y sociedades imponen a la conducta y comportamiento humanos, así como por el estigma social y las actitudes discriminatorias. Para lograr una mayor independencia funcional, estas personas requieren básicamente de apoyos médicos y terapéuticos especializados de acuerdo a sus necesidades.
De igual forma, para su protección y participación en actividades personales, educativas, formativas, deportivas, culturales, sociales, laborales y productivas, pueden requerir apoyo de otra persona (MSPS, 2015a). 1.2.7. Discapacidad múltiple. Presencia de dos o más deficiencias asociadas, de orden físico, sensorial, mental o intelectual, las cuales afectan significativamente el nivel de desarrollo, las posibilidades funcionales, la comunicación, la interacción social y el aprendizaje, por lo que requieren para su atención de apoyos generalizados y permanentes.
Las particularidades de la discapacidad múltiple no están dadas por la sumatoria de los diferentes tipos de deficiencia, sino por la interacción que se presenta entre ellos. A través de dicha interacción se determina RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE (I 5 Jui 2024 HOJA No 19 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas Con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". el nivel de desarrollo, las posibilidades funcionales, de la comunicación, de la interacción social (Secretada de Educación Pública, Perkins International Latin America & Sense International 2011).
2. PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD El procedimiento de certificación de discapacidad será realizado y registrado en el aplicativo WEB del RLCPD por el equipo multidisciplinario y los prestadores de servicios de salud en cumplimiento de lo dispuesto en el presente anexo técnico, mediante valoración clínica multidisciplinaria simultánea la cual tiene como objetivo establecer la discapacidad de la persona solicitante, a través de la identificación de la presencia de deficiencias en funciones y estructuras corporales, incluyendó las psicológicas, las limitaciones en la actividad y restricciones en la participación. Inicialmente, el equipo multidisciplinario deberá asegurarse de que la persona solicitante comprende de que se trata la realización del procedimiento de certificación de discapacidad, que la información que de este se derive y su resultado se registrará en el RLCPD, y que esa información será utilizada para apoyar la formulación, implementación y seguimiento de políticas públicas, planes, programas y proyectos, orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapácidad, como medio de verificación de la existencia de discapacidad o priorización para programas sociales y para el redireccionamiento a la oferta programática institucional.
Para ello, garantizará y hará uso de los apoyos y ajustes razonables que requiere la persona para acceder a tal información y tomar la decisión libre e informada respecto á llevarlo a cabo. Una vez se cuente con la Manifestación del solicitante o excepcionalmente de la persona de apoyo, de llevar a cabo el procedimiento, se dará inicio a la valoración clínica multidisciplinaria.
A continuación, se describe la información necesaria para el desarrollo de la valoración para certificación dé discapacidad en el marco de la cita con el equipo multidisciplinario. 2.1. Valoración Clínica multidisciplinaria para la certificación de discapacidad. 2.1.1. Preparación para la valoración Para el desarrollo de la valoración, el equipo multidisciplinario debe disponer de: La versión digital o física de la CIF versión para la Infancia y la Adolescencia -CIF-IA.
(OMS, 2011). Acceso al aplicativo web del RLCPD. Copia de la historia clínica en la que incluya el (los diagnósticos (s) de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) vigente, relacionado (s) con la discapacidad y sus soportes de apoyo diagnóstico, emitidos por el (los) médico (s) tratante (s) del prestador de servicios de salud de la red de la EPS o entidad adaptada en la que se encuentre afiliada.
Igualmente, el equipo multidisciplinario debe organizarse de tal manera que el procedimiento pueda desarrollarse integralmente. Se requerirá la distribución de roles como revisión de documentos y diligenciamiento de la información en el RLCPD. 2.1.2. Acciones a desarrollar dentro de la valoración clínica multidisciplinaria. En el presente apartado se describen• las acciones que deben desarrollarse dentro de la consulta, la metodología y los instrumentos a ser utilizados y los datos que emergen como resultado.
En la Tabla 1 se presenta la síntesis del desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad. RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE I ØS 3w 2024 HOJA No 20 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".
Tabla 1. Síntesis del desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad Acción Metodología Criterios Datos que arroja como resultado - Diagnóstico de la Clasificación Internacional de enfermedades vigente al momento del reporte relacionado con la discapacidad - Soportes de apoyo diagnóstico. - Causa de la deficiencia. - Códigos y calificadores de deficiencias en funciones y estructuras corporales - CI F. - Perfil de funcionamiento Identificación deficiencias funciones estructuras corporales de en Y Revisión de historia clínica - Nivel de dificultad en el desempeño Valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación Entrevista estructurada Solicitud de información sobre factores ambientales y personales - Factores ambientales personales y -Datos de acompañante (si lo requiere). -Códigos y calificadores de limitaciones en la actividad y restricciones en la participación -CF. -Nivel de dificultad en el desempeño por dominios (aplica Sólo para mayores de 6 años de edad). - Datos de identificación -Datos de residencia. -Datos sobre autorreconocimiento. -Datos sobre ejercicio de derechos. - Datos sobre el entorno para la vida y el cuidado. 2.1.2.1.
Generación de perfil de funcionamiento Una tarea que se lleva a cabo de manera trasversal durante el desarrollo de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad es la generación del perfil de funcionamiento. A continuación, se describen los criterios que deben conformar el perfil: Criterio 1. Diagnósticos relacionados con la discapacidad.
Escriba el o los diagnósticos relacionados con la discapacidad y sus respectivos códigos de la Clasificación Internacional de Enfermedades —CIE vigente en el momento del reporte. Criterio 2. Soporte de apoyo diagnóstico. Escriba el nombre y resultados de los soportes de apoyo diagnóstico y conceptos de profesionales de la salud relacionados con la discapacidad, tomados de la fuente de verificación que presenta la persona con discapacidad.
Criterio 3. Causa de las deficiencias. Con base en la revisión de las fuentes de verificación, seleccione la opción que mejor represente la causa de la condición de salud del solicitante. Debe seleccionar una sola opción. Las opciones se encuentran clasificadas en tres grupos: "de nacimiento, adquirida y no se identifica", como se muestra en la siguiente tabla.
RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 'a JUL. 2024 HOJA No 21 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". De nacimiento Alteración genética o hereditaria Alteración del desarrollo embrionario Complicaciones durante el parto Condiciones de salud de la madre durante el embarazo Causa de las deficiencias Adquirida Enfermedad general No se identifica No se identifica causa Enfermedad laboral Accidente de tránsito Accidente en el hogar Accidente en el centro educativo Accidente de trabajo Accidente deportivo Desastre natural Intoxicación Envejecimiento Consumo de sustancias psicoactivas Lesión auto infligida Conflicto armado Violencia intrafamiliar Violencia por delincuencia común Otra Las opciones enfermedad laboral y accidente de trabajo sólo deben seleccionarse si entre las fuentes de verificación se cuenta con dictamen de origen de pérdida de ia capacidad laboral y ocupacional. d. Criterio 4.
Perfil del funcionamiento. En esta sección se describe cada uno de los componentes de la discapacidad: — — — Funciones corporales (b) Estructuras corporales (s) Actividades y participación (d) Se debe realizar la selección de los códigos de la CIF y su respectiva calificación de acuerdo a las reglas de dicha clasificación. Los componentes del perfil de funcionamiento se estructuran de la siguiente manera: DOMINIOS N1 Capítulo de la CIF — IA Bloque (rango de códigos) Bloque (rango de códigos) N2 N3 CODIFICACIÓN. C N1 N2 Categoría Categoría N3.
C Categoría I Calificador I Categoría Calificador A continuación, se describe cada uno de los elementos que conforman la estructura anterior: a. Dominio: es un conjunto práctico y lógico de funciones fisiológicas estructuras anatómicas, actividades, formas de participación o elementos del entorno. Cada dominio se corresponde con un capitulo de la CIF-IA.
Algunos dominios se subdividen en grupos que facilitan la identificación de los aspectos a evaluar. El nombre de los grupos va seguido por el rango de códigos que 00331197 CE jp5 JUL 2924., RESOLUCIÓN NÚMERO HOJA No 22 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación ton el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caractenzación de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". abarca.
Por ejemplo, •el, dominio "Funciones sensoriales y dolor" incluye el grupo "Vista y funciones relacionadas" (b210-b229) el cual abarca desde el código b210 hasta el código b229. b. Codificación: se seleccionan los códigos CIF-IA para,cada. dominio y. grupo que se esté evaluando. Las categorías son los elementos que conforman los dominios.
Las categorias y sus respectivos códigos se encuentran en la DF:AA. • •. • De acuerdo con. las reglas de:codificación de lp CI•F-IA, los•córIgos se construyen de la siguiente manera: CODIFICACIÓN • Nivel 2 Nivel 1 •,. Primer nivel Letra que ' idéntifiee el componente Nivel 3 Segundo ' r •• nivel Descriptor de Segundo nivel (des dígitos): •• Número dél capitulo • Tercer nivel Descriptor de tercer nivel. ' (un dIgito).• Siguiendo con el ejemplo anterior, el dominio "Funciones sensoriales y dolor", cuyo código de primer nivel es b2 incluye el grupo "Vista y funciones relacionadas" dentro del cual se encuentra la categoría "Funciones visuales" cuyo código es b210 (Segundo nivel), dentro de esta categoría se encuentra la de "Funciones de la agudeza visual", cuyo código es b2100 (Tercer nivel).
Entonces el código para "Funciones de la agudeza visual" se registraría de la siguiente manera: N1 b N2 2 1 N3 0 0 En el procedimiento de certificación de discapacidad el perfil de funcionamiento permite el registro de códigos máximo hasta tercer nivel (N3). Por último, se debe incluir el calificador para indicar la magnitud del problema que se está evaluando: Un código CIF solo estará completo si cuenta con su respectivo calificador.
Dependiendo del componente al que haga referencia, "tener un problema" puede significar una deficiencia, una limitación o una restricción. Todos los componentes se cuantifican utilizando la escala genérica de calificación de la CIF que se presenta en la tabla 2. (para la valoración de funciones y estructuras corporales se tendrá en cuenta a partir del calificador 1 - leve) Tabla 2.
