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Circular1Vigente

Circular 1 de 2025

Solicitud de información de acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho fundamental a la salud - orden trigésima de la Sentencia T-760/08, de la Corte Constitucional

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

Salud ••••11111~. CIRCULAR EXTERNA No. 00000001 DE 2025 PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO, ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD INDÍGENAS, ENTIDADES ADAPTADAS, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD, ENTIDADES TERRITORIALES, INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO— INPEC Y REGÍMENES DE EXCEPCIÓN DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL (E) ASUNTO: SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE ACCIONES DE TUTELA INTERPUESTAS PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD - ORDEN TRIGÉSIMA DE LA SENTENCIA T-760/08, DE LA CORTE CONSTITUCIONAL FECHA: 0 3 ENE 2025 El Ministerio de Salud y Protección Social en ejercicio de sus facultades, especialmente, de la consagrada en el artículo 114 de la Ley 1438 de 2011, en virtud del cual, es obligación de los diferentes agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud — SGSSS proveer la información que esta entidad solicite, de forma confiable, oportuna, clara y dentro de los plazos que se les fije para ello, imparte a los destinatarios de la presente circular las instrucciones que más adelante se detallan, previas las siguientes consideraciones: Mediante Sentencia T-760 de 2008, la Corte Constitucional impartió una serie de directrices tendientes a superar las fallas evidenciadas en el SGSSS, de las que hace parte el mandato trigésimo, que ordenó al entonces Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, entre otros, presentar a la citada Corporación un reporte anual de medición de las acciones de tutela incoadas para la protección del derecho a la salud.

Dicho reporte se viene elaborando con la información que se recauda directamente en las instalaciones de la Corte Constitucional, producto de los expedientes de tutela que le son enviados para su eventual revisión, sin embargo, se han presentado inconvenientes de carácter administrativo, propios de la operatividad del proceso, Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No, 32 - 76, Bogotá D.C., Co(oroh PBX: (+57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 -- vw,7w.rninsalsO, Página 1 1 00000001 Salud 0 3 ENE 2025 afectando la recolección de la muestra que debe ser objeto de análisis para cumplir con la representatividad exigida por la precitada Corporación. Conforme con lo expuesto, esta Cartera Ministerial en pro del acatamiento de la mencionada orden trigésima, en su momento expidió la Circular 004 de 2024, mediante la que solicitó a los agentes del SGSSS allí enlistados, enviar la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho a la salud, información conforme con la cual, se construyó el reporte de tutelas de la vigencia 2023, remitido a la Corte Constitucional en cumplimiento de la citada orden trigésima.

Que no obstante lo anterior, la precitada Corporación ha enfatizado en la necesidad de que este Ministerio realice el análisis correspondiente en cada caso concreto, de acuerdo con el supuesto fáctico y el hecho vulnerador, independientemente de si la entidad accionada hace o no parte del SGSSS. Que conforme con lo precedente, es menester, progresivamente ampliar la obligatoriedad de reporte, por lo que a través de la presente circular se incluirán entidades no cobijadas en la Circular 004 de 2024, en cuyo marco se imparten las siguientes instrucciones: De la obligatoriedad del reporte de la información relacionada con las acciones de tutela presentadas para la protección del derecho a la salud, y del mecanismo de reporte: las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Entidades Adaptadas, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las Entidades Territoriales, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario — lnpec, y los Regímenes de Excepción, deberán reportar a este Ministerio la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas en su contra para la protección del derecho a la salud, en el anexo técnico que hace parte integral de esta circular y bajo las especificaciones allí previstas.

El reporte se hará a través de la Plataforma de Intercambio de Información - PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social — SISPRO. De la periodicidad y plazo para el reporte de la información: las entidades a que refiere el numeral anterior, enviarán la información solicitada mediante esta circular por periodos semestrales, dentro del mes siguiente al vencimiento del respectivo semestre, salvo la información correspondiente a la vigencia 2024 que deberá reportarse por toda la anualidad.

