Salud CIRCULAR EXTERNA No.00fJ00024 31 DIC 2024 PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD —EPS DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO Y SUBISIDIADO, ENTIDADES OBLIGADAS A COMPENSAR — EOC, INSTITUCIONES PRESTADORAS • DE SERVICIOS DE SALUD — IPS, ENTIDADES TERRITORIALES, USUARIOS, PACIENTES, COMUNIDAD MÉDICA Y DEMÁS ACTORES DEL SISTEMA DE SALUD. DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL (E) ASUNTO: INCREMENTO PORCENTUAL RESULTANTE DE LA APLICACIÓN DEL VALOR DE LA UPC PARA LA VIGENCIA 2025 Y ESTRUCTURA POR EPS.
FECHA: 31 DE DICEMBRE DE 2024 Que,en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.5.3.5.1 del DeCréto 780 de 2016, y conforme con los criterios que para el incremento en el valor de los servicios de salud fijados en el artículo 2.5.3.5.2 ibídem, este Ministerio procede a publicar la proyección del incremento porcentual resultante de la aplicación del valor de la Unidad de Pago por Capitación — UPC definida para el año 2025, ajustada por ponderadores para cada entidad promotora de salud — EPS y Entidad Obligada a Compensar — EOC, así como la estructura de los incrementos conforme con las tecnologías en salud y servicios que ya se venían prestando.
Que, este Ministerio definió el valor de la UPC para el año 2025 mediante Resolución 2717 del 30 de diciembre de 2024 "Por la cual se fija el valor de la Unidad de Pago por Capitación - UPC para financiar los servicios y tecnologías de salud de los regímenes subsidiado y contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud para la vigencia 2025 y se dictan otras disposiciones".
Que la Dirección de Regulación Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio, efectuó las operaciones contentivas de las.proyecciones del incremento porcentual de la aplicación del valor de la UPC para el 2025 definida, ajustada por ponderadores para cada EPS y por EOC, así como, proyectó la estructura de los incrementos, respecto de las tecnologías en salud y servicios que ya se venían financiando, y que se comunican en la presente Circular.
Ministerio de Salud y Protección Social Dirección; Carrera 13 No. 32-76, Bogotá D.C., Colombia Conmutador en Bogotá: (+57) 601 330 5043 Resto del país: (+57) 01 8000 960020 Página 1 1 00000024 Salud 31 DIC 2024 El incremento del valor de la Unidad de Pago por Capitación — UPC a nivel nacional, para cada régimen se calcula considerando la inflación causada y los diversos grupos de riesgo de edad, sexo y zona geográfica.
Proyección del incremento porcentual resultante de aplicar el valor de la UPC 2025 Los incrementos del valor de los servicios de salud, cuando existan o no acuerdos de voluntades entre las EPS o EOC y las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas, privadas o mixtas, deberán reflejar el incremento de la Unidad de Pago por Capitación - UPC de las tecnologías y servicios de salud que se venían prestando, y en caso que estos acuerdos hagan referencia a valores establecidos en manuales o referentes tarifaras, él incremento no podrá superar el aquí previsto, así: Para el Régimen Contributivo, se fijó el incremento de la UPC en 5,36%.
Los incrementos del valor de los servicios de salud, cuando existan o no acuerdos de voluntades entre las EPS y las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) publicas,. privadas o mixtas, deberán reflejar el incremento de la Unidad de Pago por Capitación UPC de las tecnologías V servicios de salud que se venían financiando y que corresponde al 5,2%; independientemente de los manuales o referentes tarifarios quaiestas adopten.
El restante 0,16 p.p. corresponde a la inclusión de Pruebas COVID y la r:ealización del Tamizaje Naonatal básico y la ampliación de ruta de atención integral para personas expuestas al Asbesto. Parar el Régimen Subsidiado, se fijó el incremento de la UPC en 5,36%. Los incrementos del valor de los servicios de salud, cuando existan o no acuerdos de voluntades entre las EPS y las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud(IPS) públicas, privadas o mixtas, deberán reflejar el incremento de la Unidad de Pago por Capitación - UPC de las tecnologías y servicios de salud que se venían financiando y quatorreaponde al 5,2%, independientemente de los manuales o referentes tarifarios que estas adopten.
