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Resolución1078Vigente

Resolución 1078 de 2019

Porla cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, del rubro "Plan Nacional de Salud Rural" para la vigencia fiscal de 2019

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

Rf.PI"IAI Ir A D, COI.OMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL "O O1 078 - 8 MAY 2019 RESOLUCiÓN NÚMERO DE 2019 Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, del rubro "Plan Nacional de Salud Rura!", para la vigencia fiscal de 2019 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL En ejercicio de sus facultades, en especial, de las conferidas en el articulo 110 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996 y los numerales 42.2 y 42.7 del articulo 42 de la Ley 715 de 2001 y,

CONSIDERANDO

Que los articulas 194 y 195 de la Ley 100 de 1993 eslablecen que las Empresas Sacra les del Estado - ESE serán las encargadas de la prestación de servicios de salud en los territorios y que podrán ser destinatarias de transferencias directas con cargo al presupuesto de la Nación, respectivamente. Que el articulo 42 de la Ley 715 de 2001 señala que le corresponde a la Nación, la dirección del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio nacional, de acuerdo con la diversidad regional y el ejercicio de sus competencias, dentro de las cuales está la de impulsar, coordinar, financiar, cofinanciar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión en materia de salud, con recursos diferentes a los del Sistema General de Participaciones -SGP.

Que el Gobierno Nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo FARC-EP suscribieron el "Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera" que previó, en el numeral 1.3.2.1 del Punto 1 "Hacia un Nuevo Campo Colombiano. Reforma Rura/lntegra!", la necesidad de acercar la oferta de servicios de salud a las comunidades rurales, y en el numeral 3.1.4, se concertó la creación de veinte (20) Zonas Veredales Transitorias de Normalización -ZVTN y siete (7) Puntos Transitorios de Normalización -PTN, hoy denominados Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación -ETCR de acuerdo con el Decreto 1274 de 2017.

Que, en el marco del precitado Acuerdo, se expidió el Decreto 2027 de 2016 que creó el Consejo Nacional de Reincorporación - CNR y ejercerá, entre otras funciones, la de"('.) definir las actividades, establecer el cronograma y adelantar el seguimiento del proceso de reincorporación de los miembros de las FARC-EP", espacio que ha operado como escenario para acordar las medidas de atención en salud, dirigidas a los municipios en los que funcionan los ETCR.

Que el CNR, en desarrollo de la anterior función, en su sesión 90 del11 de diciembre de 2018, planteó el desarrollo de dos (2) esquemas de salud y estimó sus costos, para beneficiar a la población residente en los ETCR y veredas aledañas: el primero, aplicable a seis (6) E.S.E que abarcan ocho (8) ETCR, consistente en la asignación de un equipo médico tres (3) días al mes, un (1) auxiliar de enfermería permanente en horario laboral y la presencía de una (1) ambulancia Transporte Asistencial Básico - TAB, por valor de $131 AOO.OOO; y el segundo, aplicable a dieciséis (16) ESE que abarcan dieciséis (16) ETCR, consistente en la asignación de un equipo médico tres (3) días al mes y la disponibilidad de una (1) ambulancia TAB al llamado, por valor de $79.020.000; ambos esquemas se complementan con la realización de jornadas extramurales.

RESOLUCiÓN NÚMER" (' () 10 7 8 D':. B MAY 28yg9 HOJA No. g de § ContinuaCión de la resolución ''Porla cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, del robra "Plan Nacional de Salud Rural"". par¿¡ la vigencia fiscal de 2019" Que el CNR, en virtud de lo decidido en la mencionada sesión, solicitó a este Ministerio la disposición de los recursos para las ESE con presencia en los municipios donde se ubican los ETCR, que faciliten el desarrollo de los esquemas de salud planteados y acordados en la sesión. Que, frente a lo solicitado por el Consejo Nacional de Reincorporación -CNR, la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres de este Ministerio emitió el documento técnico que analizó las condiciones, acceso y demanda de servicios de salud. así como las distancias a puntos de atención más cercanos en los municipios con ETCR, determinándose la necesidad de beneficiar en salud a la población residente en los ETCR y las veredas aledañas, y la pertinencia de disponer de dos mil trescientos quince millones quinientos veinte mil pesos ($2.315.520.000) m/ete.