Las fechas de corte y plazos para el envío de la información se describen en la siguiente tabla: Ministerio de Salud y Protección Socia l Dirección: Carrera 1:3 No. 32 - 76, Bogotá D.C.. Colombia PBX (+57) 601 330 5000 Línea Gratub: (+57) 01 8000 960020 — Sit)V,( Página 1 2 00000001 Salud Fecha de corte de la información a reportar Fecha de corte Desde 01/01/2024 31/12/2024 Desde 01/01/2025 30/06/2025 Desde 01/07/2025 31/12/2025 al al al 03 ENE 2 025 Plazo para enviar el archivo plano Desde: Hasta: 20/01/2025 20/02/2025 01/07/2025 31/07/2025 01/01/2026 31/01/2026 Para los siguientes períodos, el envío de los datos se realizará de forma semestral, es decir, dentro de los 30 días del primer mes calendario posterior a la finalización del semestre a reportar, De las consecuencias del no reporte de información o de las correcciones que se soliciten: el no reporte de información por parte de las entidades a que refiere la presente circular, o de las correcciones que llegaren a solicitarse, será puesto en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud — SNS, por parte de la Oficina de Calidad de este Ministerio, a efecto de que la referida entidad en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, adelante las actuaciones que le correspondan, e informe de ello a este Ministerio, lo cual, se incluirá dentro del respectivo reporte anual de acciones de tutela en salud que se remita a la Corte Constitucional.

De la protección de datos personales y tratamiento de la información: las entidades destinatarias de la presente circular serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos, y demás aspectos relacionados con el tratamiento de la información que les sea aplicable en el marco de las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, el Decreto 1377 de 2013, y las normas que los modifiquen o sustituyan, respecto de los cuales, se harán responsables de la privacidad, confidencialidad y veracidad de la información, así como de los datos a que tengan acceso en virtud de esta circular.

Del soporte y asistencia técnica para facilitar el reporte de la información: este Ministerio por intermedio de las Oficinas de Calidad y de Tecnología de la Información y la Comunicación - OTIC, brindará en sus instalaciones asistencia técnica a las entidades obligadas a reportar, de una parte, mediante capacitación presencial, previa citación vía correo electrónico de las entidades que así lo soliciten, y de otra, con soporte permanente por parte de la Oficina de Calidad, y de la mesa de ayuda de la Plataforma de Intercambio de Información PISIS.

Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.goy.co Página 1 3 000 00001 Salud 3 ENE 2025 6. Vigencia y derogatorias: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Circular Externa No. 04 de 2024.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., 03 ENE 2025 rwt/a) Rodolfo Salas Figueroa RODOLFO ENRIQUE SALAS FIGUEROA Ministro de Salud y Protección Social (E) Aprobó: Luz Adriana Zuluaga Salazar - Jefe Oficina de Calidad Jorge Eliecer González — Jefe Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación — OTIC (e) Nelson David Caro Súa, Asesor Jurídico Externo. Dirección Jurídica.

Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D.C.. Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Página 1 4 GO nogal Salud 03 ENE 2025 ANEXO TÉCNICO: REPORTE PARA RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON LAS ACCIONES DE TUTELA INTERPUESTAS PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA SALUD Las entidades objeto del presente reporte enviarán al Ministerio de Salud y Protección Social a través de archivos planos la información de las acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en su contra.

Para el efecto, el contenido de los archivos planos deberá cumplir con los criterios establecidos en el anexo técnico definido en los siguientes capítulos: ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS PERIODO DE REPORTE Y PLAZO 1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS a. Estructura y especificación del nombre del archivo.

Los archivos planos para la recolección de la información relacionada con las acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en contra de las entidades objeto de reporte, deben cumplir con los siguientes estándares: Componente del nombre de archivo Módulo de información Tipo de fuente Tema de información Valores permitidos o formato IVC Fecha corte AAAAMMDD de 170 TIDS Descripción Inspección, vigilancia y control Entidades obligadas a reportar Tutelas interpuestas para la protección del derecho a la salud — TIDS Fecha de corte de la información reportada.

Es el último día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.C.. Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Linea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalucLgov,co Longitud fija 3 3 4 8 Requerido SI SI SI SI Página 1 5 00000001 Sa lud Componente del nombre de archivo Valores permitidos o formato 03 ENE 2025 Descripción Longitud fija Requerido 2 SI 12 SI 4 SI Ejemplo: 20231231 Tipo de identificación de la entidad reportadora NI Número de identificación de la entidad reportadora 999999999999 Extensión del archivo.txt Tipo de identificación la de entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT NIT de la entidad reportadora, sin dígito de verificación. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.