Escala genérica de la CIF Calificador 0 1 2 3 4 Descriptor Ninguna Leve Moderada Severa Completa o no lo puede hacer Rangos 0 - 4% 5 - 24% 25— 49% 50 — 95% 96— 100% Para registrar el calificador de una categoría se debe selecciona el descriptor (leve, moderado, severo o completo). Así, continuando el ejemplo anterior, si una persona presenta una deficiencia severa en las funciones de la agudeza visual, el código completo se registraría de la siguiente manera: N1 b N2 2 1 0 N3 0.
C 3 ü 0 3 01197 DE, 05 jul. 2024 RESOLUCIÓN NÚMERO HOJA No 23 • Continuación de la resolución "Por la cual so dictan disposiciones en relación con el procedimiento de cedificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". Identificación de deficiencias corporales mediante revisión de historia clínica., 2.1.2:1.1.1.
Deficiencias en funciones corporales. 2.1.2.1.1. Con base en la historia clínica del solicitante: a. d, Identifique en cuales funciones corporales presenta deficiencias y la magnitud de dichas deficiencias. Remítase a las CIF-IA e identifique el capitulo, bloque y categoría que mejor describa cada., una de las deficiencias en Funciones Corporales (tabla 3).
Después de seleccionar la categoría debe asignar el calificador de acuerdo a la escala, genérica de la CIF (tabla 2). puedan estar deficiencias corporales que Repita este procedimiento para todas. las 'asociadas con la discapacidad del solicitante. 'Tabla S.. Tabla del criterio funciones corporales (b) del perfil de funcionamiento, CAPITULOS DOMINIOS BLOQUES Funciones mentales globales (b110-b139), Funciones mentales.
Funciones mentales especificas (b140-b189) Vista y funciones relacionadas (b210-b229) Funciones auditivas y vestibulares (b230-b249) Funciones sensoriales y del dolor Funciones sensoriales adicionales (b250-b279) Dolor (b280-b289) Funciones de la voz y el habla (b310-b399) Funciones de la voz y el habla Funciones del sistema cardiovascular (b410-b429) Funciones de los sistemas hematológico e Inmunológico (b430-b439) Funciones de los sistemas cardiovascular,, hematológico, inmunológico y respiratorio, Funciones del sistema respiratorio (b440-b449) • Funciones adicionales y sensaciones de los sistemas cardiovascular y respiratorio (b450-b469) Funciones de 'los sistemas digestivo metabólico y endocrino • Funciones relacionadas con el sistema digestivo (b510-b539) Funciones relacionadas con el metabolismo y el sistema endocrino (b540b569) Funciones urinarias (b610-b639) Funciones genitourinarias y reproductoras....
Funciones neurornusculoesqueléticas relacionadas con el movimiento Funciones genitales y reproductoras (b640-b679) Funciones de las articulaciones y.los huesos (b710-b729) y.. Funciones musculares (b730-b749) Funciones relacionadas con el movimiento (b750-b789) Funciones de relacionadas la piel y estructuras Funciones de la piel (b810-b849) Funciones del pelo y las uñas (b850-19869) ': •, • ‘ l'•' ' Cada componente de la-CIF está organizado mediante capítulos o dominios dentro:de los.cuales.hay, categorías comunes.
Por ejemplo, en el componente de funciones,corporales el capitulo 1, trata sobre „... todas las funciones mentales.,.... Los capítulos se subdividen en bloques de categorías porejemplo en capitulo 1 de funciones mentales hay dos bloques, funciones mentales globales (b110— b139) y funciones. mentales especificas4b140- b189).:.Y..• RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 05 dlii 2024 HOJA No 24. • Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022': •.. _ Deficiencias en estructuras corporales..
Con base en la historia clinica dé la persona solicitante:. Identifique en cuales estructuras corporales preéenta deficiencias y la Magnitud de dichas a deficiencias. Remítase a la CIF-IA e identifique el capitulo de Estructuras Corporales y la categoría que mejor describa cada una de las deficiencias. Después de seleccionar la categoría debe asignar el calificador de acuerdo a la escala. genérica de la CIF.
Todos los componentes de estructuras corporales se califican utilizando la escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF que se presenta en la tabla "Escala de. calificadores para estructuras corporales de la CIF" (tabla 4). Recuerde que puede haber deficiencias en funciones corporales sin que necesariamente ' las haya en las estructuras corporales.. ', Para este componente se usan tres calificadores que valoran la magnitud de la deficiencia (Cm), la naturaleza del cambio en la estructura (Cn) y la localización de la deficiencia (CI). 2.1.2.1.1.2.
Tabla 4. Escala de calificadores para estructuras corporales de la CIF Magnitud de la deficiencia (Cm) O No hay deficiencia 1 Deficiencia ligera 2 Deficiencia moderada 3 Deficiencia severa 4 Deficiencia completa Naturaleza del cambio en la estructura (Cn) O No hay cambio •• 1 Ausencia total 2 Ausencia parcial 3 Parte adicional 4 Dimensiones aberrantes. 5 Discontinuidad 6 Posición desviada 7 Cambios cualitativos en la estructura, incluyendo la acumulación de fluido 8 No especificada 9 No aplicable Localización (CI) O Más de una región 1 Derecha 2 Izquierda 3 Ambos lados 4 Delante 5 Detrás 6 Proximal 7 Dista' 8 No especificada 9 No aplicable Tabla 5.
Tabla del criterio estructuras corporales (s) del perfil de funcionamiento DOMINIOS/ CAPÍTULOS Estructuras del sistema nervioso (s1 10-s199) El ojo, el oído y estructuras relacionadas (s210-s299) Estructuras involucradas en la voz y el habla (s310-s399) Estructuras de los sistemas cardiovascular, inmunológico y respiratorio (s410-s499) Estructuras relacionadas con los sistemas digestivo, metabólico y endocrino (s510-s599) Estructuras relacionadas con el sistema genitourinario y el sistema reproductor (s610-699) Estructuras relacionadas con el movimiento (s710-799) Piel y estructuras relacionadas (s810-899)........ „....,.. 2.1.2.1.2.
Limitaciones en las actividades y restricciones en la participación,.,. Este paso se desarrolla *mediante la aplicación de un instrumento fundamentado en la CIF-IA, cuyo propósito es identificar la presencia de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación, mediante la caracterización de las dificultades en el desempeño en los dominios de actividades y participación, referidos a: cognición, movilidad, cuidado personal, relaciones, actividades de la vida diaria y participación. Dicho instrumento sigue la•perspectiva del desarrollo individual, razón por la cual cuenta con una versión para cada grupo de edad, así: RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE os ja 2024 HOJA No 25 Continuación de la resolución 'Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de codificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución. 1239 de 2022". a: Versión para personas entré O y 2 años de edad.
Versión para personas entre 3.y 5 años de edad. Versión para persona.s entre 6 y 1/ años de edad. Versión para personas de 18 añds y más. Cada versión evalúa los dominios de actividades y participación de acuerdo con las actividades propias de cada etapa del ciclo de vida valorada. Cada una dé las preguntas del instrumento cuenta Con: Seis opciones de respuesta: No aplica (NA);
Ninguna (0); Leve (1) Moderada (2); Severa (3); Nó lo puede hacer (4), Relación directa con los códigos ClF-IA. La aplicación del instrumento se realiza mediante una entrevista estructurada. Aunque todo el equipo multidisciplinario de salud debe estar. presente durante la entrevista, ésta deberá ser conducida por unó solo de los miembros del equipo.
Lol demás miembros podrán solicitar adlaraciones o ampliaciones de la información durante el curso de la entrevista. La sintesis resultados del instruménto de valoración dé limitaciones én las actividades y testricciones en la participación, en sus versiones para peréonas entre 6y 17 añós y para personas de 18 años en adelante., expresará el 'porcentaje de nivel de dificultad en el desempeño bri una escala de O á 100 por cada uno de los dominios de actividades y participación. En la valoración de O a 2 años y de 3 a 5 años no se establece nivel de dificultad en el desemdeño dado que el instrumento utilizado 9s una lista de chequeó con los principales logros del desarrollo esperable para cada grupo de edad, en cambio constante y acelerado.
En tal sentido, el nivel de dificultad en el desempeño es el grado de dificultad, medido en porcentaje, que experimenta una persona, al realizar diferentes actividades e involucrarse en situaciones vitales en su entorno cotidiano; en ningún caso indica una graduación de la condición de discapacidado un porcentaje de la persona. A continuaCión, se presentan las instrucciones generales para la aplicación del instrumento y, posteriormente, le incluye dada una de las versiones del mismo.
Para la aplicación del instrumento: Léale a la persona entrevistada las instrucciones' y preguntas textualrnente. Frente a cada pregunta elija la opción de respuesta seleccionada por la persona,entrevistada. Señale una sola opción de respuesta para cada pregunta. No deje preguntas sin hacer ni sin respuesta. En el Caso de las personas de. 0 a 2 y de 3 a 5 años, utilice la opción No aplica (NA), solamente si la pregunta planteada no puede ser respondida debido a que evalúa una meta del desarrollo que aún no corresponde a lo esperado para la edad cronológica de la persona.
Frente a las personas menores de 18 años las respuestas a la entrevista deben ser apoyadas por el padre, madre o representante legal. Para la calificación del instrumento: La calificación de las preguntas se realiza registrando el calificador correspondiente a la opción de respuesta elegida por la persona entrevistada en el respectivo espacio paré el calificador, frente a cada pregunta.
Tenga en cuenta que en el resultado de la versión para personas de O a 2 y cle 3 a.5 años los resultados no se ponderan ni se suman, en consecuencia, no generan porcentajes. Los resultados de la versión para personas de 6 a 17 años y de la versión para personas de 18 años y más, tiene reglas de ponderación especificas que se describen en el apartado dedicado a cada una de dichas versiones.
Para la inclusión de los códigos CIF-IA en 'el perfil de funcionamiento, de las preguntas que reciban un calificador entre 1 y 4, se debe seleccionar los códigos más relevantes del RESOLUCIÓN NÚME RO 00001197 DE. 05 JUL 2024 HOJA No 26 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de codificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". - componente de actividades y participación, los cuales se verán reflejados en el certificado de discapacidad. • Tabla 6., Tabla del criterio actividades y participación (d) del perfil de funcionamiento DOMINIOS/CAPÍTULOS y Aprendizaje aplicación conocimiento del Tareas _generales y demandas Experiencias sensoriales intencionadas (d110-d129) Aprendizaje básico (d130-d159) Aplicación del conocimiento (d130-d159) Tareas y demandas generales (d210-299) Comunicación-recepción (d310-d329) Comunicación-producción (d330-d349) Comunicación, Conversación y utilización de aparatos y técnicas de comunicación (d350-d369).
