Otros temas territoriales.
Constitución Cajas Menores Entidades Descentralizadas.
Texto del concepto
________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Doctor JAIME STEVEN CELORIO GONZALEZ Director Instituto Municipal para el Desarrollo Social y Económico de Palmira - IMDESEPAL E-mail: imdesepal@palmira.gov.co Radicado entrada 1-2024-082943 No. Expediente 11394/2024/GEA Asunto: Oficio Radicado con el No. 1-2024-082943 del 03 de septiembre de 2024. Tema: Otros Temas Territoriales. Subtema: Constitución Cajas Menores Entidades Descentralizadas. Respetado Doctor Celorio: En atención al oficio del asunto, consulta usted lo siguiente: “…; se efectuó una auditoría financiera y de gestión por parte de la Contraloría Municipal de Palmira. Donde se dejó una observación de tipo administrativo, en cuanto al manejo contable y presupuestal de la caja menor, donde se efectuó un gasto por servicio de instalación de una tejas. En virtud de lo anterior la contraloría señala que el movimiento fue contabilizado en una cuenta contable y rubro presupuestal que no corresponde. Por lo tanto, solicitamos comedidamente un concepto respecto de los rubros presupuestales que se deben manejar para el registro de los gastos o erogaciones por concepto de la caja menor.” Al respecto, es necesario precisar que de acuerdo con el numeral 9 del artículo 43 y numeral 8 del artículo 45 del Decreto 4712 de 2008, entre algunas de las funciones que tiene asignadas esta Dirección, se encuentra la de emitir conceptos jurídicos Radicado: 2-2024-048367 Bogotá D.C., 11 de septiembre de 2024 10:19 Dof8 lOPJ gnm1 2da1 iYZt A1Z2 eG0= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 sobre la aplicación de normas y temas relacionados con la administración financiera y tributaria territorial; así mismo, de conformidad con el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la respuesta ofrecida es general y no tiene carácter de obligatoria ni vinculante. De acuerdo con el artículo 352 de la Constitución Política y los artículos 104 y 109 del Decreto 111 de 1996, las entidades territoriales deben expedir las normas que en materia presupuestal deben aplicar, tanto en el nivel central como en el descentralizado, respetando en todo caso los principios y las disposiciones contenidos en el ordenamiento constitucional, Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, Decreto 115 de 1996, Ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003, Ley 1416 de 2010 y Ley 1483 de 2011. En ausencia de normas particulares, aplicarán en lo que fuere pertinente las normas orgánicas de presupuesto Nacional. Por lo tanto, la asesoría que solicita debe buscarla en principio en el Estatuto Orgánico de Presupuesto del ente territorial respectivo; nuestra respuesta se soporta en el ordenamiento constitucional y nacional, el cual no debe diferir sustancialmente del ordenamiento propio de cada ente territorial. En consecuencia, se remite copia de los Oficios No. 039479, 015929 y 035365 del 09 de octubre de 2015, 02 de mayo de 2016 y 09 de julio de 2021, emitidos por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Cordialmente, CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Ministerio de Hacienda y Crédito Público Anexo: Oficios No. 039479, 015929 y 035365 en doce folios. REVISÓ: Claudia Helena Otalora Cristancho ELABORÓ: Hernán Rico Barbosa Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Firmado digitalmente por: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Dof8 lOPJ gnm1 2da1 iYZt A1Z2 eG0= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co