Que mediante la Resolución 967 de 2019 se creó el Comité Asesor para la Asignación de Recursos - CAAR en el Ministerio de Salud y Protección Social, como instancia asesora que emite recomendaciones con relación a la asignación de recursos de funcionamiento dispuestos en el Presupuesto General de la Nación, de los rubros: "Apoyo a Programas de Desarrollo de la Salud Ley 100 de 1993·'.

"Plan Nacional de Salud Rural" y "Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tráfico (Servicios Integrantes de Salud)" Que, en sesión del 25 de abril de 2019, el Comité Asesor para la Asignación de Recursos - CAAR, analizó la solicitud del Consejo Nacional de Reincorporación -CNR y el documento técnico emitido por la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres de este Ministerio y verificó que en este se relacionaron las ESE de los municipios en los que funcionan los ETCR, así: Red de Salud de Primer Nivel del Guaviare;

ESE Red de Salud de Primer Nivel del Guaviare; ESE Moreno y Clavija de Arauquita; ESE Hospital San Vicente de Paul de Remedios; ESE Hospital Regional Norte de Tibú; ESE Norte 1 de Buenos Aires; ESE del Departamento del Meta Solución Salud de Vistahermosa; ESE del Departamento del Meta Solución Salud de La Macarena; ESE del Departamento del Meta Solución Salud de Mesetas;

ESE Hospital Centro Nivel I Planadas; ESE Hospital Nuestra Señora del Perpetuo Socorro de Dabeiba; Hospital Sumapaz ESE de Icononzo; ESE Hospital San Juan de Dios de Ituango; ESE Hospital Nivel I El Bordo; ESE Hospital Local de Puesto ASIS; Centro Hospital Divino Niño ESE de Tumaco, ESE Popayán en Caldono, ESE Hospital San Juan de Dios de Anori;

ESE Hospital Departamental María Inmaculada de Montañita; ESE Hospital San Rafael de San Vicente del Caguán; ESE Norte 2 de Miranda; ESE Hospital Marino Zuleta Ramírez de la Paz; ESE Hospital Local Ismael Roldán Valencia de Riosucio y ESE Hospital San Agustín de Fonseca en Fonseca. Que conforme con el anterior análisis de pertenencia y necesidad, así como de disposición de recursos, el Comité recomendó "(...) iniciar el trámite para la asignación de los recursos a través del rubro "Plan Nacional de Salud Rural" para e/listado de Empresas Sociales de/ Estado, respectivas.

(...) la asignación propuesta tiene un valor de dos mif trescientos quince millones quinientos veinte mil pesos ($2.315.520.000) MIGle" Que el Decreto 2467 de 2018, por medio del cual se liquida el presupuesto general de la Nación adoptado mediante la Ley 1940 de 2018, detalló en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, en la Unidad 1901-01 Funcionamiento, Gestión General, Cuenta: 03 Transferencias Corrientes, Subcuenta: 11 A Empresas, Objeto del Gasto - 01 Actividades de Atención a la Salud Humana y de Asistencia Social, Ordinal 002: Plan Nacional de Salud Rural, Recurso 10: Recursos Corrientes, una partida inicial por valor de once mil ciento cuarenta y ocho millones quinientos ochenta y cuatro mil pesos (11.148.584.000) MICte, los cuales, a la fecha, se encuentran disponibles y libres de afectación presupuesta!. 01 078 DE RESOLUCiÓN NÚMER~ ",.,i y 2fi9~ HOJA No. -3 de -5 - R MA d~ Continuació'0 la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, del rubro "Plan Nacional de Salud Rural': para la \ vigencia fiscal de 2019" segúrí'e~rtificadO Que de disponibilidad presupuestar número 91719 del 30 de abril de - -2-OJ9,-efpedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social, existe apropiación presupuestal disponible en la Subunidad Ejecutora 19-01-01-000 por valor de dos mil trescientos quince millones, quinientos veinte mil pesos ($2.315.520.000) miele., En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1.