Cambiar y mantener la posición del cuerpo (d410-d429) Llevar, mover y usar objetos (d430-d449) Andar y moverse (d450-d469) Desplazarse utilizando medios de transporte (d470-d489) Auto cuidado (d510-d599) Adquisición de lo necesario para vivir (d610-d629) Tareas del hogar (d630-d649) • Cuidado•de los objetos del hogar y ayudar a los demás (d650-d669) 4.
Movilidad Auto cuidado • o Vida doméstica y Interacción relaciones... interpersonales Áreas principales de la vida Vida comunitaria, social y civica 2.1.2.1.2.1.,. interaccionés interpersonales generálés (d710-d729) Interacciones interpersonales particulares (d730-d779) Educación (d810-839) Trabajly empleo (d840-859) Vida económica (d860-d879), Vida comunitaria, social y civica (d910-d999) Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre cero y dos años de edad (tabla 7)..
Inicie la aplicación proporcionando la siguiente información a la persona entrevistada:. A continuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que.ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) debido a su condición de salud. r Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como lesiones, o problemas mentales o emocionales.
Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta dificultad -. ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) al llevar a cabo las siguientes actividades. Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a aumento del esfuerzo, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
Cuando responda las preguntas, por favor indíqueme si la dificultad de.(diga el nombre del niño o niña:solicitante) para r'ealizar la actividad es ninguna; leve, moderada, severa o no lo. puede hacer... Tabla 7.. •.., Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la • participación para personas entre cero y dos años de edad (11 A irendiza e y aplicación del conocimiento En el ultimo mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para Pregunta ¿Responder a estímulos visuales? (por ejemplo seguir un objeto con la mirada o Opciones de respuesta No aplica Ninguna (NA) • (0) Leves,„ 1 ii Moderada (2) Severa (3) Cdig CIóF-IAo No lo ouede,iio " hacer (4) Calificador RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 95 JUI_ 2024 HOJA No 27.
Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en'relación con el procedimiento de ceilificaeión de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con,Discapacidad y se.. deroga la Resolución 1239 de 2022'. mirar a las personas o responder 9 los can-dolos de luz ¿Responder a estímulos auditivos? (por ejemplo escuchar la voz de las 2 personas, responder a sonidos. o un juguete musical) ¿Explorar los objetos introduciéndolos 3 en la boca, • tocándolol o saboreándolos? • ¿Imitargestos con su cuerpo o sonidos? (por ejemplo imitar decir; adiós con la mano, sonidos de animales o repetir la salabra mamá) • ¿Jugar con objetos?. -(por ejemplo, simular que toca un instrumento musical golpeando un objeto, manipular fichas • de armar o jugar con muñecas o carros ¿Aprender palabras, fraSes u oraciones?.
Pregunta No aplica Ningun• Leve „/ 1 (NA) (0) Moderada (2) '.. Severa (3) No lo puede e hacer (4) " No aplica Ninguna (NA) (0) Leve ( ) Moderada (2) Severa (3) No lo puede d 20 hacer (4) No aplica Ninguna (NA) (0). Leve ( ). Moderada (2) Severa (3) No lb puede d1 0 hacer (4) Leve (1) Moderada (2) ' Severa (3) No lo puede d131 hacer (4) Moderada Severa 3 No lo puede di 33 hacer 4 Código Il Calificador CIF•IA.
No lo puede d160 hacer (4) No aplica Ninguna (NA) (0) ' No aplica Ninguna. (NA Leve ( ) Opciones de respuesta ¿Mantenerse interesado en algún estimulo?. (por ejemplo, cuando No aplica Ninguna Moderada Leve (1) escucha un cuento ove un programa de (NA) (o) (2) televisión) d2 Tareas y demandas generales En el ultimo mes cuánta dificultad ha tenido dita el nombre de la • rsona •ara Pregunta Severa (3) ódig° CIF-IA Opciones de respuesta ¿Entender una orden sencilla y llevarla 8 a Cabo? (por ejemplo pedirle- qué se siente o •ue uite los za setos Conocer y adaptarse a,.personas o 9 espacios. nuevos (por ejemplo, es timido, se asusta, ose •one a. resivo ¿Mantener el control cuando esta 40 enojado o triste? (por ejemplo, hacer sataletas) 5.No aplica Ninguna (NA) (0) -L eve (1).
Moderada (2) Severa No lo puede d2 O hacer (4) (3) No aplica Ninguna (NA) (0). r Leve (1) Moderada (2). Severa No lo puede d2500 hacer (4) (3) No aplica Ninguna (NA) ' (0) Leve ( ) Moderada (2) - Severa (3) Calificador No le puede 2501 hacer (4) ' ' 4 d3. Comunicación En el ultimo mes cuánta dificultad ha lenido di.a el nombre de la,persona)_para• Pregunta • ¿Entender lo que dicen otras personas? 12 ¿E tender el significado de gestos o (ni senas? I ¿Hablar? '• ¿Hacer diferentes sonidos con la voz?. r e'e.lo balbucear o imitar sonidos ¿Usar gestos para comunicarse? (por ejemplo, señalar objetos que desea alcanzar, levantar los brazos para que lo alcen Opciones de respuesta No aplica Ninguna Leve ( ) NA o No aplica'Ninguna Leve (1')• NA 0 No aplica Ninguna Leve (1) NA O No aplica Ninguna Leve (1) (NA) (0).
No aplica Ninguna, eve /1) (NA) ' ' (0) ' Moderada 2 Severa 3 Severa Moderada Severa 3 Moderada 2 Moderada (2), Severa (3) &ligo CIF IA Noto puede d310 hacer 4 No lo puede d 15 hacer (4) No lo puede d330 ' hacer 4 No lo puede d331. hace 4 No lo puede hacer (4) Calificador d335 d4. Movilidad En el último mes cuánta dificultad ha tenido d'•a el nombre de la.ersona.ara Pregunta 16 No aplica • Ninguna 0) 17 ¿Mantener las posiciones del cuerpo? (por ejemplo controlar la cabeza, mantenerse sentado o de pie durante el tiempo necesario) No aplica (NA) Ninguna (0) No aplica (NA) ¿Levantar y llevar objetos? (por ejemplo 18 levantar un juguete y llevarlo a otra habitación ¿Usar las manos para recoger, agarrar y manipular objetos? (por ejemplo,, 19 agarrar un frijol o una moneda, o ' ' sostener un la iz o una cra ola ¿Usar las manos y lob brazos para' manipular y mover objetos? (Por 20 ejemplo, halar o empujar la puerta o lanzar una selota 21 ¿Caminar? ¿Moverse de un sitio a otro arrastrándose, bateando. trepando, 22 corriendo o saltando? ód g° IF IA Opciones de respuesta Voltearse en la cama, sentarse o nerse de •-e? ' Leve ( ) Moderada (2) Severa No lo puede 3 hacer Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) Ninguna (0) Leve (1) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d430 No aplica (NA) Ninguna (0) Leve (1) • Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d440 No aplica (NA) Ninguna (0) Le e ( ) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer(4) d445 No aplica NA Ninguna O Le e ( ) Moderada 2 Severa No lo puede (3 hacer d450 aplica (NA) Ninguna (0) Leve ( ) Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d410 d4 5 d455 Calificador J.J.44~1, RESOLUCIÓN NÚMERO r e.tarw•--s•-•••: 03331197 DE 95 JUL 2024 HOJA No 28. • Continuación de la resolución "Por la" cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certilicadón de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolúción 1239 de.2022".,. 23 ¿Caminar y moverse dentro de su propia casa?.
Ning una Moderada Leve ' (1) 1 (2) (0) d5. Autocuidado ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (higa el nombre de la persona) para:.. I No aplica I (NA) Pregunta Severa (3) Noto puede hacer (4) "odia ' -° CIF-IA Opciones do respuesta ¿Avisar que necesita Ir al baño. 24 comparado con otras personas de su edad? No aplica (NA) 25 GOultarse la ropa? No aplica ' (NA) ', ¿Comer solo comparado con otras 26 personas de su edad? (Por ejemplo. sostener el biberón, comer con la mano. comer con cucnara 7 ¿Beber solo comparado con otras 27 personas de su edad? (Por 'ejemplo, sostener un vaso, tomar con pitillo) Ninguna o Ninguna (0).
No aplica ' Ningdna: (NA) (0) - •• ' Leve (1) • • Moderada Mod(e 2). Se(v3e (3) N hoalocr f puede 4de ) hacer Leve ('1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede hacer (4) Leve < 1) Mciderada:(2) Severa (3) Noto puede hacer (4) No aplica, (NA) Ninguna.. Maderada Severa No lo puede LeVe U) (0) _ _, (2) (3) hacer (4).,,i d7. Interacciones y relaciones interpersonales j„in el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de lapersona) ara Pregunta Opciones de respuesta, „ ¿Reconocer a los miembros de su No aplica Ninguna Moderada Leve (1) — familia? (NA) _ (0) (2) ¿Relacionarse con otras personas? (por ejemplo, niñeras o cuidadores, •.No aplica Ninguna Moderada 29 madres coírunitañas. profesores y • Leve (1).
(NA). (0) (2) compañeros en el jardín infantil,. personal de salud), •. é d8.,reas principales de la vida ¿En el último mes cuánta dificultad ha lenido (diga el nombre de la persona) para'. Pregunta i • " - Calificador es. d540 0660 eso L,. Códigot: Calificador •. CIF-IA. Severa No lo puede d7106 (3) hacer (4) Severa No lo puede hacer (4) (3).
Opciones de respuesta, Participar en actividades como rayar, jugar con plaililina o rasgar papel, con 30 los padres u otros miembros de la familia o en un hogar conibnItario o guardería No aplica Ninguna (NA). (0)., Leve (1) Moderada (2). Severa (5) No lo puede hacer (4) 31 No aplica Ninguna (NA1 ' (0) '.... „, Leve — ' ''• • •' ' Moderada.
Severa (2) -"(3) • j No lo pilada -. hacer (4) Jugar solo o con otras personas?,: d460 010 Codlgó CIEIA Calificadoi dale " d880' 5, 2.1.2.1.2.2. Inttrúmento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación personas entre tres y cinco años de... para. edad (tabla 8)....,. •... •..,. „. Inicie la aplicación del insitúméntro.firdporciohando. la siguiente inforrriacisÓn a la persona entrevistada: A continuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre lás dificultades que ha tenido (diga el nombre del niño o niña solicitante) debido a su condición de salud..
