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Circular1Vigente

Circular 1 de 2019

Directrices encaminadas a disminuir el riego de lesióno muerte ocasionadas por accidente de trásito (siniestros viales) durante la temporada decembrina y comienzos de 2020.

Ministerio de Salud y Protección SocialFuente oficial ↗

Agencia Nacional de S'"",,nd'1<1 Vio! CIRCULAR CONJUNTA EXTERNA No. OO1 DE 2019 PARA: GOBERNADORES ALCALDES, SECRETARIOS DEPARTAMENTALES, DISTRITALES y MUNICIPALES DE SALUD Y SECRETARIOS DE TRÁNSITO O TRANSPORTE O QUIENES HAGAN SUS VECES DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL MINISTRA DE TRANSPORTE DIRECTOR DE LAAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ASUNTO: DIRECTRICES ENCAMINADAS A DISMINUIR EL RIESGO DE LESiÓN O MUERTE OCASIONADAS POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SINIESTROS VIALES) DURANTE LA TEMPORADA DECEMBRINA y COMIENZOS DE 2020.

El Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de sus funciones establecidas en el artículo 2 del Decreto ley 4107 de 2011 relacionadas con la formulación de la política pública en salud, la dirección yorientación de los planes, programas y proyectos en materia de salud, salud pública y de control de los riesgos provenientes de enfermedades, el Ministerio de Transporte, conforme a las competencias de formular políticas en materia de transporte, tránsito e infraestructura, previstas en el artículo 2 del Decreto 87 de 2011, Y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, como máxima autoridad para la aplicación de políticas y medidas de seguridad vial, encargada además de coordinar los organismos y entidades públicas y privadas comprometidas con la seguridad vial, según el artículo 2 de la Ley 1702 de 2013, emiten las siguientes directrices, con el objeto de prevenir y reducir el número de lesionados y fallecidos ocasionados por accidentes de tránsito (siniestros viales) que se presentarían durante la época decembrina y el comienzo del año 2020, así como garantizar la oportuna atención en salud, previas las siguientes consideraciones: De acuerdo con las proyecciones de la cifra de fallecidos por accidentes de tránsito (siniestros viales) realizadas por el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, se estima que entre el 01 de diciembre de 2019 y el 7 enero del 2020, podrían ocurrir alrededor de 840 fallecimientos en el territorio nacional: Cantidad de fallecidos en la temporada decembrina de los últimos 10 años 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Gráfico 1.

Los valores presentados para el año 2019 corresponden a cifras proyectadas con base en la serie histónca ele fallecidos pOI accidentes de tránsito (s/mes/ros viales), L.os demás valores de la serie corresponden a cifras definitivas reporfaclas oara esos ",jos, Agencia Nacional de La movilidad esd~todos 'i,,,,¡¡n<t,,rl Viol ~, Históricamente diciembre es el mes de mayor mortalidad, representando aproximadamente el 10% del total de fallecidos por accidentes de tránsito (siniestros viales) para cada año. De acuerdo con las cifras históricas y las proyecciones realizadas por el Observatorio Nacional de Seguridad Vial se debe tener en cuenta lo siguiente: Actores vulnerables: 1.

El actor vial con mayor riesgo de mortalidad es el motociclista con una participación del 44% en la cifra proyectada de mortalidad. 2. El segundo actor vial con mayor riesgo de mortalidad es el peatón con una participación del 27% en la cifra proyectada de mortalidad. 3. El tercer actor vial con mayor riesgo de mortalidad es el usuario de vehículo individual (automóvil, camioneta, campero) con una participación del 8% en la cifra proyectada de mortalidad. 4.

El cuarto actor vial con mayor riesgo de mortalidad es el ciclista con una participación del 8% en la cifra proyectada de mortalidad. Días y horas de mayor riesgo: 1. Se estima que los días viernes, sábado, domingo y lunes, en horarios de 6:00 p.m. a 3:00 a.m. se pueden presentar la mayor cantidad de fallecidos por accidentes de tránsito (siniestros viales). 2.

Se estima que en las fechas del 07 y 08, del 16 al 25, del 30 y 31 de diciembre de 2019; el 01 y del 05 al 07 de enero del 2020, serían los días en los que se podrían presentar la mayor cantidad de fallecidos por accidentes de tránsito (siniestros viales). Departamentos con mayor riesgo: Los 15 departamentos en los cuales se podrían presentar mayor número de fallecidos con relación a la cifra proyectada de mortalidad para el mes de diciembre de 2019 y enero deQl"2020, son los siguientes: Departamento % de parti~ipación en el total de fallecidos proyectado Antioquia Valle del Cauca Cundinamarca Bogotá Santander Cesar Tolima Meta Huila Atlántico Norte de Santander Nariño Magdalena Córdoba Boyacá 13,96% 11,70% 8,12% 7,28% 5,42% 4,17% 3,93% 3,69% 3,56% 3,40% 3,38% 2,94% 2,86% 2,81% 2,80% '",, 1 ",,",:t '1, '1"," Agencia Nacional de W',Ua,salUa:~f': ' ':"es Be toBas ~ ~ ">, j¿e<,,,Y"-,.,,, "~" "''''''Ir'''\''''l Viol %,'t Conductas de riesgo: Las conductas de riesgo de mayor mortalidad son: 1.

