Impuesto sobre vehículos automotores
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Texto del concepto
6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Doctor Iván Felipe Velásquez Betancur Subsecretario de Ingresos - Secretaría de Hacienda Departamento de Antioquia notificaciones.ingresos@antioquia.gov.co No. Expediente 1037/2023/GEA Asunto : Oficio No. 1-2023-007700 del 31 de enero de 2023 Tema : Impuesto sobre vehículos automotores Cordial saludo Doctor Velásquez: Mediante oficio radicado en este Ministerio con el número y fecha del asunto, después de hacer un recuento de la normatividad que regula el impuesto sobre vehículos automotores, consulta “¿De acuerdo a la norma transcrita, será posible concluir que los vehículos automotores oficiales, motocicletas de más de 125 cc y motocicletas eléctricas, están exentas del impuesto de vehículos? Respecto de la sujeción de los vehículos oficiales al Impuesto sobre Vehículos Automotores se pronunció esta Dirección mediante Oficio 2-2023-007863 del 20 de febrero de 2023. En lo que hace a la sujeción a ese impuesto de las motos eléctricas remitimos copia del Oficio 2-2020-005823 del 19 de febrero de 2020, dirigido a esa entidad. Respecto de las motocicletas de más de 125 c.c., de servicio particular, estas se encuentran gravadas con el impuesto a la tarifa que para el efecto establece el numeral 2º del artículo 145 de la Ley 488 de 1998, a contrario sensu, las motos de hasta 125 c.c. están excluidas del impuesto por disposición expresa del literal a) del artículo 141 ibidem. Por último, le recordamos que nuestros pronunciamientos se emiten, en los términos y con los alcances de los artículos 14-2 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de manera que no son obligatorias ni vinculantes y no comprometen la responsabilidad de este Ministerio. Cordialmente Claudia Helena Otálora Cristancho Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Anexo Oficios 2-2020-005823 de 2020 y 2-2023-007863 de 2023 en PDF ELABORÓ: César Segundo Escobar Pinto Radicado: 2-2023-008094 Bogotá D.C., 21 de febrero de 2023 18:07 SUBDIRECTOR TECNICO CODIGO 0150 GRADO 21 Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Firmado digitalmente por: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO hYEs 4AIU 7Jo2 fFSn JuR7 BvJH zK0= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co