Con condición de salud me refiero a una -enfermedad u otros problemas de salud como: 'lesiones, o problemas mentales o emocionales. Por favor piense en el último mes y responda estas preguntas considerando cuánta,dificultad ha tenido (diga el nombre del niño, pniña.splicitante) al llevar a cabo las liguientes actividades. Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a aumento del esfuerzo, malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.
Cuando responda las preguntas, por favor indiqueme si la dificultad de (diga el nombre del niño o niña solicitante) para realizar la actividad es ninguna, leve, moderada, severa o no puede hacerla., Tabla 8., Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para persona entre tres y cinco años de edad d1.
Aprendizaje y aplicación del conocimiento _¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para:.. Pregunta. opciones de respuesta ¿Responder a. estímulos visuales? (por.. No aplica Ninguna Leve ir Moderada Severa No lo puede 1 ejemplo, diferenciar los Objetos por su (NA) (0) '1 (2), (3) hacer (4) forma, color o tamaño).
Código CIF-IA dilo ur., ICauOr a. juL 2024 • RESOLÜCIÓN NÚMERO! -000011.17 DE HOJA No 29..,... •.., Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el proeedimiento de certificación de discepacidad ye! Registro de Localización y Cara cte fización de Personas con Discapacidad y se deroga lá Resolución 1239 de 2022. • ¿Responder a estímulos auditivos? (por. ejemplo, identificar la voz de una No aplica Ninguna Le-ve ii, Moderada ' persona, escuchar canciones, (NA) ' ' (2) (0) responder al timbre de la puerta)., ¿Diferenciar alimentos con diferentes No aplica Ninguna Moderada Leve (1) " texturas o sabores? (NA) (o) (2) ¿Imitar gestos o mcivimientos con su cuerpo o sonidos? (por ejemplo, imitar No aplica Ninguna Moderada 4 pasos de baile, imitar a su papá cuando,N(L, Leve (1) (0) j (2) se ésta afeitando o a su mamá Cuando ' ' 1. se maquilla)..
¿Jugar • con • objetos? (por ejemplo,. No aplica Ninguna • Moderada 5 mezclar con una cuchara o simular que (2) Leve (1) (NA) (o) un pedazo de madera es un carro) ¿Usar palabras, frases u oraciones; m e aplica Ninguna Moderada 6 para 'describir personas, objeto's o Leve (1) Le' (ÑA) (0) (2) (0). eventos? ¿Aprender conceptos como: grandeNo aplica Ninguna 'Moderada. 7. pequeño, cuadrado-circulo,. pocoLeve (1) (NA) (0) (2) mucho, corto-larpojigual.diferente? ¿Mantenerse Interesado-en una misma.
No aplica Ninguna Leve /1, Moderada 8 actividad? (por ejemplo, jugar, comer, (ÑA) (0) 1 ' (2) ver televisión). d2. Tareas y demandas generales ¿En el último mes cuanta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: Pregunta ¿Entender una orden sencilla y llevarla a cabo? (por ejemplo, pedirle 9 ponerse las medias, hacer la tarea, ordenar objetos, Jugar a las escondidas o seguir instrucciones) Conocer y adaptarse a personas o espacios nuevos (por ejemplo, es '" tímido, se asusta, o se* pone agresivo)...
¿Mantener el control cuando. está 11 enojado o triste? (por ejemplo, hacer pataletas) Severa No lo puede (3) hacer (4) d115 Severa No lo puede 3 hacer (4) d120 Severa No lo puede (3) hacer (4) d130 Severa No lo puede (3). hacer (4) -- d131 Severa Molo puede (3) hacer (4) 11133 Severa No lo puede (3) hacer (4)' dial ' Severa Molo puede (3) hacér (4) d160 Código CIF-IA Opciones de respuesta No aplica Ninguna (NA) (0) Leve (1).
Moderada (2). Severa No lo puede hacer (4) (3) d210 calificador - No aplica Ninguna (NA) ' (0) - Leve (1) Moderada (2) '. Severa No lo puede (3) hacer (4) d2500 No aplica Ninguna • (NA) (0) Leve (1) ' Moderada (2) Severa No lo puede (3) hacer (4) d2501.. d3. Comunicación ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: Pregunta., No aplica 12 ¿Entenderlo que otras personas dicen? (NA) ¿Interpretarlo que significan los gestos No aplica 13 corporales, símbolos, dibujos o (ÑA)'. fotografías? No aplica 14 ¿Hablar y contar una historia o algo que (ÑA) le haya sucedido?.
Leve (1) Ninguna (0) Leve (1) Ninguna (0) Ninguna (0) Pregunta,‘ ¿Comunicarse usando gestos o -1 dibujos?.,c ¿Iniciar, mantener y finalizar una '" conversación? Lev„,1,:1 ' '. Moderada (2) Severa (3) No lo' puede d310 ' hacer (4) Moderada (2) Severa (3) No lo puede o315 hacer (4) Moderada (2). Severa (3) No lo puede dan hacer (4) Severa (3) Severa (3) Código CIF•IA No lo puede ii.,,6 d335 hacer (4) •..
"'"T No lo puede da n hacer (4) Opciones de respuesta Ninguna Moderada Leve O) (2) - • (0) Ninguna Moderada Leve (1) (0) (2) d4. Movilidad ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (dicia el nombre de la persona),,pa a: No aplica (NA) No aplica (NA) Pregunta 7 ih 1, 19 -20 • 21 ¿Voltearse en la cama sentarse o ponerse de pie? ¿Mantener las posiciones del cuerpo? (POr ejemplo- controlar la • cabeza.
Mantenerse santadb o de pie durante el tiempo pecesario)...-,. ¿Levantar y llevar objetos? (Por ejemplo, ayudar a 'lavar las bolsas del mercado). • ¿Usar las manos y los brazos para manipular y mover objetos? (Por ejemplo, halar o empujar la puerta o lanzar y atrapar una pelota).. - ¿Usar las manos para recoger, agarrar y manipular objetos? (por ejemplo, agarrar un frijol o una Moneda, Código CIF.IA Opciones de respuesta Ninguna (0) No aplica (ÑA).
No aplica. (NA) ', No aplica (NA) N,alta u v (NA) No lo puede hacer (4) d410 NingunaLeva( f) (0). Moderada Severa. i No lo puede (2) (3) - e •háCer (4)..., d4151.. Ninguna - Leve (1) (0) Moderada. Severa ' (2) (3),. Leve (1) Moderada (2) calificador Código CIF-IA Opciones de respuesta No aplica (NA) alificador Severa (3) Calificador. t No lo.puede 'd430 hacer (4)... -..
Ninguna Moderada Severa No lo puede Leve (1)‹ d440 (o) (2) hacer (4) (3). - „.....-.-. - —.... -.. Nin una g. Leve (1) - (0), 1 Moderada (2) -. 7.-.:•11, Severa Molo puede (3), hacer (4), d445. • RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE:1) 21k 2024 HOJA No 30 Continuación de la resolución "Por la cual- se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de • certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se - deroga la Resolución 1239 de 2022". • sostener un lápiz o una crayola, cortar con tijeras, comer con cubiertos). 22 ¿Caminar? ¿Moverse de un sitio a otro 23 arrastrándose; gateando, trepando, corriendo o saltandb? ¿Andar y desplazarse a distintos lugares dentro y fuera de su casa? (ir 24 al baño, a la cocina, al comedor o a las habitaciones; desplazarse en el parque, en el jardín infantil o en la iglesia) •.
¿Desplazarse utilizando algún tipo de 25 equipo o producto de apoyo? (por. ejemplo, una silla de ruedas,. un caminador o unas muletas No aplica (NA) Ninguna (0) Leve (1) Moderada (2). Severa (3) No lo puede hacer (4) No aplica (NA) Ninguna (0) Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede hacer (4) No aplica (NA) NingunaLeve.(1) (0) Moderada.(2).
Severa (3). No lo puede hacer (4) No aplica (NA) Ninguna (0) Severa (3) No lo puede hacer (4) Lv ee (1) d5. Autocuidado ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para Pregunta. Moderada (2). ' ¿Orinar o. defecar de manera apropiada comparado con. otras personas de su edad? (por ejemplo, ir 27 al baño solo, quitarse y ¿ponerse la ropa antes y después de ir -al baño, adoptar la postura apropiada y limpiarse después de ir al baño? ¿Ponerse y quitarse la ropa y - los zapatos? 28 ¿Comer solo, comparado. con otras 29 personas de su edad? (por ejemplo, comer con cubiertos) Beber - solo, comparado con otras 30 personas de su edad? (sostener un vaso o pocillo, tomar con pitillo) 0455 d460. d465 Código, CIF-IA Opciones de respuesta ¿Avisar que necesita ir al ' baño,. 26 comparado con 'otras personas de su No aplica (NA) edad? d450 Ninguna (0) Leve (1) N1oderada (2) Severa (3) No lo puede hacer (4) No aplica (NA) ' Ninguna (o) i Leve (1) Moderada (2) • Severa (3) No lo pueded53001 hacer (4) No aplica (NA) Ninguna (0) Leve (1) Moderada (2) Severa (3),.• No lo puede hacer (4) No aplica (NA) Ninguna (0) Leve (1) Moderada (2) No aplica (NA) ' Ninguna (0) Leve (1) Moderada (2), Severa (3) Sever, a, (3) No lo puede hacer (4)..
No lo puede hacer (4) Caneado( d53000 c1.540 d550 d560 di Interacciones y relaciones Interpersonales ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: Pregunta Código CIF-IA. Opciones de respuesta. 31 ¿Reconocer a los miembros de su familia por bu nombre y parentesco? ¿Relacionarse con otras personas de forma apropiada? (reconociendo los 32 sentimientos y. mostrando respeto hacia otras personas, haciendo uso apropiado del contacto físico) No aplica Ninguna (NA) (0) aplica (NA) Ninguna Leve (I) Moderada (2) Severa (3) No lo puede 0106 hacer (4) Lee ve (I) Moderada (2) Severa (3).
No lo puede d710 hacer (4) icaiificador.. d8. Áreas principales de la vida ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: Pregunta ¿Asistir al jard in infantil? (adaptarse al 33 jardín, adquirir habilidades, seguir las instrucciones del profesor) ¿Jugar solo o participar en juegos grupales? (por ejemplo, jugar a 34 alimentar a una muñeca, jugar a manejar un carro, jugar al papá y a la mamá) 2.1.2.1.2.3.