Ejemplo: 000860999123 Extensión del archivo plano.TXT NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Reporte para la recolección de información de tutelas en salud IVC170TIDSAAAAMMODZZ999999999999.TXT 36 interpuestas en contra de las entidades objeto de reporte b. Contenido del archivo Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Linea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Página I 6 00000001 satud 1111~~1111111 03 ENE 2025 El archivo plano del "reporte para recolección de la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho a la salud" se estructura de la siguiente manera: comienza con un único registro de control (Registro Tipo 1), el cual, sirve para identificar la entidad que proporciona la información. A continuación, se encuentran diversos registros de detalle, que inician con el Registro Tipo 2 y continúan secuencialmente, cada uno conteniendo los datos específicos solicitados, así: Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Registro de detalle de caracterización del beneficiario de la acción de tutela Registro de detalle de los datos generales de la acción de tutela Registro de detalle de la información realizando la medición de las acciones de tutela en salud desde los problemas jurídicos Registro de detalle de las causas asociadas a los problemas jurídicos Registro de detalle de las pretensiones asociadas a las causas de los problemas jurídicos Obligatorio Tipo 2 Tipo 3 Tipo 4 Tipo 5 Tipo 6 Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por el delimitador pipeline o barra vertical ( 1 ) b.1.

REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. No. Nombre del campo O Tipo de registro 1 2 3 Tipo de identificación de la entidad reportadora Número de identificación de la entidad reportadora Fecha inicial del periodo de información reportada Longitud máxima Tipo Valores permitidos del campo 1 Valor que significa que es el registro de 1 N: control Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar 2 A NI correspondiente al tipo de identificación NIT Requerido Si Si 12 A NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dígito de verificación Si 10 F En formato MM-MM-DO.

Debe corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada. Fecha válida: 2023-01-01 Si Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Página 1 7 00000001 salud No. 4 5 03 ENE 21.12 Longitud máxima Tipo Valores permitidos Requerido del campo En formato MM-MM-DO.

Debe corresponFecha final del der a la fecha final del periodo de informaperiodo de inforción reportada y debe concordar con la fe10 F Si mación reporcha de corte del nombre del archivo. Último tada día calendario del mes o periodo que se está reportando. Fecha Válida: 2023-12-31 Número total de Debe corresponder a la cantidad total de reregistros de de6 N gistros detalle tipo 2, 3, 4, 5, 6 contenidos en Si talle contenidos el archivo en el archivo Nombre del campo b.2 REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE DE CARACTERIZACIÓN DEL BENEFICIARIO DE LA TUTELA A través del Registro Tipo 2, las entidades obligadas a reportar proporcionan los detalles específicos sobre la caracterización del beneficiario de la tutela.

Cada registro se distingue de manera única por dos campos: el campo 4, que corresponde al tipo de Identificación del beneficiario de la tutela, y el campo 5, que se refiere al número de Identificación del beneficiario de la tutela. Es imperativo que estas identificaciones sean únicas y no se repitan dentro del archivo para garantizar la precisión y la integridad de la información reportada.

En este registro, la caracterización de los usuarios, solo debe estar reportado el usuario una única vez No. O 1 2 3 Longitud máxima Tipo Valores permitidos del campo 2: Valor que significa que es el registro Tipo de registro 1 N de detalle de caracterización del beneficiario de la acción de tutela Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo.

Inicia la numeraConsecutivo de 10 N ción en 1 para el primer registro de detaregistro Ile y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Tipo de identifiTipo de identificación de la entidad recación de la 2 A portadora de la información. Se debe esentidad reporpecificar NI correspondiente al tipo de tadora identificación NIT Número de identificación NIT de la entidad reportadora de las ac12 A de la entidad ciones de tutela sin dígito de verificación reportadora Nombre del campo Ministerio de Salud y Protección Social Dire.c;ción: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (4-57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Requerido Página 1 8 Si Si Si Si fy 00000001 Sa'íud 03 ENE Longitud máxima Tipo Valores permitidos del campo Corresponde al código del tipo de documento del usuario. 2 A Ver tabla de referencia TipolDPNconMS en web.sispro.gov.co.

No. Nombre del campo 4 Tipo de documento de identidad del beneficiario 5 Número de identificación 16 A Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. Si 6 Nombre del beneficiario 60 A Nombre del beneficiario de la tutela Si 7 Apellido del beneficiario 60, A Primer apellido del beneficiario de la tutela SI A Corresponde al país de origen del usuario que interpuso la tutela.

Tabla de referencia disponible en: https://web.sispro.gov.co No N Corresponde a la condición en la que se encuentra el migrante en el país. Los valores permitidos son: 1= Migrante regular 2= Migrante irregular 3= No es migrante 4= Desconocido Si A Corresponde al código del Régimen de afiliación del usuario. Ver tabla de referencia SGDRe-gimenNomina en web.sispro.gov.co.

