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🏛️ Min. Hacienda · Concepto fiscal

Normas orgánicas de presupuesto

Nomina Trabajadores Oficiales

21 de octubre de 2025Rad. 2-2025-066664
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SolicitantePedronel Villamil Castro
DestinoBogotá, Colombia

Texto del concepto

________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Doctor: PEDRONEL VILLAMIL CASTRO Alcalde Municipal Municipio de Briceño Boyacá secretariadegobierno@briceno-boyaca.gov.co alcaldia@briceno-boyaca.gov.co Radicado entrada 1-2025-102284 No. Expediente 52132/2025/OFI Asunto: Respuesta a petición, radicado No. 1-2025-102284 del 03 de octubre de 2025 Tema: Normas orgánicas de presupuesto Subtema: Nomina Trabajadores Oficiales Respetado señor Alcalde, En atención al oficio del asunto, consulta usted lo siguiente: Antes de dar respuesta a su interrogante, es necesario precisar que de conformidad con el numeral 9 del artículo 43 y numeral 8 del artículo 45 del Decreto 4712 de 2008 la Dirección General de Apoyo Fiscal presta asesoría a las entidades territoriales y a sus entes descentralizados en materia fiscal, financiera y tributaria, la cual no comprende el análisis y/o pronunciamientos de las actuaciones y actos administrativos específicos y propios de dichas entidades. En consecuencia, la respuesta a su consulta enviada a través del Buzón de Atención al Cliente de este Ministerio y radicada con el número del asunto, se remitirá de conformidad con los Radicado: 2-2025-066664 Bogotá D.C., 22 de octubre de 2025 08:34 oQJZ O9zF 9dAX 6BUO VepC 6/Gq kn4= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 artículos 14-2 y 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, con carácter general y abstracto, no tendrá efectos obligatorios ni vinculantes, y no comprometerá de forma alguna la responsabilidad de este Ministerio. De acuerdo con el artículo 352 de la Constitución Política y los artículos 104 y 109 del Decreto 111 de 1996, las entidades territoriales deben expedir las normas que en materia presupuestal deben aplicar, tanto en el nivel central como en el descentralizado, respetando en todo caso los principios y las disposiciones contenidos en el ordenamiento constitucional, Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, Decreto 111 de 1996, Ley 617 de 2000 y Ley 819 de 2003. En ausencia de normas particulares, aplicarán en lo que fuere pertinente las normas orgánicas de presupuesto Nacional. Por lo tanto, la asesoría que solicita debe buscarla en principio en el Estatuto Orgánico de Presupuesto del ente territorial respectivo; nuestra respuesta se soporta en el ordenamiento constitucional nacional, el cual no debe diferir sustancialmente del ordenamiento propio de cada ente territorial. De acuerdo con lo anterior esta Dirección emite concepto a su petición, en los siguientes términos: De acuerdo con lo anterior, y según su interrogante, esta Dirección se pronunció sobre el particular, mediante radicado 2-2016-003429 del 03 de febrero de 2016 y el concepto 2-2015-012185 del 08 de abril de 2015, para que sea analizado, el cual se anexa. Cordialmente, CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Anexo: Conceptos 2-2016-003429 del 03 de febrero de 2016 y2-2015- 012185 del 08 de abril de 2015 Revisó: Claudia Helena Otalora Cristancho Elaboró: Juan Moreno Moreno Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO oQJZ O9zF 9dAX 6BUO VepC 6/Gq kn4= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co