Código CIF-IA Opciones de respuesta No aplica (NA) Ninguna Leve (1), (0) Moderada (2) Severa (3) No lo pueded815 hacer (4). ) No aplica (NA) Ninguna Leve (1) (0) Moderada (2) Severa (3) No lo puede d880 hacer (4) Calificador Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para personas entre 6 y 17 años de edad • •.
Inicié la aplicación del instrumento proporcionando la siguiente información a la persona „..... 'entreviStada' —. '. i • • • A.cohtinuación, voy a hacerle algunas preguntas sobre las dificultades que ha tenido (diga el nombre de la persona) debido a' su condición de salud. Con condición de salud me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud como ' lesiónes, o Problernas mentales o emociOñales. ' RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE:0.5 JUL 2 Ó 24" HOJA No 31......
Continuación de la resolución "Por la cual se dictan•disposiciones en relación con el procedimiento de,certificación de discapacidad y él 'Registro de Localización y Caracterización de Personas con.Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".•. Por favor piense en 'el último mes y responda. estas.preguntas considerando cuánta. dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) al llevar' a' cabo las siguientes actividades.
Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a aumento.del esfuerzo, malestar-o dolor, d. lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad.. - Cuando responda las preguntas, por faver indíqueme, si la dificultad de (diga el nombre de e. la persona) para. realizar la actividad es ni•nguna, leve, moderada, severa o no puede... hacerla. • •...., • Tabla 9.. lristrumento para la valoración de limitaciones en las actividades., y restricciones en la 'participación para personas entre 6 y 17 años de:edad.. c. - Dl.
COGNICIÓN ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido (di a el nombre de la persona) para Pregunta D1 1,, D - ¿Concentrarse durante diez minutos o mas mientras hace tareas, juega o hace algo que usted le hata_pedido hacer? Recordar cosas importantes que tiene que hacer, tales como cruzar la calle de manera segura: llevar el libro adecuado a la escuela y recordar que debe hacer las tareas código ClFlA Opciones de respuesta Ninguna (0) Leve (1) Ninguna (0) Leve (1 Pregunta' Moderada.
(2) Severa. (3) No lo puede hacer (4), Moderada 1 (2) Severa (3). No lo puede hacer (4) b144 Código CIF-IA Opciones de respuesta ¿Encontrar una tonna para - manejar los problemas dala vida diaria que otral persones a sti edad pueden manejar?.'• Ninguña (0) Leve (1) Moderada (2) Se‘7dra (3) No lo puede hacer (4) 0 4 ¿Aprender cómo hacer algo nuevo, por ' ejemplo, jugar un nuevo juego. o aprender algo nuevo en la eseuela? ' Ninguna..
(0)" Leve (1) Moderada (2) Severa (3) No lo puede d155 hacer (4) D5 ¿Entender eh general lo que dice la gente? Ninguna (0) Leve.(.1) Moderada (2) 'Severa (3) No lo puede d310 hacer (4) D1.6 • ¿Contarle a usted o a un amigo sobre las cosas que ha hecho, o las Personas con las que e ha encontrado o los lugares a donde ha ido? Ninguna Jo) Le)(¿ (1, ' Moderada.
(2). Severa (3) No le puede d350 hacer (4) D1.3 Punta» 01 = ((01.1 + 01.2 + 01.3. 02. MOVILIDAD ¿En el ultimo mes cuanta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para Pregunta • D2.1 ¿Estar de. pie durante un periodo de,tiempo razonable, por ejemplo, en una asaffiblea en la escuela o en la iglesia/templo?. D1.4 4:01.5 Opciones de respuesta N inguna (0) Leve (1) Moderada (2) Severa ( 3) ¿Pararse luego de 'estar:sentado? Leve (1) Moderada (2) Moderada (2) Moderada (2) Severa (3) Severa (3) Severa (3) Calificador d175 01.6) / 24) '100 Código CIF.IA % Calificado r No lo puede d4154 hacer (4) No lo puede: d4104 hacer (4) No lo puede D2.3 ¿Moverse dentro de su hogar? Leve (1) d4600 hacer (4) (0) ¿Desplazarse hacia la escuela o a la casa de Ninguna No lo puede D2A un amigo, Leve (1) d4602 (0) hacer (4) No lo ¿Caminar una distancia tan larga como pueden Ninguna Moderada Severa 02.5 Leve (1) puede d4501 hacerlo otras personas de.su edad? (0) • (2) - (3) hacer (4) Puntaje 02 = ( D2.1 + 02.2 02.3 + 02.4 + D2.5)/20)* 100
03. CUIDADO PERSONAL En el último mes ¿cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: Código Pregunta Opciones de respuesta CIF-IA ¿Mantener su ropa limpia, tomar un baño o Ninguna Moderada Severa No lo puede d510 03.1 ducha, y cepillarse los dientes sin que se lo Leve (1) (0) (2) hacer (4) 020 (3) pidan? Ninguna Moderada Severa No lo puede d540 D3.2 ¿Vestirse? Leve (1) (0) (2) hacer (4) (3), Ninguna Moderada Severa Noto puede 03.3 ¿Comer sin ayuda? Leve (1) d550 (2) hacer (4) (3) 2) Plantee la pregunta de esta forma -para personas de 12 al? años:.
¿Quedarse solo sin ponerse' en peligrotuando, no hay adultos alrededor? Moderada Il e Severa No lo puede D3.4 Ninguna Leve (1) d598 Plantee la pregunta de esta forma para.. (0), 2) hacer (4) (3) personas de 6 a 11 años ¿Quedarse solo sin ponerse en peligro • mientras usted está -en otra habitación y cuando no hay adultos alrededor? Punta e 03 = ((D3.1 + D3.2 + D3.3 + D3.4) / 16)* 100 D2.2 Ninguna (0) Ninguna, Calificador % Calificador % fit RESOLUCIÓN NÚMERO. • •ry 4 1%LN, 41,„. 1.4- 4 - 4, - 00301197 DE ' OS JUL 2024 • HOJA No 32.
Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracletización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022..,.. 04. RELACIONES En el ultimo mes ¿cuánta dificultad ha tenido (diga el nombre de la persona) para: •, Código Calificador CIF-IA.
Moderada Severa No lo puede „30 ¿Llevarse bien con las personas que no conoce Ninguna Leve (1) 04.1 "' hacer (4) (0) (2) bien? (3) Moderada Severa No lo puede - Ninguna7500. Leve•(1) 04.2 ¿Mantener una amistad? hacer (4) 31 (0), (2) (3) Moderada Severa No lo puede Ninguna d760.. Leve (1) 04.3 ¿Llevarse bien con los miembros de la familia? hacer (4) (2) (3) (0) Código ' Opciones de respuesta Pregunta..
CIF-IA. - • Moderada Severa Noto puede „num Ninguna Leve (1) 04.4 ¿Hacer nuevos amigos? hacer (4) "' (0) (2) (3) Moderada Severa Noto puede Ninguna d740 Leve-(1) 04.5 ¿Llevarse bien con sus profesores? ' hacer (4) (0) (2) (3) V: Puntaje 04 = (04.1 + 04.2 4 04.3 +04.4 + 04.5) / 20)* 100 1 05(l) TAREAS DOMESTICAS Debido a su condición de salud, en el último mes, ¿cuánta dificultad ha tenido (giga el,nombre de la persona) para: Código Calificador Opciones de respuesta Pregunta.
CIF.IA, • ' ' ¿Hacerlos quehaceres domésticos u ofras Ningu •na. Moderada Severa. No lo puede. Leve (1), • D5.1 cosas que se espera que haga para ayudar en, (2) hacer (4) (0) • (3) la casa? ' Ninguna Moderada Severa No lo puede. ¿Terminar los quehaceres domesticas u otras Leve (1) D5:2 hacer (4) (0.) (0) (2) actividades que se supone debe hacer? d640 Severa No lo puede.
Naguna Dc.,, ¿Hacer bien los quehaceres domésticos u Leve (1) "arada. hacer (4) (0) 12) a u otras actividades que usled le pida hacer? (3) Opciones de respuesta Pregunta Moderada Severa No lo puede hacer (4) (2) (3) % Puntaje 05(1) = ((05.1 + 05.2 + 05.3 + 05 4) / 16)• 100 05(2) ACTIVIDADES ESCOLARES Si la persona está estudiando, complete las preguntas 05.5 - D5.9 De lo contrario, continúe en la pregunta 06.1. • En el ultimo mes que su hijo estuvo en la escuela, cuanta dificultad tuvo para: Código Calificador.
Opciones dé respuesta. Pregunta CIMA •. • Ninguna Moderada Severa No lo puede Leve (1) 05.5 ¿Realizar sus tareas escolares normales'? hacer (4) b (2) (0) (3) Ninguna Moderada Severa No lo puede, y e •, „., Estudiar para los exámenes escolares Leve (1) (o) (2) hacer (4)' d820 ' ".- importantes. (3) Ninguna Moderada Severa No lo puede d825 Terminar todas las tareas y actividades Leve (1 ) D5.7 (o) hacer (4)._ ó escolares que necesita realizar (3) (2) ¿Terminar sus actividades escolares tan rápido Ninguna Moderada Severa Noto puede (1830 • leve (1) 058 ' " (0) (2) hacer (4) como era necesario? (3) Ninguna Moderada Severa No lo puede 05,9 ¿Seguir reglas o adaptarse a la escuela? Leve (1) (0) hacer (4) (2) ".
(3) % Pontaje 05(1 y 2) = ((05.1 + 05.2 + 05.3 + 05.4 + 05,54 05.6 + 05.7 + 05.8 + 05.941 36) • 10
06. PARTICIPAC UN Ahora voy a hacerle unas preguntas relacionadas con la participación de (diga el nombre de la persona) en la sociedad, y con el impacto. que su condición de salud ha tenido sobre él, usted y su familia.. Código Opciones de respuesta Calificador Pregunta CIF-IA, Su hijo ha tenido más dificultades de las que usted o él esperaban al participar en Ninguna Moderada Severa No lo puede.