Si No 8 9 País de origen Migrante Régimen de 10 afiliación del usuario 40 1 1 Código de habilitación de la 11 entidad objeto de reporte 12 A Corresponde al código asignado a la EAPB, IPS o entidad que reporta la tutela. No diligenciar si no es asegurado. Ver tabla de referencia CodigoEAPByNit en web.sispro.gov.co. Fecha de nacimiento 10 F Corresponde a fecha de nacimiento del beneficiario de la tutela. 1 A Corresponde al código del sexo biológico.

Ver tabla de referencia Sexo en web.sispro.gov.co. 12 13 Sexo Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 70, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 L. a Gratuita: (+57) 01 7030 960020— www.minsaludeoveo Requerido Si Página i 9 Si 00000001 Salud 03 ENE 2025 111011.111. No. Nombre del campo 14 Gestación 15 Etnia 16 Población especial 17 Tipo de afiliado 18 Municipio de residencia Indicador de 19 actualización del registro Longitud máxima Tipo Valores permitidos del campo Si el beneficiario de la tutela corresponde a sexo biológico "Mujer", registre si se encontraba en estado de gestación al inter1 N poner la tutela.

Los valores permitidos son: 1=Si 2=No Corresponde al código de la etnia referida A por el usuario del servicio de salud. 1 Ver tabla de referencia MDECEtnia en web.sispro.gov.co. Corresponde al código de la población especial referida por el usuario del servicio 2 N de salud. Ver tabla de referencia LCETi-poPoblacionEspecial en web.sispro.gov.co.

Corresponde al tipo de afiliado del beneficiario de la. acción de tutela: Los valores permitidos son: 1= Cotizante 1 A 2= Beneficiario 3= Adicional 4= No cotizante 5= Titular (aplica para regímenes especiales, de Excepción e INPEC) Corresponde al código DIVIPOLA del 5 N municipio de residencia del usuario. Corresponde al indicador de actualización del registro.

Los valores permitidos son: 1 A I= Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año Requerido Si Si No Si Si Si b.3 REGISTRO TIPO 3— REGISTRO DE DETALLE DE LOS DATOS GENERALES DE LA ACCIÓN DE TUTELA Mediante el registro Tipo 3, las entidades obligadas reportarán los detalles de los datos generales de la acción de tutela interpuesta.

Para asegurar la unicidad y evitar duplicidades en el archivo, cada registro se identifica de manera exclusiva a través de tres campos: el campo número 4, correspondiente al tipo de identificación del beneficiario; el campo número 5, que es el número de identificación del beneficiario; y el campo número 7, el número de radicación de la tutela.

Ministerio de Salud y Protección Social Dirsodón: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D.C., Calumnia PBX: (57) 601 330 5000 Linea Gratuita: (+57)01 8000 960020 vw.msaqov,cc Página 1 10 00000001 Salud ••111111 03 ENE 2025 *** En el archivo tipo 3 detalle de las tutelas, los usuarios podrán estar reportados más de una vez, según la cantidad del número de tutelas interpuestas, con sus respectivos números de radicado.

Longitud máxima Tipo Valores permitidos Requerido del campo 3= Valor que significa que es el registro Tipo de registro 1 N de detalle de los datos generales de la Si acción de tutela Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeraConsecutivo de 10 N ción en 1 para el primer registro de detaSi registro Ile y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo.

Tipo de identificación de la entidad reTipo de identificaA portadora de la información. Se debe esción de la entidad 2 Si pecificar NI correspondiente al tipo de reportadora identificación NIT Número de identiNIT de la entidad reportadora de las acficación de la en12 A Si ciones de tutela sin dígito de verificación tidad reportadora Corresponde al código del tipo de docuTipo de identificamento del usuario. ción del benefi2 A Si Ver tabla de referencia Tipol-DPNciario de la tutela conMS en web.sispro.gov.co.

Número de identiNúmero de identificación del usuario, de ficación del bene16 A acuerdo con el tipo de identificación del Si ficiano de la tucampo anterior. tela Municipio en el Corresponde al código DIVIPOLA del cuál fue inter5 N municipio en el cuál fue interpuesta la Si puesta la tutela tutela Corresponde al número de radicación de Número de radila tutela sin espacios. cado de la acción 23 N Si Ejemplo de valor permitido: de tutela en salud 11001311002220090104600 Corresponde a la fecha en la que fue Fecha de radi10 F instaurada la Acción de tutela en forSi cado mato AMA-MM-DD.