Objeto. Asignar a las Empresas Sociales del Estado - ESE que se indican, los siguientes recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia fiscal de 2019 del rubro "Plan Nacional de Salud Rura/", así: Empresa Social del Estado - ESE Asignación ESE RED DE SALUD DE PRIMER NIVEL DEL GUAVIARE - ETCR COLINAS.

GUAVIARE ESE RED DE SALUD DE PRIMER NIVEL DEL GUAVIARE - ETCR CHARRAS GUAVIARE ESE MORENO Y CLAVIJO. ARAUQUITA. ARAUCA ESE HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL, REMEDIOS. ANTIOQUIA ESE HOSPITAL REGIONAL NORTE, TIBU, NORTE DE SANTANDER $131.400.000 ESE NORTE 1,BUENOS AIRES. CAUCA ESE DEL DEPARTAMENTO DEL META SOLUCION SALUD, LA MACARENA. META ESE DEL DEPARTAMENTO DEL META SOLUCiÓN SALUD, VISTAHERMOSA.

META ESE DEL DEPARTAMENTO DEL MÉTA SOLUCION SALUD. MESETAS. META ESE HOSPITAL CENTRO NIVEL I PLANADAS, PLANADAS, TOLlMA ESE HOSPITAL NUESTRA SENORA DEL PERPETUO SOCORRO, DABEIBA. ANTIOQUIA HOSPITAL SUMAPAZ ESE., ICONONZO, TOLlMA $131.400000 $131.400.000 $79.020.000 ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS. ITUANGO, ANTIOQUIA ESE HOSPITAL NIVEL I EL BORDO.

PATiA, CAUCA ESE HOSPITAL LOCAL DE PUESTO ASIS. PUERTO ASIS, PUTUMAYO CENTRO HOSPITAL DIVINO NI~O E.S E. TUMACO, NARINO ESE POPAYAN. CALDONO, CAUCA ESE HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE ANORI. ANORI. ANTIOQUIA $79.020.000 $79.020.000 $79.020.000 $79020000 $79.020.000 $79.020000 ESE HOSPITAL DEPARTAMENT AL MARIA INMACULADA, LA MONTAÑITA, CAQUETÁ ESE HOSPITAL SAN RAFAEL.

SAN VICENTE DEL CAGUÁN, CAQUETA $79.020000 ESE NORTE 2, MIRANDA, CAUCA ESE HOSPITAL MARINO ZULETA RAMIREZ, LA PAZ, CESAR ESE HOSPITAL LOCAL ISMAEL ROLDAN VALENCIA, RIOSUCIO. CHOCÓ ESE HOSPITAL SAN AGUSTiN DE FONSECA. FONSECA, LA GUAJIRA $79.020.000 $79.020.000 $79.020000. TOTAL ASIGNACiÓN $131.400000 $131.400.000 $131.400.000 $131.400.000 $131.400000 $79.020000 $79.020000 $79.020.000 $79.020.000 $79.020000 $2.315.520.000 I RESOLUCiÓN NÚMERC1' (\ O10 7 8 DE_ 8 MAY 2t91r HOJA No. ~ de § Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, del rubro "Plan Nacional de 'Salud Rurar. para la vlgenc/8 fiscal de 2019" Artículo 2.