Leve (1) d910 06 1 actividades comunitarias (por ejemplo, clubes, hacer (4) (2) (3) (0) grupos religiosos o actividades extracurriculares) ¿Usted piensa que a su hijo no lo invitan a Ninguna Moderada Severa No lo puede C4 Leve (1) 06.2 tantas fiestas, citas de Juego o ratos para hacer (4) (0) (2) (3) compartir como a él le gustarle? Ninguna Moderada Severa No lo puede 06.3 ¿Cuánto tiempo invirtió usted en la condición Leve (1) (0) (2) hacer (4) de salud de su hijo o sus consecuencias? (3) ¿Qué tan triste o molesto se ha sentido su hijo Ninguna Moderada Severa No lo puede 06.4 Leve (1) hacer (4) debido a su condición de salud? (2), (0) (3) ¿Qué impacto económico ha tenido para usted Ninguna Moderada Severa Noto puede 06.5 o para su familia la condición de salud de su Leve (1) (0) hacer (4) (2) (3) hijo? •.h •.. •+.
D6.6 ¿Cuánta dificultad ha tenido su familia debido Ninguna Moderada Severa No lo puede 1 1. Leve (1) (0) •• -• (2) • hacer (4) • a los problemas de salud de su hijo?' • •••. (3) • 054 ¿Hacer las tareas del hogar rápidamente cuando esto es importante? Leve (1) Código Opciones de respuesta Calificador CIF-IA '. ¿Cuánta dificultad ha tenido su hijo para realizar por si mismo(a) cosas que le ayuden a Ninguna Moderada Severa No lo puede relajarse o disfrutar, por ejemplo, ¿su hijo tiene, Leve (1) d920. 40) alguna dificultad 'haciendo las casas que le gusta hacer?) Puntaje 06 = ((DS + 06.2 + 06.3 + 06.4 + 06.5 + 06.6 + 06.7) / 28)•;100 % %' • % Pregunta 06.7 Ninguna (0) RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE 05 JUL 2024 HOJA No 33..
Continuación de la resolución "Por la cual se dictan dispesibiones én relación con el procedimiento de ¿edificación de discapácidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapaeidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022"... SÍNTESIS DE RESULTADOS Dominio Pun aje 01, COGNICIÓN MOVILIDAD CUIDADO PERSONAL RELACIONES D5 (1).
ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMESTICAS) D5 (1 Y2) ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMESTICAS, ACTIVIDADES ESCOLARES) D6. PARTICIPACIÓN A % % % % % A A A Procediiniento para la calificación del cuestionario:, El cálculo del puntaje de cada dominio, se realiza mediante la aplicación de las fórmulas definidas en la tabla "Fórmulas para la calificación del instrumento para personas de 6a 17 años".
(tabla 10), donde D1 representa el dominio. 1, D2 representa el• dominio 2, y así sucesivamente. 01.1. representa el calificador de la primera pregunta del dominio 1, 01.2 representa el calificador de la segunda pregunta del dominio 1, 02.3 representa el calificador de le tercera pregunta del dominio 2, así sucesivamente. Tabla 10. Fórmulas- para la calificación del instrumento para personas de 6.a 17 años DOMINIO FORMULA Dl.
Cognición ((01.1 + D1.2 + D1.3 + D1.4 + D1.5 + D1.6) /24) *100 Movilidad ((D2.1 + D2.2 + 02.3+ D2.4 + D2.5)/20)* 100 Cuidado personal ((D3.1 + D3.2 + 03.3 + D3.4) / 16) " 100 Relaciones ((D4.1 + D4.2 + D4.3 +D4.4 + 04.5) / 20) "100 p5 (1). Actividades ((D5.1 + D5.2 + D5,3 + 05.4) / 16) *. 100 cotidianas (Tareas domésticas) D5 (1 y 2). Actividades ((05.1 + 05.2 +.D5.3 05.4 + D5.5 D5.6 + D5.7 + D5.8 + cotidianas (Trabajo y 0$.9.) / 36) " 10 actividades escolares) D6.
Participación • ((06.1 + 06.2 06.3 + 06.4 + D6.5 + 06.6 + 06.7) / 28) " 100..,.. Es preciso tener en cuenta que, si la persona Sólicitante no está estudiando, se calculé el puntaje de 05(1) pero no el de 05(1 y 2).... Si la persona solicitante está estudiando se debe calcular el puntaje de D5 (1 y 2) pero no el de 05 (1). Síntesis de resultados En este apartado el aplicativo WEB del RLCPD presenta una tabla denominada "nivel de dificultad en el desempeño para escribir el valor de la puntuación de cada dominio con el propósito de compilar los resultados del instrumento en un solo espacio, facilitando el manejo posterior de la información. Estos resultados se registran en el apartado "nivel de dificultad en el desempeño" del certificado de discapacidad. 2.1.2.1.2.4., Instrumento para la valoración de limitaciones en las actividades y restricciones en la participación para mayores de 18 años de edad (WHODAS, 2.0) (tabla 11)...
Inicie la aplicación del inStrumento propoi'cionando la siguiente información - á la 'persona entrevistada:. • a. La información que usted. proporcione en esta entrevista es uno de los insumos para. su procedimiento de certificación de discapacidad. RESOLUCIÓN!,NIUMERO OG301197 LW 135 jut 2o24 HOJA No 34,., Continuación de la,resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación.conel procedimiento de - • certificación de discapacidad y el Registro de.LoCalización y Caracterización de Personas con DiscaPacidad y se.., deroga la ReSolueión 1239 de 20.22".... 't i' b Esta entrevista l'ate sobre laá dificultades qué 'usted presenta debido-a Ise3cendición de salud.
Por "condición de salud" me refiero a una enfermedad u otros problemas de salud de larga duración, lesiones y problemas mentales o émodonales. Le recuerdo que, cuando conteste a las preguntas,, piense en todos sus problemas de salud. Cuándo le pida que me hable acerca. "de las dificultades que tiene a, la • hora de reálizár -una actividad, por favor, tome en. •. consideración: Al decir "dificultad en una actividad" me refiero a 'aumento del esfuerzo', malestar o dolor, lentitud y/o cambios en el modo en que realiza la actividad..
Cuanddesté reápondendo cada pregunte me gustariá que pensara en el último mes. 7 Por favor piense en el último mes. y. responda estas preguntas donsiderando cuánta dificultad ha tenido (diga el nombré dé la persona). al llevar a Cabo las siguientes,,. actividades. Cuando responda las preguntas, por. favor. indiqueme. si su dificultad para realizar ta actividad es nin§una, leve, moderada; severa o no puede hacerla. - Tabla 11. '.
Instrumento para la valoración 00 limitaciones en las actividades y res-fricciones en la, participación para mayores de 18 años de edad (WHODAS 2.0).. D1. COGNICIÓN - ¿En el ultimo mes cuánta dificultad ha tenido para: Pregunta Di 1' ' 01.2 01., ''' D1.4 ¿Concentrarse en hacer algo durante diez minutos? ¿Recordar las cosas Importantes que tiene • que hacer? ' ¿Analiiar ' y encontrar soluciones a los problemas de la vida diaria? ¿Aprender una nueva tarea, por ejemplo, aprender cómo llegar a un nuevo lugar? 01 5 ¿Entender en general Id que dice la gente? 01.6 ¿Comenzar y mantener una conversación? Opciones de respuesta Ninguna (0) Ninguna (0) Ninguna (0) Ninguna (0)..
Ninguna (0). Ninguna (0) (0) Código CIF-tA No lo puede b1400 hacer (4) d161 No lo puede hacer (4) b144 No. lo puede hácer (4) d175 No lo puede hacer (4), d155 No lo puede hacer (4) d310 No lo puede hacer (4) d350 Leve Moderada Severa (1) (2) (3) Leve Moderada Severa (1) (2) (3) • • Leve Moderada Severa, • 13) '. (1) - (2) Leve Moderada Severa (2).
(3). (1). Leve Moderada Severa (3) ' (1) ' (2) Leve Moderada Severa (1) (2) (3),. Pontaje 01 = (0.1 + 131.2 + 0,1.3 +131.4 + 61.5.« D1.6) / 24) '100 02 MOVILIDAD Calificador % ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido para:, Pregunta 02.2 ¿Estar de pie por largos periodos de tiempo, Ninguna como por ejemplo 30 minutos? (0) Ninguna ¿Pararse luego de estar sentado?.
D2.3 ¿Moverse adentro de su hogar, 02,1 02.4 Ninguna (0) Leve (1), Leve' (1) leve (1) Moderada (2) ' Moderada (2) Moderada (2) Severa (3) Severa (3) Severa (3) •. No lo puede hacer (4) No lo puede hacer (4) No lo puede hacer (4) Ninguna (0)„ •, Leve Moderada (1). (2).„ Severa (3).,., ' No lo puede d4602 hacer (4) ••,,. d4501' 12) ¿Salir de su hogar?,..
Código CfP-IA Opclonet do respuesta Calificador d4154 d4104 d4600 ¿Caminar una larga distancia, corno un Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede (2) hacer (4) kilómetro ro equivalente)? (0) (1) (3) Puntale 02 = ((02.1 + 02.2 + 02.3 + 02.4 + 02.5)/20) •
03. CUIDADO PERSONAL ¿En el último mes cuánta dificultad ha tenido para: Código Pregunta Opciones de respuesta CIF-IA Ninguna leve Moderada Severa No lo puede 03,1, ¿Lavarse todo el cuerpo (bañare)? d510 (0) hacer (4) (1). (2) (3) Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede 03.2 '¿Vestirse? d540' (2) hacer (4) (0) (1) (3) Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede 03.3 ¿Comer? hacer (4)..d550 (2) (1) (0) • (3) Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede 03.4 ¿Quedarse solo(a) durante unos dias?. d598 (0) hacer(4)•.
(1) (2) ' (3) 02.5 Puntaje 03 = ((03.1 + 03.2 + D3.3 + 03.4) 16) • 100 04. RELACIONES Calificador % ¿En el último mes cuanta dificultad ha tenido para:. Pregunta Opciones da respuesta 1 Código I 1 Calificador 1 CIMA. RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE -05 tivi. 2024 HOJA No 35 Continuación de la resolución 'Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discaPae idad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se.. deroga la Resolución 1239 de 2022". • Severa - No lo puede -d730 Leve Moderada 04.1 hacer (4) (1) (2) (3) Severa No lo puede 0500 Leve Moderada 04.2 ¿Mantener una amistad?.. hacer (4) (o) (1) (2) (3).
