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Circular3Vigente

Circular 3 de 2024

Instrucciones para el reporte de prescripción en la herramienta tecnológica MIPRES de los procedimientos odontológicos incluidos en la financiación con recursos de la UPC según lo establecido en las Resoluciones 2366 de 2023 y 2336 de 2023

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

COLOMBIA POTENCIA DE LA Salud VIDA CIRCULAR EXTERNA Nan DO GO3 PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS, ENTIDADES ADAPTADAS, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD, PROVEEDORES, OPERADORES LOGISTICOS, GESTORES FARMACEUTICOS, COMUNIDAD MÉDICA O CIENTÍFICA, USUARIOS, PACIENTES Y DEMÁS ACTORES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL ASUNTO: INSTRUCCIONES PARA EL REPORTE DE PRESCRIPCIÓN EN LA HERRAMIENTA TECNOLÓGICA MIPRES DE LOS PROCEDIMIENTOS ODONTOLÓGICOS INCLUIDOS EN LA FINANCIACIÓN CON RECURSOS DE LA UPC SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS RESOLUCIONES 2366 DE 2023 Y 2336 DE 2023 FECHA: 09 FEB 2024 Mediante la Circular 008 de 2023, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió las instrucciones para el reporte de prescripción de los procedimientos odontológicos a través de la herramienta tecnológica MIPRES, según lo establecido en las Resoluciones 2808 de 2022 y 2775 de 2022, para el año 2023, la cual culminó su efecto en la anualidad 2023 puesto que los actos administrativos en mención, fueron derogados por las Resoluciones 2366 y 2336 de 2023 respectivamente.

Teniendo en cuenta que, en el análisis de los datos del monitoreo durante el año 2022 y 2023, la información reportada no fue suficiente para evidenciar una tendencia en el uso de los procedimientos de odontología y toma de decisiones a corto plazo, se determinó dar continuidad a la prescripción de los siguientes procedimientos de odontología en el aplicativo MIPRES para el año 2024, los cuales se identifican dentro de la Resolución 2336 de 2023 con el siguiente detalle: DESCRIPCIÓN CÓDIGO 23.3.1.01 RESTAURACIÓN DE DIENTES MEDIANTE INCRUSTACIÓN METÁLICA 23.3.2.01 RESTAURACIÓN DE DIENTES MEDIANTE INCRUSTACIÓN NO METÁLICA 23.4.1.01 COLOCACIÓN O APLICACIÓN DE CORONA EN ACERO INOXIDABLE (PARA DIENTES TEMPORALES) Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No.32 -76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (57-601) 3305000— FAX: (57-601) 3395959 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 913666 - www.minsalud.gov.co COLOMBIA 01:1.A IDA 00000003 alud CÓDIGO DESCRIPCIÓN 23.4.1.02 COLOCACIÓN O APLICACIÓN DE CORONA EN POLICARBOXILATO (PARA DIENTES TEMPORALES) 23.4.1.03 COLOCACIÓN O APLICACIÓN DE CORONA EN FORMA PLÁSTICA 23.4.1.05 INSERCIÓN O APLICACIÓN DE CORONA 23.4.1.06 COLOCACIÓN O APLICACIÓN DE CORONA PROVISIONAL 23.4.2.01 COLOCACIÓN O INSERCIÓN DE PRÓTESIS FIJA CADA UNIDAD (PILAR Y PÓNTICOS) 23.4.2.02 RECONSTRUCCIÓN DE MUÑONES 23.4.2.04 REPARACIÓN DE PRÓTESIS FIJA 23.4.2.05 INSERCIÓN DE RETENEDOR INTRARRADICULAR 23.4.3.01 INSERCIÓN, ADAPTACIÓN Y CONTROL DE PRÓTESIS REMOVIBLE PARCIAL (SUPERIOR O INFERIOR) MUCOSOPORTADA 23.4.3.02 INSERCIÓN, ADAPTACIÓN Y CONTROL DE PRÓTESIS REMOVIBLE PARCIAL (SUPERIOR O INFERIOR) DENTOMUCOSOPORTADA O IMPLANTOSOPORTADA 23.4.3.03 REPARACIÓN DE PRÓTESIS REMOVIBLE PARCIAL 23.6.1.00 IMPLANTE ALOPLÁSTICO CERÁMICO SOD 23.6.2.00 IMPLANTE ALOPLÁSTICO METÁLICO SOD 23.6.3.00 IMPLANTE DENTAL ALOPLÁSTICO (ÓSEOINTEGRACIÓN) SOD 23.7.4.01 CURETAJE APICAL CON APICECTOMÍA Y OBTURACIÓN RETRÓGRADA (CIRUGÍA PERIRRADICULAR) 23.7.5.01 PROCEDIMIENTO CORRECTIVO EN RESORCIÓN RADICULAR (INTERNA Y EXTERNA) 23.7.5.05 REMOCIÓN DE RETENEDOR INTRARRADICULAR 24.2.1.01 PLASTIA MUCOGINGIVAL CON INJERTOS PEDICULADOS (COLGAJOS PEDICULADOS) 24.2.1.02 PLASTIA MUCOGINGIVAL CON INJERTO GINGIVAL LIBRE 24.2.1.03 PLASTIA MUCOGINGIVAL 24.2.2.01 CURETAJE A CAMPO ABIERTO 24.2.2.04 AUMENTO DE REBORDE PARCIALMENTE EDÉNTULO (SIN MATERIAL) 24.2.2.05 AUMENTO DE REBORDE PARCIALMENTE EDÉNTULO (CON MATERIAL) 24.2.3.00 PLASTIAS PREPROTÉSICAS (AUMENTO DE CORONA CLÍNICA) SOD 24.2.4.00 REPARACIÓN O PLASTIA PERIODONTAL REGENERATIVA (INJERTOS, MEMBRANAS) SOD 24.3.4.00 GINGIVECTOMÍA SOD 24.5.1.00 REGULARIZACIÓN DE REBORDES SOD 24.7.0.01 COLOCACIÓN DE ANCLAJE TEMPORAL ESQUELÉTICO 24.7.1.01 COLOCACIÓN DE APARATOLOGÍA FIJA PARA ORTODONCIA (ARCADA) 24.7.2.01 COLOCACIÓN DE APARATOLOGÍA REMOVIBLE INTRAORAL PARA ORTODONCIA (ARCADA) Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No.32 - 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (57-601) 3305000— FAX: (57-601) 3395959 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 913666 - www.minsalud.gov.co COLOMBIA POTENOA DE LA VIDA 00000003 09 FEB 2024 Salud CÓDIGO DESCRIPCIÓN 24.7.2.02 COLOCACIÓN DE APARATOLOGIA REMOVIBLE EXTRAORAL PARA ORTODONCIA (ARCADA) 24.7.3.00 COLOCACIÓN DE APARATOS DE RETENCIÓN SOD 24.8.2.00 AJUSTAMIENTO OCLUSAL SOD 24.8.8.00 MÁSCARA FACIAL TERAPÉUTICA SOD 89.3.1.02 FOTOGRAFÍA CLÍNICA EXTRAORAL, INTRAORAL, FRONTAL O LATERAL 89.3.1.03 EVALUACIÓN Y MEDICIÓN ORTODÓNTICA U ORTOPÉDICA ORAL 89.3.1.05 MASCARA FACIAL DIAGNÓSTICA 89.3.1.06 CONTROL DE ORTODONCIA FIJA, REMOVIBLE O TRATAMIENTO ORTOPÉDICO FUNCIONAL Y MECÁNICO 96.1.2.00 INSERCIÓN ADAPTACIÓN DE APARATO ORTOPÉDICO ORAL SOD 97.3.3.00 EXTRACCIÓN DE FÉRULAS DENTALES SOD 97.3.4.00 EXTRACCIÓN DE APARATOLOGÍA ORTODÓNTICA FIJA SOD 97.3.5.00 EXTRACCIÓN DE PRÓTESIS DENTAL SOD La Direccion de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio, continuará con el monitoreo de los procesos odontológicos conforme a la información reportada por las EPS y entidades adaptadas de manera trimestral, para lo cual, es necesario contar con la información registrada en tiempo real, que permita tomar decisiones basadas en el reporte efectivo de las frecuencias.