Nombre del No. campo O 2 3 4 6 7 8 Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No, 32 - 76, Bogotá D.C., Colornoia PBX: (+57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — \.(divwsoinsaluii,onv.co Página 1 11 ti 00000001 Salud No. 9 rslombre del campo Decisión de primera instancia 10 Impugnación 11 12 Decisión de la segunda instancia Incidente de Desacato Indicador de ac13 tualización del registro 03 ENE 2025 Longitud máxima Tipo Valores permitidos del campo Corresponde a la decisión del juez en primera instancia. 1 1 1 1 1 N N N N Requerido Los valores permitidos son: 1= Concede total 2= Concede parcial 3= No concede (No hay vulneración del derecho fundamental a la salud) 4= Declara hecho superado 5= Declara improcedente (requisitos de procedimiento) 6= No se conoce la decisión de primera instancia Si el fallo de primera instancia fue impugnado indique a cuál de los valores permitidos corresponde: 1= Si 2= No Si en el campo de "Impugnación" respondió "Si", los valores permitidos son: 1= Confirma el fallo de primera instancia. 2= Revoca el fallo de primera instancia. 3= Modifica el fallo de primera instancia. Se presentó incidente de desacato.

Los valores permitidos son: 1= Si 2= No Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: A Si Si Si Si Si I=.Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año b.4 REGISTRO TIPO 4 — REGISTRO DE DETALLE DE LA INFORMACIÓN REALIZANDO LA MEDICIÓN DE LAS ACCIONES DE TUTELA EN SALUD DESDE LOS PROBLEMAS JURÍDICOS Mediante el registro Tipo 4 las entidades obligadas, reportarán la información realizando la medición de cada tutela en salud según el problema jurídico en el Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.0Colombia PBX: (-57) 601 330 5000 Linea Graluaa: (+57)01 8030 060020 irtarni.rrins Página 1 12 00000001 Salud.«..111•111111 03 ENE 2025 que se adecua.

El listado de problemas jurídicos está disponible en la web.sispro.gov.co. Cada uno de estos registros se distingue de manera exclusiva por los campos 6: número de radicado de la tutela y 7: código del problema jurídico, asegurando así que no existan duplicados dentro del mismo archivo No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo 0 Tipo de registro 1 N 1 Consecutivo de registro 10 N 2 Tipo de identificación de la entidad reportadora 2 A 3 Número de identificación de la entidad reportadora 12 A 4 Tipo de identificación del beneficiario de la tutela 2 A 5 Número de identificación del beneficiario de la tutela 17 A 6 Número de radicado de la acción de tutela en salud 23 N 7 Código del problema jurídico 4 A Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Linea Gral uta: (+57) 01 8000 960020 -- www.rninsalud Valores permitidos Requerido 4= Valor que significa que es el registro de detalle de la información realizando la medición de cada tutela en salud según el problema jurídico en el que se adecue Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo.

Inicia la numeración en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin díqito de verificación Corresponde al código del tipo de documento del usuario.

Ver tabla de referencia TipolDPNconMS en web.sispro.gov.co. Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo antenor. Corresponde al número de radicación de la tutela sin espacios. Ejemplo de valor permitido: 11001311002220090104600 Corresponde al número del problema jurídico en el que se adecúe la tutela.

Página 1 13 Si Si Si Si Si Si Si Si 12000 01 No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Salud Tipo 03 ENE 2025 Valores permitidos Requerido Ver tabla de referencia ProblemaJuridico en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo 8 Fuente de financiación Corresponde a la fuente que financia el servicio o tecnología reclamado en la tutela (No aplica para reporte por entidades de regímenes especiales y de excepción) 1 N No 1= UPC 2= Presupuestos máximos 3= Recobro • 4= Expresamente excluido de financiación con recursos públicos de la salud Seleccione si la acción de tutela en salud se presentó por causa de demora, negación o ambas. 9 Causa de demora, postergación o negación 1 N Los valores permitidos son: 1= Presentó causas de demora postergación 2= Presentó negación 3= Presentó causas de demora postergación y negación 4= Ninguna Si En caso de seleccionar la opción 3, debe diligenciar las variables 10 y 11 especificando la descripción tanto de la demora como de la negación. 10 Descripción de la causa de demora postergación 2 N Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D,C,, Colombia PBX: (+57) 661 330 5000 Linea Gratuita: (+57) 01 3000 960020 2 wwwfoinsalud.gov.co Debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda cuando se seleccionen opciones de la 1 a la 9.