Severa No lo puede Ninguna Leve Moderada ¿Llevarse bien con personas cercanas a d760.. D4.3. hacer (4) (1) (2) usted? • •. (3) (0) Severa No lo puede „con Ninguna Leve Moderada D4.4 ¿Hacer nuevos amigos? ' • - " " hacer (4) • (0) -. (1) (2) (3) Severa No lo puede Ninguna Leve Moderada ¿Realizar actividades sexuales? D4.5 • d7702 hacer (4) íg,O) (2) (1) +D4.4 + 04.5) / 20) ' 100 % Punta h D4 "«04.1 + 04.2 r• 04.3 05(l) TAREAS DOMÉSTICAS Debido a su condición de salud, en el último mes, ¿cuánta dificultad ha enido para:.
Código Calificador Opciones de respuesta Pregunta CIMA Severa No lo puede ¿Ocuparse de sus responsabilidades Ninguna Leve Moderada D5.1 hacer (4) • (0) (1) (2) domésticas? (3) No lo puede ¿Realizar bien sus tareas domésticas más Ninguna Leve Moderada Severa D5 2 (2) hacer (4) (0) (1) ' ' importantes? (3) d640 No lo puede • ¿Terminar todo el trabajo doméstico que Ninguna Leve Moderada Severa 05.3 hacer (4) (2) necesitaba realizar? (3) (0) (1) Severa No lo puede ¿Terminar las tareas domésticas tan rápido Ninguna Leve Moderada 05.4 hacer (4) (0) (1) (2) como era necesario/ (3) % Punta» 050) = ((05.1 + 05.2 + 05.3 + 05.4)1 16) ' 100 05 (2) TRABAJO Y ACTIVIDADES ESCOLARES SI el entrevistado trabaja (remunerado, no remunerado, independiente) o va a la escuela, complete las preguntas 05 5 - 05 8 De lo contra lo, continúe en la pregunta 06.1 •.. ' último mes cuanta dificultad ha tenido para: ¿En el Código Calificador Opciones de respuesta Pregunta, CIF/IA Severa I No lo puede Ninguna Leve Moderada ¿Llevar a cabo su • trabaisr diario o las d820 • hacer (4) (1) • (2) 05.5 actividades escolares diarias/ (3) (0) d825 ' Severa No lo puede Ninguna Leve Moderada ¿Realizar bien las tareas más Importantes 0830 hacer (4) (0) (1) (2) 05.6 de su trabajo o de la escuela? (3) O Severa No lo puede duo ¿Terminar lodo. el trabajo que necesita Ninguna Leve Moderada hacer (4) (o) (1) (2) 08,7 realizar/ (3) Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede ¿Terminar su trabajo tan rápido como era hacer (4) (0) (1) (2) 05.8 necesario?;
(3) Y. Puntaje 05(1 y 2) t. ((05.1 + 05.2 + 05.3 + 05.4 05.5 + 05.6 + 05.7 + 05.8) / 32)• 100 06. PARTICIPACIÓN. Ahora voy a hacerle unas preguntas relacionadas con su participación en la sociedad. y con el impacto que su problema de salud ha tenido... sobre usted y su familia... Código Calificado( Opciones de respuesta Pregunta CIF.IA ¿Cuánta dificultad ha tenido para participar en actividades de su comunidad (por Ninguna Leve Moderada • Severa.No lo puede d910 ejemplo. festividades, actividades,„, 06.1 (1) (2) • (3).• 'hacer (4) l''' religiosas o de otro tipo) de la misma forma que cualquier otra persona/ / ¿Cuánta dificultad ha tenido debido a Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede eno D6.2 barreras u obstáculos existentes en el hacer (4) (0) (1) (2) (3) e155 mundo que lo rodea? ¿Cuánta dificultad ha tenido para vivir con Ninguna Le ye Moderada Severa No lo puede d940 06.3 dignidad debido a las actitudes y acciones (2) (3), hacer (4) (0) (1) 04 de otros/ ¿Cuánto tiempo dedicó Usted a su Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede d570 06 4 hacer (4) (1) (2) condición de salud o a sus consecuencias? _(0) (3) 015 ¿Cuánto ha sido afectado emocionalmente Ninguna Leve Moderada Severa No, lo puede (2) hacer (4) por su condición de salud? (1) (0) (3) ¿Qué impacto económico ha tenido para Ninguna leve Moderada Severa No lo puede 066 usted o para su familia su condición de (0) hacer (4) (3) (1) (2) salud? ¿Relacionarse con conoce? personas que no. Ninguna (0) Ninguna ¿Cuanta dificultad ha tenido su familia Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede 15. 4.
(2) hacer (4) debido a sus problemas de salud? (0) (1) (3) ¿Cuánta dificultad ha tenido al realizar por Ninguna Leve Moderada Severa No lo puede d920 06.8 si mismo cosas que le ayuden a relajarse o (2) hacer (4) (1) (3) (0) disfrutar? Puntaje 06 = ((06.1 + 06.2 + 06.3 + 06.4 + 06.5 4 06.6 + 06.7 + 06.8)! 32) • 100........,,,.. SÍNTESIS DE RESULTADOS Dominio.-..-. 01, COGNICIÓN
02. MOVILIDAD CUIDADO PERSONAL RELACIONES '05 (1). ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS) ' 06.7 05(1 Y 2). ACTIVIDADES COTIDIANAS (TAREAS DOMÉSTICAS, TRABAJO.Y„ ACTIVIDADES.....ESCOLARES).. 1 06. PARTICIPACIÓN;..,,. Y....%., -.Puritaje Y. % %.% SI,. % RESOLUCIÓN NÚMERO 00001197 DE 95 átt HOJA No 36 2024 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".,.
Procedimiento para la calificación defcuestionario El cálculo del puntaje de cada dominio se realiza mediante la aplicación de las fórmulas presentadas en la Tabla 12, donde D1 representa el dominio 1, D2 representa el dominio 2, y así sucesivamente.. D1.1. representa el calificador de la primera pregunta del dominio 1, D1.2 representa el calificador de la segunda pregunta del dominio 1;
D2.3 representa el calificador de la tercera pregunta del dominio, • 2, y así sucesivamente.. •,. Tabla 12. Fórmulas para la califiáación del instrumento para personas de 18 años en adelante FÓRMULA DOMINIO _C(D1.1 + D1.2 + D1.3 + D1.4 + D1.5 + D1.6) / 24)) '100 Dl. Cognición ((02.1 + 02.2 + D2.3 + D2.4 + D2.5)/20)) ' 100 Movilidad ((D3.1 + 03.2 + D3.3 + D3.4) / 16)) • 100 Cuidado personal ((D4.1 + D4.2 D4.3 D4.4 + D4.5) / 20)) " 100 Relaciones cotidianas ((D5.1 + 05.2 + 05.3 D5.4) /161 • 100 D5 (1).
Actividades (Tareas domésticas) 05 (1 y 2). Actividades cotidianas.((D5.1.+ D5.2 05.3 + D5.4 + D5.5 D5.6 05.7 +D5.8) / 32)) * 100 (Trabajo y actividades 'escolares) ((D6.1 + 06.2 + 06.3 06.4 + D6.5 + D6.6 + D6.7 + 06.8) / D6. Participación, 32)) * 100... Se debe tener en cuenta que, si la persona solicitahte nó está trabajando o estudiando,.se calcula el puntaje de D5 (1), (Tareas domésticas), pero no el de 05 (1 y 2) (Trabajo y actividades eSeolares).
Si la persona solicitante está trabajando o estudiando se calcula el puntaje de 05 (1 y 2) pero no el de 05(1)., Síntesis de resultados,,. En este apartado el aplicativo WEB del RLCPD presenta una tabla denomínada nivel de dificultad en el desempeño para escribir el valor de la puntuación de cada dominio con el propósito de compilar los resultados del instrumento en un solo espacio, facilitando el manejo posterior,de. la información. Estos resultados se verán reflejados en el apartado denominado "nivel de dificultad en el desenipeño" del certificado de discapacidad.
Procedimiento para el registro de los resultados en el perfil de funcionamiento 'Los códigos C1F de las preguntas que reciban un calificador entre 1 y 4 quedarán registrados • en el aplicativo WEB del RLCPD y se desplegarán en una lista de la cual se escogerán los tres códigos de los componentes de la CIF de funciones corporales, estructuras corporales y actividades y participación de mayor valor y/o relevancia con relación a la condición de discapacidad de la persona, el cual se reflejará en el certificado de discapacidad en el ítem denominado perfil de funcionamiento. •. 2.1.2.2.
" Solicitud de información sobre factores personales y ambientales.. El último paso de la entrevista con la persona solicitante es la solicitud de información acerca de los datos sobre factores personales de identificación (nombre, apellido, tipo de identificación y número) y de residencia del solicitante, y ambientales de autorreconocimiento (sexo, identidad de género, orientación sexual, pertenencia étnica), ejercicio de derechos y caracterización de su entórnó para la vida y el cuidado.
En este último áspecto indaga acerca del acceso a la garantía del derecho a lirehabilitación, a la educación, al trabajo y a la participación en la vida política y pública, necesidades de apoyo permanente de una tercera persona y presencia de barreras fisicas, comunicativas y actitudinales. RESOLUCIÓN NÚMERO 65 3131 2024.0030119.7. DE HOJA No 37 Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022".. r Para la formulación de las preguntas tenga en cuenta las siguientes instrucciones: Lea las preguntas tal como están formuladas, incluyendo los ejemplos cuando estos son presentados.
De ser necesario haga las aclaraciones correspondientes para que la persona comprenda el sentido de la pregunta. b.' Lea todas las opciones de respuesta. 4. No deje preguntas sin formular ni sin respuesta. ' Siga las indicaciones que se presentan en función de la respuesta brindada por la persona entrevistada. a. A continuación, se presenta el conjunto de preguntas a ser formuladas: I. Autorreconocimiento 1.De acuerdo don sus costumbres y 2.
De acuerdo con su identidad de género, tradiciones, usted se identifica como: usted.se identifica como:. Indígena. • Afrocolombiano a Másculino b Femenino. Rrom - Gitano c Transgénero Palenquero d Intergéheró Raizal Ninguno e No responde q. No responde.. 3.De acuerdo con su orientación sexual, usted se identifica como: ' a. Heterosexual Homosexual Bisexual Asexual Pansexual No responde II.