En consecuencia, este Ministerio imparte las siguientes instrucciones aplicables a partir del 01 de enero de 2024, para la prescripción y el reporte de suministros a través del aplicativo MIPRES, de los procedimientos de odontología financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación - UPC incluidos para las vigencias 2023 - 2024, así:

1. DE LA PRESCRIPCION DE LOS PROCEDIMIENTOS: 1.2. Corresponde a los prestadores de servicios de salud, continuar con el registro de las prescripciones desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2024, de los procedimientos de odontología listados previamente en esta circular en aplicación de lo previsto en el Titulo II, Capítulo I de las Resoluciones 1885 y 2438 de 20180 aquellas que las modifiquen o sustituyan.

Las entidades promotoras de salud y las entidades adaptadas deberán garantizar a sus afiliados la provisión efectiva de lo prescrito por el profesional de la salud, de acuerdo con lo establecido en el Título II, Capítulo III de las Resoluciones 1885 y 2438 de 2018 o la norma que las modifique o sustituya, según lo pactado en los acuerdos de voluntades considerando también el contenido del artículo 2.5.3.4.7.4 del Decreto 780 de 2016 ola norma que modifique o sustituya.

En todo caso, en los procesos de auditoría de cuentas médicas y de reconocimiento y pago, considerarán la prescripción efectuada en el aplicativo, como equivalente a la orden o fórmula, por lo que no Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No.32 -76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (57-601) 3305000— FAX: (57-601) 3395959 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 913666 - www.minsalud.gov.co COLOMBIA DE LA DA 00000003 alud podrán formular glosas por el hecho de haber generado la prescripción a través de tal aplicativo. 1.3.

Con respecto a las prescripciones ordenadas entre el 01 de enero del 2024 y la fecha de publicación de la presente Circular, los prestadores de servicios de salud podrán realizar, a través de MIPRES, la transcripción de los procedimientos de odontología listados previamente en esta circular en aplicación de lo previsto en el Título II, Capítulo I de la Resolución 1885 y 2438 de 2018 o la que la modifique o sustituya.

Esta transcripción estará disponible hasta el 28 de febrero de 2024.

2. DEL REPORTE DE SUMINISTROS: 2.1. El reporte de suministros de las prescripciones ordenadas entre el 01 de enero de 2024 y el momento de publicación de la presente circular, deberá ser realizado por las entidades promotoras de salud a través del Reporte de suministros versión 1.0. 2.2. Las prescripciones ordenadas desde la fecha de publicación de la presente circular hasta el 31 de diciembre de 2024 deberán seguir el procedimiento establecido en el Reporte de suministro versión 2.0.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá D.C,, a los 09 FEB 2024 GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO Ministro de alud y Protección Social yo Bo Viceministro de Protección Social Director de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Asegyramiento en Salud Directora de Medicamentos y Tecnologías en Salud in • Jefe de la Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicadión — TIC ••Director Jurídico Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No.32 -76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (57-601) 3305000— FAX: (57-601) 3395959 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 913666 -wrw.minsalud.gov.co