No Si se hubiera presentado la acción de tutela por demora o postergación (1), o por causas de Página 1 14 00000001 Salud mena,IMÍN. No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo 03 ENE 2025 Valores permitidos Requerido demora o postergación y negación (3) en la prestación del servicio de salud (variable 9), por favor seleccione una opción de la lista de descripción. Los valores permitidos se encuentran en la tabla de referencia Causademora en el sitio web web.sispro.gov.co.

En caso de que la razón de la demora o postergación del servicio no figure en la tabla de referencia Causademora, seleccione la opción más similar a la causa identificada. Debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda cuando se seleccionen opciones de la 1 a la 9. 11 Descripción de la causa de negación 2 N Si se hubiera presentado la acción de tutela por negación de los servicios de salud (2), o por causas de demora o postergación y negación (3) (variable 9), por favor identifíquela.

No Los valores permitidos se encuentran en la tabla de referencia RECCausaNegacion en el sitio web.sispro.gov.co. Incluir la patología o afección de acuerdo con el CIE-10 del beneficiario de la acción de tutela. 12 Diagnóstico principal 4 A Ministerio de Salud y Protección Social DireccIón: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogolá D.C., Cobmbía PEX: (+57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57)01 8000 900020 - wwwinínsaíucLqovco Para el caso de un evento relacionado con riesgos laborales, incluir el diagnóstico asociado referido a los capítulos XIX, XX y XXI relacionados con los códigos T, U, V y Z de la CIE-10, que corresponde a la causa externa por la cual se solicita la atención. No Página 1 15 00000001 Salud 03 ENE 2025 IMMO No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido Ver tabla de referencia CIE10 en web.sispro.gov.co. 13 Otro diagnóstico relacionado 4 A 14 Diagnóstico enfermedad huérfana 4 N 15 Indicador de actualización del registro 1 A Incluir la otra patología o afección del beneficiario de la acción de tutela, de acuerdo con el CIE-10.

Para el caso de un evento relacionado con riesgos laborales, incluir el diagnóstico asociado referido a los capítulos XIX, XX y XXI relacionados con los códigos T, U, V y Z de la CIE-10 que corresponde a la causa externa por la cual se solicita la atención. Ver tabla de referencia CIE10 en web.sispro.gov.co. Incluir el diagnóstico de enfermedad huérfana del beneficiario de la acción de tutela.

Ver tabla de referencia EnfermedadHuerfana en web.sispro.gov.co. Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: No No Si I= Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año b.5 REGISTRO TIPO 5- REGISTRO DE DETALLE DE LAS CAUSAS ASOCIADAS A LOS PROBLEMAS JURÍDICOS Mediante el registro Tipo 5 las entidades obligadas reportarán la información, relacionada con la causa que según el problema jurídico en que se haya encuadrado la tutela le aplique (ver campo 7 del registro tipo 4).

El listado de causas está disponible en la web.sispro.gov.co Se debe reportar un registro tipo 5 por cada causa. Cada registro se caracteriza de forma exclusiva por los campos: 6, correspondiente al número de radicado de la tutela; 7, que es el código del problema jurídico; y 8, el código de la causa. Por ende, es fundamental que no existan repeticiones de estas combinaciones dentro del archivo.

Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D,C Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Línea O raiaDa: (+57) 01 8000 96002c;. íww.rninsalud.pv.co Página 1 16 00000001 Nombre del No. campo O de reTipo de. gistro 1 Consecutivo de registro 2 3 4 5 6 Tipo de identificación de la entidad reportadora Número de identificación de la entidad reportadora Tipo de identificación del benefidiario de la tutela Número de documento de identidad del beneficiario de la tutela Número de radicado de la acción de tutela en salud 03 ENE 2025 Longitud máxima.

Tipo Valores permitidos Requerido del campo 5= Valor que significa que es el registro de deN Si talle de las causas de la tutela 10 N Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Si 12 A NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dígito de verificación Si 2 A Corresponde al código del tipo de documento del usuario.

Ver tabla de referencia TipolDPNconMS en web.sispro.gov.co. Si 16 A Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. Si 23 N Corresponde al número de radicación de la tutela sin espacios. Ejemplo de valor permitido: 11001311002220090104600 Si Si Corresponde al número del problema jurídico en el que se adecue la tutela 7 Código del problema jurídico 8 Código de la causa de la acción de tutela en salud 4 4 A N Ver tabla de referencia "ProblemaJuridico en web.sispro.gov.co.

Donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo Corresponde al número de la causa atado al problema jurídico en el que se haya encuadrado la correspondiente tutela, según el campo 7 del registro tipo 4 de este anexo. Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57)01 8000 060020 www.minsalud.gov.co Página 117 Si Si 00000001 sa ud e MOMO No. Nombre del campo 9 Indicador de actualización del registro 03 ENE 2025 Longitud máxima.

