Salud CIRCULAR EXTERNA No.00000004 PARA: 0 6 FEB 2025 ALCALDIAS, SECRETARIAS O DIRECCIONES DE SALUD,HOSPITALES Y COMUNIDAD EN GENERAL DE LOS MUNICIPIOS DE PURIFICAClON, PRADO, CUNDAY YVILLARRICA DEL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA. DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL ASUNTO: Prevalencia del derecho fundamental a la salud; en especial de los nihos, nihas y adolescentes.
Actu'almente el Departamento del Tolima se encuentre en de calamidad publica con vista en la emergencia causada a la salud publica por la enfermedad denominada fiebre amarilla. Cabe resaltar que dicha enfermedad puede desembocar en el deceso del paciente. Por Io anterior, se recuerda que la vacunacion es indispensable en la contencion de la enfermedad viral, coadyuvando a la proteccion de la persona y evitando consigo consecuencias letales o secuelas graves.
Por Io anterior, todos los nihos, nihas y adolescentes tienen el derecho a que la vacuna contra la fiebre amarilla le sea suministrada, por Io cual los padres de familia deben apoyar la decision que se adopte por los menores frente a la misma, asi dicha decision se encuentre en contra de sus creencias, culture o religion. Lo anterior tiene sustento en una ponderacion de derechos fundamentales, donde prevalecen los derechos fundamentales a la vida y a la salud.
La actual jurisprudencia de la Corte Constitucional, considera a los menores de edad “como personas libres y autonomas con plenitud de derechos que, de acuerdo a su edad y a su madurez, pueden decidir sobre su propia vida y asumir responsabilidades En consecuencia, la autonomia de los menores de edad para participar en las decisiones relativas a la practica de procedimientos y tratamientos medicos depends de que tengan «la voluntad reflexiva y la posibilidad de adopter o participar en la toma de decisiones en el campo de las intervenciones sanitarias»"\ Por lo anterior prevalece la decision adoptada por el menor de edad. 1 Sentencia T-083 de 2021 expedida por la Corte Constitucional.
Ministerio de Salud y Proteccion Social Direccion: Carrera 13 No. 32-76, Bogota D.C., Colombia Conmutador en Bogota: (+57) 601 330 5043 Resto del pais: (+57) 01 8000 960020 Pagina | 1 00000004 'O' I Salud 0 6 FEB 2025 Por ultimo, esta cartera ministerial denunciara ante el ICBF y demas autoridades competentes, los casos en los cuales los padres de menores de edad se interpongan en el suministro de vacuna, puesto que ello menoscaba los pluricitados derechos fundamentales de estos.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTINEZ Ministro de Salud y Proteccion Social Aprobo: Rodolfo Salas F./Director Juridico (E) Eiaboro: Kristhian Lozano/Asesor Juridico Revise: Alfonso Ortiz/Asesor Juridico Ministerto de Saiud y Proteccion Social Direccion: Carrera 1.3 No. 32-76, Bogota D.C., Colombia Conmutador en Bogota: ( + 57) 601 330.5043 Resto del pais: ( + 57) 01 8000 960020 Pagina | 2