Destinación de los recursos. Las Empresas Sociales del Estado - ESE, de que trata el artículo 1° de la presente resolución, destinarán los recursos que se asignan en los términos establecidos por el Consejo Nacional de Reincorporación -CNR, as!: 2.1. Para el primer esquema de salud: 2.1.1. Asignación de un equipo médico tres (3) días al mes, 2.1.2.

Un (1) auxiliar de enfermería permanente en horario laboral, 2.1.3. Permanencia de una (1) ambulancia Transporte Asistencial Básico - TAB. 2.2. Para el segundo esquema de salud: 2.2.1. Asignación de un equipo médico tres (3) días al mes y. 2.2.2 Disponibilidad de una (1) ambulancia TAB al llamado. Artículo 3. Incorporación de recursos. Las empresas beneficiarias señaladas en el artículo 1 de esta resolución, están obligadas a incorporar en sus presupuestos los recursos aquí asignados, en cumplimiento de la normatividad vigente.

Artículo 4. Requisitos para el giro. El giro se realizará previa remisión y entrega de los siguientes documentos: 4.1 Certificación bancaria con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, emitida por la entidad financiera, con la identificación de la cuenta, que incluya el nombre completo y la identificación del titular, así como el tipo, número y estado de la cuenta. 4.2 Copia del Registro Único Tributario - RUT. 4.3.

Designación del funcionario responsable de coordinar la ejecución de los recursos asignados. Parágrafo. Los requisitos documentales a que se refiere el presente artículo deberán allegarse a la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres de este Ministerio dentro de los quince (15) días siguientes a la comunicación de la presente resolución, so pena de perder el beneficio.

En ese caso, los valores se considerarán no asignados y se procederá a la liberación presupuestal. Artículo 5. Obligaciones de las Empresas Sociales del Estado. Las empresas beneficiarias tendrán a su cargo el cumplimiento de las siguientes actividades: 5.1 Ejecutar los recursos de conformidad con el esquema que complemente las atenciones en salud de la población en los ETCR, en los términos señalados en el artículo 2 de la presente resolución. 5.2 Rendir el informe mensual en el formato que se defina para el efecto. 5.3 Confirmar la transferencia de los recursos a la cuenta reportada.

Parágrafo 1. La Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres definirá el formato para rendir el informe mensual, en el que como mínimo se deberá reportar: las atenciones brindadas, los traslados con TAB, el consumo de medicamentos y el reporte financiero de gasto., RESOLUCiÓN NÚMERCl' 1\" t O7 S D~ 8 MAY 21ffl19 HOJA No. ~ de ~ Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, del rubro 'Plan Nacional de Salud Ruta/". para la vigencia fiscal de 2019" Parágrafo 2.

El valor de los servicios prestados que exceda el monto asignado en el artículo 1° de la presente resolución, deberá ser asumido por la respectiva ESE. Artículo 6. Reintegro y rendimientos de recursos. Las entidades beneficiarias que no ejecuten los recursos asignados en el artículo 1 de esta resolución, en la finalidad para la cual se asignan, deberán reintegrarlos al Tesoro Nacional, informando de tal situaclón a este Ministerio.

En caso de que se hayan generado rendimientos financieros, deberá surtirse el mismo trámite. Artículo 7. Seguimiento. La oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres de este Ministerio y las secretarias de salud departamentales y distritales correspondientes, en ejercicio de sus funciones y competencias, realizarán el seguimiento a la ejecución de los recursos asignados en el articulo 1 de la presente resolución, con base en el informe mensual que deberá rendir cada ESE, en los términos que defina este Ministerio.

El eventual incumplimiento de las obligaciones de que trata el articulo 5 de esta resolución, se informará a las entidades de inspección, vigilancia y control, para lo de su competencia. Artículo 8. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C, a los - 8 MAY 2019 f)¿~I W JUAN P ~Ministro LO URIBE RESTREPO e alud y Protección Social Aprobó: Viceministro de Salud Publica y Prestación de Servicios Jefe OfiCina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres Directora Juridica.w_ "'-