Tipo Valores permitidos Requerido del campo Corresponde al código de la causa asociada a la acción de tutela en salud. Ver tabla de referencia "CausaProblemaJuridico en web.sispro.gov.co. 1 A Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: I= Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año Si b.6 REGISTRO TIPO 6 - REGISTRO DE DETALLE DE LAS PRETENSIONES ASOCIADAS A LAS CAUSAS DE LOS PROBLEMAS JURÍDICOS Mediante el registro Tipo 6 las entidades obligadas reportarán la información, relacionada con las pretensiones, servicios o tecnologías específicamente reclamados dentro de la tutela.

Se debe reportar un registro tipo 6 por cada pretensión, servicio o tecnología específicamente reclamado dentro de la tutela, atado a la causa y problema jurídico en el que se haya encuadrado la respectiva tutela. Cada registro se distingue de forma única a través de los siguientes campos: 6, número de radicado de la tutela; 7, código del problema jurídico; 8, código de la causa; y 9, código de pretensión. Es esencial asegurar que estas combinaciones de variables sean exclusivas y no se encuentren duplicadas dentro del archivo.

Longitud máxima Tipo Valores permitidos Requerido del campo 6= Valor que significa que es el registro de Tipo de re1 N detalle de la caracterización de pretensiones de Si gistro la tutela Número consecutivo de registros de detalle Consecutivo dentro del archivo. Inicia la numeración en 1 10 N Si de registro para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo.

Nombre del No. campo O 1 Tipo de identificación 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT 'o de Salud y Protección Social: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.G., Cobmhia PBX: 7) 601 330 5000 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020— www.minsalud.gov.co Página 1 18 Si 00000001 Nombre del No. campo Salud 03 ENE 21r25 Longitud máxima.

Tipo Valores permitidos del campo Requerido de la entidad reportadora 3 4 5 6 Número de identificación de la entidad reportadora Tipo de identificación del beneficiario de la tutela Número de documento de identidad del beneficiario de la tutela Número de radicado de la acción de tutela en salud 12 A. NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dígito de verificación Si 2 A Corresponde al código del tipo de documento del usuario.

Ver tabla de referencia Tipol-DPNconMS en web.sispro.gov.co. Si 16 A Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. Si 23 N Corresponde al número de radicación de la tutela sin espacios. Ejemplo de valor permitido: 11001311002220090104600 Si Corresponde al número del problema jurídico en el que se adecue la tutela 7 Código del problema jurídico 8 Código de la causa de la acción de tutela en salud 4 4 A N Ver tabla de referencia ""ProblemaJuridico en web.sispro.gov.co.

Donde encontrara los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo Corresponde al código de la causa asociada a la acción de tutela en salud. Ver tabla de referencia **CausaProblemaJuridico en web.sispro.gov.co. Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.0 Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 Lírica Gratuita: (+57) 01 8003 900020 wwv,i.minsalud.gov.co Página 1 19 Si Si 00000001 03 ENE 2025 a Malle Nombre del No. campo 9 Longitud máxima.

Tipo Valores permitidos Requerido del campo Corresponde al código de cada pretensión, servicio o tecnología específicamente reclamado dentro de la acción de tutela, atado a la causa y problema jurídico en el que se haya encuadrado la respectiva tutela. Código de pretensión Indicador de 10 actualización del registro Corresponde al detalle de lo solicitado en las pretensiones.

Ver tabla de referencia PretensionTutela en web.sispro.gov.co 1 A Donde encontrará el detalle de los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: I= Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año Si

2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico, N-Numérico, D-decimal, F-Fecha, T-Texto con caracteres especiales. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato UTF8, ANSI, con extensión.txt Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes.

El separador de campos debe ser pipeline (I) y debe ser usado exclusivamente para este fin. Los campos que corresponden a descripciones no deben incluir el carácter especial pipeline (I). Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No, 32 - /BB Bogotá 1),C„ Colombia PBX1 (+57) 601 330 5000 Linea GratuBa: (+57) 01 8000 960020 - wyBy.fni 3 Página 1 20 00000001 Salud 03 ENE 2025 vacío y reportarse en el archivo entre dos pipes, por ejemplo, si entre el datol y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: datol Ildato3. f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas ("") ni ningún otro carácter especial. g« Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles.

Para los campos que se permita valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. Los campos de tipo fecha deben venir en formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guion, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo.

Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto, no se les debe completar con ceros ni espacios. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. I. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro.