El restante 0,16 p.p corresponde a la inclusión de Pruebas COVID, la.realización del Tamizaje Neonatal Básico y la ampliación de Ruta de Atención Integral Para personas expuestas al Asbesto. Estructura de los incrementos de la UPC 2025, por EPS y régimen habilitado RÉGIMEN CONTRIBUTIVO No. SERVICIOS Y TECNOLOGIAS QUE SE VENIAN FINANCIANDO ENTIDAD (%) 1 COOSALUD EPS-S 2 NUEVA EPS • Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32-76, Bogotá D.C., Colombia Conmutador en Bogotá' (+57) 601 330 5043 Resto del país: (+57) 01 8000 960020 52 5,2 ACTUALIZACIÓN DE SERVICIOS Y TECNOLOGIAS (1:1•13) 0,16 0,16 TOTAL cy, 5,36 5,36 Página 12 00000024 31 DIC 2024 No. ENTIDAD RÉGIMEN CONTRIBUTIVO SERVICIOS Y ACTUALIZACIÓN DE TECNOLOGIAS QUE SE SERVICIOS Y TOTAL % VENIAN FINANCIANDO TECNOLOGIAS (A) (P.P) 5,2 0,16 5,36 5,2 0,16 5,36 5,2 0,16 5,36 5,2 0,16 5,36 5,2 0,16 5,36 5,2 0,16 5,36 3 MUTUAL SER 4 ALIANSALUD EPS 5 SALUD TOTAL EPS S.A. 6 EPS SANITAS 7 EPS SURA 8 FAMISANAR 9 SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD EPS SOS 10 SALUD MIA 11 COMFENALCO VALLE 12 COMPENSAR EPS 13 EPM - EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN FONDO DE PASIVO SOCIAL 14 DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA 29 SALUD BOLIVAR EPS SAS egumen subsidiado 5,2 5,2 5,2 5,2 0,16 0,16 0,16 0,16 5,36 5,36 5,36 5,36 5,2 0,16 5,36 5,2 5,2 0,16 0,16 5,36 5,36 RÉGIMEN SUBSIDIADO No. ENTIDAD 1 COOSALUD EPS-S 2 NUEVA EPS 3 MUTUAL SER 15 CAJACOPI ATIANTICO 16 CAPRESOCA 17 COMFACHOCO 18 COMFAORIENTE 19 EPS FAMILIAR DE COLOMBIA 20 ASMET SALUD 21 EMSSANAR E.S.S. 22 CAPITAL SALUD EPS-S 23 SAVIA SALUD EPS 24 DUSAKAWI EPSI SERVICIOS Y TECNOLOGIAS QUE SE VENIAN FINANCIANDO (%) 5,2 5,2 5,2 5,2 5,2 5,2 ACTUALIZACIÓN DE SERVICIOS Y TOTAL TECNOLOGIAS % (13.0 0,16 5,36 0,16 5,36 0,16 5,36 0,16 5,36 0,16 5,36 0,16 5,36 5,2 0,16 5,36 5,2 0,16 5,36 5,2 5,2 0,16 5,36 0,16 0,16 5,36 5,36 0,16 5,36 0,16 5,36 5,2 5,2 5,2 Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No, 32-76, Bogotá D.C., Colombia Conmutador en Bogotá: (+57) 601 330 5043 Resto del país: (+57) 01 8000 960020 Página 13 00000024 Salud 31 DIC 2024.~1•110.
RÉGIMEN SUBSIDIADO No. ENTIDAD 25 ASOCIACION INDIGENA DEL CAUCA EPSI SERVICIOS Y TECNOLOGIAS QUE SE VENIAN FINANCIANDO (%) ACTUALIZACIÓN DE SERVICIOS Y TECNOLOGIAS (13.13) TOTAL % 5,2 0,16 5,36 26 ANAS WAYUU EPSI 5,2 0,16 5,36 27 MALLAMAS EPSI 5,2 0,16 5,36 28 PIJAOS SALUD EPSI 5,2 0,16 5,36 Nota: Incluye movilidad del regimen contributivo Ahora bien, se recomienda que, en toda clase de contratos, en particular los de modalidad per cápita, se pacte el suministro de información detallada, de tal forma que permita el reporte oportuno de los datos respectivos a este Ministerio.
Es.oportuno recordar, que si dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de entrada en vigencia del ajuste de la UPC para el 2025, las EPS de los regímenes Contributivo y Subsidiado y las EOC no han logrado acuerdo sobre el incremento con las Instituciones Prestadoras de Servicios -IPS de salud públicas o privadas, deberán aplicar los porcentajes previstos en la presente circular, conforme lo prevé el parágrafo del artículo 2.5.3.5.3 del Decreto 780 de 2016.
Lo anterior, sin perjuicio de los posteriores acuerdos al que lleguen las partes. Finalmente, se estima necesario recordar que este Ministerio no interviene directamente en las modalidades de contratación, acuerdos, pagos o tarifas que se pacten entre pagadores y los prestadores de servicios de salud, ni tiene injerencia alguna en las relaciones contractuales que acuerden, las que pueden darse en diversas modalidades a partir de la variación de los incrementos de que trata la presente circular, y de otros factores.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los Rodolfo Salas Figueroa 31 DIC 2024 RODOLFO ENRIQUE SALAS FIGUEROA Ministro de Salud y Protección Social (E) Aprobó: Firmado digitalmente Pot Luis Mien., Mart.. Sffidarriag, Viceministro de Protección Social — Luis Alberto Martinez Saldarriaga., ‘1.Director de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud (E) — Julio Cesar Cubillos Alzatett Director Jurldico (E) — Rodolfo Salas Figueroa Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32-76, Bogotá D.C., Colombia Conmutador en Bogotá: (+57) 601 330 5043 Resto del país: (+57) 01 8000 960070 Página 1 4