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🏛️ Min. Hacienda · Concepto fiscal

Ley 549 de 1999

Impuesto de Registro a Fonpet

21 de julio de 2024Rad. 2-2024-039316
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SolicitanteGloria Patricia Jaramillo Aristizábal
DestinoBogotá, D.C.

Texto del concepto

________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Señora Gloria Patricia Jaramillo Aristizábal Nomikos S.A.S gloria.jaramillo@nomikos.com.co Radicado entrada 1-2024-063936 del 11 de julio de 2024 No. Expediente 8983/2024/GEA Tema : Ley 549 de 1999 Subtema : Impuesto de Registro a Fonpet Cordial saludo Señora Jaramillo: Mediante escrito radicado en este Ministerio con el número y fecha del asunto, consulta “se encuentra vigente el concepto 2-2021-006196 de 2021 del ministerio de hacienda? Qué interpretación se da al artículo 2 de la ley 549 de 1999 referido a recursos destinados al cubrimiento de los pasivos pensionales? Se predica dicho artículo de las tarifas del articulo 230 de la ley 223 de 1995? O sobre el porcentaje del aporte del impuesto de registro destinado a la financiación del pasivo pensional descrito en el artículo 2.8 de la ley 549 de 1999? Favor remitir copia del concepto 2- 2021-006196 de 2021 del ministerio de hacienda y conceptos posteriores que lo llegasen a modificar” Al respecto, le comunicamos que si bien es cierto dentro de las funciones asignadas a esta Dirección está la de prestar asesoría gratuita en materia tributaria y financiera, es igualmente cierto que la misma se dirige puntualmente a las entidades territoriales sin que se haga extensiva a los particulares, y menos aun cuando estos cuentan con formación profesional como abogados postgraduados en derecho tributario1 y prestan 1 “GLORIA PATRICIA JARAMILLO ARISTIZABAL: Abogada Universidad de Medellín. Especialista en Derecho Comercial Universidad Pontificia Bolivariana. Especialista en Legislación Tributaria Universidad Pontificia Bolivariana. Especialista en Negocios Internacionales Universidad Pontificia Bolivariana. Experta en Fiscalidad Internacional Universidad Santiago de Compostela. Derecho Tributario Internacional Universidad Austral de Argentina. Precios de Transferencia Universidad Austral de Argentina. International Tax Law - ITC Leiden Holanda Diplomado en Derecho de Seguros Universidad Pontificia Bolivariana. Diplomado en Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual Universidad de Medellín. Diplomado en Conciliación Universidad de Medellín. Diplomado en Docencia Virtual Fundación Universitaria CEIPA. Diplomado en Economía Solidaria Universidad de Medellín. Diplomado en Cooperativismo SENA. Diplomado en Comercio Exterior y Aduanas EAFIT. Diplomado en Contratos internacionales EAFIT. Asesora legal de diferentes empresas del sector privado. Docente de pregrado y postgrado de la Universidad de Medellín, Escuela de Ingeniería de Antioquia y Fundación Universitaria Ceipa. Conferencista de la Cámara de Comercio de Aburrá Sur, Cámara de comercio de Oriente Antioqueño, Asociación Colombiana de Ejecutivos Financieros ACEF y Municipio de Medellín. Asociada al Centro de Estudios Tributarios de Antioquia CETA.”. Tomado de https://nomikos.com.co/nomikos el 19 de julio de 2024 a las 17:54. Radicado: 2-2024-039316 Bogotá D.C., 22 de julio de 2024 15:52 OCmU KrgO Tzsu GJGq Acmf 6Dja HCI= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 asesoría a terceros, pues ello les impone el estar debidamente preparados para abordar los asuntos propios de su profesión y respecto de los que presta asesoría remunerada. Lo anterior, conforme con lo señalado por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, al expresar que “…analizado el marco de las competencias de la entidad, la Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial de la Dirección General de Apoyo Fiscal no tiene dentro de sus funciones asesorar a particulares, motivo por el cual no se encuentra vulneración al derecho de petición como lo indica el accionante”2. Sin perjuicio de lo anterior, en respeto del derecho de petición que como ciudadana le asiste, le comunicamos que en el entendido que el Oficio 2-2021-006196 de 2021 del 10 de febrero de 2021, fundó sus conclusiones en la Sentencia 76001233100020030276200 del 26 de abril de 2005, del Tribunal Administrativo del Valle, la cual se encuentra ejecutoriada por haberse declarado desierto el recurso de apelación por el Consejo de Estado3, válido se hace colegir que la posición asumida por esta Dirección en el precitado oficio no ha variado. Para su conocimiento y los fines pertinentes, copia del Oficio 2-2021-006196 de 2021 del 10 de febrero de 2021 acompaña este escrito. De otra parte, le comunicamos que los conceptos de esta Dirección son de público conocimiento y pueden consultarse a través del buscador ubicado en la página web de este Ministerio www.minhacienda.gov.co siguiendo el vínculo “Entidades del orden territorial – Enlaces de Interés – Asesorías y Conceptos en Materia Tributaria”. Por último, le recordamos que nuestros pronunciamientos se emiten en los términos y con los estrictos alcances de los artículos 14-2 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por lo que no tienen efectos obligatorios ni vinculantes, y no comprometen la responsabilidad de este Ministerio. Cordialmente Claudia Helena Otálora Cristancho Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Anexo Oficio 2-2021-006196 de 2021 en PDF ELABORÓ: César Segundo Escobar Pinto 2 Juzgado Treinta y Cuatro Administrativo Oral del Circuito de Bogotá Sección Tercera. Bogotá, D.C., 28 de abril de 2021 Expediente No. 1100133360342021009000 Demandante Williams Joseph Rada Maza. Demandado: Nación Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Apoyo Fiscal – Subdirección de Fortalecimiento Institucional. Medio de Control Tutela. 3https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/Casos/list_procesos.aspx?guid=760012331000200302762011100103 Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Firmado digitalmente por: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO OCmU KrgO Tzsu GJGq Acmf 6Dja HCI= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co