Se utiliza el ENTER como fin de registro m. Los archivos deben estar firmados digitalmente.

3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social SISPRO, para que las entidades reporten la información desde sus instalaciones. Primero se registra o actualiza la entidad en el Sitio Web del SISPRO y luego se registran los beneficiarios de la entidad.

Registrar entidad: https://web.sispro.00v.co/Entidades/ClienteNerificarEstadoReoistro Registrar beneficiarios institucionales: se pueden registrar en línea o mediante anexo técnico por PISIS. Registro de beneficiarios institucionales en línea: https://web.sispro.00v.co/Seouridad/ClienteNVeb/ReoistroSolicitudes.aspx Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D,C., Coom ba PBX: (+57) 601 330 5000 Linea Gtatuita: (+57) 01 8000 960020 •• wwwir I.gcr,i.co Página j 21 00000001 Salud 03 ENE 2025 Registro de beneficiarios institucionales mediante Anexo Técnico SEG500USIN por PISIS: El procedimiento se encuentra detallado en la Guía de Beneficiario de Seguridad en https://web.sispromov.co Control de calidad de los datos.

La Plataforma PISIS recibe los archivos conformados según la estructura del presente anexo técnico determinado en este acto administrativo y realiza el proceso de validación, así: Primera validación: corresponde a la revisión de la estructura de los datos y se informa el estado de la recepción al reportante. • Segunda validación: Una vez realizada en forma exitosa la primera validación se realiza el control de calidad de contenido en el aplicativo misional y se informa al reportante el resultado.

Se entiende cumplida la obligación de este reporte una vez la segunda validación sea exitosa. Mesa de ayuda. Con el propósito de brindar asistencia técnica para el reporte de los archivos, transporte de datos y demás temas relacionados, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene dispuesta una mesa de ayuda. Los datos de contacto se encuentran en el siguiente enlace: https://www.sispro.qov.co/avudas/Paqes/Avudas.asox Adicionalmente, se dispone de documentación para el uso de la plataforma PISIS en el siguiente enlace: https://web.sispro.qov.coANebPublico/Soporte/FAQ/FAQ.aspx De otra parte, este Ministerio a través de la Oficina de Calidad, brindará asistencia técnica de carácter permanente por medio de los correos institucionales: sbeltranaaminsalud.qov.co,maramirezr(a.minsalud.clov.co mcoomezaminsalud.qov.co, holayaminsalud.qov.co.

Tratamiento de la información. Las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de información, que le sea aplicable en el marco de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, de la Ley 1712 de 2014, del capítulo 25 del Título 2 del Libro 2 de la parte 2 del Decreto 1074 del 2015, y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, Ministerio de Salud y ProtecciónSocia' Dirección: Carrera 13 No, 32 - 75, Bogotá D,C..

Colombi PEIXi (+57) 601 330 5000 Linea Gratuita: (+57) 01 8000 060020 — yizordi insaled go o Página 1 22 00d000131 Salud 1~ 03 ENE 2025 seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada y sobre los datos a los cuales tiene acceso. Seguridad de la información. Para garantizar la seguridad y veracidad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su confidencialidad, integridad y no repudio.

Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la entidad competente.

4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO La información de que trata esta circular deberá reportarse por las entidades destinatarias de esta, conforme los periodos y plazos indicados a continuación: Fecha de corte de la información a reportar Fecha de corte Plazo para enviar el archivo plano Desde: Hasta: Desde 01/01/2024 al 20/01/2025 20/02/2025 31/12/2024 Desde 01/01/2025 al 01/07/2025 31/07/2025 30/06/2025 Desde 01/07/2025 al 01/01/2026 31/01/2026 31/12/2025 Para los siguientes períodos, el envío de los datos se realizará de forma semestral, es decir, dentro de los 30 días del primer mes calendario posterio a la finalización del semestre a reportar.

Cada período solo se aceptará la carga de los archivos que correspondan al ciclo a reportar, no se aceptarán reportes de años anteriores. Para el caso de los registros que en el archivo tipo 3, en la variable 9, con la opción 6= "No se conoce la decisión de primera instancia" (decisión de primera instancia), podrán enviarse actualizaciones en el siguiente período del año de reporte, registrando en la variable Indicador de actualización del registro, la opción A. Ministerio de Salud y Protección Social Dirección: Carrera 13 No. 32- 76, Bogotá D.0 Colombia PBX: (+57) 601 330 5000 L. n ea Gratuita: (+57) 01 3000 060020 isaluc.51 Página I 23