Exceso de velocidad. 2. Consumo de bebidas alcohólicas y conducción. 3. Irrespeto a las señales de tránsito. Las conductas que incrementan la severidad de las lesiones en caso de la ocurrencia de un accidente de tránsito son: 1. No utilizar los elementos de protección personal para motociclistas y ciclistas. 2. No utilizar cinturón de seguridad en los vehículos que cuenten con estos dispositivos. 3.

No utilizar sillas de retención infantil en vehículos en el caso de transportar menores de edad que deban usar este tipo de elementos. Por lo anteriormente expuesto, con el objetivo de disminuir el riesgo de lesión o muerte ocasionadas por accidentes de tránsito durante la temporada de fin de año y comienzo del 2020, es necesario intensificar las acciones en el nivel territorial, con el fin dar cumplimiento a las siguientes directrices, dirigidas a los destinatarios de esta circular, en el marco de sus competencias: DIRECTRICES 1.

Gestión de riesgo intersectorial 1.1. Activar su comité local de seguridad vial para el diseño e implementación de las estrategias orientadas a controlar y disminuir el riesgo de lesiones y muertes para el mes de diciembre de 2019 y el mes de enero de 2020. 1.2. Fortalecer las estrategias orientadas a controlar y disminuir el riesgo de ocurrencia de siniestros viales en el territorio de su jurisdicción, con el propósito de minimizar las lesiones o muertes relacionadas con dichos eventos. 1.3.

Garantizar la existencia de personal suficiente para desarrollar las estrategias propuestas de control, sensibilización y comunicación enfocados en las conductas de riesgo. 1.4. Participar activamente en los puestos de mando unificados de tránsito, transporte y seguridad vial en las fechas que sean convocados y en las regionales correspondientes. 1.5.

Garantizar la coordinación entre las secretarias de salud, secretarias u organismos de tránsito, policía de tránsito o quien cumpla sus funciones y entidades de socorro, para la oportuna atención de los lesionados.(V Agencia Nacional de Spru,ríd"rl Vial 1.6. Realizar seguimiento continuo a las medidas de reducción del riesgo, así como a los planes de emergencia y contingencia implementados durante las festividades del fin de año en materia vial. 1.7.

Activar espacios de coordinación intersectorial, tales como los Consejos de Gestión del Riesgo con el objeto de implementar acciones de prevención, control y manejo de las víctimas de los siniestros viales. 1.8. Coordinar con los Centros Reguladores de Urgencia y Emergencia del territorio la atención en salud que requieran las víctimas de los siniestros viales. 1.9.

Garantizar la atención integral en salud a los lesionados por accidentes de tránsito, prestando los servicios necesarios desde la atención prehospitalaria, atención de urgencias hasta su rehabilitación, si así lo requiere, conforme a lo previsto en el artículo 8 de la Ley 1751 de 2015, y demás normativa vigente en la materia, ya los procesos de atención documentados por la entidad de salud. 1.10.

Garantizar el correcto y oportuno reporte de la información relacionada con la atención en salud a las víctimas de accidentes de tránsito, según lo previsto en la Resolución 3823 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social, y el reporte de los accidentes de tránsito conforme a lo estipulado en los artículos 144 y 149 de la Ley 769 de 2002. 1.11.

Realizar seguimiento continuo a las medidas de reducción del riesgo y planes de emergencia y contingencia frente a accidentes de tránsito (siniestros viales) implementados durante las festividades de fin de año y comienzos del 2020. 2. Control 2.1. Implementar operativos de control en vías urbanas y rurales enfocados a contrarrestar las conductas de riesgo identificadas como de mayor ocurrencia, e intensificar el control operativo en los días y horas evidenciadas como de mayor riesgo. 2.2.

Adoptar, previa evaluación del impacto, en el marco de sus competencias y facultades legales, las medidas que se consideren necesarias para controlar y disminuir el riesgo de lesión o muerte durante la temporada decembrina y comienzo del 2020, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa vigente en la materia. 3. Sensibilización y comunicación 3.1.

Promover la articulación institucional para realizar acciones de sensibilización enfocadas en la prevención de las conductas de riesgo en la vía.", Agencia Nacional de La salud es de todos ¡ f'gurirJod Vial,.. 1 La movilidad es de todos 3.2. Promover la articulación institucional para el diseño e implementación de estrategias de comunicación con el objetivo de informar las conductas de riesgo en la vía. 3.3.

Coordinar técnicamente sus estrategias de sensibilización y comunicación con la Agencia Nacional de Seguridad Vial. PUBlÍQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá D.C. a los I 1 2 DIe 2019 ~:;IA~MEZ JUANP Ministr: d Ministra de Transporte "Qt LUI ELlPE LOTA Director de la Agenci Nacional de Seguridad Vial W;