Ejercicio de derechos 4.¿Ha estado en procesos de rehabilitación 5. En su proceso de rehabilitación le han ordenado consultas por funcional por su discapacidad? Medicina física y de rehabilitación. Psiquiatría Si Fisioterapia No (pase a la pregunta 7) Fonoaudiologia Terapia ocupacional Optometria Psicología Trabajo social. i. Otro tipo de profesionales 6.
¿Actualmente está asistiendo al servicio 7. ¿Por qué no recibe servicio de de rehabilitación? rehabilitación? Va terminó el proceso de rehabilitación Si (pase a la pregunta 8) Cree que ya no lo necesita No No le gusta/no le interesa Falta de dinero e, El centro de atención queda muy lejos f. No hay quién lo lleve No ha sido 'autorizado por el asegurador No sabe 8.
¿Sabe si el municipio cuenta con servicio 9. ¿Utiliza productos de apoyo? de rehabilitación? a. Si • 'Si • •, b. No No (pase a la pregunta 12) RESOLUCIÓN NÚMERO 09301197 DE 14'5 ja 2024 HOJA No 38.... Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapácidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 do 2022. 10.
¿Cuáles de los siguientes productos de 11. En su proceso de rehabilitación recibió,entrenamiento en el uso del (los) apoyo utiliza? producto(s) de apoyo asociado(s) a su Productos de apoyo para la movilidad diScapacidad muletas, (por ejemplo, bastón, caminador, silla de ruedas). Si órtesis y/o prótesis (en 'brazos. o No porque no asistió al entrenamiento piernas) No porque la entidad de salud no Bastón de orientación (personas proporcionó el entrenamiento ciegas o con baja visión) No porque el Producto de.apoyo no Productos de apoyo para la visión (por requiere entrenámiento ejemplo, gafas para baja visión, telescopios, binoculares) Productos de apoyo para la audición (por ejemplo, trompetillas, audifonbs, implantes) 12.
¿Sabe leer y escribir? (Solo para 13. ¿Asiste actualmente a alguna institución educativa? personas de 5 años y más), a.. Si (pase a la pregunta 15) Si b. No ' No 14. ¿Cuál es la causa principal por la cual no 15. ¿Cuál fue el ultimo nivel educativo que completó? está estudiando? • ' a. Ninguno á. Falta de dinero Educación inicial Falta de cupos ' Preescolar No existe centro educativo cercano Básica primaria La institutión educativa le ha negado el Basica secundaria cupo Media. e: La institución no garantizó los servicios FortnaCión parail trabajo •.• ' de apoyo requeridos Educación superior pregrado f, Sú familia no se lo permitió Educación superior posgrado g. No quiso, no le gusto o no le interesó..h. Ya terminó sus estudios • 16.
¿Actualmente está trabajando? (Para -1-7. En su trabajo la mayor parte de tiempo se ha desempeñado como (Para personas personas de 16 años y más) de 16 añoá y más). Patrón o empleador Si Empleado formal No. Trabajador formal por cuenta propia o independiente Trabajador informal 18. ¿Cuál es la fuente principal de sus 19. ¿Cuál es su ingreso mensual promedio en SMLMV? (Para personas de 16 años y ingresos? (Para personas de 16 años y más) más) a. Sin ingreso Del trabajo • Menos de 1 Pensión b. c. Del a2 Renta d. Más de 2 y menos de 4 Subsidio o ayudas del gobierno e. 4 o más Subsidio o ayuda de particulares f. No informa Ayudas familiares Ninguna 20.
Usted participa en actividades: 21. ¿Pertenece a.una organización ' o movimiento asociativo de personas con Familiares. Comunitarias discapacidad?. Religiosas o espirituales á. Si Deportivaao de recreación b. No. Culturales. f, Ciudadanas Otras Ninibuna RESOLUCIÓN NÚMERO 00301197 DE 5 Mi 2024 1-10JA No 39 • Continuación de la resolución "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de, certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022". 22.
En relación con el proceso de toma de decisiones, usted: (Para personas de 18 y más años) Toma decisiones de manera autónoma Toma sus propias decisiones, pero requiere del apoyo de otras personas para facilitar este ejercicio c Otra persona tiene todo el poder legal para tomar las decisiones por usted (interdicción) III. Entorno para la vida y el cuidado.. 23.
¿Requiere permanentemente de la ayuda 24. ¿Quién es la persona que más le ayuda a de otra persona para realizar actividades realizar las actividades de la Vida diaria en de la vida diaria (por ejemplo bañarse, las que tiene - dificultadés de forma vestirse, comer, beber, ir al baño, cambiar permanente?. - p. Padre posiciones del cuerpo)?. a Sí Madre 1. b. No (pase a la pregunta 26) Hijo(s) Hija(s) HerMáno(s) • Hermana(s) Esposo o compañero Esposa o compañera Abuelo.
Abuela Otros familiares 'hombres - I. Otras familiares mujeres Persona • remunerada para asificlarlo(a), notualificada Persona, remunerada para ayudarlo(a), cualificada Necesita ayuda, pero no tiene quien le ayóde 25. Usted vive: 26. ¿En qué tipo de institución? Con su familia (pase a la pregunta 27) Establecimiento penitenciario o Solo (pase a la pregunta 27) carcelario En calle (pase a la pregunta 27) Hospital.
En institución de manera permanente Centro psiquiátrico (7 días a la semana, 24 horas por un Hogar geriátrico tiempo mayor a dos meses) (pase a la Centro de protección infantil (con pregunta 26) Medida de restablecimiento de derechos), f. Otras instituciones 27. ¿De quién o quiénes recibe mayor apoyo 28. En su vida diaria usted encuentra y respaldo (apoyo emocional, ayuda material, barreras físicas en servicios e información)? Vivienda De familiares Espacio público De comunidades o grupos religiosos Transporte público De redes comunitarias o sociales Edificaciones públicas o privadas Instituciones No encuentro barreras físicas. -.
De vecinos y amigos f No cuenta con redes de apoyo 29. ¿En su vida diaria usted encuentra 30. ¿En su vida diaria, usted encuentra barreras para acceder a la información en?• actitudes negativas en su interacción con' a. Medios de comunicación masiVos 'Miembros de la familia cercana (Radio, Tv) Otros familiares.. - b En - tecnología t de información ' y - Amigos comunicación TIC • cl, • Conocidos, compañeros, colegas, vecinos o- miembros de ia comunidad RESOLUCIÓN NÚMERO 1 5 údL 20.24.. 00301197 DE HOJA No 40.
Continuación.de la resolución • "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad y se,. deroga la Resolución 1239 de 2022". c Entidades que prestan, atenCión ál público d. Entidades de salud e. Entidades educativas f. Espacio público Transporte público No encuentra barreras para acceder a ' la infórmáción e f. g. h. t: Personas en cargos d.e autoridad Personas en cargos subordinados Cuidadores y personal de ayuda Profesionales de la salud Otros profesionales No encuéntra barreras actítudinales 3.' RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE DISCAPACIDAD Una vez finalizada la aplicación de los instrumentos pteviamente descritos, el equipo niultidisciplinario genera en el aplicativo WEB del RLCPb el resultado del procedimiento de certificación de disdapacidad, que establece la existencia de la discapacidad...
Se 'establece que la persona solicitante tiene discapacidad con base en la obtención de los dos'(2) resultados que se detallan a continuáción a. Al menos una deficiencia en estructuras y funciones corporales, desde leve hasta completa. Esta información se obtiene al constatar que al menos.un código tiene un,calificador entre 1 y 4. b.. Al menos una limitación en las actividades y restricción en la ¡Participación desde leve haeta corippleta. 3.1.
Socialización del resultado del procedimiento de certificación de discapacidad El equipo multidisciplinario informa el reeultado del procedimiento a la persona, asegurándose de que comprenda dicha información, para lo cual, garantizará y hará uso de loe apoyos y ajustes razonables que requiera para accederá tal información Eh aguellos casos donde el procedimiento dé cómo resultado que la persona Solicitante no tiene discapacidad,. se le explicarán las raiones, y se le informará que esta determinación se registrará en el RLCP,D únicamente como soporte de la realización de la valoración clínica multidisciplinaria En' caso de que el solicitante no esté de acuerde con el,resultado dé la certificación, se le debe informar que tiene derecho a solicitar una segunda ohihión.. 3.2.
Certificado de discapacidad Si se establece que la persona solicitante tiene discapacidad, el RLCPD genera el certificado de discapacidad y el equipo multidisciplinario del prestador de servicios de salud hace entrega de este a la persona con discapacidad. El certificado de discapacidad incluye al menos la siguiente información, como resultado de la aplicación de los instrumentos descritos en los apartados anteriores: Datos personales de la persona con discapacidad.
Nombre, Apellido, tipo y número de documento de identidad, Lugar y fecha de la valoración clínica multidisciplinaria para certificación de discapacidad. Razón social del prestador de servicios de salud donde se expide el certificado de discapacidad, fecha de realización de la valoración, Categoría de disCapacidad. Categoría de discapacidad de acuerdo a lo definido en el nurrieral 1.2 del presente anexo técnico.
En los casos en los que se identifique más de 'una categoría de discapacidad, estará marcado SI en cada una de ellas y también SI en la categoría múltiple, salvo en los casos de personas ton sordoceguera, pues esta se considera una categoría única de discapacidad, en cuyo caso solo se marcará SI en dicha categoria. Nivel de dificultad en el desempeño. Porcentaje expresado en una escala de O a 100 por cada uno de los siguientes dominios de actividades y participación: - Cognición RESOLUCIÓWNÚMERO 0333119/ DE 0 5 JUL 2024 • 'HOJA No 41 Continuación de la resolución "(Sor le cual se dictan dispos. iciones en relación con el procedimiento de certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapecidad y se deroga la Resolución 1239 de 2022.
Movilidad Cuidado personal Relaciones Actividades de la vida diaria Participación Perfil de funcionamiento. Incluye los tres (3) códigos de cada uno de los componentes del perfil de funcionamiento que mejor describan la discapacidad del solicitante (funciones corporales, estructuras corporales y actividades y participación). Datos de los profesionales del equipo multidisciplinario.
Nombre, Apellido, tipo y número de documento de identidad y profesión. Código QR. Combinación de caracteres que contiene almacenada la información del certificado de discapacidad para que pueda ser leído y validado mediante un dispositivo con lector óptico. En esa verificación se podrá visualizar los datos personales (nombre completo, identificación, ID, validación), así como, la leyenda de generación del mismo a través del RLCPD.
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