Estampillas
Contratista Empresas Sociales del Estado
Texto del concepto
________________________________________________________________________ Página | 1 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 6.2. Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Señora MAIRA ALEJANDRA CORDOBA CASTILLO gerenciaeserivera@gmail.com Radicado entrada 1-2024-105317 No. Expediente 14847/2024/GEA Asunto: Oficio N 1-2024-105317 del 31 de octubre de 2024 - 1-2024-106865 del 05 de noviembre de 2024 y 1-2024-106943 del 06 de noviembre de 2024 Tema: Estampillas Subtema: Contratista Empresas Sociales del Estado Cordial saludo, Sra. Córdoba Mediante escrito radicado en este Ministerio con el número y fecha del asunto, se remite nuevamente por parte de la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente a esta Dirección la consulta por usted radicada ante esa instancia, en la que solicita emitir concepto, respecto a: “En un municipio de sexta categoría en la que se estableció mediante acuerdo municipal la obligación del pago de estampilla pro adulto mayor, pro electrificación, pro cultura, cuyo hecho generador es la suscripción de contratos con la administración municipal, sin hacer distinción de los contratos de prestación de servicios celebrados por la E.S.E municipal o contratos para el apoyo en actividades administrativas en la entidad. ¿Resulta obligatorio el pago de estampilla? O ¿Existe causal legal o constitucional que exonere el pago por parte de los contratistas que suscriban contratos de prestación de servicios celebrados por E.S.E. Municipal? En caso de una respuesta negativa, en el entendido que no resulta exigible el pago de las estampillas precise el sustento legal y los mecanismos para exigir paz y salvo a la entidad territorial. En caso de ser Obligatorio favor precisar las consecuencias disciplinarias, fiscales o penales que acarrea la omisión en el cobro de estas estampillas y sobre quien recae la responsabilidad. Radicado: 2-2024-061604 Bogotá D.C., 19 de noviembre de 2024 11:50 9gGK +zSF Us/i LcXI 8yaE 2Qm9 jdI= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co Continuación oficio ________________________________________________________________________ Página | 2 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección: Carrera 8 No. 6 C 38 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 3 81 17 00 Línea Gratuita: (+57) 01 8000 910071 Favor aclare si estas estampillas ¿Vulneran lo establecido en el artículo 48 de la constitución política, en especifico en su inciso 5º, por cuanto se está dando un uso distinto a los recursos de las instituciones de la seguridad social?. En cuanto se financia sectores como la cultura y la electrificación.” De conformidad con el Decreto 4712 de 2008 la Dirección General de Apoyo Fiscal presta asesoría a las entidades territoriales y a sus entes descentralizados en materia fiscal, financiera y tributaria, la cual no comprende el análisis de actos administrativos particulares de dichas entidades, ni la solución directa de problemas específicos. No obstante, damos respuesta en el ámbito de nuestra competencia y en los términos del artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir de manera general y abstracta, por lo que no tiene carácter obligatorio ni vinculante, y no compromete la responsabilidad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Para dar repuesta a su consulta, me permito informarle que esta Dirección ya se había pronunciado sobre dichos interrogantes, para ello remitimos copia del oficio n° 2- 2024-051464 del 25 de septiembre de 2024 dirigido a usted, para su conocimiento y fines pertinentes. La remisión se efectúa en los términos del artículo 19 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que señala “…Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores. Cordialmente, CLAUDIA HELENA OTÁLORA CRISTANCHO Subdirectora de Fortalecimiento Institucional Territorial Dirección General de Apoyo Fiscal Anexo: Oficio n° 2-2024-051464 del 25 de septiembre de 2024. Elaboró: YULIETH FERNANDA ARIAS QUIROGA Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Revisó: CLAUDIA HELENA OTÁLORA CRISTANCHO Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Aprobó: CLAUDIA HELENA OTÁLORA CRISTANCHO Subdirección de Fortalecimiento Institucional Territorial Firmado digitalmente por: CLAUDIA HELENA OTALORA CRISTANCHO Firmado digitalmente por: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 9gGK +zSF Us/i LcXI 8yaE 2Qm9 jdI= Validar documento firmado digitalmente en: http://sedeelectronica.minhacienda.gov.co